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La parte ExtraOFICIAL
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SECRETARÍA-INTERVENCIÓN (INTERINIDAD) AYTO. TRUCíOS

Iniciado por marga410+, 14 de Junio de 2019, 08:31:46 AM

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marga410+

Sistema: Concurso-oposición

Requisitos:

-Titulación universitaria exigida para el ingreso en los Cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1, de acuerdo con lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

**El examen de euskera es voluntario y no eliminatorio (Puntúan los 4 perfiles).

http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2019/06/14/II-2254_cas.pdf?hash=e5a3516a26bdd251e6b7192ed7e42762

Plazo: 20 días hábiles a partir del lunes

-Bolsa de trabajo de primer nivel: se conformará con las personas que superen todos los ejercicios.

-Bolsa de trabajo de segundo nivel: Una vez agotada dicha bolsa podrá generarse una de segundo nivel con las personas que hayan aprobado el primer ejercicio

MaitanBil

si he estudiado la carrera de administracion... puedo presentarme?

MaitanBil


Sísifo

Cita de: MaitanBil en 14 de Junio de 2019, 08:33:15 AM
si he estudiado la carrera de administracion... puedo presentarme?
Si has finalizado los estudios de un Grado, una Diplomatura antigua o una Licenciatura completa, si, puedes. Corresponde a la escala A1, o sea, que con eso bastaría.
A= Licenciaturas
A1 (antigua escala B)= Diplomaturas y sus equivalencias en FP
C= Bachiller
C1=(Antigua escala D)= Graduado Escolar/ESO

Un saludo

Ulysses

Cita de: Sísifo en 16 de Junio de 2019, 11:11:04 AM
Si has finalizado los estudios de un Grado, una Diplomatura antigua o una Licenciatura completa, si, puedes. Corresponde a la escala A1, o sea, que con eso bastaría.
A= Licenciaturas
A1 (antigua escala B)= Diplomaturas y sus equivalencias en FP
C= Bachiller
C1=(Antigua escala D)= Graduado Escolar/ESO

Un saludo

ojo!

Artículo 43. de la Ley de la Función Pública Vasca

Los Cuerpos de funcionarios estarán agrupados, según el nivel de titulación exigido para
su ingreso, en los siguientes Grupos:

A. Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente. (ahora es A1)
B. Título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Formación
Profesional de 3.er grado o equivalente. (ahora es A2)
C. Título de Bachiller, Formación Profesional de 2.º grado, o equivalente.( ahora es C1)
D. Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de 1.er grado o equivalente. (ahora es C2)
E. Certificado de escolaridad.

Ulysses

Cita de: Ulysses en 17 de Junio de 2019, 12:13:57 PM
ojo!

Artículo 43. de la Ley de la Función Pública Vasca

Los Cuerpos de funcionarios estarán agrupados, según el nivel de titulación exigido para
su ingreso, en los siguientes Grupos:

A. Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente. (ahora es A1)
B. Título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Formación
Profesional de 3.er grado o equivalente. (ahora es A2)
C. Título de Bachiller, Formación Profesional de 2.º grado, o equivalente.( ahora es C1)
D. Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de 1.er grado o equivalente. (ahora es C2)
E. Certificado de escolaridad.

La convocatoria hace referencia al texto Refundido de la Ley del Estatuto del Empleado Público, es decir:

Artículo 76. Grupos de clasificación profesional del personal funcionario de carrera.

Los cuerpos y escalas se clasifican, de acuerdo con la titulación exigida para el acceso a los mismos, en los siguientes grupos:

Grupo A: Dividido en dos Subgrupos, A1 y A2.

Para el acceso a los cuerpos o escalas de este Grupo se exigirá estar en posesión del título universitario de Grado. En aquellos supuestos en los que la ley exija otro título universitario será éste el que se tenga en cuenta.

La clasificación de los cuerpos y escalas en cada Subgrupo estará en función del nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar y de las características de las pruebas de acceso.

Grupo B. Para el acceso a los cuerpos o escalas del Grupo B se exigirá estar en posesión del título de Técnico Superior.

Grupo C. Dividido en dos Subgrupos, C1 y C2, según la titulación exigida para el ingreso.

C1: Título de Bachiller o Técnico.

C2: Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria

Disposición transitoria tercera. Entrada en vigor de la nueva clasificación profesional.

1. Hasta tanto no se generalice la implantación de los nuevos títulos universitarios a que se refiere el artículo 76, para el acceso a la función pública seguirán siendo válidos los títulos universitarios oficiales vigentes a la entrada en vigor de este Estatuto.

2. Transitoriamente, los Grupos de clasificación existentes a la entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 12 de abril, se integrarán en los Grupos de clasificación profesional de funcionarios previstos en el artículo 76, de acuerdo con las siguientes equivalencias:

Grupo A: Subgrupo A1.

Grupo B: Subgrupo A2.

Grupo C: Subgrupo C1.

Grupo D: Subgrupo C2.

Grupo E: Agrupaciones Profesionales a que hace referencia la disposición adicional sexta.

3. Los funcionarios del Subgrupo C1 que reúnan la titulación exigida podrán promocionar al Grupo A sin necesidad de pasar por el nuevo Grupo B, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de este Estatuto

marga410+


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marga410+

Lista definitiva admitidos y excluidos.

Se convoca la celebración de la primera prueba para el día 8 de noviembre de 2019, a las 9:30 horas, en la Casa de Cultura de Trucíos/Turtzioz.

http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2019/10/18/II-3847_cas.pdf?hash=f626c3bd970da55781177f8d8aaf9045