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OPE administrativos Ayuntamiento Vitoria

Iniciado por ZURITXUAEIOU, 08 de Septiembre de 2019, 18:40:03 PM

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Miaka

Hola, buenos días.
Estoy completamente de acuerdo con vosotros, las preguntas eran muy rebuscadas y los textos kilométricos.
Mucho se esta hablando del examen práctico que obviamente estaba muy dirigido para los interinos, pero que me decís del teórico???? La parte común era un suplicio de busca el falso y preguntas enormes y la específica igual. Deberían impugnar la mitad de las preguntas. Me ha parecido un calvario de principio a fin. Y el de las 9 de la mañana para las otras especialidades era del mismo tipo, preguntas repetidas y kilométricas. Debería darles vergüenza. Más les vale hacer algo al respecto, bajar la nota para entra en listas o repetir el examen o algo porque es bochornoso que con todo el tiempo que han tenido para preparar los exámenes los hagan de esta manera.

natapeach

A ver si me podéis ayudar con la pregunta 6 del examen, en la plantilla dan por buena la a) Gobierno Vasco:

Interponer el recurso de inconstitucionalidad corresponde:
A.- Al Gobierno Vasco
B.- Al lehendakari
C.- A la mesa del Parlamento
D.- No es posible interponer recurso de inconstitucionalidad

Pero en el artículo 28.c del Estatuto de Autonomía dice que corresponde al Parlamento Vasco, interponer el recurso de inconstitucionalidad. Hay algún otro sitio donde diga que le corresponde a Gob. Vasco?

Gracias

natapeach


Orimaya

Una auténtica vergüenza el examen de ayer, claramente favorecedor a quien ha trabajado en una OAC. No tenían bastante con darles un tercio de la nota por méritos, que ahora les regalan otro cuarto de la nota del examen...se han reído de las ilusiones y sacrificio de los que no hemos trabajado nunca para el ayuntamiento. Yo me he dejado un dineral en una academia y para la parte práctica no me ha servido para nada...una impotencia increíble

yeramarcos

Egunon,

Cuantas preguntas bien había que tener en la parte 1 y 2 pa aprobar? Y en la parte práctica, cuantos puntos??

Milesker

oposiciones

Cita de: Orimaya en 03 de Octubre de 2021, 09:34:41 AM
Una auténtica vergüenza el examen de ayer, claramente favorecedor a quien ha trabajado en una OAC. No tenían bastante con darles un tercio de la nota por méritos, que ahora les regalan otro cuarto de la nota del examen...se han reído de las ilusiones y sacrificio de los que no hemos trabajado nunca para el ayuntamiento. Yo me he dejado un dineral en una academia y para la parte práctica no me ha servido para nada...una impotencia increíble

Buenos días.

Entiendo el enfado, pero no creo que haya que cargar contra los trabajadores de las OACs. Además, que yo sepa, los de las OACs de los centro cívicos no son administrativos y los de la oficina de San Antonio son subcontratados, así que van con 0 puntos de experiencia todos ellos. Y no soy trabajador de ninguna OAC.

79smg

Cita de: natapeach en 03 de Octubre de 2021, 09:32:47 AM
A ver si me podéis ayudar con la pregunta 6 del examen, en la plantilla dan por buena la a) Gobierno Vasco:

Interponer el recurso de inconstitucionalidad corresponde:
A.- Al Gobierno Vasco
B.- Al lehendakari
C.- A la mesa del Parlamento
D.- No es posible interponer recurso de inconstitucionalidad

Pero en el artículo 28.c del Estatuto de Autonomía dice que corresponde al Parlamento Vasco, interponer el recurso de inconstitucionalidad. Hay algún otro sitio donde diga que le corresponde a Gob. Vasco?

Gracias

Esa mima duda tuve yo también....

Por cierto, una pregunta para los que hayáis llevado más preparado los temas,en relación al primer acaso práctico, no creéis que hay varias preguntas relacionadas con el trámite del padrón que están fuera del temario?

El temario estaba muy acotado:  18. Padrón Municipal: Introducción, Documentación, Quién puede solicitar el empadronamiento,
Consideraciones generales, Derivaciones a la Unidad técnica de Padrón.
y han preguntado procedimientos que si bien están dentro del documento que colgaron se salen fuera del temario indicado en las bases específicas.

79smg


koxkita

Cita de: Orimaya en 03 de Octubre de 2021, 09:34:41 AM
Una auténtica vergüenza el examen de ayer, claramente favorecedor a quien ha trabajado en una OAC. No tenían bastante con darles un tercio de la nota por méritos, que ahora les regalan otro cuarto de la nota del examen...se han reído de las ilusiones y sacrificio de los que no hemos trabajado nunca para el ayuntamiento. Yo me he dejado un dineral en una academia y para la parte práctica no me ha servido para nada...una impotencia increíble
Egun on. No tengo clara una cosa. Cuando decís que favorecen al personal de  las OAC, os referís a los que opositan por turno libre habiendo trabajado ahí, o a los de promoción interna que trabajan ahí. Por que, aunque es obvio que no se parte de una situación de igualdad si te dan 120 minutos para responder 90 ó 120 preguntas, si optaran solo a las plazas de promoción interna, no competirían con los que vamos por turno libre.

Orimaya

Yo me refiero a los que ha trabajado alguna vez en una OAC y ya saben el procedimiento allí. El práctico estaba claramente orientado a eso. Esos van por libre con todos, porque los de promoción interna ya son funcionarios que promocionan de puesto.
A "oposiciones" : no digo que tengan la culpa, simplemente que les favorece. Y creo y he oído que el personal de OAC son administrativos, si no, por qué la mitad del temario y lo del práctico se refería a lo que hacen ahí? Padrón, licencias...

Barrow

Hola. Soy yo o las respuestas no han sido colgadas todavía?? No lo iban a hacer ayer a las 16:00?? Gracias.

leiiRee

Sii, la plantilla de respuestas está desde ayer, no en el apartado de "MIS PROCESOS" sino en la parte general, es público para todo el mundo, no hace falta meter claves ni nada para descargarla

leiiRee


79smg

Cita de: Barrow en 03 de Octubre de 2021, 11:16:58 AM
Hola. Soy yo o las respuestas no han sido colgadas todavía?? No lo iban a hacer ayer a las 16:00?? Gracias.

Sí, ya están colgadas en la página del Ayuntamiento, y si te vas a la página anterior de este hilo algún forero ya las colgó ayer.


natapeach

Al revisar el examen, estoy viendo bastantes preguntas fácilmente anulables por estar mal redactadas o ser incorrectas.
Como no hubo preguntas de reserva, la duda que me surge es si anularan por ejemplo 10 preguntas de la parte teórica y quedaran solo 70 preguntas válidas, ¿la cantidad necesaria para aprobar sería la misma o se reduciría?

A ver si a alguien que le haya pasado en otras convocatorias me puede decir.

Gracias.

Rplaura

Cita de: 79smg en 03 de Octubre de 2021, 10:29:30 AM
Esa mima duda tuve yo también....

Por cierto, una pregunta para los que hayáis llevado más preparado los temas,en relación al primer acaso práctico, no creéis que hay varias preguntas relacionadas con el trámite del padrón que están fuera del temario?

El temario estaba muy acotado:  18. Padrón Municipal: Introducción, Documentación, Quién puede solicitar el empadronamiento,
Consideraciones generales, Derivaciones a la Unidad técnica de Padrón.
y han preguntado procedimientos que si bien están dentro del documento que colgaron se salen fuera del temario indicado en las bases específicas.

Hola, yo también creo que la respuesta de la pregunta 6 está mal. Y que lo que dices respecto al padrón también estaba fuera del temario.

El práctico fue una vergüenza, salí del examen teniendo la sensación de que había preguntas que en los temarios no salían. No sé si podríamos hablar por aquí sobre qué preguntas nos parecen impugnables (que hay bastantes) para poder rellenar el formulario del Ayuntamiento.

Por otra parte (y perdonad mi ignorancia, esta también era mi primera ope aunque considero que iba bastante preparada), ¿qué ocurre una vez que impugnamos las preguntas? Quiero decir.. ¿Quién lo revisa y qué procedimiento continua?

Muchas gracias a todxs, salí un poco disgustada del examen y leyéndoos me he dado cuenta de que fue tónica general.

Miaka

Hola,
Yo tb creo que deberíamos hablar y decir por aquí que preguntas impugnar para asegurarnos que una gran cantidad de nosotros impugnamos las mismas preguntas y que tengan que revisarlas, aunque como dicen algunos/as compañeros/as yo tampoco se muy bien como funciona el proceso, Si alguien pudiera explicar cómo se hace para impugnar una pregunta y cuál es el proceso que se sigue una vez se envían esos formularios se lo agradecería mucho.
A ver si quejándonos todos/as conseguimos que nos hagan caso y que vean que este examen ha sido una chapuza.

Mavazu0

Hola,

¿Cual es el plazo para recurrir las preguntas? Estoy buscandolo pero no lo encuentro.
Gracias

plistiplasta

No se os hizo rarísimo que no hubiera preguntas de reserva o desempate? Yo en todos los exámenes que he hecho ha sido algo que he visto siempre

natapeach

Se pueden comunicar los errores detectados hasta las 24.00 del 09/10/2021, lo ponía en la hoja de instrucciones que había en el examen en el último punto.

Cita de: Mavazu0 en 03 de Octubre de 2021, 11:42:43 AM
Hola,

¿Cual es el plazo para recurrir las preguntas? Estoy buscandolo pero no lo encuentro.
Gracias

Unomasnuevo

Supongo que una vez publiquen los provisionales daran un plazo para reclamar, pero viendo que no hay preguntas de reserva y que el temario segun las propias indicaciones del ayuntamiento era orientativo no creo que nos hagan mucho caso. Al menos eso pienso yo respecto a las posibles preguntas fuera de temario. Yo llevaba varios meses temiendo me lo que paso ayer, pero bueno, me temo que es lo que hay y habra que darle duro para las siguientes

Orimaya

El procedimiento de la impugnación viene explicado en la página del ayuntamiento que a acceso al formulario de impugnación

Mavazu0

Cita de: natapeach en 03 de Octubre de 2021, 11:45:33 AM
Se pueden comunicar los errores detectados hasta las 24.00 del 09/10/2021, lo ponía en la hoja de instrucciones que había en el examen en el último punto.

Gracias! Sabía que lo había leído en algún sitio pero ahora no lo encontraba..

Mavazu0

Cita de: Unomasnuevo en 03 de Octubre de 2021, 11:47:38 AM
Supongo que una vez publiquen los provisionales daran un plazo para reclamar, pero viendo que no hay preguntas de reserva y que el temario segun las propias indicaciones del ayuntamiento era orientativo no creo que nos hagan mucho caso. Al menos eso pienso yo respecto a las posibles preguntas fuera de temario. Yo llevaba varios meses temiendo me lo que paso ayer, pero bueno, me temo que es lo que hay y habra que darle duro para las siguientes

Son dos cosas diferentes. Ahora se puede impugnar las preguntas (porque consideremos que una tenía varias respuestas correctas, por ejemplo) y luego más adelante cuando salgan los resultados se podrá reclamar (que te hayan corregido mal porque en tu papel amarillo ves más correctas de las que te han dado).

Yo la verdad es que ya me imaginaba un examen así. La anterior OPE, que fue del grupo A, fue un desastre total. Hubo muchísimas impugnaciones.

Porsia

Cita de: natapeach en 03 de Octubre de 2021, 09:32:47 AM
A ver si me podéis ayudar con la pregunta 6 del examen, en la plantilla dan por buena la a) Gobierno Vasco:

Interponer el recurso de inconstitucionalidad corresponde:
A.- Al Gobierno Vasco
B.- Al lehendakari
C.- A la mesa del Parlamento
D.- No es posible interponer recurso de inconstitucionalidad

Pero en el artículo 28.c del Estatuto de Autonomía dice que corresponde al Parlamento Vasco, interponer el recurso de inconstitucionalidad. Hay algún otro sitio donde diga que le corresponde a Gob. Vasco?


Esta pregunta es la primera de varias que estoy impugnando en el formulario propuesto para ello que hay habilitado en la página del Ayuntamiento. La correcta es la C no la A como indican. Os animo a hacerlo, es fácil y necesario para hacer ver la cantidad de errores cometidos al redactar este éxamen. Gracias.

Miaka

Cita de: Unomasnuevo en 03 de Octubre de 2021, 11:47:38 AM
Supongo que una vez publiquen los provisionales darán un plazo para reclamar, pero viendo que no hay preguntas de reserva y que el temario según las propias indicaciones del ayuntamiento era orientativo no creo que nos hagan mucho caso. Al menos eso pienso yo respecto a las posibles preguntas fuera de temario. Yo llevaba varios meses temiendo me lo que paso ayer, pero bueno, me temo que es lo que hay y habrá que darle duro para las siguientes
yo no me daría por vencida tan fácil, te vas a conformar con eso??? porque yo no, yo lo siento pero pienso quejarme y hacerles saber lo frustrada que estoy con el examen que han hecho, no me vale un la próxima será mejor o es lo que hay,  porque si hacen el examen igual de mal que este ni la próxima ni la de más allá.

Noaroar

Alguien sabe como se calculan los porcentajes de ponderación?? Sobre todas las notas independiente de aprobar o no ?? ...Porque no creo que aprueben sin ponderación un 50 por ciento de los presentados

Porsia

Pregunta 28. Considero que todas las respuestas son correctas, por tanto es un error dar por válida la respuesta D. Copio y pego del temario :

"MEDIOS DE IDENTIFICACIÓN DIGITAL
La Sede Electrónica del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz admite dos tipos de medios de
identificación digital: certificados digitales y la Tarjeta Municipal Ciudadana."

¿ Qué os parece ?
Saludos.

Aporellas2016

A ver si alguien me puede ayudar. Las dos primeras partes he aprobado y en la tercera (la de los casos prácticos) he tenido 19,66 bien de las 40. Es decir tengo un 17,20 cuando piden 17,50 para superar la parte práctica. Me agarró al tema de la ponderación y, si no me equivoco, se pondera hasta que se llegue al 50% de los aspirantes aprobados. Lo entendéis como yo?

xabier110

Cita de: natapeach en 03 de Octubre de 2021, 09:32:47 AM
A ver si me podéis ayudar con la pregunta 6 del examen, en la plantilla dan por buena la a) Gobierno Vasco:

Interponer el recurso de inconstitucionalidad corresponde:
A.- Al Gobierno Vasco
B.- Al lehendakari
C.- A la mesa del Parlamento
D.- No es posible interponer recurso de inconstitucionalidad

Pero en el artículo 28.c del Estatuto de Autonomía dice que corresponde al Parlamento Vasco, interponer el recurso de inconstitucionalidad. Hay algún otro sitio donde diga que le corresponde a Gob. Vasco?

Gracias

Me temo que es correcta también. Los gobiernos autonómicos pueden presentar recursos de inconstitucionalidad, al igual que los Parlamentos.
https://www.tribunalconstitucional.es/es/tribunal/Composicion-Organizacion/competencias/Paginas/01-Recurso-de-inconstitucionalidad.aspx

Además fijaros que en la pregunta del examen pone "Mesa del Parlamento Vasco", que no es lo mismo que "Parlamento Vasco".

plistiplasta

Cita de: Aporellas2016 en 03 de Octubre de 2021, 12:57:27 PM
A ver si alguien me puede ayudar. Las dos primeras partes he aprobado y en la tercera (la de los casos prácticos) he tenido 19,66 bien de las 40. Es decir tengo un 17,20 cuando piden 17,50 para superar la parte práctica. Me agarró al tema de la ponderación y, si no me equivoco, se pondera hasta que se llegue al 50% de los aspirantes aprobados. Lo entendéis como yo?

Sí, yo estoy en una situacion parecida y lo entiendo igual

Unomasnuevo

Cita de: Aporellas2016 en 03 de Octubre de 2021, 12:57:27 PM
A ver si alguien me puede ayudar. Las dos primeras partes he aprobado y en la tercera (la de los casos prácticos) he tenido 19,66 bien de las 40. Es decir tengo un 17,20 cuando piden 17,50 para superar la parte práctica. Me agarró al tema de la ponderación y, si no me equivoco, se pondera hasta que se llegue al 50% de los aspirantes aprobados. Lo entendéis como yo?


Segun lo entiendo yo es hasta que haya el 50 % de aprobados, con un maximo de un 33% siempre cuando lo permita el que tenga la nota maxima lo permita.
Es decir si hay alguien que tiene un 9 en el teorico por ejemplo solo se pondera el porcentaje equivalente a que esa persona obtenga el 10 ( es decir un 11%), porque sino dicho candidato seria perjudicado respecto al resto. No se si me he explicado

plistiplasta

Cita de: Unomasnuevo en 03 de Octubre de 2021, 13:08:08 PM

Segun lo entiendo yo es hasta que haya el 50 % de aprobados, con un maximo de un 33% siempre cuando lo permita el que tenga la nota maxima lo permita.
Es decir si hay alguien que tiene un 9 en el teorico por ejemplo solo se pondera el porcentaje equivalente a que esa persona obtenga el 10 ( es decir un 11%), porque sino dicho candidato seria perjudicado respecto al resto. No se si me he explicado

Sí, muchas gracias por tu ayuda. Habrá que ver la lista provisional para hacernos una idea entonces

natapeach

Sí, el hecho de que pusiera mesa me hizo dudar, pero en la parte de temario que entraba del Estatuto de Autonomía no encontré por ninguna parte que el Gobierno Vasco pudiera hacerlo, por eso mi duda...

Y en la Constitución aparece, pero, que alguien me corrija si me equivoco, yo creo que el Tribunal Constitucional no entraba en el temario de Vitoria, ¿no?

Gracias por tu respuesta.

Cita de: xabier110 en 03 de Octubre de 2021, 13:03:01 PM
Me temo que es correcta también. Los gobiernos autonómicos pueden presentar recursos de inconstitucionalidad, al igual que los Parlamentos.
https://www.tribunalconstitucional.es/es/tribunal/Composicion-Organizacion/competencias/Paginas/01-Recurso-de-inconstitucionalidad.aspx

Además fijaros que en la pregunta del examen pone "Mesa del Parlamento Vasco", que no es lo mismo que "Parlamento Vasco".

79smg

Cita de: Aporellas2016 en 03 de Octubre de 2021, 12:57:27 PM
A ver si alguien me puede ayudar. Las dos primeras partes he aprobado y en la tercera (la de los casos prácticos) he tenido 19,66 bien de las 40. Es decir tengo un 17,20 cuando piden 17,50 para superar la parte práctica. Me agarró al tema de la ponderación y, si no me equivoco, se pondera hasta que se llegue al 50% de los aspirantes aprobados. Lo entendéis como yo?

Lo de la ponderación lo entiendo como dices, lo que no entiendo muy bien es cómo sacas esas dos notas con decimales, 19,66 y 17,20....o estoy calculando algo mal o a mi solo me sale un nota, no sé si me he explicado.

Porsia

Pregunta 70. Solo para que conste por si le ha pasado a alguién más .... En los apuntes tengo :
"Providencia de apremio ... El procedimiento de apremio se inicia mediante providencia de apremio, expedida por el Tesorero Municipal." y así lo había estudiado. Parece ser que no es correcto ... o si?
Si alguien puede que lo aclare, please.
Gracias.

plistiplasta

Cita de: 79smg en 03 de Octubre de 2021, 13:13:49 PM
Lo de la ponderación lo entiendo como dices, lo que no entiendo muy bien es cómo sacas esas dos notas con decimales, 19,66 y 17,20....o estoy calculando algo mal o a mi solo me sale un nota, no sé si me he explicado.

Lo que yo he entendido es que van a subir hasta que la mitad haya aprobado, ponderando. Pero siempre respetando que el que tenga la nota máxima llegue al tope máximo. Si por ejemplo el que tiene la nota máxima tienen un 9 se multiplicaría por 1.1  (si es que con eso no se supera lo del 50%), o sino, hasta llegar a esa mitad de aprobados.

79smg

Cita de: Porsia en 03 de Octubre de 2021, 13:22:52 PM
Pregunta 70. Solo para que conste por si le ha pasado a alguién más .... En los apuntes tengo :
"Providencia de apremio ... El procedimiento de apremio se inicia mediante providencia de apremio, expedida por el Tesorero Municipal." y así lo había estudiado. Parece ser que no es correcto ... o si?
Si alguien puede que lo aclare, please.
Gracias.

En las ordenanzas aparece que la emite lo Jefatura del Servicio de Recaudación.

Porsia

Ok ... Gracias por responder y a ESK puntito negativo por el fallo en el temario :D

Aporellas2016

Cita de: 79smg en 03 de Octubre de 2021, 13:13:49 PM
Lo de la ponderación lo entiendo como dices, lo que no entiendo muy bien es cómo sacas esas dos notas con decimales, 19,66 y 17,20....o estoy calculando algo mal o a mi solo me sale un nota, no sé si me he explicado.
Es que me he explicado mal la  verdad. En la tercera parte he tenido 24 preguntas bien, 13 mal y 3 no contestadas. Por lo que, quitandome la penalización  (4,33), habría contestado bien 19, 66 de las 40. Como esa parte contaba 35 puntos haciendo la regla de 3 yo tendría 17,20 puntos de esos 35  y mi esperanza es que ponderen un poco. El problema es que yo no había caído en que el máximo a ponderar depende de la mayor nota.

Aporellas2016

Cita de: Unomasnuevo en 03 de Octubre de 2021, 13:08:08 PM

Segun lo entiendo yo es hasta que haya el 50 % de aprobados, con un maximo de un 33% siempre cuando lo permita el que tenga la nota maxima lo permita.
Es decir si hay alguien que tiene un 9 en el teorico por ejemplo solo se pondera el porcentaje equivalente a que esa persona obtenga el 10 ( es decir un 11%), porque sino dicho candidato seria perjudicado respecto al resto. No se si me he explicado


Mila esker, aclarado. A ver si tenemos suerte y no hay nadie que haya acertado todas

Ainara_Vi

Lo que comentáis de las preguntas de reserva a mi también me pareció rarísimo. Es el primer examen de OPE que hago en el que no hay ninguna.

Takhisis

Cita de: Porsia en 03 de Octubre de 2021, 13:22:52 PM
Pregunta 70. Solo para que conste por si le ha pasado a alguién más .... En los apuntes tengo :
"Providencia de apremio ... El procedimiento de apremio se inicia mediante providencia de apremio, expedida por el Tesorero Municipal." y así lo había estudiado. Parece ser que no es correcto ... o si?
Si alguien puede que lo aclare, please.
Gracias.

Esta pregunta también la voy a impugnar por el mismo motivo yo he puesto que la opción falsa era la A, puesto que la providencia de apremio la expide el Tesorero Municipal y no la Jefatura del Servicio de Recaudación.

Takhisis

Cita de: xabier110 en 03 de Octubre de 2021, 13:03:01 PM
Me temo que es correcta también. Los gobiernos autonómicos pueden presentar recursos de inconstitucionalidad, al igual que los Parlamentos.
https://www.tribunalconstitucional.es/es/tribunal/Composicion-Organizacion/competencias/Paginas/01-Recurso-de-inconstitucionalidad.aspx

Además fijaros que en la pregunta del examen pone "Mesa del Parlamento Vasco", que no es lo mismo que "Parlamento Vasco".

En el Estatuto de Autonomía  (tema 3, tal y como señala la pregunta) solo se habla del recurso de inconstitucionalidad en el artículo 28, es decir, es competencia del Parlamento Vasco (no de la mesa). Por lo que no hay ninguna respuesta correcta.
Si en alguna otra norma se habilita al Gobierno Vasco a presentar un recurso de inconstitucionalidad, estaría fuera de temario.

Takhisis

Respecto a la pregunta 102, no os parece que está fuera de temario?

No encuentro en el protocolo TMC dónde pone que pasa con la contraseña de la tarjeta cuando se hace un duplicado, tampoco he encontrado dicha explicación en la web del Ayuntamiento.

Vosotros lo habéis visto por algún sitio?

Gracias

plistiplasta

Totalmente de acuerdo

Cita de: Takhisis en 03 de Octubre de 2021, 15:11:17 PM
En el Estatuto de Autonomía  (tema 3, tal y como señala la pregunta) solo se habla del recurso de inconstitucionalidad en el artículo 28, es decir, es competencia del Parlamento Vasco (no de la mesa). Por lo que no hay ninguna respuesta correcta.
Si en alguna otra norma se habilita al Gobierno Vasco a presentar un recurso de inconstitucionalidad, estaría fuera de temario.

79smg

Cita de: Aporellas2016 en 03 de Octubre de 2021, 14:03:16 PM

Es que me he explicado mal la  verdad. En la tercera parte he tenido 24 preguntas bien, 13 mal y 3 no contestadas. Por lo que, quitandome la penalización  (4,33), habría contestado bien 19, 66 de las 40. Como esa parte contaba 35 puntos haciendo la regla de 3 yo tendría 17,20 puntos de esos 35  y mi esperanza es que ponderen un poco. El problema es que yo no había caído en que el máximo a ponderar depende de la mayor nota.

Entendido, yo estaba restando la penalización sobre la puntuación de 0,875, no sobre 1 punto, así que a lo mejor lo estaba haciendo mal....

supituki

Cita de: Takhisis en 03 de Octubre de 2021, 15:11:17 PM
En el Estatuto de Autonomía  (tema 3, tal y como señala la pregunta) solo se habla del recurso de inconstitucionalidad en el artículo 28, es decir, es competencia del Parlamento Vasco (no de la mesa). Por lo que no hay ninguna respuesta correcta.
Si en alguna otra norma se habilita al Gobierno Vasco a presentar un recurso de inconstitucionalidad, estaría fuera de temario.
Exactamente, yo también he flipado con esa pregunta... entre otras, claro!

alvdavid

Yo tampoco lo he encontrado en el temario, pero te dirán que es orientativo.... Tocate los ******, orientativo.

¿Tan difícil sería presentar un temario totalmente unificado y conocido por todos?

Es como la pregunta del recurso de inconstitucionalidad. Si la respuesta es esa, se la han sacado de la manga porque en el temario como tal no entraba.

Mira que tienes temario, mira que tienes preguntas para meter y hacen estas chapuzas.

Takhisis

Yo lo he argumentado de la siguiente manera:

Se solicita que, atendiendo al tema 3, se identifique a quién corresponde interponer recurso de inconstitucionalidad, siendo las respuestas posibles: Gobierno Vasco- Lehendakari- mesa del Parlamento- no es posible interponer recurso de inconstitucionalidad.
Atendiendo al artículo 28 del Estatuto de Autonomía (tema 3), se señala lo siguiente:

Artículo 28.
Corresponde, además, al Parlamento Vasco:
c) Interponer el recurso de inconstitucionalidad.

Por lo tanto ninguna de las respuestas sería válida.

Por otra parte, es cierto que el artículo 162 de la Constitución habilita para interponer recurso de incostitucionalidad a:
a) Para interponer el recurso de inconstitucionalidad, el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y, en su caso, las Asambleas de las mismas.

b) Para interponer el recurso de amparo, toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, así como el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal.

No obstante, dicho artículo quedaría fuera del Temario General para el Grupo C1:

Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: Características, constitución y
organización. Título VIII (art. 137 a 158).
3. El estatuto de Autonomía del País Vasco: Título I. De las competencias del País Vasco (art. 10 a 23). Título
II De los poderes del País Vasco (art. 24 a 33).

Por lo tanto solicito la anulación de dicha pregunta


En las leyes es más fácil que admitan que está fuera de temario, puesto que definen artículos concretos y eso no es orientativo.

En la ope de técnicos medios de hace dos años se anularon preguntas por estar fuera de temario (y muchas otras por otros motivos).
De hecho el test de la parte general del temario fueron 60 preguntas y finalmente se quedó en 53 (anularon 7).

Yo os animo a impugnar lo que consideréis puesto que se anulan preguntas.

Yo he impugnado 5 de la parte general y 10 del práctico. Del específico estoy en ello.

Un saludo y ánimo

AMANA

Y como se está comentando en el buzón, unos con reloj a la vista y otros no. Yo fui fatal de tiempo, la segunda parte no sabía ni por dónde cogerla, y creo que no es justo que unos pudieran ir midiendo sus tiempos y otros no. Es mi primer examen de ope, vaya decepción...

morenton

En general todos hemos salido un poco disgustados de la eskabetxina de ayer y la mejor manera de expresar nuestro desacuerdo con las preguntas y respuestas es impugnando. Es una mierda repasar de nuevo (otra tarde o mas delante de artículos y leyes) pero hay que impugnar txabales!Animo copon. Para muchos han sido meses en el rincón del conocimiento y para ellos van a ser días el resolver nuestras dudas. :angry: