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Bolsa de Trabajo Gob. Vasco 2017 orientador/a

Iniciado por mariaGo, 23 de Enero de 2017, 11:36:31 AM

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begotxu11

#750
Cita de: msa en 03 de Abril de 2017, 18:56:54 PM
Enhorabuena a los aprobados y ánimo a los que no siguen. Estoy con begolemoa en la 10 del modelo A, pero también me he dado cuenta que la 1 (ámbitos de orientación) también está mal, porque dan como valida la respuesta de los componentes de valoración de empleabilidad, en vez de los verdaderos ámbitos de orientación (que sería la C).
Sabeis si es posible presentar impugnación en cualquier registro de entrada? (SAC del Ayuntamiento por ejemplo).
Eskerrik asko!!!

Yo también estuve dudando con esa, pero al salir del examen y mirar en la web de lanbide, en orientación vi un dibujito que trata sobre ello... pensé en alegar la falta de precisión de la fuente de origen, ya que buscando en internet no he encontrado otro que determine esos ámbitos de orientación. De hecho, he visto diferentes ámbitos de orientación en las diferentes web que he mirado. El problema de esa pregunta en mi opinión ha sido poner 4 palabras por respuesta. Lo que cada uno entienda de cada palabra a lo mejor no es lo mismo, habiendo desarrollado cada respuesta se habría evitado esa imprecisión. Pero al final la descarté, no me convencía a mí misma el argumento...

Y sobre lo de presentar el recurso en cualquier registro de entrada, ni idea, a mi solo me han dicho Zuzenean e Ivap

begotxu11

#751
Lo siento, modifico,he publicado dos iguales

begotxu11

#751

mariaantia

Cita de: mariaantia en 03 de Abril de 2017, 19:08:04 PM
Cita de: nineu79 en 03 de Abril de 2017, 18:31:38 PM
Cita de: Lueslo75 en 03 de Abril de 2017, 17:31:36 PM
Buenas tardes,

A mi entender las preguntas 1, 6 y 53 del modelo B de examen son impugnables.

Se puede ver fácilmente qué preguntas son equivalentes en el modelo A examen porque presento el texto de las preguntas en sí.
De hecho en correos anteriores pongo los fundamentos en los que me baso y como tal he presentado el escrito esta mañana en la oficina de Zuzenean del Gobierno vasco.

Si alguna otra persona considera impugnar estas preguntas porque las ha fallado  pretendo ayudarles con los textos que se pueden leer arriba. Hay poco tiempo y toda ayuda es poca.


A mi entender, las respuestas válidas en las preguntas 1 y 6  y 53 deberían ser invalidadas.


No pretendo entrar en debate de si tengo razón o no... porque todo depende del punto que se mire cada respuesta y obviamente , a priori, la comisión que ha redactado las respuestas ya tiene otro punto de vista. Se trata simplemente de que entiendan que hay gente que ha utilizado otros razonamientos para responder... y como consecuencia de ello han fallado o han dejado de responder la pregunta.

Un saludo

Ese ha sido el problema real de este examen, que dependía mucho del punto de vista o de lo que pienses, a los datos me remito, con 5 no pasan más de 300 y eso era poco y lo han bajado a 4, ahora si yo supiera que con 4 valdria, no arriesgaria lo que arriesgue. A mi me ha parecido una chapuza bastante grande, eso si, no tengo experiencia en oposiciones, y no se si todas son asi, me imagino que no porque suele pasar mas gente de la que paso con un 5. Alguien que ha sacado un 6,3 no es normal que se situe en el puesto 35 de 2800 personas.

Alguien que ha sacado un 6,3 en un examen difícil tiene más mérito que sacar un 9 en un examen fácil y que coste que no es mi nota. Es el orden el que predomina en un proceso de selección, no la nota.

En Barakaldo en 2009 de 50 preguntas había que tener 52 bien, así que la nota de corte fue en 8.  De todos los exámenes que he hecho y han sido muchos, ésta es la nota de corte más alta que he tenido que "sufrir". Está publicado en la web

http://www.barakaldo.org/portal/web/empleo/empleo?p_p_id=listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys&p_p_lifecycle=0&p_p_state=maximized&p_p_mode=view&p_p_col_id=column-2&p_p_col_pos=1&p_p_col_count=2&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_struts_action=%2Fext%2Flistadocontenidos%2Fviewcontenido&p_p_state=21302&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_groupId=21302&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_articleId=99718&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_structureId=CONVOCATORIA_EMPLEO&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_templateId=CONVOCATORIA_EMPLEO&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_version=1.0&visualizar=listado

Me he equivocado obviamente 42 de 50. Lo pone claramente en la primera hoja de la corrección del primer ejercicio.


mariaantia

Cita de: mariaantia en 03 de Abril de 2017, 19:08:04 PM
Cita de: nineu79 en 03 de Abril de 2017, 18:31:38 PM
Cita de: Lueslo75 en 03 de Abril de 2017, 17:31:36 PM
Buenas tardes,

A mi entender las preguntas 1, 6 y 53 del modelo B de examen son impugnables.

Se puede ver fácilmente qué preguntas son equivalentes en el modelo A examen porque presento el texto de las preguntas en sí.
De hecho en correos anteriores pongo los fundamentos en los que me baso y como tal he presentado el escrito esta mañana en la oficina de Zuzenean del Gobierno vasco.

Si alguna otra persona considera impugnar estas preguntas porque las ha fallado  pretendo ayudarles con los textos que se pueden leer arriba. Hay poco tiempo y toda ayuda es poca.


A mi entender, las respuestas válidas en las preguntas 1 y 6  y 53 deberían ser invalidadas.


No pretendo entrar en debate de si tengo razón o no... porque todo depende del punto que se mire cada respuesta y obviamente , a priori, la comisión que ha redactado las respuestas ya tiene otro punto de vista. Se trata simplemente de que entiendan que hay gente que ha utilizado otros razonamientos para responder... y como consecuencia de ello han fallado o han dejado de responder la pregunta.

Un saludo

Ese ha sido el problema real de este examen, que dependía mucho del punto de vista o de lo que pienses, a los datos me remito, con 5 no pasan más de 300 y eso era poco y lo han bajado a 4, ahora si yo supiera que con 4 valdria, no arriesgaria lo que arriesgue. A mi me ha parecido una chapuza bastante grande, eso si, no tengo experiencia en oposiciones, y no se si todas son asi, me imagino que no porque suele pasar mas gente de la que paso con un 5. Alguien que ha sacado un 6,3 no es normal que se situe en el puesto 35 de 2800 personas.

Alguien que ha sacado un 6,3 en un examen difícil tiene más mérito que sacar un 9 en un examen fácil y que coste que no es mi nota. Es el orden el que predomina en un proceso de selección, no la nota.

En Barakaldo en 2009 de 50 preguntas había que tener 52 bien, así que la nota de corte fue en 8.  De todos los exámenes que he hecho y han sido muchos, ésta es la nota de corte más alta que he tenido que "sufrir". Está publicado en la web

http://www.barakaldo.org/portal/web/empleo/empleo?p_p_id=listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys&p_p_lifecycle=0&p_p_state=maximized&p_p_mode=view&p_p_col_id=column-2&p_p_col_pos=1&p_p_col_count=2&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_struts_action=%2Fext%2Flistadocontenidos%2Fviewcontenido&p_p_state=21302&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_groupId=21302&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_articleId=99718&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_structureId=CONVOCATORIA_EMPLEO&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_templateId=CONVOCATORIA_EMPLEO&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_version=1.0&visualizar=listado

En derecho también han bajado la nota a 4 y lo hacen porque quieren que haya un número determinado de personas pero hay veces que han puesto la nota de corte altísima. Yo suspendí el examen de Barakaldo con 41 preguntas bien de 50, me quedé a una pregunta y lo peor que 2 preguntas estaban mal y aunque las recurrí no hicieron nada.
Hace 2 años el Gobierno Vasco convocó ampliación de bolsa de superior y de derecho y las dos están agotadas por no haber puesto la nota de corte en aquel momento en mas baja que el 5.

unaisc

Cita de: lizitxu en 03 de Abril de 2017, 19:41:13 PM
Cómo suelen ser las pruebas de euskera?? sólo escritas o también orales??
. En esta bolsa no hay examen de euskera. Puedes acreditar el perfil  si ya lo tienes y cuenta como merito (1pto PL1 2ptos PL2 y 3 ptos PL3), pero no habrá examen para acreditar perfil en la bolsa de orientadores.
Ejercicio teórico 10 ptos
Psicotécnico 10 ptos
Perfil lingüístico 3 ptos

unaisc


Vicarbonato

Cita de: nineu79 en 03 de Abril de 2017, 19:29:02 PM
Cita de: mariaantia en 03 de Abril de 2017, 19:08:04 PM
Cita de: nineu79 en 03 de Abril de 2017, 18:31:38 PM
Cita de: Lueslo75 en 03 de Abril de 2017, 17:31:36 PM
Buenas tardes,

A mi entender las preguntas 1, 6 y 53 del modelo B de examen son impugnables.

Se puede ver fácilmente qué preguntas son equivalentes en el modelo A examen porque presento el texto de las preguntas en sí.
De hecho en correos anteriores pongo los fundamentos en los que me baso y como tal he presentado el escrito esta mañana en la oficina de Zuzenean del Gobierno vasco.

Si alguna otra persona considera impugnar estas preguntas porque las ha fallado  pretendo ayudarles con los textos que se pueden leer arriba. Hay poco tiempo y toda ayuda es poca.


A mi entender, las respuestas válidas en las preguntas 1 y 6  y 53 deberían ser invalidadas.


No pretendo entrar en debate de si tengo razón o no... porque todo depende del punto que se mire cada respuesta y obviamente , a priori, la comisión que ha redactado las respuestas ya tiene otro punto de vista. Se trata simplemente de que entiendan que hay gente que ha utilizado otros razonamientos para responder... y como consecuencia de ello han fallado o han dejado de responder la pregunta.

Un saludo

Ese ha sido el problema real de este examen, que dependía mucho del punto de vista o de lo que pienses, a los datos me remito, con 5 no pasan más de 300 y eso era poco y lo han bajado a 4, ahora si yo supiera que con 4 valdria, no arriesgaria lo que arriesgue. A mi me ha parecido una chapuza bastante grande, eso si, no tengo experiencia en oposiciones, y no se si todas son asi, me imagino que no porque suele pasar mas gente de la que paso con un 5. Alguien que ha sacado un 6,3 no es normal que se situe en el puesto 35 de 2800 personas.

Alguien que ha sacado un 6,3 en un examen difícil tiene más mérito que sacar un 9 en un examen fácil y que coste que no es mi nota. Es el orden el que predomina en un proceso de selección, no la nota.

En Barakaldo en 2009 de 50 preguntas había que tener 52 bien, así que la nota de corte fue en 8.  De todos los exámenes que he hecho y han sido muchos, ésta es la nota de corte más alta que he tenido que "sufrir". Está publicado en la web

http://www.barakaldo.org/portal/web/empleo/empleo?p_p_id=listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys&p_p_lifecycle=0&p_p_state=maximized&p_p_mode=view&p_p_col_id=column-2&p_p_col_pos=1&p_p_col_count=2&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_struts_action=%2Fext%2Flistadocontenidos%2Fviewcontenido&p_p_state=21302&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_groupId=21302&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_articleId=99718&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_structureId=CONVOCATORIA_EMPLEO&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_templateId=CONVOCATORIA_EMPLEO&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_version=1.0&visualizar=listado

Yo no lo he dicho para quitarle merito a esa persona, ni mucho menos, la dificultad era la misma para todos, pero no me parece profesional decir y poner en la hoja de presentacion en IVAP que habia que sacar 5 para aprobar, y ver que 5 o mas han sacado solo 300 de 2800 y despues bajarlo a 4 porque no hay suficiente personas dentro. La proxima vez ya se mejor como funciona esto. Pero que nadie se crea que le estoy quitando merito, tan solo estoy criticando el proceso que se ha llevado. A caso en los demas examenes que se han realizado, han tenido que bajar la nota???
Hombre... Más que bajar la nota... Habrán usado la campana de Gauss o algo así. Al final, lo que determina la nota de corte  más justa es que se valore sobre la nota más alta y no la alta que dan ellos. Si la puntuación más alta sobre 10 es un 8, no es que seamos todos unos cafres o que no hemos estudiado ... Es que el examen por una cosa u otra o varias, ha sido complicado. Hablo de esta bolsa. Yo no sé que ha pasado en otras exactamente pero se que han existido fallos. Aquí se estableció de primeras esa nota de corte. Que en otras hayan bajado la nota después pues será xq han tenido fallos. No creo que sea por otra cosa. Dicho esto, en el ivap me han dicho que no saben cuándo serán los psicotécnicos, según la señorita del tlf, eso es decisión del tribunal...  Yo creía que darían la fecha junto con los resultados provisionales xo conincido en lo que han dicho más arriba, va a tocar esperar a la lista definitiva.

Mandarina


mariaantia

Alguien que ha sacado un 6,3 en un examen difícil tiene más mérito que sacar un 9 en un examen fácil y que coste que no es mi nota. Es el orden el que predomina en un proceso de selección, no la nota.

En Barakaldo en 2009 de 50 preguntas había que tener 42 bien, así que la nota de corte fue en 8,4.  De todos los exámenes que he hecho y han sido muchos, ésta es la nota de corte más alta que he tenido que "sufrir", obviamente el examen fue muy fácil. Está publicado en la web

http://www.barakaldo.org/portal/web/empleo/empleo?p_p_id=listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys&p_p_lifecycle=0&p_p_state=maximized&p_p_mode=view&p_p_col_id=column-2&p_p_col_pos=1&p_p_col_count=2&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_struts_action=%2Fext%2Flistadocontenidos%2Fviewcontenido&p_p_state=21302&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_groupId=21302&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_articleId=99718&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_structureId=CONVOCATORIA_EMPLEO&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_templateId=CONVOCATORIA_EMPLEO&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_version=1.0&visualizar=listado
[/quote]

Yombre... Más que bajar la nota... Habrán usado la campana de Gauss o algo así. Al final, lo que determina la nota de corte  más justa es que se valore sobre la nota más alta y no la alta que dan ellos. Si la puntuación más alta sobre 10 es un 8, no es que seamos todos unos cafres o que no hemos estudiado ... Es que el examen por una cosa u otra o varias, ha sido complicado. Hablo de esta bolsa. Yo no sé que ha pasado en otras exactamente pero se que han existido fallos. Aquí se estableció de primeras esa nota de corte. Que en otras hayan bajado la nota después pues será xq han tenido fallos. No creo que sea por otra cosa. Dicho esto, en el ivap me han dicho que no saben cuándo serán los psicotécnicos, según la señorita del tlf, eso es decisión del tribunal...  Yo creía que darían la fecha junto con los resultados provisionales xo conincido en lo que han dicho más arriba, va a tocar esperar a la lista definitiva.
[/quote

Qué tienes toda la razón en que este examen no ha sido fácil, de ahí los resultados. La nota de corte se ha realizado tal y como ponía en las bases ("El Tribunal establecerá, antes de conocer la autoría de los ejercicios realizados, la puntuación mínima necesaria para superar la prueba"). La nota de corte se determina según el resultado del ejercicio, por eso se corrige primero, se establece la nota después y luego se publican los resultados provisionales. En administrativo y en superior se ha aprobado con 5 pero es que hay algo mas de 1000 personas, que quiere decir que estos exámenes han sido más asequibles.

nineu79

Cita de: Vicarbonato en 03 de Abril de 2017, 20:40:28 PM
Cita de: nineu79 en 03 de Abril de 2017, 19:29:02 PM
Cita de: mariaantia en 03 de Abril de 2017, 19:08:04 PM
Cita de: nineu79 en 03 de Abril de 2017, 18:31:38 PM
Cita de: Lueslo75 en 03 de Abril de 2017, 17:31:36 PM
Buenas tardes,

A mi entender las preguntas 1, 6 y 53 del modelo B de examen son impugnables.

Se puede ver fácilmente qué preguntas son equivalentes en el modelo A examen porque presento el texto de las preguntas en sí.
De hecho en correos anteriores pongo los fundamentos en los que me baso y como tal he presentado el escrito esta mañana en la oficina de Zuzenean del Gobierno vasco.

Si alguna otra persona considera impugnar estas preguntas porque las ha fallado  pretendo ayudarles con los textos que se pueden leer arriba. Hay poco tiempo y toda ayuda es poca.


A mi entender, las respuestas válidas en las preguntas 1 y 6  y 53 deberían ser invalidadas.


No pretendo entrar en debate de si tengo razón o no... porque todo depende del punto que se mire cada respuesta y obviamente , a priori, la comisión que ha redactado las respuestas ya tiene otro punto de vista. Se trata simplemente de que entiendan que hay gente que ha utilizado otros razonamientos para responder... y como consecuencia de ello han fallado o han dejado de responder la pregunta.

Un saludo

Ese ha sido el problema real de este examen, que dependía mucho del punto de vista o de lo que pienses, a los datos me remito, con 5 no pasan más de 300 y eso era poco y lo han bajado a 4, ahora si yo supiera que con 4 valdria, no arriesgaria lo que arriesgue. A mi me ha parecido una chapuza bastante grande, eso si, no tengo experiencia en oposiciones, y no se si todas son asi, me imagino que no porque suele pasar mas gente de la que paso con un 5. Alguien que ha sacado un 6,3 no es normal que se situe en el puesto 35 de 2800 personas.

Alguien que ha sacado un 6,3 en un examen difícil tiene más mérito que sacar un 9 en un examen fácil y que coste que no es mi nota. Es el orden el que predomina en un proceso de selección, no la nota.

En Barakaldo en 2009 de 50 preguntas había que tener 52 bien, así que la nota de corte fue en 8.  De todos los exámenes que he hecho y han sido muchos, ésta es la nota de corte más alta que he tenido que "sufrir". Está publicado en la web

http://www.barakaldo.org/portal/web/empleo/empleo?p_p_id=listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys&p_p_lifecycle=0&p_p_state=maximized&p_p_mode=view&p_p_col_id=column-2&p_p_col_pos=1&p_p_col_count=2&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_struts_action=%2Fext%2Flistadocontenidos%2Fviewcontenido&p_p_state=21302&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_groupId=21302&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_articleId=99718&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_structureId=CONVOCATORIA_EMPLEO&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_templateId=CONVOCATORIA_EMPLEO&_listadocontenidos_INSTANCE_h7Ys_version=1.0&visualizar=listado

Yo no lo he dicho para quitarle merito a esa persona, ni mucho menos, la dificultad era la misma para todos, pero no me parece profesional decir y poner en la hoja de presentacion en IVAP que habia que sacar 5 para aprobar, y ver que 5 o mas han sacado solo 300 de 2800 y despues bajarlo a 4 porque no hay suficiente personas dentro. La proxima vez ya se mejor como funciona esto. Pero que nadie se crea que le estoy quitando merito, tan solo estoy criticando el proceso que se ha llevado. A caso en los demas examenes que se han realizado, han tenido que bajar la nota???
Hombre... Más que bajar la nota... Habrán usado la campana de Gauss o algo así. Al final, lo que determina la nota de corte  más justa es que se valore sobre la nota más alta y no la alta que dan ellos. Si la puntuación más alta sobre 10 es un 8, no es que seamos todos unos cafres o que no hemos estudiado ... Es que el examen por una cosa u otra o varias, ha sido complicado. Hablo de esta bolsa. Yo no sé que ha pasado en otras exactamente pero se que han existido fallos. Aquí se estableció de primeras esa nota de corte. Que en otras hayan bajado la nota después pues será xq han tenido fallos. No creo que sea por otra cosa. Dicho esto, en el ivap me han dicho que no saben cuándo serán los psicotécnicos, según la señorita del tlf, eso es decisión del tribunal...  Yo creía que darían la fecha junto con los resultados provisionales xo conincido en lo que han dicho más arriba, va a tocar esperar a la lista definitiva.

La campana de Gauss??? Piensalo.... me dices cual es la media de esa campana...

nineu79


Oposisi

siii ya sé que en esta bolsa no hay examen de euskera, mi pregunta es, normalmente cuando hacen el examen para acreditar el perfil si incluye el ahozko, eta idatzi eta entzumena? Eskerrik asko!
Cita de: unaisc en 03 de Abril de 2017, 20:06:05 PM
Cita de: lizitxu en 03 de Abril de 2017, 19:41:13 PM
Cómo suelen ser las pruebas de euskera?? sólo escritas o también orales??
. En esta bolsa no hay examen de euskera. Puedes acreditar el perfil  si ya lo tienes y cuenta como merito (1pto PL1 2ptos PL2 y 3 ptos PL3), pero no habrá examen para acreditar perfil en la bolsa de orientadores.
Ejercicio teórico 10 ptos
Psicotécnico 10 ptos
Perfil lingüístico 3 ptos

ss

hola, yo también voy a reclamar la pregunta 10 del modelo  A, esa está clara pero me gustaría saber si hay alguien más que quiera reclamar la 1 ámbitos de actuación en la orientación como la plantearía y la 14 Lanbide está constituido, alguien ha comentado que también sería reclamable , se podría poner en contacto conmigo o poner en el foro como plantearía la reclamación ?

Soniss

Hola, yo soy nueva en esto de las oposiciones y no se como va esto de las impugnaciones.
A mi entender la pregunta 10 del modelo A es evidente que está mal, ya que como varias personas habéis apuntado y con la ley en la malo se ve que se trata de un error, ya que la correcta es la D). Lo que no sé es si cuántas más personas  impugnen esta pregunta es mejor o da lo mismo o cómo va ésto.

Por otro lado respecto a las otras preguntas que coméntais la 1 ámbitos de orientación, en la la página de Lanbide, en la pestaña de Orientación pone explicitamente:
Ámbitos de actuación en la orientación: 1. Planificación - 2. Habilidades - 3. Motivación - 4. Información.

Y sobre la la pregunta 14 lo mismo en la misma página de Lanbide, en imagen corporativa pone explicitamente

Información Corporativa. Lanbide es el Servicio Vasco de Empleo, adscrito al Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco.

Inicialmente, fue creado como  ente público de derecho privado mediante la disposición adicional segunda de la Ley 2/2009, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los presupuestos generales de la CAE para el ejercicio 2010.

El Real Decreto 1441/2010, de 5 de noviembre, recoge el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Euskadi de las funciones y servicios en materia de ejecución de la legislación laboral en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación profesional para el empleo que realiza el Servicio Público de Empleo Estatal.

Posteriormente, por Ley 3/2011, de 13 de octubre, sobre Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, se procede a la creación de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo como ___organismo autónomo administrativo___ de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.3 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco.


eduardoduo

Hola:

Yo también voy a impugnar la pregunta 10 del modelo A, parece claramente una equivocación.
Veo que nadie hace mención a la pregunta 19.En la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa se ha de cumplir el requisito de:Carecer de título oficial de enseñanza obligatoria, de título de formación profesional o de certificado de profesionalidad. Esta es la que dan ellos por buena, la D. En la guía de contratos elaborada por el SEPE a 1 de enero de este año, página 82, dice claramente que otro de los requisitos es "Ser beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil", vamos, que tan clara o más que la 10.
Desearos a todos mucha mierda y recordad que por ahora las listas son provisionales, y que me da la sensación de que van a bailar más de dos preguntas, con lo que va a haber bailes hacia arriba y hacia abajo en las listas.

eduardoduo


begotxu11

Cita de: eduardoduo en 04 de Abril de 2017, 01:10:33 AM
Hola:

Yo también voy a impugnar la pregunta 10 del modelo A, parece claramente una equivocación.
Veo que nadie hace mención a la pregunta 19.En la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa se ha de cumplir el requisito de:Carecer de título oficial de enseñanza obligatoria, de título de formación profesional o de certificado de profesionalidad. Esta es la que dan ellos por buena, la D. En la guía de contratos elaborada por el SEPE a 1 de enero de este año, página 82, dice claramente que otro de los requisitos es "Ser beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil", vamos, que tan clara o más que la 10.
Desearos a todos mucha mierda y recordad que por ahora las listas son provisionales, y que me da la sensación de que van a bailar más de dos preguntas, con lo que va a haber bailes hacia arriba y hacia abajo en las listas.

¡Tienes toda la razón! Yo esa no la contesté, precisamente, por sonarme dos de los requisitos que aparecían. Pero sí, es verdad es un claro ejemplo de otra que está directamente mal.

nineu79

ENTRE LAS CARACTERÍSTICAS SOCIO-LABORALES ESENCIALES DEL COLECTIVO
DE JOVENES SEÑALE UN FACTOR ACTITUDINAL:
53a) Experiencia laboral nula o escasa.
53b) Escasa formación y baja predisposición.
53c) Protección social escasa o inexistente.
53d) Baja autoestima y autoconfianza.

Puede alguien explicarme porque la correcta es la d), esta pregunta es importante porque seguramente la 10 la van a anular y es la que entrara la 53. La predisposicion es un factor actitudinal, no la escasa formación vale, pero esque tener baja autoestima y autoconfianza no es una actitud. Yo esta pregunta no la entiendo.

begotxu11

Cita de: nineu79 en 04 de Abril de 2017, 07:52:50 AM
ENTRE LAS CARACTERÍSTICAS SOCIO-LABORALES ESENCIALES DEL COLECTIVO
DE JOVENES SEÑALE UN FACTOR ACTITUDINAL:
53a) Experiencia laboral nula o escasa.
53b) Escasa formación y baja predisposición.
53c) Protección social escasa o inexistente.
53d) Baja autoestima y autoconfianza.

Puede alguien explicarme porque la correcta es la d), esta pregunta es importante porque seguramente la 10 la van a anular y es la que entrara la 53. La predisposicion es un factor actitudinal, no la escasa formación vale, pero esque tener baja autoestima y autoconfianza no es una actitud. Yo esta pregunta no la entiendo.

Yo la verdad es que por descarte. Al ver la palabra "actitudinal" fui descartando, las que desde mi punto de mi vista no tenían nada que ver con la actitud... La experiencia se relaciona con la cualificación de una persona, la b es lo que tu has comentado, formación no es actitud, la protección social es un factor del exterior, de la sociedad... pero entiendo que tampoco es del todo clara.

Patrisrod

Cita de: Soniss en 04 de Abril de 2017, 00:26:00 AM
Hola, yo soy nueva en esto de las oposiciones y no se como va esto de las impugnaciones.
A mi entender la pregunta 10 del modelo A es evidente que está mal, ya que como varias personas habéis apuntado y con la ley en la malo se ve que se trata de un error, ya que la correcta es la D). Lo que no sé es si cuántas más personas  impugnen esta pregunta es mejor o da lo mismo o cómo va ésto.

Por otro lado respecto a las otras preguntas que coméntais la 1 ámbitos de orientación, en la la página de Lanbide, en la pestaña de Orientación pone explicitamente:
Ámbitos de actuación en la orientación: 1. Planificación - 2. Habilidades - 3. Motivación - 4. Información.

Y sobre la la pregunta 14 lo mismo en la misma página de Lanbide, en imagen corporativa pone explicitamente

Información Corporativa. Lanbide es el Servicio Vasco de Empleo, adscrito al Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco.

Inicialmente, fue creado como  ente público de derecho privado mediante la disposición adicional segunda de la Ley 2/2009, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los presupuestos generales de la CAE para el ejercicio 2010.

El Real Decreto 1441/2010, de 5 de noviembre, recoge el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Euskadi de las funciones y servicios en materia de ejecución de la legislación laboral en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación profesional para el empleo que realiza el Servicio Público de Empleo Estatal.

Posteriormente, por Ley 3/2011, de 13 de octubre, sobre Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, se procede a la creación de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo como ___organismo autónomo administrativo___ de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.3 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco.

Eso es. La de ámbitos de la orientación lo pone en varios sitios bien claro. Así que esa, al menos en mi opinión, no es impugnable.

Patrisrod

Cita de: begolemoa en 04 de Abril de 2017, 07:20:03 AM
Cita de: eduardoduo en 04 de Abril de 2017, 01:10:33 AM
Hola:

Yo también voy a impugnar la pregunta 10 del modelo A, parece claramente una equivocación.
Veo que nadie hace mención a la pregunta 19.En la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa se ha de cumplir el requisito de:Carecer de título oficial de enseñanza obligatoria, de título de formación profesional o de certificado de profesionalidad. Esta es la que dan ellos por buena, la D. En la guía de contratos elaborada por el SEPE a 1 de enero de este año, página 82, dice claramente que otro de los requisitos es "Ser beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil", vamos, que tan clara o más que la 10.
Desearos a todos mucha mierda y recordad que por ahora las listas son provisionales, y que me da la sensación de que van a bailar más de dos preguntas, con lo que va a haber bailes hacia arriba y hacia abajo en las listas.

¡Tienes toda la razón! Yo esa no la contesté, precisamente, por sonarme dos de los requisitos que aparecían. Pero sí, es verdad es un claro ejemplo de otra que está directamente mal.

A mi también me sonaba lo de garantía juvenil pero no estaba segura. Al ser algo nuevo que han introducido en enero como dices...quizás no lo sabían. Así que a ver qué dicen.

msa

Egunon! Perdonad, rectifico cuando mencioné impugnar la pregunta de los ámbitos de actuación (1). Fue un error mio, que asumo, porque se me coló la plantilla del modelo B (problemas de estar en el ordenador con varias páginas abiertas). Tanto la pregunta como la respuesta aceptada están bien y no se pueden impugnar. Siento si he podido causar molestias al haberlo mencionado.

nineu79

Cita de: begolemoa en 04 de Abril de 2017, 08:09:05 AM
Cita de: nineu79 en 04 de Abril de 2017, 07:52:50 AM
ENTRE LAS CARACTERÍSTICAS SOCIO-LABORALES ESENCIALES DEL COLECTIVO
DE JOVENES SEÑALE UN FACTOR ACTITUDINAL:
53a) Experiencia laboral nula o escasa.
53b) Escasa formación y baja predisposición.
53c) Protección social escasa o inexistente.
53d) Baja autoestima y autoconfianza.

Puede alguien explicarme porque la correcta es la d), esta pregunta es importante porque seguramente la 10 la van a anular y es la que entrara la 53. La predisposicion es un factor actitudinal, no la escasa formación vale, pero esque tener baja autoestima y autoconfianza no es una actitud. Yo esta pregunta no la entiendo.

Yo la verdad es que por descarte. Al ver la palabra "actitudinal" fui descartando, las que desde mi punto de mi vista no tenían nada que ver con la actitud... La experiencia se relaciona con la cualificación de una persona, la b es lo que tu has comentado, formación no es actitud, la protección social es un factor del exterior, de la sociedad... pero entiendo que tampoco es del todo clara.

Dentro del Modelo general de actuación de Lanbide, en la valoracion de empleabilidad dentro del apartado motivación aparece esto:

APARTADO MOTIVACIÓN

actitudes personales

Proactividad: Actitud por la cual la persona asume el pleno control de su proyecto vital-profesional de modo activo,
lo que implica la toma de iniciativa en el desarrollo de acciones que tienen como propósito su inserción laboral y/o
formativa.
Centralidad en el empleo: Valor que ocupa el trabajo en el proyecto vital–profesional de la persona demandante.
Integración del proyecto profesional en su propio proyecto personal.


AUTOESTIMA:

Autonomía: Competencia de la persona para afrontar de forma individual la gestión de los requerimientos y
exigencias de acceso a su inserción laboral y al desarrollo de su proyecto vital-profesional.

Autoconfianza: Actitud por la cual la persona se percibe con posibilidades para conseguir sus retos y objetivos y con
capacidad para superar las dificultades inherentes a los mismos.

Es decir la baja autoestima no aparece como una actitud personal, sino en el apartado de autoestima. Que os parece como razonamiento??

nineu79

Cita de: Patrisanrod en 04 de Abril de 2017, 09:04:05 AM
Cita de: begolemoa en 04 de Abril de 2017, 07:20:03 AM
Cita de: eduardoduo en 04 de Abril de 2017, 01:10:33 AM
Hola:

Yo también voy a impugnar la pregunta 10 del modelo A, parece claramente una equivocación.
Veo que nadie hace mención a la pregunta 19.En la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa se ha de cumplir el requisito de:Carecer de título oficial de enseñanza obligatoria, de título de formación profesional o de certificado de profesionalidad. Esta es la que dan ellos por buena, la D. En la guía de contratos elaborada por el SEPE a 1 de enero de este año, página 82, dice claramente que otro de los requisitos es "Ser beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil", vamos, que tan clara o más que la 10.
Desearos a todos mucha mierda y recordad que por ahora las listas son provisionales, y que me da la sensación de que van a bailar más de dos preguntas, con lo que va a haber bailes hacia arriba y hacia abajo en las listas.

¡Tienes toda la razón! Yo esa no la contesté, precisamente, por sonarme dos de los requisitos que aparecían. Pero sí, es verdad es un claro ejemplo de otra que está directamente mal.

A mi también me sonaba lo de garantía juvenil pero no estaba segura. Al ser algo nuevo que han introducido en enero como dices...quizás no lo sabían. Así que a ver qué dicen.

Si, yo en esa conteste lo de ser beneficiario del sistema de garantia juvenil, y ademas la conteste con bastante seguridad. Si alguien me dice como se impugna, voy a impugnarla junto con la 53 y la 10. Tengo certificado electronico digital.

nineu79

#773
Cita de: begolemoa en 04 de Abril de 2017, 08:09:05 AM
Cita de: nineu79 en 04 de Abril de 2017, 07:52:50 AM
ENTRE LAS CARACTERÍSTICAS SOCIO-LABORALES ESENCIALES DEL COLECTIVO
DE JOVENES SEÑALE UN FACTOR ACTITUDINAL:
53a) Experiencia laboral nula o escasa.
53b) Escasa formación y baja predisposición.
53c) Protección social escasa o inexistente.
53d) Baja autoestima y autoconfianza.

Puede alguien explicarme porque la correcta es la d), esta pregunta es importante porque seguramente la 10 la van a anular y es la que entrara la 53. La predisposicion es un factor actitudinal, no la escasa formación vale, pero esque tener baja autoestima y autoconfianza no es una actitud. Yo esta pregunta no la entiendo.

Yo la verdad es que por descarte. Al ver la palabra "actitudinal" fui descartando, las que desde mi punto de mi vista no tenían nada que ver con la actitud... La experiencia se relaciona con la cualificación de una persona, la b es lo que tu has comentado, formación no es actitud, la protección social es un factor del exterior, de la sociedad... pero entiendo que tampoco es del todo clara.

Si claro, pero es que para mi ahi no hay una respuesta correcta, la baja autoestima, no es una actitud, es mas un pensamiento o valoracion personal, no una actitud. La actitud tiene que ver mas con el comportamiento o la accion, es CONDUCTUAL, y la baja autoestima es puramente COGNITIVA, que luego tendran como consecuencia una serie de comportamientos, pero en si misma no es una ACTITUD.

msa

A decir verdad, yo la pregunta 53 la tengo mal, porque con los nervios prescindi de la parte "factor actitudinal" y respondi en base a "LAS CARACTERÍSTICAS SOCIO-LABORALES ESENCIALES DEL COLECTIVO DE JOVENES" por lo tanto 53a) Experiencia laboral nula o escasa, que es lo que más se menciona en lo que haya leido (de ahí la garantía juvenil, lehen aukera...). De la parte factor actitudinal prescindí porque no había leido ningún estudio con análisis factorial (de ahí el término factor actitudinal) ni descriptivo en el que se valore la autoestima y autoconfianza con pruebas validadas, la de la baja formación la descarté por la sobrecualificación actual, y la de protección social por la ambiguedad del término (el apoyo familiar o del círculo social considero que son protección social, no sólo las ayudas económicas). Es decir, me centré en CARACTERISTICAS SOCIO-LABORALES ESENCIALES. La autoestima creo que es un término mas psicosocial que sociolaboral.
Creo que en la 10 tendrían que cambiar la opcion de respuesta, la 53 eliminarla y la 19 si es así o eliminarla o considerar válidas las dos opciones, si es que ambos son requisitos.

msa

Para las impugnaciones, en la página de zuzenean, hay una lista de ayuntamientos colaboradores, con lo cual la impugnación se podría presentar en el registro de entrada (SAC normalmente) de dichos ayuntamientos.

msa

Relación de Ayuntamientos que han suscrito convenio de colaboración para presentación de escritos dirigidos a la Comunidad Autónoma del País Vasco en Registros Municipales.
Ayuntamientos de Álava

Ayuntamiento de Alegria-Dulantzi
Ayuntamiento de Amurrio
Ayuntamiento de Arraia-Maeztu
Ayuntamiento de Arratzua-Ubarrundia
Ayuntamiento de Asparrena
Ayuntamiento de Ayala/Aiara
Ayuntamiento de Baños de Ebro/Mañueta
Ayuntamiento de Barrundia
Ayuntamiento de Bernedo
Ayuntamiento de Elciego
Ayuntamiento de Elvillar/Bilar
Ayuntamiento de Erriberagoitia/Ribera Alta
Ayuntamiento de Iruña Oka/Iruña de Oca
Ayuntamiento de Iruraiz-Gauna
Ayuntamiento de Kripan
Ayuntamiento de Lanciego/Lantziego
Ayuntamiento de Laudio/Llodio
Ayuntamiento de Legutio
Ayuntamiento de Oyón-Oion
Ayuntamiento de Peñacerrada-Urizaharra
Ayuntamiento de Ribera Baja/Erribera Beitia
Ayuntamiento de Samaniego
Ayuntamiento de San Millán/Donemiliaga
Ayuntamiento de Valdegovía/Gaubea
Ayuntamiento de Villabuena/Eskuernaga
Ayuntamiento de Zambrana
Ayuntamiento de Zigoitia
Ayuntamientos de Bizkaia

Ayuntamiento de Ajangiz
Ayuntamiento de Amoroto
Ayuntamiento de Aulesti
Ayuntamiento de Basauri
Ayuntamiento de Bermeo
Ayuntamiento de Busturia
Ayuntamiento de Durango
Ayuntamiento de Ea
Ayuntamiento de Elantxobe
Ayuntamiento de Elorrio
Ayuntamiento de Erandio
Ayuntamiento de Ermua
Ayuntamiento de Etxebarria
Ayuntamiento de Gamiz-Fika
Ayuntamiento de Güeñes
Ayuntamiento de Ispaster
Ayuntamiento de Karrantza
Ayuntamiento de Kortezubi
Ayuntamiento de Leioa
Ayuntamiento de Lekeitio
Ayuntamiento de Lezama
Ayuntamiento de Mendexa
Ayuntamiento de Munitibar-Arbatzegi Gerrikaitz
Ayuntamiento de Muskiz
Ayuntamiento de Muxika
Ayuntamiento de Nabarniz
Ayuntamiento de Ortuella
Ayuntamiento de Otxandio
Ayuntamiento de Plentzia
Ayuntamiento de Sopuerta
Ayuntamiento de Sukarrieta
Ayuntamiento de Zaldibar
Ayuntamiento de Zeanuri
Ayuntamiento de Zierbena
Ayuntamientos de Gipuzkoa

Ayuntamiento de Altzo
Ayuntamiento de Andoain
Ayuntamiento de Anoeta
Ayuntamiento de Antzuola
Ayuntamiento de Aretxabaleta
Ayuntamiento de Arrasate/Mondragón
Ayuntamiento de Azkoitia
Ayuntamiento de Azpeitia
Ayuntamiento de Berrobi
Ayuntamiento de Eibar
Ayuntamiento de Elduain
Ayuntamiento de Eskoriatza
Ayuntamiento de Ezkio-Itsaso
Ayuntamiento de Gabiria
Ayuntamiento de Getaria
Ayuntamiento de Hernani
Ayuntamiento de Hernialde
Ayuntamiento de Hondarribia
Ayuntamiento de Ibarra
Ayuntamiento de Idiazabal
Ayuntamiento de Irun
Ayuntamiento de Irura
Ayuntamiento de Lazkao
Ayuntamiento de Legazpi
Ayuntamiento de Legorreta
Ayuntamiento de Leintz-Gatzaga
Ayuntamiento de Lezo
Ayuntamiento de Lizartza
Ayuntamiento de Olaberria
Ayuntamiento de Ormaiztegi
Ayuntamiento de Urnieta
Ayuntamiento de Urretxu
Ayuntamiento de Zarautz
Ayuntamiento de Zegama
Ayuntamiento de Zumaia
Ayuntamiento de Zumarraga

nineu79

Yo estoy dispuesto a impugnar la 10, la 19 y la 53, ahora creo que seria mas serio que preparásemos entre todos un escrito y presentar lo mismo, razonando las preguntas tal y como pensamos. A mi me parece muy lógico impugnar esas, es mi opinión.

eduardoduo

Cita de: msa en 04 de Abril de 2017, 09:46:36 AM
A decir verdad, yo la pregunta 53 la tengo mal, porque con los nervios prescindi de la parte "factor actitudinal" y respondi en base a "LAS CARACTERÍSTICAS SOCIO-LABORALES ESENCIALES DEL COLECTIVO DE JOVENES" por lo tanto 53a) Experiencia laboral nula o escasa, que es lo que más se menciona en lo que haya leido (de ahí la garantía juvenil, lehen aukera...). De la parte factor actitudinal prescindí porque no había leido ningún estudio con análisis factorial (de ahí el término factor actitudinal) ni descriptivo en el que se valore la autoestima y autoconfianza con pruebas validadas, la de la baja formación la descarté por la sobrecualificación actual, y la de protección social por la ambiguedad del término (el apoyo familiar o del círculo social considero que son protección social, no sólo las ayudas económicas). Es decir, me centré en CARACTERISTICAS SOCIO-LABORALES ESENCIALES. La autoestima creo que es un término mas psicosocial que sociolaboral.
Creo que en la 10 tendrían que cambiar la opcion de respuesta, la 53 eliminarla y la 19 si es así o eliminarla o considerar válidas las dos opciones, si es que ambos son requisitos.

Mucho me temo que lo de dar por válidas dos opciones va a ser que no. Cuando hay dos opciones claras de respuesta, los que saben, o les suena, suelen dudar mucho y no contestan la pregunta. Yo creo que lo justo es dar por válidas las dos opciones y el no haber contestado, aunque yo apostaría que irán a lo fácil; anular la pregunta.

begotxu11

Cita de: eduardoduo en 04 de Abril de 2017, 10:17:52 AM
Cita de: msa en 04 de Abril de 2017, 09:46:36 AM
A decir verdad, yo la pregunta 53 la tengo mal, porque con los nervios prescindi de la parte "factor actitudinal" y respondi en base a "LAS CARACTERÍSTICAS SOCIO-LABORALES ESENCIALES DEL COLECTIVO DE JOVENES" por lo tanto 53a) Experiencia laboral nula o escasa, que es lo que más se menciona en lo que haya leido (de ahí la garantía juvenil, lehen aukera...). De la parte factor actitudinal prescindí porque no había leido ningún estudio con análisis factorial (de ahí el término factor actitudinal) ni descriptivo en el que se valore la autoestima y autoconfianza con pruebas validadas, la de la baja formación la descarté por la sobrecualificación actual, y la de protección social por la ambiguedad del término (el apoyo familiar o del círculo social considero que son protección social, no sólo las ayudas económicas). Es decir, me centré en CARACTERISTICAS SOCIO-LABORALES ESENCIALES. La autoestima creo que es un término mas psicosocial que sociolaboral.
Creo que en la 10 tendrían que cambiar la opcion de respuesta, la 53 eliminarla y la 19 si es así o eliminarla o considerar válidas las dos opciones, si es que ambos son requisitos.

Mucho me temo que lo de dar por válidas dos opciones va a ser que no. Cuando hay dos opciones claras de respuesta, los que saben, o les suena, suelen dudar mucho y no contestan la pregunta. Yo creo que lo justo es dar por válidas las dos opciones y el no haber contestado, aunque yo apostaría que irán a lo fácil; anular la pregunta.

Yo por ejemplo, no contesté por sonarme más de una opción. Y supongo que el contestó una, es por sonarle solo esa...

sí, como dices, creo que en ese caso lo que procede es anular la pregunta

msa

Dándole vueltas a la pregunta 53. El término socio-laboral ni sociolaboral aparecen en el diccionario de la lengua española.
Laboral: 1. adj. Perteneciente o relativo al trabajo, en su aspecto económico, jurídico y social.
Social:
1. adj. Perteneciente o relativo a la sociedad.
2. adj. Perteneciente o relativo a una compañía o sociedad, o a los socios o compañeros, aliados o confederados.
3. adj. Der. Dicho de un orden jurisdiccional: Competente en materia laboral y de seguridad social.
Teniendo en cuenta estas definiciones, la autoestima no creo que se pudiera englobar en el termino socio-laboral ni caracteristica sociolaboral.

begotxu11

Cita de: nineu79 en 04 de Abril de 2017, 10:08:47 AM
Yo estoy dispuesto a impugnar la 10, la 19 y la 53, ahora creo que seria mas serio que preparásemos entre todos un escrito y presentar lo mismo, razonando las preguntas tal y como pensamos. A mi me parece muy lógico impugnar esas, es mi opinión.

Yo ya he presentado el escrito. Si alguien necesita la argumentación de la 10, o al menos si le sirve como orientación lo copio-pego aquí:

La pregunta número 10 del modelo A, dispone:
"Según el Texto Refundido de la Ley De Empleo:
10a La coordinación del Sistema Nacional de Empleo se llevará a cabo principalmente a través de los siguientes instrumentos: La Estrategia Española de Activación para el Empleo, los Planes Anuales de Política de Empleo y el Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo.
10b La Estrategia Española de Activación para el Empleo se aprueba por el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
10c Los Planes Anuales de Política de Empleo se elaboran por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, se informan por el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo y se aprueban por el Consejo de Ministros.
10d Todas las respuestas anteriores son correctas."
El Tribunal, ha considerado válida la "c". A juicio de la recurrente, sin embargo, la respuesta válida debería ser la "d" en base a los artículos 9, primer párrafo del apartado primero del artículo 10, y apartado segundo del artículo 11 del Texto Refundido de La Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 octubre.
•   El artículo 9 coincide literalmente con la respuesta de la letra "a" al disponer: "La coordinación del Sistema Nacional de Empleo se llevará a cabo principalmente a través de los siguientes instrumentos:
a) La Estrategia Española de Activación para el Empleo, regulada en el artículo 10.
b) Los Planes Anuales de Política de Empleo, regulados en el artículo 11.
c) El Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo, regulado en el artículo 12."
•   El apartado primero del artículo 10 coincide literalmente con la respuesta de la letra "b" al disponer "En el ejercicio de las competencias definidas en el artículo 3.1, el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, aprobará la Estrategia Española de Activación para el Empleo, que se elaborará...".

•   El apartado segundo del artículo 11 coincide literalmente con la respuesta de la letra "c" al disponer: "Los Planes Anuales de Política de Empleo se elaborarán por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, teniendo en cuenta las previsiones formuladas por las comunidades autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal en el seno de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, se informarán por el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo, regulado en el artículo 8.b), y se aprobarán por el Consejo de Ministros."

nineu79

Cita de: begolemoa en 04 de Abril de 2017, 10:44:24 AM
Cita de: nineu79 en 04 de Abril de 2017, 10:08:47 AM
Yo estoy dispuesto a impugnar la 10, la 19 y la 53, ahora creo que seria mas serio que preparásemos entre todos un escrito y presentar lo mismo, razonando las preguntas tal y como pensamos. A mi me parece muy lógico impugnar esas, es mi opinión.

Yo ya he presentado el escrito. Si alguien necesita la argumentación de la 10, o al menos si le sirve como orientación lo copio-pego aquí:

La pregunta número 10 del modelo A, dispone:
"Según el Texto Refundido de la Ley De Empleo:
10a La coordinación del Sistema Nacional de Empleo se llevará a cabo principalmente a través de los siguientes instrumentos: La Estrategia Española de Activación para el Empleo, los Planes Anuales de Política de Empleo y el Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo.
10b La Estrategia Española de Activación para el Empleo se aprueba por el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
10c Los Planes Anuales de Política de Empleo se elaboran por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, se informan por el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo y se aprueban por el Consejo de Ministros.
10d Todas las respuestas anteriores son correctas."
El Tribunal, ha considerado válida la "c". A juicio de la recurrente, sin embargo, la respuesta válida debería ser la "d" en base a los artículos 9, primer párrafo del apartado primero del artículo 10, y apartado segundo del artículo 11 del Texto Refundido de La Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 octubre.
•   El artículo 9 coincide literalmente con la respuesta de la letra "a" al disponer: "La coordinación del Sistema Nacional de Empleo se llevará a cabo principalmente a través de los siguientes instrumentos:
a) La Estrategia Española de Activación para el Empleo, regulada en el artículo 10.
b) Los Planes Anuales de Política de Empleo, regulados en el artículo 11.
c) El Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo, regulado en el artículo 12."
•   El apartado primero del artículo 10 coincide literalmente con la respuesta de la letra "b" al disponer "En el ejercicio de las competencias definidas en el artículo 3.1, el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, aprobará la Estrategia Española de Activación para el Empleo, que se elaborará...".

•   El apartado segundo del artículo 11 coincide literalmente con la respuesta de la letra "c" al disponer: "Los Planes Anuales de Política de Empleo se elaborarán por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, teniendo en cuenta las previsiones formuladas por las comunidades autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal en el seno de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, se informarán por el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo, regulado en el artículo 8.b), y se aprobarán por el Consejo de Ministros."

Pero como se hace, solo hay que presentar un escrito formal en un word, o hay que hacer algo mas, supongo que habra que rellenar alguna hoja, tus datos etc..

nineu79

#783
Cita de: msa en 04 de Abril de 2017, 10:39:53 AM
Dándole vueltas a la pregunta 53. El término socio-laboral ni sociolaboral aparecen en el diccionario de la lengua española.
Laboral: 1. adj. Perteneciente o relativo al trabajo, en su aspecto económico, jurídico y social.
Social:
1. adj. Perteneciente o relativo a la sociedad.
2. adj. Perteneciente o relativo a una compañía o sociedad, o a los socios o compañeros, aliados o confederados.
3. adj. Der. Dicho de un orden jurisdiccional: Competente en materia laboral y de seguridad social.
Teniendo en cuenta estas definiciones, la autoestima no creo que se pudiera englobar en el termino socio-laboral ni caracteristica sociolaboral.

Yo tiraria mas que una valoracion personal (baja autoestima o autoconcepto) es mas un PENSAMIENTO COGNITIVO que una ACTITUD, que tienda mas a la ACCION o CONDUCTA. En mi opinión en esta pregunta no hay opción correcta, yo estuve dudando entre la b) y la d) al final lo mas actitudinal me pareció la PREDISPOSICIÓN.

ma_37

¿Como reclamaríais la pregunta 53? Quiero reclamarla ya que me parece una pregunta bastante confusa y me gustaría saber que argumentos habéis utilizado en la hoja de reclamación.
Eskerrik asko!

begotxu11

Cita de: nineu79 en 04 de Abril de 2017, 11:37:48 AM
Cita de: begolemoa en 04 de Abril de 2017, 10:44:24 AM
Cita de: nineu79 en 04 de Abril de 2017, 10:08:47 AM
Yo estoy dispuesto a impugnar la 10, la 19 y la 53, ahora creo que seria mas serio que preparásemos entre todos un escrito y presentar lo mismo, razonando las preguntas tal y como pensamos. A mi me parece muy lógico impugnar esas, es mi opinión.

Yo ya he presentado el escrito. Si alguien necesita la argumentación de la 10, o al menos si le sirve como orientación lo copio-pego aquí:

La pregunta número 10 del modelo A, dispone:
"Según el Texto Refundido de la Ley De Empleo:
10a La coordinación del Sistema Nacional de Empleo se llevará a cabo principalmente a través de los siguientes instrumentos: La Estrategia Española de Activación para el Empleo, los Planes Anuales de Política de Empleo y el Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo.
10b La Estrategia Española de Activación para el Empleo se aprueba por el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
10c Los Planes Anuales de Política de Empleo se elaboran por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, se informan por el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo y se aprueban por el Consejo de Ministros.
10d Todas las respuestas anteriores son correctas."
El Tribunal, ha considerado válida la "c". A juicio de la recurrente, sin embargo, la respuesta válida debería ser la "d" en base a los artículos 9, primer párrafo del apartado primero del artículo 10, y apartado segundo del artículo 11 del Texto Refundido de La Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 octubre.
•   El artículo 9 coincide literalmente con la respuesta de la letra "a" al disponer: "La coordinación del Sistema Nacional de Empleo se llevará a cabo principalmente a través de los siguientes instrumentos:
a) La Estrategia Española de Activación para el Empleo, regulada en el artículo 10.
b) Los Planes Anuales de Política de Empleo, regulados en el artículo 11.
c) El Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo, regulado en el artículo 12."
•   El apartado primero del artículo 10 coincide literalmente con la respuesta de la letra "b" al disponer "En el ejercicio de las competencias definidas en el artículo 3.1, el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, aprobará la Estrategia Española de Activación para el Empleo, que se elaborará...".

•   El apartado segundo del artículo 11 coincide literalmente con la respuesta de la letra "c" al disponer: "Los Planes Anuales de Política de Empleo se elaborarán por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, teniendo en cuenta las previsiones formuladas por las comunidades autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal en el seno de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, se informarán por el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo, regulado en el artículo 8.b), y se aprobarán por el Consejo de Ministros."

Pero como se hace, solo hay que presentar un escrito formal en un word, o hay que hacer algo mas, supongo que habra que rellenar alguna hoja, tus datos etc..

En Consultas personalizadas tienes un modelo de reclamaciones, rellena el modelo y si no tienes hueco, yo lo que hice es indicar en el modelo que adjuntaba escrito de reclamación, y grapar un word al final

ss

yo ya he preparado las reclamaciones de las preguntas 10 y 19 del modelo A , que son las que están claramente mal.

pego donde hace referencia en la guía de contratos del servicio publico de empleo estatal , enero 2017 pag 82 a la pregunta y donde claramente están recogidas las dos opciones , por si a alguien le sirve.

Cláusulas específicas del contrato temporal de tiempo parcial con vinculación formativa

Requisitos de los trabajadores
Jóvenes desempleados inscritos en la Oficina de Empleo, menores de 30 años o menores de 35 años si tienen reconocido un grado de discapacidad igual o superior
al 33% y reunir alguno de los requisitos siguientes:
• Ser desempleados, inscritos ininterrumpidamente en la oficina de empleo al menos doce meses durante los dieciocho anteriores a la contratación.
• No tener experiencia laboral o que esta sea inferior a tres meses.
• Proceder de otro sector de actividad. A estos efectos se entenderá por sector de actividad el identificado como Clase mediante un código numérico de cuatro
cifras en el Anexo del Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009(CNAE-
2009), de acuerdo con su artículo 3.d).
• Carecer de título oficial de enseñanza obligatoria, de título de formación profesional o de certificado de profesionalidad.
• Ser beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

eduardoduo

Cita de: nineu79 en 04 de Abril de 2017, 11:41:06 AM
Cita de: msa en 04 de Abril de 2017, 10:39:53 AM
Dándole vueltas a la pregunta 53. El término socio-laboral ni sociolaboral aparecen en el diccionario de la lengua española.
Laboral: 1. adj. Perteneciente o relativo al trabajo, en su aspecto económico, jurídico y social.
Social:
1. adj. Perteneciente o relativo a la sociedad.
2. adj. Perteneciente o relativo a una compañía o sociedad, o a los socios o compañeros, aliados o confederados.
3. adj. Der. Dicho de un orden jurisdiccional: Competente en materia laboral y de seguridad social.
Teniendo en cuenta estas definiciones, la autoestima no creo que se pudiera englobar en el termino socio-laboral ni caracteristica sociolaboral.

Personalmente creo que esta pregunta es bastante clara, vamos que me extrañaría mucho que la retiraran. Solo tenéis que poner en el buscador las palabras "fenomeno actitudinal autoestima rosenberg" para ver que en psicología está bastante establecido que la autoestima es un factor actitudinal. La autoconfianza...ese es otro cantar, pero lo más probable es que argumenten que son sinónimas (ahí si tengo alguna reserva, pero sería rizar mucho el rizo).
En cuanto a que sociolaboral no existe en el diccionario...pues como muchas de las palabras que se usan en cualquier carrera. En cualquier caso lo mismo que antes búsqueda en Sangoogle y enseguida se ve que es un término muy común y aceptado.

nineu79

Cita de: begolemoa en 04 de Abril de 2017, 12:01:36 PM
Cita de: nineu79 en 04 de Abril de 2017, 11:37:48 AM
Cita de: begolemoa en 04 de Abril de 2017, 10:44:24 AM
Cita de: nineu79 en 04 de Abril de 2017, 10:08:47 AM
Yo estoy dispuesto a impugnar la 10, la 19 y la 53, ahora creo que seria mas serio que preparásemos entre todos un escrito y presentar lo mismo, razonando las preguntas tal y como pensamos. A mi me parece muy lógico impugnar esas, es mi opinión.

Yo ya he presentado el escrito. Si alguien necesita la argumentación de la 10, o al menos si le sirve como orientación lo copio-pego aquí:

La pregunta número 10 del modelo A, dispone:
"Según el Texto Refundido de la Ley De Empleo:
10a La coordinación del Sistema Nacional de Empleo se llevará a cabo principalmente a través de los siguientes instrumentos: La Estrategia Española de Activación para el Empleo, los Planes Anuales de Política de Empleo y el Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo.
10b La Estrategia Española de Activación para el Empleo se aprueba por el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
10c Los Planes Anuales de Política de Empleo se elaboran por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, se informan por el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo y se aprueban por el Consejo de Ministros.
10d Todas las respuestas anteriores son correctas."
El Tribunal, ha considerado válida la "c". A juicio de la recurrente, sin embargo, la respuesta válida debería ser la "d" en base a los artículos 9, primer párrafo del apartado primero del artículo 10, y apartado segundo del artículo 11 del Texto Refundido de La Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 octubre.
•   El artículo 9 coincide literalmente con la respuesta de la letra "a" al disponer: "La coordinación del Sistema Nacional de Empleo se llevará a cabo principalmente a través de los siguientes instrumentos:
a) La Estrategia Española de Activación para el Empleo, regulada en el artículo 10.
b) Los Planes Anuales de Política de Empleo, regulados en el artículo 11.
c) El Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo, regulado en el artículo 12."
•   El apartado primero del artículo 10 coincide literalmente con la respuesta de la letra "b" al disponer "En el ejercicio de las competencias definidas en el artículo 3.1, el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, aprobará la Estrategia Española de Activación para el Empleo, que se elaborará...".

•   El apartado segundo del artículo 11 coincide literalmente con la respuesta de la letra "c" al disponer: "Los Planes Anuales de Política de Empleo se elaborarán por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, teniendo en cuenta las previsiones formuladas por las comunidades autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal en el seno de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, se informarán por el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo, regulado en el artículo 8.b), y se aprobarán por el Consejo de Ministros."

Pero como se hace, solo hay que presentar un escrito formal en un word, o hay que hacer algo mas, supongo que habra que rellenar alguna hoja, tus datos etc..

En Consultas personalizadas tienes un modelo de reclamaciones, rellena el modelo y si no tienes hueco, yo lo que hice es indicar en el modelo que adjuntaba escrito de reclamación, y grapar un word al final

Ok ya lo he visto, relleno eso y lo entrego en mi ayuntamiento y fuera, perfecto.

valty

Yo también voy a pedir que se tome como respuesta correcta la D a la pregunta 28 del modelo B (10 Modelo A) y que se anule la pregunta 37 del modelo B (19 modelo A), ya que las dos son correctas y al tener que elegir una no había posible respuesta correcta. Son dos preguntas que con la ley en la mano supongo que recularán...

Quiero impugnar también la 53, pero que argumentos vais a utilizar?? Era una pregunta muy liosa y nada clara...

También en la pregunta 21 del Modelo B (3 en el Modelo A) LOS COMPONENTES ESENCIALES DEL SERVICIO DE ORIENTACIÓN SON: alguien miró un power point que colgaron en el tema 4 de LAB? Hay un power point de Angel Antuna Urcelay donde dice que "no todas las personas que pasan por la orientación pasarán por un itinerario personalizado, pero todas tendrán un servicio de valoración de empleabilidad".

Y por eso yo puse que la correcta era la A y no la D. Se que ha sido un examen muy lioso y nos habrá pasado a todos algo parecido en muchas preguntas.

Que pensáis de esta pregunta?

Patrisrod

Cita de: valty en 04 de Abril de 2017, 12:15:28 PM
Yo también voy a pedir que se tome como respuesta correcta la D a la pregunta 28 del modelo B (10 Modelo A) y que se anule la pregunta 37 del modelo B (19 modelo A), ya que las dos son correctas y al tener que elegir una no había posible respuesta correcta. Son dos preguntas que con la ley en la mano supongo que recularán...

Quiero impugnar también la 53, pero que argumentos vais a utilizar?? Era una pregunta muy liosa y nada clara...

También en la pregunta 21 del Modelo B (3 en el Modelo A) LOS COMPONENTES ESENCIALES DEL SERVICIO DE ORIENTACIÓN SON: alguien miró un power point que colgaron en el tema 4 de LAB? Hay un power point de Angel Antuna Urcelay donde dice que "no todas las personas que pasan por la orientación pasarán por un itinerario personalizado, pero todas tendrán un servicio de valoración de empleabilidad".

Y por eso yo puse que la correcta era la A y no la D. Se que ha sido un examen muy lioso y nos habrá pasado a todos algo parecido en muchas preguntas.

Que pensáis de esta pregunta?

De acuerdo con la 19 y la 10. Creo que son las más claras. En cuanto a la de los componentes esenciales yo creo que está bien. Sí es cierto que no todos pasan por un Itinerario personalizado pero aún así sigue siendo un componente esencial del servicio de orientación.


valty

#791
Cita de: Patrisanrod en 04 de Abril de 2017, 12:22:32 PM
Cita de: valty en 04 de Abril de 2017, 12:15:28 PM
Yo también voy a pedir que se tome como respuesta correcta la D a la pregunta 28 del modelo B (10 Modelo A) y que se anule la pregunta 37 del modelo B (19 modelo A), ya que las dos son correctas y al tener que elegir una no había posible respuesta correcta. Son dos preguntas que con la ley en la mano supongo que recularán...

Quiero impugnar también la 53, pero que argumentos vais a utilizar?? Era una pregunta muy liosa y nada clara...

También en la pregunta 21 del Modelo B (3 en el Modelo A) LOS COMPONENTES ESENCIALES DEL SERVICIO DE ORIENTACIÓN SON: alguien miró un power point que colgaron en el tema 4 de LAB? Hay un power point de Angel Antuna Urcelay donde dice que "no todas las personas que pasan por la orientación pasarán por un itinerario personalizado, pero todas tendrán un servicio de valoración de empleabilidad".

Y por eso yo puse que la correcta era la A y no la D. Se que ha sido un examen muy lioso y nos habrá pasado a todos algo parecido en muchas preguntas.

Que pensáis de esta pregunta?

De acuerdo con la 19 y la 10. Creo que son las más claras. En cuanto a la de los componentes esenciales yo creo que está bien. Sí es cierto que no todos pasan por un Itinerario personalizado pero aún así sigue siendo un componente esencial del servicio de orientación.


Gracias por tu respuesta!! Dudé mucho al contestar por eso que comento... pero bueno el examen es como es... de todas formas por quedarme más tranquilo... hay alguna ley o algún texto concreto donde se haga referencia a que son componentes esenciales? Gracias!!!

nineu79

Cita de: eduardoduo en 04 de Abril de 2017, 12:11:32 PM
Cita de: nineu79 en 04 de Abril de 2017, 11:41:06 AM
Cita de: msa en 04 de Abril de 2017, 10:39:53 AM
Dándole vueltas a la pregunta 53. El término socio-laboral ni sociolaboral aparecen en el diccionario de la lengua española.
Laboral: 1. adj. Perteneciente o relativo al trabajo, en su aspecto económico, jurídico y social.
Social:
1. adj. Perteneciente o relativo a la sociedad.
2. adj. Perteneciente o relativo a una compañía o sociedad, o a los socios o compañeros, aliados o confederados.
3. adj. Der. Dicho de un orden jurisdiccional: Competente en materia laboral y de seguridad social.
Teniendo en cuenta estas definiciones, la autoestima no creo que se pudiera englobar en el termino socio-laboral ni caracteristica sociolaboral.

Personalmente creo que esta pregunta es bastante clara, vamos que me extrañaría mucho que la retiraran. Solo tenéis que poner en el buscador las palabras "fenomeno actitudinal autoestima rosenberg" para ver que en psicología está bastante establecido que la autoestima es un factor actitudinal. La autoconfianza...ese es otro cantar, pero lo más probable es que argumenten que son sinónimas (ahí si tengo alguna reserva, pero sería rizar mucho el rizo).
En cuanto a que sociolaboral no existe en el diccionario...pues como muchas de las palabras que se usan en cualquier carrera. En cualquier caso lo mismo que antes búsqueda en Sangoogle y enseguida se ve que es un término muy común y aceptado.

Pero es que es una pregunta tan rebuscada y tan ambigua, que influye mas en la respuesta como piensa la persona y no lo que sabe o no sabe. Yo creo que, no esta bien, la autoestima y la actitud positiva o negativa son causa y efecto, pero nunca seran lo mismo, es decir el que tiene baja autoestima tendrá probablemente tendra una actitud mas negativa que el que tiene una autoestima positiva. Pero la autoestima no es un ACTITUD.

mariaantia

Relación de Ayuntamientos que han suscrito convenio de colaboración para presentación de escritos dirigidos a la Comunidad Autónoma del País Vasco en Registros Municipales.

Ayuntamientos de Álava

Ayuntamiento de Alegria-Dulantzi
Ayuntamiento de Amurrio
Ayuntamiento de Arraia-Maeztu
Ayuntamiento de Arratzua-Ubarrundia
Ayuntamiento de Asparrena
Ayuntamiento de Ayala/Aiara
Ayuntamiento de Baños de Ebro/Mañueta
Ayuntamiento de Barrundia
Ayuntamiento de Bernedo
Ayuntamiento de Elciego
Ayuntamiento de Elvillar/Bilar
Ayuntamiento de Erriberagoitia/Ribera Alta
Ayuntamiento de Iruña Oka/Iruña de Oca
Ayuntamiento de Iruraiz-Gauna
Ayuntamiento de Kripan
Ayuntamiento de Lanciego/Lantziego
Ayuntamiento de Laudio/Llodio
Ayuntamiento de Legutio
Ayuntamiento de Oyón-Oion
Ayuntamiento de Peñacerrada-Urizaharra
Ayuntamiento de Ribera Baja/Erribera Beitia
Ayuntamiento de Samaniego
Ayuntamiento de San Millán/Donemiliaga
Ayuntamiento de Valdegovía/Gaubea
Ayuntamiento de Villabuena/Eskuernaga
Ayuntamiento de Zambrana
Ayuntamiento de Zigoitia

Ayuntamientos de Bizkaia

Ayuntamiento de Ajangiz
Ayuntamiento de Amoroto
Ayuntamiento de Aulesti
Ayuntamiento de Basauri
Ayuntamiento de Bermeo
Ayuntamiento de Busturia
Ayuntamiento de Durango
Ayuntamiento de Ea
Ayuntamiento de Elantxobe
Ayuntamiento de Elorrio
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Ayuntamiento de Ermua
Ayuntamiento de Etxebarria
Ayuntamiento de Gamiz-Fika
Ayuntamiento de Güeñes
Ayuntamiento de Ispaster
Ayuntamiento de Karrantza
Ayuntamiento de Kortezubi
Ayuntamiento de Leioa
Ayuntamiento de Lekeitio
Ayuntamiento de Lezama
Ayuntamiento de Mendexa
Ayuntamiento de Munitibar-Arbatzegi Gerrikaitz
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Ayuntamiento de Muxika
Ayuntamiento de Nabarniz
Ayuntamiento de Ortuella
Ayuntamiento de Otxandio
Ayuntamiento de Plentzia
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Ayuntamiento de Zaldibar
Ayuntamiento de Zeanuri
Ayuntamiento de Zierbena

Ayuntamientos de Gipuzkoa

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Ayuntamiento de Andoain
Ayuntamiento de Anoeta
Ayuntamiento de Antzuola
Ayuntamiento de Aretxabaleta
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Ayuntamiento de Azkoitia
Ayuntamiento de Azpeitia
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Ayuntamiento de Eibar
Ayuntamiento de Elduain
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Ayuntamiento de Ezkio-Itsaso
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Ayuntamiento de Idiazabal
Ayuntamiento de Irun
Ayuntamiento de Irura
Ayuntamiento de Lazkao
Ayuntamiento de Legazpi
Ayuntamiento de Legorreta
Ayuntamiento de Leintz-Gatzaga
Ayuntamiento de Lezo
Ayuntamiento de Lizartza
Ayuntamiento de Olaberria
Ayuntamiento de Ormaiztegi
Ayuntamiento de Urnieta
Ayuntamiento de Urretxu
Ayuntamiento de Zarautz
Ayuntamiento de Zegama
Ayuntamiento de Zumaia
Ayuntamiento de Zumarraga

MARGA410

Podéis poner el examen y la hoja de respuestas, porfis?

msa

respecto a la pregunta 53 perdonad si no me he explicado bien. Para nada niego que la autoestima sea un factor actitudinal (para eso ya hay muchos estudios), lo que me refiero es que al dar por correcta la respuesta autoestima se afirma que la autoestima es un "factor" del "constructo" CARACTERISTICA SOCIOLABORAL ESENCIAL. ¿Es la autoestima una característica sociolaboral? ¿Donde están los análisis factoriales que demuestren la validez del constructo característica sociolaboral, compuesto por x factores, que a su vez tengan su determinada carga factorial?.
Se que está estudiado, comprobado y validado que la autoestima es un factor actitudinal, pero no tengo ningun dato para afirmar que la autoestima sea una "caracteristica sociolaboral esencial".

mariaantia

 A dos días para que se acabe el plazo de las impugnaciones y nuestro forero más activo Ruben Caulfield no está ahora aportando nada para las impugnaciones. ¿Le habrá pasado algo? Cuando leí su última frase:" Es lo ultimo que escribo, mucha suerte a todos.." me sonó a despedida pero mejor será que nos los cuente el si quiere.

ma_37

#797
¿No pensais que la actitud positiva o negativa es una caracteristica de una alta o baja autoestima? Es decir, pienso que la autoestima es una valoracion positiva o negativa que se hace la persona de si mismo, igual que la autoconfianza es la confianza que la persona tiene en si mismo. Por lo tanto opino que tanto la autoestima como la autoconfianza son la consecuencia del tipo de actitud que tiene la persona. Y no pienso que la baja autoestina y autoconfianza sean caracteristicas socio-laborales esenciales.

izarbu

Buenas, personalmente la 53 del modelo A, creo que no hay por donde impugnarla. Desde el ámbito psicopedagógico está claro que es la única respuesta en la que ambos términos hacen referencia al componente actitudinal y en cuanto a la relación con el ámbito sociolaboral, en todos los programas orientados al empleo, la autoestima y autoconfianza se incluyen como pilares básicos a reforzar en todos los procesos de inserción sociolaboral.

msa

En la 53  (aunque todavia no se si impugnaré, porque honestamente, impugnaría todas las que creo que están mal, aunque me perjudiquen, y no me siento capaz de impugnar solo las que me beneficien, sabiendo que otras estan mal...) yo creo que la clave está en que la autoestima no es un "dato sociolaboral" ni "caracteristica sociolaboral". Piden que identifiquemos una caracteristica sociolaboral (esencial, a mas inri). Datos sociolaborales son empleado, desempleado, demandante de empleo, empleado a jornada parcial o completa, con/sin experiencia laboral.... pero una baja autoestima... es un dato de una valoración psicológica, o si se quiere ampliar más, un dato psicosocial.. pero de ahí a decir que la autoestima (sea alta, baja, o mediana) es una "caracteristica sociolaboral esencial"..)