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Reclamacion examen psicotecnico bolsa IVAP

Iniciado por Ruben Caulfield, 08 de Mayo de 2017, 11:32:00 AM

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marta_lopez

Buenas, cada uno es libre de reclamar lo que valore, faltaría mas. Pero mi experiencia de muchos años en esto,  es que las bases del examen en las que se configura el formato de examen tenian que reclamarse en su momento, no ahora. Ahora se pueden reclamar otras cosas.
En cualquier caso, tampoco estoy nada de acuerdo con el tema este de los test y creo que esta experiencia puede servir para la siguiente ocasión. Cuando dentro de unos años salgan las bases y comuniquen como será el examen, es ese el momento de mostrar nuestra disconformidad respecto al valor de cada una de las pruebas o el tipo de examen.

Respecto a las listas y llamamientos estoy de acuerdo con lo que alguien ha mencionado más arriba, son listas subsidiarias lo que implica que van después de las anteriores en las que ya hay unas 800 personas y por lo que yo se, excepto en administrativo, el resto se mueve poco o muy poco.

Zadorra

#301
La cuestión es la siguiente:

Las bases fueron publicadas en su día, y a partir de las mismas, hubo plazo para recurrirlas en tiempo y forma. hasta ahí no hay discusión alguna.
Pero el hecho fue que días antes del examen, se publicaron unas instrucciones, en concreto, el 26 de abril y el 5 de mayo (10 días y 2 días respectivamente) antes del examen de la segunda prueba, donde se anunciaba que el examen psicotécnico se desarrollaría sin entregar hoja de respuestas ni autocalco para las eventuales reclamaciones de cada aspirante.

es a partir de dichas instrucciones sobre las que se desarrollan buena parte de los recursos ahora presentados. por tanto, no es del todo correcto, que las condiciones se sustanciasen unicamente en lo recogido en las bases, sino en las instrucciones presentadas pocos días antes del examen.

Por tanto, mas allá de las bases, el IVAP ha anunciado nuevas condiciones no recogidas en las bases, condiciones que causan indefensión y falta de transparencia para todos.
En otros procedimientos de concurrencia competitiva del Gobierno Vasco, lease por ejemplo, oposiciones a la Ertzaintza, todos y cada uno de los aspirante gozaron de copia sobre los psicotécnicos. Por ello, las condiciones, las garantias deben regir en todos los procesos de oferta publica, tal y como se han desarrollado en otras ocasiones por la misma Administración Pública, en este caso, el Gobierno Vasco.

Zadorra

#301

catalina

Cita de: Zadorra en 18 de Mayo de 2017, 11:33:43 AM
La cuestión es la siguiente:

Las bases fueron publicadas en su día, y a partir de las mismas, hubo plazo para recurrirlas en tiempo y forma. hasta ahí no hay discusión alguna.
Pero el hecho fue que días antes del examen, se publicaron unas instrucciones, en concreto, el 26 de abril y el 5 de mayo (10 días y 2 días respectivamente) antes del examen de la segunda prueba, donde se anunciaba que el examen psicotécnico se desarrollaría sin entregar hoja de respuestas ni autocalco para las eventuales reclamaciones de cada aspirante.

es a partir de dichas instrucciones sobre las que se desarrollan buena parte de los recursos ahora presentados. por tanto, no es del todo correcto, que las condiciones se sustanciasen unicamente en lo recogido en las bases, sino en las instrucciones presentadas pocos días antes del examen.

Por tanto, mas allá de las bases, el IVAP ha anunciado nuevas condiciones no recogidas en las bases.

A mí me contrato el IVAP para borrar todas las preguntas que tenías bien y ponerlas equivocadas. Te aseguro que tenías un 9,45 con tus respuestas.

Zadorra

Cita de: catalina en 18 de Mayo de 2017, 11:38:04 AM
Cita de: Zadorra en 18 de Mayo de 2017, 11:33:43 AM
La cuestión es la siguiente:

Las bases fueron publicadas en su día, y a partir de las mismas, hubo plazo para recurrirlas en tiempo y forma. hasta ahí no hay discusión alguna.
Pero el hecho fue que días antes del examen, se publicaron unas instrucciones, en concreto, el 26 de abril y el 5 de mayo (10 días y 2 días respectivamente) antes del examen de la segunda prueba, donde se anunciaba que el examen psicotécnico se desarrollaría sin entregar hoja de respuestas ni autocalco para las eventuales reclamaciones de cada aspirante.

es a partir de dichas instrucciones sobre las que se desarrollan buena parte de los recursos ahora presentados. por tanto, no es del todo correcto, que las condiciones se sustanciasen unicamente en lo recogido en las bases, sino en las instrucciones presentadas pocos días antes del examen.

Por tanto, mas allá de las bases, el IVAP ha anunciado nuevas condiciones no recogidas en las bases.

A mí me contrato el IVAP para borrar todas las preguntas que tenías bien y ponerlas equivocadas. Te aseguro que tenías un 9,45 con tus respuestas.

Bien, yo mala fe no creo ni mucho menos que exista por parte del IVAP, no lo pienso y no lo quiero creer. Esa posibilidad no la contemplo. en el Gobierno Vasco hay gente muy competente, y no se me pasa por la cabeza que hagan queriendo nada de forma intencionada buscando perjudicar a nadie. NO obstante esto, si que queda claro que este segundo examen está falto de las garantías necesarias que debe regir en todo proceso de oferta publica, y es lo que muchos hemos demandado con arreglo a Derecho. por tanto, debería el IVAP escuchar lo evidente y sanar los errores y falta de garantías que ha habido en dicho proceso. Estoy seguro que algo asi no se repetirá, y ello obliga a reparar esta situación, adoptando una decisión que ofrezca garantías a todos.

catalina

Cita de: Zadorra en 18 de Mayo de 2017, 11:49:46 AM
Cita de: catalina en 18 de Mayo de 2017, 11:38:04 AM
Cita de: Zadorra en 18 de Mayo de 2017, 11:33:43 AM
La cuestión es la siguiente:

Las bases fueron publicadas en su día, y a partir de las mismas, hubo plazo para recurrirlas en tiempo y forma. hasta ahí no hay discusión alguna.
Pero el hecho fue que días antes del examen, se publicaron unas instrucciones, en concreto, el 26 de abril y el 5 de mayo (10 días y 2 días respectivamente) antes del examen de la segunda prueba, donde se anunciaba que el examen psicotécnico se desarrollaría sin entregar hoja de respuestas ni autocalco para las eventuales reclamaciones de cada aspirante.

A eso no se lle llama garantías, se le llama posibilidad de mejorar tu ranking.

es a partir de dichas instrucciones sobre las que se desarrollan buena parte de los recursos ahora presentados. por tanto, no es del todo correcto, que las condiciones se sustanciasen unicamente en lo recogido en las bases, sino en las instrucciones presentadas pocos días antes del examen.

Por tanto, mas allá de las bases, el IVAP ha anunciado nuevas condiciones no recogidas en las bases.

A mí me contrato el IVAP para borrar todas las preguntas que tenías bien y ponerlas equivocadas. Te aseguro que tenías un 9,45 con tus respuestas.

Bien, yo mala fe no creo ni mucho menos que exista por parte del IVAP, no lo pienso y no lo quiero creer. Esa posibilidad no la contemplo. en el Gobierno Vasco hay gente muy competente, y no se me pasa por la cabeza que hagan queriendo nada de forma intencionada buscando perjudicar a nadie. NO obstante esto, si que queda claro que este segundo examen está falto de las garantías necesarias que debe regir en todo proceso de oferta publica, y es lo que muchos hemos demandado con arreglo a Derecho. por tanto, debería el IVAP escuchar lo evidente y sanar los errores y falta de garantías que ha habido en dicho proceso. Estoy seguro que algo asi no se repetirá, y ello obliga a reparar esta situación, adoptando una decisión que ofrezca garantías a todos.

catalina

Tengo dudas si lo que algunas personas persiguen es la legalidad o la justicia, que por desgracia no siempre van de la mano.

catalina


Ruben Caulfield

Vuelvo a repetir lo que se ha dicho una y mil veces en este hilo, que los casos están justificados con pruebas en la mayoría de las reclamaciones, que los sindicatos ven cosas raras, que gente del GV esta pidiendo explicaciones,...por ello, no entiendo porque tenéis esa agresividad con nosotros y nos culpáis de esto, mas si cabe cuando nosotros en ningún momento os hemos increpado a vosotros, no os pongáis nerviosos, si es solo una pataleta, mañana o el día que sea, dirán que esta todo correcto y que no han hecho nada mal, y en el caso, extrañisimo e inentendible según vosotros, de que de verdad hayan hecho algo mal, la culpa en ningún caso sera del que denuncia ese error, si no del que lo comete.


Sombrero

Una prueba mal baremada, mal interpretada, mal escogida, mal planteada y encima, gente que ha practicado ese mismo examen (por no hablar de que un psicotécnico no puede tener el mismo peso que un examen). ¿Hacen falta más datos? Os puedo garantizar que a más de una persona del gobierno vasco este psicotécnico le ha olido muy pero que muy mal.

Yo no he bajado puestos, de hecho, he subido bastantes pero me parece increíble lo egocéntrica que es la gente... Así vamos...


Lizartza

Cita de: Sombrero en 18 de Mayo de 2017, 12:19:40 PM
Una prueba mal baremada, mal interpretada, mal escogida, mal planteada y encima, gente que ha practicado ese mismo examen (por no hablar de que un psicotécnico no puede tener el mismo peso que un examen). ¿Hacen falta más datos? Os puedo garantizar que a más de una persona del gobierno vasco este psicotécnico le ha olido muy pero que muy mal.

Yo no he bajado puestos, de hecho, he subido bastantes pero me parece increíble lo egocéntrica que es la gente... Así vamos...

¿Egocéntricos? Los únicos argumentos válidos a mi juicio tienen que ver con la falta de transparencia / garantías del proceso. Un hecho conocido con antelación por todos... ¿Egocéntricos? o ¡¿Oportunistas?! Lo justo y correcto hubiera sido reaccionar ex ante y no ex post.

Además, creo mezclar la baremación, interpretación y la elección con la falta de transparencia y garantías, es mezclar churras con merinas...

Zadorra

Cita de: Federico en 18 de Mayo de 2017, 12:43:26 PM
Cita de: Sombrero en 18 de Mayo de 2017, 12:19:40 PM
Una prueba mal baremada, mal interpretada, mal escogida, mal planteada y encima, gente que ha practicado ese mismo examen (por no hablar de que un psicotécnico no puede tener el mismo peso que un examen). ¿Hacen falta más datos? Os puedo garantizar que a más de una persona del gobierno vasco este psicotécnico le ha olido muy pero que muy mal.

Yo no he bajado puestos, de hecho, he subido bastantes pero me parece increíble lo egocéntrica que es la gente... Así vamos...

¿Egocéntricos? Los únicos argumentos válidos a mi juicio tienen que ver con la falta de transparencia / garantías del proceso. Un hecho conocido con antelación por todos... ¿Egocéntricos? o ¡¿Oportunistas?! Lo justo y correcto hubiera sido reaccionar ex ante y no ex post.

Además, creo mezclar la baremación, interpretación y la elección con la falta de transparencia y garantías, es mezclar churras con merinas...

Cabe la reaccion ex post en tanto no ha transcurrido ni 1 mes de la nota informativa de como se iba a suceder el segundo examen.

Por tanto, se ha recurrido EN TIEMPO Y FORMA, AUN SIENDO DESPUES DE HABERSE CELEBRADO EL EXAMEN. Los tiempos los marca el Derecho administrativo, y recurrir la falta de transparencia, la falta de garantias, aun despues de haber realizado el examen, está dentro del tiempo LEGAL para ello.

ASi que tanto ex ante como ex post ES IGUAL DE LEGITIMO.

Zadorra


emrae

Cita de: Zadorra en 18 de Mayo de 2017, 13:18:57 PM
Cita de: Federico en 18 de Mayo de 2017, 12:43:26 PM
Cita de: Sombrero en 18 de Mayo de 2017, 12:19:40 PM
Una prueba mal baremada, mal interpretada, mal escogida, mal planteada y encima, gente que ha practicado ese mismo examen (por no hablar de que un psicotécnico no puede tener el mismo peso que un examen). ¿Hacen falta más datos? Os puedo garantizar que a más de una persona del gobierno vasco este psicotécnico le ha olido muy pero que muy mal.

Yo no he bajado puestos, de hecho, he subido bastantes pero me parece increíble lo egocéntrica que es la gente... Así vamos...

¿Egocéntricos? Los únicos argumentos válidos a mi juicio tienen que ver con la falta de transparencia / garantías del proceso. Un hecho conocido con antelación por todos... ¿Egocéntricos? o ¡¿Oportunistas?! Lo justo y correcto hubiera sido reaccionar ex ante y no ex post.

Además, creo mezclar la baremación, interpretación y la elección con la falta de transparencia y garantías, es mezclar churras con merinas...

Cabe la reaccion ex post en tanto no ha transcurrido ni 1 mes de la nota informativa de como se iba a suceder el segundo examen.

Por tanto, se ha recurrido EN TIEMPO Y FORMA, AUN SIENDO DESPUES DE HABERSE CELEBRADO EL EXAMEN. Los tiempos los marca el Derecho administrativo, y recurrir la falta de transparencia, la falta de garantias, aun despues de haber realizado el examen, está dentro del tiempo LEGAL para ello.

ASi que tanto ex ante como ex post ES IGUAL DE LEGITIMO.

Que las reclamaciones sean legítimas no quiere decir que no sean reclamaciones oportunistas e injustas. Federico ha contestado a Sombrero porque llama egocéntricos a aquellos que critican esas reclamaciones por ser oportunistas.

Y son oportunistas las reclamaciones que piden anular o eliminar la prueba psicotécnica con la clara pretensión de que se mantenga el orden provisional de la prueba teórica... porque curiosamente en las reclamaciones que tanto se han esmerado en realizar con todo detalle, solicitan la anulación o eliminación de la prueba psicotécnica y no la repetición de la prueba psicotécnica o la anulación de la bolsa.

Y prefiero no calificar aquellos que en este foro están continuamente sembrando la duda sobre la prueba psicotécnica sin ninguna prueba. Unos dicen que hubo gente que tenía el examen sin prueba alguna, otros que algunos tuvieron más tiempo para hacer el examen cuando lo podían advertir en el momento del examen, y otros que es imposible que tanta gente sacase un 10...

Estoy harto de que se pongan en duda las notas de aquellos que sacamos buena nota en el psicotécnico sin ninguna prueba. Me pregunto quienes son los egocéntricos...

Zadorra

Bien, pero el oportunismo no es un concepto de Derecho administrativo, sino mas bien, un término que viene a calificar ex lege, la situación ventajosa que puede producir determinadas consecuencias para quien trata de aprovecharse de ellas.

yo me he dirigido en términos jurídicos, que despues de todo, y en mi caso, son los que realmente me interesan, ya sean porque nos hallamos dentro de un procedimiento administrativo el cual es objeto de determinados recursos, ya sea, porque en mi caso, concurro a la bolsa de Derecho.

No solo los que han obtenido malas notas en el psicotecnico han recurrido, tambien otros que estan situados en cabeza por no darse las garantias necesarias en el segundo examen. Y es que mas allá de la puntuación de cada uno en la segunda prueba, la oferta publica debe sucederse en otros términos diferentes a los anunciados en las hojas informativas y luego aplicados en el día dle examen.

En mi caso particular, que he recurrido la segunda prueba, no por las bases, sino por la aplicación de lo anunciado en fechas inmediatamente anteriores a su celebración, es dificil que pueda mejorar mi segundo examen, pues conozco mis límites y ese dia, dentro de lo que cabe, sin romper el examen, hice uno aceptable, y junto con la nota del primero estoy en una posición alta en la tabla. no obstante, ello no es motivo suficiente para que pueda obviar los errores cometidos en este proceso, lo que mas allá de ser ventajista u oportunista, prefiero concurrir en un proceso con garantías para todos, de tal manera, que a partir de las mismas, cada uno lo que obtenga sea lo adecuado, aunque ello suponga que mi posición en la tabla sea bastante peor que la que actualmente tengo. Es mi opinión y como veo todo, todo ello sin perjuicio de respetar las distintas formas de ver la misma situación, en ocasiones, influenciada por la situación de cada uno.

Lizartza

#312
Cita de: Zadorra en 18 de Mayo de 2017, 13:18:57 PM
Cita de: Federico en 18 de Mayo de 2017, 12:43:26 PM
Cita de: Sombrero en 18 de Mayo de 2017, 12:19:40 PM
Una prueba mal baremada, mal interpretada, mal escogida, mal planteada y encima, gente que ha practicado ese mismo examen (por no hablar de que un psicotécnico no puede tener el mismo peso que un examen). ¿Hacen falta más datos? Os puedo garantizar que a más de una persona del gobierno vasco este psicotécnico le ha olido muy pero que muy mal.

Yo no he bajado puestos, de hecho, he subido bastantes pero me parece increíble lo egocéntrica que es la gente... Así vamos...

¿Egocéntricos? Los únicos argumentos válidos a mi juicio tienen que ver con la falta de transparencia / garantías del proceso. Un hecho conocido con antelación por todos... ¿Egocéntricos? o ¡¿Oportunistas?! Lo justo y correcto hubiera sido reaccionar ex ante y no ex post.

Además, creo mezclar la baremación, interpretación y la elección con la falta de transparencia y garantías, es mezclar churras con merinas...

Cabe la reaccion ex post en tanto no ha transcurrido ni 1 mes de la nota informativa de como se iba a suceder el segundo examen.

Por tanto, se ha recurrido EN TIEMPO Y FORMA, AUN SIENDO DESPUES DE HABERSE CELEBRADO EL EXAMEN. Los tiempos los marca el Derecho administrativo, y recurrir la falta de transparencia, la falta de garantias, aun despues de haber realizado el examen, está dentro del tiempo LEGAL para ello.

ASi que tanto ex ante como ex post ES IGUAL DE LEGITIMO.

¿Se ha recurrido en tiempo y forma? ¿Estás seguro?

No tengo claro que el acto administrativo a recurrir sea el acuerdo adoptado el 7 de mayo...

Tampoco creo que la nota informativa sea un acto administrativo en sí mismo...

A mi entender habría que recurrir el diseño del proceso selectivo y no los resultados provisionales de la prueba psicotécnica, pero bueno...

Cada uno es libre de recurrir en los términos que estime oportunos. Yo, por de pronto, (modo ironía ON) voy a recurrir "las preguntas frecuentes", el "temario",el "calendario" y la "nota informativa".

Ah! Y solicitaré la recusación del Tribunal. Hoy un miembro me ha lanzado una sonrisita en el pasillo que no me ha gustado nada.  ;D

urretxindorra

Se está poniendo en tela de juicio un supuesto oportunismo en el modo y tiempo en el que se interponen las reclamaciones, puesto que, aseguran algunos, las mismas se deberían haber interpuesto antes. Con los debidos respetos, creo que no es correcto. Y no lo es, sencillamente, porque un buen numero de reclamaciones se basan en incumplimientos y vulneraciones detectados NO ANTES DEL DIA DE LA PRUEBA. Resulta un hecho novedoso el haber descubierto que hubo candidatos que practicaron con el mismo examen antes de su celebración. Esto vulnera flagrantemente el principio de igualdad, y se ha denunciado en cuanto se ha sabido. Del mismo modo, el sistema de baremacion no se ha conocido - extraoficialmente, eso si - hasta hace bien poco. E insisto una vez, yo no he pedido la anulación , pues lo que pretendo es que la bolsa empiece a correr cuanto antes.

catalina

Pero alguien puede demostrar que se ha practicado con anterioridad y que ha sido a través de esa academia de la que tanto se habla?
El simple hecho de que estuviera en internet no lo considero impugnable, por qué estaba para todo el mundo y era un test entre miles. Yo también había encontrado en diferentes test varías preguntas del teórico.

Lizartza

#315
Cita de: urretxindorra en 18 de Mayo de 2017, 18:27:46 PM
Se está poniendo en tela de juicio un supuesto oportunismo en el modo y tiempo en el que se interponen las reclamaciones, puesto que, aseguran algunos, las mismas se deberían haber interpuesto antes. Con los debidos respetos, creo que no es correcto. Y no lo es, sencillamente, porque un buen numero de reclamaciones se basan en incumplimientos y vulneraciones detectados NO ANTES DEL DIA DE LA PRUEBA. Resulta un hecho novedoso el haber descubierto que hubo candidatos que practicaron con el mismo examen antes de su celebración. Esto vulnera flagrantemente el principio de igualdad, y se ha denunciado en cuanto se ha sabido. Del mismo modo, el sistema de baremacion no se ha conocido - extraoficialmente, eso si - hasta hace bien poco. E insisto una vez, yo no he pedido la anulación , pues lo que pretendo es que la bolsa empiece a correr cuanto antes.

1- Una opinión no viene a ser correcta ni incorrecta. Fui yo quien abrió un hilo (http://www.sosit-txartela.net/foro/index.php?topic=6856.0) para proponer una reclamación masiva. Me dedicaron comentarios tales como:

Cita de: pintxo007 en 11 de Abril de 2017, 11:46:47 AM
Ya me vais a perdonar pero los que criticáis y veis conspiraciones en estos procesos de selección os equivocáis. En cualquier prueba para bolsas de trabajo, OPE o similar, jamás dejan sacar el cuadernillo de preguntas y respuestas de las pruebas psicotécnicas. Ya basta de comentarios despectivos de patio de colegio. Quizás os habéis equivocado de foro y tendríais que acudir a "Foro Coches".

2- Si hay algún elemento probatorio sería un escándalo. También es cierto que los sindicatos que ahora denuncian irregularidades, suelen participar en el diseño del proceso selectivo. Y se dice se comenta (no tengo pruebas) que se fueron de la lengua en relación al tipo de exámen psicotécnico. Es que tiene que resultar muy difícil no compartir con los allegados información ventajosa, máxime cuando resulta casi imposible demostrarlo.



Izarbidea

Cita de: catalina en 18 de Mayo de 2017, 18:38:42 PM
Pero alguien puede demostrar que se ha practicado con anterioridad y que ha sido a través de esa academia de la que tanto se habla?
El simple hecho de que estuviera en internet no lo considero impugnable, por qué estaba para todo el mundo y era un test entre miles. Yo también había encontrado en diferentes test varías preguntas del teórico.

Yo también quiero saber cómo se ha demostrado.
Que yo sepa, cuando salieron los de administrativo comentaron que habían hecho dominós, pero ¿qué? ¿45 minutos antes? Asumo que no es eso de lo que hablan y me interesa conocer cómo se ha demostrado.

Un saludo.

urretxindorra

Cita de: catalina en 18 de Mayo de 2017, 18:38:42 PM
Pero alguien pueentraríatrar que se ha practicado con anterioridad y que ha sido a través de esa academia de la que tanto se habla?
El simple hecho de que estuviera en internet no lo considero impugnable, por qué estaba para todo el mundo y era un test entre miles. Yo también había encontrado en diferentes test varías preguntas del teórico.

Lo relevante no es si lo puedes demostrar, o no. De ser cierto, el IVAP ya lo sabe. Yo no entraría en cuestiones probatorias, aunque si esa es la cuestion, es facilmente demostrable. Es un hecho que dificilmente se va a poder ocultar.

catalina

#318
Lo sé, y se me ocurren varias formas para deducir si en la susodicha academia lo han practicado ojo. Otra cosas es que el ivap se base en suposiciones para meterse en un lío tan gordo.
En caso de que se hubiera practicado la culpa será de la academia, y el ivap mirará mejor a quien contrata en futuras opes.

Zadorra

#319
Cita de: Federico en 18 de Mayo de 2017, 18:16:12 PM
Cita de: Zadorra en 18 de Mayo de 2017, 13:18:57 PM
Cita de: Federico en 18 de Mayo de 2017, 12:43:26 PM
Cita de: Sombrero en 18 de Mayo de 2017, 12:19:40 PM
Una prueba mal baremada, mal interpretada, mal escogida, mal planteada y encima, gente que ha practicado ese mismo examen (por no hablar de que un psicotécnico no puede tener el mismo peso que un examen). ¿Hacen falta más datos? Os puedo garantizar que a más de una persona del gobierno vasco este psicotécnico le ha olido muy pero que muy mal.

Yo no he bajado puestos, de hecho, he subido bastantes pero me parece increíble lo egocéntrica que es la gente... Así vamos...

¿Egocéntricos? Los únicos argumentos válidos a mi juicio tienen que ver con la falta de transparencia / garantías del proceso. Un hecho conocido con antelación por todos... ¿Egocéntricos? o ¡¿Oportunistas?! Lo justo y correcto hubiera sido reaccionar ex ante y no ex post.

Además, creo mezclar la baremación, interpretación y la elección con la falta de transparencia y garantías, es mezclar churras con merinas...

Cabe la reaccion ex post en tanto no ha transcurrido ni 1 mes de la nota informativa de como se iba a suceder el segundo examen.

Por tanto, se ha recurrido EN TIEMPO Y FORMA, AUN SIENDO DESPUES DE HABERSE CELEBRADO EL EXAMEN. Los tiempos los marca el Derecho administrativo, y recurrir la falta de transparencia, la falta de garantias, aun despues de haber realizado el examen, está dentro del tiempo LEGAL para ello.

ASi que tanto ex ante como ex post ES IGUAL DE LEGITIMO.

¿Se ha recurrido en tiempo y forma? ¿Estás seguro?

No tengo claro que el acto administrativo a recurrir sea el acuerdo adoptado el 7 de mayo...

Tampoco creo que la nota informativa sea un acto administrativo en sí mismo...

A mi entender habría que recurrir el diseño del proceso selectivo y no los resultados provisionales de la prueba psicotécnica, pero bueno...

Cada uno es libre de recurrir en los términos que estime oportunos. Yo, por de pronto, (modo ironía ON) voy a recurrir "las preguntas frecuentes", el "temario",el "calendario" y la "nota informativa".

Ah! Y solicitaré la recusación del Tribunal. Hoy un miembro me ha lanzado una sonrisita en el pasillo que no me ha gustado nada.  ;D


Entiendo que no eres de Derecho. Con respecto al acto administrativo, te explico.

Un acto administrativo es toda declaración unilateral de voluntad, juicio o de conocimiento de la Administración Pública. En este caso, un acto de puesta en conocimiento sobre hechos que afectan a un procedimiento administrativo, como es la concurrencia competitiva de una oferta pública. Se trata de un acto de trámite, pues no pone por sí mismo fin a la vía administrativa. Es un acto dentro de un procedimiento administrativo, y todo acto administrativo es impugnable, también los de trámite si causan indefensión (como puede ser en este caso, el no contar con los elementos objetivos de prueba para una eventual reclamación o contraste del examen realizado y las respuestas correctas). Se trata de un acto general (dirigido a una pluralidad de personas), y un acto que no pone fin a la vía administrativa. Es ante todo, y por encima de todo, un acto, por ser una declaración, aquel donde se escucha a la Administración su decisión al respecto, en este caso, instrucciones propias del desarrollo de la segunda prueba. Existe diferencias entre el acto y el Reglamento, pero esta cuestión no está ahora sujeta a debate. Esto lo aprendimos en primero de Derecho. Años después, y tras cursar el Master de Abogacía, dos años mas, 4+2 años, la cuestión de qué es un acto administrativo para nosotros está ampliamente superada. Por ello, te lo digo con toda seguridad.

Con respecto al tiempo, como bien sabemos, así recogido en la ley del procedimiento administrativo, el plazo para impugnar los actos de trámite en vía administrativa es un mes desde su publicación (arts. 112.1, 121 y 122 LPAC 39/2015)

Lizartza

Cita de: Zadorra en 18 de Mayo de 2017, 19:00:57 PM
Cita de: Federico en 18 de Mayo de 2017, 18:16:12 PM
Cita de: Zadorra en 18 de Mayo de 2017, 13:18:57 PM
Cita de: Federico en 18 de Mayo de 2017, 12:43:26 PM
Cita de: Sombrero en 18 de Mayo de 2017, 12:19:40 PM
Una prueba mal baremada, mal interpretada, mal escogida, mal planteada y encima, gente que ha practicado ese mismo examen (por no hablar de que un psicotécnico no puede tener el mismo peso que un examen). ¿Hacen falta más datos? Os puedo garantizar que a más de una persona del gobierno vasco este psicotécnico le ha olido muy pero que muy mal.

Yo no he bajado puestos, de hecho, he subido bastantes pero me parece increíble lo egocéntrica que es la gente... Así vamos...

¿Egocéntricos? Los únicos argumentos válidos a mi juicio tienen que ver con la falta de transparencia / garantías del proceso. Un hecho conocido con antelación por todos... ¿Egocéntricos? o ¡¿Oportunistas?! Lo justo y correcto hubiera sido reaccionar ex ante y no ex post.

Además, creo mezclar la baremación, interpretación y la elección con la falta de transparencia y garantías, es mezclar churras con merinas...

Cabe la reaccion ex post en tanto no ha transcurrido ni 1 mes de la nota informativa de como se iba a suceder el segundo examen.

Por tanto, se ha recurrido EN TIEMPO Y FORMA, AUN SIENDO DESPUES DE HABERSE CELEBRADO EL EXAMEN. Los tiempos los marca el Derecho administrativo, y recurrir la falta de transparencia, la falta de garantias, aun despues de haber realizado el examen, está dentro del tiempo LEGAL para ello.

ASi que tanto ex ante como ex post ES IGUAL DE LEGITIMO.

¿Se ha recurrido en tiempo y forma? ¿Estás seguro?

No tengo claro que el acto administrativo a recurrir sea el acuerdo adoptado el 7 de mayo...

Tampoco creo que la nota informativa sea un acto administrativo en sí mismo...

A mi entender habría que recurrir el diseño del proceso selectivo y no los resultados provisionales de la prueba psicotécnica, pero bueno...

Cada uno es libre de recurrir en los términos que estime oportunos. Yo, por de pronto, (modo ironía ON) voy a recurrir "las preguntas frecuentes", el "temario",el "calendario" y la "nota informativa".

Ah! Y solicitaré la recusación del Tribunal. Hoy un miembro me ha lanzado una sonrisita en el pasillo que no me ha gustado nada.  ;D


Entiendo que no eres de Derecho. Con respecto al acto administrativo, te explico.

Un acto administrativo es toda declaración unilateral de voluntad, juicio o de conocimiento de la Administración Pública. En este caso, un acto de puesta en conocimiento sobre hechos que afectan a un procedimiento administrativo, como es la concurrencia competitiva de una oferta pública. Se trata de un acto de trámite, pues no pone por sí mismo fin a la vía administrativa. Es un acto dentro de un procedimiento administrativo, y todo acto administrativo es impugnable, también los de trámite si causan indefensión (como puede ser en este caso, el no contar con los elementos objetivos de prueba para una eventual reclamación o contraste del examen realizado y las respuestas correctas). Se trata de un acto general (dirigido a una pluralidad de personas), y un acto que no pone fin a la vía administrativa. Es ante todo, y por encima de todo, un acto, por ser una declaración, aquel donde se escucha a la Administración su decisión al respecto, en este caso, instrucciones propias del desarrollo de la segunda prueba. Existe diferencias entre el acto y el Reglamento, pero esta cuestión no está ahora sujeta a debate. Esto lo aprendimos en primero de Derecho. Años después, y tras cursar el Master de Abogacía, dos años mas, 4+2 años, la cuestión de qué es un acto administrativo para nosotros está ampliamente superada. Por ello, te lo digo con toda seguridad.

Con respecto al tiempo, como bien sabemos, así recogido en la ley del procedimiento administrativo, el plazo para impugnar los actos de trámite en vía administrativa es un mes desde su publicación (arts. 112.1, 121 y 122 LPAC 39/2015)

Gracias por tu lección. Debes ser "de derecho" y de los que sienta cátedra...

Rectifico. Es cierto. La nota informativa es un acto administrativo.

Eso si, no es impugnable. Ni causa indefensión, ni impide continuar en el procedimiento.

En lugar de hacer ctrl c + ctrl v, os dejo un link sobre el interesante tema de los actos administrativos.

https://ellaberintodeius.wordpress.com/2015/03/14/actos-resolutorios-actos-tramite-impugnacion



Zadorra

#321
Cita de: Federico en 18 de Mayo de 2017, 20:13:12 PM
Cita de: Zadorra en 18 de Mayo de 2017, 19:00:57 PM
Cita de: Federico en 18 de Mayo de 2017, 18:16:12 PM
Cita de: Zadorra en 18 de Mayo de 2017, 13:18:57 PM
Cita de: Federico en 18 de Mayo de 2017, 12:43:26 PM
Cita de: Sombrero en 18 de Mayo de 2017, 12:19:40 PM
Una prueba mal baremada, mal interpretada, mal escogida, mal planteada y encima, gente que ha practicado ese mismo examen (por no hablar de que un psicotécnico no puede tener el mismo peso que un examen). ¿Hacen falta más datos? Os puedo garantizar que a más de una persona del gobierno vasco este psicotécnico le ha olido muy pero que muy mal.

Yo no he bajado puestos, de hecho, he subido bastantes pero me parece increíble lo egocéntrica que es la gente... Así vamos...

¿Egocéntricos? Los únicos argumentos válidos a mi juicio tienen que ver con la falta de transparencia / garantías del proceso. Un hecho conocido con antelación por todos... ¿Egocéntricos? o ¡¿Oportunistas?! Lo justo y correcto hubiera sido reaccionar ex ante y no ex post.

Además, creo mezclar la baremación, interpretación y la elección con la falta de transparencia y garantías, es mezclar churras con merinas...

Cabe la reaccion ex post en tanto no ha transcurrido ni 1 mes de la nota informativa de como se iba a suceder el segundo examen.

Por tanto, se ha recurrido EN TIEMPO Y FORMA, AUN SIENDO DESPUES DE HABERSE CELEBRADO EL EXAMEN. Los tiempos los marca el Derecho administrativo, y recurrir la falta de transparencia, la falta de garantias, aun despues de haber realizado el examen, está dentro del tiempo LEGAL para ello.

ASi que tanto ex ante como ex post ES IGUAL DE LEGITIMO.

¿Se ha recurrido en tiempo y forma? ¿Estás seguro?

No tengo claro que el acto administrativo a recurrir sea el acuerdo adoptado el 7 de mayo...

Tampoco creo que la nota informativa sea un acto administrativo en sí mismo...

A mi entender habría que recurrir el diseño del proceso selectivo y no los resultados provisionales de la prueba psicotécnica, pero bueno...

Cada uno es libre de recurrir en los términos que estime oportunos. Yo, por de pronto, (modo ironía ON) voy a recurrir "las preguntas frecuentes", el "temario",el "calendario" y la "nota informativa".

Ah! Y solicitaré la recusación del Tribunal. Hoy un miembro me ha lanzado una sonrisita en el pasillo que no me ha gustado nada.  ;D


Entiendo que no eres de Derecho. Con respecto al acto administrativo, te explico.

Un acto administrativo es toda declaración unilateral de voluntad, juicio o de conocimiento de la Administración Pública. En este caso, un acto de puesta en conocimiento sobre hechos que afectan a un procedimiento administrativo, como es la concurrencia competitiva de una oferta pública. Se trata de un acto de trámite, pues no pone por sí mismo fin a la vía administrativa. Es un acto dentro de un procedimiento administrativo, y todo acto administrativo es impugnable, también los de trámite si causan indefensión (como puede ser en este caso, el no contar con los elementos objetivos de prueba para una eventual reclamación o contraste del examen realizado y las respuestas correctas). Se trata de un acto general (dirigido a una pluralidad de personas), y un acto que no pone fin a la vía administrativa. Es ante todo, y por encima de todo, un acto, por ser una declaración, aquel donde se escucha a la Administración su decisión al respecto, en este caso, instrucciones propias del desarrollo de la segunda prueba. Existe diferencias entre el acto y el Reglamento, pero esta cuestión no está ahora sujeta a debate. Esto lo aprendimos en primero de Derecho. Años después, y tras cursar el Master de Abogacía, dos años mas, 4+2 años, la cuestión de qué es un acto administrativo para nosotros está ampliamente superada. Por ello, te lo digo con toda seguridad.

Con respecto al tiempo, como bien sabemos, así recogido en la ley del procedimiento administrativo, el plazo para impugnar los actos de trámite en vía administrativa es un mes desde su publicación (arts. 112.1, 121 y 122 LPAC 39/2015)

Gracias por tu lección. Debes ser "de derecho" y de los que sienta cátedra...

Rectifico. Es cierto. La nota informativa es un acto administrativo.

Eso si, no es impugnable. Ni causa indefensión, ni impide continuar en el procedimiento.

En lugar de hacer ctrl c + ctrl v, os dejo un link sobre el interesante tema de los actos administrativos.

https://ellaberintodeius.wordpress.com/2015/03/14/actos-resolutorios-actos-tramite-impugnacion

Perdona Federico, pero ni he copiado ni he pegado, sino que te he explicado con mis propias palabras el contenido del acto administrativo, su naturaleza y sus características. A mayor abundamiento, fue tema de nuestra ope de Derecho, en concreto, el tema 23 "El Acto ADministrativo". Mal andariamos, si despues de 6 años de carrera, y habiendo nuevamente estudiado el mismo,  tendriamos que acudir al copia y pega...

No obstante, si el IVAP decide no anular la prueba o no repetirla será eso lo que argumentará, que el no entregar la copia de respuestas de cada uno, no causa indefensión, no, y además se respeta la transparencia en todo momento en este proceso. OTRA COSA SERÁ QUE NOSOTROS NOS TRAGUEMOS ESE HUESO, no se si me entiendes, creo que si, ¿verdad?

En cuanto a la explicación del acto administrativo te recomiendo al PROFESOR SANCHEZ MORON, o si prefieres a FERNANDEZ FERRARES. Estos si que sientan cátedra, como prestigiosos catedráticos que son, y no yo, que soy un humilde ex-alumno

Lizartza

Cita de: Zadorra en 18 de Mayo de 2017, 20:55:54 PM
Cita de: Federico en 18 de Mayo de 2017, 20:13:12 PM
Cita de: Zadorra en 18 de Mayo de 2017, 19:00:57 PM
Cita de: Federico en 18 de Mayo de 2017, 18:16:12 PM
Cita de: Zadorra en 18 de Mayo de 2017, 13:18:57 PM
Cita de: Federico en 18 de Mayo de 2017, 12:43:26 PM
Cita de: Sombrero en 18 de Mayo de 2017, 12:19:40 PM
Una prueba mal baremada, mal interpretada, mal escogida, mal planteada y encima, gente que ha practicado ese mismo examen (por no hablar de que un psicotécnico no puede tener el mismo peso que un examen). ¿Hacen falta más datos? Os puedo garantizar que a más de una persona del gobierno vasco este psicotécnico le ha olido muy pero que muy mal.

Yo no he bajado puestos, de hecho, he subido bastantes pero me parece increíble lo egocéntrica que es la gente... Así vamos...

¿Egocéntricos? Los únicos argumentos válidos a mi juicio tienen que ver con la falta de transparencia / garantías del proceso. Un hecho conocido con antelación por todos... ¿Egocéntricos? o ¡¿Oportunistas?! Lo justo y correcto hubiera sido reaccionar ex ante y no ex post.

Además, creo mezclar la baremación, interpretación y la elección con la falta de transparencia y garantías, es mezclar churras con merinas...

Cabe la reaccion ex post en tanto no ha transcurrido ni 1 mes de la nota informativa de como se iba a suceder el segundo examen.

Por tanto, se ha recurrido EN TIEMPO Y FORMA, AUN SIENDO DESPUES DE HABERSE CELEBRADO EL EXAMEN. Los tiempos los marca el Derecho administrativo, y recurrir la falta de transparencia, la falta de garantias, aun despues de haber realizado el examen, está dentro del tiempo LEGAL para ello.

ASi que tanto ex ante como ex post ES IGUAL DE LEGITIMO.

¿Se ha recurrido en tiempo y forma? ¿Estás seguro?

No tengo claro que el acto administrativo a recurrir sea el acuerdo adoptado el 7 de mayo...

Tampoco creo que la nota informativa sea un acto administrativo en sí mismo...

A mi entender habría que recurrir el diseño del proceso selectivo y no los resultados provisionales de la prueba psicotécnica, pero bueno...

Cada uno es libre de recurrir en los términos que estime oportunos. Yo, por de pronto, (modo ironía ON) voy a recurrir "las preguntas frecuentes", el "temario",el "calendario" y la "nota informativa".

Ah! Y solicitaré la recusación del Tribunal. Hoy un miembro me ha lanzado una sonrisita en el pasillo que no me ha gustado nada.  ;D


Entiendo que no eres de Derecho. Con respecto al acto administrativo, te explico.

Un acto administrativo es toda declaración unilateral de voluntad, juicio o de conocimiento de la Administración Pública. En este caso, un acto de puesta en conocimiento sobre hechos que afectan a un procedimiento administrativo, como es la concurrencia competitiva de una oferta pública. Se trata de un acto de trámite, pues no pone por sí mismo fin a la vía administrativa. Es un acto dentro de un procedimiento administrativo, y todo acto administrativo es impugnable, también los de trámite si causan indefensión (como puede ser en este caso, el no contar con los elementos objetivos de prueba para una eventual reclamación o contraste del examen realizado y las respuestas correctas). Se trata de un acto general (dirigido a una pluralidad de personas), y un acto que no pone fin a la vía administrativa. Es ante todo, y por encima de todo, un acto, por ser una declaración, aquel donde se escucha a la Administración su decisión al respecto, en este caso, instrucciones propias del desarrollo de la segunda prueba. Existe diferencias entre el acto y el Reglamento, pero esta cuestión no está ahora sujeta a debate. Esto lo aprendimos en primero de Derecho. Años después, y tras cursar el Master de Abogacía, dos años mas, 4+2 años, la cuestión de qué es un acto administrativo para nosotros está ampliamente superada. Por ello, te lo digo con toda seguridad.

Con respecto al tiempo, como bien sabemos, así recogido en la ley del procedimiento administrativo, el plazo para impugnar los actos de trámite en vía administrativa es un mes desde su publicación (arts. 112.1, 121 y 122 LPAC 39/2015)

Gracias por tu lección. Debes ser "de derecho" y de los que sienta cátedra...

Rectifico. Es cierto. La nota informativa es un acto administrativo.

Eso si, no es impugnable. Ni causa indefensión, ni impide continuar en el procedimiento.

En lugar de hacer ctrl c + ctrl v, os dejo un link sobre el interesante tema de los actos administrativos.

https://ellaberintodeius.wordpress.com/2015/03/14/actos-resolutorios-actos-tramite-impugnacion

Perdona Federico, pero ni he copiado ni he pegado, sino que te he explicado con mis propias palabras el contenido del acto administrativo, su naturaleza y sus características. A mayor abundamiento, fue tema de nuestra ope de Derecho, en concreto, el tema 23 "El Acto ADministrativo". Mal andariamos, si despues de 6 años de carrera, y habiendo nuevamente estudiado el mismo,  tendriamos que acudir al copia y pega...

No obstante, si el IVAP decide no anular la prueba o no repetirla será eso lo que argumentará, que el no entregar la copia de respuestas de cada uno, no causa indefensión, no, y además se respeta la transparencia en todo momento en este proceso. OTRA COSA SERÁ QUE NOSOTROS NOS TRAGUEMOS ESE HUESO, no se si me entiendes, creo que si, ¿verdad?

En cuanto a la explicación del acto administrativo te recomiendo al PROFESOR SANCHEZ MORON, o si prefieres a FERNANDEZ FERRARES. Estos si que sientan cátedra, como prestigiosos catedráticos que son, y no yo, que soy un humilde ex-alumno

Cuanta pedantería...  :o

bidezkoa

Voy a exponer sólo unos hechos:
-bolsas del IVAP de noviembre de 2015, se hizo lo mismo con más de una bolsa de trabajo
- psicotecnico justo tras acabar el de conocimiento, se les corregía a quienes aprobarían el primero
- los resultados fueron la media entre los dos si bien el psicotécnico no fue eliminatorio.
Es decir, existe precedente, se llevó a cabo, y parece ser que nadie puso el grito en el cielo.

Esta vez además, el IVAP plantó una nota anterior al ejercicio en el cual ya avisaba de la no entrega de cuadernillos, ni de copia de respuestas, ni de plantilla.

Dónde estuvo en su día esta misma revuelta?

En definitiva, existe precedente, y el que se presentara puede comprobarlo en las listas en su día. La que se podria formar si es que esta vez reculan porq se podrían encontrar con recursos de aquellos integrantes de 2015 pidiendo también la exclusión del psicotécnico de su día.

Saludos a todos

Pitxu

#324
Cita de: bidezkoa en 19 de Mayo de 2017, 08:53:52 AM
Voy a exponer sólo unos hechos:
-bolsas del IVAP de noviembre de 2015, se hizo lo mismo con más de una bolsa de trabajo
- psicotecnico justo tras acabar el de conocimiento, se les corregía a quienes aprobarían el primero
- los resultados fueron la media entre los dos si bien el psicotécnico no fue eliminatorio.
Es decir, existe precedente, se llevó a cabo, y parece ser que nadie puso el grito en el cielo.

Esta vez además, el IVAP plantó una nota anterior al ejercicio en el cual ya avisaba de la no entrega de cuadernillos, ni de copia de respuestas, ni de plantilla.

Dónde estuvo en su día esta misma revuelta?

En definitiva, existe precedente, y el que se presentara puede comprobarlo en las listas en su día. La que se podria formar si es que esta vez reculan porq se podrían encontrar con recursos de aquellos integrantes de 2015 pidiendo también la exclusión del psicotécnico de su día.

Saludos a todos

Egun on,

Existirá precedente en algunas bolsas, en salud pública (que yo sepa) no. He consultado a personas que conozco y se presentaron en anteriores ediciones, como la previa a esta de 2017 en 2009.

Que no se reclamara en una ocasión no quiere decir que tengamos que continuar así toda la vida. Además, podemos ser personas diferentes.

Eskerrik asko por el dato, asteburu ona izan.

Oharra: acabo de ver que ha publicado una nota el tribunal.

txipi123

NOTA INFORMATIVA BOLSAS DE TRABAJO 2017
Finalizado el plazo de reclamaciones a los resultados provisionales del segundo
ejercicio, y una vez analizadas las mismas, se van a llevar acabo las siguientes
actuaciones:
 Convocar a todas las personas que han solicitado revisión presencial de la
prueba realizada entre los próximos días 5 y 9 de junio con objeto de realizar
dicha revisión. El 26 de mayo se publicará en esta web el calendario previsto
para dicha revisión concretando las personas convocadas, el día, la hora y el
lugar.
 Contestar por escrito al resto de reclamaciones
Los resultados definitivos del segundo ejercicio se publicarán el día 23 de junio.
Vitoria-Gasteiz, 19 de mayo de 2017

msa

Resultados definitivos 23 de Junio. Ahí se verá que pasa..
Por favor, si alguno de los de derecho me podría orientar: a mí me ha extrañado que vayan a responder por escrito a los que han reclamado y no han pedido la revisión presencial del exámen (yo estoy en ese grupo). Pase lo que pase, entiendo que a todos nos queda el recurso de alzada, pero mi duda es si el recurso de alzada habría que interponerlo cuando llegue la respuesta por escrito, con la publicación de los resultados definitivos, o en ambos casos. ¡¡¡ Muchas gracias y suerte a todos (que creo que es difícil que todos a la vez tengamos suerte)!!!

Patrisrod

Cita de: msa en 19 de Mayo de 2017, 09:28:34 AM
Resultados definitivos 23 de Junio. Ahí se verá que pasa..
Por favor, si alguno de los de derecho me podría orientar: a mí me ha extrañado que vayan a responder por escrito a los que han reclamado y no han pedido la revisión presencial del exámen (yo estoy en ese grupo). Pase lo que pase, entiendo que a todos nos queda el recurso de alzada, pero mi duda es si el recurso de alzada habría que interponerlo cuando llegue la respuesta por escrito, con la publicación de los resultados definitivos, o en ambos casos. ¡¡¡ Muchas gracias y suerte a todos (que creo que es difícil que todos a la vez tengamos suerte)!!!

Yo no he puesto expresamente revisión presencial pero sí que quería que se revisara mi examen... Y qué me van a contestar por escrito? Es ridículo.

catalina

Pues al final parece que no se va a plantear una moción de censura al lehendakari por el caso IVAPgate. Se ha librado de una buena a pesar de no informar en periódico de tirada nacional, ni con un comunicado en teleberri de si las preguntas mal respondidas restaban o no.
Otro caso oscuro en la historia del gobierno vasco.

txikulina

Cita de: catalina en 19 de Mayo de 2017, 09:40:36 AM
Pues al final parece que no se va a plantear una moción de censura al lehendakari por el caso IVAPgate. Se ha librado de una buena a pesar de no informar en periódico de tirada nacional, ni con un comunicado en teleberri de si las preguntas mal respondidas restaban o no.
Otro caso oscuro en la historia del gobierno vasco.
;D

Justo lo que me esperaba, todos los que han reclamado tendrán su contestación por escrito.
Además el que reclamó ver si su examen estaba bien corregido se lo van a poder explicar en persona los profesionales encargados de corregirlo. Nadie nunca se ha negado a este punto, faltaría más. Fair enough.

Por cierto, no os olvidéis llevaros la lupa para poder buscar las respuestas borradas con goma. Me encantaría ver qué contraargumentos le espetáis en vivo y en directo al profesional de TEA y/o IVAP.

Sombrero

Cita de: catalina en 19 de Mayo de 2017, 09:40:36 AM
Pues al final parece que no se va a plantear una moción de censura al lehendakari por el caso IVAPgate. Se ha librado de una buena a pesar de no informar en periódico de tirada nacional, ni con un comunicado en teleberri de si las preguntas mal respondidas restaban o no.
Otro caso oscuro en la historia del gobierno vasco.

Tienes menos gracia que un funeral.

nuriatxabarri

Cita de: catalina en 19 de Mayo de 2017, 09:40:36 AM
Pues al final parece que no se va a plantear una moción de censura al lehendakari por el caso IVAPgate. Se ha librado de una buena a pesar de no informar en periódico de tirada nacional, ni con un comunicado en teleberri de si las preguntas mal respondidas restaban o no.
Otro caso oscuro en la historia del gobierno vasco.

Pues al final parece que vas a poder respirar tranquila... por una respuesta tibia a quienes hemos reclamado legítimamente un examen sin garantías y opaco. Digo lo de respirar tranquila, porque no tiene pinta de que hayas sacado mucha nota en el primero. Venga, todavía tienes tiempo de estudiar algo antes de que te llamen. Recuerda que la 30/1992 está derogada.  ;)

catalina

#332
Cita de: nuriatxabarri en 19 de Mayo de 2017, 09:55:28 AM
Cita de: catalina en 19 de Mayo de 2017, 09:40:36 AM
Pues al final parece que no se va a plantear una moción de censura al lehendakari por el caso IVAPgate. Se ha librado de una buena a pesar de no informar en periódico de tirada nacional, ni con un comunicado en teleberri de si las preguntas mal respondidas restaban o no.
Otro caso oscuro en la historia del gobierno vasco.

Pues al final parece que vas a poder respirar tranquila... por una respuesta tibia a quienes hemos reclamado legítimamente un examen sin garantías y opaco. Digo lo de respirar tranquila, porque no tiene pinta de que hayas sacado mucha nota en el primero. Venga, todavía tienes tiempo de estudiar algo antes de que te llamen. Recuerda que la 30/1992 está derogada. 

Posiblemente haya sacado mejor nota que tú en el primero y peor en el segundo. Y te informo que yo también he pedido revisión de mi examen para saber en cuales y por que he fallado. Y cuando me expliquen como ha sido todo lo aceptaré y listo.

Peterpan


catalina

Cita de: Peterpan en 19 de Mayo de 2017, 10:36:00 AM
Este foro tb debiera de puntuar ;)

Pero más o menos que el psicotécnico? con que baremación?

Peterpan


Zadorra

#336
Ya no hay mucho que hacer al respecto, puesto que nos otorgan la posibilidad de revisar, aunque podemos pensar que el proceso no ha contado con todas las garantias suficientes, y cabe una posible manipulación del mismo, pues no se garantiza que el examen que te muestre no haya sufrido alteracion alguna, pues se ha roto esa "cadena de custodia" que se hubiese garantizado con una copia de cada uno.

Con una copia de cada aspirante, el cotejo, el contraste está garantizado.

Vias posibles: RECURRIR en alzada la respuesta del Tribunal CAlificador por no respetar los argumentos presentados: 1. caracter secundario con respecto a la primera prueba; 2: no copia de examen.

una vez finalizada esta via administrativa, con respuesta al recurso de alzada, se abre la posibilidad de recurrir en el plazo de 2 meses en la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

no es frecuente que se acuda a esta via, salvo en finalización de un procedimiento, que por una decision del tribunal, te quedes fuera cuando consideras que te corresponde la plaza (hablo especialmente de plazas en propiedad, donde cada aspirante utiliza todas las armas a su alcance).


msa

Los resultados definitivos del segundo ejercicio se publicarán el día 23 de junio.
Todavía no conocemos la resolución tomada. Los resultados definitivos del segundo ejercicio pueden ser varios... No se anuncia el establecimiento de la bolsa definitiva sino la publicación de los resultados definitivos del segundo ejercicio. Será ese día cuando veamos el resultado de las reclamaciones presentadas. Hasta ese momento tocará esperar...

mariaantia

Cita de: msa en 19 de Mayo de 2017, 11:39:57 AM
Los resultados definitivos del segundo ejercicio se publicarán el día 23 de junio.
Todavía no conocemos la resolución tomada. Los resultados definitivos del segundo ejercicio pueden ser varios... No se anuncia el establecimiento de la bolsa definitiva sino la publicación de los resultados definitivos del segundo ejercicio. Será ese día cuando veamos el resultado de las reclamaciones presentadas. Hasta ese momento tocará esperar...

Tienes razón. Hay que esperar.
Vamos a saber el criterio de corrección solamente los que hemos pedido la revisión. Una pregunta a los entendidos que con tanta ley de protección me lío bastante, ¿sería legal hacerlo público en este foro?

Ruben Caulfield

Ver mi examen no me servirá de nada, yo no reclamo que me lo hayan manipulado, ya que aunque lo hayan hecho no tengo forma de demostrarlo, y respecto a la mala baremacion que ha permitido que tenga mas peso que el teórico, imposibilidad demostrada a través de sentencia, ver mi examen no me lo aclara.

Tengo al sensación de van a tirar para delante y que van a hacer una respuesta modelo para todos, ya que no creo que se pongan a contestar una a una todas las alegaciones, bonita forma de quitarse de encima todas las alegaciones.

Ahora me gustaría ver que hacen todos esos sindicatos que nos daban la razón y a tantos en el GV que habían puesto el grito en el cielo, pero me da que lo de siempre, mirar para potro lado,

Si al final se salen con la suya y esto no cambia, algo que después de la nota de hoy veo lo mas probable, solo me queda felicitar a todos los expertos en psicotecnicos que han subido en la lista por tener mas peso el psicotecnoico que el teórico, en especial a los que no han llegado al 5 en el teórico y se han beneficiado de la campana de Gauss.

Ruben Caulfield

#340
Cita de: mariaantia en 19 de Mayo de 2017, 11:51:14 AM
Cita de: msa en 19 de Mayo de 2017, 11:39:57 AM
Los resultados definitivos del segundo ejercicio se publicarán el día 23 de junio.
Todavía no conocemos la resolución tomada. Los resultados definitivos del segundo ejercicio pueden ser varios... No se anuncia el establecimiento de la bolsa definitiva sino la publicación de los resultados definitivos del segundo ejercicio. Será ese día cuando veamos el resultado de las reclamaciones presentadas. Hasta ese momento tocará esperar...

Tienes razón. Hay que esperar.
Vamos a saber el criterio de corrección solamente los que hemos pedido la revisión. Una pregunta a los entendidos que con tanta ley de protección me lío bastante, ¿sería legal hacerlo público en este foro?


No veo nada claro eso de que todavía no han tomado una decisión, viendo el comunicado os quedan dudas??, ojala sea así pero lo veo muy negro, y no te van a decir el criterio de corrección, eso ya lo dejaron claro, que esta sujeto a la protección de datos.

Aprovecho la ocasión para dar las gracias a MSA y demas compañeros/as por los aportes en este hilo y por aportar algo de luz entre tanta morralla.

mariaantia

Cita de: Ruben Caulfield en 19 de Mayo de 2017, 12:01:31 PM
Cita de: mariaantia en 19 de Mayo de 2017, 11:51:14 AM
Cita de: msa en 19 de Mayo de 2017, 11:39:57 AM
Los resultados definitivos del segundo ejercicio se publicarán el día 23 de junio.
Todavía no conocemos la resolución tomada. Los resultados definitivos del segundo ejercicio pueden ser varios... No se anuncia el establecimiento de la bolsa definitiva sino la publicación de los resultados definitivos del segundo ejercicio. Será ese día cuando veamos el resultado de las reclamaciones presentadas. Hasta ese momento tocará esperar...

Tienes razón. Hay que esperar.
Vamos a saber el criterio de corrección solamente los que hemos pedido la revisión. Una pregunta a los entendidos que con tanta ley de protección me lío bastante, ¿sería legal hacerlo público en este foro?


No veo nada claro eso de que todavía no han tomado una decisión, viendo el comunicado os quedan dudas??, ojala sea así pero lo veo muy negro, y no te van a decir el criterio de corrección, eso ya lo dejaron claro, que esta sujeto a la protección de datos.

Aprovecho la ocasión para dar las gracias a MSA por los aportes en este hilo y por aportar algo de luz entre tanta morralla.

Pero sabré cuantos aciertos he tenido que están ligados a la nota que tengo. Al igual harán mis compañeros/as que tienen notas diferentes. Serán datos reales.

Patrisrod

A mí lo que me extraña es que pongan tan tarde la fecha de resultados definitivos si se supone que van a dejarlo todo como está. Si el 9 va a ser el último día de revisión...

Ruben Caulfield

#343
Cita de: Patrisrod en 19 de Mayo de 2017, 12:21:24 PM
A mí lo que me extraña es que pongan tan tarde la fecha de resultados definitivos si se supone que van a dejarlo todo como está. Si el 9 va a ser el último día de revisión...

Perdona no te había entendido, a mi también me extraña el periodo del 9 al 23, tanto tiempo para que????

catalina

Y desde hoy hasta el 4 para empezar las revisiones?

estitxu23

A lo mejor quieren esperar a tener resultados de Euskera para cerrarlo todo a la vez.

Udane

Sin ser de las personas que ha reclamado, quiero decir que me parecen una total falta de respeto los comentarios de ciertas personas aquí en relación a los que si lo han hecho ( que considero están en su derecho y tienen argumentos para ello). Nunca había visto algo así, es bastante triste.

eutsihorri

Yo pienso q van por ahí los tiros. Esperarán a los resultados d la prueba oral dl euskera para ponerlo todo a la vez. Auna me mosquea el hecho de q hayan puesto q en esa fecha se publicarán los resultados definitivos d la segunda prueba, y no de la bolsa. Esperar y esperar... No queda otra

Cita de: estitxu23 en 19 de Mayo de 2017, 13:29:23 PM
A lo mejor quieren esperar a tener resultados de Euskera para cerrarlo todo a la vez.

msa

Cita de: Ruben Caulfield en 19 de Mayo de 2017, 12:01:31 PM
Cita de: mariaantia en 19 de Mayo de 2017, 11:51:14 AM
Cita de: msa en 19 de Mayo de 2017, 11:39:57 AM
Los resultados definitivos del segundo ejercicio se publicarán el día 23 de junio.
Todavía no conocemos la resolución tomada. Los resultados definitivos del segundo ejercicio pueden ser varios... No se anuncia el establecimiento de la bolsa definitiva sino la publicación de los resultados definitivos del segundo ejercicio. Será ese día cuando veamos el resultado de las reclamaciones presentadas. Hasta ese momento tocará esperar...

Tienes razón. Hay que esperar.
Vamos a saber el criterio de corrección solamente los que hemos pedido la revisión. Una pregunta a los entendidos que con tanta ley de protección me lío bastante, ¿sería legal hacerlo público en este foro?


No veo nada claro eso de que todavía no han tomado una decisión, viendo el comunicado os quedan dudas??, ojala sea así pero lo veo muy negro, y no te van a decir el criterio de corrección, eso ya lo dejaron claro, que esta sujeto a la protección de datos.

Aprovecho la ocasión para dar las gracias a MSA por los aportes en este hilo y por aportar algo de luz entre tanta morralla.
Los criterios de corrección no tendrán gran misterio: número de aciertos (no descuentan errores) serán la puntuación directa. En el manual del test vienen unas tablas (los famosos baremos), y eligiendo el grupo de referencia la puntuación directa tiene asignada un centil determinado (del 1 al 99) y una puntuación típica S (del 3 al 97). En las mismas tablas suele constar la media y la desviación típica.
Desconozco si habrán hecho otros baremos a la vista de los resultados o si han aplicado alguna otra fórmula ya que no nos han dado las "puntuaciones del manual" (es decir, centiles irían del 1 al 99, adaptándolo sobre 10 sería de 0,01 a 9,99; o puntuaciones típicas que adaptándolo serían de 0,03 a 9,7).
De las puntuaciones obtenidas, y con los baremos en mano, se puede calcular el coeficiente intelectual de una persona.
Yo, como varios sabéis, hice una reclamación más "técnica" que "legal". Tampoco solicité revisión presencial (por no tener que ir otra vez a no se dónde perdiendo tiempo y dinero). Ahora (habrá que tomárselo con humor) me da pena no tener la oportunidad de que alguien (del IVAP, del tribunal, de TEA o quienquiera que esté en la revisión presencial) me diga cara a cara que el proceso se ha llevado perfectamente, que se ha evaluado todo correctamente y que por lo tanto, como todo está bien y los datos son válidos y fiables, tengo algún tipo de deficiencia cognitiva/intelectual... o como lo queráis llamar. Pero... tendré una respuesta (no se de que tipo) por escrito (que no me la esperaba, yo pensaba que solo tenías respuestas por escrito en los recursos, y no en las reclamaciones).
Así que toca esperar para ver que respuesta dan y actuar en consecuencia.
Me gustaría aprovechar también para agradecer el apoyo que han supuesto y las aportaciones de Ruben Caufield, mariantia, begotxu11, patrisrod... que nos hemos ido ayudando sin conocernos desde el foro de orientación antes de hacer el primer exámen (sabiendo claramente en qué berenjenal estábamos metidos en esa bolsa en concreto). Cada uno desde sus conocimientos, hemos hecho lo que hemos podido. Ahora ante esta fase del procedimiento, si teneis alguna duda en lo que respecta a la psicología o de los métodos empleados... os ayudaré encantada por privado, ya que no me gusta mucho el matiz que está tomando el foro. O si quereis mi reclamación completa, pedídmela por privado.
También agradezco a todo aquel que desde el respeto haya compartido información, sugerencias y críticas constructivas.
No creo que el ser parte de esta bolsa me vaya a proporcionar un trabajo, pero lo que tengo claro, es que he aprendido un montón de cosas (y no precisamente de orientación).
¡¡¡Buena suerte a todos!!!

Patrisrod

Cita de: msa en 19 de Mayo de 2017, 15:05:23 PM
Cita de: Ruben Caulfield en 19 de Mayo de 2017, 12:01:31 PM
Cita de: mariaantia en 19 de Mayo de 2017, 11:51:14 AM
Cita de: msa en 19 de Mayo de 2017, 11:39:57 AM
Los resultados definitivos del segundo ejercicio se publicarán el día 23 de junio.
Todavía no conocemos la resolución tomada. Los resultados definitivos del segundo ejercicio pueden ser varios... No se anuncia el establecimiento de la bolsa definitiva sino la publicación de los resultados definitivos del segundo ejercicio. Será ese día cuando veamos el resultado de las reclamaciones presentadas. Hasta ese momento tocará esperar...

Tienes razón. Hay que esperar.
Vamos a saber el criterio de corrección solamente los que hemos pedido la revisión. Una pregunta a los entendidos que con tanta ley de protección me lío bastante, ¿sería legal hacerlo público en este foro?


No veo nada claro eso de que todavía no han tomado una decisión, viendo el comunicado os quedan dudas??, ojala sea así pero lo veo muy negro, y no te van a decir el criterio de corrección, eso ya lo dejaron claro, que esta sujeto a la protección de datos.

Aprovecho la ocasión para dar las gracias a MSA por los aportes en este hilo y por aportar algo de luz entre tanta morralla.
Los criterios de corrección no tendrán gran misterio: número de aciertos (no descuentan errores) serán la puntuación directa. En el manual del test vienen unas tablas (los famosos baremos), y eligiendo el grupo de referencia la puntuación directa tiene asignada un centil determinado (del 1 al 99) y una puntuación típica S (del 3 al 97). En las mismas tablas suele constar la media y la desviación típica.
Desconozco si habrán hecho otros baremos a la vista de los resultados o si han aplicado alguna otra fórmula ya que no nos han dado las "puntuaciones del manual" (es decir, centiles irían del 1 al 99, adaptándolo sobre 10 sería de 0,01 a 9,99; o puntuaciones típicas que adaptándolo serían de 0,03 a 9,7).
De las puntuaciones obtenidas, y con los baremos en mano, se puede calcular el coeficiente intelectual de una persona.
Yo, como varios sabéis, hice una reclamación más "técnica" que "legal". Tampoco solicité revisión presencial (por no tener que ir otra vez a no se dónde perdiendo tiempo y dinero). Ahora (habrá que tomárselo con humor) me da pena no tener la oportunidad de que alguien (del IVAP, del tribunal, de TEA o quienquiera que esté en la revisión presencial) me diga cara a cara que el proceso se ha llevado perfectamente, que se ha evaluado todo correctamente y que por lo tanto, como todo está bien y los datos son válidos y fiables, tengo algún tipo de deficiencia cognitiva/intelectual... o como lo queráis llamar. Pero... tendré una respuesta (no se de que tipo) por escrito (que no me la esperaba, yo pensaba que solo tenías respuestas por escrito en los recursos, y no en las reclamaciones).
Así que toca esperar para ver que respuesta dan y actuar en consecuencia.
Me gustaría aprovechar también para agradecer el apoyo que han supuesto y las aportaciones de Ruben Caufield, mariantia, begotxu11, patrisrod... que nos hemos ido ayudando sin conocernos desde el foro de orientación antes de hacer el primer exámen (sabiendo claramente en qué berenjenal estábamos metidos en esa bolsa en concreto). Cada uno desde sus conocimientos, hemos hecho lo que hemos podido. Ahora ante esta fase del procedimiento, si teneis alguna duda en lo que respecta a la psicología o de los métodos empleados... os ayudaré encantada por privado, ya que no me gusta mucho el matiz que está tomando el foro. O si quereis mi reclamación completa, pedídmela por privado.
También agradezco a todo aquel que desde el respeto haya compartido información, sugerencias y críticas constructivas.
No creo que el ser parte de esta bolsa me vaya a proporcionar un trabajo, pero lo que tengo claro, es que he aprendido un montón de cosas (y no precisamente de orientación).
¡¡¡Buena suerte a todos!!!
Gracias a ti también msa porque has aportado un montón de claridad. Seguiremos luchando por lo que creemos justo.