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¿Dudas sobre el funcionamiento de las Demos Online?

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AUX. ADMTVO DE OPE Gob. Vasco

Iniciado por Opositantaaaaa!!, 01 de Mayo de 2010, 14:32:04 PM

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ilusi?n

#1050
uyy Cris, efectivamente me ha bailado el dedo o la nurona, quería decir la d)...
yo en la 107 tb diría la c) es sólo una copia aunq parezca q al añadir "digitalizada" le de más categoría.... ;D
Y esta??
85. Ante el desorden existente en su oficina, decide poner orden en los expedientes administrativos, comenzando por ordenarlos, para lo cual tiene que identificar previamente los documentos administrativos de los mismos. Qué características de los mismos deberá tener en cuenta para lograr esa identificación?
a) Ser emitidos por uno de los órganos que integran la organización de una Administración pública.
b) Producir efectos, frente a terceros o en la propia organización administrativa.
c) Cumplir con los requisitos exigidos por las normas que regulan la actividad administrativa.
d) Todas las respuestas anteriores son correctas

No sería la d?

y esta q no sé ni por dónde cogerla?
92. Siendo requerido un empleado público para facilitar una determinada información administrativa, deberá conocer cuál de las siguientes cuestiones sobre esa información es errónea:
a) La información que facilite al ciudadano originará en el mismo derechos y expectativas de derecho.
b) La información que le facilite tendrá una misión de simple orientación.
c) En ningún caso de esa información no se deducirá ninguna interpretación normativa.
d) Tampoco podrá menoscabar con ella los intereses de los solicitantes.

Bueno a los q se van desconectando buen finde...yo voy a seguir dandole hasta las 8:30 q no he qdado...

ilusi?n

116. En una oficina pública, a los empleados se les plantea una duda sobre si un documento determinado tiene o no valor probatorio. De los siguientes elementos, la omisión de cuál de ellos determinaría que el documento careciera de valor probatorio?
a) La clase.
b) El formato.
c) La forma o tradición documental.
d) El contenido o asunto.

Yo creo q sería la D
y la 121 que wences pone una X no sé si querra decir q esta anulada pero yo pondría la D

121) Están a punto de cambiar de oficina a un funcionario. Para facilitar el trabajo a la persona que venga a sustituirle en su puesto decide incluir en el expediente, de cuyo seguimiento se encargaba, una documentación de apoyo. Es correcto este proceder?
a) Sí, absolutamente.
b) Sí, siempre que se trate de documentación de apoyo que efectivamente facilite el seguimiento del expediente.
c) Sólo si recibe la autorización del responsable de la oficina.
d) No, los expedientes deben de contener únicamente la documentación necesaria para la tramitación.

Bueno ya veo que much@s habeis echado ya la persiana...yo he llegado a la 125 y tb me retiro de mis aposentos q se m esta qdando un culoodesparramao que vamos....voy a ver si lo arrglo con unas cervecillas, ...

gero arte!!

ilusi?n


lati

116 también diría la D...la otra ni idea....

yo por hoy abandono, ahora una superducha....y mañana para desestresar de tanto examen, una vueltecita de compras, algún capricho caerá...
...y tú decías: ey! nadie podrá con nosotros....

Ally

 ??? Estoy hasta el gorro de estar enclaustrada en mi gela. Estoy deseando que llegue el fin de semana que viene, pues estaremos libres de estudiar este tocho. Yo estoy haciendo los supuestos y he puesto en la 92. la b.
En la 121. también he puesto la d. No sé porque dicen que igual no es válida. Bueno chicos, continuaré con el tocho. Al final le cogeremos cariño y todo a este bicharraco. Musus.

Luzania

Chic@s un kit-kat entre tanto estudio:

A la puerta de un Excmo. Ayuntamiento, se produce el hallazgo de un bebé
abandonado. Después de asear y alimentar al bebé, los funcionarios se lo
entregan al Secretario. Al cabo de unos días el secretario emite una nota:

De SECRETARIO para R.R.H.H.
Acusamos recibo de un recién nacido de origen desconocido en la puerta
de este consistorio.
Formen una comisión de investigación para determinar:

A/ SI EL *'ENCONTRADO'* ES PRODUCTO DOMESTICO DE ESTE AYUNTAMIENTO

B/ SI ALGÚN FUNCIONARIO DE ESTE AYUNTAMIENTO SE ENCUENTRA INVOLUCRADO EN
ESTE ASUNTO.

Firmado: EL SECRETARIO


Al cabo de un mes la comisión emite un comunicado:

De COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN para SECRETARIO

Tras cuatro semanas de investigación, esta comisión concluye y le
comunica, que el hallazgo *NO PUEDE SER* producto de este ayuntamiento
por las siguientes razones:


A/ Aquí nunca se hace nada por placer ni con amor.

B/ En este departamento jamás dos personas colaboran íntimamente para
hacer algo positivo.
 
C/ Aquí nada de lo que se hace tiene pies ni cabeza
 
D/ En nuestros archivos no consta nada que estuviera listo en tan sólo 9
meses.

Firmado: LA COMISIÓN



animo que ya queda poco!!!!!

Jairo

Joder, me encantan las "C"s, son como cuando muerdes un donuts...

Día 24 de septiembre (viernes) 16:00 horas en el BEC de Baracaldo.

Para los "no sabientes", que sepáis que BaraCaldo es un pueblo de Vizcaya, que está en el país llamado España, en un continente que se llama Europa y en un planeta que se llama paneta de borregos, más conocido por Tierra.

Baracaldo... es que me emociono...

No, nada, seguid, seguid... cosas mias...

Jairo


kokotaraino

Yo también me he quedado con la C, Jairo, también en determinada prensa, ha aparecido Barakaldo con C.
¿Será un mensaje subliminal?
¿Será desconocimiento de los nombres oficiales de los pueblos de Euskal Herria?
¿Será que a algun@ le jode todo lo que suene a euskera y vaya con K?
Pues nada, les informo que Barakaldo proviene de baratza alde (lugar o zona de huertas-traducción para los que usan la c), que es como era este pueblo en tiempos de mis antepasad@s.

politena

hola ya estoy aqui  de nuevo con mis dudas,os agradeceria vuestra ayuda en las siguientes cuestiones:

1º es cierta la siguiente afirmacion ¿el lesionado solo puede reclamar a la administracion?
2º puede la CA del pais vasco obligar a que se presente un recurso administrativo por medios electronicos?
gracias de antemano y animo a todos.

poto

Cita de: politena en 17 de Septiembre de 2010, 22:42:22 PM
hola ya estoy aqui  de nuevo con mis dudas,os agradeceria vuestra ayuda en las siguientes cuestiones:

1º es cierta la siguiente afirmacion ¿el lesionado solo puede reclamar a la administracion?
2º puede la CA del pais vasco obligar a que se presente un recurso administrativo por medios electronicos?
gracias de antemano y animo a todos.

Yo de la 1ª diría que se necesita una "lesión" para reclamar a la administración pero entre particulares también se puede reclamar mediando "lesión".
De la segunda, página 84 del temario:
"la Administración podrá obligar a comunicarse con ella por medios
electrónicos a personas jurídicas o colectivos de personas físicas que dispongan de los conocimientos
y medios tecnológicos precisos"

Salu2

ainal

Cita de: Cristina1964 en 17 de Septiembre de 2010, 16:37:15 PM
Cita de: lati en 17 de Septiembre de 2010, 16:18:45 PM
en la 23 discrepo, a ver que opinais el resto
Yo creo que está bien.... por qué dices?
El plazo para dictar resolución expresa para un recurso de reposición es de un mes... así que como ha pasado el mes.... ya puede interponer uno contencioso-administrativo, no? Jo! qué inseguridad llevo...
Siento seguir dándole vueltas a una pregunta que parecía ya cerrada pero... Si el recurso de reposición es contra un acto presunto (hubo silencio), este nuevo silencio ¿no provoca la estimación?

ainal


poto

Cita de: ainal en 18 de Septiembre de 2010, 00:52:19 AM
Cita de: Cristina1964 en 17 de Septiembre de 2010, 16:37:15 PM
Cita de: lati en 17 de Septiembre de 2010, 16:18:45 PM
en la 23 discrepo, a ver que opinais el resto
Yo creo que está bien.... por qué dices?
El plazo para dictar resolución expresa para un recurso de reposición es de un mes... así que como ha pasado el mes.... ya puede interponer uno contencioso-administrativo, no? Jo! qué inseguridad llevo...
Siento seguir dándole vueltas a una pregunta que parecía ya cerrada pero... Si el recurso de reposición es contra un acto presunto (hubo silencio), este nuevo silencio ¿no provoca la estimación?

No eso era en el recurso de alzada.Salu2!

ainal

Cita de: poto en 17 de Septiembre de 2010, 14:21:27 PM
Cita de: ilusi?n en 17 de Septiembre de 2010, 13:58:37 PM
Desde la Consejería de Bienestar Social se convocaron unas subvenciones el pasado mes de febrero en materia de integración social de discapacitados. Se presentaron en plazo 1347 solicitudes de las cuales 50 no fueron resueltas y notificadas en plazo, cuál es el sentido del silencio administrativo en este caso?
a) Estimatorio.
b) Desestimatorio.
c) Estimatorio o desestimatorio dependiendo de cada una de las solicitudes.
d) No cabe el silencio administrativo en este caso.


NO es la B) la  respuesta correcta??

Y en esta otra:

22. Durante el trámite de audiencia, D. José se plantea la posibilidad de llegar a un acuerdo con la Administración y poner fin al procedimiento, será posible esta alternativa?
a) No, ya que la terminación convencional de los procedimiento de responsabilidad patrimonial no está prevista en la ley.
b) No, ya que la terminación convencional está expresamente excluida al haberse iniciado un procedimiento administrativo.
c) Sí, pero sólo si D. José hubiese planteado la posibilidad de terminación convencional antes de llegar al trámite de audiencia.
d) Sí, D. José puede plantear la terminación convencional antes o durante el trámite de audiencia.

No sería la d)????
he hecho los 25 primeros  y ahora ne voy a comer q estoy canin@



Yo diría que la b (silencio negativo de las subvenciones)  y la 2ª la c pero esta sin estar seguro del todo, todo sin haber visto el supuesto práctico, si lo has sacado de allí. Salu2!

Poto, gracias por la aclaración. Al final, ya sabes, la única neurona se lía ella solita.
Aprovechando que estoy de canguro de mi sobrina me he puesto a repasar los supuestos que habéis ido comentando y me he encontrado con la misma duda que ilusi?n sobre la 23...
Googleando he encontrado la respuesta al segundo caso que aparece en la cita. Tenías razón al decir que era la "c"  pero, para fijar el argumento, aquí va el artículo 8 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo,
"En cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, el órgano competente, a propuesta del instructor, podrá acordar con el interesado la terminación convencional del procedimiento mediante acuerdo indemnizatorio"

Jairo

#1062
Cita de: kokotaraino en 17 de Septiembre de 2010, 22:04:35 PM
Yo también me he quedado con la C, Jairo, también en determinada prensa, ha aparecido Barakaldo con C.
¿Será un mensaje subliminal?
¿Será desconocimiento de los nombres oficiales de los pueblos de Euskal Herria?
¿Será que a algun@ le jode todo lo que suene a euskera y vaya con K?
Pues nada, les informo que Barakaldo proviene de baratza alde (lugar o zona de huertas-traducción para los que usan la c), que es como era este pueblo en tiempos de mis antepasad@s.

Error, Kokotaraino, esa teoría ha quedado demostrada que no es cierta.

Barakaldo viene de "Ibarra", con la pérdida de la "i" inicial, y la segunda parte... ahí andan los estudiosos, pero no dan con ello.

Igual viene de "galdua", Ibarragaldua, la vega perdida, pero vaya usted a saber... pero lo de Baratzalde murió con el Siglo XX.

Esto es de la época en la que me daba por leer libros de Barakaldo, qué obsesión, ahí fue cuando me ingresaron y, ahora.. ya veis cómo he quedado, hasta me aceptaron la teoría en la Wikipedia... como para fiarte de la Wiki...

De todas formas, que te encuentres Baracaldo en la web del IVAP, es lo que me llama la atención, otra cosa es que te lo encuentres en el foro de "Cuéntame" o en la web de Farruquito, pero en la web del IVAP... manda kojones... perdón, cojones, quería decir...

Por acuerdo del pleno del ayuntamiento se cambió el nombre del municipio de Baracaldo a Barakaldo. Dicho cambio fue oficial por resolución de 21 de mayo de 1986, del "Director de la Secretaría General Técnica del Gobierno del País Vasco", publicada en el BOPV de 2 de junio del mismo año.

Jairo

Como veis, estoy preocupadísimo con el examen...

poto

Cita de: Jairo en 18 de Septiembre de 2010, 01:24:04 AM
Como veis, estoy preocupadísimo con el examen...

¡Venga de historias a dormir! pensar que me he visto una peli bien larga, la del acantilado rojo, en vez de pensar lo que debía  hacer mañana ... ya me vale. ZZZZZZZZZZZZZZZZZZZZ

arrate

la peli estaba bien  me la recomiendas? ;)

.yo.

Me he quedado pensando en la 4  ::)
4. Un Tribunal de Selección dependiente del titular de la Consejería de Administraciones Públicas, Organización y Régimen Interior, ha adoptado un acuerdo por el que fija la relación definitiva de aspirantes que han superado un proceso selectivo para el ingreso en la función pública, lo ha remitido al Consejero y éste lo ha publicado mediante resolución motivada en el BOPV. Un aspirante no admitido ha interpuesto recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco frente a dicho acto. Es procedente dicho recurso?
a) No, pues sólo cabe el recurso de alzada.
b) No, pues sólo cabe el recurso de reposición.
c) Sí.
d) Dependerá del tipo de resolución

No sería la a?


arrate

yo la verdad es que no entiendo el enunciado esta demasiado rebuscado

.yo.

O en vez de en "dependiente" me tengo que fijar en quien lo ha publicado?
Dios, cuantas dudas juntas...... >:(

arrate

Cita de: ainal en 18 de Septiembre de 2010, 01:12:52 AM
Cita de: poto en 17 de Septiembre de 2010, 14:21:27 PM
Cita de: ilusi?n en 17 de Septiembre de 2010, 13:58:37 PM
Desde la Consejería de Bienestar Social se convocaron unas subvenciones el pasado mes de febrero en materia de integración social de discapacitados. Se presentaron en plazo 1347 solicitudes de las cuales 50 no fueron resueltas y notificadas en plazo, cuál es el sentido del silencio administrativo en este caso?
a) Estimatorio.
b) Desestimatorio.
c) Estimatorio o desestimatorio dependiendo de cada una de las solicitudes.
d) No cabe el silencio administrativo en este caso.



pero eso de terminancion convencional no aparece en los apuntes no? entonces se supone que no entraria


NO es la B) la  respuesta correcta??

Y en esta otra:

22. Durante el trámite de audiencia, D. José se plantea la posibilidad de llegar a un acuerdo con la Administración y poner fin al procedimiento, será posible esta alternativa?
a) No, ya que la terminación convencional de los procedimiento de responsabilidad patrimonial no está prevista en la ley.
b) No, ya que la terminación convencional está expresamente excluida al haberse iniciado un procedimiento administrativo.
c) Sí, pero sólo si D. José hubiese planteado la posibilidad de terminación convencional antes de llegar al trámite de audiencia.
d) Sí, D. José puede plantear la terminación convencional antes o durante el trámite de audiencia.

No sería la d)????
he hecho los 25 primeros  y ahora ne voy a comer q estoy canin@



Yo diría que la b (silencio negativo de las subvenciones)  y la 2ª la c pero esta sin estar seguro del todo, todo sin haber visto el supuesto práctico, si lo has sacado de allí. Salu2!

Poto, gracias por la aclaración. Al final, ya sabes, la única neurona se lía ella solita.
Aprovechando que estoy de canguro de mi sobrina me he puesto a repasar los supuestos que habéis ido comentando y me he encontrado con la misma duda que ilusi?n sobre la 23...
Googleando he encontrado la respuesta al segundo caso que aparece en la cita. Tenías razón al decir que era la "c"  pero, para fijar el argumento, aquí va el artículo 8 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo,
"En cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, el órgano competente, a propuesta del instructor, podrá acordar con el interesado la terminación convencional del procedimiento mediante acuerdo indemnizatorio"


arrate

a ver pero lo de terminacion convencional no sale en los apuntes no? entonces no deberia de entrar en el examen no?

arrate

Cita de: .yo. en 18 de Septiembre de 2010, 10:49:56 AM
Me he quedado pensando en la 4  ::)
4. Un Tribunal de Selección dependiente del titular de la Consejería de Administraciones Públicas, Organización y Régimen Interior, ha adoptado un acuerdo por el que fija la relación definitiva de aspirantes que han superado un proceso selectivo para el ingreso en la función pública, lo ha remitido al Consejero y éste lo ha publicado mediante resolución motivada en el BOPV. Un aspirante no admitido ha interpuesto recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco frente a dicho acto. Es procedente dicho recurso?
a) No, pues sólo cabe el recurso de alzada.
b) No, pues sólo cabe el recurso de reposición.
c) Sí.


a...
d) Dependerá del tipo de resolución

No sería la a?



mi lo que me despista es lo del consejero, porque como es el organo superior se supone que es reposicion

poto

Cita de: arrate en 18 de Septiembre de 2010, 10:49:16 AM
la peli estaba bien  me la recomiendas? ;)

De la historia de china, del director Jhon Woo. Es de las típicas de batallitas entre señores de la guerra, no sé porqué me da que no te va a gustar. Salu2!

Cristina1964

Cita de: arrate en 18 de Septiembre de 2010, 10:59:42 AM
Cita de: .yo. en 18 de Septiembre de 2010, 10:49:56 AM
Me he quedado pensando en la 4  ::)
4. Un Tribunal de Selección dependiente del titular de la Consejería de Administraciones Públicas, Organización y Régimen Interior, ha adoptado un acuerdo por el que fija la relación definitiva de aspirantes que han superado un proceso selectivo para el ingreso en la función pública, lo ha remitido al Consejero y éste lo ha publicado mediante resolución motivada en el BOPV. Un aspirante no admitido ha interpuesto recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco frente a dicho acto. Es procedente dicho recurso?
a) No, pues sólo cabe el recurso de alzada.
b) No, pues sólo cabe el recurso de reposición.
c) Sí.


a...
d) Dependerá del tipo de resolución

No sería la a?


mi lo que me despista es lo del consejero, porque como es el organo superior se supone que es reposicion

Yo creo que es la "C", porque por encima del Consejero ya no hay ningún superior jerárquico, ya está, su resolución ha agotado la vía admtva. con lo cual el aspirante puede interponer el contencioso.
Tengo la cabeza llena de tupatus AGAIN...

poto

#1074
Cita de: .yo. en 18 de Septiembre de 2010, 10:49:56 AM
Me he quedado pensando en la 4  ::)
4. Un Tribunal de Selección dependiente del titular de la Consejería de Administraciones Públicas, Organización y Régimen Interior, ha adoptado un acuerdo por el que fija la relación definitiva de aspirantes que han superado un proceso selectivo para el ingreso en la función pública, lo ha remitido al Consejero y éste lo ha publicado mediante resolución motivada en el BOPV. Un aspirante no admitido ha interpuesto recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco frente a dicho acto. Es procedente dicho recurso?
a) No, pues sólo cabe el recurso de alzada.
b) No, pues sólo cabe el recurso de reposición.
c) Sí.
d) Dependerá del tipo de resolución

No sería la a?



Yo diría que la "D" pues si pone fin a la vía administrativa se podría interponer directamente en el contencioso o previamente el de reposición. De la misma manera que si no pone fin deberíamos el recurso de alzada. Salu2!

P.D: Ahora que lo veo, la resolución del consejero pone ffin por lo que sería la "c" como dice Cris

Cristina1964

Claro, la resolución de un Señor Consejero pone fin, no? NO TIENE A NADIE MÁS QUE AL LEHENDAKARI por encima...
Tengo la cabeza llena de tupatus AGAIN...

.yo.

Cita de: arrate en 18 de Septiembre de 2010, 10:54:46 AM
a ver pero lo de terminacion convencional no sale en los apuntes no? entonces no deberia de entrar en el examen no?

yo no veo el término "convencional"

.yo.


Ally

 ;D Aupa chicos. Os importaría cuando tengais las respuestas de los supuestos de ELA, colgarlas? Así todos podríamos ir cotejando lo que vamos haciendo, que os parece si empezamos con las 50 primeras. Yo voy por la 15, pero cuando las tenga las cuelgo. Salu2.

wences

Cita de: .yo. en 18 de Septiembre de 2010, 11:19:48 AM
Cita de: arrate en 18 de Septiembre de 2010, 10:54:46 AM
a ver pero lo de terminacion convencional no sale en los apuntes no? entonces no deberia de entrar en el examen no?

yo no veo el término "convencional"

en administrativo se menciona en la página 171 punto E

junkal75


rarara


eneaina

aupa juncal! la pregunta en la pregunta 10 diria que es la D, la pregunta 18 no entiendo por que es fuera de plazo y la pregunta 21 yo diria que es la A,no se computa a partir del dia que el daño efectivamente se produjo?

eneaina

perdona juncal! creia que era respuestas tuyas y son de ela!la pregunta 18 sigo sin enterdela!

Anais


arrate

yo con la pregunta 4 ( la de los tribunales) no veo claro que sea la C

poto

Cita de: arrate en 18 de Septiembre de 2010, 15:43:04 PM
yo con la pregunta 4 ( la de los tribunales) no veo claro que sea la C

¿Cuál es tu razonamiento?  salu2!

lati

la 135 y 179 son incongruentes....las dos son solicitudes incompletas y en una dice que se registra y en la otra no
...y tú decías: ey! nadie podrá con nosotros....

ahijok

Hola a todos!!

Bueno, hace poco que he descubierto este maravilloso foro, y he intentado ponerme al día con los comentarios que se han venido haciendo, al respecto de la OPE AUX. Administrativo Gobierno vasco, a la cual me presentaré.

Es la primera vez que me presento a una OPE y estoy bastante perdida, pero bueno, imagino que poco a poco me iré empapamdo de todo este mundillo. Veo que algunos ya estais bastante metidos y otros andais como yo.

Quería pediros un favor, y es que he visto que está colgado el exámen del la OPE 2009 de gobierno Vasco, pero no he dado con las respuestas. Imagino que estarán pero no las veo. Me podeis por favor redirigirme a donde se encuentren, o enviármelas?

Mil gracias por todo
Lo que ahoga a alguien no es caerse al río, sino mantenerse sumergido en él.

rosago

hola a todos

alguien puede poner el link de las erratas de la editorial mad, no lo encuentro,


Gracias

ilusi?n

#1090
uyyy que bien...me iba a poner de nuevo con las respuestas de LAB Y gracias a juncal va a ser todo mucho más fácil.... :-*
Son las auténticas, verdad? vamos 100% fiables.., no???
De las 120 primeras entonces hemos patinado en algunas   :thumb_down:
pero en la gran mayoría  :thumb_up:
así que...chic@s lo tenemos chupao.....
YES WE CAN

BOBILLO

Cita de: rosago en 18 de Septiembre de 2010, 16:54:14 PM
hola a todos

alguien puede poner el link de las erratas de la editorial mad, no lo encuentro,


Gracias

Aquí las dejo!

unieibar

#1092
Hola bobillo!

Yo necesitaba las erratas de subalterno.
¿Cual es la web donde estan publicadas el pdf de las erratas que tu publicas?

Saludos

Ally

 ;) Gracias Junkal. Ahora todo será + fácil. Ahora a por todas. Muchísimas gracias. En la 15 yo sigo pensando que es la c.

Cristina1964

Cita de: Ally en 18 de Septiembre de 2010, 18:40:06 PM
;) Gracias Junkal. Ahora todo será + fácil. Ahora a por todas. Muchísimas gracias. En la 15 yo sigo pensando que es la c.
Es ésta, no?:

15. Si en el procedimiento de responsabilidad patrimonial no recae resolución expresa en
el plazo legalmente establecido:

a) Se entenderá desestimada la solicitud de indemnización.
b) Se entenderá estimada la solicitud de indemnización, en todo caso.
c) Se entenderá caducado el procedimiento.
d) Se entenderá estimada si la solicitud fuere inferior a 6.010 €.

Yo creo que es la a), mira ésto:

pág. 169, quinto párrafo:
"La resolución administrativa de los procedimientos de responsabilidad patrimonial pone fin a la vía administrativa. Si no hay resolución expresa, se podrá entender desestimada la solicitud de indemnización (art. 142.6 y 7 y art. 143.3 LRJPAC). En ambos supuestos, queda libre y expedito el acceso a la tutela judicial."
Tengo la cabeza llena de tupatus AGAIN...

petete

Gracias por las respuestas. Te mereces  :award_star_gold_3: :award_star_silver_2: :award_star_silver_3:Suerte a todos y a seguir hincando los codos.

Cristina1964

Pues hoy yo no es que tampoco haya hecho tanto, pero con un canto en los dientes, así que lo voy a dejar y voy a respirar un poco...
Enga!!!
Tengo la cabeza llena de tupatus AGAIN...

Ally

 ::) Gracias Cristina, eres una experta. Sin duda que vas a sacar una notaza. Eskerrik asko. Seguiré hasta las 8:00 por aquí.

ilusi?n

ostras!!!! pueden poner supuestos de informática ????? xq acabo de llegar a los de lab...
Qué chula la foto, Cris...qué monte es ???

naroa

Chicos no se si me estoy haciendo un lio yo solita q no veas. en la pegunta 11 de ela habla de revision de oficio y dan como buena que tiene que tener dictamen previo del consejo. Pero yo entiendo que aqui hablan de la revision de oficio y no del recurso extraordinario de revision que en el recurso ectraordinario de revision si que te lo piden.
Te lo piden en los dos? el de revision es para 4 supuestos:

1 q el error este en los propios documentos, para esto te dan 4 años para reclamar.
2 q aparezcan nuevos documentos esenciales, para este te dan 3 meses desde q aparecen
3 q en la resulcion haya habido testimonio falsos demostrados con sentencia judicial, 3 meses desde la sentencia
4 q la resolucion haya sido por prevaricación, cochecho,.. tb 3 meses

y q se necesita aprobacion del consejo, pero en el de revision de oficio no pone nada del consejo.

Me lo aclarais por fi