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Las OPOs
Las más comunes que piden en todas las OPOs y con las que se abarca casi todo son: Excel básico y avanzado, Word  básico y avanzado, Access básico y avanzado, internet básico y avanzado, PowerPoint, Outlook y Windows.

De todas os recomiendo la versión 2010 excepto de Access avanzado que lo más rápido es que os presentéis a Access 2000 avanzado que con la demo es suficiente.

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TEMARIO ADMINISTRATIVOS DIPUTACION DE BIZKAIA

Iniciado por amatxu2007, 16 de Octubre de 2017, 13:26:17 PM

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j.z.

En el tema 35, saberse todas las competencias una a una lo veo excesivo. ¿ Vosotros?

laurasp

Cita de: Edsan en 21 de Febrero de 2019, 17:10:49 PM
Hola, en el hilo de la ope de administrativo de la dipu de alava he subido un modelo de examen de la convocatoria anterior

Eskerrik asko, acabo de ver y me lo guardo!!! Aunque buscaba algo más relacionado con el 2º ejercicio...

No puedo acceder a la ultima OPE de Araba y en Gipuzkoa no parecen estar colgados, si alguien los tiene y puede subirlos o sabe como conseguirlos, se agradecería
https://www.araba.eus/PortalEmpleo/EP_Convocatoria/FPEP3301detalleConvOEP.asp
https://egoitza.gipuzkoa.eus/WAS/CORP/LLEHautaketaProzesuakWEB/convocatorias/3657/verhistorico
https://egoitza.gipuzkoa.eus/WAS/CORP/LLEHautaketaProzesuakWEB/convocatorias/2670/verhistorico

laurasp


txapelduna

Cita de: Ruben Caulfield en 21 de Febrero de 2019, 13:05:10 PM
Cita de: ainho73 en 21 de Febrero de 2019, 12:54:06 PM
Cita de: Edsan en 21 de Febrero de 2019, 12:44:26 PM
Si,el mismo día
Alguien sabe como suele ser el examen de supuestos prácticos? Me parece que alguien comentó que serían tests, pero alguien tiene alguno anterior? O sabe alguien dónde se pueden conseguir para hacernos una idea o ir practicando? Eskerrik asko

Mila esker Rubén. Imagino que serán los exámenes de la convocatoria de 2008, ¿verdad?

ardillita


Ruben Caulfield

Cita de: txapelduna en 22 de Febrero de 2019, 10:08:22 AM
Cita de: Ruben Caulfield en 21 de Febrero de 2019, 13:05:10 PM
Cita de: ainho73 en 21 de Febrero de 2019, 12:54:06 PM
Cita de: Edsan en 21 de Febrero de 2019, 12:44:26 PM
Si,el mismo día
Alguien sabe como suele ser el examen de supuestos prácticos? Me parece que alguien comentó que serían tests, pero alguien tiene alguno anterior? O sabe alguien dónde se pueden conseguir para hacernos una idea o ir practicando? Eskerrik asko

Mila esker Rubén. Imagino que serán los exámenes de la convocatoria de 2008, ¿verdad?

Supongo que son los de la última convocatoria.

Ruben Caulfield

Buenos días grupo. Estoy con el tema 34 y según la bibliografía entrarían los artículos referentes a Naturaleza, Hecho imponible y Sujeto pasivo de los 3 tributos. El tema es, como ya pasa en otros temas, que en el temario de ELA han metido también las exenciones de los dos primeros. Vais a estudiar también esto? Gracias a todos.

Ruben Caulfield


susanac

Cita de: Ruben Caulfield en 24 de Febrero de 2019, 09:52:39 AM
Buenos días grupo. Estoy con el tema 34 y según la bibliografía entrarían los artículos referentes a Naturaleza, Hecho imponible y Sujeto pasivo de los 3 tributos. El tema es, como ya pasa en otros temas, que en el temario de ELA han metido también las exenciones de los dos primeros. Vais a estudiar también esto? Gracias a todos.
pues yo entiendo que sólo entra lo que pone en el temario, así que lo otro, pasando :-)

interested

Tomando como base el temario de ELA, las partes que están en rojo que son modificaciones de las leyes que están puestas, alguien sabe si han entrado en vigor?

Edsan

Cita de: interested en 24 de Febrero de 2019, 13:46:00 PM
Tomando como base el temario de ELA, las partes que están en rojo que son modificaciones de las leyes que están puestas, alguien sabe si han entrado en vigor?

Parece que si han entrado en vigor,pero no se sabe aún si las tendrá en cuenta el tribunal

interested

Cita de: Edsan en 24 de Febrero de 2019, 13:59:17 PM
Cita de: interested en 24 de Febrero de 2019, 13:46:00 PM
Tomando como base el temario de ELA, las partes que están en rojo que son modificaciones de las leyes que están puestas, alguien sabe si han entrado en vigor?

Parece que si han entrado en vigor,pero no se sabe aún si las tendrá en cuenta el tribunal

Anda, y eso cuando lo piensan decir? Desde luego... En algunas bases si he visto que pone que las actualizaciones de las leyes entran en las bases, aunque no se modifiquen explicitamente. pero en las de la dipu no he visto nada

interested


Edsan

Cita de: interested en 24 de Febrero de 2019, 15:15:48 PM
Cita de: Edsan en 24 de Febrero de 2019, 13:59:17 PM
Cita de: interested en 24 de Febrero de 2019, 13:46:00 PM
Tomando como base el temario de ELA, las partes que están en rojo que son modificaciones de las leyes que están puestas, alguien sabe si han entrado en vigor?

Parece que si han entrado en vigor,pero no se sabe aún si las tendrá en cuenta el tribunal

Anda, y eso cuando lo piensan decir? Desde luego... En algunas bases si he visto que pone que las actualizaciones de las leyes entran en las bases, aunque no se modifiquen explicitamente. pero en las de la dipu no he visto nada

En la academia a la que voy están pendientes,si me dicen algo,lo digo :)

doodle

Kaixo, sabéis si se puede pedir a dipu aclaraciones sobre el temario? O si publican en algún lugar las que han recibido y las respuestas. Sería interesante ya que hay temas que no están del todo claro, o si en los temas de impuestos entran o no las actualizaciones

interested

Cita de: Edsan en 24 de Febrero de 2019, 16:46:28 PM
Cita de: interested en 24 de Febrero de 2019, 15:15:48 PM
Cita de: Edsan en 24 de Febrero de 2019, 13:59:17 PM
Cita de: interested en 24 de Febrero de 2019, 13:46:00 PM
Tomando como base el temario de ELA, las partes que están en rojo que son modificaciones de las leyes que están puestas, alguien sabe si han entrado en vigor?

Parece que si han entrado en vigor,pero no se sabe aún si las tendrá en cuenta el tribunal

Anda, y eso cuando lo piensan decir? Desde luego... En algunas bases si he visto que pone que las actualizaciones de las leyes entran en las bases, aunque no se modifiquen explicitamente. pero en las de la dipu no he visto nada

En la academia a la que voy están pendientes,si me dicen algo,lo digo :)

Fenomeno, nos cuentas!! Vamos, que estais sobre la actualizacion anterior no?

j.z.

Cita de: doodle en 20 de Febrero de 2019, 14:43:48 PM
Cita de: LEO en 20 de Febrero de 2019, 13:05:26 PM
hola, una duda que tengo con el tema 26 sobre los articulos que entran:

yo creo que entran los siguientes art:

art 1 al 5.
art 6 al 15.
art 19.

¿¿es correcto??, es que no me coincide el temario de ELA con el mio.

¿ Podría alguno que esta yendo a los cursos de Ela confirmar con ello si a partir del articulo 19 no entra en el temario,y que por tanto en el temario que han preparado han incluido más articulos?

Gracias de antemano


yo creo que entra eso mismo que has puesto

j.z.

 ¿Podría alguno que esta yendo a los cursos de Ela confirmar con ellos si a partir del articulo 19 no entra en el temario,y que por tanto en el temario que han preparado han incluido más articulos?

Gracias de antemano

atxuri

En las Bases Generales de la convocatoria, clausula sexta.- Procedimiento de selección, en el apartado 2,dice lo siguiente:
" ..... la normativa cuyo conocimiento se exigirá, será la vigente a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado."

interested

Cita de: atxuri en 26 de Febrero de 2019, 07:28:09 AM
En las Bases Generales de la convocatoria, clausula sexta.- Procedimiento de selección, en el apartado 2,dice lo siguiente:
" ..... la normativa cuyo conocimiento se exigirá, será la vigente a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado."

¿Donde se puede loclizar las bases generales? ¿Entiendo que yo que esa norma dice que el apartdo en rojo de ELA si entra no, al ser nueva normativa?

atxuri

Las bases generales y específicas de la convocatoria, se publicaron en BOB de 5/11/2018, y la fecha de referencia de la normativa ( la de publicación en BOE), es el 15/11/2018
Esta todo en la pagina web de la DFB, donde está recogida la convocatoria de estas plazas

laurasp

Tema 20: Derechos históricos de los Territorios Forales.

Tema 35: El Estatuto de Autonomía del País Vasco. Antecedentes históricos.

De donde habéis sacado esos apartados? Se puede dar por válida la info que han incluido en el temario de ELA??

ross


j.z.

Cita de: ross en 26 de Febrero de 2019, 16:20:01 PM
Todavia no he empezado, pero si te sirve en la pàgina del Ivap tienes los antecedentes.
http://autoprestakuntza.euskadi.eus/mod/book/view.php?id=227&chapterid=430

En los apuntes de ELA tienes completo. Si no recuerdo mal está en pagina 7

alldaylong

#621
Cita de: ardillita en 15 de Febrero de 2019, 19:15:08 PM
buenas tardes, me a llegado este rumor, alguien sabe si es verdad:

PREVISION DEL PROCESO:

- 8 de junio: primer examen
- 9 julio: fin de la fase de recursos
- ultima semana de julio- primera de agosto: examen IT Txartela
- segunda quincena de septiembre: prueba de euskera
- segunda quincena de octubre: presentacion de meritos
- Febrero 2020: toma de posesion.

Kaixo!

según las bases entendí que si tienes las it txartelas convalidan el exámen, pero por si acaso lo pregunto. El exámen es sólo para los q no acrediten las it txartelas o para todos?

las it txartelas a acreditar son una de cada prograa, no?osea, una de excel(de todas las q nombran en las bases) y una de word, verdad?

yo así lo entiendo, pero por confirmar. gracias!

Aberria

Cita de: Monicarp en 27 de Febrero de 2019, 06:40:40 AM
Cita de: ardillita en 15 de Febrero de 2019, 19:15:08 PM
buenas tardes, me a llegado este rumor, alguien sabe si es verdad:

PREVISION DEL PROCESO:

- 8 de junio: primer examen
- 9 julio: fin de la fase de recursos
- ultima semana de julio- primera de agosto: examen IT Txartela
- segunda quincena de septiembre: prueba de euskera
- segunda quincena de octubre: presentacion de meritos
- Febrero 2020: toma de posesion.

Kaixo!

según las bases entendí que si tienes las it txartelas convalidan el exámen, pero por si acaso lo pregunto. El exámen es sólo para los q no acrediten las it txartelas o para todos?

las it txartelas a acreditar son una de cada prograa, no?osea, una de excel(de todas las q nombran en las bases) y una de word, verdad?

yo así lo entiendo, pero por confirmar. gracias!

Asi es

rinovortio

Sabeis si ha salido la lista de admitidos?
No se porque no me deja acceder a la pagina web.. :S

esoues


atxuri

Cita de: ibonagpa en 27 de Febrero de 2019, 09:05:08 AM
Sabeis si ha salido la lista de admitidos?
No se porque no me deja acceder a la pagina web.. :S

No hay lista de admitidos publicada aún.
Únicamente se publicó un listado de personas a las que se requeria alguna documentación no presentada.

ROTE

Kaixo a tod@s. Aqui estoy volviendome loca con el tema 26.
A ver si alguien puede ayudarme a entender lo que voy a escribir. Estoy estudiando los intereses de demora.

NO SE EXIGIRAN INTERESES DE DEMORA CUANDO LA ADMON TRIBUTARIA INCUMPLA POR CAUSA IMPUTABLE A LA MISMA LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN ESTA NORMA FORAL PARA RESOLVER, EXIGIENDOSE EL INTERES EXCLUSIVAMENTE HASTA LA FECHA FINAL DE DICHOS PLAZOS, SALVO EN LOS CASOS DE INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE RESOLUCION DE LAS SOLICITUDES DE APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO DE PAGO Y DE COMPENSACION DE DEUDAS.

Lo he escrito tal cual viene en el temario de ELA . Tema 26 página 12 último párrafo. Primero dice que no se exigen y luego comenta que si se exige hasta la fecha final de dichos plazos.  O cuando se exigen es cuando se incumplen los plazos de resolución de aplazamiento o fraccionamiento de pago y de compensación de deudas???

O falta un punto....o yo estoy torpe...o no se. Si alguien me responde y me ayuda MILLA MILLOI ESKER


Ruben Caulfield

Cita de: ROTE en 27 de Febrero de 2019, 17:31:04 PM
Kaixo a tod@s. Aqui estoy volviendome loca con el tema 26.
A ver si alguien puede ayudarme a entender lo que voy a escribir. Estoy estudiando los intereses de demora.

NO SE EXIGIRAN INTERESES DE DEMORA CUANDO LA ADMON TRIBUTARIA INCUMPLA POR CAUSA IMPUTABLE A LA MISMA LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN ESTA NORMA FORAL PARA RESOLVER, EXIGIENDOSE EL INTERES EXCLUSIVAMENTE HASTA LA FECHA FINAL DE DICHOS PLAZOS, SALVO EN LOS CASOS DE INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE RESOLUCION DE LAS SOLICITUDES DE APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO DE PAGO Y DE COMPENSACION DE DEUDAS.

Lo he escrito tal cual viene en el temario de ELA . Tema 26 página 12 último párrafo. Primero dice que no se exigen y luego comenta que si se exige hasta la fecha final de dichos plazos.  O cuando se exigen es cuando se incumplen los plazos de resolución de aplazamiento o fraccionamiento de pago y de compensación de deudas???

O falta un punto....o yo estoy torpe...o no se. Si alguien me responde y me ayuda MILLA MILLOI ESKER

Hay artículos que la verdad es que sin de traca. Yo entiendo de lo que has puesto que la administración no podrá exigir intereses de demora cuando el incumplimiento del plazo sea por culpa de ella y solo podrá exigir intereses hasta que se cumpla el plazo, menos en los casos de RESOLUCION DE LAS SOLICITUDES DE APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO DE PAGO Y DE COMPENSACION DE DEUDAS.

j.z.

Cita de: ROTE en 27 de Febrero de 2019, 17:31:04 PM
Kaixo a tod@s. Aqui estoy volviendome loca con el tema 26.
A ver si alguien puede ayudarme a entender lo que voy a escribir. Estoy estudiando los intereses de demora.

NO SE EXIGIRAN INTERESES DE DEMORA CUANDO LA ADMON TRIBUTARIA INCUMPLA POR CAUSA IMPUTABLE A LA MISMA LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN ESTA NORMA FORAL PARA RESOLVER, EXIGIENDOSE EL INTERES EXCLUSIVAMENTE HASTA LA FECHA FINAL DE DICHOS PLAZOS, SALVO EN LOS CASOS DE INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE RESOLUCION DE LAS SOLICITUDES DE APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO DE PAGO Y DE COMPENSACION DE DEUDAS.

Lo he escrito tal cual viene en el temario de ELA . Tema 26 página 12 último párrafo. Primero dice que no se exigen y luego comenta que si se exige hasta la fecha final de dichos plazos.  O cuando se exigen es cuando se incumplen los plazos de resolución de aplazamiento o fraccionamiento de pago y de compensación de deudas???

O falta un punto....o yo estoy torpe...o no se. Si alguien me responde y me ayuda MILLA MILLOI ESKER

j.z.

Cita de: j.z. en 28 de Febrero de 2019, 05:45:19 AM
Cita de: ROTE en 27 de Febrero de 2019, 17:31:04 PM
Kaixo a tod@s. Aqui estoy volviendome loca con el tema 26.
A ver si alguien puede ayudarme a entender lo que voy a escribir. Estoy estudiando los intereses de demora.

NO SE EXIGIRAN INTERESES DE DEMORA CUANDO LA ADMON TRIBUTARIA INCUMPLA POR CAUSA IMPUTABLE A LA MISMA LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN ESTA NORMA FORAL PARA RESOLVER, EXIGIENDOSE EL INTERES EXCLUSIVAMENTE HASTA LA FECHA FINAL DE DICHOS PLAZOS, SALVO EN LOS CASOS DE INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE RESOLUCION DE LAS SOLICITUDES DE APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO DE PAGO Y DE COMPENSACION DE DEUDAS.

Lo he escrito tal cual viene en el temario de ELA . Tema 26 página 12 último párrafo. Primero dice que no se exigen y luego comenta que si se exige hasta la fecha final de dichos plazos.  O cuando se exigen es cuando se incumplen los plazos de resolución de aplazamiento o fraccionamiento de pago y de compensación de deudas???

O falta un punto....o yo estoy torpe...o no se. Si alguien me responde y me ayuda MILLA MILLOI ESKER

j.z.

Cita de: j.z. en 28 de Febrero de 2019, 05:45:51 AM
Cita de: j.z. en 28 de Febrero de 2019, 05:45:19 AM
Cita de: ROTE en 27 de Febrero de 2019, 17:31:04 PM
Kaixo a tod@s. Aqui estoy volviendome loca con el tema 26.
A ver si alguien puede ayudarme a entender lo que voy a escribir. Estoy estudiando los intereses de demora.

NO SE EXIGIRAN INTERESES DE DEMORA CUANDO LA ADMON TRIBUTARIA INCUMPLA POR CAUSA IMPUTABLE A LA MISMA LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN ESTA NORMA FORAL PARA RESOLVER, EXIGIENDOSE EL INTERES EXCLUSIVAMENTE HASTA LA FECHA FINAL DE DICHOS PLAZOS, SALVO EN LOS CASOS DE INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE RESOLUCION DE LAS SOLICITUDES DE APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO DE PAGO Y DE COMPENSACION DE DEUDAS.

Lo he escrito tal cual viene en el temario de ELA . Tema 26 página 12 último párrafo. Primero dice que no se exigen y luego comenta que si se exige hasta la fecha final de dichos plazos.  O cuando se exigen es cuando se incumplen los plazos de resolución de aplazamiento o fraccionamiento de pago y de compensación de deudas???

O falta un punto....o yo estoy torpe...o no se. Si alguien me responde y me ayuda MILLA MILLOI ESKER
ROTE, yo creo que según el temario ese punto no habría que estudiarlo, se ha comentado en alguna página anterior y yo también lo entiendo asi, el tema 26 terminaría con el artículo 19
Tema 26 Norma Foral Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia: Titulo I: Disposiciones genrales del ordenamiento tributario: Capitulo I: prinicipios generales Capitulo II; Normas tributarias. Titulo II: Las obligaciones tributarias materiales; artículo 19: La obligación tributaria principal

j.z.

Pido ayuda, no entiendo bien el Artículo 14 Cláusula antielusión del TEMA 26

1 Será aplicable la claúsula antielusión cuando se evite total  o parcialmente la realización del hecho imponible o se minore la base o la deuda tributaria mediante actos en los que concurran las siguientes circunstancias
a) Que, individualmente considerados o en su conjunto, sean notoriamente artificioso o impropios para la consecución del resultado obtenido
b) Que de su utlización no resulten efectos jurídicos o económicos relevantes, distintos del ahorro fiscal y de los efectos jurídicos o económicos relevantes, distintos del ahorro fiscal y de los efectos que se hubieran obtenido con los actos o negocios usuales o propios

¿ Que entendeís con esto?
Gracias

ROTE

Cita de: j.z. en 28 de Febrero de 2019, 05:49:52 AM
Cita de: j.z. en 28 de Febrero de 2019, 05:45:51 AM
Cita de: j.z. en 28 de Febrero de 2019, 05:45:19 AM
Cita de: ROTE en 27 de Febrero de 2019, 17:31:04 PM
Kaixo a tod@s. Aqui estoy volviendome loca con el tema 26.
A ver si alguien puede ayudarme a entender lo que voy a escribir. Estoy estudiando los intereses de demora.

NO SE EXIGIRAN INTERESES DE DEMORA CUANDO LA ADMON TRIBUTARIA INCUMPLA POR CAUSA IMPUTABLE A LA MISMA LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN ESTA NORMA FORAL PARA RESOLVER, EXIGIENDOSE EL INTERES EXCLUSIVAMENTE HASTA LA FECHA FINAL DE DICHOS PLAZOS, SALVO EN LOS CASOS DE INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE RESOLUCION DE LAS SOLICITUDES DE APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO DE PAGO Y DE COMPENSACION DE DEUDAS.

Lo he escrito tal cual viene en el temario de ELA . Tema 26 página 12 último párrafo. Primero dice que no se exigen y luego comenta que si se exige hasta la fecha final de dichos plazos.  O cuando se exigen es cuando se incumplen los plazos de resolución de aplazamiento o fraccionamiento de pago y de compensación de deudas???

O falta un punto....o yo estoy torpe...o no se. Si alguien me responde y me ayuda MILLA MILLOI ESKER
ROTE, yo creo que según el temario ese punto no habría que estudiarlo, se ha comentado en alguna página anterior y yo también lo entiendo asi, el tema 26 terminaría con el artículo 19
Tema 26 Norma Foral Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia: Titulo I: Disposiciones genrales del ordenamiento tributario: Capitulo I: prinicipios generales Capitulo II; Normas tributarias. Titulo II: Las obligaciones tributarias materiales; artículo 19: La obligación tributaria principal

Pues que bién J.C. Yo me estoy estudiando los temas del temario de ELA tal cual, y como todos los días no puedo seguir los hilos del chat, porque entre estudiar, niños, casa, trabajo.... Menuda alegría me has dado. Menos para estudiar, Juyuuuuu!!!!

Aberria

Buenas noches,
Alguien podria explicarme cual es la diferencia entre las siguientes situaciones administrativas: "Excedencia voluntaria por servicio activo en otro cuerpo o escala de cualquier administración pública"  y "servicio en otras administraciones públicas"
Mil gracias

marta25

Cita de: Aberria en 03 de Marzo de 2019, 21:10:44 PM
Buenas noches,
Alguien podria explicarme cual es la diferencia entre las siguientes situaciones administrativas: "Excedencia voluntaria por servicio activo en otro cuerpo o escala de cualquier administración pública"  y "servicio en otras administraciones públicas"
Mil gracias

Excedencia voluntaria por servicio activo en otra administración es cuando un funcionario de carrera de una administración determinada decide voluntariamente y tras haber hecho el proceso de selección correspondiente trabajar en otra administración . Servicio en otras administraciones públicas se produce cuando en una administración que se esté celebrando concurso o libre designacion, los cuales permiten participar a otros funcionarios de otras administraciones. Si consiguen plaza o consiguen trabajar como de libre designación pasarán a esta situación.

Aberria

Cita de: marta25 en 03 de Marzo de 2019, 22:07:33 PM
Cita de: Aberria en 03 de Marzo de 2019, 21:10:44 PM
Buenas noches,
Alguien podria explicarme cual es la diferencia entre las siguientes situaciones administrativas: "Excedencia voluntaria por servicio activo en otro cuerpo o escala de cualquier administración pública"  y "servicio en otras administraciones públicas"
Mil gracias

Excedencia voluntaria por servicio activo en otra administración es cuando un funcionario de carrera de una administración determinada decide voluntariamente y tras haber hecho el proceso de selección correspondiente trabajar en otra administración . Servicio en otras administraciones públicas se produce cuando en una administración que se esté celebrando concurso o libre designacion, los cuales permiten participar a otros funcionarios de otras administraciones. Si consiguen plaza o consiguen trabajar como de libre designación pasarán a esta situación.
Entonces la diferencia entre ambas situaciones es la forma de provision de la administración de destino?
En la de servicios especiales indica que debe de ser mediante concurso o libre designacion,  y en la de excedencia no dice nada (pero cual podria ser,  si no es mediante concurso o libre designacion)?

La verdad es que sigo sin tenerlo claro

marta25

Cita de: Aberria en 03 de Marzo de 2019, 22:32:12 PM
Cita de: marta25 en 03 de Marzo de 2019, 22:07:33 PM
Cita de: Aberria en 03 de Marzo de 2019, 21:10:44 PM
Buenas noches,
Alguien podria explicarme cual es la diferencia entre las siguientes situaciones administrativas: "Excedencia voluntaria por servicio activo en otro cuerpo o escala de cualquier administración pública"  y "servicio en otras administraciones públicas"
Mil gracias

Excedencia voluntaria por servicio activo en otra administración es cuando un funcionario de carrera de una administración determinada decide voluntariamente y tras haber hecho el proceso de selección correspondiente trabajar en otra administración . Servicio en otras administraciones públicas se produce cuando en una administración que se esté celebrando concurso o libre designacion, los cuales permiten participar a otros funcionarios de otras administraciones. Si consiguen plaza o consiguen trabajar como de libre designación pasarán a esta situación.
Entonces la diferencia entre ambas situaciones es la forma de provision de la administración de destino?
En la de servicios especiales indica que debe de ser mediante concurso o libre designacion,  y en la de excedencia no dice nada (pero cual podria ser,  si no es mediante concurso o libre designacion)?

La verdad es que sigo sin tenerlo claro

Imagínate que eres funcionario de carrera como policía local en un ayuntamiento. Como eres licenciado en Derecho te has presentado a una bolsa de trabajo para licenciados en Derecho del Gobierno Vasco. Te llaman del Gobierno Vasco y te ofrecen una interinidad. ¿Qué harías? Aceptar este nuevo trabajo y pedir excedencia voluntaria en tu ayuntamiento.

El segundo caso son las propias administraciones las que aceptan que formen parte funcionarios de otras administraciones por los procedimientos de concurso o libre designación. Por ejemplo, Osakidetza ha dejado participar en concurso a auxiliares sanitarios de otras administraciones y eso implica que quien haya sido adjudicatario/a de alguna de las plazas pasa a la situación de servicio en otra administración.

Aberria


atxuri

Publicado en Boletín de Bizkaia de hoy 4 de marzo, listado de admitidos y fecha de examen: 8 de junio a las 9.30

UriElo

Cita de: atxuri en 04 de Marzo de 2019, 08:29:39 AM
Publicado en Boletín de Bizkaia de hoy 4 de marzo, listado de admitidos y fecha de examen: 8 de junio a las 9.30

Sí, en el BEC

Eskerrika asko!


ardillita

buenos dias, muchisimas gracias, ya lo e visto , varias dudas, pone que ai que llevar un corrector seco de 4.2 mm de anchura tipo "refill roller", alguien sabe para que puede ser?, yo es que nunca e visto eso de llevarlo, y el boli es normal o ai que esperar a ver que dice, como an puesto lo de el corrector, el segundo ejercicio es el ejercicio de caso practico no?, gracias a ver si alguien me puede decir algo. animoooo, que tenemos 3 meses, y ademas con las de ayuntamiento de bilbao ufff ya empieza los nerviosssss.

JSF

Cita de: ardillita en 04 de Marzo de 2019, 12:12:41 PM
buenos dias, muchisimas gracias, ya lo e visto , varias dudas, pone que ai que llevar un corrector seco de 4.2 mm de anchura tipo "refill roller", alguien sabe para que puede ser?, yo es que nunca e visto eso de llevarlo, y el boli es normal o ai que esperar a ver que dice, como an puesto lo de el corrector, el segundo ejercicio es el ejercicio de caso practico no?, gracias a ver si alguien me puede decir algo. animoooo, que tenemos 3 meses, y ademas con las de ayuntamiento de bilbao ufff ya empieza los nerviosssss.

Si pones en google imagenes "Pritt roller" tienes un ejemplo de lo que dicen.

Plan B

Pero el tipex no lo veo necesario siendo un examen tipo test, que normalmente hay una casilla para corregir si te has equivocado, y el práctico se supone que también se responde en preguntas tipo test, que lo pone en las bases, así que no entiendo a qué viene lo del tipex.....

ardillita

Gracias, ya se k modelo es, lo k no se muy bien es para k ai k llevar el typex, la primera vez k voy con eso jiji.una duda el segundo examen k ai k acer el mismo dia es el d el caso practico o el d ordenador?

Ruben Caulfield

Cita de: ardillita en 04 de Marzo de 2019, 13:40:20 PM
Gracias, ya se k modelo es, lo k no se muy bien es para k ai k llevar el typex, la primera vez k voy con eso jiji.una duda el segundo examen k ai k acer el mismo dia es el d el caso practico o el d ordenador?

Caso práctico

Elmo

Cita de: ardillita en 04 de Marzo de 2019, 12:12:41 PM
buenos dias, muchisimas gracias, ya lo e visto , varias dudas, pone que ai que llevar un corrector seco de 4.2 mm de anchura tipo "refill roller", alguien sabe para que puede ser?, yo es que nunca e visto eso de llevarlo, y el boli es normal o ai que esperar a ver que dice, como an puesto lo de el corrector, el segundo ejercicio es el ejercicio de caso practico no?, gracias a ver si alguien me puede decir algo. animoooo, que tenemos 3 meses, y ademas con las de ayuntamiento de bilbao ufff ya empieza los nerviosssss.
Kaixo! Porfavor, ¿podría alguien poner dónde habeis visto el aviso del examen?
En este enlace simplemente se descarga el PDF de la nota pero es que no encuentro el sitio para revisarlo o dónde publican los avisos. Será cosa mía, pero entro en euskadi.eus , Oferta pública de empleo, y cuando le doy a Administrativo y me registro entro en bucle y no encuentro nada.
Gracias de antemano!

susanac


Elmo

Eskerrik asko Susanac!
Era problema del navegador que usaba ;)

mariaGo

Kaixo!
A no ser que lo haya hecho mal estos son los datos que me salen:
- 5 personas promoción interna
- 2 personas promoción interna personas con discapacidad
- 279 personas turno libre personas con discapacidad
- 7.711 turno libre