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DUDA IMPORTANTE OPOSICION GV. AYUDA!!!

Iniciado por NIIIII, 07 de Marzo de 2022, 09:18:21 AM

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NIIIII

Buenos días!!

A ver si alguien me puede ayudar porque estoy bastante perdida y no sé a quién recurrir. Tengo una enfermedad y debido a ella me dieron hace unos años una discapacidad de un 37% con lo que hice una oposición para un Ayuntamiento de un municipio pequeño y hace poco saque plaza en grupo C1 Administrativo. El caso es que quisiera optar a hacer la oposición que viene de Gobierno Vasco para administrativo y auxiliar administrativo. De un sindicato han pasado un borrador de bases generales y hay una indicación en los requisitos generales de participacion:
-No ser personal funcionario de carrera del mismo Cuerpo y Escala

No sé qué hacer. Llevo estudiando meses para el Gobierno Vasco y me parece injusto que no me dejen hacer el examen por haber sacado merecidamente una plaza en otra administracion. No tengo derecho a presentarme a ese examen y si saco buena nota cambiar de puesto de trabajo en otra Administracion?
Mi duda es si pidiendo algún tipo de excedencia en mi actual trabajo podría cumplir las bases generales de lo que solicita Gobierno Vasco.

No sé a quién recurrir, soy bastante nueva en todo esto y llevo años estudiando muchisimo para poder tener un buen futuro ya que mi enfermedad cada vez me da más la lata y me parece realmente injusto ese requisito.
Agradeceria cualquier aportación. Muchas gracias a tod@s por vuestra ayuda!!!

Lizartza

A mi juicio, la ley 20/2021 es clara y no permite que un funcionario de carrera del mismo Cuerpo y Escala pueda participar en el proceso selectivo, dado que la finalidad de la norma es el acceso a la función pública y no la movilidad.

En todo caso, siempre podrías impugnar las bases del proceso.

Lizartza


NIIIII

Y si cuando han salido las bases de una oposicion todavia no he sido nombrado como funcionario de carrera, hago la oposicion del GV y antes de nombrarme renuncio a mi condicion de funcionario de carrera en la otra Administracion? El problema es que estoy yo sola en dicho Ayuntamiento y debido a mi enfermedad me ingresan y hay dias que no puedo acudir al trabajo y al estar yo sola pues hay que buscar un sustituto y demas y  no es lo mas practico para un ayuntamiento tan pequeño. De ahi que quiera una movilidad a una administracion más grande y la verdad es que no se como puedo hacerlo. Muchas grcias de antemano!

dogbert

Cita de: NIIIII en 07 de Marzo de 2022, 09:18:21 AM
Buenos días!!

A ver si alguien me puede ayudar porque estoy bastante perdida y no sé a quién recurrir. Tengo una enfermedad y debido a ella me dieron hace unos años una discapacidad de un 37% con lo que hice una oposición para un Ayuntamiento de un municipio pequeño y hace poco saque plaza en grupo C1 Administrativo. El caso es que quisiera optar a hacer la oposición que viene de Gobierno Vasco para administrativo y auxiliar administrativo. De un sindicato han pasado un borrador de bases generales y hay una indicación en los requisitos generales de participacion:
-No ser personal funcionario de carrera del mismo Cuerpo y Escala

No sé qué hacer. Llevo estudiando meses para el Gobierno Vasco y me parece injusto que no me dejen hacer el examen por haber sacado merecidamente una plaza en otra administracion. No tengo derecho a presentarme a ese examen y si saco buena nota cambiar de puesto de trabajo en otra Administracion?
Mi duda es si pidiendo algún tipo de excedencia en mi actual trabajo podría cumplir las bases generales de lo que solicita Gobierno Vasco.

No sé a quién recurrir, soy bastante nueva en todo esto y llevo años estudiando muchisimo para poder tener un buen futuro ya que mi enfermedad cada vez me da más la lata y me parece realmente injusto ese requisito.
Agradeceria cualquier aportación. Muchas gracias a tod@s por vuestra ayuda!!!

marta25

Cita de: Lizartza en 07 de Marzo de 2022, 09:52:52 AM
A mi juicio, la ley 20/2021 es clara y no permite que un funcionario de carrera del mismo Cuerpo y Escala pueda participar en el proceso selectivo, dado que la finalidad de la norma es el acceso a la función pública y no la movilidad.

En todo caso, siempre podrías impugnar las bases del proceso.

Esa ley es de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, así que, entiendo que sólo se aplicaría en convocatorias excepcionales de estabilización de empleo y no en todas las convocatorias.

dogbert

Hola, ¿podrías adjuntar ese borrador por favor?

dogbert


marta25

Cita de: NIIIII en 07 de Marzo de 2022, 10:19:16 AM
Y si cuando han salido las bases de una oposicion todavia no he sido nombrado como funcionario de carrera, hago la oposicion del GV y antes de nombrarme renuncio a mi condicion de funcionario de carrera en la otra Administracion? El problema es que estoy yo sola en dicho Ayuntamiento y debido a mi enfermedad me ingresan y hay dias que no puedo acudir al trabajo y al estar yo sola pues hay que buscar un sustituto y demas y  no es lo mas practico para un ayuntamiento tan pequeño. De ahi que quiera una movilidad a una administracion más grande y la verdad es que no se como puedo hacerlo. Muchas grcias de antemano!
No te agobies, dudo mucho que puedan impedir a un funcionario de carrera que que se presente a una ope. Y si lo hacen, impugna las bases.

Lizartza

Cita de: marta25 en 07 de Marzo de 2022, 11:46:07 AM
Esa ley es de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, así que, entiendo que sólo se aplicaría en convocatorias excepcionales de estabilización de empleo y no en todas las convocatorias.

Totalmente de acuerdo Marta.

GORKA

Cita de: Lizartza en 07 de Marzo de 2022, 09:52:52 AM
A mi juicio, la ley 20/2021 es clara y no permite que un funcionario de carrera del mismo Cuerpo y Escala pueda participar en el proceso selectivo, dado que la finalidad de la norma es el acceso a la función pública y no la movilidad.

En todo caso, siempre podrías impugnar las bases del proceso.

Dónde ves que ponga eso claramente? Es que no lo encuentro

marta25

Cita de: GORKA en 07 de Marzo de 2022, 12:45:04 PM
Dónde ves que ponga eso claramente? Es que no lo encuentro

Yo tampoco lo veo.

marta25


Lizartza

#10
Cita de: marta25 en 07 de Marzo de 2022, 12:51:40 PM
Yo tampoco lo veo.

No se trata de una ley protectora tutelar del acceso libre de los opositores ni de los funcionarios de carrera. El principal objetivo es estabilizar al personal temporal, por lo que cualquier interpretación se ha de hacer atendiendo a dicha finalidad.

kasero


Yo tampoco lo veo y además veo alguna incongruencia, me explico:

En Osakidetza son "Personal Estatutario", que no funcionarios, motivo por el cual se presupone que  esas personas si que pueden pero quien sea funcionario de un Ayuntamiento no ?

Yo no controlo mucho pero creo que es así. Si gay alguien que sepa se agradecería que me corrija  :)

NIIIII

Muchas gracias a tod@s por vuestras respuestas! Da gusto con compañer@s asi!
Respecto al borrador de las bases que alguien lo pide; lo he visto en algún foro pero no podía descargarse y es eso, un borrador de las bases generales. Justo me quedé con esa frase que es la que cambio mis esquemas .... el resto temas de nacionalidad, edad y demas.
Esperaré pacientemente a las bases definitivas y veremos que se puede hacer. Muchas gracias y suerte a tod@s!

Lizartza

Cita de: kasero en 07 de Marzo de 2022, 14:59:59 PM
Yo tampoco lo veo y además veo alguna incongruencia, me explico:

En Osakidetza son "Personal Estatutario", que no funcionarios, motivo por el cual se presupone que  esas personas si que pueden pero quien sea funcionario de un Ayuntamiento no ?

Yo no controlo mucho pero creo que es así. Si gay alguien que sepa se agradecería que me corrija  :)

A mi entender, cualquier persona podrá concurrir a los procesos de estabilización, con la salvedad de los funcionarios de carrera, que se podrán presentar a aquellas plazas que no sean de su mismo cuerpo, categoría o especialidad.

Pero lo dicho, no es más que la interpretación que yo hago de la ley.