BOLSA DE TRABAJO GOB. VASCO 2017 : CUERPO SUPERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN

Iniciado por SANMAR, 23 de Enero de 2017, 15:20:29 PM

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.yo.

Cita de: Derina en 03 de Abril de 2017, 10:55:38 AM
Hola!

Sabéis cómo proceden para asignar el orden cuando hay varias personas con la misma nota? Me refiero a que, si por ejemplo hay 50 personas que han sacado un 6,000 con que criterio las ordenan?

gracias!

Esto pone en el diseño del proceso selectivo

CRITERIOS DE DESEMPATE
Se establecen como criterios de desempate los siguientes:
1.La mayor puntuación en el primer ejercicio.
2.El mayor número de respuestas correctas en el primer ejercicio.
3.Orden alfabético, utilizando como referencia la letra "O",de acuerdo a la resolución de 23 de marzo de 2016 del Director de
Gestión de Personal.

DGDP

La 46 pensaba reclamarla yo también. He llamado al IVAP para preguntar la forma en que proceden en estos casos (si se escoge la primera de reserva o se corrige y se cambia la puntuación de acuerdo con la respuesta correcta) y me han contestado literalmente "el tribunal lo considerará y determinara lo que crea conveniente"

DGDP


Dejuas

Cita de: .yo. en 03 de Abril de 2017, 11:40:17 AM
Cita de: Derina en 03 de Abril de 2017, 10:55:38 AM
Hola!

Sabéis cómo proceden para asignar el orden cuando hay varias personas con la misma nota? Me refiero a que, si por ejemplo hay 50 personas que han sacado un 6,000 con que criterio las ordenan?

gracias!

Esto pone en el diseño del proceso selectivo

CRITERIOS DE DESEMPATE
Se establecen como criterios de desempate los siguientes:
1.La mayor puntuación en el primer ejercicio.
2.El mayor número de respuestas correctas en el primer ejercicio.
3.Orden alfabético, utilizando como referencia la letra "O",de acuerdo a la resolución de 23 de marzo de 2016 del Director de
Gestión de Personal.


Ah ok! Pensaba que lo de la letra y todo esto sería para la lista final...
Gracias!

salinas5

Cita de: Mobutu en 03 de Abril de 2017, 10:57:21 AM
Cita de: Ainat en 02 de Abril de 2017, 10:55:43 AM
Os adjunto las respuestas correctas porque la lista ya la han subido. Espero que hayáis tenido suerte! Han aprobado 1069 personas.

Creo que lo mejor ahora sería quitar ese archivo de aquí. Estás poniendo a la vista de todo el mundo información protegida como DNI, nombres y puntuaciones. Si está protegido con contraseña es por algo.

Por esa regla de tres...

También están a la vista de todos los que nos hemos apuntado a la bolsa, los datos de todos los demás que igualmente han participado...  y nadie dice nada.

oihane.benidorm

Hola!

De esta, esta claro que algo han hecho mal ... no se lo que haran.

38 LOS DOCUMENTOS UTILIZADOS EN LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS SE
ALMACENARÁN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS...

38a) Todos ellos y en todo caso se almacenarán por medios electrónicos.
38b) Sólo se almacenarán por medios electrónicos los documentos accesibles a los interesados.
38c) Todos ellos se almacenarán por medios electrónicos, salvo cuando no sea posible.
38d) Sólo se almacenarán por medios electrónicos los documentos que no guarden datos
personales.


pero que opinais de esta ... no se si es porque yo lo estudie de otra manera igual mal...pero me gustaria saber vuestro punto de vista.

32 LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS TIENEN DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA.
32a) Verdadero.
32b) Verdadero, pero tan sólo en algunos ámbitos.
32c) Falso, este derecho sólo se reconoce al personal laboral.
32d)

Yo puse la B, por::

Artículo 15. Derechos individuales ejercidos colectivamente.
Los empleados públicos tienen los siguientes derechos individuales que se ejercen de forma colectiva:
a) A la libertad sindical.
b) A la negociación colectiva y a la participación en la determinación de las condiciones de trabajo.
c) Al ejercicio de la huelga, con la garantía del mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.
d) Al planteamiento de conflictos colectivos de trabajo, de acuerdo con la legislación aplicable en cada caso.
e) Al de reunión, en los términos establecidos en el artículo 46 de este Estatuto.



Artículo 37. Materias objeto de negociación.


1. Serán objeto de negociación, en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración Pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso, las materias siguientes:

2. Quedan excluidas de la obligatoriedad de la negociación, las materias siguientes:

Por  lo que se deberia de tener en cuenta la exclusion de ciertas materias.

GORKA

Cita de: salinas5 en 03 de Abril de 2017, 12:33:01 PM
Cita de: Mobutu en 03 de Abril de 2017, 10:57:21 AM
Cita de: Ainat en 02 de Abril de 2017, 10:55:43 AM
Os adjunto las respuestas correctas porque la lista ya la han subido. Espero que hayáis tenido suerte! Han aprobado 1069 personas.

Creo que lo mejor ahora sería quitar ese archivo de aquí. Estás poniendo a la vista de todo el mundo información protegida como DNI, nombres y puntuaciones. Si está protegido con contraseña es por algo.

Por esa regla de tres...

También están a la vista de todos los que nos hemos apuntado a la bolsa, los datos de todos los demás que igualmente han participado...  y nadie dice nada.

Esto es lo que aparece en la página del IVAP cuando se va a entrar en el apartado bolsas de trabajo:

AVISO: Los datos de carácter personal que se publican en esta web, tienen el objeto de dar información a los interesados en los diversos procesos selectivos, del desarrollo de los mismos.  Queda prohibida su bajada a soporte y tratamiento posterior de cualquier tipo. (Véase la Ley Orgánica 15/99 de 13 de diciembre)

Si yo hubiera subido el archivo ahora lo quitaba... pero cada cual verá.

GORKA


Merbar

Cita de: karratxas en 02 de Abril de 2017, 19:49:42 PM
Anusbisgr, tienes toda la razón, la respuesta buena es la c...
Para reclamar puedes hacerlo en ZUZENEAN poniendo esto...
Por ejemplo:

ANTE EL SEÑOR PRESIDENTE DEL TRIBUNAL CALIFICADOR (poner aquí el proceso del q se trata)

D./Doña ____________, con DNI ______________, con Dirección en _____________________;

EXPONE que;
Habiéndome presentado al primer ejercicio para el acceso a la Escala de _______________ , convocada mediante _________________ y que se celebró en ______ el ___ de _____ de 20__, deseo formular la siguiente alegación:

La pregunta nº _X___ del MODELO ___ apareció redactada literalmente en el examen de la siguiente forma:
 
nº.) ________________
a) _______________
b) ______________
c) _______________
d) ____________

Si se investiga sobre esta pregunta se puede comprobar que:
(Argumentos de por qué la respuesta que dan por válida es incorrecta y argumentos para la "anulación" de la pregunta o dar por correcta otra respuesta)

La pregunta nº __Y__ del MODELO ___ apareció redactada literalmente en el examen de la siguiente forma:
 
nº.) ________________
a) _______________
b) ______________
c) _______________
d) ____________

Si se investiga sobre esta pregunta se puede comprobar que:
(Argumentos de por qué la respuesta que dan por válida es incorrecta y argumentos para la "anulación" de la pregunta o dar por correcta otra respuesta)


SOLICITO que;
Considerando que la respuesta correcta a la pregunta numero _X______ del MODELO _______,  solicito que dicha pregunta sea anulada/ se considere como correcta la respuesta___.

Considerando que la respuesta correcta a la pregunta numero ___Y____ del MODELO _______,  solicito que dicha pregunta sea anulada/ se considere como correcta la respuesta___.



En _________, a ___ de _______ de 20__________.
Yo pensaba reclamar a través de la hoja de reclamaciones que está colgada en la convocatoria.

Ikea

En esa hoja de reclamaciones no hay casi sitio para escribir lo que queremos reclamar. Yo voy a utilizar mi propio modelo.

Merbar

Cita de: Ikea en 03 de Abril de 2017, 23:57:38 PM
En esa hoja de reclamaciones no hay casi sitio para escribir lo que queremos reclamar. Yo voy a utilizar mi propio modelo.

OK

eutsihorri


eutsihorri


Susannn


moli

Cita de: GORKA en 03 de Abril de 2017, 17:04:56 PM
Cita de: salinas5 en 03 de Abril de 2017, 12:33:01 PM
Cita de: Mobutu en 03 de Abril de 2017, 10:57:21 AM
Cita de: Ainat en 02 de Abril de 2017, 10:55:43 AM
Os adjunto las respuestas correctas porque la lista ya la han subido. Espero que hayáis tenido suerte! Han aprobado 1069 personas.

Creo que lo mejor ahora sería quitar ese archivo de aquí. Estás poniendo a la vista de todo el mundo información protegida como DNI, nombres y puntuaciones. Si está protegido con contraseña es por algo.

Por esa regla de tres...

También están a la vista de todos los que nos hemos apuntado a la bolsa, los datos de todos los demás que igualmente han participado...  y nadie dice nada.

Esto es lo que aparece en la página del IVAP cuando se va a entrar en el apartado bolsas de trabajo:

AVISO: Los datos de carácter personal que se publican en esta web, tienen el objeto de dar información a los interesados en los diversos procesos selectivos, del desarrollo de los mismos.  Queda prohibida su bajada a soporte y tratamiento posterior de cualquier tipo. (Véase la Ley Orgánica 15/99 de 13 de diciembre)

Si yo hubiera subido el archivo ahora lo quitaba... pero cada cual verá.

Totalmente de acuerdo con GORKA y Mobutu. Que se colgara el listado el domingo en el foro se puede entender por los problemas técnicos que tenía la página del IVAP, pero ahora cada uno puede verlo con su usuario y contraseña, y no debería estar accesible en un foro donde cualquiera puede descargarlo. Pero como dice GORKA, cada cual verá.

mariaantia

Relación de Ayuntamientos que han suscrito convenio de colaboración para presentación de escritos dirigidos a la Comunidad Autónoma del País Vasco en Registros Municipales.
Ayuntamientos de Álava

Ayuntamiento de Alegria-Dulantzi
Ayuntamiento de Amurrio
Ayuntamiento de Arraia-Maeztu
Ayuntamiento de Arratzua-Ubarrundia
Ayuntamiento de Asparrena
Ayuntamiento de Ayala/Aiara
Ayuntamiento de Baños de Ebro/Mañueta
Ayuntamiento de Barrundia
Ayuntamiento de Bernedo
Ayuntamiento de Elciego
Ayuntamiento de Elvillar/Bilar
Ayuntamiento de Erriberagoitia/Ribera Alta
Ayuntamiento de Iruña Oka/Iruña de Oca
Ayuntamiento de Iruraiz-Gauna
Ayuntamiento de Kripan
Ayuntamiento de Lanciego/Lantziego
Ayuntamiento de Laudio/Llodio
Ayuntamiento de Legutio
Ayuntamiento de Oyón-Oion
Ayuntamiento de Peñacerrada-Urizaharra
Ayuntamiento de Ribera Baja/Erribera Beitia
Ayuntamiento de Samaniego
Ayuntamiento de San Millán/Donemiliaga
Ayuntamiento de Valdegovía/Gaubea
Ayuntamiento de Villabuena/Eskuernaga
Ayuntamiento de Zambrana
Ayuntamiento de Zigoitia
Ayuntamientos de Bizkaia

Ayuntamiento de Ajangiz
Ayuntamiento de Amoroto
Ayuntamiento de Aulesti
Ayuntamiento de Basauri
Ayuntamiento de Bermeo
Ayuntamiento de Busturia
Ayuntamiento de Durango
Ayuntamiento de Ea
Ayuntamiento de Elantxobe
Ayuntamiento de Elorrio
Ayuntamiento de Erandio
Ayuntamiento de Ermua
Ayuntamiento de Etxebarria
Ayuntamiento de Gamiz-Fika
Ayuntamiento de Güeñes
Ayuntamiento de Ispaster
Ayuntamiento de Karrantza
Ayuntamiento de Kortezubi
Ayuntamiento de Leioa
Ayuntamiento de Lekeitio
Ayuntamiento de Lezama
Ayuntamiento de Mendexa
Ayuntamiento de Munitibar-Arbatzegi Gerrikaitz
Ayuntamiento de Muskiz
Ayuntamiento de Muxika
Ayuntamiento de Nabarniz
Ayuntamiento de Ortuella
Ayuntamiento de Otxandio
Ayuntamiento de Plentzia
Ayuntamiento de Sopuerta
Ayuntamiento de Sukarrieta
Ayuntamiento de Zaldibar
Ayuntamiento de Zeanuri
Ayuntamiento de Zierbena
Ayuntamientos de Gipuzkoa

Ayuntamiento de Altzo
Ayuntamiento de Andoain
Ayuntamiento de Anoeta
Ayuntamiento de Antzuola
Ayuntamiento de Aretxabaleta
Ayuntamiento de Arrasate/Mondragón
Ayuntamiento de Azkoitia
Ayuntamiento de Azpeitia
Ayuntamiento de Berrobi
Ayuntamiento de Eibar
Ayuntamiento de Elduain
Ayuntamiento de Eskoriatza
Ayuntamiento de Ezkio-Itsaso
Ayuntamiento de Gabiria
Ayuntamiento de Getaria
Ayuntamiento de Hernani
Ayuntamiento de Hernialde
Ayuntamiento de Hondarribia
Ayuntamiento de Ibarra
Ayuntamiento de Idiazabal
Ayuntamiento de Irun
Ayuntamiento de Irura
Ayuntamiento de Lazkao
Ayuntamiento de Legazpi
Ayuntamiento de Legorreta
Ayuntamiento de Leintz-Gatzaga
Ayuntamiento de Lezo
Ayuntamiento de Lizartza
Ayuntamiento de Olaberria
Ayuntamiento de Ormaiztegi
Ayuntamiento de Urnieta
Ayuntamiento de Urretxu
Ayuntamiento de Zarautz
Ayuntamiento de Zegama
Ayuntamiento de Zumaia
Ayuntamiento de Zumarraga

DGDP

#363
-

kalevala

URGENTE PLAZO PARA IMPUGNAR ACABA 6 DE ABRIL A LAS 14 HORAS

La pregunta nº 40 del modelo de examen B

Ley 19/2013 de Transparencia. Cuál es el plazo que tiene la administración para resolver una solicitud que conceda o deniegue el acceso a una información?
a)   Un mes desde la recepción de la solicitud
b)   Tres meses desde la recepción de la solicitud.
c)   El plazo de resolución dependerá de la información solicitada.
d)   Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

Figura como correcta la a)

La veo recurrible


El artículo 20 de la ley 19/2013 de transparencia, establece en el primer párrafo de su punto 1, "la resolución en la que se conceda o deniegue el acceso deberá notificarse al solicitante y a los terceros afectados que así lo hayan solicitado en el plazo máximo de un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver". Pero el segundo párrafo puntualiza "este plazo podrá ampliarse por otro mes en el caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario y previa notificación al solicitante"
Por ello, la respuesta a) no es correcta, puesto que por un lado, el plazo de un mes es para notificar (no para resolver), y por otro, cuando el volumen de la información solicitada lo hiciera necesario, el plazo podría ampliarse, pudiendo hacer buena la respuesta c).
Las dos pueden ser igual de incorrectas, del mismo modo que lo es la b). Entonces la respuesta adecuada podría ser la d) NINGUNA DE LAS RESPUESTAS ANTERIORES ES CORRECTA,  al no ajustarse ninguna de las otras respuestas a la pregunta planteada.

Creo que es correcta la D, o en su caso anularla.



               La 43 del modelo B está planteada a muy mala leche. es la típica que van a pillar y supongo que hemos caído un montón.
Dan por buena la respuesta B, y no es que este mal y sea formulación falsa como dice el enunciado, sino que está simplemente incompleta y lleva a engaño. Es una pregunta donde no se valora lo que sepas, y estoy seguro de que casi todos la tenemos mal.
La he impugnado, pidiendo anulación. Como motivo "No es falsa. Es incompleta, ya que se contemplan solo parte de los supuestos en los que se regula el acceso. La exclusión de los demás conceptos en esta Respuesta B se podría considerar un planteamiento incorrecto o incompleto de la sentencia en su totalidad.

olafIII

Hola, para los que tengáis mal la pregunta numero 37 del modelo B , os animo a recurrir por la errata en el enunciado de la pregunta, (ley 40/215) y no 40/2015.
Y también porque aunque en la ley se menciona Portal de internet, Portal de Internet y página web se usa indistintamente, son sinónimos.

Hay que intentarlo.


MF

URGENTE

yo también estoy de acuerdo. DONDE RECLAMAMOS? COMO LO HABEIS HECHO?

mariaantia

Cita de: olafIII en 05 de Abril de 2017, 20:12:55 PM
Hola, para los que tengáis mal la pregunta numero 37 del modelo B , os animo a recurrir por la errata en el enunciado de la pregunta, (ley 40/215) y no 40/2015.
Y también porque aunque en la ley se menciona Portal de internet, Portal de Internet y página web se usa indistintamente, son sinónimos.

Hay que intentarlo.


Es un error de forma que no invalida la pregunta porque todos/as sabemos que en las leyes después de un guión seguido va el año y no creo que nadie haya tenido dudas sobre el año en cuestión. El que de como opción página web es para dificultar la pregunta porque dice según ley 40/2015:

Artículo 39. Portal de internet.

Se entiende por portal de internet el punto de acceso electrónico cuya titularidad
corresponda a una Administración Pública, organismo público o entidad de Derecho Público que permite el acceso a través de internet a la información publicada y, en su caso, a la sede electrónica correspondiente.

No digo que no la impugnes, lo que digo es que el argumento que has utilizado no me ha convencido pero no es a mí a quien tienes que convencer.

MF

Los que habéis reclamado como lo habéis hecho?
En la web de IVAP, en Zuzenean, correo electrónico......

Ikea

Hola Kalevala:

¿Donde dice que el plazo para impugnar se acabe mañana a las 14 horas?
Lo que he encontrado yo es que acaba mañana inclusive, pero no pone la hora. Las oficinas de Zuzenean están abiertas también por la tarde.

Cita de: kalevala en 05 de Abril de 2017, 17:37:02 PM
URGENTE PLAZO PARA IMPUGNAR ACABA 6 DE ABRIL A LAS 14 HORAS

La pregunta nº 40 del modelo de examen B

Ley 19/2013 de Transparencia. Cuál es el plazo que tiene la administración para resolver una solicitud que conceda o deniegue el acceso a una información?
a)   Un mes desde la recepción de la solicitud
b)   Tres meses desde la recepción de la solicitud.
c)   El plazo de resolución dependerá de la información solicitada.
d)   Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

Figura como correcta la a)

La veo recurrible


El artículo 20 de la ley 19/2013 de transparencia, establece en el primer párrafo de su punto 1, "la resolución en la que se conceda o deniegue el acceso deberá notificarse al solicitante y a los terceros afectados que así lo hayan solicitado en el plazo máximo de un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver". Pero el segundo párrafo puntualiza "este plazo podrá ampliarse por otro mes en el caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario y previa notificación al solicitante"
Por ello, la respuesta a) no es correcta, puesto que por un lado, el plazo de un mes es para notificar (no para resolver), y por otro, cuando el volumen de la información solicitada lo hiciera necesario, el plazo podría ampliarse, pudiendo hacer buena la respuesta c).
Las dos pueden ser igual de incorrectas, del mismo modo que lo es la b). Entonces la respuesta adecuada podría ser la d) NINGUNA DE LAS RESPUESTAS ANTERIORES ES CORRECTA,  al no ajustarse ninguna de las otras respuestas a la pregunta planteada.

Creo que es correcta la D, o en su caso anularla.



               La 43 del modelo B está planteada a muy mala leche. es la típica que van a pillar y supongo que hemos caído un montón.
Dan por buena la respuesta B, y no es que este mal y sea formulación falsa como dice el enunciado, sino que está simplemente incompleta y lleva a engaño. Es una pregunta donde no se valora lo que sepas, y estoy seguro de que casi todos la tenemos mal.
La he impugnado, pidiendo anulación. Como motivo "No es falsa. Es incompleta, ya que se contemplan solo parte de los supuestos en los que se regula el acceso. La exclusión de los demás conceptos en esta Respuesta B se podría considerar un planteamiento incorrecto o incompleto de la sentencia en su totalidad.

Cecil

Yo he puesto la reclamación esta mañana en la sede de IVAP de Bilbao, en Alameda Rekalde 18. Hay que utilizar el modelo de reclamaciones que aparece en en la web, y bien llevarlo hecho o rellenarlo allí mismo.
☺️

kilkerra


Merbar

Yo he utilizado la hoja de reclamación que han puesto ellos, es editable y puedes escribir todo lo que quieras. Luego lo imprimes por duplicado, lo firmas y lo presentas.

En mi caso, como estoy trabajando, me venía muy mal acercarme a Bilbo, así que he hecho la prueba y lo he presentado en una oficina de Lanbide. Me lo han aceptado sin problemas y lo remiten ellos al IVAP. Entiendo que se podría registrar en cualquier oficina con registro de Gobierno Vasco. Me han dado recibo del registro y la copia que he llevado debidamente sellada, con el sello de entrada y la fecha.

Hoy es el último día y tened en cuenta que Bilbo estará colapsado por la tarde, ya que coinciden la vuelta ciclista y la Korrika. Si vais a ir a Zuzenean por la tarde, ni se os ocurra ir en coche o bus. Mejor metro o tren, porque van a cortarlo todo.

kalevala

Hola Ikea, y resto de compañeros.
Tienes razon. Perdona. Las oficinas de Zuzenean están también por las trades. Hasta las dos están, el IVAP y otror Organismos del Gobierno vasco, como Lanbide, Delegaciones, etc. Ya que a esa hora acaba la atención al publico. Que me disculpe quien se haya llevado un sustillo. De cualquier manera hoy es el ultimo día de presentación de reclamaciones. No lo olvidemos.

Euzkitan

Hola, ¿estáis todos conforme respecto a la pregunta 48 del modelo B de Cuerpo Sup. Admon.?

kalevala

Cita de: Euzkitan en 06 de Abril de 2017, 10:38:10 AM
Hola, ¿estáis todos conforme respecto a la pregunta 48 del modelo B de Cuerpo Sup. Admon.?

Hola Euskitan.
Que ves en particular?

mariaantia

Cita de: kalevala en 06 de Abril de 2017, 11:20:17 AM
Cita de: Euzkitan en 06 de Abril de 2017, 10:38:10 AM
Hola, ¿estáis todos conforme respecto a la pregunta 48 del modelo B de Cuerpo Sup. Admon.?

Hola Euskitan.
Que ves en particular?

Es una locura. Tenemos 2 foros abiertos con el mismo tema.

Esta es mi opinión sobre la pregunta 48:

Para mí está clara la opción que dan como válida. Es una pregunta general, es decir, que el plazo sea de un mes es lo común. Que luego pudiese haber ampliación del plazo o no, dependerá de la decisión del órgano que sea competente para resolver. En este caso con la notificación de la resolución expresa la Administración resuelve el procedimiento.



kalevala

Cita de: mariaantia en 06 de Abril de 2017, 11:47:51 AM
Cita de: kalevala en 06 de Abril de 2017, 11:20:17 AM
Cita de: Euzkitan en 06 de Abril de 2017, 10:38:10 AM
Hola, ¿estáis todos conforme respecto a la pregunta 48 del modelo B de Cuerpo Sup. Admon.?

Hola Euskitan.
Que ves en particular?

Es una locura. Tenemos 2 foros abiertos con el mismo tema.

Esta es mi opinión sobre la pregunta 48:

Para mí está clara la opción que dan como válida. Es una pregunta general, es decir, que el plazo sea de un mes es lo común. Que luego pudiese haber ampliación del plazo o no, dependerá de la decisión del órgano que sea competente para resolver. En este caso con la notificación de la resolución expresa la Administración resuelve el procedimiento.

Hola María. Creo que te estas equivocando de numero.
La que dices es la nº 40 del modelo de examen B.
Es la que yo razoné ayer.
Y tienes razón. es una locura dos foros con un mismo tema. Yo al final no se ni en cual escribo.
No lo podriamos arreglar?

mariaantia

Cita de: kalevala en 06 de Abril de 2017, 11:54:18 AM
Cita de: mariaantia en 06 de Abril de 2017, 11:47:51 AM
Cita de: kalevala en 06 de Abril de 2017, 11:20:17 AM
Cita de: Euzkitan en 06 de Abril de 2017, 10:38:10 AM
Hola, ¿estáis todos conforme respecto a la pregunta 48 del modelo B de Cuerpo Sup. Admon.?

Hola Euskitan.


Que ves en particular?

Es una locura. Tenemos 2 foros abiertos con el mismo tema.

Esta es mi opinión sobre la pregunta 48:

Para mí está clara la opción que dan como válida. Es una pregunta general, es decir, que el plazo sea de un mes es lo común. Que luego pudiese haber ampliación del plazo o no, dependerá de la decisión del órgano que sea competente para resolver. En este caso con la notificación de la resolución expresa la Administración resuelve el procedimiento.

Hola María. Creo que te estas equivocando de numero.
La que dices es la nº 40 del modelo de examen B.
Es la que yo razoné ayer.
Y tienes razón. es una locura dos foros con un mismo tema. Yo al final no se ni en cual escribo.
No lo podriamos arreglar?

Perdón! Gracias por la aclaración. No tengo el examen B. ¿Qué pregunta es la 48 del modelo B?

kalevala

#379
Posible pregunta a alegar, y esta es ya la última. No le he podido encontrar nada más al examen

28 del Modelo B del examen de Cuerpo Superior de la Administración. La cual corresponde a la 36 en al modelo A

28 SON PRECIOS PÚBLICOS:
a) Los ingresos obtenidos por la prestación de servicios o la realización de actividades administrativas que no sean de solicitud o recepción obligatoria.
b) Los ingresos obtenidos por la prestación de servicios o la realización de actividades administrativas que sean susceptibles de ser prestados por el sector privado.
c) Las respuestas a) y b) son correctas.
d) Las respuestas a) y b) son incorrectas.

Se ha dado como respuesta correcta la "c", sin embargo las respuestas ofrecidas no son lo suficientemente claras.

Hay dos leyes al respecto. En primer lugar, el artículo 24 de Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos define como Precios Públicos:
Artículo 24. Concepto.
Tendrán la consideración de precios públicos las contraprestaciones pecuniarias que se satisfagan por la prestación de servicios o la realización de actividades efectuadas en régimen de Derecho público cuando, prestándose también tales servicios o actividades por el sector privado, sean de solicitud voluntaria por parte de los administrados.
(NOTA: modificado por el art. 2 de la Ley 25/1998, de 13 de julio. Ref. BOE-A-1998-16714)

En segundo lugar, el artículo 30 del Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del texto refundido de la ley de tasas y precios públicos de la administración de la comunidad autónoma del País Vasco.
Artículo 30. Concepto de precio público.
Tendrán   la   consideración   de   precios   públicos   las   contraprestaciones
Pecuniarias que se satisfagan
por  la  prestación  de  servicios  o  realización  de  actividades  efectuadas  en  régimen  de  derecho  público  que  no  tengan  la  consideración  de  tasa  según  lo  dispuesto en  el  artículo  4  de  esta ley. (Artículo 4. Concepto de tasa: Las   tasas   son    tributos   cuyo   hecho   imponible   consiste   en   la   utilización   privativa   o   el aprovechamiento  especial  del  dominio  público y  en  la  prestación  de  servicios  o  la  realización  de  actividades  en  régimen  de  derecho  público  que  se  refieran,  afecten  o  beneficien  de  modo particular al obligado tributario, cuando los servicios o actividades no sean de solicitud o recepción voluntaria para los obligados tributarios o no se presten o realicen por el sector privado.

Lo observado respecto a las ideas presentadas en las referidas leyes hace que pierdan su valor lo referido  en las respuestas A)y B), de la dicha pregunta 28. Las presentadas leyes son  igualmente válidas y entran en contradicción con los principios que se dan por buenos en las dos primeras potenciales respuestas.

La pregunta debería ser anulada

Si alguien se anima a añadir algo....

ibarra

Yo también me había planteado lo que dices respecto a precios públicos. La impugnaria pero estoy de viaje y me dijeron  en zuzenean que la única manera de impugnar es presencialmente, online no procede. Una faena.

mariaantia

Cita de: ibarra en 06 de Abril de 2017, 15:23:23 PM
Yo también me había planteado lo que dices respecto a precios públicos. La impugnaria pero estoy de viaje y me dijeron  en zuzenean que la única manera de impugnar es presencialmente, online no procede. Una faena.

Online no puedes pero hay otras opciones:

En las oficinas de correos. En este caso tienes que entregar el sobre abierto para que sellen tu escrito con la fecha de entrega, y te faciliten copia del mismo.

En las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España, si te encuentras en el extranjero.

ibarra

En zuzenean me han dicho que, tal y como consta en las bases, puedo hacerlo o presencialmente o a través de una persona que también haya hecho el examen. Sin más opciones....

Karlategi

#383
*

Me temo que esa lógica NO conduce a la anulación de la pregunta, sino a dar por buena la opción D

MF

que pasa si anulan varias preguntas? Cogen de las de reserva?
Me parece injusto porque por ejemplo, yo no tengo contestadas las preguntas de Reserva porque no me dio tiempo.
No podrían bajar el listón de 5 a 4,5?
Lo han hecho alguna vez?????

mariaantia

Cita de: Maite Fdez en 08 de Abril de 2017, 01:41:03 AM
que pasa si anulan varias preguntas? Cogen de las de reserva?
Me parece injusto porque por ejemplo, yo no tengo contestadas las preguntas de Reserva porque no me dio tiempo.
No podrían bajar el listón de 5 a 4,5?
Lo han hecho alguna vez?????

Una vez que se han publicado las notas y se conoce la autoría de las mismas no se puede modificar la nota de corte. A mí también me falto tiempo pero como ya conozco el funcionamiento de estos procesos, preferí dedicarle tiempo a las tres primeras preguntas que volver a mirar aquellas en las que tenía dudas y que eran muchas. Es muy importante hacer las preguntas de reserva  y a ser posible hacerlas bien o no contestar porque casi siempre hay anulaciones. Es lo justo, ya que se cometen errores y lo lógico es que los subsanen. En la lista de aprobados va a haber alegrías y también disgustos. Gente que tenga el examen aprobado y que lo suspenda y al revés.

Kira

#386
Buenas,

Se ha publicado la fecha y hora de la prueba psicotécnica pero no puedo entrar en la web, ¿alguien ha podido verlo?

Gracias! :)

pixie



Kira


BelenP

Gracias !!!

Alguien tiene algun ejemplo de como puede ser el test ???

Ross_01

Hola a todos, ya han salido los resultados definitivos. ¿A nadie le parece ilógico (por no decir otra cosa) que hayan anulado 4 preguntas porque la traducción en euskera de las mismas estaba mal? Es decir, parece razonable que anulen esas preguntas a los que eligieron hacer el examen en euskera (se seleccionaba la opción en la matrícula y aparece cuando entramos a ver nuestros datos), pero... si haces el examen en castellano, ¿por qué han de anular preguntas que estaban bien? Tengo entendido que cuando sucede que hay un error de transcripción en uno de los modelos, se anula sólo la pregunta en ese modelo. Pues esto sería parecido, ¿no? ¿Cómo lo veis?

eanded3


potx

Cita de: Ross_01 en 27 de Abril de 2017, 09:42:41 AM
Hola a todos, ya han salido los resultados definitivos. ¿A nadie le parece ilógico (por no decir otra cosa) que hayan anulado 4 preguntas porque la traducción en euskera de las mismas estaba mal? Es decir, parece razonable que anulen esas preguntas a los que eligieron hacer el examen en euskera (se seleccionaba la opción en la matrícula y aparece cuando entramos a ver nuestros datos), pero... si haces el examen en castellano, ¿por qué han de anular preguntas que estaban bien? Tengo entendido que cuando sucede que hay un error de transcripción en uno de los modelos, se anula sólo la pregunta en ese modelo. Pues esto sería parecido, ¿no? ¿Cómo lo veis?

Ten en cuenta que el cuadernillo era bilingüe, todo el mundo tuvo acceso a las preguntas en euskera.
A mi me parece lógico que se anulen por este motivo, lo que no me parece de recibo es que traductores profesionales no traduzcan bien 4 preguntas de 50.

Ross_01

¿Ah, sí? ¿Te parece lógico? El cuadernillo era bilingüe, pero eso es algo ajeno a nosotros. Es decir, yo elegí hacer el examen en castellano, ellos me dieron un cuadernillo bilingüe pero yo sólo leí las preguntas en castellano. A mí me parece bien que se anulen las preguntas a los que eligieron hacerlo en euskera (que se sabe quiénes son, puesto que cada uno selecciona un idioma), pero a la gente que seleccionó castellano un error de traducción no le debería afectar, digo yo. Si hubiese habido un error de transcripción en uno de los modelos en castellano (por ejemplo, falta una palabra en una pregunta del modelo b), ¿anularían también la pregunta del modelo a o sólo la del modelo afectado?

Yo creo que es diferente que una pregunta esté bien o mal planteada a que una pregunta esté bien en el idioma que yo he seleccionado, la responda bien la gente y se la anulen porque la han traducido mal en un idioma no elegido para hacer el examen.

Pero vamos, opinión personal, eh?  ;)

P.S. Lo de que se traduzcan mal, de traca, sí.

Monicaga

Cita de: potx en 27 de Abril de 2017, 10:04:24 AM
Cita de: Ross_01 en 27 de Abril de 2017, 09:42:41 AM
Hola a todos, ya han salido los resultados definitivos. ¿A nadie le parece ilógico (por no decir otra cosa) que hayan anulado 4 preguntas porque la traducción en euskera de las mismas estaba mal? Es decir, parece razonable que anulen esas preguntas a los que eligieron hacer el examen en euskera (se seleccionaba la opción en la matrícula y aparece cuando entramos a ver nuestros datos), pero... si haces el examen en castellano, ¿por qué han de anular preguntas que estaban bien? Tengo entendido que cuando sucede que hay un error de transcripción en uno de los modelos, se anula sólo la pregunta en ese modelo. Pues esto sería parecido, ¿no? ¿Cómo lo veis?

Ten en cuenta que el cuadernillo era bilingüe, todo el mundo tuvo acceso a las preguntas en euskera.
A mi me parece lógico que se anulen por este motivo, lo que no me parece de recibo es que traductores profesionales no traduzcan bien 4 preguntas de 50.
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Buenos días,
Cómo se sabe que la anulación de las preguntas ha sido por un error en la traducción?  No me parece lógico que por esa razón anulen preguntas bien planteadas en los modelos en castellano.

kopete

Cita de: Ross_01 en 27 de Abril de 2017, 10:11:07 AM
¿Ah, sí? ¿Te parece lógico? El cuadernillo era bilingüe, pero eso es algo ajeno a nosotros. Es decir, yo elegí hacer el examen en castellano, ellos me dieron un cuadernillo bilingüe pero yo sólo leí las preguntas en castellano. A mí me parece bien que se anulen las preguntas a los que eligieron hacerlo en euskera (que se sabe quiénes son, puesto que cada uno selecciona un idioma), pero a la gente que seleccionó castellano un error de traducción no le debería afectar, digo yo. Si hubiese habido un error de transcripción en uno de los modelos en castellano (por ejemplo, falta una palabra en una pregunta del modelo b), ¿anularían también la pregunta del modelo a o sólo la del modelo afectado?

Yo creo que es diferente que una pregunta esté bien o mal planteada a que una pregunta esté bien en el idioma que yo he seleccionado, la responda bien la gente y se la anulen porque la han traducido mal en un idioma no elegido para hacer el examen.

Pero vamos, opinión personal, eh?  ;)

P.S. Lo de que se traduzcan mal, de traca, sí.

o sea te parece más justo que los de euskera tengan 4 preguntas diferentes a los de castellano? entonces diríamos que las suyas eran mas fáciles y que no es justo.

Monicaga

Buenos días,
Cómo se sabe que la anulación de las preguntas ha sido por un error en la traducción?  No me parece lógico que por esa razón anulen preguntas bien planteadas en los modelos en castellano.

Ross_01

Cita de: kopete en 27 de Abril de 2017, 10:23:23 AM


o sea te parece más justo que los de euskera tengan 4 preguntas diferentes a los de castellano? entonces diríamos que las suyas eran mas fáciles y que no es justo.

Reconozco que no lo había visto así, pero es el mismo caso que si (en un único idioma) al copiar/pegar las preguntas para cambiar el orden de las mismas en un modelo se dejan una palabra. Esto ha sucedido alguna vez y se anula sólo la pregunta del modelo afectado (si no estoy equivocado, claro).

Por otra parte, una vez que el examen es en dos idiomas diferentes ya no pueden ser iguales, no tienen la misma dificultad. Pero cada uno elegimos el idioma, no sé, creo que no nos debería afectar lo que sucede en otro idioma.

Y ojo que lo que comentas fijo que sucedería también, porque además en este examen (en concreto) las preguntas de reserva creo que eran más sencillas, así que también habría quejas, lo reconozco. ¿Pero qué es más justo? No sé...

begotxu11

Cita de: Monicaga en 27 de Abril de 2017, 10:29:00 AM
Buenos días,
Cómo se sabe que la anulación de las preguntas ha sido por un error en la traducción?  No me parece lógico que por esa razón anulen preguntas bien planteadas en los modelos en castellano.

Yo creo que si se han anulado en los dos modelos, ha sido para garantizar la igualdad entre los candidatos. En mi opinión, si cada candidato tuviese que contestar a preguntas diferentes, no se garantizaría dicho principio: no todas las preguntas presentan la misma complejidad... la única manera de garantizar eso, es que todos respondamos a las mismas cuestiones.