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BOLSA ADMINISTRATIVO AYUNTAMIENTO DURANGO

Iniciado por gunia, 12 de Marzo de 2020, 13:14:40 PM

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mart

#50
Hola, estoy intentando completar el temario pero tengo varias dudas.
¿Alguien sabe qué normas contienen el tema 23 (Presupuesto de las Entidades Locales) y el 24, referido al gasto público local?
Y cuando se menciona los impuestos del tema 27, ¿debemos atender a la normativa foral o también a estatal?
Mil gracias a todos.

Opoikasle

Cita de: mart en 18 de Julio de 2020, 01:06:52 AM
Hola, estoy intentando completar el temario pero tengo varias dudas.
¿Alguien sabe qué normas contienen el tema 23 (Presupuesto de las Entidades Locales) y el 24, referido al gasto público local?
Y cuando se menciona los impuestos del tema 27, ¿debemos atender a la normativa foral o también a estatal?
Mil gracias a todos.
A mi también me gustaría saber si alguien sabe dónde se pueden encontrar esos temas. Respecto a los temas 25 y 26, sabrías en qué norma se encuentran?
En cuanto a los impuestos locales, los Territorios Históricos del País Vasco tienen potestad para mantener, establecer y regular su régimen tributario, así que les sería de aplicación únicamente la normativa foral (estos impuestos también entraron en el temario de la OPE de DFB y solo aplicaba la NF).

Opoikasle


Ragnar1

Cita de: Opoikasle en 20 de Julio de 2020, 19:25:31 PM
A mi también me gustaría saber si alguien sabe dónde se pueden encontrar esos temas. Respecto a los temas 25 y 26, sabrías en qué norma se encuentran?
En cuanto a los impuestos locales, los Territorios Históricos del País Vasco tienen potestad para mantener, establecer y regular su régimen tributario, así que les sería de aplicación únicamente la normativa foral (estos impuestos también entraron en el temario de la OPE de DFB y solo aplicaba la NF).
Sin leer las bases,  sobre presupuestos seguro que se referirá a la norma foral presupuestaria de entidades locales del territorio histórico de Bizkaia y posiblemente Ley orgánica de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad pública. Sobre los impuestos la norma foral de haciendas Locales seguro.

mart

#53
Cita de: Opoikasle en 20 de Julio de 2020, 19:25:31 PM
A mi también me gustaría saber si alguien sabe dónde se pueden encontrar esos temas. Respecto a los temas 25 y 26, sabrías en qué norma se encuentran?
En cuanto a los impuestos locales, los Territorios Históricos del País Vasco tienen potestad para mantener, establecer y regular su régimen tributario, así que les sería de aplicación únicamente la normativa foral (estos impuestos también entraron en el temario de la OPE de DFB y solo aplicaba la NF).

Hola, en primer lugar, muchas gracias por responder, me tranquiliza saber que para la DFB fue así, así que gracias  :)

El Tema 25 de Estabilidad presupuestaria supongo que es una mezcla de:
 

  • NORMA FORAL 5/2013, de 12 de junio, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de las Entidades Locales de Bizkaia (Contiene regla del gasto, plan económico financiero
  • NORMA FORAL 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia. En el artículo 5 aparecen los principios presupuestarios, pero no sé si son esos principios generales.
  • LO 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria el Capítulo II aparecen los principios generales
  • Orden HAP/2105/2012, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
    Ahí hay desarrollo sobre el suministro de información aunque es posible que sea menos enrevesado que todo eso, ¿qué opinas? :-\
El Tema 26 sobre las Ordenanzas Fiscales creo que puede ser NORMA FORAL 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales, artículos 15 a 28.

Tema 23 sobre el Presupuesto, creo que podría ser a partir del art. 14 de la NF 10/2003 de antes.

Edito: Gracias @Ragnar1  :)


dobleden

Yo también tengo muchas dudas con esos temas, no queda nada claro si hay que ir por lo estatal o lo local

El tema 26 creo que también podría completarse con la LBRL


natapeach


Astopotro

Nun da azterketa? 10.00 etan dela nun esaten du? mille esker

gorliz2018



Oposi1

Gabon!! Creéis que con todos los rebrotes que hay últimamente se mantendrá la fecha del examen??

Oposi1


dobleden

Cita de: Oposi1 en 13 de Agosto de 2020, 21:14:07 PM
Gabon!! Creéis que con todos los rebrotes que hay últimamente se mantendrá la fecha del examen??

Justo yo hoy he estado pensando en lo mismo...

gorliz2018

Cita de: Oposi1 en 13 de Agosto de 2020, 21:14:07 PM
Gabon!! Creéis que con todos los rebrotes que hay últimamente se mantendrá la fecha del examen??

Kaixo,

Deduzco que sí. Se han ido celebrando opes poco a poco (ertzaintza, policía municipal, etc) y justamente hoy se ha anunciado que la de educación secundaria que también fue aplazada, finalmente se celebrará en diciembre. De todas maneras con todo esto, quién sabe ???

Opoikasle

Aupa!

Cuando en el tema 14 dice " Los municipios de gran población: especialidades de su régimen orgánico-funcional", ¿creéis que se refiere a todo o parte del título X?

Hasta donde entiendo, Durango no puede ser considerado Municipio de Gran Población. Así que meter ese título y tener que estudiar las competencias de cada órgano diferenciando si se trata de Régimen Común o Gran Población, me parece cuanto menos innecesario.

¿Qué pensáis?

Ánimo!


Paciencia

KAIXO_

ALGUIEN TIENE ALGUN EXAMEN DE BOLSA DE ADMINISTRATIVOS DEL AYTO DE DURANGO?. LA VERDAD, ESTOY BUSCANDO INFORMACIÓN Y NO HAY NADA.

ESKERRIK ASKO


gorliz2018

Kaixo!

Publicaron esto ayer:
La apertura de puertas será a las 9:15 horas. Se ruega a los candidatos que acudan con antelación suficiente

interested

Se sabe algo de cuando publican los resultados del examen?

dobleden

Yo he preguntado y me han dicho que todo durante la semana, incluida la plantilla de respuestas...

¿Qué sensaciones tenéis? Creo que habrá notas muy altas...

interested

Cita de: dobleden en 05 de Septiembre de 2020, 13:44:15 PM
Yo he preguntado y me han dicho que todo durante la semana, incluida la plantilla de respuestas...

¿Qué sensaciones tenéis? Creo que habrá notas muy altas...

yo creo que habran notas tambien, el tema es que encimna no se sabe puntuacion minima todavia

bss

Perdonad la duda de novata, pero ¿es normal que las preguntas estén tan poco equilibradas respecto de los temas?

Es que había temas complejos o largos como contratos que no ha entrado ni una pregunta y luego de función pública igual había cerca de 15. Egoístamente esperaba preguntas de casi todos los temas, y más de los que más complejos me parecían y más tiempo llevaba trabajar. Prácticamente con la Ley 39 y la de Función Pública te hacías medio examen, no sé ha sido una sensación agridulce, porque sales con la sensación de que ha ido bien pero si el corte es alto fácilmente te puedes quedar fuera.

No me imagino que nota de corte pueden poner, porque en la convocatoria anterior vi que fue un 5 pero se presentó mucha menos gente.

Paciencia

Si, a mí también me ha sorprendido como se ha planteado.el examen. Tengo una duda, la nota mínima puede ser por encima de un 5?.

marta25

#70
Cita de: Paciencia en 06 de Septiembre de 2020, 15:40:26 PM
Si, a mí también me ha sorprendido como se ha planteado.el examen. Tengo una duda, la nota mínima puede ser por encima de un 5?.
Lo pone en las bases. Ellos decidirán la nota mínima para aprobar y sí puede ser mayor de 5.

Paciencia


interested

han subido el examen y las respuestas, pero no veo las notas, algun olas ve?

dobleden

Cita de: interested en 07 de Septiembre de 2020, 14:43:17 PM
han subido el examen y las respuestas, pero no veo las notas, algun olas ve?

Yo tampoco las veo

¿Porqué han anulado la pregunta 36? ¿Y porque en la 31 dan por buena la A? Yo pensaba que era la B...

interested

Cita de: dobleden en 07 de Septiembre de 2020, 14:55:34 PM
Yo tampoco las veo

¿Porqué han anulado la pregunta 36? ¿Y porque en la 31 dan por buena la A? Yo pensaba que era la B...

esa está mal, es la b fijo

interested

Cita de: dobleden en 07 de Septiembre de 2020, 14:55:34 PM
Yo tampoco las veo

¿Porqué han anulado la pregunta 36? ¿Y porque en la 31 dan por buena la A? Yo pensaba que era la B...

entiendo porque hay dos respeustas iguales

janedoe

Cita de: dobleden en 07 de Septiembre de 2020, 14:55:34 PM
Yo tampoco las veo

¿Porqué han anulado la pregunta 36? ¿Y porque en la 31 dan por buena la A? Yo pensaba que era la B...

Yo creo que se han equivocado en la 31... porque dicen cuál es la INCORRECTA, y para mi también es la B, caracter permanente o TEMPORAL.

Artículo 35.
Son funcionarios de carrera quienes, en virtud de nombramiento legal, presten servicios de carácter permanente mediante una relación profesional regulada por el Derecho administrativo, y ocupen puestos de trabajo presupuestariamente dotados o se encuentren en alguna de las situaciones previstas en la presente ley.

dobleden

Cita de: interested en 07 de Septiembre de 2020, 14:59:42 PM
entiendo porque hay dos respeustas iguales

Ay, pues puede ser eso... aunque no repitiéndose la correcta, meh

Huele a notas MUY altas esto...

dobleden

Una duda, la pregunta 47, ¿tanto la A como la B no serían incorrectas? Si alguien puede ayudarme a entender porque la A esta bien... pensaba que las entidades locales no delegaban a otras entidades locales

Vanessa842


natapeach

Cita de: dobleden en 07 de Septiembre de 2020, 15:15:16 PM
Ay, pues puede ser eso... aunque no repitiéndose la correcta, meh

Huele a notas MUY altas esto...

En realidad no son iguales las respuestas, yo no entiendo por qué la han anulado, yo diría que la a) es correcta...

36
ANULADA. PARA SOLICITAR EL PASE A LA SITUACIÓN DE EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR INTERÉS PARTICULAR SERÁ PRECISO HABER PRESTADO SERVICIOS EFECTIVOS EN CUALQUIERA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS:
36a)
Durante los 5 años inmediatamente anteriores y en ella no se podrá permanecer menos de 2 años continuados.
36b)
Durante los 5 años inmediatamente anteriores y en ella no se podrá permanecer más de 2 continuados.
36c)
Durante los 10 años inmediatamente anteriores y en ella no se podrá permanecer menos de 2 años continuados.
36d)
Durante los 10 años inmediatamente anteriores y en ella no se podrá permanecer menos de 2 años continuados.
37

dobleden

Cita de: natapeach en 07 de Septiembre de 2020, 18:03:43 PM
En realidad no son iguales las respuestas, yo no entiendo por qué la han anulado, yo diría que la a) es correcta...

36
ANULADA. PARA SOLICITAR EL PASE A LA SITUACIÓN DE EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR INTERÉS PARTICULAR SERÁ PRECISO HABER PRESTADO SERVICIOS EFECTIVOS EN CUALQUIERA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS:
36a)
Durante los 5 años inmediatamente anteriores y en ella no se podrá permanecer menos de 2 años continuados.
36b)
Durante los 5 años inmediatamente anteriores y en ella no se podrá permanecer más de 2 continuados.
36c)
Durante los 10 años inmediatamente anteriores y en ella no se podrá permanecer menos de 2 años continuados.
36d)
Durante los 10 años inmediatamente anteriores y en ella no se podrá permanecer menos de 2 años continuados.
37

C y D son iguales no? Y si, yo puse la A

natapeach

Cita de: dobleden en 07 de Septiembre de 2020, 18:11:12 PM
C y D son iguales no? Y si, yo puse la A

Sí, tienes razón, no me había fijado bien.

janedoe

Kaixo,

¿Sabéis si la pregunta 56, sobre las fases de ejecución del presupuesto, entraba en temario? Porque en el temario solo pone aprobación y entrada en vigor del presupuesto (tema 23)...

Eskerrik asko!

dobleden

Cita de: janedoe en 07 de Septiembre de 2020, 18:52:15 PM
Kaixo,

¿Sabéis si la pregunta 56, sobre las fases de ejecución del presupuesto, entraba en temario? Porque en el temario solo pone aprobación y entrada en vigor del presupuesto (tema 23)...

Eskerrik asko!

Yo lo estudié dentro del tema 24

ungo

Cita de: dobleden en 07 de Septiembre de 2020, 15:50:25 PM
Una duda, la pregunta 47, ¿tanto la A como la B no serían incorrectas? Si alguien puede ayudarme a entender porque la A esta bien... pensaba que las entidades locales no delegaban a otras entidades locales
Kaixo,
Yo también estoy con la mosca con esa pregunta y he visto que antes de la modificación del 2013, la LBRL, en el artículo 27 dice esto:
"1. La Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas y otras entidades locales podrán delegar en los Municipios el ejercicio de competencias..."
Pero en el texto actual las entidades locales no aparecen.

Por otro lado, pasa algo parecido con la pregunta 46.
En el art. 26 de LBRL, antes de la modificación del 2013, sí que se recogía lo de la solicitud de dispensa a las Comunidades Autónomas. Pero actualmente, al menos en la LBRL, no aparece.

dobleden

Cita de: uluengo en 07 de Septiembre de 2020, 19:36:59 PM

Kaixo,
Yo también estoy con la mosca con esa pregunta y he visto que antes de la modificación del 2013, la LBRL, en el artículo 27 dice esto:
"1. La Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas y otras entidades locales podrán delegar en los Municipios el ejercicio de competencias..."
Pero en el texto actual las entidades locales no aparecen.

Por otro lado, pasa algo parecido con la pregunta 46.
En el art. 26 de LBRL, antes de la modificación del 2013, sí que se recogía lo de la solicitud de dispensa a las Comunidades Autónomas. Pero actualmente, al menos en la LBRL, no aparece.

Yo igual intento impugnarla...

La 46 dejé sin contestar porque me descolocó, no me sonaba...

JOZUBE

Yo, creo que la pregunta 56 no entraba en el temario.
La pregunta 50, yo diría que no está muy clara, por que la A en LBRL en su art 16.3 dice "Los datos del Padrón Municipal se cederán a otras Administraciones públicas que lo soliciten sin consentimiento previo al afectado SOLAMENTE CUANDO LES SEAN NECESARIOS.... y eEXCLUSIVAMENTE para asuntos en los que la residencia o el domicilio sean datos relevantes". Por lo que yo entiendo que la A no es correcta.

bss

Como habéis comentado la del artículo 26 aparecía literalmente esa frase hasta el 2013 pero ahora mismo no aparece en la lbrl 8 (la he buscado en google y aparentemente no aparece en ninguna otra ley) y la 31 yo creo que claramente está mal también. Yo intentaré impugnar esas dos

dobleden

Han publicado supuestamente resultados provisionales pero solo veo esto:

¿Solo van a coger a los que han sacado 10?

http://www.durango-udala.eus/portalDurango/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/1_6288_3.pdf

dobleden

Cita de: dobleden en 08 de Septiembre de 2020, 15:15:47 PM
Han publicado supuestamente resultados provisionales pero solo veo esto:

¿Solo van a coger a los que han sacado 10?

http://www.durango-udala.eus/portalDurango/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/1_6288_3.pdf

Vale parece ser que era un error. Ya han colgado el nuevo documento. Suerte!

GARAZP

Los puntos parece que los han contado bien! con sus respuestas, aunque parece que hay alguna dudosa...
¿ las reclamaciones son individuales?
Ahora algún manitas para hacer la lista de Excel con las posiciones....jeje

Suerte a todos

Vittel

¿Hay algún modelo para hacer las reclamaciones?

marta25

Cita de: Vittel en 08 de Septiembre de 2020, 19:50:05 PM
¿Hay algún modelo para hacer las reclamaciones?

En Google tienes varios modelos. Copio y pego uno de ellos:

                AL TRIBUNAL CALIFICADOR/ÓRGANO CALIFICADOR

Tras la publicación de los resultados provisionales del ejercicio del proceso selectivo para la realización de una bolsa de trabajo del ayuntamiento de Durango convocada por Resolución de XX de XX de 2020.

D/Dña XXXXXXXXXXXXXX, mayor de edad, con DNI XXXXXXXXXXXXXXXXX,  y domicilio a efectos de notificaciones en XXXXXXXXXXXX, ante el Tribunal comparece y como mejor proceda en Derecho

Expone:

Que he realizado en la ciudad de XXXX, el primer/segundo o único ejercicio de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de XXX convocadas por Resolución/Orden (indicar la convocatoria) realizado el pasado día XXXX y tras examinar la plantilla provisional/plantillas definitivas de respuestas válidas facilitadas por el Tribunal, a juicio del recurrente no son correctas, por lo que a través del presente escrito se presentan las siguientes

ALEGACIONES

PRIMERA.-  Que el enunciado de la pregunta nº X dice literalmente, ["XXXXXXXXX"] y las opciones de respuesta son: A) xxxxx; B) xxxx; C) xxxx; D) xxxx.

Que la opción X) es incorrecta o correcta (según proceda) por....(escribir el argumento que lo justifica) según.....(aportar todos los datos de la fuente consultada)

SEGUNDA.-  Se añadirán tantos apartados como preguntas se quieran anular y siempre deben estar motivadas

TERCERA.- La impugnación de la citada pregunta (o preguntas), corresponde al examen celebrado el día X de mes de Año, procede conforme a la Base XXXX de la convocatoria (Cambiar por la base por la que proceda, según aparezca en las bases de la convocatoria).

Tras lo expuesto,

SOLICITO AL TRIBUNAL CALIFICADOR, que se anulen o rectifiquen las correspondientes plantillas entrando en el cómputo del examen las correspondientes preguntas de reserva.

En _____________a ____de _______de

(Firma)








dobleden

Cita de: GARAZP en 08 de Septiembre de 2020, 17:00:49 PM
Los puntos parece que los han contado bien! con sus respuestas, aunque parece que hay alguna dudosa...
¿ las reclamaciones son individuales?
Ahora algún manitas para hacer la lista de Excel con las posiciones....jeje

Suerte a todos

Tu reclamas individualmente, pero si una pregunta se anula, se anula para todos. Espero estar explicándome...

Vittel

Cita de: marta25 en 08 de Septiembre de 2020, 20:59:00 PM
En Google tienes varios modelos. Copio y pego uno de ellos:

                AL TRIBUNAL CALIFICADOR/ÓRGANO CALIFICADOR

Tras la publicación de los resultados provisionales del ejercicio del proceso selectivo para la realización de una bolsa de trabajo del ayuntamiento de Durango convocada por Resolución de XX de XX de 2020.

D/Dña XXXXXXXXXXXXXX, mayor de edad, con DNI XXXXXXXXXXXXXXXXX,  y domicilio a efectos de notificaciones en XXXXXXXXXXXX, ante el Tribunal comparece y como mejor proceda en Derecho

Expone:

Que he realizado en la ciudad de XXXX, el primer/segundo o único ejercicio de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de XXX convocadas por Resolución/Orden (indicar la convocatoria) realizado el pasado día XXXX y tras examinar la plantilla provisional/plantillas definitivas de respuestas válidas facilitadas por el Tribunal, a juicio del recurrente no son correctas, por lo que a través del presente escrito se presentan las siguientes

ALEGACIONES

PRIMERA.-  Que el enunciado de la pregunta nº X dice literalmente, ["XXXXXXXXX"] y las opciones de respuesta son: A) xxxxx; B) xxxx; C) xxxx; D) xxxx.

Que la opción X) es incorrecta o correcta (según proceda) por....(escribir el argumento que lo justifica) según.....(aportar todos los datos de la fuente consultada)

SEGUNDA.-  Se añadirán tantos apartados como preguntas se quieran anular y siempre deben estar motivadas

TERCERA.- La impugnación de la citada pregunta (o preguntas), corresponde al examen celebrado el día X de mes de Año, procede conforme a la Base XXXX de la convocatoria (Cambiar por la base por la que proceda, según aparezca en las bases de la convocatoria).

Tras lo expuesto,

SOLICITO AL TRIBUNAL CALIFICADOR, que se anulen o rectifiquen las correspondientes plantillas entrando en el cómputo del examen las correspondientes preguntas de reserva.

En _____________a ____de _______de

(Firma)

Eskerrik asko!!

dobleden

Buenos días! La pregunta 46, ¿cómo vais a impugnarla? ¿Explicando que esa parte de la Ley fue modificada y que no esta vigente a fecha de publicación de las bases? Gracias!

bss

Cita de: dobleden en 10 de Septiembre de 2020, 09:22:43 AM
Buenos días! La pregunta 46, ¿cómo vais a impugnarla? ¿Explicando que esa parte de la Ley fue modificada y que no esta vigente a fecha de publicación de las bases? Gracias!
Yo lo mandaré mañana, pero lo he redactado y había puesto algo así. Que aparecía en el 26.2 en la redacción original, pero que con la reforma del artículo 26 por la ley de racionalización de 2013 la nueva redacción no lo incluye, y que como las bases decían que los temas eran los vigentes en el momento de la publicación en el Bob, esa pregunta no podría formar parte del cuestionario. Es la primera vez que redacto una impugnación, así que espero no haberlo hecho mal   :laugh:

ungo

Cita de: bastxur en 10 de Septiembre de 2020, 11:26:16 AM
Yo lo mandaré mañana, pero lo he redactado y había puesto algo así. Que aparecía en el 26.2 en la redacción original, pero que con la reforma del artículo 26 por la ley de racionalización de 2013 la nueva redacción no lo incluye, y que como las bases decían que los temas eran los vigentes en el momento de la publicación en el Bob, esa pregunta no podría formar parte del cuestionario. Es la primera vez que redacto una impugnación, así que espero no haberlo hecho mal   :laugh:

Para mí también es la primera vez que impugno una pregunta pero en principio pondré algo así para la pregunta 46:
MOTIVO DE IMPUGNACIÓN:
La respuesta dada por buena ha sido la 46a). Esta respuesta sería correcta tomando como referencia el texto original del artículo 26 de la Ley 7/1985, 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pero la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, en su artículo 1.9., modificó el citado artículo 26 de la Ley 7/1985 eliminando toda referencia a la dispensa de la obligación de prestar los servicios mínimos por parte de los municipios, abogando si fuese necesario por la coordinación con las correspondientes diputaciones en la prestación de los servicios.

Por  lo tanto considero que ninguna de las respuestas sería correcta.

Y para la pregunta 47:

MOTIVO DE IMPUGNACIÓN:
La respuesta dada por buena ha sido la 47b). Esta respuesta sería correcta tomando como referencia el texto original del artículo 27.1. de la Ley 7/1985, 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pero la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, en su artículo 1.10, modificó el citado artículo 27 de la Ley 7/1985.
Según la nueva redacción del artículo 27, "El Estado y las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus respectivas competencias, podrán delegar en los Municipios el ejercicio de sus competencias." Se elimina a las entidades locales como delegantes de competencias en los Municipios.

Por lo tanto considero que tanto la respuesta 47a) como las 47b) serían correctas.

dobleden