Kaixo a tod@s!Estaba con la ley de FUNCIÓN pública VASCA y me ha entrado una duda.. cuando alguien coge excedencia x cuidado de hijo.. hasta cuado le guardan su puesto... 3 años creía yo.. pero tengo dudas porque en la ley hay otro punto en el q dice q sólo el primer año de los tres k puede estar de excencia le guardarian puesto. Sabéis algo? Por aquí somos 3 y en tres las 3 no nos aclaramos. Eskerrik asko.
Cita de: oposaketan en 23 de Mayo de 2019, 08:11:32 amCita de: txarama en 23 de Mayo de 2019, 07:32:05 amCita de: raquelita en 23 de Mayo de 2019, 07:27:27 amAlguien me puede decir que versión de it txartela es válida? SaludosEgun onWord 2010 avanzado y Excel 2010 básicoSeguro??? Os lo han confirmado desde la dipu?? Yo entiendo q ellos t hace la prueba con 2010, pero q las otras versiones q aparecen en las bases tambien son validas.SI, eso es; yo lo pregunté antes de apuntarme y me dijeron que son validas cualquiera de las que están en las bases.
Cita de: txarama en 23 de Mayo de 2019, 07:32:05 amCita de: raquelita en 23 de Mayo de 2019, 07:27:27 amAlguien me puede decir que versión de it txartela es válida? SaludosEgun onWord 2010 avanzado y Excel 2010 básicoSeguro??? Os lo han confirmado desde la dipu?? Yo entiendo q ellos t hace la prueba con 2010, pero q las otras versiones q aparecen en las bases tambien son validas.SI, eso es; yo lo pregunté antes de apuntarme y me dijeron que son validas cualquiera de las que están en las bases.
Cita de: raquelita en 23 de Mayo de 2019, 07:27:27 amAlguien me puede decir que versión de it txartela es válida? SaludosEgun onWord 2010 avanzado y Excel 2010 básico
Alguien me puede decir que versión de it txartela es válida? SaludosEgun onWord 2010 avanzado y Excel 2010 básico
Egunon! A mí tampoco me ha llegado la carta de Diputación y estoy admitida. Así que tranquilidad, lo importante es estar en el listado de admitidos. Ánimo a tod@s, ya queda menos!!
Cita de: hurtzi75 en 23 de Mayo de 2019, 08:46:10 amHola, del tema 6, que artículos creéis que entran? En las bases viene del 147 al 151, pero en el temario de ela empiezan por el 137.Eskerrik asko Yo creo que hay que hacer caso a las bases, los apuntes de ELA no me fiaría mucho... en el tema de la UE por ejemplo, que no viene acotado ni artículos ni nada, que habéis estudiado?Gracias!!Eskerrik asko, yo de la UE me he mirado según las bases, mirando páginas en internet
Hola, del tema 6, que artículos creéis que entran? En las bases viene del 147 al 151, pero en el temario de ela empiezan por el 137.Eskerrik asko
Cita de: opeiz en 22 de Mayo de 2019, 19:55:44 pmCita de: ROTE en 22 de Mayo de 2019, 19:37:01 pmHola a todos.Impuesto de sociedades. Alguien puede explicarme cuando es normativa de territorio común y cuando es normativa foral?Entiendo el ámbito de aplicación, pero antes he leído un trozo del resumen que viene en éste enlace y ahí lo comenta.Os agradecería un montón que me ayudaseis a entenderlo.La normativa vasca de este Impuesto se aplica a las entidades cuyo domicilio fiscal se encuentre en el País Vasco. Y también en el supuesto de que, teniendo domicilio fiscal en Territorio Común, el volumen total de operaciones en el ejercicio anterior hubiera excedido de 10 millones de euros, y el 75% o más de ese volumen de operaciones se hubiera realizado en el País Vasco. Este punto de conexión normativo del Impuesto implica, obviamente, que una entidad estará sujeta únicamente a una normativa, la foral o la común.http://www.euskadi.eus/web01-s2oga/es/contenidos/informacion/6901/es_2316/index.shtmlTerritorio comúnDomicilio Fiscal en TC y menos de 7M (10M cn la nueva norma)Norma foralDomicilio fiscal Bizkaia y menos de 7MDomicilio fiscal en PV y más del 75% de Volumen de operaciones en el PV. Y de ahí el TH donde tenga más % será la normativa que aplicas. Domicilio fiscal en TC pero 100% del volumen de operaciones en el país vaso. Y de ahí en el TH donde tenga más %Y si es domicilio en Bizkaia y más de 7 millones?
Cita de: ROTE en 22 de Mayo de 2019, 19:37:01 pmHola a todos.Impuesto de sociedades. Alguien puede explicarme cuando es normativa de territorio común y cuando es normativa foral?Entiendo el ámbito de aplicación, pero antes he leído un trozo del resumen que viene en éste enlace y ahí lo comenta.Os agradecería un montón que me ayudaseis a entenderlo.La normativa vasca de este Impuesto se aplica a las entidades cuyo domicilio fiscal se encuentre en el País Vasco. Y también en el supuesto de que, teniendo domicilio fiscal en Territorio Común, el volumen total de operaciones en el ejercicio anterior hubiera excedido de 10 millones de euros, y el 75% o más de ese volumen de operaciones se hubiera realizado en el País Vasco. Este punto de conexión normativo del Impuesto implica, obviamente, que una entidad estará sujeta únicamente a una normativa, la foral o la común.http://www.euskadi.eus/web01-s2oga/es/contenidos/informacion/6901/es_2316/index.shtmlTerritorio comúnDomicilio Fiscal en TC y menos de 7M (10M cn la nueva norma)Norma foralDomicilio fiscal Bizkaia y menos de 7MDomicilio fiscal en PV y más del 75% de Volumen de operaciones en el PV. Y de ahí el TH donde tenga más % será la normativa que aplicas. Domicilio fiscal en TC pero 100% del volumen de operaciones en el país vaso. Y de ahí en el TH donde tenga más %
Hola a todos.Impuesto de sociedades. Alguien puede explicarme cuando es normativa de territorio común y cuando es normativa foral?Entiendo el ámbito de aplicación, pero antes he leído un trozo del resumen que viene en éste enlace y ahí lo comenta.Os agradecería un montón que me ayudaseis a entenderlo.La normativa vasca de este Impuesto se aplica a las entidades cuyo domicilio fiscal se encuentre en el País Vasco. Y también en el supuesto de que, teniendo domicilio fiscal en Territorio Común, el volumen total de operaciones en el ejercicio anterior hubiera excedido de 10 millones de euros, y el 75% o más de ese volumen de operaciones se hubiera realizado en el País Vasco. Este punto de conexión normativo del Impuesto implica, obviamente, que una entidad estará sujeta únicamente a una normativa, la foral o la común.http://www.euskadi.eus/web01-s2oga/es/contenidos/informacion/6901/es_2316/index.shtml
Me podeis explicar como contabilizan los meritos con los perfiles preceptivos. Si tengo el pl2 para los puestos de perfil 2 preceptivo a mi no me dan ountos y a los que tengan el perfil 3 les dan todos los puntos, o los del pl3 menos el pl2.
Cita de: Arrondo16 en 09 de Mayo de 2019, 16:18:12 pmCita de: j.z. en 09 de Mayo de 2019, 13:48:56 pmtema 32 IVA Articulo 2bis punto cuatrob) Si se trata de entregas con instalación de elementos industriales fuera de Bizkaia, si los trabajos de preparación y fabricación se hubieran realizado en este territorio y el coste de la instalación o montaje no excede del 15% del total de la prestación quiero entender que los trabajos de preparación y fabricación se realizan en OTRO territorio, entrega con instalación desde Bizkaia a fuera de Bizkaia y la entrega e instalación no excede del 15% total de la prestación.Lo entendeis asi?Hola!Yo no lo entiendo así. Entiendo que los trabajos de preparación y fabriación se realizan en Bizkaia y la entrega e instalación (de lo fabricado en Bizkaia) fuera de Bizkaia. Cuando el coste de la instalación no supera el 15% de la contraprestación total.Algo así como que la operación principal para ese sujeto pasivo es la fabricación (que es en Bizkaia), no la instalación (que es lo que es fuera de Bizkaia).Estoy bastante segura, pero nunca se sabe...Si, yo entiendo lo mismo. Si el peso del cte de la instalación es mayor al 15% del total, entonces ya se localizan fuera...
Cita de: j.z. en 09 de Mayo de 2019, 13:48:56 pmtema 32 IVA Articulo 2bis punto cuatrob) Si se trata de entregas con instalación de elementos industriales fuera de Bizkaia, si los trabajos de preparación y fabricación se hubieran realizado en este territorio y el coste de la instalación o montaje no excede del 15% del total de la prestación quiero entender que los trabajos de preparación y fabricación se realizan en OTRO territorio, entrega con instalación desde Bizkaia a fuera de Bizkaia y la entrega e instalación no excede del 15% total de la prestación.Lo entendeis asi?Hola!Yo no lo entiendo así. Entiendo que los trabajos de preparación y fabriación se realizan en Bizkaia y la entrega e instalación (de lo fabricado en Bizkaia) fuera de Bizkaia. Cuando el coste de la instalación no supera el 15% de la contraprestación total.Algo así como que la operación principal para ese sujeto pasivo es la fabricación (que es en Bizkaia), no la instalación (que es lo que es fuera de Bizkaia).Estoy bastante segura, pero nunca se sabe...
tema 32 IVA Articulo 2bis punto cuatrob) Si se trata de entregas con instalación de elementos industriales fuera de Bizkaia, si los trabajos de preparación y fabricación se hubieran realizado en este territorio y el coste de la instalación o montaje no excede del 15% del total de la prestación quiero entender que los trabajos de preparación y fabricación se realizan en OTRO territorio, entrega con instalación desde Bizkaia a fuera de Bizkaia y la entrega e instalación no excede del 15% total de la prestación.Lo entendeis asi?
alguien que sepa diferenciar bien los pliegos de clausulas administrativas particulares y pliego de prescripciones tecnicas? Este tema se me hace muy cuesta arriba... :SGracias de antemano
Hola, me han pasado este supuesto práctico, os lo adjunto por si os sirve, no tengo respuestas, si alguien que domine las quiere poner se lo agradecería. Suerte a todos
Cita de: rubios en 24 de Mayo de 2019, 08:42:31 amHola, me han pasado este supuesto práctico, os lo adjunto por si os sirve, no tengo respuestas, si alguien que domine las quiere poner se lo agradecería. Suerte a todosGracias!! Yo lo he hecho por mi cuenta, pongo las respuestas a ver que opináis los demás, pero no os fiéis mucho de mí, que ando torpe con estos temas.a) Bizkaiab) 8 millonesc) THBd) Territorio Comúne) DFBf) Territorio común (Cantabria)
No me queda claro lo de que al cambiar el domicilio cambie la administración competente. Aunque tenga su domicilio en España su facturación al superar los 7 millones y tener facturación en Bizkaia y en otro territorio, se acogería a los dos en proporción, no???. Sería solo en Bizkaia si tuviera la residencia en España pero solo facturara en Bizkaia."Cuando el sujeto pasivo opere en territorio vizcaíno y además en otro u otros territorios y su volumen de operaciones en el año anterior hubiese excedido de 7 millones de euros, tributará a esta Diputación Foral en proporción al volumen de operaciones efectuado en Bizkaia."Cita de: IgoneArbai en 24 de Mayo de 2019, 09:03:53 amCita de: rubios en 24 de Mayo de 2019, 08:42:31 amHola, me han pasado este supuesto práctico, os lo adjunto por si os sirve, no tengo respuestas, si alguien que domine las quiere poner se lo agradecería. Suerte a todosGracias!! Yo lo he hecho por mi cuenta, pongo las respuestas a ver que opináis los demás, pero no os fiéis mucho de mí, que ando torpe con estos temas.a) Bizkaiab) 8 millonesc) THBd) Territorio Comúne) DFBf) Territorio común (Cantabria)
Cita de: IgoneArbai en 24 de Mayo de 2019, 09:03:53 amCita de: rubios en 24 de Mayo de 2019, 08:42:31 amHola, me han pasado este supuesto práctico, os lo adjunto por si os sirve, no tengo respuestas, si alguien que domine las quiere poner se lo agradecería. Suerte a todosGracias!! Yo lo he hecho por mi cuenta, pongo las respuestas a ver que opináis los demás, pero no os fiéis mucho de mí, que ando torpe con estos temas.a) Bizkaiab) 8 millonesc) THBd) Territorio Comúne) DFBf) Territorio común (Cantabria)Gracias, yo también estaba intentando hacerlo, con los apuntes delante, coincido contigo menos en la f......la exacción no sería en proporción??? No cobraría una parte DFB y otra Cantabria según volumen de operaciones?
Cita de: rubios en 24 de Mayo de 2019, 09:14:43 amCita de: IgoneArbai en 24 de Mayo de 2019, 09:03:53 amCita de: rubios en 24 de Mayo de 2019, 08:42:31 amHola, me han pasado este supuesto práctico, os lo adjunto por si os sirve, no tengo respuestas, si alguien que domine las quiere poner se lo agradecería. Suerte a todosGracias!! Yo lo he hecho por mi cuenta, pongo las respuestas a ver que opináis los demás, pero no os fiéis mucho de mí, que ando torpe con estos temas.a) Bizkaiab) 8 millonesc) THBd) Territorio Comúne) DFBf) Territorio común (Cantabria)Gracias, yo también estaba intentando hacerlo, con los apuntes delante, coincido contigo menos en la f......la exacción no sería en proporción??? No cobraría una parte DFB y otra Cantabria según volumen de operaciones?Seria en proporcion si excediera de 7 millones, que no es el caso. No?
Pero se tiene en cuenta la parte total de facturacion o solo la parte proporcional a bizkaia. Me refiero a, en el apartado que dice:La exaccion del impuesto correspondera a la dipu de bizkaia:a) en exclusiva, contribuyente con domicilio fiscal en bizkaia y su volumen de operaciones no exceda de 7 millonesb) en proporcion al volumen realizado en bizkaia si el volumen de operaciones (es total o lo correspondiente a bizkaia?) excede de 7 millones.Cita de: Ruben Caulfield en 24 de Mayo de 2019, 09:29:40 amNo me queda claro lo de que al cambiar el domicilio cambie la administración competente. Aunque tenga su domicilio en España su facturación al superar los 7 millones y tener facturación en Bizkaia y en otro territorio, se acogería a los dos en proporción, no???. Sería solo en Bizkaia si tuviera la residencia en España pero solo facturara en Bizkaia."Cuando el sujeto pasivo opere en territorio vizcaíno y además en otro u otros territorios y su volumen de operaciones en el año anterior hubiese excedido de 7 millones de euros, tributará a esta Diputación Foral en proporción al volumen de operaciones efectuado en Bizkaia."Cita de: IgoneArbai en 24 de Mayo de 2019, 09:03:53 amCita de: rubios en 24 de Mayo de 2019, 08:42:31 amHola, me han pasado este supuesto práctico, os lo adjunto por si os sirve, no tengo respuestas, si alguien que domine las quiere poner se lo agradecería. Suerte a todosGracias!! Yo lo he hecho por mi cuenta, pongo las respuestas a ver que opináis los demás, pero no os fiéis mucho de mí, que ando torpe con estos temas.a) Bizkaiab) 8 millonesc) THBd) Territorio Comúne) DFBf) Territorio común (Cantabria)
ah no!!!Es una empresa de transporte de mercancía!
Cita de: mariaGo en 24 de Mayo de 2019, 09:40:03 amah no!!!Es una empresa de transporte de mercancía!¿Y qué tiene que ver que sea transporte de mercancías?
Se habrá liado con lo de la entrega de bienesCita de: masteatro en 24 de Mayo de 2019, 10:02:09 amCita de: mariaGo en 24 de Mayo de 2019, 09:40:03 amah no!!!Es una empresa de transporte de mercancía!¿Y qué tiene que ver que sea transporte de mercancías?
^Pues que si no me equivoco las prestaciones realizadas por empresas de transporte se entienden realizadas donde tiene su domicilio fiscal
Cita de: Ruben Caulfield en 24 de Mayo de 2019, 10:10:14 amSe habrá liado con lo de la entrega de bienesCita de: masteatro en 24 de Mayo de 2019, 10:02:09 amCita de: mariaGo en 24 de Mayo de 2019, 09:40:03 amah no!!!Es una empresa de transporte de mercancía!¿Y qué tiene que ver que sea transporte de mercancías?Es que el transporte de mercancias se localiza en el domicilio fiscal..
Pero en IS también pone lo mismo
Cita de: mariaGo en 24 de Mayo de 2019, 10:27:39 amPero en IS también pone lo mismoVale, te refieres al artículo 6.1 III b) , ¿NO?
Hola no sé quien os ha mandado ese practico pero tenéis que saber que esta suponiendo que en 2018 se tiene el mismo VO que en 2017 y que cambia toda la empresa también. Las respuestas son por si queréis saberlas:a) Bizkaiab) 8Mc) Bizkaiad) Bizkaiae) Bizkaiaf) TC
Cita de: opeiz en 24 de Mayo de 2019, 21:03:11 pmHola no sé quien os ha mandado ese practico pero tenéis que saber que esta suponiendo que en 2018 se tiene el mismo VO que en 2017 y que cambia toda la empresa también. Las respuestas son por si queréis saberlas:a) Bizkaiab) 8Mc) Bizkaiad) Bizkaiae) Bizkaiaf) TCLa ultima incluso si ha realizado las operaciones en Bizkaia y cambia de domicilio tras ellas. O presupone que las operaciones del 2018 se hicieron tras el cambio. No se, parece raro que la exacion varie completamente con el cambio de domicilio fiscal.
Cita de: pichurrina en 24 de Mayo de 2019, 21:27:47 pmCita de: opeiz en 24 de Mayo de 2019, 21:03:11 pmHola no sé quien os ha mandado ese practico pero tenéis que saber que esta suponiendo que en 2018 se tiene el mismo VO que en 2017 y que cambia toda la empresa también. Las respuestas son por si queréis saberlas:a) Bizkaiab) 8Mc) Bizkaiad) Bizkaiae) Bizkaiaf) TCLa ultima incluso si ha realizado las operaciones en Bizkaia y cambia de domicilio tras ellas. O presupone que las operaciones del 2018 se hicieron tras el cambio. No se, parece raro que la exacion varie completamente con el cambio de domicilio fiscal.No entiendo lo que me quieres decir. Pero la última es TC porque al cambiar el domicilio Fiscal se entiende que ha cambiado el pabellón desde donde realiza su actividad. Por tanto la exacción es de TC en 2018. De todas maneras las respuestas son esas, son las de la academia vamos