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BOLSA LICENCIATURA EN DERECHO GOBIERNO VASCO

Iniciado por marga410+, 02 de Junio de 2019, 21:41:18 PM

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Jonyokojon

Licenciatura en ADE no vale para la de Economía?

Jonyokojon


Alainem

Alguien sabe donde buscar el tema 9. Organización Institucional y procedimiento subvencional. La administración consultiva en la
Comunidad Autónoma del País Vasco. Procedimiento de elaboración de las disposiciones
de carácter general?
No encuentro normativa...
Eskerrik asko!

Opos91

Cita de: Jonyokojon en 03 de Junio de 2019, 22:25:15 PM
Licenciatura en ADE no vale para la de Economía?

No, para eso hay una bolsa de ADE. Todavía hay bastante gente disponible. No creo que convoquen pronto

nalberdi

Cita de: Alainem en 04 de Junio de 2019, 07:44:47 AM
Alguien sabe donde buscar el tema 9. Organización Institucional y procedimiento subvencional. La administración consultiva en la
Comunidad Autónoma del País Vasco. Procedimiento de elaboración de las disposiciones
de carácter general?
No encuentro normativa...
Eskerrik asko!

Kaixo!
Yo estoy igual.. lo de la parte de la organización institucional pensaba sacarlo del Estatuto de Autonomía, y lo de las Subvenciones no creo que haya ninguna Ley de euskadi... (sino que se aplica la ley general de subvenciones 38/2003). así que no sé.  Y ¿lo de la administración consultiva? Me parece que es un tema un poco batiburrillo, que mezcla cosas distintas... o si no se nos escapa alguna norma que lo incluya todo..

Alainem

Mira la respuesta de paparroi en el otro foro de la bolsa de licenciados en derecho. El k está desde la convocatoria anterior. La verdad es k es un tema "cajón desastre"

Alainem


nalberdi

Cita de: Alainem en 05 de Junio de 2019, 10:58:28 AM
Mira la respuesta de paparroi en el otro foro de la bolsa de licenciados en derecho. El k está desde la convocatoria anterior. La verdad es k es un tema "cajón desastre"

No la he encontrado... podrías pegarla, ¿por favor? Si es que la respuesta aporta algo..

Alainem


Begiratu esteka hauek:

http://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/-/procedimiento_iniciado_administracion/procedimiento-de-disposiciones-normativas-de-caracter-general/

Ley 8/2003, de 22 de diciembre, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General

http://www.comisionjuridica.euskadi.eus/x84-home/es/

Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco


Maider73

Kaixo  no si alguien ha encontrado informacion del tema 9 Organizacion Institucional y procedimiento subvencional. Creeis que puede ser la ley 7/1997 de 19 junio de regimen de subvenciones y ayudas.

Maider73


doctorshepard

Alguien sabe qué artículos del Reglamento del Parlamento Vasco estudiar? no veo bien por dónde cogerlo...

imanolco

Kaixo, con lo fácil que hubiese sido que nos citen los artículos requeridos...

¿La ley 19/2013 de transparencia se supone que entra en su totalidad?

¿Respecto a los temas 23 y 24, nos debemos basar en la 6/1989, la 5/2015, o hay que estudiar lo equivalente de cada ley?

Milesker

nalberdi

Maider, lo del tema que mencionas, el 9, lo comentamos unas líneas más arriba.  (es un tema "mix"...)

Lo del REGLAMENTO DEL PARLAMENTO , tema 4, yo estoy igual.. el enunciado del tema es muuy genérico, y yo entiendo que abarca:
- composición y funciones: el título I, pero sin entrar mucho en detalle... por que si no..
- aspectos generales sobre su naturaleza y contenido: nos han jodido... no se por donde cogerlo, pero espero que se refiera a los aspectos generales de la composición y funciones.. si no estaría hablando del reglamento en general..
- arateko y TVCP: lo único que está claro --> título V, capítulos I y II.

El tema 25, sí, es toda la Ley.

El tema 23, yo creo que sí, que son ambas leyes.

Los temas 10 y 12, que son los basiquísimos, de autoapuntes? es que al ser test... 


nalberdi

kaixo berriz!

El tema 22, los conceptos que se citan como tema corresponden todos a la LCSP 9/2017. Y después, se cita el Decreto 116/2016 de la CAV. En el decreto sólo hay algunas cosas de las que se enuncian en el tema... no será el decreto entero no?

ya sólo reunir el temario está costando...

doctorshepard

#14
Aupa!

1. Gaia: hor EUko reglamentura egiten dituen remisioak ikasiko dituzue? Bestela gai horrek ez du zentzu gehiegirik...

14. Gaia: Nik uste dut reglamentuko I. titulua ikasiko dudala eta kitto...

8. Gaia: Hemen ez duzue lege gutzia ikasiko ez?

10 eta 11. Gaiak: Cosecha propia...

22. Gaia: Nik dekretua gainatik bakarrik begiratuko dut, gaian agertzen diren gauzak bertan regulatuta badaude hori ikasteko, besterik ez. Bestela erotuko gara!

23 24: EBEP eta LFPV-tik, bietatik ikasiko dut nik.

doctorshepard

Del tema 22: En el apartado "Principios generales de la preparación y adjudicación de los contratos" qué vais a meter?

leiorgar

Me acaba de llegar email: publicada lista provisional de admitidos y excluidos, examen el 07 de julio en el BEC.

Opositante79

Kaixo!

El tema 20, la parte de autorizaciones de la Ley 40/2015, que parte de la ley puede ser? Alguien me puede orientar?

Eskerrik asko!

Jessica22

Hola! A ver si me podéis por favor ayudar. Tengo una duda sobre el apartado, poderes exorbitantes de la Administración del tema 12. No sé por dónde cogerlo. Agradecería toda ayuda.

Muchas gracias y buena suerte a todos.

doctorshepard

Cita de: Jessica22 en 19 de Junio de 2019, 20:22:51 PM
Hola! A ver si me podéis por favor ayudar. Tengo una duda sobre el apartado, poderes exorbitantes de la Administración del tema 12. No sé por dónde cogerlo. Agradecería toda ayuda.

Muchas gracias y buena suerte a todos.

Yo hay varias cosas que voy a obviar, me voy a ceñir a la ley y punto. Y lo mismo con el reglamento del Parlamento Vasco me voy a leer por encima el titulo 1 y ya. Con el tiempo que tenemos tan justo no nos da tiempo a más.

doctorshepard

Por cierto por si a alguien le interesa los de "te llevamos" han puesto autobuses desde Vitoria y Donostia (que para también en Zarautz y Eibar).

Berriahemen

#21
Kaixo, estoy mirando el examen de las bolsas de 2017 que ha colgado IVAP y veo muchas preguntas de la CE. Sabéis si en las bolsas de 2017 había algún tema especifico de la CE que se ha suprimido en el temario de las bolsas de este año?


Edito porque ya he encontrado la lista de temas, y sí, eran 38 y han suprimido algunos, entre ellos de la CE.


Berriahemen

Cita de: doctorshepard en 12 de Junio de 2019, 09:12:33 AM
Aupa!

1. Gaia: hor EUko reglamentura egiten dituen remisioak ikasiko dituzue? Bestela gai horrek ez du zentzu gehiegirik...

14. Gaia: Nik uste dut reglamentuko I. titulua ikasiko dudala eta kitto...

8. Gaia: Hemen ez duzue lege gutzia ikasiko ez?

10 eta 11. Gaiak: Cosecha propia...

22. Gaia: Nik dekretua gainatik bakarrik begiratuko dut, gaian agertzen diren gauzak bertan regulatuta badaude hori ikasteko, besterik ez. Bestela erotuko gara!

23 24: EBEP eta LFPV-tik, bietatik ikasiko dut nik.

Nik 1º gaitik, reglamentutik "kontzeptuak" baino ez dodaz irakurri, printzipioak ta eskubideak lege berrian agertzen dira, baina bai egia da remisino asko egiten dauzela...

ta ez 8. gaian legea osoa begiratzea... bueno denpora dekonak hobeto, baina nik behintzat ez dot dana begiratu ta ez dot begiratuko.

Nonork galdetu dau ea "tecnica autorizatoria" 40/2015 legean non agertzen dan... nik uste ez dala lege horretan agertzen. Interneten begiratzen hau aurkitu dot, baina ez dago gaurkotuta: http://www.icab.cat/files/242-250570-DOCUMENTO/20110314_ARTICULO_TECNICA_AUTORIZATORIA.pdf

ta "principios generales de la preparación y adjudicación de los contratos" bebai interneten begiratu dot, tal cual... resumen de iberley.

nahiko temario totxoa hilabete baterako...

mtx

Hola que os ha parecido?
La pregunta de la ley de igualdad tachada no será impugnable?
El resto no me ha dado tiempo a mirar bien por la falta de tiempo,  me ha parecido bastante las asequibles la segunda parte del examen que la primera...  Sudores fríos al principio pensaba que no contestaba a ninguna sabe alguien cuantos aprobados ha habido?
Un saludo

Mulan

Cómo hay que hacer para impugnar las preguntas?

Berriahemen

Cita de: pt_pt en 08 de Julio de 2019, 07:58:55 AM
Cómo hay que hacer para impugnar las preguntas?

Si no me equivoco, hay que rellenar la hoja de reclamación que aparece en la plataforma de IVAP (donde están las bases, las plantillas...) y entregar en Zuzenean, entre otros lugares.

mtx

Yo la última vez entregue directamente en el IVA en su sede de bilbao,  veis alguna impugnable?  En el 2017 anularon bastantes
Un saludo

catalina


Norvegese

Sabeis si hay posibilidad de que bajen la nota de corte?!
Eskerrik asko

ikasle22


Lizartza

Cita de: Ask1 en 08 de Julio de 2019, 19:25:37 PM
Sabeis si hay posibilidad de que bajen la nota de corte?!
Eskerrik asko

Ya la han bajado...

Norvegese


itu80

A 8 y algo. Lo tienes en la primera hoja de las calificaciones provisionales.

goizalde


ikasle22


catalina



Norvegese

#37
Cita de: itu80 en 08 de Julio de 2019, 21:19:35 PM
A 8 y algo. Lo tienes en la primera hoja de las calificaciones provisionales.
eskerrik asko. Lo acabo de ver.
Si alguien tiene idea de  impugnar... o alguna que veais impugnable?
Es la primera meta vez que me presento  y no se muy bien como va... Creo q si se anula una que tenga mal pasaría

FRANK GALVIN

Aquellos que tienen un PL3  están superando las bolsas de licenciado en Derecho para interinidades de grupos A1  de la Administración con una nota inferior al aprobado , un 4,25 .... . Es como para reflexionar un poco ¿no os parece?

Berriahemen

He calculado, guiándome por el buscador del pdf (puede haber algún error) y son en total creo que 256 aprobados.

En el 2017 en cuanto quedo el corte y cuantos pasaron?

itu80

En el 2017, lo gracioso es que el pl3 no era preceptivo. Ahora si, antes no.

Berriahemen

Cita de: itu80 en 09 de Julio de 2019, 10:21:52 AM
En el 2017, lo gracioso es que el pl3 no era preceptivo. Ahora si, antes no.

Ah vale, no sabía, ahora entiendo... estaba buscando por el foro lo de 2017, porque me habían dicho que fue un corte bajo y una bolsa bastante grande, pero no había caído en el detalle del perfil.

Ahora hay gente que se tiene que examinar del perfil, no? Quiero decir que la bolsa podría quedar incluso con menos gente?

irat29

#42
Hola a todos!

Tratando de ver que pregunta es impugnable...

PREGUNTA 22, EXIGENCIA DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL A LAS AUTORIDADES Y PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA.

Hace alusión a la Sección 2 de la Ley 40/2015.
Señalan como respuesta correcta la

"a)La administración pública deberá previamente indemnizar a los lesionados"

Entiendo que hace referencia al epígrafe "2. La Administración correspondiente, cuando hubiere indemnizado a los lesionados, exigirá de oficio en vía administrativa de sus autoridades y demás personal a su servicio la responsabilidad en que hubieran incurrido por dolo, o culpa o negligencia graves, previa instrucción del correspondiente procedimiento.

Sin embargo, dado que no es una respuesta literal, en mi opinión la opción que señalan como correcta está incompleta y no tiene sentido si se lee de forma aislada. ¿Lo veis impugnable?

Si este argumento no es sólido, tambien se podría alegar que la opción "d) Deberá instarse por la administración correspondiente, siempre que sus autoridades o su personal hubieran incurrido en culpa o negligencia" tambien es correcta, pues se encuentran entre los supuestos del art.36.3


3. Asimismo, la Administración instruirá igual procedimiento a las autoridades y demás personal a su servicio por los daños y perjuicios causados en sus bienes o derechos cuando hubiera concurrido dolo, o culpa o negligencia graves.


¿Alguien tiene intención de impugnar más preguntas?

Berriahemen

#43
Yo también estaba pensando en impugnar la 22, por ese mismo motivo.


Norvegese

#44
Cita de: irat29 en 09 de Julio de 2019, 11:23:33 AM
Hola a todos!

Tratando de ver que pregunta es impugnable...

PREGUNTA 22, EXIGENCIA DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL A LAS AUTORIDADES Y PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA.

Hace alusión a la Sección 2 de la Ley 40/2015.
Señalan como respuesta correcta la

"a)La administración pública deberá previamente indemnizar a los lesionados"

Entiendo que hace referencia al epígrafe "2. La Administración correspondiente, cuando hubiere indemnizado a los lesionados, exigirá de oficio en vía administrativa de sus autoridades y demás personal a su servicio la responsabilidad en que hubieran incurrido por dolo, o culpa o negligencia graves, previa instrucción del correspondiente procedimiento.

Sin embargo, dado que no es una respuesta literal, en mi opinión la opción que señalan como correcta está incompleta y no tiene sentido si se lee de forma aislada. ¿Lo veis impugnable?

Si este argumento no es sólido, tambien se podría alegar que la opción "d) Deberá instarse por la administración correspondiente, siempre que sus autoridades o su personal hubieran incurrido en culpa o negligencia" tambien es correcta, pues se encuentran entre los supuestos del art.36.3


3. Asimismo, la Administración instruirá igual procedimiento a las autoridades y demás personal a su servicio por los daños y perjuicios causados en sus bienes o derechos cuando hubiera concurrido dolo, o culpa o negligencia graves.


¿Alguien tiene intención de impugnar más preguntas?

Yo habia pensando que esta era impugnable tambien.
Habia otra pregunta la 19 del modelo B. Una de estas opciones nones correcta a la luz de la 39/2015.La opcion A creeis que no podria ser correcta?  Es cierto que la B es mas correcta... Pero el año 2017  impugnaron si mal no recueedo la 19 donde daban esta respuesta como válida sin referencia al amparo constitucional..  Después creo q se anuló. Por lo que quizas no era incorrecta del todo? Adjunto ambas.

Berriahemen

Cita de: Ask1 en 09 de Julio de 2019, 12:11:00 PM
Yo habia pensando que esta era impugnable tambien.
Habia otra pregunta la 19 del modelo B. Una de estas opciones nones correcta a la luz de la 39/2015.La opcion A creeis que no podria ser correcta?  Es cierto que la B es mas correcta... Pero el año 2017  impugnaron si mal no recueedo la 31 donde habia que marca la opcion incorrecta, siendo esta, y la anularon... Por lo que no era incorrecta del todo? Adjunto ambas.

Yo creo la opción a de la 19 del modelo b no es correcta porque solo son los que son susceptibles de amparo constitucional

doctorshepard

Cita de: Berriahemen en 09 de Julio de 2019, 12:18:35 PM
Yo creo la opción a de la 19 del modelo b no es correcta porque solo son los que son susceptibles de amparo constitucional
Estoy de acuerdo con Berriahemen, no es lo mismo ser susceptible de amparo constitucional que cualquier derecho que aparezca en la Constitución.

Norvegese

#47
Cita de: doctorshepard en 09 de Julio de 2019, 13:00:03 PM
Estoy de acuerdo con Berriahemen, no es lo mismo ser susceptible de amparo constitucional que cualquier derecho que aparezca en la Constitución.
Si, supongo que por ese motivo se anulo en 2017.
Creo que la 22 si que podria intentar impugnar... Alguna otra??
Gracias

Pulular

Cita de: irat29 en 09 de Julio de 2019, 11:23:33 AM
Hola a todos!

"Culpa o negligencia" no es lo mismo que "culpa o negligencia GRAVES"

Saludos

Tratando de ver que pregunta es impugnable...

PREGUNTA 22, EXIGENCIA DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL A LAS AUTORIDADES Y PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA.

Hace alusión a la Sección 2 de la Ley 40/2015.
Señalan como respuesta correcta la

"a)La administración pública deberá previamente indemnizar a los lesionados"

Entiendo que hace referencia al epígrafe "2. La Administración correspondiente, cuando hubiere indemnizado a los lesionados, exigirá de oficio en vía administrativa de sus autoridades y demás personal a su servicio la responsabilidad en que hubieran incurrido por dolo, o culpa o negligencia graves, previa instrucción del correspondiente procedimiento.

Sin embargo, dado que no es una respuesta literal, en mi opinión la opción que señalan como correcta está incompleta y no tiene sentido si se lee de forma aislada. ¿Lo veis impugnable?

Si este argumento no es sólido, tambien se podría alegar que la opción "d) Deberá instarse por la administración correspondiente, siempre que sus autoridades o su personal hubieran incurrido en culpa o negligencia" tambien es correcta, pues se encuentran entre los supuestos del art.36.3


3. Asimismo, la Administración instruirá igual procedimiento a las autoridades y demás personal a su servicio por los daños y perjuicios causados en sus bienes o derechos cuando hubiera concurrido dolo, o culpa o negligencia graves.


¿Alguien tiene intención de impugnar más preguntas?

Lizartza

Cita de: irat29 en 09 de Julio de 2019, 11:23:33 AM
Hola a todos!

Tratando de ver que pregunta es impugnable...

PREGUNTA 22, EXIGENCIA DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL A LAS AUTORIDADES Y PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA.

Hace alusión a la Sección 2 de la Ley 40/2015.
Señalan como respuesta correcta la

"a)La administración pública deberá previamente indemnizar a los lesionados"

Entiendo que hace referencia al epígrafe "2. La Administración correspondiente, cuando hubiere indemnizado a los lesionados, exigirá de oficio en vía administrativa de sus autoridades y demás personal a su servicio la responsabilidad en que hubieran incurrido por dolo, o culpa o negligencia graves, previa instrucción del correspondiente procedimiento.

Sin embargo, dado que no es una respuesta literal, en mi opinión la opción que señalan como correcta está incompleta y no tiene sentido si se lee de forma aislada. ¿Lo veis impugnable?

Si este argumento no es sólido, tambien se podría alegar que la opción "d) Deberá instarse por la administración correspondiente, siempre que sus autoridades o su personal hubieran incurrido en culpa o negligencia" tambien es correcta, pues se encuentran entre los supuestos del art.36.3


3. Asimismo, la Administración instruirá igual procedimiento a las autoridades y demás personal a su servicio por los daños y perjuicios causados en sus bienes o derechos cuando hubiera concurrido dolo, o culpa o negligencia graves.


¿Alguien tiene intención de impugnar más preguntas?
Respecto a la pregunta nº 2 del modelo B, y a tenor de lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 36 de la Ley 40/2015, entiendo que "la administración deberá previamente, indemnizar a los lesionados" si los HUBIERE, de tal forma que, conforme al apartado 4 del mismo artículo, cabe "la exigencia de responsabilidad patrimonial a las autoridades y personal al servicio de la administración pública" sin un deber previo indemnizatorio. Por tanto, si se plantea la cuestión en sentido contrario, ¿Debe previamente la administración pública indemnizar a los lesionados para exigir la responsabilidad patrimonial a las autoridades y personal a su servicio?" la respuesta correcta ha de entenderse en sentido negativo.

Dicho esto, hasta la fecha, una vez analizadas las reclamaciones se limitan a trasladar las decisiones adoptadas, sin entrar a rebatir los argumentos que se hayan podido esgrimir. Es decir, que hacen un poco lo que les da la gana, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa  :laugh: