Hola, tengo una duda sobre una pregunta sobre impuestos que he encontrado en un examen de otra convocatoria de diputación. Os lo copio a ver qué os parece. A mí me parece que la constitución del préstamo tb tendría que estar sujeta a IVA no creéis? Pero esa respuesta no está en ninguna opción.
5 EL SR POPESCU, DE NACIONALIDAD RUMANA, RESIDENTE EN BILBAO, COMPRA EN 2008
UNA VIVIENDA EN BILBAO DE NUEVA CONSTRUCCIÓN A LA CONSTRUCTORA HIRILUR
SA. PARA FINANCIAR LA COMPRA UTILIZA UN PRÉSTAMO HIPOTECARIO CONCEDIDO
POR LA BBK. TANTO LA COMPRA COMO EL PRÉSTAMO HAN SIDO RECOGIDOS EN LAS
ESCRITURAS CORRESPONDIENTES. INDICAR CUAL DE LAS SIGUIENTES RESPUESTAS ES
CORRECTA:
5a) Tanto la compra como la constitución del préstamo son operaciones sujetas al
Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y las escrituras de compra y de préstamo
están sujetas a Actos jurídicos documentados.
5b) La compra está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), la constitución del
préstamo a Transmisiones patrimoniales y las escrituras de compra y de préstamo a
Actos jurídicos documentados.
5c) La compra está sujeta al IVA, la constitución del préstamo a Operaciones societarias
y las escrituras a Actos jurídicos documentados
Los prestamos estan exentos del iva.
n este sentido, si el que presta el dinero es un particular, la constitución del préstamo es una operación sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en aplicación del artículo 7.1.B de la Ley de ITP.
“Artículo 7.1: Son transmisiones patrimoniales sujetas:
(…) B) La constitución de derechos reales, préstamos, fianzas, arrendamientos, pensiones y concesiones administrativas…”
Tributación préstamo empresas
Si por el contrario el préstamo es concedido por una empresa en el ejercicio de su actividad, la operación estará sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) según el artículo 11.Dos.12º de la LIVA al afirmar que “los préstamos y créditos en dinero” se consideran prestaciones de servicios a efectos de IVA.
“Artículo 11: Concepto de prestación de servicios
(…) Dos. En particular, se considerarán prestaciones de servicios:
(…) 12º Los préstamos y créditos en dinero”
No obstante, la ley del Impuesto sobre transmisiones patrimoniales, contempla en su artículo 45.I.B.15), que los préstamos realizados por particulares estarán exentos:
“B) Estarán exentas
Los depósitos en efectivo y los préstamos, cualquiera que sea la forma en que se instrumenten, incluso los representados por pagarés, bonos, obligaciones y títulos análogos…”
De forma análoga, la ley de IVA recoge en el artículo 20. Uno. 18º c) que estará exenta la concesión de créditos y préstamos en dinero de manera que, reconociendo esta operación como una prestación de servicios sujeta a IVA, la deja exenta del impuesto.
Deducimos entonces que las concesiones de créditos o préstamos, ya sea por un particular o por un empresario o profesional, estarán exentas de imposición indirecta (ITP o IVA)
Las concesiones de créditos o préstamos, ya sea por un particular o por un empresario o profesional, estarán exentas de imposición indirecta (ITP o IVA)