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Las más comunes que piden en todas las OPOs y con las que se abarca casi todo son: Excel básico y avanzado, Word  básico y avanzado, Access básico y avanzado, internet básico y avanzado, PowerPoint, Outlook y Windows.

De todas os recomiendo la versión 2010 excepto de Access avanzado que lo más rápido es que os presentéis a Access 2000 avanzado que con la demo es suficiente.

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UPV/EHU Administrativos. Ampliación bolsa

Iniciado por eutsihorri, 29 de Enero de 2018, 10:46:02 AM

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Lanera

No sé, en el examen que han colgado de 2010 ten en cuenta que también falta la parte teórica, no? Igual sera una mezcla de los dos...

Vittel

Cita de: itu80 en 09 de Octubre de 2018, 13:05:43 PM
Buenas!, adjunto examen del 2009 de bolsa de la UPV. ¿Alguien tiene mas exámenes o las soluciones?. Gracias.

¿Donde se podrían conseguir las soluciones?

Vittel


Ovopositor!!

Creo que estamos todos en la misma situación, buscando las soluciones de los supuestos...

Buceando por algún hilo que exista de aquella OPE... ?? En el baúl de los recuerdos de este valioso foro... Voy a intentarlo, si consigo algo, lo cuelgo

MALA

Cita de: itu80 en 09 de Octubre de 2018, 13:05:43 PM
Buenas!, adjunto examen del 2009 de bolsa de la UPV. ¿Alguien tiene mas exámenes o las soluciones?. Gracias.

y las soluciones???

sologarbi

Cita de: Gabi90 en 17 de Octubre de 2018, 09:15:15 AM
Creo que estamos todos en la misma situación, buscando las soluciones de los supuestos...

Buceando por algún hilo que exista de aquella OPE... ?? En el baúl de los recuerdos de este valioso foro... Voy a intentarlo, si consigo algo, lo cuelgo

;D Yo también ando trasteando por ahí, a ver si encuentro las soluciones

IYE

Hola, alguien ha conseguido los últimos 5 temas? no tengo ni idea de donde buscar...

IYE


sologarbi

Cita de: IYE en 19 de Octubre de 2018, 16:33:46 PM
Hola, alguien ha conseguido los últimos 5 temas? no tengo ni idea de donde buscar...

Hay un hilo que se llama administrativosUPV **temario** donde están colgados todos los temas

Atriskal1977

Arratsalde on,

Sabemos si algún sindicato ha sacado el temario completo a estudiar? si no es así, sabéis donde se podría obtener?

un saludo.

Lanera

En principio deberían de anunciar la fecha de examen esta semana o como máximo el martes 30, no?

Lo digo por si pretenden cumplir el mes de margen que establecían en las bases entre el anuncio de la fecha y el examen... O eso entendí yo, vamos.

Eskerrik asko

Amaiotas

Cita de: Muller88 en 23 de Octubre de 2018, 16:43:18 PM
En principio deberían de anunciar la fecha de examen esta semana o como máximo el martes 30, no?

Lo digo por si pretenden cumplir el mes de margen que establecían en las bases entre el anuncio de la fecha y el examen... O eso entendí yo, vamos.

Eskerrik asko

Yo también ando pendiente, a ver qué pasa...

Amaiotas


Naiarita

Kaixo!
En los temas 16,17 y18 señalan dos leyes para estudiarlos, pero hay conceptos en los que se contradicen, por ejemplo en la excedencia voluntaria por interés particular en la que en una pone que hay que tener una antigüedad de 5 años y en la otra de 3...y así con más cosas.
Estáis estudiando por la dos leyes?
Igual son conceptos diferentes y no se contradicen, ni se. .. agradecería si alguien pudiera aclararmelo.
Gracias!

Atriskal1977

Cita de: sologarbi en 19 de Octubre de 2018, 22:19:17 PM
Cita de: IYE en 19 de Octubre de 2018, 16:33:46 PM
Hola, alguien ha conseguido los últimos 5 temas? no tengo ni idea de donde buscar...

Hay un hilo que se llama administrativosUPV **temario** donde están colgados todos los temas
Podrias adjuntar el enlace? es que no lo encuentro... muchas gracias y un saludo...


Atriskal1977


laurasp

Me han confirmado en este teléfono 946 015 045 que el exámen es el 30 de noviembre (no sé ni hora ni lugar ni cuando harán el anuncio oficial)

Amaiotas

Cita de: p.sll en 25 de Octubre de 2018, 11:24:33 AM
Me han confirmado en este teléfono 946 015 045 que el exámen es el 30 de noviembre (no sé ni hora ni lugar ni cuando harán el anuncio oficial)

Pues ya pueden hacerlo oficial pronto, porque les van a petar la línea a llamadas...

eutsihorri


lovely

Hola Naiarita. Según el temario hay que estudiar las dos leyes. Una regula el estatuto básico del empleado publico, esta es la estatal y la otra que es la ley de función publica vasca es la que desarrolla ese estatuto para el personal al que le es de aplicación. No  es que se contradigan es que dentro del marco general que es el estatuto luego las comunidades autónomas pueden desarrollarlo .. si es un poco lioso y no tiene mucho sentido que nos hagan estudiar las dos pero es lo que esta en el temario. Espero haberte ayudado.

noa2011

hola

seguimos sin tener novedades sobre la fecha del examen?

bhol

#219
Cita de: noa2011 en 30 de Octubre de 2018, 10:03:52 AM
hola

seguimos sin tener novedades sobre la fecha del examen?

Que va... ando mirando si se ha publicado algo en el BOPV... pero no he visto nada... entendía que hoy, siendo 30, a un mes vista de la fecha que varias personas comentan... saldría algo publicado pero.... no veo nada.....

bhol

Cita de: bholgado en 30 de Octubre de 2018, 10:21:44 AM
Cita de: noa2011 en 30 de Octubre de 2018, 10:03:52 AM
hola

seguimos sin tener novedades sobre la fecha del examen?

Que va... ando mirando si se ha publicado algo en el BOPV... pero no he visto nada... entendía que hoy, siendo 30, a un mes vista de la fecha que varias personas comentan... saldría algo publicado pero.... no veo nada.....

- El examen del ejercicio único del proceso selectivo previsto en el apartado 6.1 de la
Base Sexta de la Convocatoria, tendrá lugar el día 30 de noviembre de 2018, viernes, a las 10:00
horas, en el Pabellón 2 del Bilbao Exhibition Center (BEC).
La acreditación de las personas convocadas y entrada en el pabellón dará comienzo a las 9:00
horas.
Una vez se proceda a leer las instrucciones para realizar la prueba, no se admitirá la entrada de
ninguna persona.

ido89

Arratsaldeon!! Alguien tiene modelos de examen? gracias

julene21

Cita de: bholgado en 30 de Octubre de 2018, 15:06:35 PM
Cita de: bholgado en 30 de Octubre de 2018, 10:21:44 AM
Cita de: noa2011 en 30 de Octubre de 2018, 10:03:52 AM
hola

seguimos sin tener novedades sobre la fecha del examen?

Que va... ando mirando si se ha publicado algo en el BOPV... pero no he visto nada... entendía que hoy, siendo 30, a un mes vista de la fecha que varias personas comentan... saldría algo publicado pero.... no veo nada.....

- El examen del ejercicio único del proceso selectivo previsto en el apartado 6.1 de la
Base Sexta de la Convocatoria, tendrá lugar el día 30 de noviembre de 2018, viernes, a las 10:00
horas, en el Pabellón 2 del Bilbao Exhibition Center (BEC).
La acreditación de las personas convocadas y entrada en el pabellón dará comienzo a las 9:00
horas.
Una vez se proceda a leer las instrucciones para realizar la prueba, no se admitirá la entrada de
ninguna persona.

¿Donde has conseguido esta información?

Herio


kresi88

Hola!!
¿Alguien sabe si en estos examenes dan justificantes a los presentados?

Karina1306

Siempre te tienen que dar justificantes pero lo tenes que pedir.

debo66

 Por favor la persona que ha colgado el examen teorico-practico del 2010,podría colgar también las soluciones ?? alguien ha conseguido las soluciones???

eutsihorri

ya dijo cuando subió el examen que no tenía las respuestas. parece q nadie las tiene....
lo hacemos entre todos?

sologarbi

Anoche, después de dar mil vueltas, encontré las respuestas al teórico de 2010 en Facebook.
No sé quién lo colgó allí, pero muchisimas gracias de mi parte.


eutsihorri



Opositor

#231
CitarSEGUNDO.
-
Las características de dicha prueba serán las siguientes:

El  ejercicio  de  carácter  teórico-práctico,  consistirá  en  la  contestación  por  escrito  a  un  cuestionario de 60 preguntas con respuestas alternativas (más 10 de reserva)
.

La duración total del ejercicio será de 1 hora y media. Para  considerar  superada  la  prueba  será  necesario  obtener  10  puntos  en  el  total  de  la  misma, con la salvedad establecida en la base 5.8.

Cómo van a valorar a la hora de calificar? Hay que sacar 10 de cuánto? De 60?... De 20?... Harán algún prorrateo? Porqué si hay 60 preguntas y hace falta un 10 para aprobar, no sé, parece un poco extraño.

Edito para decir que he visto las bases y efectivamente, la puntuación es sobre 20 y debe haber un mínimo de aprobados del 33% de los presentados (es la salvedad 5.8 de la Base).

Lanera

Cita de: sologarbi en 31 de Octubre de 2018, 13:24:41 PM
Anoche, después de dar mil vueltas, encontré las respuestas al teórico de 2010 en Facebook.
No sé quién lo colgó allí, pero muchisimas gracias de mi parte.

Eskerrik asko!

Naiarita

Cita de: Opositor en 31 de Octubre de 2018, 16:31:06 PM
CitarSEGUNDO.
-
Las características de dicha prueba serán las siguientes:

El  ejercicio  de  carácter  teórico-práctico,  consistirá  en  la  contestación  por  escrito  a  un  cuestionario de 60 preguntas con respuestas alternativas (más 10 de reserva)
.

La duración total del ejercicio será de 1 hora y media. Para  considerar  superada  la  prueba  será  necesario  obtener  10  puntos  en  el  total  de  la  misma, con la salvedad establecida en la base 5.8.

Cómo van a valorar a la hora de calificar? Hay que sacar 10 de cuánto? De 60?... De 20?... Harán algún prorrateo? Porqué si hay 60 preguntas y hace falta un 10 para aprobar, no sé, parece un poco extraño.

Edito para decir que he visto las bases y efectivamente, la puntuación es sobre 20 y debe haber un mínimo de aprobados del 33% de los presentados (es la salvedad 5.8 de la Base).

Kaixo! Viene en las bases de la convocatoria. Las 60 preguntas equivalen a 20 puntos. Por lo tanto si hay que sacar 10 para aprobar, tendremos que acertar 30.
Los fallos no restan.
Espero haberte ayudado.
Suerte!

Ovopositor!!

Cita de: sologarbi en 31 de Octubre de 2018, 13:24:41 PM
Anoche, después de dar mil vueltas, encontré las respuestas al teórico de 2010 en Facebook.
No sé quién lo colgó allí, pero muchisimas gracias de mi parte.

Muchisimas gracias a ti, Sologarbi, por compartirlas aquí!
Animo a tod@s!!

lovely

Hola,

Comentaros que "Te. llevamos" ofrece desplazamiento de ida y vuelta desde Vitoria, Éibar, Donostia-San Sebastian hasta el BEC. Les mande un correo el otro día para ver si iban a ofertar el servicio para el examen de la UPV y ya lo han dado de alta en su pagina web. La verdad es que resulta bastante cómodo porque te dejan casi en la misma puerta del BEC y luego te recogen allí mismo también. Lo comento por si es de vuestro interés.

Amaiotas

Cita de: lovely en 01 de Noviembre de 2018, 21:18:02 PM
Hola,

Comentaros que "Te. llevamos" ofrece desplazamiento de ida y vuelta desde Vitoria, Éibar, Donostia-San Sebastian hasta el BEC. Les mande un correo el otro día para ver si iban a ofertar el servicio para el examen de la UPV y ya lo han dado de alta en su pagina web. La verdad es que resulta bastante cómodo porque te dejan casi en la misma puerta del BEC y luego te recogen allí mismo también. Lo comento por si es de vuestro interés.

Eskerrik asko! Acabo de mirar y he visto que desde Donostia son 18€. Me parece una buena opción.

Maitetom

Buenas
Me gustaría saber de donde habéis sacado la información de que el 30 de noviembre es el examen. Gracias y un saludo


lebasi63

Cita de: debo66 en 31 de Octubre de 2018, 09:30:32 AM
Por favor la persona que ha colgado el examen teorico-practico del 2010,podría colgar también las soluciones ?? alguien ha conseguido las soluciones???
Y donde está colgado el examen teorico de UPV/EHU de 2010???
Mila esker.

kaw

Hola,
sobre una de las preguntas del examen colgado antes,  la numero 13 en concreto tengo una duda, no se si alguien me la puede resolver:
La resolución del Rector es favorable, parcialmente, a los intereses del estudiante y
el amigo abogado le aconseja interponer un recurso. ¿Qué tipo de recurso puede
presentar?
a) Contencioso-administrativo.
b) Recurso de alzada.
c) Recurso de reposición.
d) Recurso de revisión.

Según las respuestas, la correcta sería la "a", contencioso administrativo, pero porqué no la "c", reposición?

Eskerrik asko, un saludo :D


Cita de: itu80 en 09 de Octubre de 2018, 13:05:43 PM
Buenas!, adjunto examen del 2009 de bolsa de la UPV. ¿Alguien tiene mas exámenes o las soluciones?. Gracias.

robocop

Hola izhebass!
Yo tengo la misma duda que tu... no estoy seguro, pero entiendo que en le caso práctico el interesado al hacer la reclamación de la devolución de la matricula está formulando  un recurso de reposición...
En esa situación, sobre la resolución sobre un recurso de reposición , solo cabe la vía del contencioso-administrativo entre las respuestas ofrecidas.
No estoy 100% seguro, pero si alguien puede aclararlo seria de buena ayuda quitar esa duda!
Gracias de antemano!

oposiciones

Buenas tardes. He estado mirando el supuesto práctico que habéis colgado, y el supuesto 2 entra dentro del temario? Porque a mí no me suena nada....
Y muchas gracias para la gente que aporta su grano de arena compartiendo exámenes, temas...sois de gran ayuda

kaw

Cita de: robocop en 13 de Noviembre de 2018, 14:41:11 PM
Hola izhebass!
Yo tengo la misma duda que tu... no estoy seguro, pero entiendo que en le caso práctico el interesado al hacer la reclamación de la devolución de la matricula está formulando  un recurso de reposición...
En esa situación, sobre la resolución sobre un recurso de reposición , solo cabe la vía del contencioso-administrativo entre las respuestas ofrecidas.
No estoy 100% seguro, pero si alguien puede aclararlo seria de buena ayuda quitar esa duda!
Gracias de antemano!
Hola Robocop
Tiene sentido lo que dices. Yo partía del supuesto de que la resolución de la que habla el supuesto 13, es eso: una resolución a un procedimiento (solicitar la devolución), no veo que se haya planteado un recurso previo, luego si pones un recurso,como el órgano que lo ha dictado es el Rector y éste no tiene superior jerárquico (pone fin a la via administraiva) éste sería de reposición. Buf ,lo mismo le estoy dando muchas vueltas : ;D Gracias por contestar.

laurasp

Cita de: izhebaas en 13 de Noviembre de 2018, 18:30:08 PM
Cita de: robocop en 13 de Noviembre de 2018, 14:41:11 PM
Hola izhebass!
Yo tengo la misma duda que tu... no estoy seguro, pero entiendo que en le caso práctico el interesado al hacer la reclamación de la devolución de la matricula está formulando  un recurso de reposición...
En esa situación, sobre la resolución sobre un recurso de reposición , solo cabe la vía del contencioso-administrativo entre las respuestas ofrecidas.
No estoy 100% seguro, pero si alguien puede aclararlo seria de buena ayuda quitar esa duda!
Gracias de antemano!
Hola Robocop
Tiene sentido lo que dices. Yo partía del supuesto de que la resolución de la que habla el supuesto 13, es eso: una resolución a un procedimiento (solicitar la devolución), no veo que se haya planteado un recurso previo, luego si pones un recurso,como el órgano que lo ha dictado es el Rector y éste no tiene superior jerárquico (pone fin a la via administraiva) éste sería de reposición. Buf ,lo mismo le estoy dando muchas vueltas : ;D Gracias por contestar.

El tema es que en los Estatutos de la UPV en el artículo. 160 dan la respuesta tal cual a la pregunta (perdón pero no puedo acceder ahora a los Estatutos)

Pero se supone que en el temario de este año no entra esto.. .

kaw

Cita de: p.sll en 13 de Noviembre de 2018, 20:29:29 PM
Cita de: izhebaas en 13 de Noviembre de 2018, 18:30:08 PM
Cita de: robocop en 13 de Noviembre de 2018, 14:41:11 PM
Hola izhebass!
Yo tengo la misma duda que tu... no estoy seguro, pero entiendo que en le caso práctico el interesado al hacer la reclamación de la devolución de la matricula está formulando  un recurso de reposición...
En esa situación, sobre la resolución sobre un recurso de reposición , solo cabe la vía del contencioso-administrativo entre las respuestas ofrecidas.
No estoy 100% seguro, pero si alguien puede aclararlo seria de buena ayuda quitar esa duda!
Gracias de antemano!
Hola Robocop
Tiene sentido lo que dices. Yo partía del supuesto de que la resolución de la que habla el supuesto 13, es eso: una resolución a un procedimiento (solicitar la devolución), no veo que se haya planteado un recurso previo, luego si pones un recurso,como el órgano que lo ha dictado es el Rector y éste no tiene superior jerárquico (pone fin a la via administraiva) éste sería de reposición. Buf ,lo mismo le estoy dando muchas vueltas : ;D Gracias por contestar.

El tema es que en los Estatutos de la UPV en el artículo. 160 dan la respuesta tal cual a la pregunta (perdón pero no puedo acceder ahora a los Estatutos)

Pero se supone que en el temario de este año no entra esto.. .

Hola ps.ll
En el 160.b de los estatutos  viene que es posible el potestativo de reposición.
Lo que comentamos es una parte práctica, basada en procedimiento administrativo común LPAC 39/2015, que estra casi todo.
saludos.

eutsihorri

Una consulta. En el tema 13, aspectos básicos de la protección de datos personales, q ley os vais a estudiar? La 15/1999 o la nueva normativa europea??

rubios

Cita de: izhebaas en 13 de Noviembre de 2018, 18:30:08 PM
Cita de: robocop en 13 de Noviembre de 2018, 14:41:11 PM
Hola izhebass!
Yo tengo la misma duda que tu... no estoy seguro, pero entiendo que en le caso práctico el interesado al hacer la reclamación de la devolución de la matricula está formulando  un recurso de reposición...
En esa situación, sobre la resolución sobre un recurso de reposición , solo cabe la vía del contencioso-administrativo entre las respuestas ofrecidas.
No estoy 100% seguro, pero si alguien puede aclararlo seria de buena ayuda quitar esa duda!
Gracias de antemano!
Hola Robocop


me vuelvo loco con este tema:supuestamente contra la resolución de un recurso de alzada solo procede la via contenciosa (en casos el de revisión)....por oto lado, el recurso de reposicion en para "actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa" y la resolución de un recurso de alzada pone fin a la vía administrativa....con lo cual porqué tras un recurso de alzada no puede ponerse uno de reposición??????
Tiene sentido lo que dices. Yo partía del supuesto de que la resolución de la que habla el supuesto 13, es eso: una resolución a un procedimiento (solicitar la devolución), no veo que se haya planteado un recurso previo, luego si pones un recurso,como el órgano que lo ha dictado es el Rector y éste no tiene superior jerárquico (pone fin a la via administraiva) éste sería de reposición. Buf ,lo mismo le estoy dando muchas vueltas : ;D Gracias por contestar.

laurasp

Cita de: oposiciones en 13 de Noviembre de 2018, 17:36:19 PM
Buenas tardes. He estado mirando el supuesto práctico que habéis colgado, y el supuesto 2 entra dentro del temario? Porque a mí no me suena nada....
Y muchas gracias para la gente que aporta su grano de arena compartiendo exámenes, temas...sois de gran ayuda

Yo pienso lo mismo....no es temario para este año....

laurasp

#249
Cita de: izhebaas en 13 de Noviembre de 2018, 21:03:04 PM
Cita de: p.sll en 13 de Noviembre de 2018, 20:29:29 PM
Cita de: izhebaas en 13 de Noviembre de 2018, 18:30:08 PM
Cita de: robocop en 13 de Noviembre de 2018, 14:41:11 PM
Hola izhebass!
Yo tengo la misma duda que tu... no estoy seguro, pero entiendo que en le caso práctico el interesado al hacer la reclamación de la devolución de la matricula está formulando  un recurso de reposición...
En esa situación, sobre la resolución sobre un recurso de reposición , solo cabe la vía del contencioso-administrativo entre las respuestas ofrecidas.
No estoy 100% seguro, pero si alguien puede aclararlo seria de buena ayuda quitar esa duda!
Gracias de antemano!
Hola Robocop
Tiene sentido lo que dices. Yo partía del supuesto de que la resolución de la que habla el supuesto 13, es eso: una resolución a un procedimiento (solicitar la devolución), no veo que se haya planteado un recurso previo, luego si pones un recurso,como el órgano que lo ha dictado es el Rector y éste no tiene superior jerárquico (pone fin a la via administraiva) éste sería de reposición. Buf ,lo mismo le estoy dando muchas vueltas : ;D Gracias por contestar.

El tema es que en los Estatutos de la UPV en el artículo. 160 dan la respuesta tal cual a la pregunta (perdón pero no puedo acceder ahora a los Estatutos)

Pero se supone que en el temario de este año no entra esto.. .

Hola ps.ll
En el 160.b de los estatutos  viene que es posible el potestativo de reposición.
Lo que comentamos es una parte práctica, basada en procedimiento administrativo común LPAC 39/2015, que estra casi todo.
saludos.

No se, yo veo clara la respuesta: El rector ya ha efectuado resolución (se entiende que a un recurso administrativo previo) por lo que según el articulo 160.2 "Las resoluciones del Rector o Rectora y los acuerdos del Claustro Universitario, del Consejo de Gobierno y del Consejo Social agotan
la vía administrativa y serán impugnables directamente ante la jurisdicción contencioso administrativa, sin perjuicio del potestativo recurso administrativo previo"

En todo caso no es temario para estas bolsas, por lo que no debería incluirse..... De todos modos, igual te pillan por la Ley 39/2015 de alguna manera porque si que entra practicamente al completo.