Noticias:

La parte ExtraOFICIAL
Para estudiar tenéis tres recursos:

  • FORO: Aquí tenéis todo lo que cuelga la gente que se va presentando.
  • DESCARGAS: Encontraréis los PDFs recopilatorios que salen del foro.
  • DEMOS ONline: Para practicar.

Menú Principal

Bolsa de Trabajo Gob. Vasco 2017 orientador/a

Iniciado por mariaGo, 23 de Enero de 2017, 11:36:31 AM

Tema anterior - Siguiente tema

begotxu11

Cita de: Ruben Caulfield en 28 de Marzo de 2017, 13:17:01 PM
Cita de: nineu79 en 28 de Marzo de 2017, 12:31:57 PM
Cita de: begolemoa en 28 de Marzo de 2017, 10:46:25 AM
Cita de: Ruben Caulfield en 28 de Marzo de 2017, 10:44:43 AM
Cita de: begolemoa en 28 de Marzo de 2017, 10:00:09 AM
Tengo una duda en relación a los recursos administrativos del tema 1 y la denegación de RGI y PCV:

En la página web de Lanbide pone que ambas solicitudes las resuelve el mismo órgano, el Director General de Lanbide.

En el caso de la RGI, según la web, podemos interponer recurso potestativo de reposición.

Y en el caso de la PCV, según la web, recurso de alzada.

Supongo que la diferencia será porque a pesar de resolver ambas solicitudes el mismo órgano, cuando resuelve RGI pone fin a la vía administrativa, y cuando resuelve PCV no pone fin a la vía administrativa. (¿¿??)

¿Quién sería el órgano superior jerárquico del Director General de Lanbide?

Técnicamente por encima del Director general estaría el viceconsejero, contra este sera, no?

Eskerrik asko, lo apunto. :))

No estoy seguro, pero creo que por encima del director general esta el presidente que preside el consejo, no es asi??

He estado mirando y según parece el órgano superior como bien dices seria el consejo de administración, el problema es que yo pensaba que el viceconsejero de empleo era el presidente de Lanbide y resulta que no, que es el vicepresidente, por lo que habría que interponer el recurso de alzada contra el consejero de empleo, que es a su vez el presidente del consejo de administración. Por otra parte si no recuerdo mal para recurrir esta bolsa había que interponer el recurso de alzada contra el consejero de gobernanza no?


Por su parte, el artículo 6.2 de los Estatutos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, determina que el Consejo de Administración estará integrado por las y los siguientes miembros:
-Presidente o Presidenta, que corresponderá a la persona titular del departamento competente en materia de empleo.
-Vicepresidente o Vicepresidenta, que corresponderá a la persona titular de la viceconsejería competente en materia de empleo.


Eskerrik asko. Tomo nota de todo.

nineu79

Cita de: begolemoa en 28 de Marzo de 2017, 13:27:22 PM
Cita de: Ruben Caulfield en 28 de Marzo de 2017, 13:17:01 PM
Cita de: nineu79 en 28 de Marzo de 2017, 12:31:57 PM
Cita de: begolemoa en 28 de Marzo de 2017, 10:46:25 AM
Cita de: Ruben Caulfield en 28 de Marzo de 2017, 10:44:43 AM
Cita de: begolemoa en 28 de Marzo de 2017, 10:00:09 AM
Tengo una duda en relación a los recursos administrativos del tema 1 y la denegación de RGI y PCV:

En la página web de Lanbide pone que ambas solicitudes las resuelve el mismo órgano, el Director General de Lanbide.

En el caso de la RGI, según la web, podemos interponer recurso potestativo de reposición.

Y en el caso de la PCV, según la web, recurso de alzada.

Supongo que la diferencia será porque a pesar de resolver ambas solicitudes el mismo órgano, cuando resuelve RGI pone fin a la vía administrativa, y cuando resuelve PCV no pone fin a la vía administrativa. (¿¿??)

¿Quién sería el órgano superior jerárquico del Director General de Lanbide?

Técnicamente por encima del Director general estaría el viceconsejero, contra este sera, no?

Eskerrik asko, lo apunto. :))

No estoy seguro, pero creo que por encima del director general esta el presidente que preside el consejo, no es asi??

He estado mirando y según parece el órgano superior como bien dices seria el consejo de administración, el problema es que yo pensaba que el viceconsejero de empleo era el presidente de Lanbide y resulta que no, que es el vicepresidente, por lo que habría que interponer el recurso de alzada contra el consejero de empleo, que es a su vez el presidente del consejo de administración. Por otra parte si no recuerdo mal para recurrir esta bolsa había que interponer el recurso de alzada contra el consejero de gobernanza no?


Por su parte, el artículo 6.2 de los Estatutos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, determina que el Consejo de Administración estará integrado por las y los siguientes miembros:
-Presidente o Presidenta, que corresponderá a la persona titular del departamento competente en materia de empleo.
-Vicepresidente o Vicepresidenta, que corresponderá a la persona titular de la viceconsejería competente en materia de empleo.


Eskerrik asko. Tomo nota de todo.

La bolsa de empleo es de IVAP y lo organiza el Gobierno Vasco.

nineu79


Patrisrod

Ya han puesto las instrucciones del examen.
60 pregs (de las cuales 10 de reserva) y 1 hora..Para mi gusto muy poco tiempo jajaja

unaisc

 :page_white_text:
Cita de: Patrisanrod en 28 de Marzo de 2017, 14:13:13 PM
Ya han puesto las instrucciones del examen.
60 pregs (de las cuales 10 de reserva) y 1 hora..Para mi gusto muy poco tiempo jajaja
Kaixo,
Podría alguien poner el enlace a la información que han colgado hoy?
Yo no la encuentro (al menos a través del móvil)
Eskerrik asko

mikolapiz37

Hay q entrar con. Número de solicitud y DNI para poder ver el PDF. Ocupa mucho para colgarlo aquí.

msa

Mila esker por colgar la informacion!  La pena es que no pone cuanto hace falta para aprobar, y con 50 preguntas el margen de error será poco... Ánimo que ya estamos en la recta final!

msa


ikastenlortuko

Una pregunta que no me acaba de quedar clara, en relación a la ETT, quíen tiene la obligación legal de proporcionar los equipos de protección individual al trabajador/a, la empresa usuaria o la ETT? a ver si me podéis echar un cable

Ruben Caulfield

Cita de: ikastenlortuko en 28 de Marzo de 2017, 15:15:07 PM
Una pregunta que no me acaba de quedar clara, en relación a la ETT, quíen tiene la obligación legal de proporcionar los equipos de protección individual al trabajador/a, la empresa usuaria o la ETT? a ver si me podéis echar un cable

Real Decreto 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las empresas de trabajo temporal.

Artículo 5. Obligaciones de la empresa USUARIA desde el inicio de la prestación de servicios del trabajador.

1. La empresa usuaria será responsable de las CONDICIONES de ejecución del trabajo de los trabajadores puestos a su disposición por una empresa de trabajo temporal en TODO lo relacionado con la protección de su salud y seguridad, ASEGURÁNDOLES el mismo nivel de protección que a los restantes trabajadores de la empresa


aratis

Cada vez que empiezo a estudiar el primer tema.....me parece infumable, no se ni por donde cogerlo.....creeis que entrará mucho de esta ley??

aratis


ikastenlortuko

Pues me pasa lo mismo Aratis, ni idea de cómo distribuirán las 60 preguntas. Ánimo!!
A ver, yo sigo con el tema 9 y en la página del ministerio de empleo está puesto lo siguiente en relación a la RAI "A partir del 1 de enero de 2009 el SPEE no ingresará las cotizaciones por asistencia sanitaria ni protección a la familia de los beneficiarios de la RAI, sin perjuicio de que esos beneficiarios mantengan el derecho a percibir protección por dichas contingencias"
Sólo lo he visto ahí, en el folleto del SEPE no menciona las cotizaciones y como el decreto que regula la RAI es del 2006 y pone que sí se cotiza...pues ya me han liado...
a ver si vosotros lo tenéis claro

bullyyllub

Buenos dias,
Haciendo numeros,asi por encima, sale a 4 preguntas por cada tema. Es decir, 60 preguntas entre 14 temas....
El caso es saber que tipo de preguntas pueden llegar a ser si genericas o muy muy muy especificas....
Por cierto, nadie ha conseguido los test esos que comentaba alguien de UGT?
Muchas gracias
Saludos y animo que ya queda poco.

bullyyllub

por cierto,
ya se que todavia no han puesto puntos para la superacion del examen, pero se sabe cuantos entran en la bolsa de trabajo? Todos los que superen la prueba o solo un numero determinado?
tengo mis dudas porque segun me han explicado en otra ope de otro sector, lo que hacen es hacer 2 grupos , prioridad uno, los que han superado la prueba y prioridad 2, los que no han superado, pero al fin y al cabo todos son validos, es decir, si en prioridad 1 por ejemplo hay 100, y sacan 120 puestos, esos 20 los cogen del grupo prioridad 2, segun he entendido..... al final la prueba es solo un orden para cuando vayan a elegir, al menos en esta ope. No se si pasa lo mismo con la de orientador, que si no pasas la prueba entonces ya estas fuera, si o si....
simplemente como tema anecdotico...

aratis

Cita de: bullyyllub en 29 de Marzo de 2017, 09:03:55 AM
por cierto,
ya se que todavia no han puesto puntos para la superacion del examen, pero se sabe cuantos entran en la bolsa de trabajo? Todos los que superen la prueba o solo un numero determinado?
tengo mis dudas porque segun me han explicado en otra ope de otro sector, lo que hacen es hacer 2 grupos , prioridad uno, los que han superado la prueba y prioridad 2, los que no han superado, pero al fin y al cabo todos son validos, es decir, si en prioridad 1 por ejemplo hay 100, y sacan 120 puestos, esos 20 los cogen del grupo prioridad 2, segun he entendido..... al final la prueba es solo un orden para cuando vayan a elegir, al menos en esta ope. No se si pasa lo mismo con la de orientador, que si no pasas la prueba entonces ya estas fuera, si o si....
simplemente como tema anecdotico...

Pues a verdad es que ni idea de como lo harán....si que está claro que si no dicen cuantas hay que acertar hasta finalizar el examen.....por alg es.

De los test de UGT que hablais....yo no tengo ni idea. Yo tengo unos de administrativo superior que hay algo comúin pero es un lío andar buscando....

ANIMO!!! Ya queda menos

mariaantia

Cita de: bullyyllub en 29 de Marzo de 2017, 09:03:55 AM
por cierto,
ya se que todavia no han puesto puntos para la superacion del examen, pero se sabe cuantos entran en la bolsa de trabajo? Todos los que superen la prueba o solo un numero determinado?
tengo mis dudas porque segun me han explicado en otra ope de otro sector, lo que hacen es hacer 2 grupos , prioridad uno, los que han superado la prueba y prioridad 2, los que no han superado, pero al fin y al cabo todos son validos, es decir, si en prioridad 1 por ejemplo hay 100, y sacan 120 puestos, esos 20 los cogen del grupo prioridad 2, segun he entendido..... al final la prueba es solo un orden para cuando vayan a elegir, al menos en esta ope. No se si pasa lo mismo con la de orientador, que si no pasas la prueba entonces ya estas fuera, si o si....
simplemente como tema anecdotico...

En Gobierno Vasco el primer examen tienes que aprobar sí o sí, es decir sacar un 5 pero teniendo en cuenta las penalizaciónes. El segundo examen es obligatorio hacerlo pero no eliminatorio. Ésta es una manera bastante fácil de poder formar parte de la bolsa  de trabajo a parte de la de entregar sólo el currriculum y malamente como anteriores orientadores.
En la anterior convocatoria de técnicos fue obligatorio el perfil 3 de euskera (cosa que no entiendo porqué en esta convocatoria no lo es, bueno, sí lo entiendo...el tema de siempre) y además de aprobar tanto el primer examen también había que hacerlo con el segundo que era practico, así que hay que aprovechar esta oportunidad.
Zorte on!

msa

"El Tribunal establecerá, antes de conocer la autoría de los ejercicios realizados, la puntuación mínima necesaria para superar la prueba"... parece que el "5" para aprobar no son 25 puntos... creo que los puntos para aprobar se establecerán una vez corregidos los exámenes y por estadística (es decir, por ejemplo las "mejores 400 puntuaciones", "el x% que haya obtenido mejores puntuaciones...). Si no es así, creo que desde ya se podrían decir los puntos necesarios para aprobar, y no lo han hecho. Así que el punto de corte lo pondremos nosotros mismos haciendo el exámen. Suerte!!!

mariaantia

Cita de: msa en 29 de Marzo de 2017, 10:48:03 AM
"El Tribunal establecerá, antes de conocer la autoría de los ejercicios realizados, la puntuación mínima necesaria para superar la prueba"... parece que el "5" para aprobar no son 25 puntos... creo que los puntos para aprobar se establecerán una vez corregidos los exámenes y por estadística (es decir, por ejemplo las "mejores 400 puntuaciones", "el x% que haya obtenido mejores puntuaciones...). Si no es así, creo que desde ya se podrían decir los puntos necesarios para aprobar, y no lo han hecho. Así que el punto de corte lo pondremos nosotros mismos haciendo el exámen. Suerte!!!

Es una forma de quedarse con un número determinado de candidatos, de lo contrario se agotan las bolsas enseguida y la razón suele ser poner un examen difícil. Habrá que esperar entonces a los resultados.

begotxu11

Cita de: ikastenlortuko en 29 de Marzo de 2017, 08:36:24 AM
Pues me pasa lo mismo Aratis, ni idea de cómo distribuirán las 60 preguntas. Ánimo!!
A ver, yo sigo con el tema 9 y en la página del ministerio de empleo está puesto lo siguiente en relación a la RAI "A partir del 1 de enero de 2009 el SPEE no ingresará las cotizaciones por asistencia sanitaria ni protección a la familia de los beneficiarios de la RAI, sin perjuicio de que esos beneficiarios mantengan el derecho a percibir protección por dichas contingencias"
Sólo lo he visto ahí, en el folleto del SEPE no menciona las cotizaciones y como el decreto que regula la RAI es del 2006 y pone que sí se cotiza...pues ya me han liado...
a ver si vosotros lo tenéis claro

Aunque es del 2006, en noticias jurídicas aparecen últimas modificaciones incorporadas en 2014.

Enlace a texto actualizado: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rd1369-2006.html

begotxu11

Egun on!

Siento repetirme, sigo con la duda...

Dejando de lado lo que aparece en la web de lanbide, y según la ley 39/2015, vosotros que recursos interpondríais ante denegación de RGI y ante denegación de PCV?


Ruben Caulfield

Cita de: begolemoa en 30 de Marzo de 2017, 11:35:30 AM
Egun on!

Siento repetirme, sigo con la duda...

Dejando de lado lo que aparece en la web de lanbide, y según la ley 39/2015, vosotros que recursos interpondríais ante denegación de RGI y ante denegación de PCV?

Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social.

Artículo 74 Recursos y quejas

1.- Contra las resoluciones denegatorias podrán interponerse los recursos administrativos y jurisdiccionales que correspondan.

2.- Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las personas interesadas podrán elevar queja razonada al departamento del Gobierno Vasco competente en materia de garantía de ingresos e inclusión social.

Entiendo que si se puede elevar la queja a un órgano superior seria recurso de alzada

begotxu11

#670
Cita de: Ruben Caulfield en 30 de Marzo de 2017, 12:11:39 PM
Cita de: begolemoa en 30 de Marzo de 2017, 11:35:30 AM
Egun on!

Siento repetirme, sigo con la duda...

Dejando de lado lo que aparece en la web de lanbide, y según la ley 39/2015, vosotros que recursos interpondríais ante denegación de RGI y ante denegación de PCV?

Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social.

Artículo 74 Recursos y quejas

1.- Contra las resoluciones denegatorias podrán interponerse los recursos administrativos y jurisdiccionales que correspondan.

2.- Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las personas interesadas podrán elevar queja razonada al departamento del Gobierno Vasco competente en materia de garantía de ingresos e inclusión social.

Entiendo que si se puede elevar la queja a un órgano superior seria recurso de alzada

si ese art. si que lo había visto, pero me crea duda por estar encuadrado dentro de los convenios de inclusión activa. el único art. que habla sobre recursos dentro del titulo II que regula rgi y pcv es el 64, que dice lo mismo que el 74 pero para RGI y PCV. Yo he estudiado esto, además de por la ley, por lo esquemas que aparecen en Tirant online. Tirant diferencia la queja del recurso; según tirant la queja se puede realizar durante la tramitación del procedimiento (a diferencia del recurso que es al finalizar, salvo los actos de tramite cualificados) y según tirant las quejas y sugerencias se interponen para quejarse de retrasos, irregularidades, fallos durante la tramitación...  pero todo esto según Tirant, en la 39/2015 no encuentro nada relativo a las quejas.

Edito para añadir: Ruben, yo en un principio, al ver el art. que hemos citado, yo también pensé que ambas denegaciones eran susceptibles de recurso de alzada. PERO si vamos a la web, en PCV aparecen recurso de alzada y potestativo de reposición, y en RGI solo potestativo de reposición.

Edito por segunda vez para añadir: En un principio pensé que la diferencia en los recursos que lanbide indica en la web, es en base al artículo 114 de 39/2015... era lo único que se me ocurría, es decir, pensar que en el caso de la RGI cuando resuelve pone fin a la vía administrativa. Pero, no lo encuadro dentro de los supuestos del art. 114, salvo que sea la de la letra g, del apartado 1º: Las demás resoluciones de órganos administrativos cuando una disposición legal o reglamentaria así lo establezca. Pero en la ley 18/2008 no he encontrado ninguna indicación sobre eso, y tampoco en el decreto 147/2010...

nineu79

#671
Cita de: Ruben Caulfield en 30 de Marzo de 2017, 12:11:39 PM
Cita de: begolemoa en 30 de Marzo de 2017, 11:35:30 AM
Egun on!

Siento repetirme, sigo con la duda...

Dejando de lado lo que aparece en la web de lanbide, y según la ley 39/2015, vosotros que recursos interpondríais ante denegación de RGI y ante denegación de PCV?

Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social.

Artículo 74 Recursos y quejas

1.- Contra las resoluciones denegatorias podrán interponerse los recursos administrativos y jurisdiccionales que correspondan.

2.- Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las personas interesadas podrán elevar queja razonada al departamento del Gobierno Vasco competente en materia de garantía de ingresos e inclusión social.

Entiendo que si se puede elevar la queja a un órgano superior seria recurso de alzada

Si, y creo que le tocaría al la diputación del territorio histórico. Lo he leido en algun documento, a estas alturan no me pregunteis donde, tengo la cabeza hecho un cromo. En mi defensa, digo que el anterior gobierno de la dipu (bildu) creo una ayuda AIG. Y he leido que corresponde a las diputaciones de cada territorio historico gestionar dichas ayudas

Patt


begotxu11

Cita de: Patt en 30 de Marzo de 2017, 18:15:23 PM
¿Alguien sabe a qué hora es el examen?

a la 1 pm

eskerrik asko por responder nineu79

aratis

Para cobrar la rgi cuanto tiempo hay que estar empadronado ? En la ley aparece algo de 1 año... 3...5 ..No me aclaro. Gracias

Patrisrod

Cita de: aratis en 30 de Marzo de 2017, 20:12:22 PM
Para cobrar la rgi cuanto tiempo hay que estar empadronado ? En la ley aparece algo de 1 año... 3...5 ..No me aclaro. Gracias

   Estar empadronado y tener residencia efectiva en el País Vasco durante los 3 años anteriores ininterrumpidamente. Si no se cumple ese requisito, se aceptará el empadronamiento al menos con un año de antelación a la fecha de presentación de solicitud si se pueden acreditar 5 años de vida laboral remunerada. Quedarán exceptuadas las personas que cobran una pensión pública o hayan sido víctimas de maltrato doméstico, que sólo deberán cumplir el año de empadronamiento.
   Si no se cumple ninguno de los requisitos anteriores, deberán haber estado empadronados durante cinco años continuados de los diez inmediatamente anteriores.

Esto quiere decir que hay tres opciones:

-3 años anteriores ininterrumpidamente.
-1 año + 5 años de vida laboral remunerada
-1 año + cobrar pensión pública/víctimas de maltrato

o, si no se cumple nada de esto:

- empadronados durante 5 años continuados de los 10 anteriores.

nineu79

Cita de: nineu79 en 30 de Marzo de 2017, 15:28:58 PM
Cita de: Ruben Caulfield en 30 de Marzo de 2017, 12:11:39 PM
Cita de: begolemoa en 30 de Marzo de 2017, 11:35:30 AM
Egun on!

Siento repetirme, sigo con la duda...

Dejando de lado lo que aparece en la web de lanbide, y según la ley 39/2015, vosotros que recursos interpondríais ante denegación de RGI y ante denegación de PCV?

Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social.

Artículo 74 Recursos y quejas

1.- Contra las resoluciones denegatorias podrán interponerse los recursos administrativos y jurisdiccionales que correspondan.

2.- Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las personas interesadas podrán elevar queja razonada al departamento del Gobierno Vasco competente en materia de garantía de ingresos e inclusión social.

Entiendo que si se puede elevar la queja a un órgano superior seria recurso de alzada

Si, y creo que le tocaría al la diputación del territorio histórico. Lo he leido en algun documento, a estas alturan no me pregunteis donde, tengo la cabeza hecho un cromo. En mi defensa, digo que el anterior gobierno de la dipu (bildu) creo una ayuda AIG. Y he leido que corresponde a las diputaciones de cada territorio historico gestionar dichas ayudas

Ok, corrijo el error que realice ayer, cuando entro la ley 4/2011 de RGI e inclusión social, es el Gobierno quien regula y aprueba las ayudas a traves de LANBIDE (hasta esta fecha eran las diputaciones de territorios historicos)

Es lo ultimo que escribo, mucha suerte a todos..

Oposisi

O sea que, en caso de interponer Recurso de Alzada, el competente sería el Gobierno Vasco para resolverlo???  Y en cuanto a Reposición??? Lanbide???

Cita de: nineu79 en 31 de Marzo de 2017, 12:53:02 PM
Cita de: nineu79 en 30 de Marzo de 2017, 15:28:58 PM
Cita de: Ruben Caulfield en 30 de Marzo de 2017, 12:11:39 PM
Cita de: begolemoa en 30 de Marzo de 2017, 11:35:30 AM
Egun on!

Siento repetirme, sigo con la duda...

Dejando de lado lo que aparece en la web de lanbide, y según la ley 39/2015, vosotros que recursos interpondríais ante denegación de RGI y ante denegación de PCV?

Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social.

Artículo 74 Recursos y quejas

1.- Contra las resoluciones denegatorias podrán interponerse los recursos administrativos y jurisdiccionales que correspondan.

2.- Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las personas interesadas podrán elevar queja razonada al departamento del Gobierno Vasco competente en materia de garantía de ingresos e inclusión social.

Entiendo que si se puede elevar la queja a un órgano superior seria recurso de alzada

Si, y creo que le tocaría al la diputación del territorio histórico. Lo he leido en algun documento, a estas alturan no me pregunteis donde, tengo la cabeza hecho un cromo. En mi defensa, digo que el anterior gobierno de la dipu (bildu) creo una ayuda AIG. Y he leido que corresponde a las diputaciones de cada territorio historico gestionar dichas ayudas

Ok, corrijo el error que realice ayer, cuando entro la ley 4/2011 de RGI e inclusión social, es el Gobierno quien regula y aprueba las ayudas a traves de LANBIDE (hasta esta fecha eran las diputaciones de territorios historicos)

Es lo ultimo que escribo, mucha suerte a todos..

begotxu11

Cita de: lizitxu en 31 de Marzo de 2017, 13:12:22 PM
O sea que, en caso de interponer Recurso de Alzada, el competente sería el Gobierno Vasco para resolverlo???  Y en cuanto a Reposición??? Lanbide???

Cita de: nineu79 en 31 de Marzo de 2017, 12:53:02 PM
Cita de: nineu79 en 30 de Marzo de 2017, 15:28:58 PM
Cita de: Ruben Caulfield en 30 de Marzo de 2017, 12:11:39 PM
Cita de: begolemoa en 30 de Marzo de 2017, 11:35:30 AM
Egun on!

Siento repetirme, sigo con la duda...

Dejando de lado lo que aparece en la web de lanbide, y según la ley 39/2015, vosotros que recursos interpondríais ante denegación de RGI y ante denegación de PCV?

Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social.

Artículo 74 Recursos y quejas

1.- Contra las resoluciones denegatorias podrán interponerse los recursos administrativos y jurisdiccionales que correspondan.

2.- Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las personas interesadas podrán elevar queja razonada al departamento del Gobierno Vasco competente en materia de garantía de ingresos e inclusión social.

Entiendo que si se puede elevar la queja a un órgano superior seria recurso de alzada

Si, y creo que le tocaría al la diputación del territorio histórico. Lo he leido en algun documento, a estas alturan no me pregunteis donde, tengo la cabeza hecho un cromo. En mi defensa, digo que el anterior gobierno de la dipu (bildu) creo una ayuda AIG. Y he leido que corresponde a las diputaciones de cada territorio historico gestionar dichas ayudas

Ok, corrijo el error que realice ayer, cuando entro la ley 4/2011 de RGI e inclusión social, es el Gobierno quien regula y aprueba las ayudas a traves de LANBIDE (hasta esta fecha eran las diputaciones de territorios historicos)

Es lo ultimo que escribo, mucha suerte a todos..

Reposición el mismo órgano que ha dictado la resolución recurrida, en este caso, Director General de Lanbide

Oposisi


MJBRUNA

muchas gracias a todos por colaborar en el foro y ser tan generosos y altruistas...suerte a todos!!!

msa


begotxu11

Zorte on danoi!!!!

Eta eskerrik asko zalantzak argitzen egon zarien guztioi :))



Mandarina


Patt

Cita de: begolemoa en 30 de Marzo de 2017, 19:06:00 PM
Cita de: Patt en 30 de Marzo de 2017, 18:15:23 PM
¿Alguien sabe a qué hora es el examen?

a la 1 pm

eskerrik asko por responder nineu79

Milesker!!

¿A alguien le ha tocado en la zona 8?

Patrisrod

Buenas!
Qué tal el examen??

A alguno os va la pág de ivap para mirar los resultados?

ilusa

Buuuf lleva más de una hora colapsada la página...

amr2017

Hola a todos!

Hace una media hora entré y aún no estaban los resultados. Pero ahora ya no consigo volver a entrar... qué nerviossss jeje

Patt

Se supone que los resultados ya están pero la web está tan saturada que no se puede mirar ):

Oposisi


msa

yo que al final habia conseguido pasar hasta meter mis datos... y sigue dando error!!! si alguien consigue entrar a ver si puede sacar la plantilla de respuestas por lo menos...

Patrisrod

 Pues nada yo sigo sin poder... Si alguno logra entrar a ver si puede colgarlo en alguna parte please

amr2017

Buenos días,
¿alguien ha podido entrar? yo sigo probando y nada... me dice que el enlace se ha roto... Si alguna persona sabe cómo acceder de otra forma por favor indicármelo... Muchísimas gracias

Patrisrod

#694
Yo solo he podido descargarme el PDF de resultados pero no el de hoja de respuestas y el otro que hay.

A ver si alguien ha conseguido los otros.

Adjunto el PDF a ver si me deja...

VITO

eskerrik asko!!! porque esto es un desastre y no sé cuando lo van a arreglar....

maite1975


maite1975

Cita de: Patrisanrod en 02 de Abril de 2017, 08:44:25 AM
Yo solo he podido descargarme el PDF de resultados pero no el de hoja de respuestas y el otro que hay.

A ver si alguien ha conseguido los otros.

Adjunto el PDF a ver si me deja...

Gracias ya he podido, gracias por colgarlo estaba desesperada por saber el resultado

amr2017

Cita de: Patrisanrod en 02 de Abril de 2017, 08:44:25 AM
Yo solo he podido descargarme el PDF de resultados pero no el de hoja de respuestas y el otro que hay.

A ver si alguien ha conseguido los otros.

Adjunto el PDF a ver si me deja...

Muchísimas gracias!!! Yo ni siquiera he conseguido entrar...

maite1975

Hola,

Enhorabuena a todos los que hayáis aprobado, ya se ha visto que era muy difícil.
Y a los que no, No rendirse y a por la próxima.

Y ahora los siguientes pasos son psicotecnicos y ejercicio teórico-práctico? Se que no son eliminatorios pero no sé si queda 1 o 2 ejercicios.

Gracias