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Las OPOs
Las más comunes que piden en todas las OPOs y con las que se abarca casi todo son: Excel básico y avanzado, Word  básico y avanzado, Access básico y avanzado, internet básico y avanzado, PowerPoint, Outlook y Windows.

De todas os recomiendo la versión 2010 excepto de Access avanzado que lo más rápido es que os presentéis a Access 2000 avanzado que con la demo es suficiente.

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Aux. Administrativos Ayto. Bilbao

Iniciado por anuxka, 18 de Junio de 2009, 08:09:25 AM

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Ally

 ;) Kaixo Socaoz, yo en ese caso pondría la b. Creo que lo he leído en los apuntes. Suerte. 

glugluita

Cita de: elsie en 18 de Noviembre de 2010, 15:03:35 PM
Cita de: socaoz en 18 de Noviembre de 2010, 12:10:45 PM
Y lo de las navidades, espero que no sea cierto, porque eso significaría que hemos aprobado el primero o incluso el segundo que no se pq me da a mi que igual es antes incluso de navidades.

¿Lo de que el segundo examen puede ser antes de navidades lo has oído en algún sitio? Bueno, te lo pregunto a ti porque lo has mencionado pero lo mismo va para el resto del foro: ¿habéis oído algún rumor sobre la fecha del segundo?

Un saludo y mucho ánimo.

No, no he oido nada oficial, lo que si que he oido, incluso creo ke en el foro, que una vez que empiecen a hacer el primer examen luego iba a ir todo bastante rapido, no se lo que entienden por "rapido", porque visto lo visto..., pero bueno yo tambien espero que el segundo sea para despues de navidad sino voy a andar muy pillada. Bueno, ahora nos centraremos en el primero, y a ver si hay suerte y el segundo dejan para enero.
animo

glugluita


kaletrax

Cita de: socaoz en 18 de Noviembre de 2010, 15:43:43 PM
Otra duda q no veo en la ley:
cuando no se compute a efectos de consolidación del grado el tiempo de servicios prestados en el desempeño provisional, el funcionario seguirá consolidando a efectos de grado:
a) el nivel del puesto que solicite
b) el nivel del puesto que venía ocupando, hasta la resolución del primer concurso en que pueda participar
c) en estos casos no se consolidará grado alguno
d) en estos casos consolidará el grado inmediato superior al que se posea
En el test dan como correcta la c) pero no lo veo en la LFPV
A ver que opinaís.


yo diria la B.
Respecto al T3 , que yo sigo con mi reducción de temario.....os vais a estudiar (algunos lo tendreis requeteestudiado) cada funcion de los secretarios, subsecretarios tecnicos y demás??? aisss, es que eso es un poco rollo,no? siempre hablo del temario de LAB eh.......ale pues voy a ver si sigo reduciendo, a este paso, me quedo con 2 hojas! en la academia os han insistido en algo en particular, tipo el tema tal es superimportante??
venga, que tengo un par de horillas libres y quiero aprovechar
buena tarde!


socaoz

Hola:

Yo no estaba en la academia cuando dieron esos temas, pero si se que se estudió las funciones de cada uno.

ya lo siento.
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

rarara

Si, eso es un rollo, Kaletrax (funciones de secretarios, subsecretarios tecnicos,etc). Yo lo he mirado muy por encima igual que competencias de municipios o contratos que me parecen los temas mas peñazos. Las preguntas que me salgan en los tests de eso y no me complico más, porque encima el temario de eso me cuesta mogollón. Los otros 20 temas son algo más accesibles, aunque cualquiera se fia. Aver que preguntan.

Qué temas han dado mas importancia en la academia, Socaoz? Qué es lo más importante de los 22 temas? Asi igual nos hacemos una idea de qué pueden preguntar más

Eskerrik asko


socaoz

No sabria que deciros. A nosotros nos han dado todos los temas promenorizados. Me acuerdo de q cuando dimos contratos, que es el mas largo y mortal de necesidad, mucha gente decia que no se lo iba a estudiar porque no habia caido nunca antes, y el profesor nos comentaba que una pregunta mas o menos contestada bien son muchos puestos en una ope, pero ya te digo, con el tiempo que contamos mucho no se podra hacer pq yo a peser a ir a academia he andado con tantos ausntos que tampoco controlo los temas, llevo mas o menos (menos que más) estudiado medio temario aún.
Desde mi punto de vista y por experiencia en otros examenes la 30/92 hay que llevarla al dedillo. Es verdad que creo que los temas de la segunda parte del temario preguntarán menos pq van a caer en un segundo examen, pero esto último es mi opinión personal.
Cristina tb ha ido a academia con otro profesor diferente al mio, igual ella puede orientaros mejor sobre lo que ha destacado más.
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

socaoz

Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

rarara

Si, yo creo que tambien que la segunda parte del temario igual entra menos porque eso lo pondran en la practica del segundo ejercicio, siempre que aprobemos el primero, claro (de la ley 30/92 nos preguntaran y seguro que bastante, aunque sean 3 temillas nada mas en el temario, si)

Mila esker

Cristina1964

Pues en el repaso de la Academia nos están metiendo bastante más caña con el tema de MUNICIPIOS DE GRAN POBLACIÓN, p.e., Organización Municipal también.... vaya, que el hombre no quiere comprometerse a decirnos "ésto sí, y ésto no", pero los temas 4 y 5.... como que los está machacando mogollón, y de P.A también, por supuesto...
SOCORRO!!!
Hoy me toca ir, a ver, porque no doy ni una....
Tengo la cabeza llena de tupatus AGAIN...

Cristina1964

Ah! se me olvidaba, también nos ha dicho en alguna ocasión que el tema de CONCESIÓN DE LICENCIAS les debe de gustar a los del Ayuntamiento, y el de Órganos Colegiados. Esos son de la segunda parte, yo no me haría ideas, todo lo que podamos mejor.... no me fío yaaaaa..... ni un puñetero pelo.
Tengo la extraña sensación de que me crece el temario por las noches o algo....
Tengo la cabeza llena de tupatus AGAIN...

kaletrax

hombre, el profesor ese, tiene razón, una pregunta bien contestada tiene su qué, y para ello si te lo aprendes todo pues mejor...pero claro, poder!!!!

en fin....que yo me he leido y subrayado todo ya, y ahora empiezo a retener hasta lo que em de tiempo en 2 semanas!, estoy con los T1-T2 y T3.....pero me surge una duda, en ningun momento el  indice del temario dice nada de derechos fundamentales de CE y segun el tocho  de LAB, ni menciona el EA (3/1979)....me parece un poco raro, comenta los estatuto de autonomia pero así muy general,no? no me fio un pelo!!!!

bueno yo en GV tambien pensaba que nos achicharrarian con la 30/92 y....cuantas cayeron? superpocas!

kaletrax


socaoz

No, no entran derechos fundamentales ni estatuto, es raro, pero ya hay bastante temario.
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

socaoz


Hoy soy un mar de dudas:

los funcionarios cuando pasen a prestar servicios en entidades del sector público procederá declararles:

a) en excedencia voluntaria
b) en excedecia voluntaria por interés particular
c) en servicios especiales
d) toas son correctas.

Dan por buena la a), pero o yo entiendo mal el articulo o no me cuadra. Lo pongo: Cuando se encuentren en servicio activo en otro cuerpo o escala de cualquier Administración Pública, SALVO que hubiesen obtenido la oportuna compatibilidad o pasen a prestar servicios en entidades del sector público y no les corresponda, conforme a esta Ley, quedar en otra situación.
Entiendo con SALVO que es una excepción a estar en excedencia voluntaria, o no?
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

kaletrax

no,no,no, que no lo decia por quejarme!!! joder mejor! una cosa menos........

estoy haciendo test......que curro os habeis pegao, de verdad eh......
ale, ya os dejo, que me lio y no tengo falta!!!

respecto a las excedencias.....no te puedo ayudar, aun tengo ese tema lejos, aunque leyendo el ariculo entiendo lo mismo que tu!

elsie

Cita de: socaoz en 18 de Noviembre de 2010, 17:48:53 PM
Cuando se encuentren en servicio activo en otro cuerpo o escala de cualquier Administración Pública, SALVO que hubiesen obtenido la oportuna compatibilidad o pasen a prestar servicios en entidades del sector público y no les corresponda, conforme a esta Ley, quedar en otra situación.

Yo lo que entiendo es que pasas a excedencia voluntaria si estás en activo en otro cuerpo o escala de cualquier Administración Pública menos en el caso en que obtengas la compatiblidad porque entonces podrías seguir en servicio activo, es decir, te "dejan" seguir con las dos plazas a la vez. Bueno, eso es lo que yo entiendo.

socaoz

Os dejo otro test más. ESte sobre pesonal, un tema que tengo atravesado.
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

Magenta

Cita de: socaoz en 18 de Noviembre de 2010, 17:48:53 PM

Hoy soy un mar de dudas:

los funcionarios cuando pasen a prestar servicios en entidades del sector público procederá declararles:

a) en excedencia voluntaria
b) en excedecia voluntaria por interés particular
c) en servicios especiales
d) toas son correctas.

Dan por buena la a), pero o yo entiendo mal el articulo o no me cuadra. Lo pongo: Cuando se encuentren en servicio activo en otro cuerpo o escala de cualquier Administración Pública, SALVO que hubiesen obtenido la oportuna compatibilidad o pasen a prestar servicios en entidades del sector público y no les corresponda, conforme a esta Ley, quedar en otra situación.
Entiendo con SALVO que es una excepción a estar en excedencia voluntaria, o no?

Yo entiendo que el SALVO se refiere a los que pasen a prestar servicios en entidades del sector público y que, además no les corresponda conforme a esta ley quedar en otra situación. O sea que la opción buena sería la a).

Magenta

Por cierto, Cristina, ¿qué me dices sobre los test de las corporaciones locales I, II y III? ¿merece la pena dedicarles tiempo?

Magenta

#1117
Cita de: Magenta en 18 de Noviembre de 2010, 19:16:28 PM
Cita de: socaoz en 18 de Noviembre de 2010, 17:48:53 PM

Hoy soy un mar de dudas:

los funcionarios cuando pasen a prestar servicios en entidades del sector público procederá declararles:

a) en excedencia voluntaria
b) en excedecia voluntaria por interés particular
c) en servicios especiales
d) toas son correctas.

Dan por buena la a), pero o yo entiendo mal el articulo o no me cuadra. Lo pongo: Cuando se encuentren en servicio activo en otro cuerpo o escala de cualquier Administración Pública, SALVO que hubiesen obtenido la oportuna compatibilidad o pasen a prestar servicios en entidades del sector público y no les corresponda, conforme a esta Ley, quedar en otra situación.
Entiendo con SALVO que es una excepción a estar en excedencia voluntaria, o no?

Yo entiendo que el SALVO se refiere a los que pasen a prestar servicios en entidades del sector público y que, además no les corresponda conforme a esta ley quedar en otra situación. O sea que la opción buena sería la a).

Ahora creo que estaría mal, y la correcta sería la b). Me he puesto a mirarlo y según el EBEP, no existe ya la figura de excedencia voluntaria, sólo existe excedencia voluntaria por interés particular, luego, sería la b). Ahora bien, ¿a qué tenemos que atenernos, a la LFPV o al EBEP? Se supone que al EBEP ¿no? (creo recordar que en el mismo temario de lab dice que este tema se verá según el EBEP.
Así que cuando menos la preguntita, de dar la a) por buena, en un examen sería impugnable.

Y me voy a estudiar, porque veo que, sin la ley delante, soy un mar de dudas (bueno, y algunas veces con ella delante también)

socaoz

Entiendo tu razonamiento. Yo lo veía como una excepción. No se, lo volveré a mirar.

Otra cosa, hay que estudiar tanto la LFPV como el EBEP ya que ambas están en vigor. Por lo menos eso es lo que nos han dicho en la academia. Al hacer el EBEP no anularon el LFPV y ahora ambas están en vigor con el mismo rango y con algunas diferencias en algunos articulos, incluso verdaderas contradicciones.

No se como viene en el temario de LAB, yo para este tema sigo el de MAD y apuntes.
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

socaoz

Ah, otra cosa que comentamos el otro día y que acabo de leer.
Las licencias las otorga como norma general el alcalde, excepto en los municipios de gran población que lo hace la junta de gobierno.
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

Cristina1964

Cita de: Magenta en 18 de Noviembre de 2010, 19:17:37 PM
Por cierto, Cristina, ¿qué me dices sobre los test de las corporaciones locales I, II y III? ¿merece la pena dedicarles tiempo?

Jo! Pues sinceramente yo los he abandonado. Sólo he echado mano de alguno cuando algún tema se me atravesaba (ahora son muchos los que tengo liadísimos). Pienso que es para mirarlos con mucho tiempo, y es algo que ya no tenemos. Por ejemplo, los temas de FUNCIÓN PÚBLICA LOCAL... miedo.... a ver si alguno va a estar desfasadillo.... igual te valen los típicos de la Consti, de Organización Territorial.... A estas alturas de verdad.... yo como que PASO
Tengo la cabeza llena de tupatus AGAIN...

Magenta

Gracias, Cristina, como que yo también voy a pasar....

Cristina1964

Aúpa compis!!! Sólo es para saludar. Cómo va el rollo del pollo?
Ya no queda nada, así que a darle duro al EBEP y a la Consti también.... yo por lo menos me parece que me toca volver a repasar los primeros temas.... ya no me acuerdo de nada.... JAJAJAJA!!! Por no llorar....
Animo peña!!!
Tengo la cabeza llena de tupatus AGAIN...

rarara

Yo los temas de municipios y funcion publica local los llevo también fatal. A ver si miro el finde hasta el 10 (la primera parte del programa, con lo de la ley/92 que de ahi nos preguntaran) y la proxima acabo el rollo del pollo, ja,ja,ja.

Por cierto; los plazos para faltas muy graves, graves y leves
                                          sanciones muy graves, graves y leves; cuales son? es que no lo encuentro

Gracias

kaletrax

yo el rollo del pollo lo llevo bastante mal, pero vamos el de la gallina tambien!!!!jajaja, aun voy lentita

algúna buena persona me podría explicar asi muy muy brevemente qué es un funcionario local con habilitacion estatal?es que leo el libro y no entiendo, a ver si con una segunda opinión me aclaro un poco más! gracce mile

turco666666

Funcionarios que por ejemplo están en el ayunta de Bilbao y al año que viene se van a Córdoba,van de un sitio a otro,entiendo que es éso.

encinal38

Hola a todos, os envío unas preguntitas que he encontrado por internet que considero que son diferentes a las que estan en los test en Daypo y son raritas:

1.- La terminación convencional del procedimiento:
a) No existe
b) Es una forma normal de terminación.
c) Es una forma anormal de terminación.
d) Es una forma presunta de terminación.

Respuesta: c

2.- Los actos que amplían la esfera de derechos o intereses de los Administrados se denominan:
a) De gravamen
b) Favorables
c) Autorizaciones
d) Concesiones

Respuesta: d

3.- No es un supuesto de eficacia demorada:
a) Cuando el acto esté supeditado a su notificación
b) Cuando el acto tenga que ser publicado
c) Cuando el acto tenga que ser aprobado por un superior
d) Cuando el acto se dicte en sustitución de otro anulado

Respuesta: d

socaoz

Cita de: kaletrax en 20 de Noviembre de 2010, 13:40:49 PM
yo el rollo del pollo lo llevo bastante mal, pero vamos el de la gallina tambien!!!!jajaja, aun voy lentita

algúna buena persona me podría explicar asi muy muy brevemente qué es un funcionario local con habilitacion estatal?es que leo el libro y no entiendo, a ver si con una segunda opinión me aclaro un poco más! gracce mile

Hola:
Turco6666 tiene razón, son funcionarios que pueden ir de un sitio a otro, pero son un tipo de funcinarios concreto, que debe realizar una serie de cursos expecíficos y presentarse a las convocatorias concretas para estos puestos. En los ayuntamientos, lo secretarios y los interventores tienen que tener habilitación estatal y para eso, deben ser licenciados en deterinadas carreras como derecho, empresariales.... y se encargan principalmente de la fe pública y las cuentas de los ayuntamientos (se entiende que es para que en todos se hagan de forma similar, por eso los cursos son para todos iguales).
Espero haberte aclarado un poco más.
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

socaoz

Bueno, no creo que haya mucha gente que se lo esté preparando en condiciones y vaya pero que yo...

Voy a intentar hoy comenzar con contratos pero no se cuandos días me va a llevar....
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

ilusi?n

Cita de: encinal38 en 20 de Noviembre de 2010, 17:35:06 PM
Hola a todos, os envío unas preguntitas que he encontrado por internet que considero que son diferentes a las que estan en los test en Daypo y son raritas:

1.- La terminación convencional del procedimiento:
a) No existe
b) Es una forma normal de terminación.
c) Es una forma anormal de terminación.
d) Es una forma presunta de terminación.

Respuesta: c

2.- Los actos que amplían la esfera de derechos o intereses de los Administrados se denominan:
a) De gravamen
b) Favorables
c) Autorizaciones
d) Concesiones

Respuesta: d

3.- No es un supuesto de eficacia demorada:
a) Cuando el acto esté supeditado a su notificación
b) Cuando el acto tenga que ser publicado
c) Cuando el acto tenga que ser aprobado por un superior
d) Cuando el acto se dicte en sustitución de otro anulado

Respuesta: d

¿y estan bien? o se trata de discutirlas ?
la 1ª yo creo q esta mal ...la 2ª nyo hubiera respondido "favorables" y la 3ª creo q esta ok...
Ahoraaaaa, si estan bien...ni me molesto en consultar apuntes a estas alturas...

glugluita

 hola, ke tal? mi neurona esta ya estasiada, y todavia me quedan los peores temas que los he ido dejando para el final y ahora me arrepiento, pero que le vamos a hacer..... Por cierto, alguien que estudie por el temario de lab me puede decir si se esta mirando el tema 11 (contratos) entero? porque por lo que yo he mirado me da la sensacion de que sobra temario, no se, no creo que me lo estudie entero, me parece una burrada.
Bueno, gente, voy a fumar un cigarrito a ver si me despejo un poco, animo!!

socaoz

Hola Lamia:
Yo no estoy estudiando por el temario de LAB pero puedo asegurarte que el tema de contratos es una burrada, es casi toda la ley completa, mucho más que incluso para diputación que suelen ahondar en este tema.
por otro lado, una duda. El tema 12, el de las licencias, alguien me puede decir se está basado en alguna ley o reglamento?. Es que tengo un resumen y aqui no veo nada y hay algunas preguntas de test que no encuentro las respuestas pero imagino que vendrán en alguna ley q no veo (la que encuentro está ya derogada).
Gracias
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

glugluita

Segun el temario de lab, en el tema de las licencias hacen mencion a los articulos de la rscl (reglamento de servicios de las corporaciones locales, de 17 de junio de 1955) no se si seguira vigente pero supongo que si porque casi todo lo de licencias lo sacan de ahi, tambien hablan del real decreto - ley 1/1986 de 14 de marzo de medidas urgentes administrativas, financieras, fiscales y laborales, pero menos. no se si te serviran de algo.

socaoz

Gracias Lamia, si lo miro ahí.
Tengo una pregunta pq sigo sin encontrarlo ni en los apuntes ni en la ley:

Señalar la respuesta FALSA. Las Corporaciones Locales podrán sujetar a sus administrados al deber de obtener previa licencia en los casos previstos:
a) en la ley
b)en los Bandos de Alcaldía-Presidencia
c) en el presente Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales
d) en otras disposiciones de caracter general

Entiendo que la correcta es la b) por descarte pero no lo puedo asegurar.
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

ilusi?n

yo en las licencias estudio el reglamento de servicios y del tema de contratos....que os voy a decir....la ley 30/92 art.1-37 y 291 a 298 y    PUNTO PELOTA !!!!!! con eso no os animo a que seais tan pasotas cómo yo eh?????

lamia, yo tb x descarte diría la b)

ilusi?n


glugluita

Cita de: socaoz en 20 de Noviembre de 2010, 19:15:47 PM
Gracias Lamia, si lo miro ahí.
Tengo una pregunta pq sigo sin encontrarlo ni en los apuntes ni en la ley:

Señalar la respuesta FALSA. Las Corporaciones Locales podrán sujetar a sus administrados al deber de obtener previa licencia en los casos previstos:
a) en la ley
b)en los Bandos de Alcaldía-Presidencia
c) en el presente Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales
d) en otras disposiciones de caracter general

Entiendo que la correcta es la b) por descarte pero no lo puedo asegurar.


si, creo que es la b), segun el art 8 de rscl "las corporaciones podran sujetar a sus administrados al deber de obtener, previa licencia en los caso previstos por la ley, el presente reglamento u otras disposiciones de caracter general

por cierto ilusión, del tema de contratos que te estas empollando? yo no se muy bien que englobaria los contratos de la esfera local

socaoz

Cita de: lamia en 20 de Noviembre de 2010, 19:29:37 PM
Cita de: socaoz en 20 de Noviembre de 2010, 19:15:47 PM
Gracias Lamia, si lo miro ahí.
Tengo una pregunta pq sigo sin encontrarlo ni en los apuntes ni en la ley:

Señalar la respuesta FALSA. Las Corporaciones Locales podrán sujetar a sus administrados al deber de obtener previa licencia en los casos previstos:
a) en la ley
b)en los Bandos de Alcaldía-Presidencia
c) en el presente Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales
d) en otras disposiciones de caracter general

Entiendo que la correcta es la b) por descarte pero no lo puedo asegurar.


si, creo que es la b), segun el art 8 de rscl "las corporaciones podran sujetar a sus administrados al deber de obtener, previa licencia en los caso previstos por la ley, el presente reglamento u otras disposiciones de caracter general

por cierto ilusión, del tema de contratos que te estas empollando? yo no se muy bien que englobaria los contratos de la esfera local

Hola Lamia:
Gracias, no lo veía porque ese art. 8, esta derogado: Suprimido por Real Decreto 2009/2009, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de servicios de las corporaciones locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955.
Pero la doy por buena.
Socaoz
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

socaoz

Creo que no os habia dejado el test del tema 10. Aqui lo cuelgo.
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

socaoz

Tengo otra duda:

el plazo máximo para notificar una resolución expresa con carácter general es de
a) 3 meses
b) 6 meses
c) 4 meses
d) 2 meses

la respuesta es la b), pero lo normal no son 3 meses en caso de que ninguna ley diga nada y un máximo de 6?
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

socaoz

Os dejo el tema 12 también.
El tema 11 de contratos lo voy a intentar comenzar a mirar ahora a ver que tal va...
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

Cristina1964

Cita de: rarara en 20 de Noviembre de 2010, 12:20:09 PM
Yo los temas de municipios y funcion publica local los llevo también fatal. A ver si miro el finde hasta el 10 (la primera parte del programa, con lo de la ley/92 que de ahi nos preguntaran) y la proxima acabo el rollo del pollo, ja,ja,ja.

Por cierto; los plazos para faltas muy graves, graves y leves
                                          sanciones muy graves, graves y leves; cuales son? es que no lo encuentro

Gracias
Los plazos de prescripción de las faltas son:
por infracciones muy graves: 3 años, graves: 2 años y leves: 6 meses.
Los de prescripción de las sanciones:
por faltas muy graves: 3 años, por faltas graves: 2 años y por faltas leves: 1 año.
Ahora mismo estoy con ese tema, a ver si puedo ver el siguiente AGAIN. Porque con las situaciones administrativas tengo un santo lío de la pera.
Ala, feliz estudio dominguero...
Tengo la cabeza llena de tupatus AGAIN...

ilusi?n

Cita de: socaoz en 20 de Noviembre de 2010, 22:16:49 PM
Tengo otra duda:

el plazo máximo para notificar una resolución expresa con carácter general es de
a)3 meses
b) 6 meses
c) 4 meses
d) 2 meses

la respuesta es la b), pero lo normal no son 3 meses en caso de que ninguna ley diga nada y un máximo de 6?

yo creo que se refiere a que como máximo independientemente de las circunstancias , sin meterse en detalles. Sobre el tema de contratos, sé q m quedo corta pero no tengo mi tiempo mi ganas ya de meterme en honduras, sinceramente. . .

Cristina1964

#1143
Cita de: socaoz en 20 de Noviembre de 2010, 22:16:49 PM
Tengo otra duda:

el plazo máximo para notificar una resolución expresa con carácter general es de
a) 3 meses
b) 6 meses
c) 4 meses
d) 2 meses

la respuesta es la b), pero lo normal no son 3 meses en caso de que ninguna ley diga nada y un máximo de 6?

Aúpa Sonia, copio y pego de la 30/92, artículo 42.2:

"El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento. Este plazo no podrá exceder de seis meses salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en la normativa comunitaria europea."

Yo creo que si hubiera una opción que dijera: el fijado por la norma reguladora del procedimiento, sería ésa la respuesta, pero entre las opciones que dan me quedo con la de 6 meses.

Ah! Mila esker, te estás pegando una currada tú solita de aúpa con los daypos.... la verdad es que yo esta vez estoy procurando ponerme menos con el PC, cuando lo del GV me perdía un montonazo por la red.... y no puede ser, que ya me vale.
Por cierto, aunque al principio veía más llevadero este temario y más accesible también, sólo por nº de temas y viendo que había temas comunes y tal... pues no sé, me da la impresión de que hay temas de esos que se supone que eran iguales QUE SON DISTINTOS, no? Y ya los específicos de Local me parecen un rollete. Pero bueno, habrá que pegarle un último tirón, a ver..... porque a este paso yo por lo menos me jubilo y aquí estoy...
Tengo la cabeza llena de tupatus AGAIN...

Cristina1964

Cita de: ilusi?n en 21 de Noviembre de 2010, 09:52:14 AM
Cita de: socaoz en 20 de Noviembre de 2010, 22:16:49 PM
Tengo otra duda:

el plazo máximo para notificar una resolución expresa con carácter general es de
a)3 meses
b) 6 meses
c) 4 meses
d) 2 meses

la respuesta es la b), pero lo normal no son 3 meses en caso de que ninguna ley diga nada y un máximo de 6?

yo creo que se refiere a que como máximo independientemente de las circunstancias , sin meterse en detalles. Sobre el tema de contratos, sé q m quedo corta pero no tengo mi tiempo mi ganas ya de meterme en honduras, sinceramente. . .
No me extraña en absoluto. Ese no es un tema normal de LOCAL, es "EL TEMA", vamos el rey de esta OPE. Una barbaridad, yo lo voy a llevar muy muy flojo....
Tengo la cabeza llena de tupatus AGAIN...

socaoz

Cita de: Cristina1964 en 21 de Noviembre de 2010, 09:34:01 AM
Cita de: rarara en 20 de Noviembre de 2010, 12:20:09 PM
Yo los temas de municipios y funcion publica local los llevo también fatal. A ver si miro el finde hasta el 10 (la primera parte del programa, con lo de la ley/92 que de ahi nos preguntaran) y la proxima acabo el rollo del pollo, ja,ja,ja.

Por cierto; los plazos para faltas muy graves, graves y leves
                                          sanciones muy graves, graves y leves; cuales son? es que no lo encuentro

Gracias
Los plazos de prescripción de las faltas son:
por infracciones muy graves: 3 años, graves: 2 años y leves: 6 meses.
Los de prescripción de las sanciones:
por faltas muy graves: 3 años, por faltas graves: 2 años y por faltas leves: 1 año.
Ahora mismo estoy con ese tema, a ver si puedo ver el siguiente AGAIN. Porque con las situaciones administrativas tengo un santo lío de la pera.
Ala, feliz estudio dominguero...

No pensaba que entrasen las faltas y las sanciones... Lo vi en GV lo repaso por ahí...
Esto es una carrera de fondo y al final llegaré a la meta...

turco666666


Cristina1964

#1147
Muy buenas, vaya kk de día, MEJOR para empollar, pero vaya askazo...
Una duda del tema 12, de concesión de licencias, hay una pregunta del test de DAYPO que ha colgado Socaoz:

Son medios de la acción de policía: (hay que señalar la INCORRECTA)
a) ordenanzas y reglamentos
b) bandos
c) sometimiento a licencia, posterior al inicio de la actividad de los particulares y otros actos de control preventivo.
d) órdenes individuales de mandato o prohibición.

Da por buena la opción c), se supone que es sometimiento a PREVIA licencia.... pero y la opción a) está bien? Los Reglamentos son medios de intervención en la actividad de los ciudadanos? Los reglamentos no son internos? Pensaba que éso lo tenía claro, pero en fin.... parece que vaya para atrás en vez de ir hacia adelante...
Tengo la cabeza llena de tupatus AGAIN...

Cristina1964

Cita de: socaoz en 21 de Noviembre de 2010, 10:58:14 AM
Cita de: Cristina1964 en 21 de Noviembre de 2010, 09:34:01 AM
Cita de: rarara en 20 de Noviembre de 2010, 12:20:09 PM
Yo los temas de municipios y funcion publica local los llevo también fatal. A ver si miro el finde hasta el 10 (la primera parte del programa, con lo de la ley/92 que de ahi nos preguntaran) y la proxima acabo el rollo del pollo, ja,ja,ja.

Por cierto; los plazos para faltas muy graves, graves y leves
                                          sanciones muy graves, graves y leves; cuales son? es que no lo encuentro

Gracias
Los plazos de prescripción de las faltas son:
por infracciones muy graves: 3 años, graves: 2 años y leves: 6 meses.
Los de prescripción de las sanciones:
por faltas muy graves: 3 años, por faltas graves: 2 años y por faltas leves: 1 año.
Ahora mismo estoy con ese tema, a ver si puedo ver el siguiente AGAIN. Porque con las situaciones administrativas tengo un santo lío de la pera.
Ala, feliz estudio dominguero...

No pensaba que entrasen las faltas y las sanciones... Lo vi en GV lo repaso por ahí...
La verdad es que yo me acuerdo por el  temario del GV, pero en la Academia cuando vimos ese tema nos dieron un ANEXO donde SÍ lo incluyeron. Ya no sé lo que entra y lo que no, a mí desde luego me parece que me crecen los apuntes y el temario por las noches.
Tengo la cabeza llena de tupatus AGAIN...

turco666666

Cristina yo no veo nada de que los reglamentos sean medios,donde está?