SOS IT Txartela
Categoría General => Nuevas Convocatorias => Oposiciones => Bizkaia => Mensaje iniciado por: amatxu2007 en 16 de Octubre de 2017, 11:26:17 am
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Hola
Me gustaría saber si alguien tendría disponible el temario de la ultima ope de administrativo de diputación. No hay nada publicado pero supongo que este año convocaran ope
un saludo
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Hola,
¿Con este año te refieres al 2017? Lo digo porque en la Oferta de Empleo que publicaron el 4 de julio no había plazas de administrativo. No sé si tendrán intención de publicar una segunda Oferta de aquí a fin de año.
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Bueno, para el IFAS si que van a sacar no?
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Ah, perdón, he pensado en la Diputación Foral como tal. Del IFAS no tengo ni idea.
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Y temario para cualquiera de las 2 como se puede conseguir? Gracias.
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La verdad es que no lo sé. Supongo que remontándote a la última convocatoria encontrarás las bases publicadas y el temario que pidieron; pero si es de hace mucho no sé si será muy de fiar...
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ola sabe alguien si a salido plazas para administrativo para diputacion?, es que me an dixo como que si, pero no se donde ai que apuntarse, gracias.
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buenos dias que it txartela ai que tener para administrativo de diputacion de vizcaya, gracias.
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Yo he empezado a preparar la OPE en una academia esta semana. Todavía no han publicado las bases, así que estamos dando clases en base a la última OPE, la del 2008.
Están en el BOB número 168, de 3 de septiembre de 2008
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Hola Canada.... en qué academía eso? merece la pena? gracias
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buenos dias, alguien sabe donde puedo encontrar la parte tercera, de el temario de administrativo que se relaciona con los impuestos y los presupuesto , tributos, etc?, es que e mirado el temario de administrativo de año 2008, ya que me an comentado varias academias que estan mirando ese temario y de ahi sacando las leyes y poniendo las nuevas, pero no encuentro esos temas relacionado a los impuestos, etc, gracias.y otra duda que tengo, alguien sabe si ai que tener la it txartela word y excel 2010 o la xp avanzada?, y en el temario pone 47 temas, pero en la normativa me sale 12 leyes, faltaran las de la parte de los impuestos no?, gracias
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Hola Canada.... en qué academía eso? merece la pena? gracias
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En Juritecnia, yo creo que está bien, pagas al mes. Sobre todo para los que estamos empezando en las oposiciones, como es mi caso
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ola buenas tardes, en la ope de administrativo de la diputacion del año 2008 pusieron esta bibliografia para el temario:
- ce 1978
- ley 7/85 de 2 de abril
- ley 3/79 de 18 de diciembre
- ley 12/02 de 23 de mayo
- ley 27/83 de 25 de noviembre
- norma foral 3/87 de 13 de febrero
- ley 10/82 de 24 de noviembre
- ley 30/07 de 30 de octubre, que ahora creo que es la ley 9/17 de 8 de noviembre
- real decreto 1098/01 de 12 octubre
- ley 6/89 de 6 de julio
- ley 4/05 de 18 de febrero
- y la ley 30/92 que ahora es la ley 39/15 .
era para preguntaros a algunos que esten ya esta estudiando en academia, si me faltan algunas leyes y que articulos son o ai que estudiarla enteras, gracias.
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por favor que alguien me ayude, alguien me puede decir las respuestas de los examenes de administrativo de la ope de 2008?, gracias, alguien que este estudiando me podia decir mas o menos si ai algunas leyes nuevas?, es la primera vez que me voy a presentar a esta ope, y no se mas o menos como va gracias.
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por favor que alguien me ayude, alguien me puede decir las respuestas de los examenes de administrativo de la ope de 2008?, gracias, alguien que este estudiando me podia decir mas o menos si ai algunas leyes nuevas?, es la primera vez que me voy a presentar a esta ope, y no se mas o menos como va gracias.
Ardillita, lo tienes en la web de diputación, en convocatorias finalizadas
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Aupi, una consulta,
la diputación no suele sacar para auxiliar administrativo?
por lo que veo en anteriores sacan muy poco no?
eskerrik
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Hola Canada.... en qué academía eso? merece la pena? gracias
Hola, disculpa la tardanza en contestar. Estoy en Juritecnia, en Bilbao, me parecen bastante serios y vas pagando mes a mes. Lo de si merece la pena, depende de cada uno, yo como no he estudiado derecho y del tema tributario no tengo ni idea.... me parece que si me compensa. :D
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gracias, ya lo e encontrado las respuestas, una pregunta a la persona que esta en la academia estudiando, que leyes teneis para la parte tributario?, y teneis leyes nuevas?, es que yo puse ai mas o menos esas leyes ke me an comentado, pero no se si ai leyes nuevas, espero tu respuesta gracias.
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Arratsaldeon,
¿Sabéis de dónde se puede obtener la legislación actualizada de las normas forales de la Diputación de Bizkaia?
Por ejemplo, la Norma Foral 3/1987 de 13 febrero, no aparece en el BOB, y la descargada en la página web de las juntas generales no está actualizada, dado que no incluye, la incorporación del punto d) en el artículo 8.1. en base a la Norma Foral 3/2017 de 12 de julio, entre otros.
Eskerrik asko :laugh:
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ola buenas tardes, en la ope de administrativo de la diputacion del año 2008 pusieron esta bibliografia para el temario:
- ce 1978
- ley 7/85 de 2 de abril
- ley 3/79 de 18 de diciembre
- ley 12/02 de 23 de mayo
- ley 27/83 de 25 de noviembre
- norma foral 3/87 de 13 de febrero
- ley 10/82 de 24 de noviembre
- ley 30/07 de 30 de octubre, que ahora creo que es la ley 9/17 de 8 de noviembre
- real decreto 1098/01 de 12 octubre
- ley 6/89 de 6 de julio
- ley 4/05 de 18 de febrero
- y la ley 30/92 que ahora es la ley 39/15 .
era para preguntaros a algunos que esten ya esta estudiando en academia, si me faltan algunas leyes y que articulos son o ai que estudiarla enteras, gracias.
Estas leyes que dices que entraron en el 2008 entraron enteras? no una parte?
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Ola buenos dias, pues no se k decirte , yo es lo k e visto en la pagina web pero no pone k articulos, a ver si ai alguien k este en una academia y nos dice mas o menos k articulos son los k entraron ese año o cuales son los mas importantes
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Ola buenos dias, pues no se k decirte , yo es lo k e visto en la pagina web pero no pone k articulos, a ver si ai alguien k este en una academia y nos dice mas o menos k articulos son los k entraron ese año o cuales son los mas importantes
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2008 ANEXO I SUBESCALA ADMINISTRATIVA PARTE PRIMERA
LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA Y ORGANIZACIÓN DEL ESTADO
Tema 1: La Constitución Española de 1.978: Principios generales.
Tema 2: Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3: La Monarquía:Teoría general. La Corona en la Constitución Española.
Tema 4: El poder legislativo: Teoría general. Las Cortes Generales.
Tema 5: El Gobierno: Relaciones entre el Gobierno y el poder legislativo.
Tema 6: El poder judicial en la Constitución Española.
Tema 7: Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su significado.
Tema 8: La Unión Europea: Evolución e Instituciones.
PARTE SEGUNDA DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL, ESPECIAL Y LOCAL
Tema 9: Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley: clases de leyes.
Tema 10: El Reglamento: concepto y clases. Procedimiento de elaboración. Límites de la potestad reglamentaria y defensa contra los reglamentos ilegales. Instrucciones y circulares.
Tema 11: La costumbre. La práctica administrativa. Los principios generales del Derecho. Otras fuentes.
Tema 12: El Administrado : Concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.
Tema 13: El acto administrativo: Concepto.Clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo.
Tema 14: El procedimiento administrativo. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común. Principios y ámbito de aplicación.
Tema 15: Dimensión temporal del procedimiento. Recepción y registro de documentos. El interesado y su representación. Comunicaciones y notificaciones.
Tema 16: Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.
Tema 17: La eficacia de los actos administrativos y su condicionamiento. Ejecutividad y suspensión. La ejecución de los actos administrativos.
Tema 18: La teoría de la invalidez del acto administrativo. Actos nulos y anulables. La convalidación del acto administrativo. La revisión de oficio.
Tema 19: Los contratos del Sector Público (I).: Objeto y ámbito de aplicación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a una regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados.Perfección y forma del contrato.Régimen de invalidez. El recurso especial en materia de contratación.
Tema 20: Los contratos del Sector Público (II).: Partes del contrato. Objeto, plazo, precio y cuantía del contrato. Garantías exigibles en la contratación del sector público. Normas generales de la preparación de contratos por las Administraciones Públicas. Adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas.
Tema 21: Los recursos administrativos: Concepto. Principios generales y clases y régimen jurídico.
Tema 22: Los funcionarios públicos: concepto y clases. La Ley 6/89 de la Función Pública Vasca. Derechos y deberes de los funcionarios. Régimen retributivo.
Tema 23: La Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca (continuación).- Estructura y organización de la Función Pública Vasca: Las relaciones de puestos de trabajo. La oferta de empleo público. Selección del personal. El registro de personal.
Tema 24: La Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca (continuación).- Los funcionarios de las Administraciones Públicas Vascas: Concepto. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Agrupación de los cuerpos de funcionarios. Los funcionarios interinos, personal laboral y eventual.
Tema 25: La Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca (continuación).- Concepto de los sistemas de provisión de los puestos de trabajo. Carrera administrativa. Situaciones administrativas.
Tema 26: El régimen local: principios constitucionales y régimen jurídico.
PARTE TERCERA HACIENDA PÚBLICA Y DERECHO TRIBUTARIO
Tema 27: El presupuesto. Concepto, naturaleza y clases. Los principios presupuestarios constitucionales.Fuentes de la ordenación jurídica y su estructura actual
Tema 28: Los tributos (impuestos, tasas y contribuciones especiales): concepto y naturaleza (normativa foral). Los precios públicos (normativa foral).
Tema 29: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Normativa Foral): Naturaleza y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Sujeto pasivo.
Tema 30: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Normativa Foral): Naturaleza y ámbito de aplicación Hecho imponible.Sujeto pasivo.
Tema 31: Impuesto sobre Sociedades (Normativa Foral): Naturaleza y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Sujeto pasivo.
Tema 32: Impuesto general sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Normativa Foral): Naturaleza y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Sujeto pasivo.
Tema 33: Impuesto sobre el Valor Añadido: Naturaleza y ámbito de aplicación. Hecho imponible.
Tema 34: Imposición local autónoma. Naturaleza, hecho imponible y sujeto pasivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Tema 35:La imposición local autónoma:Naturaleza, hecho imponible y sujeto pasivo del impuesto sobre Actividades Económicas, del impuesto sobre circulación de vehículos de tracción mecánica y del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
PARTE CUARTA ESTATUTO DE AUTONOMÍA, DERECHO PÚBLICO VASCO Y FORAL
Tema 36: El Estatuto de Autonomía del País Vasco. Antecedentes históricos.Título preliminar. Competencias del País Vasco: exclusivas, de desarrollo legislativo y ejecución y de ejecución. La policía autónoma.
Tema 37: El Estatuto de Autonomía del País Vasco (continuación). Los poderes del País Vasco. El Parlamento Vasco. El Gobierno Vasco. El lehendakari. La Administración de Justicia en el País Vasco.
Tema 38: El Estatuto de Autonomía del País Vasco (continuación). Las instituciones de los Territorios Históricos. Hacienda y Patrimonio. Reforma del Estatuto. Las disposiciones adicionales y transitorias.
Tema 39: La Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco («Boletín Oficial de Bizkaia» número 98 de 24 de mayo de 2002): Antecedentes. Sus normas generales: competencias de las Instituciones de los Territorios Históricos, principios generales, armonización fiscal, principio de colaboración y competencias exclusivas del Estado. De las relaciones financieras: principios generales y concepto de Cupo.
Tema 40: La Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos: Disposiciones Generales. Competencias de los Territorios Históricos: exclusivas, de desarrollo y ejecución y de ejecución. Potestades de los territorios históricos. La alta inspección, transferencia y delegación de competencias.
Tema 41: La Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de los Territorios Históricos (continuación). Autonomía financiera y presupuestaria. La Hacienda General del País Vasco.Las Haciendas Forales.Idea general sobre la distribución de recursos entre la Hacienda General y las Haciendas Locales. El Consejo Vasco de Finanzas Públicas. El Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.
Tema 42: El euskera en el Estatuto. La Ley 10/1982 de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera. Examen especial de los perfiles lingüísticos de su régimen jurídico y su aplicación en la Ley de la Función Pública Vasca.
Tema 43: Norma Foral 3/1987, de 13 de febrero: Las Juntas Generales de Bizkaia. Carácter, composición y competencias. Constitución, organización y funcionamiento.
Tema 44: Norma Foral 3/1987, de 13 de febrero (continuación): La Diputación Foral de Bizkaia. Carácter, composición y cese. Competencias.
Tema 45: La Norma Foral 3/1987, de 13 de febrero (continuación). El Diputado General: designación, nombramiento, carácter y estatuto personal. Cese y sustitución. Los Diputados Forales. Altos cargos de la Diputación Foral. La Delegación de funciones.
Tema 46: La Norma Foral 3/1987 de 13 de febrero, (continuación). De las relaciones de las Juntas Generales y la Diputación Foral. Disposiciones generales. Responsabilidad de la Diputación Foral.El procedimiento de elaboración de proyectos de Normas Forales. Disposiciones de carácter general y resoluciones administrativas. Las disposiciones adicionales, transitoria, derogatoria y final. La ordenación económica y régimen de contratación, establecido en la Norma Foral 5/2006, de 29 de diciembre, General Presupuestaria del Territorio Histórico de Bizkaia.
Tema 47: Iniciativas en materia de igualdad entre mujeres y hombres: Objetivos del Plan Foral para la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y políticas de género en Bizkaia..Ley 4/2005 de 18 de febrero para la Igualdad de Mujeres y Hombres: Exposición de Motivos y Título Preliminar.
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Ola buenos dias, pues no se k decirte , yo es lo k e visto en la pagina web pero no pone k articulos, a ver si ai alguien k este en una academia y nos dice mas o menos k articulos son los k entraron ese año o cuales son los mas importantes
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2008 ANEXO I SUBESCALA ADMINISTRATIVA PARTE PRIMERA
LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA Y ORGANIZACIÓN DEL ESTADO
Tema 1: La Constitución Española de 1.978: Principios generales.
Tema 2: Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3: La Monarquía:Teoría general. La Corona en la Constitución Española.
Tema 4: El poder legislativo: Teoría general. Las Cortes Generales.
Tema 5: El Gobierno: Relaciones entre el Gobierno y el poder legislativo.
Tema 6: El poder judicial en la Constitución Española.
Tema 7: Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su significado.
Tema 8: La Unión Europea: Evolución e Instituciones.
PARTE SEGUNDA DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL, ESPECIAL Y LOCAL
Tema 9: Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley: clases de leyes.
Tema 10: El Reglamento: concepto y clases. Procedimiento de elaboración. Límites de la potestad reglamentaria y defensa contra los reglamentos ilegales. Instrucciones y circulares.
Tema 11: La costumbre. La práctica administrativa. Los principios generales del Derecho. Otras fuentes.
Tema 12: El Administrado : Concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.
Tema 13: El acto administrativo: Concepto.Clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo.
Tema 14: El procedimiento administrativo. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común. Principios y ámbito de aplicación.
Tema 15: Dimensión temporal del procedimiento. Recepción y registro de documentos. El interesado y su representación. Comunicaciones y notificaciones.
Tema 16: Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.
Tema 17: La eficacia de los actos administrativos y su condicionamiento. Ejecutividad y suspensión. La ejecución de los actos administrativos.
Tema 18: La teoría de la invalidez del acto administrativo. Actos nulos y anulables. La convalidación del acto administrativo. La revisión de oficio.
Tema 19: Los contratos del Sector Público (I).: Objeto y ámbito de aplicación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a una regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados.Perfección y forma del contrato.Régimen de invalidez. El recurso especial en materia de contratación.
Tema 20: Los contratos del Sector Público (II).: Partes del contrato. Objeto, plazo, precio y cuantía del contrato. Garantías exigibles en la contratación del sector público. Normas generales de la preparación de contratos por las Administraciones Públicas. Adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas.
Tema 21: Los recursos administrativos: Concepto. Principios generales y clases y régimen jurídico.
Tema 22: Los funcionarios públicos: concepto y clases. La Ley 6/89 de la Función Pública Vasca. Derechos y deberes de los funcionarios. Régimen retributivo.
Tema 23: La Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca (continuación).- Estructura y organización de la Función Pública Vasca: Las relaciones de puestos de trabajo. La oferta de empleo público. Selección del personal. El registro de personal.
Tema 24: La Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca (continuación).- Los funcionarios de las Administraciones Públicas Vascas: Concepto. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Agrupación de los cuerpos de funcionarios. Los funcionarios interinos, personal laboral y eventual.
Tema 25: La Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca (continuación).- Concepto de los sistemas de provisión de los puestos de trabajo. Carrera administrativa. Situaciones administrativas.
Tema 26: El régimen local: principios constitucionales y régimen jurídico.
PARTE TERCERA HACIENDA PÚBLICA Y DERECHO TRIBUTARIO
Tema 27: El presupuesto. Concepto, naturaleza y clases. Los principios presupuestarios constitucionales.Fuentes de la ordenación jurídica y su estructura actual
Tema 28: Los tributos (impuestos, tasas y contribuciones especiales): concepto y naturaleza (normativa foral). Los precios públicos (normativa foral).
Tema 29: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Normativa Foral): Naturaleza y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Sujeto pasivo.
Tema 30: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Normativa Foral): Naturaleza y ámbito de aplicación Hecho imponible.Sujeto pasivo.
Tema 31: Impuesto sobre Sociedades (Normativa Foral): Naturaleza y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Sujeto pasivo.
Tema 32: Impuesto general sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Normativa Foral): Naturaleza y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Sujeto pasivo.
Tema 33: Impuesto sobre el Valor Añadido: Naturaleza y ámbito de aplicación. Hecho imponible.
Tema 34: Imposición local autónoma. Naturaleza, hecho imponible y sujeto pasivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Tema 35:La imposición local autónoma:Naturaleza, hecho imponible y sujeto pasivo del impuesto sobre Actividades Económicas, del impuesto sobre circulación de vehículos de tracción mecánica y del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
PARTE CUARTA ESTATUTO DE AUTONOMÍA, DERECHO PÚBLICO VASCO Y FORAL
Tema 36: El Estatuto de Autonomía del País Vasco. Antecedentes históricos.Título preliminar. Competencias del País Vasco: exclusivas, de desarrollo legislativo y ejecución y de ejecución. La policía autónoma.
Tema 37: El Estatuto de Autonomía del País Vasco (continuación). Los poderes del País Vasco. El Parlamento Vasco. El Gobierno Vasco. El lehendakari. La Administración de Justicia en el País Vasco.
Tema 38: El Estatuto de Autonomía del País Vasco (continuación). Las instituciones de los Territorios Históricos. Hacienda y Patrimonio. Reforma del Estatuto. Las disposiciones adicionales y transitorias.
Tema 39: La Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco («Boletín Oficial de Bizkaia» número 98 de 24 de mayo de 2002): Antecedentes. Sus normas generales: competencias de las Instituciones de los Territorios Históricos, principios generales, armonización fiscal, principio de colaboración y competencias exclusivas del Estado. De las relaciones financieras: principios generales y concepto de Cupo.
Tema 40: La Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos: Disposiciones Generales. Competencias de los Territorios Históricos: exclusivas, de desarrollo y ejecución y de ejecución. Potestades de los territorios históricos. La alta inspección, transferencia y delegación de competencias.
Tema 41: La Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de los Territorios Históricos (continuación). Autonomía financiera y presupuestaria. La Hacienda General del País Vasco.Las Haciendas Forales.Idea general sobre la distribución de recursos entre la Hacienda General y las Haciendas Locales. El Consejo Vasco de Finanzas Públicas. El Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.
Tema 42: El euskera en el Estatuto. La Ley 10/1982 de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera. Examen especial de los perfiles lingüísticos de su régimen jurídico y su aplicación en la Ley de la Función Pública Vasca.
Tema 43: Norma Foral 3/1987, de 13 de febrero: Las Juntas Generales de Bizkaia. Carácter, composición y competencias. Constitución, organización y funcionamiento.
Tema 44: Norma Foral 3/1987, de 13 de febrero (continuación): La Diputación Foral de Bizkaia. Carácter, composición y cese. Competencias.
Tema 45: La Norma Foral 3/1987, de 13 de febrero (continuación). El Diputado General: designación, nombramiento, carácter y estatuto personal. Cese y sustitución. Los Diputados Forales. Altos cargos de la Diputación Foral. La Delegación de funciones.
Tema 46: La Norma Foral 3/1987 de 13 de febrero, (continuación). De las relaciones de las Juntas Generales y la Diputación Foral. Disposiciones generales. Responsabilidad de la Diputación Foral.El procedimiento de elaboración de proyectos de Normas Forales. Disposiciones de carácter general y resoluciones administrativas. Las disposiciones adicionales, transitoria, derogatoria y final. La ordenación económica y régimen de contratación, establecido en la Norma Foral 5/2006, de 29 de diciembre, General Presupuestaria del Territorio Histórico de Bizkaia.
Tema 47: Iniciativas en materia de igualdad entre mujeres y hombres: Objetivos del Plan Foral para la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y políticas de género en Bizkaia..Ley 4/2005 de 18 de febrero para la Igualdad de Mujeres y Hombres: Exposición de Motivos y Título Preliminar.
Buf, que barbaridad de temas!
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Hola,
Me gustaría presentarme a esta oposición pero me parece que son muchos temas. Estáis segur@s que sean tantos temas para administrativo?
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buenos dias!, madre mia que de temassss, enteros ai que estudiarlo o sabeis que articulos son?, algunos o algunas que esten en academia sabes decirnos mas o menos los articulos de algunos temas gracias.
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buenos dias!, madre mia que de temassss, enteros ai que estudiarlo o sabeis que articulos son?, algunos o algunas que esten en academia sabes decirnos mas o menos los articulos de algunos temas gracias.
En cada tema especifica lo que entra, principios generales, ámbito de aplicación o el titulo del articulo en concreto....pero vamos que es extenso y entra casi todo de cada ley/norma....
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Hola,
Me gustaría presentarme a esta oposición pero me parece que son muchos temas. Estáis segur@s que sean tantos temas para administrativo?
Aquí tienes toda la info para comprobarlo..
http://www.bizkaia.eus/Herri_Administrazioa/ope/convocatoria.asp?Idioma=CA&id=411&tipo=fin
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yo fui a una reunión de una academia, para empezar se Septiembre y nos comentaron que entraban las leyes enteras, completas y que ademas de aprenderlas había que entenderlas, porque en la practica y a veces tambíen en los test, mezclaban leyes, para tener que razonarlas.
La cosa parece complicada.
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Hola,
Me gustaría presentarme a esta oposición pero me parece que son muchos temas. Estáis segur@s que sean tantos temas para administrativo?
Aquí tienes toda la info para comprobarlo..
http://www.bizkaia.eus/Herri_Administrazioa/ope/convocatoria.asp?Idioma=CA&id=411&tipo=fin
Pues encuentro tó menos el listado de temas/artículos ;D
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Muxas gracias, y sabeis si ai algunas leyes nuevas? Sabeis donde se puede conseguir la parte d hacienda es k no encuentro esos temas o mas o menos k leyes son?, Y sabes mas o menos si en la academia te an dixo para cuando saldra las bases? Gracias
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Hola,
Me gustaría presentarme a esta oposición pero me parece que son muchos temas. Estáis segur@s que sean tantos temas para administrativo?
Aquí tienes toda la info para comprobarlo..
http://www.bizkaia.eus/Herri_Administrazioa/ope/convocatoria.asp?Idioma=CA&id=411&tipo=fin
Pues encuentro tó menos el listado de temas/artículos ;D
pinchando en B.O.B sobre la fecha 03/09/2008
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una pregunta, la ley 9/2017 de 8 de noviembre es de algun tema de ahi?, y la ley 7/85 de 2 de abril, y el real decreto 1098/2001, de 12 de octubre?, alguien me puede decir, que leyes son los temas del 9 al 12, el 21, 26 y del 27 al 35, que son los que me faltan, gracias aver si entre todos podemos tener el temario para ir estudiando. Alguien sabe mas o menos, como puede ser los examenes?, e visto en la web que ai uno tipo test y otro que es tipo caso practicos, para este examen que son tb todos los temas?, gracias, espero vuestra ayuda, sabeis que it txartelas se necesita?
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Eskerrik asko! Lo acabo de leer. Pinchaba en otros años y no me aparecía tantos temas. Vaya desesperacion!
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En la academia estábamos trabajando con el temario de 47 temas de la última oposición del 2008, pero con los textos legales actualizados, es decir, la nueva ley de procedimiento administrativo del 2015, la de contratos del sector público del 2017, las normas forales tributarias actualizadas, la del concierto económico del 2012... Y sí, hay que estudiárselas prácticamente al completo y entenderlas para los casos prácticos. Así que ánimo y al lío!! :)
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buenas tardes, zgarai, muchas gracias y me podias decir si no es mucha molestias que ley es la de normas forales tributarias actualizadas y la de contratos del sector publico del 2017?, es que no la encuentro me sale las antiguas, gracias.
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Hola ardillita.
te contesto sobre la nueva ley de contratos, aprovechando una nota que se publico para una ope reciente de la administración del estado. un saludo !
"Recientemente se ha publicado la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (Boletín Oficial del
Estado de 9 de noviembre de 2017, núm. 272), y que deroga el texto refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, y
demás disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la misma."
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Ola gracias mariOpe, entonces esa es la ley no? La Ley 9/2017, de 8 de noviembre gracias
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Eso es :)
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Buenos dias! Y ai k estudiarla toda? O k titulos? Y estas leyes :
la ley 7/85 de 2 de abril, y el real decreto 1098/2001, de 12 de octubre?, K temas son? Gracias
️
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¿En Diputación para presentarse a Administrativo hay que tener grado o licenciatura en Económicas no?
Quiero decir, que en mi caso con una diplomatura universitaria que no es de economía , ¿sólo pordría presentarme a aux. administrativo?
(si es que salen plazas para ello, que no lo sé)
Gracias por adelantado ,
Es que entre Dipu, GV y Osaki me vuelvo loca
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para administrativo no vale tener bachiller y grado superior?, yo llame a diputacion para preguntarle por los de las plazas de administrativo le pregunte si se podia presentar con bachiller o grado superior y me dijeron que si.
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Pues eso espero porque yo con diplomatura en trabajo social no sabía bien si podía o no apuntarme a Administrativo de Dipu. En Osakidetza y Gobierno Vasco sé que sí,pero en Dipu no estaba segura.
¿Aún no han salido las bases ni el plazo para apuntarse verdad?
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buenas tardes, no todavia no a salido nada, yo llame a diputacion y me dejaron caer como que para mayo querian sacar lo de administrativo, alguien que este en una academia sabe algo mas sobre las bases y las solicitudes,?, alguien sabe que temas corresponde a estas leyes: la ley 7/85 de 2 de abril, y el real decreto 1098/2001, de 12 de octubre?, o no ai que estudiarla?, gracias
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Hola Ardillita,
Nadie sabe lo que hay que estudiar porque no han salido las bases. En las academias tampoco lo saben!
Sin embargo cada una hace su apuesta y hasta que no salgan las bases se estan estudiando los temas que historicamente han caido y que creen que volveran a caer, que eso no quiere decir que caigan o no. Eso nadie lo sabe!
Para ver cuales son esos temas se puede mirar en la web de diputacion misma.
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Gracias, yo decia esas leyes mirando el temario d el año 2008 d administrativo k no se a k parte d el temario corresponde esas leyes, perdonar.
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Para detalles de temario, perfil exigido y demás habrá que esperar a la convocatoria que dicen será finales de este año (supongo que examen en 2019). Según se publica hoy mismo en varios medios, se habla de un total de 308 plazas (libre) de Admin. que incluyen las de este año y anteriores.
Salu2.
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Egunon danoi
Alguien sabría decirme cuando saldrán o han salido las fases para apuntarse? Sí, soy nueva en estoy estoy volviéndome loca para encontrarlo.
Muchas gracias :D
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Egunon danoi
Alguien sabría decirme cuando saldrán o han salido las fases para apuntarse? Sí, soy nueva en estoy estoy volviéndome loca para encontrarlo.
Muchas gracias :D
Aupa Rementxo,
No ha salido nada aún, por eso no encuentras nada. La gente está mirando el examen y el temario de la pasada ope. Han dado la noticia de que salen las 309 plazas y listo. Quizás sepamos algo en septiembre, habrá que estar atentas. Y lo dicho, mirar el BOB Y BOPV.
Espero haberte ayudado. Agurrr
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Buenos días, sabe alguien si en esta oposición el perfil lingüístico va a ser preceptivo?
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Egunon danoi
Alguien sabría decirme cuando saldrán o han salido las fases para apuntarse? Sí, soy nueva en estoy estoy volviéndome loca para encontrarlo.
Muchas gracias :D
Aupa Rementxo,
No ha salido nada aún, por eso no encuentras nada. La gente está mirando el examen y el temario de la pasada ope. Han dado la noticia de que salen las 309 plazas y listo. Quizás sepamos algo en septiembre, habrá que estar atentas. Y lo dicho, mirar el BOB Y BOPV.
Espero haberte ayudado. Agurrr
Si Si muchas gracias Itxoriherri. Nos pondremos entonces a esperar a ver cuando salen mientras echamos un vistazo a lo de años anteriores.
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Kaixo!
Sabe alguien que it txartelas se piden para administrativo en Diputación?
Gracias!
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Acuerdo de la DFB, de 24 de julio de 2018, por el que se aprueba la segunda Oferta de Empleo Público de la DFB para el ejercicio presupuestario 2018:
http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2018/08/13/I-799_cas.pdf?hash=f54ae21f32bfbfa44f4e24ae94d9bc59
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Hola:
A mi tb me gustaría saber las ir txartela que piden para diputación de Vizcaya y el perfil de euskera tb.
Lo estoy buscando en bases de años anteriores y no lo encuentro. Sabéis alguno?
Gracias.
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Si miras las bases específicas de las convocatorias finalizadas encuentras las IT Txartelas que pidieron, que no quiere decir que sean las que vayan a pedir ahora.
En cuánto al perfil de euskera puedes mirar el que tienen las plazas que han sacado en las ofertas aprobadas.
Espero que te sirva de ayuda ;)
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Eskerrik asko Elsie ;)
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Buenas noches. Quería saber en que consiste más o menos la ope de administrativos de la diputación del año que viene. Es solo test? Hay preguntas para desarrollar? Hay oral? Para hacerme una idea de como funciona... gracias!
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Kaixo
Primer examen, test . Segundo examen, supuestos prácticos para responder también en formato test. Luego, prueba de euskera (o presentar perfil) , y si es concurso -oposicion , baremación de méritos (experiencia laboral, cursos....etc)
Pedirán también it txartelas a la hora de realizar la solicitud . En la página bizkaia.eus/ope puedes consultar anteriores convocatorias , con sus requisitos , etc.
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Eskerrik asko!! Se sabe cuando se celebraría más o menos el examen?
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Egun on!
Además de la fecha aproximada del examen.. alguien sabe como funciona el tema de los perfiles? Hay X plazas con perfil 3, y X plazas con perfil 2. ¿Los que tienen perfil 3 optan a todas?
Y por otro lado, todo apunta a que será concurso-oposición?
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Hola MariaGo,
De momento, esto es lo único que se sabe:
http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2018/08/13/I-799_cas.pdf?hash=f54ae21f32bfbfa44f4e24ae94d9bc59
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Gracias, eso lo sé, pero me gustaría saber como funciona lo de los perfiles.
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Gracias, eso lo sé, pero me gustaría saber como funciona lo de los perfiles.
Precisamente en ese link aparece
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Por ejemplo, si hay 50 plazas con perfil 3 y 50 con perfil 2, y las 100 primeras notas tienen el perfil 3, optarían a todas esas plazas y los que tienen el 2 a ninguna?
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Por ejemplo, si hay 50 plazas con perfil 3 y 50 con perfil 2, y las 100 primeras notas tienen el perfil 3, optarían a todas esas plazas y los que tienen el 2 a ninguna?
Yo creo que suelen sacar dos listados con los candidatos: una con los de pl2 y otra con los de pl3, de manera que los de pl3 están en ambas listas
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wenas tardes, y como seria lo de el examen de euskera?, donde puedo conseguir material para prepararmelo?, a ver si alguien me puede ayudar, gracias.
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Si hay exámen de euskera en una OPE, eso significa ir a la convocatoria del IVAP más próxima en el tiempo.
Siendo así, y habiendo plazas con PL2 y PL3 preceptivo, en teoría tendrían que dar la opción de examinarse en ambos niveles. Supongo que será así.
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buenas tardes, zgarai, muchas gracias y me podias decir si no es mucha molestias que ley es la de normas forales tributarias actualizadas y la de contratos del sector publico del 2017?, es que no la encuentro me sale las antiguas, gracias.
Disculpa la tardanza en la respuesta, la nueva ley de contratos del SP es la Ley 9/2017 de 8 de noviembre y en cuanto a las normas forales, hay que coger para cada impuesto la suya y para cada una entra naturaleza y ámbito, hecho imponible y sujeto pasivo, es decir, no entra entera, no hay que saber liquidar los impuestos. Por ejemplo del IRPF es la NF 13/2013 y del IS la NF 11/2013. Espero haberte ayudado :)
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muchas gracias zgarai, sabes mas o meno a que tema se refiere esas leyes?
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muchas gracias zgarai, sabes mas o meno a que tema se refiere esas leyes?
En concreto esas 2 normas forales se corresponden con los temas 29 y 31 de las bases de la última OPE, la del 2008. Del resto de impuestos hay que buscar las normas forales correspondientes y en algo igual hay que tirar del reglamento de desarrollo, pero para administrativo es raro, aunque no hay que descartarlo.
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Hola! me gustaría saber si alguien dispone de la bibliografía de la última oposición de diputación (3 de septiembre del 2008) porque me es imposible encontrar las leyes en las que aparecen los temas.
Gracias
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Alguien sabe si alguna academia esta impartiendo clases sobre esta OPE de la Diputación?
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Alguien sabe si alguna academia esta impartiendo clases sobre esta OPE de la Diputación?
Si! En Bilbao hay una academia que está dando clases sobre la oposición, se llama Albia.
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Alguien sabe si alguna academia esta impartiendo clases sobre esta OPE de la Diputación?
Si! En Bilbao hay una academia que está dando clases sobre la oposición, se llama Albia.
Juritecnia en el Casco Viejo y hay alguna otra pero no me viene a la cabeza, pero si lo buscas en Google fijo que sale.
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Egun on ! Por lo que dijeron de que se buscaba estabilidad del empleo... etc. Creéis que será oposición o concurso-oposición??
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Historicamente han hecho una convocatoria oposición y la siguiente concurso-oposicion y asi sucesivamente.
La ultima fue oposicion, con lo que se prevee que esta sea concurso-oposicion, pero aun no esta confirmado.
Tambien tendria sentido que fuese asi si su objetivo es estabilizar la plantilla
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buenos dias, alguien que este en alguna academia preparandosela, sabeis algo de cuando se podra apuntarse o saber algo mas?, gracias , yo ahi estoy con algunos temas pokito a poko.
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Hola,
En las academias no saben nada, ni siquiera la gente que trabaja en diputacion sabe nada concreto. Hay rumores, luego cambian... Nada concreto. Nos imaginamos que los examenes seran antes de junio de 2019, pero solo son imaginaciones basadas en rumores
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muxas gracias ;)
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De momento es solo un borrador que se debe negociar.
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muxas gracias, no entiendo lo de el segundo ejercicio, si tienes las it txartela no hace falta acerlo pero si no la tienes lo tienes k acer?, y otra cosa los dos primeros son obligatorios, es decir si el primero lo suspende tienes que acer el segundo ?, gracias.
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Egunon!! Se sabe algo del plazo de inscripción?las bases administrariak qué publicación son las definitivas?...Se sabe algo?
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Egun on,
No se sabe nada, estan en mesa de negociación para sacar las bases definitivas, el temario y las fechas de examen.
Yo no me fiaria mucho de las bases provisionales que han sacado porque no es nada oficial.
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está bien para hacerse una idea con el temario
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Egunon,
El haber trabajado como Auxiliar Administrativo en el Gobierno vasco se puntúa como méritos de servicios prestados en el Cuerpo de Administrativo de la Diputación? Gracias de antemano.
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Egunon,
El haber trabajado como Auxiliar Administrativo en el Gobierno vasco se puntúa como méritos de servicios prestados en el Cuerpo de Administrativo de la Diputación? Gracias de antemano.
Según lo que yo sé, no. Y salgo perjudicado... En fin
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¿Aún no se sabe nada de cuando nos podremos inscribir verdad compis?
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Hola,
Desde que se reune la mesa, tienen dos meses para sacar las bases. La mesa se esta reuniendo estos dias...
Saludos
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Muchas gracias por la info Aberria! ;)
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Aupa
A ver si alguien me puede ayudar... En base a las bases administrativas provisionales hay seis temas de la Constitución Española que entrarían pero la duda me surge cuándo los comparo con los Títulos de la Constitución. Los siguientes Títulos entiendo que entran:
- Título preliminar: Tema 1
- Título I: tema 2
- Título III: tema 3
- Título V: tema 4
- Título VI: tema 5
- Título VIII: tema 6
Pero, éstos otros, ¿entrarían?
- Título II: La corona
- Título IV: del gobierno y la administración.
- Título VII: Economía y Hacienda
- Título IX: del tribunal constitucional
- Título X: de la reforma constitucional
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Egun on, en cuanto a lo que ha comentado alguien del foro sobre el tema de los méritos:
se contabilizaran los méritos correspondientes a la categoría marcada, independientemente de que sean en un Ayuntamiento, Gobierno Vasco o Diputación, UPV, etc.
Mientras sea en la administración pública, suma puntos, así que ANIMO que es una buena oportunidad.
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¿Aún no se sabe nada de cuando nos podremos inscribir verdad compis?
Si el trabajo realizado es como administrativo si cuenta tiempo trabajado porque las plazas que salen son de administrativo, si el trabajo es auxiliar administrativo no cuenta
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Kaixo!
Acabo de ver el documento "base administrariak" que han colgado. Según ese documento lo único que computa para los méritos será la experiencia y el euskera cuando cuente como mérito. La formación no va a contar nada?
Yo tengo las carreras de Derecho y Ciencias políticas y esperaba que mi falta de experiencia profesional pudiese "compensarse" de algún modo con la formación.
Si solo cuentan la experiencia laboral está claro que se dirige directamente a los interinos y el resto tenemos bastante poco que hacer.
Un saludo!
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Buenas doctorshepard,
El objetivo de esta convocatoria es la de estabilizar el empleo de los actuales trabajadores. Por ello se ha optado por este tipo de convocatoria: concurso-oposicion.
Dado que llevan tantisimo tiempo sin convocar oposición, hay mucha mas gente que esta dentro en condición de interino y temporal. Y ellos tienen preferencia a la hora de sacar plaza, y de posicionarse en bolsa claro.
La duda que habia era como iban a puntuar esa experiencia ya que los sindicatos estaban haciendo varias propuestas para puntuar lo maximo posible.
De todas formas, recordad que aun no han salido las bases definitivas y aun puede cambiar...
(que conste que no soy interina)
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Arratsaldeon:
Estas son las bases provisionales que circulan. Os adjunto documento
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Mucgas gracias por la información. Se sabe algo de la posible fecha de examen?
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Mucgas gracias por la información. Se sabe algo de la posible fecha de examen?
Me ha comentado una amiga, a través de un sindicato, que trabaja en la Diputación que las bases saldrían a finales de octubre o a principios de noviembre. Y el examen saldría por el mes de mayo 2019.
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Yo he escuchado por varios sitios esas mismas fechas
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Mucgas gracias por la información. Se sabe algo de la posible fecha de examen?
Me ha comentado una amiga, a través de un sindicato, que trabaja en la Diputación que las bases saldrían a finales de octubre o a principios de noviembre. Y el examen saldría por el mes de mayo 2019.
te refieres a la fecha del PRIMER examen, no?
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Mucgas gracias por la información. Se sabe algo de la posible fecha de examen?
Me ha comentado una amiga, a través de un sindicato, que trabaja en la Diputación que las bases saldrían a finales de octubre o a principios de noviembre. Y el examen saldría por el mes de mayo 2019.
te refieres a la fecha del PRIMER examen, no?
Sí.
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De hecho se esta luchando por parte de los sindicatos que el teorico y el práctico se hagan a la vez, o al menos el mismo dia. El de euskera y el de informática si que irian a parte
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Muchas gracias por la respuesta.
Ya sé que es mucho pedir, pero es que tengo boda en mayo,se ha oído algo del día? Porque imagino que será un sábado, y si es el día de la boda no empiezo a estudiar...
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Yo si tuviera que apostar, lo haria por uno de los ultimos de mayo, tal vez por el ultimo. Pero eso si que es muy difícil acertar, ni siquiera es seguro que vaya a ser en mayo. Solo se barajan esas fechas (pero tambien hace tiempo se oia febrero, luego despues de verano, luego abril...). Hasta que no salgan las bases no me fiaria. Suficiente que se ha filtrado el temario provisional
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Creeis que los sindicatos sacarán temario?
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Yo si tuviera que apostar, lo haria por uno de los ultimos de mayo, tal vez por el ultimo. Pero eso si que es muy difícil acertar, ni siquiera es seguro que vaya a ser en mayo. Solo se barajan esas fechas (pero tambien hace tiempo se oia febrero, luego despues de verano, luego abril...). Hasta que no salgan las bases no me fiaria. Suficiente que se ha filtrado el temario provisional
Gracias! Sabes cuánto tiempo dura el primer examen?
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Con respecto al ejercicio de informática, ¿tienes que hacerlo si tienes las it txartelas?
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Normalmente si se tienen las it txartelak que indiquen en las bases, no es necesario hacerlo. No se cuales pediran
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Se dice que Word 2010 avanzado y Excell no está claro cual, aunque pareceque básico.
Todo son conjeturas...
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kaixo,
sabéis de alguna academía que vaya a dar clases presenciales, pero los sábados?
Juritecnia y Albia parece que no. Entre semana lo tengo muy complicado
Eskerrik asko
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Normalmente si se tienen las it txartelak que indiquen en las bases, no es necesario hacerlo. No se cuales pediran
Hola,en las bases dice Word Avanzado 2010 y excel basico y admiten cualquier version, ;)
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Egunon
Han salido ya las bases de la ope??
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Egunon
Han salido ya las bases de la ope??
No.
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Arratsaldeon,
Quisiera aclarar una cosa con respecto a esta convocatoria:
No está diseñada, como a veces se comenta, para afianzar el puesto de los actuales funcionarios, sino para consolidar plazas de empleo temporal. Es decir, para convertir PLAZAS interinas en PLAZAS de funcionario de carrera. Es por ello que son de turno libre. En todo caso, en la fase de concurso se podría valorar en mayor proporción el tiempo trabajado en la propia diputación con respecto al tiempo trabajado en el resto de administraciones, pero eso en todo caso. Existe un turno de acceso a la función pública, que es el de Consolidación de empleo, que sí que está diseñado para personal propio, pero no es el caso.
De modo que, ánimo a todo el mundo
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En esecaso animo a los interinos , y no ha todos los que se presenten.
Menos diseño y mas estudio....no?
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Buenas, ¿alguien ha localizado la ley o donde encontrar lo que estudiar del tema 7?
Tema 7: La Unión Europea: Evolución e Instituciones. Parlamento, comisión, consejo de la unión europea y tribunal justicia, unión europea. Actividad Legislativa. Fuentes de derecho. Concepto: Reglamentos, Directivas y Decisiones.
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En la web de la UE tienes todos esos datos (creo)
https://europa.eu/european-union/about-eu/institutions-bodies_es
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Me gustaria presentarme a las opos, pero me surge una duda... ¿qué cobra un administrativo en la dipu? Gracias.
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Una pregunta: De esta OPE resulta una bolsa de empleo, en esta bolsa de empleo puntua la formación o solo puntua la formacion en la asignacion de plazas de funcionario?
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Buenas,
Si que se crea bolsa y si que puntua la formación en principio
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¿Hay que tener las IT TXARTELAK obligatoriamente para hacer la solicitud?
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Las bases definitivas y el plazo para apuntarse; tendrá que salir ya en en breves no?
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Hola
Históricamente han hecho examen para acreditar el nivel de informatica en caso de no tener las its, supongo que esta convocatoria tambien lo haran asi.
Se habla de que las bases saldran en breve, a principios de noviembre suena bastante
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gaur argitaratzen da, hoy se publica:
http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2018/11/05/I-1025_cas.pdf?hash=ec2782a664144a37c0faee0c43798366
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Eskerrik asko Namrek!
La inscripción se podra empezar a hacer mañana por la web, no? Eso entiendo yo leyendo las bases...
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Eskerrik asko Namrek!
La inscripción se podra empezar a hacer mañana por la web, no? Eso entiendo yo leyendo las bases...
Muller 88,dice que desde que se publica en el boletín oficial del estado,asi que habrá que esperar :)
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En la página web pone a partir de mañana
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en el tema 2: aparece una errata,no?... Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Titulo I. articulo 10-30(ambos incluidos)
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por lo que leo en méritos sólo cuenta la experiencia y nada de cursos no?
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En el anexo de alegación de méritos dice esto:
Alegación de méritos
En el supuesto de concurso-oposición los méritos se alegan enel modelo específico (“Hoja de méritos”).
En la relación de méritos alegados deberán relacionarse losméritos que se indican en las bases específicas de laconvocatoria (servicios prestados, cursos de formación, conocimiento de idiomas…).
De todos modos, el tema de méritos no es solo para personas que optan a promoción interna o funcionarios interinos??????
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Eso pone en la hoja de presentación de méritos que es general pero si vas al anexo I de las bases expecificas sólo hablan de la experiencia como administrativo
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Una preguntita... a ver q opinais. En el apartado de las it txartelas pone q para realizar la prueba se utiluzara el sofware microsoft word 2010, pero justo antes de hacer la enumeracion de los contenidos q se evaluaran, pone microsoft word avanzado 97/2000/2003/2007/2010. Eso que significa? Que vale cualquiera de esas it txartelas aunq para realizar el examen utilicen el 2010? Si alguien me lo puede aclarar se lo agradeceria. Sino, donde puede preguntar?
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Hola.
Sin duda es la oportunidad perfecta para los q lleveis dentro mucho tiempo.
A los demas me parece que nos queda la maxima aspiracion de entrar en bolsa, eso me ha desilusionado al leer las bases.
De todas formas, aun llevando muy poco, sabeis hasta cuando se cuenta? Hasta el dia de la convocatoria, del examen, de las listas finales ... ?
Mila esker !
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en el tema 2: aparece una errata,no?... Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Titulo I. articulo 10-30(ambos incluidos)
¿Por qué errata?
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en el tema 2: aparece una errata,no?... Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Titulo I. articulo 10-30(ambos incluidos)
¿Por qué errata?
es un poco raro que no entre todo el título, no?en otras opos entra entero...
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en el tema 2: aparece una errata,no?... Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Titulo I. articulo 10-30(ambos incluidos)
¿Por qué errata?
es un poco raro que no entre todo el título, no?en otras opos entra entero...
Ya, pero aquí al parecer los sindicatos querían dejar todo muy acotado. En las bases provisionales estaba igual así que supongo que no se trata de un error
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en el tema 2: aparece una errata,no?... Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Titulo I. articulo 10-30(ambos incluidos)
¿Por qué errata?
es un poco raro que no entre todo el título, no?en otras opos entra entero...
Ya, pero aquí al parecer los sindicatos querían dejar todo muy acotado. En las bases provisionales estaba igual así que supongo que no se trata de un error
Pues genial entonces!
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¿Sabéis si se va a sacar temario?
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Alguien sabe si las dos pruebas del primer ejercicio se realizará el mismo día?
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Alguien sabe si las dos pruebas del primer ejercicio se realizará el mismo día?
En las bases dice esto:
Desde la total conclusión de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos (72) horas, sin que en ningún caso pueda exceder de un máximo de cuarenta y cinco (45) días hábiles.
No estoy segura si se refiere al primer y segundo ejercicio o válido tambien para las 2 partes del primer ejercicio.
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Apa!! La titulación requerida, las It txaetela (solo2010?) Y demás se entrega con la solicitud o se puede entregar luego?digo después de los exámenes, con lo meritos
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Epa!!!
Sabeis como se pueden obtener estos documentos que piden???
a) Certificación expedida por la Unidad de Salud Laboral de la Diputación Foral de
Bizkaia en la que se acredite no padecer enfermedad contagiosa ni defecto físico
ni psíquico...
b) Declaración de no haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas...
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Oposite13 me imagino que esos documentos solo hay q entregarlos una vez consigas la plaza, no antes.
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Oposite13 me imagino que esos documentos solo hay q entregarlos una vez consigas la plaza, no antes.
Vale, eskerrik asko!
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Alguien sabe si las dos pruebas del primer ejercicio se realizará el mismo día?
En las bases dice esto:
Desde la total conclusión de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos (72) horas, sin que en ningún caso pueda exceder de un máximo de cuarenta y cinco (45) días hábiles.
No estoy segura si se refiere al primer y segundo ejercicio o válido tambien para las 2 partes del primer ejercicio.
Los dos exámenes forman parte de la primera prueba, y parecía que había intenciones de hacerlas el mismo día.
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Yo no creo que vayan a poner los dos el mismo día...la primera prueba pone que durará dos horas y media y la segunda hora y media. Me parece raro que pretendan hacer un examen de más de cuatro horas. En el del IFBS deAraba el primer ejercicio también constaba de dos pruebas y, aun siendo más breves fueron en días distintos...no sé, se me haría muy raro.
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Cuales suelen ser las it txartelas que suelen pedir para la escala de administrativos? Eskerrik asko!
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Cuales suelen ser las it txartelas que suelen pedir para la escala de administrativos? Eskerrik asko!
las bases se han publicado hoy y alguien las ha subido en este mismo hilo. en ellas está toda la información. sólo hay que leerlo....
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Yo no creo que vayan a poner los dos el mismo día...la primera prueba pone que durará dos horas y media y la segunda hora y media. Me parece raro que pretendan hacer un examen de más de cuatro horas. En el del IFBS deAraba el primer ejercicio también constaba de dos pruebas y, aun siendo más breves fueron en días distintos...no sé, se me haría muy raro.
Según dijo el sindicato querían hacerlo a la mañana la primera parte y a la tarde la segunda, no?
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No sé qué han dicho los sindicatos. A lo mejor sí que lo ponen todo a la vez, pero me parece muy bruto...en fin.
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Una duda,
¿se pueden sacar las IT TXartelas requeridas una vez apuntado a a oposicion? Y librarse asi de hacer el examen el mismo dia de la oposicion....Es decir, sacarlas por ejemplo dentro de dos meses....Y que las tengan en cuenta para no hacer el examen ni de WOrd ni Excel.
GRACIAS!!!
no me ha quedado claro leyendo las bases
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Ya he leído lo que han subido referente a las it txartelas. Pero se me hace raro que no pidan Excel también teniendo en cuenta que luego hay que demostrar los conocimientos.
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Si que piden la it txartela de excel
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"La IT Txartela de Excel Avanzado convalidará la de Excel Básico.
Las personas que estén en posesión de las IT txartela correspondientes, podrán acreditar mediante las misma estos conocimientos; para ello la Diputación Foral comprobará directamente con el ESI tanto la posesión como la fecha de la obtención de la misma, que no podrá ser posterior a la fecha del examen de IT Txartela"
Lo pone en las bases...
Sí hace falta excel básico
No hay que entregar nada porque lo comprueban ellos
Imagino, que si pone q la fecha de obtención NO PUEDE SER POSTERIOR A LA FECHA DE EXAMEN, sí se podrá sacar después.
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ya se puede hacer las solicitudes online
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Buenos días
Sabéis si hay que pagar tasas o es más adelante? Es que no recuerdo haber leído nada al respecto en las bases. Gracias
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No pone nada de tasas ni online ni en las bases asi que supongo que no
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Ya??? pero si no se ha publicado en el BOE........
ya se puede hacer las solicitudes online
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se publicó ayer y hoy empieza el plazo de solicitudes
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http://www.bizkaia.eus/Herri_Administrazioa/ope/convocatoria.asp?Idioma=EU&id=1566&tipo=ini
Ahí está todo explicado.
¿ alguien que pueda compartir temario?
Gracias
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Yo me lo estoy haciendo sola pero no me importaria compartir y repartir el trabajo...
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Buenos días,
Una pregunta de novato. En el formulario de inscripción a la convocatoria, si voy por turno libre, ¿en "titulación u otros documentos exigidos en la convocatoria" que habría de poner?
¿El titulo del Grado que tengo? ¿y luego escanearlo y adjuntarlo en al siguiente sección?
Un saludo
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Se pide Bachiller o Técnico pero con el grado tb debería de valer
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Si se ha publicado ya en el BOE, ¿ ideas de cuando puede ser el examen?
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En las bases tb hablan de ello, dos meses minimo desde publicacion de lista de admitidos
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Yo me lo estoy haciendo sola pero no me importaria compartir y repartir el trabajo...
La verdad que viene bastante claro en las bases en cuanto a temas y articulos pero tengo dudas sobre en que ley/norma etc. encontrar los siguientes temas:
7-8-9-10-20-33-34
Alguien sabe donde encontrarlos??? Gracias!!
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Ya lo siento entonces, es q no lo encuentro... Podeis mamdar enlace??
Si se ha publicado ya en el BOE, ¿ ideas de cuando puede ser el examen?
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Ya lo siento entonces, es q no lo encuentro... Podeis mamdar enlace??
Si se ha publicado ya en el BOE, ¿ ideas de cuando puede ser el examen?
http://www.bizkaia.eus/Herri_Administrazioa/ope/convocatoria.asp?Idioma=CA&id=1566&tipo=ini
Pincha donde pone la fecha 05/11/2018
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Yo me lo estoy haciendo sola pero no me importaria compartir y repartir el trabajo...
La verdad que viene bastante claro en las bases en cuanto a temas y articulos pero tengo dudas sobre en que ley/norma etc. encontrar los siguientes temas:
7-8-9-10-20-33-34
Alguien sabe donde encontrarlos??? Gracias!!
El tema 7 de la página de la UE y los temas 8-10 del temario de administrativos del gobierno
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Buenos días,
Un par de preguntas de novata... ¿Sabéis si vale el título de Secretariado de Dirección de la Universidad de Deusto como técnico (o similar), que es un título propio de la uni, o debería presentar el de Bachiller? No tengo ningún problema con presentar ninguno de los dos.
Y la otra pregunta es que PL de euskera no tengo, pero como hay algunas plazas que no lo exigen, ¿alguien sabe cómo se puede apuntar uno directamente para intentar conseguir una? Porque en las bases generales pone “En el epígrafe 4 de la instancia se expresará si se desea realizar el examen de euskera” y en las específicas “Para las personas que opten a las plazas asociadas a los puestos con perfil lingüístico II de carácter no preceptivo, voluntario y no eliminatorio consistirá en determinar y acreditar en su caso, el conocimiento del euskera al referido nivel”, así que no sé si inscribirme sin poner nada en el apartado de euskera de la instancia o si obligatoriamente hay que presentarse, al menos, al PL1… He estado llamando para que me intentaran resolver las dudas, pero comunica todo el tiempo.
Muchas gracias a todos por la ayuda! Saludos
Raquel
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Hola!
Estoy un poco pez en el tema oposiciones... (y tema foro tambien que habia comentado en las opos de 2010) he visto la ope de diputación, pero no he visto que haya diferentes plazas de administrativo y auxiliar... y por otro lado... el tema del perfil lingüistico preceptivo o no preceptivo... alguien podría aclararmelo? sé que en el preceptivo es que tienes que tener el titulo anterior a la fecha que digan, pero no he encontrado ninguna fecha...
Eskerrik asko!
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Hola Netxu77,
El perfil de euskera lo tienes que tener en el momento en el que te apuntas a la oposición. Si no lo tienes en ese momento para los puestos que es preceptivo tendrás que hacer el examen de perfil que la misma oposición prepara.
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Aupa... nola konprobatzen dute fitxategi bitartez igon ditugun tituluak? Ega-k automatikoki PL3 bezala balio du ezta?
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Hola,
Cómo hay q inscribirse? Yo he hecho la solicitud de admisión online, pinchando donde pone INSTANCIA SUBESCALA ADMINISTRATIVO, pero ya está? No hay tasas? Cómo me confirman?
espero respuesta, Gracias !!!
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Hola,
Cómo hay q inscribirse? Yo he hecho la solicitud de admisión online, pinchando donde pone INSTANCIA SUBESCALA ADMINISTRATIVO, pero ya está? No hay tasas? Cómo me confirman?
espero respuesta, Gracias !!!
sí, si has metido el titulo de bachiller
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Hola.
Sin duda es la oportunidad perfecta para los q lleveis dentro mucho tiempo.
A los demas me parece que nos queda la maxima aspiracion de entrar en bolsa, eso me ha desilusionado al leer las bases.
De todas formas, aun llevando muy poco, sabeis hasta cuando se cuenta? Hasta el dia de la convocatoria, del examen, de las listas finales ... ?
Mila esker !
Me contesto yo, después de buscarlo de nuevo en las bases: "En todo caso, la fecha límite de referencia para el cómputo de los méritos que se aleguen será la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Por si alguien más tenía la misma duda.
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¿hay que poner el título de bachiller obligatoriamente o se puede poner el de licenciatura? muchas gracias
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Yo me lo estoy haciendo sola pero no me importaria compartir y repartir el trabajo...
La verdad que viene bastante claro en las bases en cuanto a temas y articulos pero tengo dudas sobre en que ley/norma etc. encontrar los siguientes temas:
7-8-9-10-20-33-34
Alguien sabe donde encontrarlos??? Gracias!!
El tema 7 de la página de la UE y los temas 8-10 del temario de administrativos del gobierno
Perdona, con lo de Administrativos del Gobierno te refieres al del IVAP de 2010?
El T 20 sería la ley de bases creo yo
T 33 el impuesto (la Noma vamos)
T 34 Tb el impuesto
Dipu tiene en su pagina web la Normativa de los impuestos en vigor
Con el Tema 9 también tengo duda yo. Alguien sabe de donde sacar el procedimiento de elaboración y eso de Instrucciones y circulares?
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Si a ese
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Si a ese
Gracias :D
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Entiendo que para apuntarse además de rellenar la solicitud hay que subir el título de bachiller, pero ¿hay que subir también it txartelas, perfiles o certificaciones de servicios prestados en otras AAPP? Gracias.
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Sólo el título. Perfiles e It txartelak las comprueban telemáticamente y la experiencia la tienes que escribir en méritos y aportarla después cuando la pidan
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Hola,
Hasta que no se publique el anuncio en el BOE, no podemos apuntarnos a la oposición. Y según he podido mirar por el BOE, aún no se ha publicado.
Si me equivoco me decís. ;D ;D
Saludos,
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Hola,
¿Sabéis hasta cuando podemos sacarnos las IT txartelak que piden? Me refiero para que las convaliden y no tener que hacer las pruebas en el examen de la ope.
Muchas gracias
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Kaixo! Entiendo que te puedes apuntar pero los 20 días empiezan a correr desde la publicación en el BOE.
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Sólo el título. Perfiles e It txartelak las comprueban telemáticamente y la experiencia la tienes que escribir en méritos y aportarla después cuando la pidan
¿Y aunque comprueben ellos las IT Txartelas, hay que indicar que se tienen en el apartado "Titulación u otros documentos" de la solicitud? He llamado ya un par de veces y no cogen en ninguna de sus líneas, me ha dicho la chica de centralita que tienen muchísimas llamadas (como era de esperar, jeje) Eskerrik asko ;-)
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Sólo el título. Perfiles e It txartelak las comprueban telemáticamente y la experiencia la tienes que escribir en méritos y aportarla después cuando la pidan
¿Y aunque comprueben ellos las IT Txartelas, hay que indicar que se tienen en el apartado "Titulación u otros documentos" de la solicitud? He llamado ya un par de veces y no cogen en ninguna de sus líneas, me ha dicho la chica de centralita que tienen muchísimas llamadas (como era de esperar, jeje) Eskerrik asko ;-)
Yo he llamado hoy y me han dicho que solo se pone la titulación, las IT txartelak no. Las comprobarán ellos en su momento
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Hola,
Hasta que no se publique el anuncio en el BOE, no podemos apuntarnos a la oposición. Y según he podido mirar por el BOE, aún no se ha publicado.
Si me equivoco me decís. ;D ;D
Saludos,
Se publicó el lunes
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Se ha publicado en el BOB, no el BOE y ya se puede presentar la instancia.
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Los titulos de Batxiller o Grado no los estáis adjuntando en la solicitud compulsados verdad?
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Hola! Yo he adjuntado el de bachiller pero sin compulsar. Hay que adjuntarlo comoulsado??
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Hola! Yo he adjuntado el de bachiller pero sin compulsar. Hay que adjuntarlo comoulsado??
Yo entiendo que no, que solo habrá que compulsar a la hora de entregar méritos
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Sólo el título. Perfiles e It txartelak las comprueban telemáticamente y la experiencia la tienes que escribir en méritos y aportarla después cuando la pidan
¿Y aunque comprueben ellos las IT Txartelas, hay que indicar que se tienen en el apartado "Titulación u otros documentos" de la solicitud? He llamado ya un par de veces y no cogen en ninguna de sus líneas, me ha dicho la chica de centralita que tienen muchísimas llamadas (como era de esperar, jeje) Eskerrik asko ;-)
Yo he llamado hoy y me han dicho que solo se pone la titulación, las IT txartelak no. Las comprobarán ellos en su momento
Eskerrik asko por la info mariopes ;)
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yo aparte del titulo de bachiller , he adjuntado toda la formación que tengo. No pasa nada ¿no?
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Y en euskera? Si tienes un perfil y no vas a hacer examen? Hay que marcarlo en el apartado Acreditación?
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Hola,
Hasta que no se publique el anuncio en el BOE, no podemos apuntarnos a la oposición. Y según he podido mirar por el BOE, aún no se ha publicado.
Si me equivoco me decís. ;D ;D
Saludos,
Se publicó el lunes
El lunes se publico en el B.O.B y ya te puedes inscribir pero los plazos solo empiezan a contar a partir del día siguiente de la publicación en el B.O.E y esta suele ser mas o menos dos semanas después de la publicación en el B.O.B
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Entonces si nos apuntamos ahora no vale? Q lio.........
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No me ha quedado muy claro la parte de los exámenes de informática. En las bases pone que la IT Txartela de Excel Avanzado convalidará la de Excel Básico , pero y la parte de Word? con la it txartela de Word Avanzado es suficiente o hay que hacer examen de word?
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Entonces si nos apuntamos ahora no vale? Q lio.........
En la web de Diputación pone como plazo de inicio de presentacion de instancias el 06/11/2018
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Si tienes las it txartelas de word avanzado y excel basico o avanzado no tienes que hacer el examen , lo pone en las bases. El examen es solo para quienes no las acrediten. Yo en eso no tengo ninguna duda, pero aun nadie me ha pidido aclarar lo de las versiones. Yo entiendo que sirve cualquier version pero como antes de publicar las bases varias personas insistieron que tenian q ser las del 2010....... Alguien ha preguntado? Yo he intentado llamar pero estan a tope y no hsy manera.
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En las bases pone que valen varias versiones. Lo que cuenta es lo que pone en las bases
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Gracias, aberria. Lo cierto es q me quitas un peso de encima pq pensaba q iba a tener q sacar las del 2010 y me daba una pereza.....
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No me ha quedado muy claro la parte de los exámenes de informática. En las bases pone que la IT Txartela de Excel Avanzado convalidará la de Excel Básico , pero y la parte de Word? con la it txartela de Word Avanzado es suficiente o hay que hacer examen de word?
Yo tampoco me aclaro :o
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Sólo el título. Perfiles e It txartelak las comprueban telemáticamente y la experiencia la tienes que escribir en méritos y aportarla después cuando la pidan
En vez de bachiller puedes presentar una licenciatura?
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¿como sabes q solo piden bachiller o técnico? en las bases generales de este link no aparece. http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2018/11/05/I-1025_cas.pdf?hash=a93e9e0f6304e77eb9bf0ffc52443d6a
si q en la página 3 apartado e pone esto: Poseer la titulación exigida o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en
que se termine el plazo de presentación de instancias, y demás requisitos que
consten en las bases específicas. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas
en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente
convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Pero donde encontráis la información de que estudios se piden?
Se pide Bachiller o Técnico pero con el grado tb debería de valer
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No me ha quedado muy claro la parte de los exámenes de informática. En las bases pone que la IT Txartela de Excel Avanzado convalidará la de Excel Básico , pero y la parte de Word? con la it txartela de Word Avanzado es suficiente o hay que hacer examen de word?
Yo tampoco me aclaro :o
Para el examen se pide Word Avanzado y Excel básico.
Si tienes Excel avanzado se te convalida el Excel básico (pq es un nivel superior)
Word avanzado no tiene convalidación porque es el nivel más alto
Por tanto si tienes
Word avanzado
Excel básico
Excel avanzado
NO TIENES Q HACER EXAMEN
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cual es el salario bruto anual de un administrativo nuevo en la Diputación de bizkaia
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Egun on!!
Entonces a ver si me aclaro... Yo ahora mismo estoy en euskaltegi para sacarme el perfil II pero claro... hasta mayo-junio no son las azterketas. Me puedo presentar al preceptivo? En mi casa tenemos un cristo con este tema... no nos aclaramos!!! Yo entiendo que si no tengo el perfil para la fecha que indiquen ellos hacen el examen no?
Si me podéis responder... Mila esker!!!!!! :)
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Egun on!!
Entonces a ver si me aclaro... Yo ahora mismo estoy en euskaltegi para sacarme el perfil II pero claro... hasta mayo-junio no son las azterketas. Me puedo presentar al preceptivo? En mi casa tenemos un cristo con este tema... no nos aclaramos!!! Yo entiendo que si no tengo el perfil para la fecha que indiquen ellos hacen el examen no?
Si me podéis responder... Mila esker!!!!!! :)
Si apruebas el perfil ANTES de los examenes euskera de la oposicion NO TIENES que hacer el examen. Si no debes hacer el examen de euskera de la oposicion.
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Estais seguros de que eso es asi?
Si se aprueba el perfil antes del examen del euskara de la propia oposicion, contabilizan los puntos de ese perfil y tambien se puede acceder a las plazas con perfiladas con ese nivel que son preceptivas?
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¿A quién consultar si tengo dudas sobre el temario, fechas, inscripción, y a quien dirigirme?
Ante cualquier duda es aconsejable leerse las Bases Generales y Específicas que son la normativa esencial del proceso selectivo, y en caso de que no se haya resuelto, ponerse en contacto con la Diputación.
Teléfono: 944068000
Oficinas y horario, Servicio de Selección y Formación Profesional, Gran Vía 25, Bilbao, CP 48009, con horario de 8:30 a 14
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Hola! Yo he adjuntado el de bachiller pero sin compulsar. Hay que adjuntarlo comoulsado??
Yo también tengo la misma duda. Los títulos hay que entregarlos compulsados? o te los compulsan ellos en el registro?
Otra duda; si la titulación académica tienes que tener es bachiller con presentar la titulación de carrera vale? o solo se admite el titulo de bachiller y equivalentes?
No entiendo porque dejan tantos vacíos a la "interpretación" así lo único que crean es inseguridad en el interesado y encima es mas trabajo para ellos que recibirán mas llamadas. totalmente contraproducente.
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Buenos dias, yo tengo una duda si entregar todos los titulos d formacion o solo el ultimo titulo, y sabeis algo d lo k vale el examen, es k no veo nada donde te dice d pagar la tasa espero vuestra respuesta gracias
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Hola a tod@s, sobre la duda del requisito, en las bases específicas pone claramente que el requisito de titulación es título de bachiller o técnico. Los título superiores, en principio, no son válidos, ya que se puede acceder a la universidad sin tener el bachiller, p ej, con el acceso para mayores de 25 años. No os la juguéis con esto, y entregar lo que piden. En otras convocatorias, de otros organismos, hay gente que quedó fuera por este tema.
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Egunon.
Yo tengo la IT Txartela de Word XP avanzado, esta es válida?
Gracias.
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Egunon.
Yo tengo la IT Txartela de Word XP avanzado, esta es válida?
Gracias.
Si ;)
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Egunon.
Yo tengo la IT Txartela de Word XP avanzado, esta es válida?
Gracias.
Si ;)
Eskerrik!
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https://www.deia.eus/2018/11/07/bizkaia/la-diputacion-abre-el-proceso-selectivo-de-308-plazas-de-personal-administrativo-
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Yo llamé ayer y me dijeron que se podía poner la diplomatura , en lugar del bachillerato, y ha sido lo que he puesto.
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¿ algún sitio donde te proporcionen el temario?
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Acabo de hablar con Diputación en el teléfono que habéis facilitado (944068000) y me han aclarado las siguientes dudas:
- Titulación: se puede poner cualquiera igual o superior al bachiller.
- No hay que pagar tasas
- IT txartelak: sirve cualquier versión de las que aparecen en las bases específicas.
- Méritos (experiencia laboral como administrativo): simplemente relacionarlos.
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Acabo de hablar con Diputación en el teléfono que habéis facilitado (944068000) y me han aclarado las siguientes dudas:
- Titulación: se puede poner cualquiera igual o superior al bachiller.
- No hay que pagar tasas
- IT txartelak: sirve cualquier versión de las que aparecen en las bases específicas.
- Méritos (experiencia laboral como administrativo): simplemente relacionarlos.
Mila esker
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Acabo de hablar con Diputación en el teléfono que habéis facilitado (944068000) y me han aclarado las siguientes dudas:
- Titulación: se puede poner cualquiera igual o superior al bachiller.
- No hay que pagar tasas
- IT txartelak: sirve cualquier versión de las que aparecen en las bases específicas.
- Méritos (experiencia laboral como administrativo): simplemente relacionarlos.
Experiencia laboral te refieres en Diputación verdad?
Saludos
-
Experiencia laboral como administrativo en cualquier administración pública.
-
Experiencia laboral como administrativo en cualquier administración pública.
Gracias!
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Aupa!
Los que habéis podido hablar con Diputación, os han confirmado si las ITs txartelas hay que entregarlas/subir a la plataforma? o lo comprueban ellos y tenemos que indicarlas?
Respecto a la experiencia, hay que subir ahora el justificante?
Gracias de antemano!
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Yo les he mandado las consultas a través del formulario de quejas y sugerencias de la web de la Dipu y me han respodido al día siguiente. Las IT Txartelak me han dicho que no hay que entregarlas, pero que hay que poner que las tienes para que ellos lo puedan comprobar. Lo que no me ha quedado claro es en qué apartado de la instancia hay que poner eso. ¿Alguien lo sabe?
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Hola! Soy nueva en esto así que lo primero disculpad por la ignorancia. El BOE es lo mismo que las bases específicas? No las encuentro por ningún lado... El caso es q no tengo ninguna IT Txartela y quiero saber si estaría a tiempo de sacármelas o no... Dónde puedo ver cuáles piden y en qué plazos? Gracias!
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Hoy en la radio he oido noticia del tema y han comentado que el examen teórico y el práctico serán el mismo día
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Yo les he mandado las consultas a través del formulario de quejas y sugerencias de la web de la Dipu y me han respodido al día siguiente. Las IT Txartelak me han dicho que no hay que entregarlas, pero que hay que poner que las tienes para que ellos lo puedan comprobar. Lo que no me ha quedado claro es en qué apartado de la instancia hay que poner eso. ¿Alguien lo sabe?
pues entonces tengo la misma duda...en la inscripcion hay una apartado específico para q indiques si tienes el euskera o no (aunque posteriormente también te comprueben ellos el título), pero no hay nada relacionado con las IT.....si alguien se entera agradecería que nos dijera. Si no enviaré una consulta por el formulario también.
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Buenas! Al hilo con lo que comentáis, en el formulario, en el apartado de formación hay tres casillas disponibles.
Se me ocurre que una de ellas puede ser para pone el título requerido (Bachillerato) y los otros dos restantes para indicar las IT txartelak??
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Hola! Soy nueva en esto así que lo primero disculpad por la ignorancia. El BOE es lo mismo que las bases específicas? No las encuentro por ningún lado... El caso es q no tengo ninguna IT Txartela y quiero saber si estaría a tiempo de sacármelas o no... Dónde puedo ver cuáles piden y en qué plazos? Gracias!
Yo también estaba dudando pero en la convocatoria pone: ""Las personas que estén en posesión de las IT txartela correspondientes, podrán acreditar mediante las misma estos conocimientos; para ello la Diputación Foral comprobará directamente con el ESI tanto la posesión como la fecha de la obtención de la misma, que no podrá ser posterior a la fecha del examen de IT Txartela.""
Asi que entiendo que hasta la fecha del examen de las IT Txartela, te las puedes sacar. ;D
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Entiendo también que las preguntas del examen de la parte II es también tipo test, no?
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Sabeis si los sindicatos van a preparar temario?
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Entiendo también que las preguntas del examen de la parte II es también tipo test, no?
Si, de tipo test
En la web de dipu si entras en convocatorias anteriores, hay examenes de otros años. Así puedes ver como son
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Buenas! Al hilo con lo que comentáis, en el formulario, en el apartado de formación hay tres casillas disponibles.
Se me ocurre que una de ellas puede ser para pone el título requerido (Bachillerato) y los otros dos restantes para indicar las IT txartelak??
Ahí pone Titulación u otros documentos exigidos. Por tanto sí, es ahí
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Yo también lo he puesto ahí, si
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Buenas.
Como habéis escaneado el título?
Mi impresora no me coge el titulo entero...
Otra duda, en méritos, tenemos que meter el título y las 2 IT Txartelas? O se mete todo? (Mas It txartela, euskera...)
Gracias.
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Yo he puesto la licenciatura y en las otras dos filas las It txartelas, word por un lado y excel por el otro.
No he puesto en las las filas nada del euskera porque al pedir examen o acreditación en el siguiente punto entiendo que sería poner lo mismo...
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Creo que primero se adjuntan los titulos, y lo de compulsar es después.
10 días después de las listas.
Saludos
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Buenas.
Como habéis escaneado el título?
Siempre puedes hacer una foto.....
Mi impresora no me coge el titulo entero...
Otra duda, en méritos, tenemos que meter el título y las 2 IT Txartelas? O se mete todo? (Mas It txartela, euskera...)
Gracias.
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Para escanear el título de la licenciatura yo tuve que ir a unsña copisteria y te lo reducen con una impresora de las grandes al tamaño que tú quieras
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Para escanear el título de la licenciatura yo tuve que ir a unsña copisteria y te lo reducen con una impresora de las grandes al tamaño que tú quieras
No os lieis. Yo lo hice con una foto con la cámara
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Yo solo he puesto bachiller (y subido el PDF) y como mérito el tiempo trabajado como administrativa en Gobierno Vasco (ni en empresa privada, ni como auxiliar, ... que no cuenta)
Leyendo las bases, me parece que las IT y HABE lo comprueban ellos de oficio.
??? ??? ??? ??? SI no es así, por favor decirme, que estoy a tiempo de añadir....
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No hay que pagar tasas?
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No hay que pagar tasas?
Egunon.
No, no hay tasas.
Saludos
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No van a dar puntos los cursos de formación?? Los habéis alegado en la instancia???
Según las bases entiendo que como méritos solamente se valorará el tiempo trabajado en la administración. Entendéis lo mismo?
Mila esker!!
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sólo puntua la experiencia
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Hola chicos,
Sabeis cual es el correo electronico de gobierno vasco para poder solicitar un certificado de servicios prestados'
Gracias de antemano.
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Yo tengo otra duda. Si tengo PL2 y me presento al examen de PL3 de la oposición, en caso de suspender este último. ¿quedo no apto para todo el ejercicio incluso para plazas PL2 preceptivo?¿O se mantiene apto para plazas preceptivas de PL2?
En cuanto a titulación, yo he aprovechado los 3 huecos. Uno para bachiller, otro para indicar el euskera, y otro para poner las it txartelas que son requisito.
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Hola chicos,
Sabeis cual es el correo electronico de gobierno vasco para poder solicitar un certificado de servicios prestados'
Gracias de antemano.
Yo lo que haría sería llamar a personal del departamento en el que hayas trabajado. Si no tienes el teléfono, llama a zuzenean al 012.
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Hola chicos,
Sabeis cual es el correo electronico de gobierno vasco para poder solicitar un certificado de servicios prestados'
Gracias de antemano.
Yo lo que haría sería llamar a personal del departamento en el que hayas trabajado. Si no tienes el teléfono, llama a zuzenean al 012.
Egun on Josetxo,
Gracias por contestar. Eso hare.
Saludos.
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Yo tengo otra duda. Si tengo PL2 y me presento al examen de PL3 de la oposición, en caso de suspender este último. ¿quedo no apto para todo el ejercicio incluso para plazas PL2 preceptivo?¿O se mantiene apto para plazas preceptivas de PL2?
En cuanto a titulación, yo he aprovechado los 3 huecos. Uno para bachiller, otro para indicar el euskera, y otro para poner las it txartelas que son requisito.
Estoy en la misma situación que tú en cuanto al euskera. Yo creo que no te eliminan de todo el proceso, solo te eliminarían de la lista de aspirantes a las plazas con PL3 preceptivo. Pero si alguien que lo tiene más claro puede aclararlo... bienvenido sea.
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Preparando estudio de la constitución. Según Temario entiendo que no entraría para estudiar
Titulo I Capitulo segundo sección 2ª, capitulos tercero cuarto y quinto
Titulo II de LA CORONA
Titulo IV Del gobierno y la administración
TITULO VI. Del poder judicial
Titulo VII Economia y hacienda
Titulo VIII De la organización Territorial del Estado Excluido articulo 147-151 ( esto si entra
Titulo IX Del tribunal Constitucional
Titulo x De la reforma constitucional
¡ Lo entendeís asi?
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Aupa!
Hoy he consultado vía email mis dudas con la diputación, cuelgo la respuesta por si a alguien le resulta de ayuda:
"Tiene que aportar con la instancia el título y la equivalencia del euskera. La IT txartela no es necesario.
Relacione en la instancia los méritos de experiencia si no es funcionario interino de la Diputación".
Con esto yo entiendo que no es necesario ni indicar las ITs ya que lo comprueban ellos, y la experiencia únicamente hay que indicarla y posteriormente se entregará el certificado.
Que paséis buen fin de semana!
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Consulta:
Alguien me podria decir donde especifica el tema 7 sobre la Union Europea?? no lo encuentro...
eskerrik askooo! y animo!!
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buenos dias
lo siento por mi ignorancia, me podeis pasar el link para incribirme a la ope de administrativo de la diputacion??
gracias
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buenos dias
lo siento por mi ignorancia, me podeis pasar el link para incribirme a la ope de administrativo de la diputacion??
gracias
http://www.bizkaia.eus/Herri_Administrazioa/ope/convocatoria.asp?Idioma=CA&id=1566&tipo=ini
ahi tienes que pinchar en instancias via web
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Aupa!
Hoy he consultado vía email mis dudas con la diputación, cuelgo la respuesta por si a alguien le resulta de ayuda:
"Tiene que aportar con la instancia el título y la equivalencia del euskera. La IT txartela no es necesario.
Relacione en la instancia los méritos de experiencia si no es funcionario interino de la Diputación".
Con esto yo entiendo que no es necesario ni indicar las ITs ya que lo comprueban ellos, y la experiencia únicamente hay que indicarla y posteriormente se entregará el certificado.
Que paséis buen fin de semana!
Hola! Me podrías decir la dirección de email en la que has hecho las consultas por favor? Eskerrik asko!
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Lo he hecho a través de la web de la diputación, en el apartado de quejas y sugerencias.
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Lo he hecho a través de la web de la diputación, en el apartado de quejas y sugerencias.
Muchas gracias! Lo miro, un saludo!
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los documentos q hay q enviar son solo titulacion y perfil de euskera, no?
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Buenas tardes, alguno podría indicarme cuando es el plazo límite para poder presentar la solicitud? Estoy intentando sacarme las it txartelas y no se si me dará tiempo.
Gracias de antemano.
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Buenas tardes, alguno podría indicarme cuando es el plazo límite para poder presentar la solicitud? Estoy intentando sacarme las it txartelas y no se si me dará tiempo.
Gracias de antemano.
Son 20 días hábiles a partir de la publicación en el BOE que aún no han hecho (sino el BOB). En todo caso aunque no las tengas te puedes apuntar porque en las bases parece indicar que tienes hasta la fecha del examen para aprobar los IT Txartelas
"Las personas que estén en posesión de las IT txartela correspondientes, podrán
acreditar mediante las misma estos conocimientos; para ello la Diputación Foral comprobará
directamente con el ESI tanto la posesión como la fecha de la obtención de la
misma, que no podrá ser posterior a la fecha del examen de IT Txartela."
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A mi en una consulta me han contestado varias cuestiones.
Respecto a poner o mencionar las IT txartelak en la inscripción:
"La diputación froal de Bizkaia comprobará directamente con las ESI tanto la posesión como la fecha de la obtención de las mismas, que no podrá ser posterior a la fecha del examen de IT txartela. Por lo tanto, no es necesario mencionarlas ni aportarlas."
Y de lo que entiendo también que hay tiempo para conseguirlas hasta la fecha de exámen.
Respecto a acreditar el euskera:
"Respecto a acreditar el conocimiento del euskera al amparo del decreto 47/2012 de 3 de abril de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y exención de la acreditacion con títulos y certificaciones lingüisticas en euskera, deberán aportar la certificación académica que corresponda. Podrán presentarla hasta el día anterior a la fecha del examen, debiendo facilitar original o copia compulsada."
Respecto a si los títulos tienen que aportarse compulsados en la inscripción:
"Con la solicitud ha de presentarse la hoja de relación de méritos y la copia de título de Bachiller o Técnico que se exige en la convocatoria (no es necesario original o copia compulsada).
Quizá a alguien le sirva de ayuda la información.
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Buenas tardes.
Donde podría encontrar los siguientes temas?
El tema 7: Unión Europea.
Tema 8: Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.
Tema 9 El reglamento:
Tema 10: La posición jurídica de la Administración Pública.
Tema 19: Contratos de administraciones públicas.
Gracias!
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Buenas tardes.
Donde podría encontrar los siguientes temas?
El tema 7: Unión Europea.
Tema 8: Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.
Tema 9 El reglamento:
Tema 10: La posición jurídica de la Administración Pública.
Tema 19: Contratos de administraciones públicas.
Gracias!
El tema 7: Unión Europea. https://europa.eu/european-union/about-eu/institutions-bodies_es
Tema 8: Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. http://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/bibl_digital/es_documen/adjuntos/cuerpo_administrativo.pdf TEMA 9 (OJO QUE NO ESTÁ ACTUALIZADO ESTE TEMARIO)
Tema 9 El reglamento: TEMA 9
http://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/bibl_digital/es_documen/adjuntos/cuerpo_administrativo.pdf TEMA 9 (OJO QUE NO ESTÁ ACTUALIZADO ESTE TEMARIO)
Tema 10: La posición jurídica de la Administración Pública. http://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/bibl_digital/es_documen/adjuntos/cuerpo_administrativo.pdf (OJO QUE NO ESTÁ ACTUALIZADO ESTE TEMARIO)
Tema 19: Contratos de administraciones públicas. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-12902
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Estoy liada...está abierto o no el plazo para inscribirse???
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A mi en una consulta me han contestado varias cuestiones.
Respecto a poner o mencionar las IT txartelak en la inscripción:
"La diputación froal de Bizkaia comprobará directamente con las ESI tanto la posesión como la fecha de la obtención de las mismas, que no podrá ser posterior a la fecha del examen de IT txartela. Por lo tanto, no es necesario mencionarlas ni aportarlas."
Y de lo que entiendo también que hay tiempo para conseguirlas hasta la fecha de exámen.
Respecto a acreditar el euskera:
"Respecto a acreditar el conocimiento del euskera al amparo del decreto 47/2012 de 3 de abril de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y exención de la acreditacion con títulos y certificaciones lingüisticas en euskera, deberán aportar la certificación académica que corresponda. Podrán presentarla hasta el día anterior a la fecha del examen, debiendo facilitar original o copia compulsada."
Respecto a si los títulos tienen que aportarse compulsados en la inscripción:
"Con la solicitud ha de presentarse la hoja de relación de méritos y la copia de título de Bachiller o Técnico que se exige en la convocatoria (no es necesario original o copia compulsada).
Quizá a alguien le sirva de ayuda la información.
Gabon:
El título de euskera no se supone que lo consultan ellos en el registro? Yo creía que con indicar en el apartado 3 que vas acreditar el perfil ya valía... Vaya lío
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El título de euskera solo lo tienen que aportar los que lo tengan por haber hecho el bachillerato o la carrera en Euskera. Los demás lo comprueban de oficio.
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El título de euskera solo lo tienen que aportar los que lo tengan por haber hecho el bachillerato o la carrera en Euskera. Los demás lo comprueban de oficio.
Mila esker
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Egunon! Yo tenía una duda...
Me imagino que la prueba de acreditación de euskera se hará con la primera convocatoria del IVAP (mayo 2019), no es así?
Entonces, esto podría ser que adelantara la celebración de los examenes de la OPE a abril?? Ya que se supone que a la prueba de euskera solo irían los que hayan superado al menos el primer ejercicio de la OPE. Lo digo porque alguien comentó que la fecha estimada de los exámenes serían en mayo.. no sé, muy ajustados los tiempos.. que opináis?
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Egunon! Yo tenía una duda...
Me imagino que la prueba de acreditación de euskera se hará con la primera convocatoria del IVAP (mayo 2019), no es así?
Entonces, esto podría ser que adelantara la celebración de los examenes de la OPE a abril?? Ya que se supone que a la prueba de euskera solo irían los que hayan superado al menos el primer ejercicio de la OPE. Lo digo porque alguien comentó que la fecha estimada de los exámenes serían en mayo.. no sé, muy ajustados los tiempos.. que opináis?
Siempre pieden hacer la.prueba de euskera en octubre....
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Alguna novedad sobre la fecha de los exámenes? Y sabéis si es seguro que las dos pruebas del primer ejercicio sean el mismo día?
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Buenas tardes.
Donde podría encontrar los siguientes temas?
El tema 7: Unión Europea.
Tema 8: Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.
Tema 9 El reglamento:
Tema 10: La posición jurídica de la Administración Pública.
Tema 19: Contratos de administraciones públicas.
Gracias!
El tema 7: Unión Europea. https://europa.eu/european-union/about-eu/institutions-bodies_es
Tema 8: Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. http://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/bibl_digital/es_documen/adjuntos/cuerpo_administrativo.pdf TEMA 9 (OJO QUE NO ESTÁ ACTUALIZADO ESTE TEMARIO)
Tema 9 El reglamento: TEMA 9
http://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/bibl_digital/es_documen/adjuntos/cuerpo_administrativo.pdf TEMA 9 (OJO QUE NO ESTÁ ACTUALIZADO ESTE TEMARIO)
Tema 10: La posición jurídica de la Administración Pública. http://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/bibl_digital/es_documen/adjuntos/cuerpo_administrativo.pdf (OJO QUE NO ESTÁ ACTUALIZADO ESTE TEMARIO)
Tema 19: Contratos de administraciones públicas. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-12902
Buenos días.
En el tema 7 si que hay cosas en esa web, pero reglamentos, directivas y decisiones por ejemplo?
Los temas 8 9 y 10 no esta en ningón BOE?
También no encuentro el tema 20.
Gracias y saludos
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Buenas tardes.
Donde podría encontrar los siguientes temas?
El tema 7: Unión Europea.
Tema 8: Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.
Tema 9 El reglamento:
Tema 10: La posición jurídica de la Administración Pública.
Tema 19: Contratos de administraciones públicas.
Gracias!
El tema 7: Unión Europea. https://europa.eu/european-union/about-eu/institutions-bodies_es
Tema 8: Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. http://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/bibl_digital/es_documen/adjuntos/cuerpo_administrativo.pdf TEMA 9 (OJO QUE NO ESTÁ ACTUALIZADO ESTE TEMARIO)
Tema 9 El reglamento: TEMA 9
http://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/bibl_digital/es_documen/adjuntos/cuerpo_administrativo.pdf TEMA 9 (OJO QUE NO ESTÁ ACTUALIZADO ESTE TEMARIO)
Tema 10: La posición jurídica de la Administración Pública. http://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/bibl_digital/es_documen/adjuntos/cuerpo_administrativo.pdf (OJO QUE NO ESTÁ ACTUALIZADO ESTE TEMARIO)
Tema 19: Contratos de administraciones públicas. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-12902
Buenos días.
En el tema 7 si que hay cosas en esa web, pero reglamentos, directivas y decisiones por ejemplo?
Los temas 8 9 y 10 no esta en ningón BOE?
También no encuentro el tema 20.
Gracias y saludos
De lo anterior no te se decir...
Tema 20: Ley 7/1985 https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1985-5392 aunque la parte de derechos históricos de los territorios forales no lo he visto ahi
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Hola
Sabéis si el temario actualizado estaría disponible en alguna editorial o lo sacáis directamente de Internet??
Gracias
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los sindicatos ya han sacado los temarios
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¿ que sindicato ha sacado temario? ¿Opción de comprarla?
Saludos
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Editorial MAD si va a sacar temario
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¿ que sindicato ha sacado temario? ¿Opción de comprarla?
Saludos
LAB está imprimiendolos y de ELA he visto el archivo... no se del resto.
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ELA tiene toda el temario.
Saludos
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Buenas tardes.
Donde podría encontrar los siguientes temas?
El tema 7: Unión Europea.
Tema 8: Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.
Tema 9 El reglamento:
Tema 10: La posición jurídica de la Administración Pública.
Tema 19: Contratos de administraciones públicas.
Gracias!
El tema 7: Unión Europea. https://europa.eu/european-union/about-eu/institutions-bodies_es
Tema 8: Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. http://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/bibl_digital/es_documen/adjuntos/cuerpo_administrativo.pdf TEMA 9 (OJO QUE NO ESTÁ ACTUALIZADO ESTE TEMARIO)
Tema 9 El reglamento: TEMA 9
http://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/bibl_digital/es_documen/adjuntos/cuerpo_administrativo.pdf TEMA 9 (OJO QUE NO ESTÁ ACTUALIZADO ESTE TEMARIO)
Tema 10: La posición jurídica de la Administración Pública. http://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/bibl_digital/es_documen/adjuntos/cuerpo_administrativo.pdf (OJO QUE NO ESTÁ ACTUALIZADO ESTE TEMARIO)
Tema 19: Contratos de administraciones públicas. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-12902
Buenos días.
En el tema 7 si que hay cosas en esa web, pero reglamentos, directivas y decisiones por ejemplo?
Los temas 8 9 y 10 no esta en ningón BOE?
También no encuentro el tema 20.
Gracias y saludos
De lo anterior no te se decir...
Tema 20: Ley 7/1985 https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1985-5392 aunque la parte de derechos históricos de los territorios forales no lo he visto ahi
La parte de derechos históricos imagino q se refiere a una de las disposiciones de la ley de bases q hace referencia exclusivamente a Euskadi y Navarra. No tengo a mano para decirte cual es, pero una de las disposiciones.
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Atención, pregunta:
Entre la ley 6/1989 de función pública y la de 2015 del funcionario público, q diferencias hayy? Cual tengo q mirar??
En el temario pone la de 1989 xo la de 2015 tiene apartados idénticos, aunq no se si el contenido tb es idéntico....
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Hola , unas preguntillas: sobre la fase de oposición, las personas que ya tienen acreditadas las It txartela no tienen que hacer el examen de la parte de It txartela, verdad? Y que se puede meter como meritos sino tienes experiencia en administración pública? Gracias de antemano.
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Con las IT txartelas no hay que hacer los examenes de informática
En merito solo cuanta el haber trabajado de administrativo en la administración pública
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Hola
Alguien sabe donde hay que indicar en que idioma queremos hacer el examen?
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Me consta que ELA ya ha sacado el temario y se lo ha enviado a sus afiliados interesados. Hay por aquí algún buen samaritano que lo pueda colgar? Gracias
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Atención, pregunta:
Entre la ley 6/1989 de función pública y la de 2015 del funcionario público, q diferencias hayy? Cual tengo q mirar??
En el temario pone la de 1989 xo la de 2015 tiene apartados idénticos, aunq no se si el contenido tb es idéntico....
Hola! Alguien me puede responder a esta cuestión xfavor?
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Kaixo! Tienes que estudiar las dos tal y como viene en la bibliografía. Una ley es vasca y otra estatal. Son distintas.
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Hola,
Como bien ha dicho DESESPERADA a mí tambíen me consta que ELA ya ha sacado temario, ¿ alguien que pueda compartirlo?
Un saludo
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Mejor que cada uno pida en temario en su sindicato, para eso los preparan
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Kaixo! Tienes que estudiar las dos tal y como viene en la bibliografía. Una ley es vasca y otra estatal. Son distintas.
Pero las dos leyes completas? En el temario pone solo.ciertos apartados de la 6/1989.
Tengo q estudiar esos apartados en ambas leyes? O las dos leyes.completas?
Gracias!!!
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Alguien sabe si la experiencia en Osakidetza puntúa para la diputación??Teniendo tiempo trabajado en el grupo C o en grupos superiores puntuaria?es para pedir algún certificado o no....ya que no tengo nada....Eskerrik asko!!!
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Me consta que ELA ya ha sacado el temario y se lo ha enviado a sus afiliados interesados. Hay por aquí algún buen samaritano que lo pueda colgar? Gracias
Me uno a la petición! Gracias por adelantado.
Bebé Pedorra
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Egunon
Aquí va el temario preparado por ELA.
Que todo el mundo juegue con las mismas cartas
Ánimo y suerte !!
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Vaya , es demasiado pesado el PDF. Intentare mandarlo más reducido o por partes
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Vaya , es demasiado pesado el PDF. Intentare mandarlo más reducido o por partes
Puedes hacerlo con Drive
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Egunon
Aquí va el temario preparado por ELA.
Que todo el mundo juegue con las mismas cartas
Ánimo y suerte !!
Te estaríamos eternamente agradecidos :angel:
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Egunon
Aquí va el temario preparado por ELA.
Que todo el mundo juegue con las mismas cartas
Ánimo y suerte !!
Te estaríamos eternamente agradecidos :angel:
Siiiiii, tambien se puede comprimir el documento en esta web https://www.ilovepdf.com/es/comprimir_pdf
Graciasssssssssss
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Egunon
Aquí va el temario preparado por ELA.
Que todo el mundo juegue con las mismas cartas
Ánimo y suerte !!
Te estaríamos eternamente agradecidos :angel:
Hola! Veo que habéis compartido el temario por algún lado, pero no termino de ver el archivo....¿Dónde puedo verlo? Muchísimas gracias a quien lo ha subido
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Muchisimas gracias
si, la mejor opción sería por partes yo creo
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Si no que DEURUS nos ayude a como poder hacerlo....
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Estariamos agradecidos de tener el temario! Gracias!
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He comprimido el PDF y sigue siendo superpesado. Voy a exportarlo a Word a ver si así lo consigo
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He comprimido el PDF y sigue siendo superpesado. Voy a exportarlo a Word a ver si así lo consigo
Prueba esto:
1. haz clic derecho sobre el icono del fichero o carpeta que deseas comprimir.
2. Selecciona Enviar a > Carpeta comprimida (en zip)
3. Esta acción crea un archivo ZIP con el mismo nombre que la carpeta o archivo original.
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He comprimido el PDF y sigue siendo superpesado. Voy a exportarlo a Word a ver si así lo consigo
Hazme caso y subelo a Drive y si no puedes mándamelo, lo hago yo y subo el enlace. Que es más sencillo. (Tienes un mensaje privado con mi mail)
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He comprimido el PDF y sigue siendo superpesado. Voy a exportarlo a Word a ver si así lo consigo
No te compliques Enekol, con subirlo a una pagina como la que pongo debajo, sin necesidad de registrarse ni nada, es suficiente! ;)
https://www.filedropper.com/ (https://www.filedropper.com/)
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He comprimido el PDF y sigue siendo superpesado. Voy a exportarlo a Word a ver si así lo consigo
Hazme caso y subelo a Drive y si no puedes mándamelo, lo hago yo y subo el enlace. Que es más sencillo. (Tienes un mensaje privado con mi mail)
Hecho. Te lo he enviado, a ver si tú lo puedes colgar
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Muchisimas gracias Eneko!!! Gracias por compartirlo!! COmpartir es vivir, dicen, ahora a la espera de que se suba el archivo
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He comprimido el PDF y sigue siendo superpesado. Voy a exportarlo a Word a ver si así lo consigo
Hazme caso y subelo a Drive y si no puedes mándamelo, lo hago yo y subo el enlace. Que es más sencillo. (Tienes un mensaje privado con mi mail)
Hecho. Te lo he enviado, a ver si tú lo puedes colgar
Aún no me ha llegado. En cuanto llegue lo subo y os pongo el enlace
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He comprimido el PDF y sigue siendo superpesado. Voy a exportarlo a Word a ver si así lo consigo
Hazme caso y subelo a Drive y si no puedes mándamelo, lo hago yo y subo el enlace. Que es más sencillo. (Tienes un mensaje privado con mi mail)
Hecho. Te lo he enviado, a ver si tú lo puedes colgar
Aún no me ha llegado. En cuanto llegue lo subo y os pongo el enlace
Eskerrik askooo!!!! Así da gusto! Ahora toca esperar a que se suba!
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https://www.ela.eus/es/opes/ope-dfb-2019/temario-administrativos.pdf/view
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He comprimido el PDF y sigue siendo superpesado. Voy a exportarlo a Word a ver si así lo consigo
Hazme caso y subelo a Drive y si no puedes mándamelo, lo hago yo y subo el enlace. Que es más sencillo. (Tienes un mensaje privado con mi mail)
Hecho. Te lo he enviado, a ver si tú lo puedes colgar
Aún no me ha llegado. En cuanto llegue lo subo y os pongo el enlace
perdon, creo que ahora te lo he mandado correctamente
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TEMARIO DE LAB DFB 2018
https://drive.google.com/file/d/1-QT-kGYvF7M8P2Koa3Fr_WuT3pHR-tdX/view?usp=sharing
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Muchísimas gracias Eneko, Rubén!!! Personas como vosotros sois las que mantenéis la esencia de este foro. ;)
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Muchísimas gracias Eneko, Rubén!!! Personas como vosotros sois las que mantenéis la esencia de este foro. ;)
No hay de que! Es un placer. Aquí estamos para compartir, al final el "enemigo" en una OPE es uno mismo, y su fuerza de voluntad para estudiarse este temario. Suerte a todos!!
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Muchas gracias a ambos!
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Muchas gracias :)
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Eskerrik asko Eneko y Ruben!! para que luego digan que no queda gente buena...
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Muchisimas gracias
ahora toca estudiar
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muchas gracias por el temario!!!! otra agradecida de gente buena!! suerte a tod@s!! ;)
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Cuando he dicho lo de que cada uno lo r pida a su sindicato, lo decía porque no sé si es justo o lícito que se envíen estos archivos, entiendo que son solo para sus afiliados, y que conste que yo no lo tengo porque no estoy afiliada. Se trata de respetar el trabajo de los sindicatos y darle valor....
Es lo mismo que bajarse música o películas....
Y gracias a los que lo habéis enviado!
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Gracias por el temario, se agradece la ayuda.
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TEMARIO DE LAB DFB 2018
https://drive.google.com/file/d/1-QT-kGYvF7M8P2Koa3Fr_WuT3pHR-tdX/view?usp=sharing
Muchísimas gracias por compartir el temario, ahora toca estudiar, os deseo mucha suerte a todos !!!!
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Eskerrik asko. Os deseo mucha suerte.
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Cuando he dicho lo de que cada uno lo r pida a su sindicato, lo decía porque no sé si es justo o lícito que se envíen estos archivos, entiendo que son solo para sus afiliados, y que conste que yo no lo tengo porque no estoy afiliada. Se trata de respetar el trabajo de los sindicatos y darle valor....
Es lo mismo que bajarse música o películas....
Y gracias a los que lo habéis enviado!
Decirte , en primer lugar, que no hay de que
Los sindicatos están para defender los derechos de los trabajadores, ante todo. Me parece tan desacertada la comparación entre esto y bajarse películas o música,...Este temario lo han elaborado trabajadores funcionarios , supongo que liberados, con un sueldo mensual que no se ve en nada afectado por lo que aquí se comparta. Nada que ver con el mercado discográfico /editorial/filmografíco.
Para lo que seguro que no están los sindicatos, es para romper con el principio de igualdad que debe regir cualquier convocatoria pública, no encuentro razón para defender cualquier hermetismo en torno a este temario, me parece justo , generoso y noble el compartirlo
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Muchísimas gracias por el temario. A estudiar y suerte a todos.
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muchísimas gracias por subir el temario!!
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Mila esker !
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Kaixo estoy teniendo problemas con la solicitud pongo usuario y claves y no entra para hacer la solicitud, me saca a la web otra vez, alguien más tiene problemas?
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Kaixo estoy teniendo problemas con la solicitud pongo usuario y claves y no entra para hacer la solicitud, me saca a la web otra vez, alguien más tiene problemas?
Prueba con otro navegador. A mí por ejemplo siempre me da problemas Chrome, así que para estas cosas uso Mozilla.
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Muchas gracias, por el temario.
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Muchisimas gracias por el temario! Mil gracias
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Kaixo estoy teniendo problemas con la solicitud pongo usuario y claves y no entra para hacer la solicitud, me saca a la web otra vez, alguien más tiene problemas?
Prueba con otro navegador. A mí por ejemplo siempre me da problemas Chrome, así que para estas cosas uso Mozilla.
Gracias, he probado con 3 ordenadores, chrome, explorer, mozilla y safari, incluso una amiga con su pc que ella entra pero pone mis claves y no le deja, he mandado email a ver qué me dicen.
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Muchísimas pero muchísimas gracias por compartir el temario!! Ahora ya sólo queda estudiarselo jeje
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Buenas,
Ya lo han publicado en el BOE
https://boe.es/boe/dias/2018/11/15/pdfs/BOE-A-2018-15593.pdf
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Eskerrik asko, benetan, me estaba volviendo majara buscando por mi cuenta algunos temas.
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Cuando he dicho lo de que cada uno lo r pida a su sindicato, lo decía porque no sé si es justo o lícito que se envíen estos archivos, entiendo que son solo para sus afiliados, y que conste que yo no lo tengo porque no estoy afiliada. Se trata de respetar el trabajo de los sindicatos y darle valor....
Es lo mismo que bajarse música o películas....
Y gracias a los que lo habéis enviado!
Decirte , en primer lugar, que no hay de que
Los sindicatos están para defender los derechos de los trabajadores, ante todo. Me parece tan desacertada la comparación entre esto y bajarse películas o música,...Este temario lo han elaborado trabajadores funcionarios , supongo que liberados, con un sueldo mensual que no se ve en nada afectado por lo que aquí se comparta. Nada que ver con el mercado discográfico /editorial/filmografíco.
Para lo que seguro que no están los sindicatos, es para romper con el principio de igualdad que debe regir cualquier convocatoria pública, no encuentro razón para defender cualquier hermetismo en torno a este temario, me parece justo , generoso y noble el compartirlo
Bueno, me supongo que también se referirá, a los afiliados que pagan unos 250 euros anuales de su bolsillo (afiliados en paro o trabajando), para que además de defenderlos en ciertas situaciones, reciban información de sus dchos, futuras opes, hacer descuentos en cursos, ofrecer su propio temario, en vez de gastarte un dinero comprando cualquier otro de una editorial (ya es suficiente con lo que aportan todos los meses).
Esto se puede ver desde diferentes ángulos, pq claro que es justo y generoso compartir, pero imagínate que te gastas un paston en 4 libros de cualquier cuerpo. Hay que escanearlos para compartirlo con todo el mundo?. O que te pegas un curro de la leche, recopilando información para hacerte un temario propio de la leche, para luego dárselo mascado a la gente?
Otra cosa es compartir "algunos apuntes propios", esquemas etc , resolver dudas de las personas, compartirlas etc.
Es cierto lo que dice ella (no en la comparación con el mercado discográfico), también cierto lo que tú comentas, pero...
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Txiribita, te has explicado mejor que yo, y posiblemente la comparación con el tema discográfico no ha sido acertada.
Me refería a que no es información abierta, y si fuera así, que lo publique en la web del sindicato(igual ya lo hacen...no lo sé). Yo estoy dispuesta a compartir todo lo mio
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Buenas,
Ya lo han publicado en el BOE
https://boe.es/boe/dias/2018/11/15/pdfs/BOE-A-2018-15593.pdf
Me surge la duda al ver que lo han publicafo el día 15. Si yo he hecho la inscripción antes será que no vale. Un saludo y gracias de antemano por contestar
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Buenas,
Ya lo han publicado en el BOE
https://boe.es/boe/dias/2018/11/15/pdfs/BOE-A-2018-15593.pdf
Me surge la duda al ver que lo han publicafo el día 15. Si yo he hecho la inscripción antes será que no vale. Un saludo y gracias de antemano por contestar
Tranquila topanga porque si nos han dejado hacerla si que vale,ayer vi en ivap que se inicio el plazo el dia 6 a pesa de no publicarse en el boe,yo tambien me he inscrito ya
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Buenas,
Ya lo han publicado en el BOE
https://boe.es/boe/dias/2018/11/15/pdfs/BOE-A-2018-15593.pdf
Me surge la duda al ver que lo han publicafo el día 15. Si yo he hecho la inscripción antes será que no vale. Un saludo y gracias de antemano por contestar
http://www.bizkaia.eus/Herri_Administrazioa/ope/convocatoria.asp?Idioma=CA&id=1566&tipo=ini
En la pág web inicio dia 6 nov finalización 14 de diciembre. Así que ok
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Txiribita, te has explicado mejor que yo, y posiblemente la comparación con el tema discográfico no ha sido acertada.
Me refería a que no es información abierta, y si fuera así, que lo publique en la web del sindicato(igual ya lo hacen...no lo sé). Yo estoy dispuesta a compartir todo lo mio
Tranquila, en el resto te he entendido perfectamente :). Por mi parte también, si me es posible, intentaré ayudar
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Hola a todos!
Soy nueva en el foro y en el mundo de la oposiciones también.Llevo unos meses estudiando pero para otras oposiciones con otro temario diferente.
Mi pregunta o mi duda es : es posible para una persona sin euskera y sin nada de experiencia conseguir una plaza de las 10 sin perfil lingüístico ?
Yo la verdad es que lo veo poco probable para no decir imposible:(
Aunque se trate de un examen perfecto, no se pueden sacar más de 30 puntos : 20 el primer ejercicio y 10 el de informática.Eso es, un examen sin ningún error,cosa casi imposible.
Cómo lo veis vosotros?
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Muchisimas gracias por subir el temario. Suerte a todos¡¡¡¡¡¡¡¡¡
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Hola!!! Me gustaría saber si teniendo las IT-TXARTELAK de WORD 2003 AVANZADO y EXCEL 2003 Básico me valdría?????
o me tengo que sacar las versiones de 2010???
Muchas gracias
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En el temario de ELA en los temas 29,30 y 32...aparece la siguiente nota modificando un par de artículos....pero nosotros tenemos que estudiar la Norma foral tal y como está publicada cuando han sacado las bases, no?
* La Ley 10/2017, de 28 de diciembre, por la que se modifica la Ley 12/2002, de
23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad
Autónoma del País Vasco modificó con efectos 30/12/2017 la regulación relativa a
la exacción del IVA. No obstante, a día de hoy (23/10/2018) está en proceso de
elaboración pero no se ha aprobado la Norma Foral por la que se adaptará la Norma
Foral 7/1994 para adecuarla a la modificación del Concierto.
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Buenas chicos.
Otra más que va a intentarlo en las oposiciones. Una cosita hice todo telemáticamente pero no tuve que pagar nada por el momento, alguno pago o es en el momento de cuando saquen las lista de admitidos?
Ahora a por la IT de word avanzado que es la que falta y a estudiar.
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Buenas chicos.
Otra más que va a intentarlo en las oposiciones. Una cosita hice todo telemáticamente pero no tuve que pagar nada por el momento, alguno pago o es en el momento de cuando saquen las lista de admitidos?
Ahora a por la IT de word avanzado que es la que falta y a estudiar.
no hay que pagar tasas. No está mal que alguna sea gratis, cuando lo deberían ser todas
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Chicos entiendo que teniendo el C1 y las IT txartelas correspondientes no hay que realizar las pruebas dos y tres o me equivoco?
O aun teniendo esas IT txartelas hay que hacer igualmente las pruebas?
Es mi primera vez y no se como va.
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No tienes q hacer los examenes si tienes euskera e IT. Lo pregunté directamente a ellos pq tampoco me quedaba claro
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Eskerrik asko Ruben eta Eneko por el temario!!
Efectivamente si tienes las IT txartela y el euskara no tendrías que presentarte a los correspondientes examenes. Yo también lo tuve que preguntar, les llamé por teléfono y me lo aclararon porque no me quedaba demasiado claro.
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Por si a alguien le interesa ELA ha abierto hoy un nuevo turno para un curso de esta OPE, lo más interesante es que se prepararán los casos prácticos. Es sólo para afiliad@s y el primer turno se llenó en un periquete, por si alguna persona se quedó con ganas de matricularse en el primero... ::)
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He llamado a ELA y ya no hay plazas para la segunda convocatoria tampoco...y eso que se ha abierto hoy el plazo!
Habrá que currarselo en casa ;-)
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He llamado a ELA y ya no hay plazas para la segunda convocatoria tampoco...y eso que se ha abierto hoy el plazo!
Habrá que currarselo en casa ;-)
Vaya! :(
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Hola!
Soy nuevo por aquí, y me acabo de inscribir en las oposiciones para administrativo de la diputación.
No sé, si lo he hecho bien del todo. He escaneado la titulación que pedían y la he enviado, ahora la tengo que entregar también en mano? O con mandarla escaneada es suficiente? Hay que mandar una fotocopia del DNI?
También quería preguntaros, ya sé que aún es pronto, pero dónde aparecerán los listados provisionales, para saber si me han aceptado o no? He leído que aparecen en el tablón de anuncios, pero no lo encuentro, donde está?
Muchas gracias a todos por vuestra ayuda, soy novato en oposiciones y me pierdo un rato. ;D
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Por si a alguien le interesa ELA ha abierto hoy un nuevo turno para un curso de esta OPE, lo más interesante es que se prepararán los casos prácticos. Es sólo para afiliad@s y el primer turno se llenó en un periquete, por si alguna persona se quedó con ganas de matricularse en el primero... ::)
Alguien tiene casos practicos parecidos? ELa ha hecho en algunm omento publicos esos casos practicos?
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Hola a todos!
Soy nueva en el foro y en el mundo de la oposiciones también.Llevo unos meses estudiando pero para otras oposiciones con otro temario diferente.
Mi pregunta o mi duda es : es posible para una persona sin euskera y sin nada de experiencia conseguir una plaza de las 10 sin perfil lingüístico ?
Yo la verdad es que lo veo poco probable para no decir imposible:(
Aunque se trate de un examen perfecto, no se pueden sacar más de 30 puntos : 20 el primer ejercicio y 10 el de informática.Eso es, un examen sin ningún error,cosa casi imposible.
Cómo lo veis vosotros?
Si tienes en cuenta que uno que lleve 10 años trabajando en la administración, sin euskera, saque aunque sea un 5 en el examen teorico, aunque sacase un cero en el practico, tendria mas puntos que tu en el caso de que sacases um 10 en los dos examenes, yo lo veo imposible.
Otra cosa es que quieras estar en bolsa, pero sin euskera, esta complicado que te llamen para estas listas
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Sin Euskera imposible, con Euskera y sin experiencia casi también imposible. Puntua mucho la experiencia.
Ahora una persona que haya obtenido un 5 en el teórico 0 en el práctico, sin informática y con 10 años de experiencia , su puntuación sería
Oposicion 5
Experiencia 11,5
Solo serían 16,5 puntos
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Hola chic@s una duda.
¿El título de euskera (de la escuela de idiomas) hay que acreditarlo o presentarlo en algún momento o lo comprueban ellos automaticamente?
Gracias ;)
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[/quote]
Alguien tiene casos practicos parecidos? ELa ha hecho en algunm omento publicos esos casos practicos?
[/quote]
¿En qué consisten los casos prácticos??, ¿dónde se pueden encontrar casos prácticos de exámenes anteriores?
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Hola a todos!
Soy nueva en el foro y en el mundo de la oposiciones también.Llevo unos meses estudiando pero para otras oposiciones con otro temario diferente.
Mi pregunta o mi duda es : es posible para una persona sin euskera y sin nada de experiencia conseguir una plaza de las 10 sin perfil lingüístico ?
Yo la verdad es que lo veo poco probable para no decir imposible:(
Aunque se trate de un examen perfecto, no se pueden sacar más de 30 puntos : 20 el primer ejercicio y 10 el de informática.Eso es, un examen sin ningún error,cosa casi imposible.
Cómo lo veis vosotros?
Si tienes en cuenta que uno que lleve 10 años trabajando en la administración, sin euskera, saque aunque sea un 5 en el examen teorico, aunque sacase un cero en el practico, tendria mas puntos que tu en el caso de que sacases um 10 en los dos examenes, yo lo veo imposible.
Otra cosa es que quieras estar en bolsa, pero sin euskera, esta complicado que te llamen para estas listas
Gracias por contestarme!
Pero no entiendo: los con experiencia puedan sacar 0 en el supuesto practicó y pasar la oposición?
He vuelto a leer las bases, y tengo entendido que para superar el primer ejercicio tienes que sacar 5 puntos mínimo tanto en el test como en el supuesto práctico.
Más 10 de informática. Es decir, la nota mínima sin euskera y sin experiencia que una persona puede sacar son 20.
Igual me equívoco.
Qué desilusión:(
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Sin Euskera imposible, con Euskera y sin experiencia casi también imposible. Puntua mucho la experiencia.
Ahora una persona que haya obtenido un 5 en el teórico 0 en el práctico, sin informática y con 10 años de experiencia , su puntuación sería
Oposicion 5
Experiencia 11,5
Solo serían 16,5 puntos
Lo que pensaba yo, que sería imposible en mi caso :(.
Pero es imposible que una persona apruebe la oposición sin aprobar las dos partes del primer ejercicio,no? Aunque sea mínimo en cada parte de 5 puntos.
Y si una persona con 10 años de experiencia saca 0 puntos en el supuesto práctico pues...apaga y vámonos.
Cosa que también es poco probable, sacar por lo menos un mínimo em el práctico ya que lleva trabajando años en este oficio.
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Hola tengo una duda con el euskera. Estoy preparando el Pl1, espero tenerlo en breve. Pero no creo llegue a apuntarlo en la solicitud. Entonces supongamos que tengo el pl1 para el examen, entonces solicito ahora que me evaluen del pl2?... perdon lo confusa que es mi duda. Alguien puede responderme? De antemano, muchas gracias.
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muchas gracias por compartir el temario, ahora al lio, a estudiar., sabeis mas o menos cuando seran los examenes?
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Hola tengo una duda con el euskera. Estoy preparando el Pl1, espero tenerlo en breve. Pero no creo llegue a apuntarlo en la solicitud. Entonces supongamos que tengo el pl1 para el examen, entonces solicito ahora que me evaluen del pl2?... perdon lo confusa que es mi duda. Alguien puede responderme? De antemano, muchas gracias.
Kaixo!
Si crees que vas a tenerlo para antes de que hagan examen de euskera pon que acreditas PL 1 y que te examinarás del PL2. Así si apruebas luego el PL2 pues ya lo tienes y si no pues te contarán el PL1 para las plazas no perfiladas. No sé si me explico bien...
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ELA ha organizado los cursos hasta marzo. Por lógica, tendría que ser en marzo o abril
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Sin Euskera imposible, con Euskera y sin experiencia casi también imposible. Puntua mucho la experiencia.
Ahora una persona que haya obtenido un 5 en el teórico 0 en el práctico, sin informática y con 10 años de experiencia , su puntuación sería
Oposicion 5
Experiencia 11,5
Solo serían 16,5 puntos
Lo que pensaba yo, que sería imposible en mi caso :(.
Pero es imposible que una persona apruebe la oposición sin aprobar las dos partes del primer ejercicio,no? Aunque sea mínimo en cada parte de 5 puntos.
Y si una persona con 10 años de experiencia saca 0 puntos en el supuesto práctico pues...apaga y vámonos.
Cosa que también es poco probable, sacar por lo menos un mínimo em el práctico ya que lleva trabajando años en este oficio.
Lo de años trabajando en el oficio...
Bueno, todo depende, pues dentro de las administrativ@s, tienes diferentes curros, y puede que te caiga un supuesto práctico o preguntas del trabajo que tu haces u otro que no tienes ni idea de como funciona, y que realmente lo aprendes estudiando el temario como todos y sobre todo in situ, cuando te llaman para trabajar. Todo esto referente a lo práctico.
No es lo mismo que te caiga un supuesto de una administrativo que curre en los servicios sociales que otro que trabaje en la biblioteca y te pueden caer 3 y no ser ninguno las funciones en las que estas en ese momento
En todo caso, más que a sacarse una plaza directamente, que en concurso es imposible (pero sí en oposición pura y dura), hay que pensar en meter la cabeza, pues las personas que tienen méritos, en su día así lo hicieron. Desde 0 y rodar..
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En este foro se comentó que el examen podría se en mayo.... Pero no lo sé. Igual alguien tiene más información gracias.
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Hola tengo una duda con el euskera. Estoy preparando el Pl1, espero tenerlo en breve. Pero no creo llegue a apuntarlo en la solicitud. Entonces supongamos que tengo el pl1 para el examen, entonces solicito ahora que me evaluen del pl2?... perdon lo confusa que es mi duda. Alguien puede responderme? De antemano, muchas gracias.
Kaixo!
Si crees que vas a tenerlo para antes de que hagan examen de euskera pon que acreditas PL 1 y que te examinarás del PL2. Así si apruebas luego el PL2 pues ya lo tienes y si no pues te contarán el PL1 para las plazas no perfiladas. No sé si me explico bien...
Muchisimas gracias, te has explicado super bien.. Gracias.
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Sin Euskera imposible, con Euskera y sin experiencia casi también imposible. Puntua mucho la experiencia.
Ahora una persona que haya obtenido un 5 en el teórico 0 en el práctico, sin informática y con 10 años de experiencia , su puntuación sería
Oposicion 5
Experiencia 11,5
Solo serían 16,5 puntos
Lo que pensaba yo, que sería imposible en mi caso :(.
Pero es imposible que una persona apruebe la oposición sin aprobar las dos partes del primer ejercicio,no? Aunque sea mínimo en cada parte de 5 puntos.
Y si una persona con 10 años de experiencia saca 0 puntos en el supuesto práctico pues...apaga y vámonos.
Cosa que también es poco probable, sacar por lo menos un mínimo em el práctico ya que lleva trabajando años en este oficio.
Lo de años trabajando en el oficio...
Bueno, todo depende, pues dentro de las administrativ@s, tienes diferentes curros, y puede que te caiga un supuesto práctico o preguntas del trabajo que tu haces u otro que no tienes ni idea de como funciona, y que realmente lo aprendes estudiando el temario como todos y sobre todo in situ, cuando te llaman para trabajar. Todo esto referente a lo práctico.
No es lo mismo que te caiga un supuesto de una administrativo que curre en los servicios sociales que otro que trabaje en la biblioteca y te pueden caer 3 y no ser ninguno las funciones en las que estas en ese momento
En todo caso, más que a sacarse una plaza directamente, que en concurso es imposible (pero sí en oposición pura y dura), hay que pensar en meter la cabeza, pues las personas que tienen méritos, en su día así lo hicieron. Desde 0 y rodar..
Meter la cabeza y dentro de 10 años te pones de objetivo sacar plaza
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Sin Euskera imposible, con Euskera y sin experiencia casi también imposible. Puntua mucho la experiencia.
Ahora una persona que haya obtenido un 5 en el teórico 0 en el práctico, sin informática y con 10 años de experiencia , su puntuación sería
Oposicion 5
Experiencia 11,5
Solo serían 16,5 puntos
Lo que pensaba yo, que sería imposible en mi caso :(.
Pero es imposible que una persona apruebe la oposición sin aprobar las dos partes del primer ejercicio,no? Aunque sea mínimo en cada parte de 5 puntos.
Y si una persona con 10 años de experiencia saca 0 puntos en el supuesto práctico pues...apaga y vámonos.
Cosa que también es poco probable, sacar por lo menos un mínimo em el práctico ya que lleva trabajando años en este oficio.
Lo de años trabajando en el oficio...
Bueno, todo depende, pues dentro de las administrativ@s, tienes diferentes curros, y puede que te caiga un supuesto práctico o preguntas del trabajo que tu haces u otro que no tienes ni idea de como funciona, y que realmente lo aprendes estudiando el temario como todos y sobre todo in situ, cuando te llaman para trabajar. Todo esto referente a lo práctico.
No es lo mismo que te caiga un supuesto de una administrativo que curre en los servicios sociales que otro que trabaje en la biblioteca y te pueden caer 3 y no ser ninguno las funciones en las que estas en ese momento
En todo caso, más que a sacarse una plaza directamente, que en concurso es imposible (pero sí en oposición pura y dura), hay que pensar en meter la cabeza, pues las personas que tienen méritos, en su día así lo hicieron. Desde 0 y rodar..
Meter la cabeza y dentro de 10 años te pones de objetivo sacar plaza
Esta muy difícil , porque puntúa mucho la experiencia en proporción a los exámenes . Pero esa ecuación no vale, la de alguien que saca un 5 y un 0, ya que para seguir adelante en el proceso, hay que aprobar los dos exámenes, de modo que al que no lo haga, no se le computan los puntos de la fase de concurso.
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Buenas gente! Soy nuevo también en oposiciones, me he animado con estas de la Dipu. Tengo unas cuantas dudas, a ver si los veteranos me la podéis responder:
En cuanto al Euskera, yo no tengo ningún título acreditado ( He estado viviendo en el Extranjero bastantes años), pero en su día estudie en Ikastola, incluido el Bachiller. Eso no convalida de ninguna manera no? En ese caso me tendría que apuntar a un Euskaltegi y hacer el Examen de Habe del PL2 o me podría examinar en la misma Opo y obtener esos puntos?
En cuanto a los puntos de experiencia, yo obviamente voy con 0, tendría la posibilidad de entrar en Bolsa de Trabajo? (sacar plaza sin experiencia lo descarto obviamente). La gente que en su día empezó así, cuanto tiempo tardaron en llamaros para trabajar? Si podéis contarme vuestras experiencias me animaría mucho, ya que tengo ya 30 años y no se si me estoy metiendo en un camino sin salida o todo lo contrario jejej.
Y una ultima pregunta, las academias las consideráis una gran ayuda? estoy pensando en invertir en 1 pero tengo mis dudas.
Gracias chic@s!
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Sin Euskera imposible, con Euskera y sin experiencia casi también imposible. Puntua mucho la experiencia.
Ahora una persona que haya obtenido un 5 en el teórico 0 en el práctico, sin informática y con 10 años de experiencia , su puntuación sería
Oposicion 5
Experiencia 11,5
Solo serían 16,5 puntos
Lo que pensaba yo, que sería imposible en mi caso :(.
Pero es imposible que una persona apruebe la oposición sin aprobar las dos partes del primer ejercicio,no? Aunque sea mínimo en cada parte de 5 puntos.
Y si una persona con 10 años de experiencia saca 0 puntos en el supuesto práctico pues...apaga y vámonos.
Cosa que también es poco probable, sacar por lo menos un mínimo em el práctico ya que lleva trabajando años en este oficio.
Lo de años trabajando en el oficio...
Bueno, todo depende, pues dentro de las administrativ@s, tienes diferentes curros, y puede que te caiga un supuesto práctico o preguntas del trabajo que tu haces u otro que no tienes ni idea de como funciona, y que realmente lo aprendes estudiando el temario como todos y sobre todo in situ, cuando te llaman para trabajar. Todo esto referente a lo práctico.
No es lo mismo que te caiga un supuesto de una administrativo que curre en los servicios sociales que otro que trabaje en la biblioteca y te pueden caer 3 y no ser ninguno las funciones en las que estas en ese momento
En todo caso, más que a sacarse una plaza directamente, que en concurso es imposible (pero sí en oposición pura y dura), hay que pensar en meter la cabeza, pues las personas que tienen méritos, en su día así lo hicieron. Desde 0 y rodar..
Meter la cabeza y dentro de 10 años te pones de objetivo sacar plaza
Esta muy difícil , porque puntúa mucho la experiencia en proporción a los exámenes . Pero esa ecuación no vale, la de alguien que saca un 5 y un 0, ya que para seguir adelante en el proceso, hay que aprobar los dos exámenes, de modo que al que no lo haga, no se le computan los puntos de la fase de concurso.
Para quedar en bolsa es suficiente con aprobar el teorico
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Buenas gente! Soy nuevo también en oposiciones, me he animado con estas de la Dipu. Tengo unas cuantas dudas, a ver si los veteranos me la podéis responder:
En cuanto al Euskera, yo no tengo ningún título acreditado ( He estado viviendo en el Extranjero bastantes años), pero en su día estudie en Ikastola, incluido el Bachiller. Eso no convalida de ninguna manera no? En ese caso me tendría que apuntar a un Euskaltegi y hacer el Examen de Habe del PL2 o me podría examinar en la misma Opo y obtener esos puntos?
En cuanto a los puntos de experiencia, yo obviamente voy con 0, tendría la posibilidad de entrar en Bolsa de Trabajo? (sacar plaza sin experiencia lo descarto obviamente). La gente que en su día empezó así, cuanto tiempo tardaron en llamaros para trabajar? Si podéis contarme vuestras experiencias me animaría mucho, ya que tengo ya 30 años y no se si me estoy metiendo en un camino sin salida o todo lo contrario jejej.
Y una ultima pregunta, las academias las consideráis una gran ayuda? estoy pensando en invertir en 1 pero tengo mis dudas.
Gracias chic@s!
Lo que comentas del euskera, podrias hacer eso que dices, apuntarte al euskaltegi para hacer el pl2 en la proxima convocatoria, pero seria en junio del 2019 y la oposición sera probablemente antes, asi que no te lo sacarias antes de la ope. Otra opcion es apuntarte en la propia ope, pero en cualquier caso, no podrias sacarte ya por tiempo el pl2 antes de la oposición.
En cuanto a lo de la academia, es muy particular, pero esta oposición es mas dura que otras y van al detalle. Tendrias que valorar varios factores y decidir
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Buenas gente! Soy nuevo también en oposiciones, me he animado con estas de la Dipu. Tengo unas cuantas dudas, a ver si los veteranos me la podéis responder:
En cuanto al Euskera, yo no tengo ningún título acreditado ( He estado viviendo en el Extranjero bastantes años), pero en su día estudie en Ikastola, incluido el Bachiller. Eso no convalida de ninguna manera no? En ese caso me tendría que apuntar a un Euskaltegi y hacer el Examen de Habe del PL2 o me podría examinar en la misma Opo y obtener esos puntos?
En cuanto a los puntos de experiencia, yo obviamente voy con 0, tendría la posibilidad de entrar en Bolsa de Trabajo? (sacar plaza sin experiencia lo descarto obviamente). La gente que en su día empezó así, cuanto tiempo tardaron en llamaros para trabajar? Si podéis contarme vuestras experiencias me animaría mucho, ya que tengo ya 30 años y no se si me estoy metiendo en un camino sin salida o todo lo contrario jejej.
Y una ultima pregunta, las academias las consideráis una gran ayuda? estoy pensando en invertir en 1 pero tengo mis dudas.
Gracias chic@s!
Tienes opción de examinarte del PL2 en la propia OPE si lo solicitas en la inscripción, así que yo me pondría cuanto antes con eso para prepararlo bien por tu cuenta o bien por euskaltegi (2ª opción bastante recomendable). Así por lo menos tendrás opción de examinarte del perfil gratis en el caso de que apruebes los examenes teorico y práctico! :) Para hacer el examen de HABE en primera convocatoria (mayo- junio) sí que tienes que estar matriculado en euskaltegi sí o sí porque es la convocatoria cerrada y según cuánto se alarguen las fechas es posible que no entrara para este proceso. Así que de momento aprovecha e intenta hacer el del IVAP,
Sobre academias ni idea...pero cuidado en cuál confiais el dinero porque no todas son de fiar.
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Entiendo entonces que si apruebo el examen de Euskera de la propia oposición ( en caso de aprobar teórico y practico), esos puntos me contarían para esta misma oposición??
Gracias
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Entiendo entonces que si apruebo el examen de Euskera de la propia oposición ( en caso de aprobar teórico y practico), esos puntos me contarían para esta misma oposición??
Gracias
Sí sí. Si te sacas el perfil en el mismo proceso éste te puntuaría para las plazas no perfiladas y te serviría para acreditar el perfil en las plazas perfiladas con PL2. Para este y para cualquier otro posterior.
En algunos procesos se especifica que en el caso de hacer prueba de euskara sólo se valorará para el proceso en cuestión. Pero este de Diputación no es el caso.
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Chicos leyendo el como va ser el examen: pone apartado a 75 preguntas más de reserva y luego apartado b De carácter práctico que consistirá en resolver uno o varios supuestos elegidos al azar de entre los propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del ejercicio, relacionados con las partes II y III del temario Anexo II y durante un plazo de noventa minutos (90). Las respuestas se realizaran en un cuestionario de preguntas alternativas. La respuesta correcta valdrá un (1) punto y la incorrecta (-0,20) puntos.
También entendéis que serán preguntas tipo test? Esque no lo comprendo muy bien.
Gracias por la ayuda.
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Chicos leyendo el como va ser el examen: pone apartado a 75 preguntas más de reserva y luego apartado b De carácter práctico que consistirá en resolver uno o varios supuestos elegidos al azar de entre los propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del ejercicio, relacionados con las partes II y III del temario Anexo II y durante un plazo de noventa minutos (90). Las respuestas se realizaran en un cuestionario de preguntas alternativas. La respuesta correcta valdrá un (1) punto y la incorrecta (-0,20) puntos.
También entendéis que serán preguntas tipo test? Esque no lo comprendo muy bien.
Gracias por la ayuda.
SÍ
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En el temario de ELA en los temas 29,30 y 32...aparece la siguiente nota modificando un par de artículos....pero nosotros tenemos que estudiar la Norma foral tal y como está publicada cuando han sacado las bases, no?
* La Ley 10/2017, de 28 de diciembre, por la que se modifica la Ley 12/2002, de
23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad
Autónoma del País Vasco modificó con efectos 30/12/2017 la regulación relativa a
la exacción del IVA. No obstante, a día de hoy (23/10/2018) está en proceso de
elaboración pero no se ha aprobado la Norma Foral por la que se adaptará la Norma
Foral 7/1994 para adecuarla a la modificación del Concierto.
Digo yo que si, no? Habria que estudiar lo que está en rojo, no?
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¿Alguien sabe cómo son los casos prácticos? la segunda prueba en la OPE. Hay material sobre casos prácticos que hayan puesto con anterioridad, en alguna otra OPE??
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Entrando en el apartado de convocatorias finalizadas se pueden ver las anteriores convocatorias a administrativo y ahí están los exámenes que entraron, tanto la parte teórica de test como la parte práctica de test.
http://www.bizkaia.eus/herri_administrazioa/ope/oferta_publica.asp?Tem_Codigo=152&idioma=CA&dpto_biz=7&codpath_biz=7%7C152
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En el temario de ELA en los temas 29,30 y 32...aparece la siguiente nota modificando un par de artículos....pero nosotros tenemos que estudiar la Norma foral tal y como está publicada cuando han sacado las bases, no?
* La Ley 10/2017, de 28 de diciembre, por la que se modifica la Ley 12/2002, de
23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad
Autónoma del País Vasco modificó con efectos 30/12/2017 la regulación relativa a
la exacción del IVA. No obstante, a día de hoy (23/10/2018) está en proceso de
elaboración pero no se ha aprobado la Norma Foral por la que se adaptará la Norma
Foral 7/1994 para adecuarla a la modificación del Concierto.
Digo yo que si, no? Habria que estudiar lo que está en rojo, no?
Supuestamente en las oposiciones, cuando hay una ley que va a entrar en vigor pero aún no se ha aprobado (publicado en el BOE) entra la ley q este en vigor en el momento de la convocatoria. Pero no sé...ahí dice q aún no ha sido aprobada.
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Hola!
Soy nuevo por aquí, y me acabo de inscribir en las oposiciones para administrativo de la diputación.
No sé, si lo he hecho bien del todo. He escaneado la titulación que pedían y la he enviado, ahora la tengo que entregar también en mano? O con mandarla escaneada es suficiente? Hay que mandar una fotocopia del DNI?
También quería preguntaros, ya sé que aún es pronto, pero dónde aparecerán los listados provisionales, para saber si me han aceptado o no? He leído que aparecen en el tablón de anuncios, pero no lo encuentro, donde está?
Muchas gracias a todos por vuestra ayuda, soy novato en oposiciones y me pierdo un rato. ;D X favorrrrrrrrrrrrr, contestadmeee
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Esta OPE esta pensada para que una persona que lleve trabajando 10 años en la diputación y con euskera e informatica no pueda superarle ninguna persona nueva.
Le bastaría con un aprobado justo para superar a uno nuevo con un 10 en los dos examenes
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Lo lógico es que se piense en un examen fácil para garantizar el aprobado de esas personas
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Lo lógico es que se piense en un examen fácil para garantizar el aprobado de esas personas
Yo creo que basandonos en el tiempo de duración del examen y el número de preguntas que dicen que son, van a ser enunciados largoa y peliagudos.
Lo que comentas tiene su logica, pero no creo que sea para nada una oposición facil, mas bien todo lo contrario.
De hecho los interinos llevan meses en academias preparandoselo y se lo estan currando porque tienen que asegurarse el aprobado...
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Lo lógico es que se piense en un examen fácil para garantizar el aprobado de esas personas
Yo creo que la "facilidad" esta en q han reducido bastante el temario si lo comparas con la convocatoria anterior. Eso y que esta muy acotado lo que entra y perfectamente indicado. Ahora el examen y teniendo en cuenta la cantidad de gente q va a presentarse no creo q sea tan fácil.
Para un 5, q es para estas personas que tienen puntuación sí, pero no para puntuar más.
Las plazas están "asignadas". Me refiero que los que no tengamos puntos en la Administración necesitaríamos q se alineen los planetas para optar a un plaza por muy brillante q sea el examen q hagas y tampoco creo q quieran a 10.000 personas en listas.
Pero esta es mi opinión jejeje
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Planteo otra pregunta, en el listado de normativa viene la Norma Foral General Presupuestaria del Territorio Histórico de Bizkaia, sin embargo no hay mención expresa en el temario de la convocatoria. ¿Alguien sabe si entra por alguno de los temas en concreto o de qué forma?
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Planteo otra pregunta, en el listado de normativa viene la Norma Foral General Presupuestaria del Territorio Histórico de Bizkaia, sin embargo no hay mención expresa en el temario de la convocatoria. ¿Alguien sabe si entra por alguno de los temas en concreto o de qué forma?
Según los apuntes de ElA PRINCIPIOS GENERALES , NORMAS TRIBUTARIAS , LOS TRIBUTOS DISPOSICONES GENERALES
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¿ Sabeis cuanta gente se apuntó en la anterior ope ?
Si en Osakidetza para administrativos eran 12000, podrían ser unos 7000-8000?
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Arratsalde on
Antes de nada por supuesto eskerrik asko a Eneko y a Rubén por el temario y por la ayuda. Para alguien como yo recién aterrizado aquí, supone un favor inmenso. Dice mucho del tipo de persona que sois.
Dicho esto, puede comentar alguien como son los tiempos en estas opes?? Me explico.. en Osakidetza pasan unos cuatro años desde que haces el examen hasta que son vigentes las listas de resultados. En estas cuánto suelen tardar???
Eskerrik asko
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Arratsalde on
Antes de nada por supuesto eskerrik asko a Eneko y a Rubén por el temario y por la ayuda. Para alguien como yo recién aterrizado aquí, supone un favor inmenso. Dice mucho del tipo de persona que sois.
Dicho esto, puede comentar alguien como son los tiempos en estas opes?? Me explico.. en Osakidetza pasan unos cuatro años desde que haces el examen hasta que son vigentes las listas de resultados. En estas cuánto suelen tardar???
Eskerrik asko
En estas es agil, unos meses
Lo de Osakidetza solo ocurre en Osakidetza
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Planteo otra pregunta, en el listado de normativa viene la Norma Foral General Presupuestaria del Territorio Histórico de Bizkaia, sin embargo no hay mención expresa en el temario de la convocatoria. ¿Alguien sabe si entra por alguno de los temas en concreto o de qué forma?
Según los apuntes de ElA PRINCIPIOS GENERALES , NORMAS TRIBUTARIAS , LOS TRIBUTOS DISPOSICONES GENERALES
Eso es de la Norma Foral General Tributaria. Yo hago mención a:
Decreto Foral Normativo 5/2013, de 3 de diciembre por el que se aprueba el texto refundido de la Norma Foral 5/2006, de 29 de diciembre, General
Presupuestaria del Territorio Histórico de Bizkaia. http://www.jjggbizkaia.net/fitxategiak/JJGG/Normativa/B2%202014.pdf
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Buenas!
Sabéis si es necesario el carnet de conducir para presentarse a las oposiciones de administrativo? Es una nueva condición?
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Buenos días:
He llamado a ELA Gipuzkoa y aquí al parecer no habrá cursos (Me lo imaginaba pero por preguntar nada perdía)
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Hola chic@s una duda.
¿El título de euskera (de la escuela de idiomas) hay que acreditarlo o presentarlo en algún momento o lo comprueban ellos automaticamente?
Gracias ;)
Hay que adjuntarlo en la solicitud. He consultado y como es una equivalencia hay que presentarlo ahora.
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yo acabo de llamar y me han dicho que no hay que presentar nada ni de it ni de perfil, que lo comprueban ellos automáticamente....
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yo acabo de llamar y me han dicho que no hay que presentar nada ni de it ni de perfil, que lo comprueban ellos automáticamente....
No sé...yo lo he preguntado por mail y eso es lo que me han contestado con referencia a la escuela de idiomas...
Y
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Yo les había preguntado a ver si adjuntando el titulo de la licenciatura era suficiente y me acaban de responder por escrito que no, que hay que adjuntar el titulo de bachiller. Me he quedado flipando la verdad.....
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Yo les había preguntado a ver si adjuntando el titulo de la licenciatura era suficiente y me acaban de responder por escrito que no, que hay que adjuntar el titulo de bachiller. Me he quedado flipando la verdad.....
Hola,
Acabo de llamar y me han dicho que si tienes una titulación superior al título exigido que es el de bachiller también sirve. Me lo acaban de confirmar por teléfono.
Un saludo a tod@s!!!
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Hola.
Si alguien ha hecho la solicitud esta semana, igual nos puede decir qué numero de solicitud va ya de forma aproximada, para estimar un poco el volumen de esta ope.
Yo, aunque hasta hoy he ido completando la información, tengo la solicitud creada desde los primeros días con el numero asignado en aquel momento.
Gracias!
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Chicos viendo examenes pasados, creo que nos va tocar un apartado rollo test osea cosas del temario. y Me da que el otro apartado siento que va ser como que nos pondran un texto como un caso practico y de ahi respodner preguntas he estado mirando examenes http://www.bizkaia.eus/Herri_Administrazioa/ope/convocatoria.asp?Idioma=CA&id=1396&tipo=fin que estos son en concurso creo para gente interna pero siento que nuestra parte b del ejercicio sera asi lo cual me deja mas desmotivada. Rollo que nuestra parte B del tema examen primero sera asi creo yo. http://www.bizkaia.eus/dokumentuak/07/ope/pdf/examen%20adm%20cast-08052014100555.pdf?hash=625021423a78f63491bead8e396527b8
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Egun on,
eskerrik ako por el temario !
Por otro lado, acabo de hacer la solicitud y mi número es el 4516 !! jajajaj sí que vamos a necesitar suerte !
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Y aún hasta el 14 de diciembre que se cierra la inscripción... ciento y la madre más
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Si para osaki en estas categorias se inscribieron cerca de 13.000 personas y había unas tasas que abonar por derecho a examen, en estas, también muy mediáticas y sin tasas, pues eso... Yo apostaría porque supera la cifra de Osaki. Pero bueno, mejor no pensar en eso. La batalla es con uno mismo y su fuerza de voluntad para chapar...
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Buenas,
¿Alguien me sabria decir si hay que adjuntar a la solicitud el titulo de euskera ( de Habe) y las it txartelas?
Muchas gracias!!
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Yo he llamado para ver que habia que mandar y me han dicho que con el titulo era suficiente. Me han dicho que el titulo de euskera lo miran ellos asi que me imagino que con las it txartelas igual. Asi todo, yo he mandado todo por si acaso.
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Buenas,
¿Alguien me sabria decir si hay que adjuntar a la solicitud el titulo de euskera ( de Habe) y las it txartelas?
Muchas gracias!!
[/quote
No, lo comprueban ellos.
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Hola! Me parece que se ha preguntado ya en alguna ocasión, pero no termino de encontrarlo. ¿Alguien podría decirme el salario de un Administrativo en la Diputación de Bizkaia? Es que ando un poco perdida. Muchas gracias
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Hola! Me parece que se ha preguntado ya en alguna ocasión, pero no termino de encontrarlo. ¿Alguien podría decirme el salario de un Administrativo en la Diputación de Bizkaia? Es que ando un poco perdida. Muchas gracias
Depende de los porcentajes de retención de cada cual, pero aproximadamente 2.200€
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Hola! Me parece que se ha preguntado ya en alguna ocasión, pero no termino de encontrarlo. ¿Alguien podría decirme el salario de un Administrativo en la Diputación de Bizkaia? Es que ando un poco perdida. Muchas gracias
Depende de los porcentajes de retención de cada cual, pero aproximadamente 2.200€
Brutos o netos? :D
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Hola! Me parece que se ha preguntado ya en alguna ocasión, pero no termino de encontrarlo. ¿Alguien podría decirme el salario de un Administrativo en la Diputación de Bizkaia? Es que ando un poco perdida. Muchas gracias
Depende de los porcentajes de retención de cada cual, pero aproximadamente 2.200€
Brutos o netos? :D
Netos , sin trienios, aproximadamente 2.000-2.100
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Hola!!!
Alguien sabe cuándo será el examen...
Gracias.
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Hola!!!
Alguien sabe cuándo será el examen...
Gracias.
25 de mayo
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Hola!!!
Alguien sabe cuándo será el examen...
Gracias.
25 de mayo
de donde has sacado esa fecha? no es oficial, no?
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Hola!!!
Alguien sabe cuándo será el examen...
Gracias.
25 de mayo
de donde has sacado esa fecha? no es oficial, no?
no, pero han reservado el bec para ese día ;)
mucha suerte a todos
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Y dónde has visto que está reservado para ese día? En la web no lo encuentro....
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Por lo que yo he visto ese día en el BEC no hay nada....
El sábado 25 libre, pero el 18 de mayo sábado también jajaja
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Por lo que yo he visto ese día en el BEC no hay nada....
El sábado 25 libre, pero el 18 de mayo sábado también jajaja
Pero donde lo estais mirando? En la web del bec?
Entiendo que el bec no lo puede publicar si la diputacion no lo ha hecho publico antes.
Yo tambien he oido que han reservado el bec para el 25 de mayo desde hace un par de semanas o algo mas
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Buenos días a todos. Mirando el temario de ELA me he dado cuenta que en el tema 6 referente a los estatutos de autonomía, han metido desde el artículo 137 al 158, cuanto en el temario viene limitado del 147 al 151. Entiendo que los de ELA se han colado y han metido más de lo que piden, no?
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Buenos días a todos. Mirando el temario de ELA me he dado cuenta que en el tema 6 referente a los estatutos de autonomía, han metido desde el artículo 137 al 158, cuanto en el temario viene limitado del 147 al 151. Entiendo que los de ELA se han colado y han metido más de lo que piden, no?
pues si, hay que tener cuidado con los temarios y revisar bien lo que se pide. lo mismo puede faltar que sobrar :-)
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Buenas gente! Soy nuevo también en oposiciones, me he animado con estas de la Dipu. Tengo unas cuantas dudas, a ver si los veteranos me la podéis responder:
En cuanto al Euskera, yo no tengo ningún título acreditado ( He estado viviendo en el Extranjero bastantes años), pero en su día estudie en Ikastola, incluido el Bachiller. Eso no convalida de ninguna manera no? En ese caso me tendría que apuntar a un Euskaltegi y hacer el Examen de Habe del PL2 o me podría examinar en la misma Opo y obtener esos puntos?
En cuanto a los puntos de experiencia, yo obviamente voy con 0, tendría la posibilidad de entrar en Bolsa de Trabajo? (sacar plaza sin experiencia lo descarto obviamente). La gente que en su día empezó así, cuanto tiempo tardaron en llamaros para trabajar? Si podéis contarme vuestras experiencias me animaría mucho, ya que tengo ya 30 años y no se si me estoy metiendo en un camino sin salida o todo lo contrario jejej.
Y una ultima pregunta, las academias las consideráis una gran ayuda? estoy pensando en invertir en 1 pero tengo mis dudas.
Gracias chic@s!
Hola!
Lo de convalidar el Euskera, deberías mirarlo en el Gobierno Vasco. Antiguamente, habiendo estudiado Bachiller en ikastola, te convalidaban el EGA. Ahora, ya no. Pero creo que el PL2 SÍ que te lo convalidan. El EGA lo dejan para convalidar a los que han hecho toda la carrera en euskera. Pero no sé exactamente dónde hay que solicitarlo. Por eso, te recomiendo que te informes en el GV.....
Un saludo y suerte!
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Yo pedí mi título de b2 en el Instituto donde hice el bachiller y listo, me lo dieron en el momento. Claro que tienes opciones de entrar en la bolsa de trabajo, sobre tiempos ni idea pero ánimo!
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Si acabaste tus estudios despues del 2008 tienes exencion de B1 con DBH, B2 con bachiller y C1 con grado siempre que mas del 50% de esos estudios fueran en euskera. Solicitalo en el centro donde acabastes dichos estudios
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Entrando en el apartado de convocatorias finalizadas se pueden ver las anteriores convocatorias a administrativo y ahí están los exámenes que entraron, tanto la parte teórica de test como la parte práctica de test.
http://www.bizkaia.eus/herri_administrazioa/ope/oferta_publica.asp?Tem_Codigo=152&idioma=CA&dpto_biz=7&codpath_biz=7%7C152
Eskerrik asko por informarme Beldar
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Buenos días
Alguien sabe donde comprar los libros para la operación de administrativo de la dfb???? Los he visto en la casa del libro (3 volúmenes 2 de teoría y uno de ejercicios pero no se di son esos
Gracias
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Hola a tod@s!
Yo me saqué el Acceso a la Universidad para mayores de 25 años, y tenía dudas sobre si era suficiente para convalidar con los requisitos que piden. Así que me he pasado por la biblioteca de Diputación, y me han dado una hoja donde vienen las convalidaciones (que mejor las hubieran puesto directamente en las bases, digo yo....). El caso, que por si alguien está en la misma situación, os dejo la info:
"Las personas que acrediten la superación de las pruebas de acceso a la universidad previstas para las personas mayores de 25
años, deberá ir acompañado de:- Graduado escolar ó
- Equivalencia a efectos profesionales del graduado escolar ó
- Haber superado al menos 15 créditos de los estudios universitarios
" [/list]
Me flipa un poco que equiparen 15 créditos universitarios al graduado escolar, pero bueno.... es lo que hay! :-X
Y antes de que se me olvide, gracias a Enekol y a Ruben! ;)
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Buenos días
Alguien sabe donde comprar los libros para la operación de administrativo de la dfb???? Los he visto en la casa del libro (3 volúmenes 2 de teoría y uno de ejercicios pero no se di son esos
Gracias
En este hilo más atrás, tienes publicado el temario de ELA, me consta que LAB los vende a 10€/15€ según estés afiliado o no y las editoriales CEP y MAD estan o han preparado ya libros con temario y tests o simulacros de exámen, busca por: Administrativos/as Diputación Bizkaia. Fíjate que esté actualizada la edicion a 2018.
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Entrando en el apartado de convocatorias finalizadas se pueden ver las anteriores convocatorias a administrativo y ahí están los exámenes que entraron, tanto la parte teórica de test como la parte práctica de test.
http://www.bizkaia.eus/herri_administrazioa/ope/oferta_publica.asp?Tem_Codigo=152&idioma=CA&dpto_biz=7&codpath_biz=7%7C152
Eskerrik asko por informarme Beldar
eskerrik asko. eta soluzioak?
Por cierto, badaude azkenengo bi deialdiko azterketak (bai tesa, bai praktikoa) baina aurrekoak ez daude eskegita.
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Entrando en el apartado de convocatorias finalizadas se pueden ver las anteriores convocatorias a administrativo y ahí están los exámenes que entraron, tanto la parte teórica de test como la parte práctica de test.
http://www.bizkaia.eus/herri_administrazioa/ope/oferta_publica.asp?Tem_Codigo=152&idioma=CA&dpto_biz=7&codpath_biz=7%7C152
Eskerrik asko por informarme Beldar
eskerrik asko. eta soluzioak?
Por cierto, badaude azkenengo bi deialdiko azterketak (bai tesa, bai praktikoa) baina aurrekoak ez daude eskegita.
Soluzioak ere eskegita daude. Azkeneko deialdian "Plantilla corrección 1er ejercicio" eta "Plantilla correción 2 ejercicio" izenekin eta aurrekoan "plantilla 1er examen" eta "plantilla 2 examen" izenekin.
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Buenos días a todos. Mirando el temario de ELA me he dado cuenta que en el tema 6 referente a los estatutos de autonomía, han metido desde el artículo 137 al 158, cuanto en el temario viene limitado del 147 al 151. Entiendo que los de ELA se han colado y han metido más de lo que piden, no?
pues si, hay que tener cuidado con los temarios y revisar bien lo que se pide. lo mismo puede faltar que sobrar :-)
Mas adelantado en el temario, el tema veintitantos no me acuerdo ahora cual, habla del los articulos 137-142. Así que aunque no este en ese tema está en otro.
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Buenas gente! Soy nuevo también en oposiciones, me he animado con estas de la Dipu. Tengo unas cuantas dudas, a ver si los veteranos me la podéis responder:
En cuanto al Euskera, yo no tengo ningún título acreditado ( He estado viviendo en el Extranjero bastantes años), pero en su día estudie en Ikastola, incluido el Bachiller. Eso no convalida de ninguna manera no? En ese caso me tendría que apuntar a un Euskaltegi y hacer el Examen de Habe del PL2 o me podría examinar en la misma Opo y obtener esos puntos?
En cuanto a los puntos de experiencia, yo obviamente voy con 0, tendría la posibilidad de entrar en Bolsa de Trabajo? (sacar plaza sin experiencia lo descarto obviamente). La gente que en su día empezó así, cuanto tiempo tardaron en llamaros para trabajar? Si podéis contarme vuestras experiencias me animaría mucho, ya que tengo ya 30 años y no se si me estoy metiendo en un camino sin salida o todo lo contrario jejej.
Y una ultima pregunta, las academias las consideráis una gran ayuda? estoy pensando en invertir en 1 pero tengo mis dudas.
Gracias chic@s!
Hola!
Lo de convalidar el Euskera, deberías mirarlo en el Gobierno Vasco. Antiguamente, habiendo estudiado Bachiller en ikastola, te convalidaban el EGA. Ahora, ya no. Pero creo que el PL2 SÍ que te lo convalidan. El EGA lo dejan para convalidar a los que han hecho toda la carrera en euskera. Pero no sé exactamente dónde hay que solicitarlo. Por eso, te recomiendo que te informes en el GV.....
Un saludo y suerte!
Por lo que a mi me han comentado si te convalida pero no te puntua, quiero decir que no te hacen examinarte porque estarías exento pero en el caso de sumar puntos por el titulo no se te sumarían porque es una convalidación y no un titulo como tal.
Eso me dijeron a mi... que pregunte y encima yo por haber terminado en 2007 no me cuenta porque es a partir de 2008, yupi...
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buenos días:
mi nivel de euskera es mínimo. hasta junio estudiare lo posible pero veo inviable aprobar ni el pl1 y menos aun el pl2. en la instancia he seleccionado el examen pl1 pero en los requisitos del puesto exigen pl2. ¿me serviría de algo aprobar el pl1 el dia del examen? ¿vosotros que examen eligiriais en la instancia?? Algunos me dicen que de perdidos, al rio y que ponga pl2 que es lo que exigen.
saludos
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Si puedes ponte a tope con el euskera y marca el pl2. Va a ser complicado, pero son unos meses, y merece la pena un montón. Si vas a Euskaltegi l te puedes apuntar al habe y probar tb con los pl pero estos final es decisión tuya y depende de como t veas y el tiempo a tengas para dedicarle... Porque los exámenes de euskera tb tienen mucho punto de aprender a hacerlos. Suerte!!!!
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Entrando en el apartado de convocatorias finalizadas se pueden ver las anteriores convocatorias a administrativo y ahí están los exámenes que entraron, tanto la parte teórica de test como la parte práctica de test.
http://www.bizkaia.eus/herri_administrazioa/ope/oferta_publica.asp?Tem_Codigo=152&idioma=CA&dpto_biz=7&codpath_biz=7%7C152
Eskerrik asko por informarme Beldar
eskerrik asko. eta soluzioak?
Por cierto, badaude azkenengo bi deialdiko azterketak (bai tesa, bai praktikoa) baina aurrekoak ez daude eskegita.
Soluzioak ere eskegita daude. Azkeneko deialdian "Plantilla corrección 1er ejercicio" eta "Plantilla correción 2 ejercicio" izenekin eta aurrekoan "plantilla 1er examen" eta "plantilla 2 examen" izenekin.
Oh, eskerrik asko! Ez dut jakin benetazkoak zirela, pensatu nuen holako " modelo" bat zela Edo.
Pena da aurreko deaildien azterketak ex izatea, bakarrik daude azken bi deialdiak.
Hala te guztiz be, eskerrik asko!
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buenos días:
mi nivel de euskera es mínimo. hasta junio estudiare lo posible pero veo inviable aprobar ni el pl1 y menos aun el pl2. en la instancia he seleccionado el examen pl1 pero en los requisitos del puesto exigen pl2. ¿me serviría de algo aprobar el pl1 el dia del examen? ¿vosotros que examen eligiriais en la instancia?? Algunos me dicen que de perdidos, al rio y que ponga pl2 que es lo que exigen.
saludos
Depende mucho del tiempo que tengas. Sacar el pl1 y llegar al nivel de pl2 en 6 meses, ademas de preparar una oposición como esta, te requeriria dedicacion absoluta. Tu eres el unico que puedes valorarlo, pero tambien puedes acabar muy quemado.
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Buenas gente! Soy nuevo también en oposiciones, me he animado con estas de la Dipu. Tengo unas cuantas dudas, a ver si los veteranos me la podéis responder:
En cuanto al Euskera, yo no tengo ningún título acreditado ( He estado viviendo en el Extranjero bastantes años), pero en su día estudie en Ikastola, incluido el Bachiller. Eso no convalida de ninguna manera no? En ese caso me tendría que apuntar a un Euskaltegi y hacer el Examen de Habe del PL2 o me podría examinar en la misma Opo y obtener esos puntos?
En cuanto a los puntos de experiencia, yo obviamente voy con 0, tendría la posibilidad de entrar en Bolsa de Trabajo? (sacar plaza sin experiencia lo descarto obviamente). La gente que en su día empezó así, cuanto tiempo tardaron en llamaros para trabajar? Si podéis contarme vuestras experiencias me animaría mucho, ya que tengo ya 30 años y no se si me estoy metiendo en un camino sin salida o todo lo contrario jejej.
Y una ultima pregunta, las academias las consideráis una gran ayuda? estoy pensando en invertir en 1 pero tengo mis dudas.
Gracias chic@s!
Hola!
Lo de convalidar el Euskera, deberías mirarlo en el Gobierno Vasco. Antiguamente, habiendo estudiado Bachiller en ikastola, te convalidaban el EGA. Ahora, ya no. Pero creo que el PL2 SÍ que te lo convalidan. El EGA lo dejan para convalidar a los que han hecho toda la carrera en euskera. Pero no sé exactamente dónde hay que solicitarlo. Por eso, te recomiendo que te informes en el GV.....
Un saludo y suerte!
Por lo que a mi me han comentado si te convalida pero no te puntua, quiero decir que no te hacen examinarte porque estarías exento pero en el caso de sumar puntos por el titulo no se te sumarían porque es una convalidación y no un titulo como tal.
Eso me dijeron a mi... que pregunte y encima yo por haber terminado en 2007 no me cuenta porque es a partir de 2008, yupi...
Yo tengo el Euskera por el Bachiller y siempre me han sumado los puntos. :o
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Hola.
Me queda una duda respecto a la experiencia.
Yo llevo trabajando unos 10 años en Osakidetza como auxiliar administrativo. Puntua esa experiencia para la administracion de la diputacion de Vizcaya?
Muchas gracias por el trabajo de este foro. Muchas gracias por subir los apuntes. Gracias y suerte!!
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No puntua
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Egun on!
Una pregunta, como se sabe que han verificado tus IT Txartelak y que estás exenta del exámen? Quiero decir, lo notificaran de alguna forma no?
Eskerrik asko! Asteburu ona izan! :)
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Estaba buscando otra información cuando me he encontrado con esta respuesta dada por la dfb.
Respecto a si los títulos tienen que aportarse compulsados en la inscripción:
"Con la solicitud ha de presentarse la hoja de relación de méritos y la copia de título de Bachiller o Técnico que se exige en la convocatoria (no es necesario original o copia compulsada).
Hay alguna hoja de relación de méritos física que es obligatoria rellenar, o se refiere a la instancia que hay en la web?
Es que en la OPE de osakidetza por ejemplo hay que rellenar y entregar una hoja física de méritos aunque no tengas ninguno.
Edito: He conseguido hablar por teléfono con ellas y me han dicho que si no hay méritos que alegar no hay que rellenar/entregar nada.
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Hola,
Me han comentado que ELA junto con la UNED han sacado unos cursos para preparar la OPE. Que ya han hecho algún curso. Si alguien tiene teses y quiere compartirlos, nos vendría muy bien.
Gracias.
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Chicos yo estoy teniendo problemas con el ordenador.
Puedo ir a diputación en bilbao e inscribirme alli para esta ope? o me van a decir que lo haga por ordenador?
Para mi en estos momentos me resulta mas facil ir y entregar la documentación y la inscripcion...
muchas gracias
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Edito por que ya he aclarado las dudas y veo que se repite bastante, no quiero ser pesada. Suerte a todos!
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Hola a todos!
No me aclaro muy bien con el tema de los exámenes para el perfil de euskera y qué pasa si no lo apruebas. Si no tienes Euskera, marcas la opción de examen PL2 por ejemplo, y suspendes (o incluso no te presentas), optarías a las poquitas plazas que quedan no preceptivas? Es decir, ¿produciría el mismo efecto marcar PL2 y no presentarte (o suspender) que no marcarlo en la solicitud?
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Hola a todos!
No me aclaro muy bien con el tema de los exámenes para el perfil de euskera y qué pasa si no lo apruebas. Si no tienes Euskera, marcas la opción de examen PL2 por ejemplo, y suspendes (o incluso no te presentas), optarías a las poquitas plazas que quedan no preceptivas? Es decir, ¿produciría el mismo efecto marcar PL2 y no presentarte (o suspender) que no marcarlo en la solicitud?
Aupa,
Si marcas para hacer el examen del perfil, tienes la posibilidad de sacarlo....si no lo marcas, pierdes esa opción. Si no tienes ningún perfil, y has estado preparándote para el B1 y aún no lo tienes (porque has suspendido este año o bien porque no te has presentado), marca la opción de hacer examen B1, de esa forma tendrás una oportunidad más. Si no apruebas, sólo optarás a las plazas no preceptivas.
Yo lo entiendo así. Espero haberte ayudado. :)
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Alguien ha confirmado que si no tienes las IT Txartelas, te las puedes sacar en los meses previos al examen?
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Alguien ha confirmado que si no tienes las IT Txartelas, te las puedes sacar en los meses previos al examen?
Como plazo máximo tienes para acreditar la posesión de las IT txartelak que piden, la realización de la segunda prueba de la oposición, tal y como pone en la pagina 22 de las bases "podrán acreditar mediante las misma estos conocimientos; para ello la Diputación Foral com- probará directamente con el ESI tanto la posesión como la fecha de la obtención de la misma, que no podrá ser posterior a la fecha del examen de IT Txartela."
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Hola a todos, son válidas la IT 2007.? Debe de entregarse el título compulsado o basta con escanearlo y aportarlo.?
Eskerrik asko
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Alguien ha confirmado que si no tienes las IT Txartelas, te las puedes sacar en los meses previos al examen?
Como plazo máximo tienes para acreditar la posesión de las IT txartelak que piden, la realización de la segunda prueba de la oposición, tal y como pone en la pagina 22 de las bases "podrán acreditar mediante las misma estos conocimientos; para ello la Diputación Foral com- probará directamente con el ESI tanto la posesión como la fecha de la obtención de la misma, que no podrá ser posterior a la fecha del examen de IT Txartela."
Muchas gracias Arkaitz
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Buenas noches!! Tengo una pregunta q en un principio tenia clara pero q pregunte a diputacion y la respuesta no fue lo esperado pero hoy me han vuelto a decir lo q yo pensaba. Yo no tengo ningun perfil de euskera y queria saber si me puedo presentar a los puestos q pone no perceptivo. Yo pensaba q si pero me contestaron q " si,siempre q te lo saques en el proceso". Alguien puede confirmarme si puedo presentarme sin ningun perfil o tengo q sacarme el pl2 cosa q veo imposible
Gracias
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Sisi, para las plazas con perfil no preceptivo no necesitas nada d euskera, para las q si solo podrás optar si t lo sacas en proceso. Tmb puedes quedar en bolsa y sacarte el euskera más tarde, así ya t pueden llamar para cubrir cualquier plaza creo yo.
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Sisi, para las plazas con perfil no preceptivo no necesitas nada d euskera, para las q si solo podrás optar si t lo sacas en proceso. Tmb puedes quedar en bolsa y sacarte el euskera más tarde, así ya t pueden llamar para cubrir cualquier plaza creo yo.
Para las q si, te refieres a las perceptivas no?
Osea q puedo apuntarme? No aspiro mas q la bolsa sin experiencia ni euskera.
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Claro que te puedes apuntar. Yo tampoco tengo euskera y me apunto a todas las bolsas que salen con euskera no preceptivo. Tenemos muchas menos posibilidades de que nos llamen pero yo conozco gente que trabaja en la administración sin perfil. Nunca tendremos plaza pero no es ese mi objetivo final
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Claro que te puedes apuntar. Yo tampoco tengo euskera y me apunto a todas las bolsas que salen con euskera no preceptivo. Tenemos muchas menos posibilidades de que nos llamen pero yo conozco gente que trabaja en la administración sin perfil. Nunca tendremos plaza pero no es ese mi objetivo final
Muchas graciassss ahora voy a mirar q hay q hacer
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Hola!!!
Alguien sabe cuándo será el examen...
Gracias.
25 de mayo
de donde has sacado esa fecha? no es oficial, no?
no, pero han reservado el bec para ese día ;)
mucha suerte a todos
El 26 son las elecciones europeas, ¿Puede tener que ver qué esté reservado para la organización?
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HOLA. HE REALIZADO LA INSCRIPCION Y ENVIADO LA DOCUMENTACION TODO VIA ONLINE. HAY QUE LLEVAR LA DOCUMENTACION PRESENCIALMENTE A DIPUTACION ANTES DE QUE ACABE EL PLAZO O CON MANDARLO POR LA WEB VALE.??
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HOLA. HE REALIZADO LA INSCRIPCION Y ENVIADO LA DOCUMENTACION TODO VIA ONLINE. HAY QUE LLEVAR LA DOCUMENTACION PRESENCIALMENTE A DIPUTACION ANTES DE QUE ACABE EL PLAZO O CON MANDARLO POR LA WEB VALE.??
enviado por la web ya vale... por curiosidad que numero te ha salido de solicitud? jjj para saber cuantos estaremos
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mi solicitud es la 1056 y la realicé el 8 de noviembre.....
;D
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Aúpa! En esta ope los errores descuentan?
He intentado buscar las bases pero es tan largo el hilo que no las encuentro. Gracias!
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Aúpa! En esta ope los errores descuentan?
He intentado buscar las bases pero es tan largo el hilo que no las encuentro. Gracias!
Kaixo!! Si restan si! Las respuestas correctas valen 3 puntos y las incorrectas -1 punto en el exámen de test y en el práctico la respuesta correcta 1 punto y la incorrecta -0,20 puntos.
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Aúpa! En esta ope los errores descuentan?
He intentado buscar las bases pero es tan largo el hilo que no las encuentro. Gracias!
Los errores Sí descuentan, pero los dejados en blanco creo que no
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Jo, lo veo difícil entonces, no se q estrategia seguir en esos casos( estar muy muy seguro de una respuesta es muy difícil)
Eskerrik asko!
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Jo, lo veo difícil entonces, no se q estrategia seguir en esos casos( estar muy muy seguro de una respuesta es muy difícil)
Eskerrik asko!
en estos casos la estrategia a seguir es contestar solo a las que sepas fijo, las demás en blanco ya que esas no descuentan
una vez hecho eso, cuentas las que son, si con eso no llegas a aprobar pues te tienes que arriesgar a contestar algunas a boleo. es lo que hay :-)
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mi solicitud es la 1056 y la realicé el 8 de noviembre..... ;D
...yo la hice el 5 de Diciembre y soy 7.140... ::)
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buenas tardes a tod@s:
Cuanta diferencia de tiempo suele haber entre el examen de ope y el examen de euskera? Me han comentado que tiene que pasar el tiempo suficiente para corregir los exámenes del temario de la ope ya que si no lo apruebas no puedes hacer el examen de euskera
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buenas tardes a tod@s:
Cuanta diferencia de tiempo suele haber entre el examen de ope y el examen de euskera? Me han comentado que tiene que pasar el tiempo suficiente para corregir los exámenes del temario de la ope ya que si no lo apruebas no puedes hacer el examen de euskera
Los examenws de las opes se corrigen de forma automarica. Normalmente el mismo día ya salen las notas así que no tiene nada que ver con eso
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Para que nos hagamos una idea de los que somos:
Inscripción de 11 de diciembre de una compañera de curro (o sea, de hoy ;D) : 8163
Así que va a ser mas fácil acertar la lotería de navidad que pillar plaza! :-[
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Egun on:
en el tema 26 en lo relativo al titulo dos pone que entra:
Título II: Las obligaciones tributarias materiales: artículo 19. La obligación tributaria principal.
Yo entiendo que solo entra el articulo 19 del titulo II, no todo el titulo. En los apuntes de ELA han metido mas artículos
¿Qué entendéis, que entra todo o solo el articulo 19?
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Egun on:
en el tema 26 en lo relativo al titulo dos pone que entra:
Título II: Las obligaciones tributarias materiales: artículo 19. La obligación tributaria principal.
Yo entiendo que solo entra el articulo 19 del titulo II, no todo el titulo. En los apuntes de ELA han metido mas artículos
¿Qué entendéis, que entra todo o solo el articulo 19?
Yo entiendo lo mismo que tú. Solo entra el artículo 19. De hecho ya he borrado el resto de mis apuntes
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MILA ESKER
Egun on:
en el tema 26 en lo relativo al titulo dos pone que entra:
Título II: Las obligaciones tributarias materiales: artículo 19. La obligación tributaria principal.
Yo entiendo que solo entra el articulo 19 del titulo II, no todo el titulo. En los apuntes de ELA han metido mas artículos
¿Qué entendéis, que entra todo o solo el articulo 19?
Yo entiendo lo mismo que tú. Solo entra el artículo 19. De hecho ya he borrado el resto de mis apuntes
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Para que nos hagamos una idea de los que somos:
Inscripción de 11 de diciembre de una compañera de curro (o sea, de hoy ;D) : 8163
Así que va a ser mas fácil acertar la lotería de navidad que pillar plaza! :-[
Hay tener en cuenta q muchisima gente luego no se presenta, q ahora somos muy optimistas, pero el temario es muy potente, y otros muchos (la mayoria) no aspiramos a plaza, simplemente a entrar en bolsas. SUERTE A TODOS!
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En el temario de ELA a partir del tema 29 del impuesto sobre sociedades hay partes en rojo con asterisco. Entiendo que lo que viene a decir es que lo que está en rojo va ha ser derogado por una ley mas nueva que está redactada, pero que aún no está vigor. Esta ley nueva la ponen en negrita.
Se supone que la que entra de cara al examen es la "vieja" que está en rojo, no?
O tenemos que estar atentos de si se aprueba antes del examen y de ser así estudiarnos la nueva?
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En el temario de ELA a partir del tema 29 del impuesto sobre sociedades hay partes en rojo con asterisco. Entiendo que lo que viene a decir es que lo que está en rojo va ha ser derogado por una ley mas nueva que está redactada, pero que aún no está vigor. Esta ley nueva la ponen en negrita.
Se supone que la que entra de cara al examen es la "vieja" que está en rojo, no?
O tenemos que estar atentos de si se aprueba antes del examen y de ser así estudiarnos la nueva?
el temario, una vez publicado no puede variar. por tanto por mucho que a partir de ahora cambie la ley, nosotros tenemos que estudiar la indicada en el temario
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En el temario de ELA a partir del tema 29 del impuesto sobre sociedades hay partes en rojo con asterisco. Entiendo que lo que viene a decir es que lo que está en rojo va ha ser derogado por una ley mas nueva que está redactada, pero que aún no está vigor. Esta ley nueva la ponen en negrita.
Se supone que la que entra de cara al examen es la "vieja" que está en rojo, no?
O tenemos que estar atentos de si se aprueba antes del examen y de ser así estudiarnos la nueva?
el temario, una vez publicado no puede variar. por tanto por mucho que a partir de ahora cambie la ley, nosotros tenemos que estudiar la indicada en el temario
Hay varias reclamaciones que se han puesto al temario pendientes de resolver. No tiene ningún sentido que algunos impuestos los estudiemos con la normativa anterior, que no esta vigente ya.yo por si acaso, esas partes las dejaria para estudiarlas mas adelante, cuando se aclare el tema
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Gracias por la aclaración Aberria
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En el temario de ELA a partir del tema 29 del impuesto sobre sociedades hay partes en rojo con asterisco. Entiendo que lo que viene a decir es que lo que está en rojo va ha ser derogado por una ley mas nueva que está redactada, pero que aún no está vigor. Esta ley nueva la ponen en negrita.
Se supone que la que entra de cara al examen es la "vieja" que está en rojo, no?
O tenemos que estar atentos de si se aprueba antes del examen y de ser así estudiarnos la nueva?
el temario, una vez publicado no puede variar. por tanto por mucho que a partir de ahora cambie la ley, nosotros tenemos que estudiar la indicada en el temario
Hay varias reclamaciones que se han puesto al temario pendientes de resolver. No tiene ningún sentido que algunos impuestos los estudiemos con la normativa anterior, que no esta vigente ya.yo por si acaso, esas partes las dejaria para estudiarlas mas adelante, cuando se aclare el tema
yo tengo la misma duda y he oído una versión y la contraria... Asi q...
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Aupa egun on!
Alguien me puede decir como funciona lo de las oposicones? Porque este año termine el grado superiror en Documentación y administración sanitaria y quiero preparar los exámenes de las oposiciones pero no se por donde empezar. Tengo que estudiar el temario general, es decir el que todos tenemos en común (si alguien me lo puede mandar se los agradecería ya que no se donde lo puedo obtener) y el temario especifico que es lo que he dado en los dos años en el grado.
Primera pregunta... tengo que apuntarme en algún lado a los exámenes no? y donde me tengo que apuntar? Ahora mismo de experiencia no tengo nada solo los tres meses de practicas del FP, tengo el B2 de euskera sacado en el euskaltegi y el equivalente que me dieron en bachiller y me estoy sacando las IT Txartelak poco a poco.
Que es eso de los méritos que decís? Me puedo apuntar a las listas sin tener experiencia o méritos? Si es así donde me tengo que apuntar y que tengo que hacer? ???
Perdón por parecer tonta pero es que respecto a este tema no se nada y nadie me sabe explicar nada. Acabo de terminar y no se ni por donde empezar. Eskerrik asko a todos a ver si alguien me puede ayudar. :)
P.D: Alguien sabe cuando va a ser el próximo examen de los opes de administración?
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Aupa egun on!
Alguien me puede decir como funciona lo de las oposicones? Porque este año termine el grado superiror en Documentación y administración sanitaria y quiero preparar los exámenes de las oposiciones pero no se por donde empezar. Tengo que estudiar el temario general, es decir el que todos tenemos en común (si alguien me lo puede mandar se los agradecería ya que no se donde lo puedo obtener) y el temario especifico que es lo que he dado en los dos años en el grado.
Primera pregunta... tengo que apuntarme en algún lado a los exámenes no? y donde me tengo que apuntar? Ahora mismo de experiencia no tengo nada solo los tres meses de practicas del FP, tengo el B2 de euskera sacado en el euskaltegi y el equivalente que me dieron en bachiller y me estoy sacando las IT Txartelak poco a poco.
Que es eso de los méritos que decís? Me puedo apuntar a las listas sin tener experiencia o méritos? Si es así donde me tengo que apuntar y que tengo que hacer? ???
Perdón por parecer tonta pero es que respecto a este tema no se nada y nadie me sabe explicar nada. Acabo de terminar y no se ni por donde empezar. Eskerrik asko a todos a ver si alguien me puede ayudar. :)
P.D: Alguien sabe cuando va a ser el próximo examen de los opes de administración?
tienes que apuntarte en: http://www.bizkaia.eus/herri_administrazioa/ope/oferta_publica.asp?Tem_Codigo=152&idioma=CA&dpto_biz=7&codpath_biz=7%7C152
el plazo acaba mañana. El examen igual sería para finales de mayo.
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Buenas tardes a todos. Estoy mirando el tema 20 en el temario de ELA y no lo veo nada claro. Creéis que está completo/adecuado?
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Tienes razón,de la parte de derechos históricos falta
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buenas a todos,
Acabo de registrar instancia y me han dado el número: 8746 y esto ya se cierra mañana.
Ánimos a todos!
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Aupa egun on!
Alguien me puede decir como funciona lo de las oposicones? Porque este año termine el grado superiror en Documentación y administración sanitaria y quiero preparar los exámenes de las oposiciones pero no se por donde empezar. Tengo que estudiar el temario general, es decir el que todos tenemos en común (si alguien me lo puede mandar se los agradecería ya que no se donde lo puedo obtener) y el temario especifico que es lo que he dado en los dos años en el grado.
Primera pregunta... tengo que apuntarme en algún lado a los exámenes no? y donde me tengo que apuntar? Ahora mismo de experiencia no tengo nada solo los tres meses de practicas del FP, tengo el B2 de euskera sacado en el euskaltegi y el equivalente que me dieron en bachiller y me estoy sacando las IT Txartelak poco a poco.
Que es eso de los méritos que decís? Me puedo apuntar a las listas sin tener experiencia o méritos? Si es así donde me tengo que apuntar y que tengo que hacer? ???
Perdón por parecer tonta pero es que respecto a este tema no se nada y nadie me sabe explicar nada. Acabo de terminar y no se ni por donde empezar. Eskerrik asko a todos a ver si alguien me puede ayudar. :)
P.D: Alguien sabe cuando va a ser el próximo examen de los opes de administración?
Esta ope es para administrativos no para documentación y gestión sanitaria. Podrías apuntarte porque cumples los requisitos de titulación pero no te darían puntos. hay que estudiar todo el temario, la parte general y la especifica que aparecen en las bases (nada de tu grado). Los requisitos es lo que necesitas obligatoriamente para apuntarte y hacer el examen y los méritos te darían puntos en la fase concurso (después del examen). Sólo puntúa la experiencia como administrativo en administración pública el perfil. Si no tienes las it txartelak que indican en las bases tendrás que examinarte de ellas.
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Hola se puede hacer la inscripción online?? Y que hay que rellenar en el apartado de méritos??
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Hola una pregunta chic@s!!!
Dónde puedo conseguir el temario para la siguiente ope de auxiliar administrativo de la diputación?? El temario ya esta subido...pero nose donde lo puedo conseguir..ESKERRIK ASKO POR ADELANTADO
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Hola una pregunta chic@s!!!
Dónde puedo conseguir el temario para la siguiente ope de auxiliar administrativo de la diputación?? El temario ya esta subido...pero nose donde lo puedo conseguir..ESKERRIK ASKO POR ADELANTADO
si te lees el post verás que alguien lo subió. hay que leer antes de preguntar :-p
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acabo de hacer la solicitud. número 9300.
Ondo izan.
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Alguien sabe cuando salen las listas de admitidos? En las bases no veo que ponga al de cuantos días se publican las listas...
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acabo de hacer la solicitud. número 9300.
Ondo izan.
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PREGUNTA SOBRE EL TEMARIO
en el tema 21, " reglamento 2016/679 de protección de datos pone q entran las disposiciones generales. Xo no hay disposiciones generales.
Qué estáis preparando en ese caso?
El tema 19, contratos de administración pública, se saca del tema 18, ley 9/2017 de contratos de sector público? O es otra ley?
MUCHÍSIMAS GRACIAS
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PREGUNTA SOBRE EL TEMARIO
en el tema 21, " reglamento 2016/679 de protección de datos pone q entran las disposiciones generales. Xo no hay disposiciones generales.
Qué estáis preparando en ese caso?
El tema 19, contratos de administración pública, se saca del tema 18, ley 9/2017 de contratos de sector público? O es otra ley?
MUCHÍSIMAS GRACIAS
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
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PREGUNTA SOBRE EL TEMARIO
en el tema 21, " reglamento 2016/679 de protección de datos pone q entran las disposiciones generales. Xo no hay disposiciones generales.
Qué estáis preparando en ese caso?
El tema 19, contratos de administración pública, se saca del tema 18, ley 9/2017 de contratos de sector público? O es otra ley?
MUCHÍSIMAS GRACIAS
monicarp, el tema 19 te lo pone clarisimamente en las bases Sección 1.ª del capítulo I del Título I del Libro segundo de la Ley: excluyendo el artículo 115, entraría tanto la Subsección 1.ª (expediente de contratación:
artículos 116 a 120, ambos incluidos), como la Subsección 2.ª (pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas: artículos 121 a 130, ambos incluidos).
de todas formas tienes todo el temario subido en este mismo hilo. buscalo y te lo descargas :-)
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Hola una pregunta chic@s!!!
Dónde puedo conseguir el temario para la siguiente ope de auxiliar administrativo de la diputación?? El temario ya esta subido...pero nose donde lo puedo conseguir..ESKERRIK ASKO POR ADELANTADO
si te lees el post verás que alguien lo subió. hay que leer antes de preguntar :-p
[/quot
Hola a todos !!
Como puedo ver los ficheros que han subido??
No se como mirarlo ...
Gracias
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Hola una pregunta chic@s!!!
Dónde puedo conseguir el temario para la siguiente ope de auxiliar administrativo de la diputación?? El temario ya esta subido...pero nose donde lo puedo conseguir..ESKERRIK ASKO POR ADELANTADO
El archivo está subido en este mismo post, en alguna página anterior. Para poder verlo tienes que estar dada de alta, de lo contrario no se ven esos enlaces.
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La fecha aproximada de examen sigue siendo 25 de mayo? hay rumores nuevos?
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A mi me dijeron que por la dipu ya se empezaba a hablar de junio, pero claro, lo digo sin argumentos muy sólidos.
Habra que esperar a ver.
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Kaixo!
Me presento para las plazas de discapacitado con PL2. Alguno sabe cuanta gente suele apuntarse a estas plazas?
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Por experiencia mas o menos un 10℅ de la gente que se presenta tiene certificado de discapacidad
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...alguien sabe cuándo y cómo se publican las listas de admitidos?
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Estaría bien si alguien colgara test y supuestos practicos. Yo, aunque estoy afiliada, no he podido optar a los cursos por falta de espacio...
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Llame a diputación y me comentaron que la intención era para finales de enero
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Llame a diputación y me comentaron que la intención era para finales de enero
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Alguien sabe ya si hay que estudiar los articulos en rojo de las normas folares o los articulos en procedimiento de elaboración y pendientes de entrar en vigor que son los negros?
Mila esker.
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Hola!!
Me han comentado que ELA ha preparado casos prácticos con el temario de administrativo de la diputación de bizkaia. ¿ Sabeis algo? ¿ Como se pueden conseguir?
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Hola,
¿ se comenta que podrian retrasar el examen al 8 de junio? ¿ alquien sabe algo?
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Kaixo, dicen que el 8 de junio
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Donde habeis escuchado eso?
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Simulacro de examenes administrativos diputación de bizkaia de la EDITORIAL CEP
¿ Está bien? ¿ Merece la pena?
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Simulacro de examenes administrativos diputación de bizkaia de la EDITORIAL CEP
¿ Está bien? ¿ Merece la pena?
Yo también estoy planteándomelo, y he visto también el de Mad de tests... Si alguien lo tiene estaría bien saber si merce la pena comprarlo, porque no son precisamente baratos
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yo utilicé la del mad para la ope de osakidetza. Lo catalogaría como bastante mejorable, mucho texto copiado tal cual.
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yo utilicé la del mad para la ope de osakidetza. Lo catalogaría como bastante mejorable, mucho texto copiado tal cual.
El de CEP pues en la misma línea, sirve para machacar el temario si pero alguna pregunta ya he visto mal, y alguna repetida también...
Por cierto, no encuentro las tablas salariales en Dipu, alguien me sabría decir aproximado??
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Hola:
Si alguien está pensando en imprimir el temario porque estudia mejor en papel (como yo), yo se lo puedo vender, encuadernado, con separadores por tema, y totalmente impoluto.
La razón es que ayer saqué un resultado buenísimo en el examen para la bolsa de Aux. Admtvo. del Gobierno Vasco, y con eso y mi situación en listas de Osakidetza ya me conformo, así que no me presentaré al examen de la Dipu.
Voy a intentar poner el link de unas fotos (a ver si soy capaz), para que veais cómo es el tocho. Por 15 € es de quien lo quiera, que me mande un mensaje privado y quedamos en un rato para hacer el intercambio.
https://ibb.co/xX3rgnN
https://ibb.co/chrcYCJ
https://ibb.co/RTGWxcv
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Hola a todos!! He llamado a Zuzenean y me han confirmado que la hoja a utilizar para impugnar es la de reclamación, que si se quiere reclamar que nos han contado mal las preguntas y aparte impugnar se puede hacer todo en la misma hoja y que hay que incluir la fotocopia de la hoja de respuestas. Se entrega todo en la oficina de Zuzenean.
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En diciembre hubo una actualizacion de la ley 39/2015, que articulos se han modificado? entra esta actualizacion?
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Hola a todos!! He llamado a Zuzenean y me han confirmado que la hoja a utilizar para impugnar es la de reclamación, que si se quiere reclamar que nos han contado mal las preguntas y aparte impugnar se puede hacer todo en la misma hoja y que hay que incluir la fotocopia de la hoja de respuestas. Se entrega todo en la oficina de Zuzenean.
Hola
Creo que esta respuesta es de otro hilo, no?
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Ups si perdón es que estoy en tantos hilos que ya no se ni donde respondo
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El artículo 28, Pixie
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#a28
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Yo creo que esa actualización no entra, porque pone que está en vigor desde el 7 de diciembre de 2018 y se supone que nosotros tenemos que estudiar las leyes que estaban en vigor el día que se hizo la convocatoria, es decir, el 6 de noviembre de 2018, por lo tanto, a mi entender no entra la modificación porque es posterior.
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Yo creo que esa actualización no entra, porque pone que está en vigor desde el 7 de diciembre de 2018 y se supone que nosotros tenemos que estudiar las leyes que estaban en vigor el día que se hizo la convocatoria, es decir, el 6 de noviembre de 2018, por lo tanto, a mi entender no entra la modificación porque es posterior.
Yo también entiendo que no entra
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Yo creo que esa actualización no entra, porque pone que está en vigor desde el 7 de diciembre de 2018 y se supone que nosotros tenemos que estudiar las leyes que estaban en vigor el día que se hizo la convocatoria, es decir, el 6 de noviembre de 2018, por lo tanto, a mi entender no entra la modificación porque es posterior.
Yo también entiendo que no entra
En mi opinión tampoco debería entrar esa actualización del artículo 28, salvo que posteriormente publiquen alguna nota informativa especificándolo.
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Hola:
Si alguien está pensando en imprimir el temario porque estudia mejor en papel (como yo), yo se lo puedo vender, encuadernado, con separadores por tema, y totalmente impoluto.
La razón es que ayer saqué un resultado buenísimo en el examen para la bolsa de Aux. Admtvo. del Gobierno Vasco, y con eso y mi situación en listas de Osakidetza ya me conformo, así que no me presentaré al examen de la Dipu.
Voy a intentar poner el link de unas fotos (a ver si soy capaz), para que veais cómo es el tocho. Por 15 € es de quien lo quiera, que me mande un mensaje privado y quedamos en un rato para hacer el intercambio.
https://ibb.co/xX3rgnN
https://ibb.co/chrcYCJ
https://ibb.co/RTGWxcv
Hola de nuevo:
Pues ha durado poco la oferta. Lo siento pero ya me han contactado tres personas interesadas por el temario en papel, y ya he concertado el intercambio con la primera de ellas. Un saludo.
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Simulacro de examenes administrativos diputación de bizkaia de la EDITORIAL CEP
¿ Está bien? ¿ Merece la pena?
Egun on.
Yo me he comprado el libro de test y el libro del simulacro. En el primero vienen los teses por temas. En el segundo todo mezclado. El libro de test está muy bién, porque luego las respuestas vienen bién detalladas. La verdad es que el segundo (el de los simulacros) para mi no merece la pena comprarlo. Yo me lo compré pensando que vendrían supuestos prácticos y me llevé un chasco.
A todo ésto. ¿Alguien conoce algún libro donde vengan supuestos prácticos con sus correspondientes respuestas?
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en el libro de mad de la ope 2008 vienen 5 supuestos prácticos..pero las leyes han cambiado desde entonces
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A ver si me podeis ayudar...
TEMA 6: constitución título VIII Lsegún las bases entran los articulos (147-151) Sin embargo en el temario de ELA van desde el 137 hasta el 158. Hay que hacer caso a las bases, no? vamos que si lo reducen será por que no entra lo demás.
TEMA 45: en la normativa hay un apartado E) en el articulo 69.3 que no aparece en el TEMARIO DE ELA. por lo que me ha hecho dudar que el temario de ELA esté actualizado... y respecto a la disposición adicional, transitoria, derogarorias y final... no coincide nada...
adjunto envío la Norma Foral 3/1987 que yo he encontrado entiendo que está actualizada...entiendo que es el temario de ELA el que no está actualizado, no?
vaya lío.
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A ver si me podeis ayudar...
TEMA 6: constitución título VIII Lsegún las bases entran los articulos (147-151) Sin embargo en el temario de ELA van desde el 137 hasta el 158. Hay que hacer caso a las bases, no? vamos que si lo reducen será por que no entra lo demás.
TEMA 45: en la normativa hay un apartado E) en el articulo 69.3 que no aparece en el TEMARIO DE ELA. por lo que me ha hecho dudar que el temario de ELA esté actualizado... y respecto a la disposición adicional, transitoria, derogarorias y final... no coincide nada...
adjunto envío la Norma Foral 3/1987 que yo he encontrado entiendo que está actualizada...entiendo que es el temario de ELA el que no está actualizado, no?
vaya lío.
TEMA 6: En las bases a parte de 147-151 si que incluye Organización territorial del Estado y titulo VIII que en realidad abarca del 137-158
TEMA 45: Yo me lo estudio directamente de la norma/ley/decreto... este tema y los demás, teniendo en cuenta los artículos que salgan en las bases.
Por cierto, yo también tengo ese mismo archivo de la norma 3/1987
Del temario de ELA, solo me quedo con los temas 7-10 porque no los he encontrado en otro sitio y con respecto al tema 20, esta correcto el mix de normas, leyes que ha puesto ELA?
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A ver si me podeis ayudar...
TEMA 6: constitución título VIII Lsegún las bases entran los articulos (147-151) Sin embargo en el temario de ELA van desde el 137 hasta el 158. Hay que hacer caso a las bases, no? vamos que si lo reducen será por que no entra lo demás.
TEMA 45: en la normativa hay un apartado E) en el articulo 69.3 que no aparece en el TEMARIO DE ELA. por lo que me ha hecho dudar que el temario de ELA esté actualizado... y respecto a la disposición adicional, transitoria, derogarorias y final... no coincide nada...
adjunto envío la Norma Foral 3/1987 que yo he encontrado entiendo que está actualizada...entiendo que es el temario de ELA el que no está actualizado, no?
vaya lío.
TEMA 6: En las bases a parte de 147-151 si que incluye Organización territorial del Estado y titulo VIII que en realidad abarca del 137-158
TEMA 45: Yo me lo estudio directamente de la norma/ley/decreto... este tema y los demás, teniendo en cuenta los artículos que salgan en las bases.
Por cierto, yo también tengo ese mismo archivo de la norma 3/1987
Del temario de ELA, solo me quedo con los temas 7-10 porque no los he encontrado en otro sitio y con respecto al tema 20, esta correcto el mix de normas, leyes que ha puesto ELA?
eskerrik asko!... lo que mas me preocupa es lo de las disposiciones y demás de la norma foral 3/1987...
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ola, en el tema 45 tengo los articulos 46 asta el 56, no son esos?
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ola, en el tema 45 tengo los articulos 46 asta el 56, no son esos?
Si no me equivoco, te faltarían las.disposiciones...etc
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Hola, una pregunta tal vez muy tonta pero soy nueva en esto de las oposiciones
Si un articulo que entra en el temario hace referencia a otro artículo de la ley, por ejemplo cuando la ley 39 hace referencia a la 40 para requisitos, ese articulo también entraría en la oposición?
Suelen ser tan rebuscados de preguntar sobre artículos que se enlazan en las leyes?
Gracias
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muxas gracias ibi,otra pregunta alguien sabe si en verdad el examen es el dia 8 de junio, es que me a comentado una amiga que a ella le an dixo que el examen es el dia 8 d junio, alguien sabe algo mas?, gracias.
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Hola, una pregunta tal vez muy tonta pero soy nueva en esto de las oposiciones
Si un articulo que entra en el temario hace referencia a otro artículo de la ley, por ejemplo cuando la ley 39 hace referencia a la 40 para requisitos, ese articulo también entraría en la oposición?
Suelen ser tan rebuscados de preguntar sobre artículos que se enlazan en las leyes?
Gracias
Muchas veces es necesario para entenderlo, sobretodo para el caso práctico
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muxas gracias ibi,otra pregunta alguien sabe si en verdad el examen es el dia 8 de junio, es que me a comentado una amiga que a ella le an dixo que el examen es el dia 8 d junio, alguien sabe algo mas?, gracias.
Pues tiene toda la pinta
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Aupa
Tengo una duda, a ver si me podéis ayudar, quién hace el examen? Ivap o la propia diputación?
Eskerrik asko
-
Aupa
Tengo una duda, a ver si me podéis ayudar, quién hace el examen? Ivap o la propia diputación?
Eskerrik asko
Los exámenes que están colgados en la web no son del ivap. Sí que hay un vocal del ivap en la composición del tribunal pero podría ser para la prueba de euskera. La verdad es que no te he ayudado mucho.
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Para el tema 26 veo que en el temario de ELA entran más articulos que los que ponen las bases, en las bases sólo pone el art 19 pero en el temario de ela viene art desde el 16 hasta el 32. Que hay que estudiar?
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Para el tema 26 veo que en el temario de ELA entran más articulos que los que ponen las bases, en las bases sólo pone el art 19 pero en el temario de ela viene art desde el 16 hasta el 32. Que hay que estudiar?
En mi opinión entrarían los art. 1 a 5 (Principios generales) y los artículos 6 a 15 (Normas tributarias). Del título II parece que solamente entra el artículo 19 pero los artículos 16 a 18 también parecen interesantes.
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hola, yo también estoy interesada en el temario de las oposiciones de administrativo de la Diputacion de Bizkaia, donde puedo conseguirlo
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Aquí
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Si buscas en páginas anteriores de este foro, tienes varios
hola, yo también estoy interesada en el temario de las oposiciones de administrativo de la Diputacion de Bizkaia, donde puedo conseguirlo
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Para el tema 26 veo que en el temario de ELA entran más articulos que los que ponen las bases, en las bases sólo pone el art 19 pero en el temario de ela viene art desde el 16 hasta el 32. Que hay que estudiar?
En mi opinión entrarían los art. 1 a 5 (Principios generales) y los artículos 6 a 15 (Normas tributarias). Del título II parece que solamente entra el artículo 19 pero los artículos 16 a 18 también parecen interesantes.
En el de Lab, vienen del 1 al 22 y el 17 y 18 no vienen...
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Lab lo ha publicado?
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Lab lo ha publicado?
si, en papel
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Hola, una pregunta tal vez muy tonta pero soy nueva en esto de las oposiciones
Si un articulo que entra en el temario hace referencia a otro artículo de la ley, por ejemplo cuando la ley 39 hace referencia a la 40 para requisitos, ese articulo también entraría en la oposición?
Suelen ser tan rebuscados de preguntar sobre artículos que se enlazan en las leyes?
Gracias
Muchas veces es necesario para entenderlo, sobretodo para el caso práctico
Eskerrik asko Aberria, intentaré entonces echarles un ojo
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Hola!
¿sabéis si están a caer las listas de admitidos?
Gracias! ;)
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De momento han colgado la denegación de dos recursos, así que moverse parece que se mueve... Pero alguno igual sabe más.
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Hola, alguien tiene la normal foral 3/1987 completa?
Me la he descargado en dos sitios pero los artículos 71,72,73 no me aparecen y las disposiciones adicionales de la 1° a la 4° tampoco.
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Hola, alguien tiene la normal foral 3/1987 completa?
Me la he descargado en dos sitios pero los artículos 71,72,73 no me aparecen y las disposiciones adicionales de la 1° a la 4° tampoco.
No t aparecen, porque esos artículos que eran parte junto con las disposiciones de la parte derogada...
Redactado conforme a lo dispuesto en la Norma Foral 3/1999, referenciada en el § E4
2
1999/3. Foru-Arauaren araberako idazkera. § E4an agertzen da
3
Capítulo derogado en virtud de lo dispuesto en Norma Foral 10/1997, referenciada en el § E4
4
1997/10. Foru-Arauak (§ E4) indargabetutako Kapitulua
5
No obstante lo dispuesto en el articulo 37.3 a), 37.5 y concordantes del Estatuto de Autonomia de Gernika (§ A5), la Ley 1/1987 , de 27 de marzo, (§ A8) derogó el
inciso “Normas electorales” del artículo 7.1.a) de la Ley 27/1983, de 25 de noviembre, (§ A6) así como “todo aquello que se oponga a la presente Ley”
Y en cuanto a las disposiciones,
Derogadas en virtud de lo dispuesto en la Norma Foral 4/1989, referenciada en el § E4
-
¡Hola! Me he puesto a echar un ojo al test del 2008 y os escribo porque me estoy rayando mucho con una pregunta a ver si alguien de este consejo de sabias y sabios entiende el porqué:
97. A EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA EN LAS TRANSMISIONES DE TERRENOS A TÍTULO ONEROSO, EL SUJETO PASIVO ES:
a)la persona transmitente
b)la persona adquirente
c)la persona usufructuaria
d)la persona donante
La respuesta correcta es la a)
...yo pensaba viendo la ley que al ser a título oneroso el sujeto pasivo es el adquirente, el transmitente es sujeto pasivo sustituto no??
¿Qué pensáis?
-
¡Hola! Me he puesto a echar un ojo al test del 2008 y os escribo porque me estoy rayando mucho con una pregunta a ver si alguien de este consejo de sabias y sabios entiende el porqué:
97. A EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA EN LAS TRANSMISIONES DE TERRENOS A TÍTULO ONEROSO, EL SUJETO PASIVO ES:
a)la persona transmitente
b)la persona adquirente
c)la persona usufructuaria
d)la persona donante
La respuesta correcta es la a)
...yo pensaba viendo la ley que al ser a título oneroso el sujeto pasivo es el adquirente, el transmitente es sujeto pasivo sustituto no??
¿Qué pensáis?
Es el adquiriente el sujeto pasivo a título lucrativo. Cuando es a título oneroso el sujeto pasivo es el transmitente. El sujeto pasivo sustituto del contribuyente sería quien adquiera el terreno o a cuyo favor se constituya o transmita el derecho real de que se trate, cuando el contribuyente sea una persona física no residente en España.
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Mila esker, Marta!!!!!
Me había bloqueado con lucrativo-oneroso... ahora lo veo! claro!
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.
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Aupa gente!!!
Alguien que esté estudiando con los apuntes de ELA me puede dar su opinión al respecto?
Los que han sacado para Bilbo no son gran cosa y quería saber si para la Dipu están mejor. Es que quiero empezar en breve y es por saber si tengo que buscar unos apuntes.
Eskerrik asko.
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yo de momento los veo bien
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Duda, igual un poco tonta, que me ha surgido con los apuntes de ELA. ¿ Que signfican las partes con el texto rojo? ¿ Son las últimas actualizaciones?
Graicas.
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Duda, igual un poco tonta, que me ha surgido con los apuntes de ELA. ¿ Que signfican las partes con el texto rojo? ¿ Son las últimas actualizaciones?
Graicas.
son als partes que están pendientes de actualización pero que aún no han sido publicadas
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...en conclusión que si no publican novedades hay que estudiar lo rojo no?
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Atención, han publicado en el Boletín de Bizkaia un requerimiento de documentación con lista de las personas en cuya solicitud falta algún documento. Echad un vistazo:
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Atención, han publicado en el Boletín de Bizkaia un requerimiento de documentación con lista de las personas en cuya solicitud falta algún documento. Echad un vistazo:
Milesker!!!!!!
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Kaixo!
Mila esker por el aviso,
¿no publican una lista con admitidos provisional?
¿hay que esperar a que salgan las listas definitivas?
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muchas gracias, entonces las personas que no esten ahi en esa listas, es que estara admitida no?, a mi no me falta nada, entonces habra que esperar a la lista definitiva?.
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muchas gracias, entonces las personas que no esten ahi en esa listas, es que estara admitida no?, a mi no me falta nada, entonces habra que esperar a la lista definitiva?.
yo entiendo eso. si no estamos en la lista estamos admitidos. esta forma de ahcer la lista provisional de admitidos es un poco enrevesada. pensaba que ya lo había visto todo en este mundo de las opes jejeje
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ya te digo, una forma nueva de ver hacer la lista, jajaja, a ti te falta algo?
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ya te digo, una forma nueva de ver hacer la lista, jajaja, a ti te falta algo?
no me falta nada, menos mal
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mejor, gracias.
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Para quien esté en la lista, hasta mañana no empieza el plazo para adjuntar la info pte y hasta mañana no concretarán ni abrirán la vía para hacerlo.
En mi caso, había adjuntado todo lo requerido y así y todo me veo en la lista con el título pte de entregar. He llamado a Selección, pero no me han querido concretar el porqué, se han limitado a remitirme a mañana y que envíe el título pte. Pues eso. Lo volveré a enviar, y a cruzar los dedos esta vez. Saludos.
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Hola!! Estoy teniendo problemas para encontrar "fuentes del derecho" del tema 7 sobre la UE. Me parece que en la pagina web de la UE no sale nada claro, muchos datos que no creo que sean relevantes para OPE. ¿Alquien tiene esa parte del temario o puede decirme donde encontrarlo?? Un saludo y gracias!!
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Hola!! Estoy teniendo problemas para encontrar "fuentes del derecho" del tema 7 sobre la UE. Me parece que en la pagina web de la UE no sale nada claro, muchos datos que no creo que sean relevantes para OPE. ¿Alquien tiene esa parte del temario o puede decirme donde encontrarlo?? Un saludo y gracias!!
Puedes mirar el adjunto de temario que ha subido aquí.
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Buenas!! Estoy teniendo problemas a la hora de encontrar el temario, alguien me puede decir de qué paginas está cogiendo la teoria???
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Buenas!! Estoy teniendo problemas a la hora de encontrar el temario, alguien me puede decir de qué paginas está cogiendo la teoria???
En la página 7
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Buenas!! Estoy teniendo problemas a la hora de encontrar el temario, alguien me puede decir de qué paginas está cogiendo la teoria???
En la página 7
Muchísimas gracias!!
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buenas tardes, me a llegado este rumor, alguien sabe si es verdad:
PREVISION DEL PROCESO:
- 8 de junio: primer examen
- 9 julio: fin de la fase de recursos
- ultima semana de julio- primera de agosto: examen IT Txartela
- segunda quincena de septiembre: prueba de euskera
- segunda quincena de octubre: presentacion de meritos
- Febrero 2020: toma de posesion.
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buenas tardes, me a llegado este rumor, alguien sabe si es verdad:
PREVISION DEL PROCESO:
- 8 de junio: primer examen
- 9 julio: fin de la fase de recursos
- ultima semana de julio- primera de agosto: examen IT Txartela
- segunda quincena de septiembre: prueba de euskera
- segunda quincena de octubre: presentacion de meritos
- Febrero 2020: toma de posesion.
Parece realista :)
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Viendo como funcionan casi todas las OPEs me extrañaría que tuvieran tan claras las fechas jejeje
Y de todas formas, si saben la fecha del primer examen, ¿por qué no lo oficializan?
vaya ganas de hacernos padecer,....
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Viendo como funcionan casi todas las OPEs me extrañaría que tuvieran tan claras las fechas jejeje
Y de todas formas, si saben la fecha del primer examen, ¿por qué no lo oficializan?
vaya ganas de hacernos padecer,....
Estoy totalmente de acuerdo,estoy apuntada en varias opes y ya empiezo a angustiarme,que pesadilla
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Viendo como funcionan casi todas las OPEs me extrañaría que tuvieran tan claras las fechas jejeje
Y de todas formas, si saben la fecha del primer examen, ¿por qué no lo oficializan?
vaya ganas de hacernos padecer,....
Estoy totalmente de acuerdo,estoy apuntada en varias opes y ya empiezo a angustiarme,que pesadilla
yo es que me veo ya como el año pasado que primero convocó UPV y después osakidetza sin poner fechas. empecé a estudiar UPV y al final tuve que cambiar el orden porque la de osaki fué en junio y la de UPV en noviembre, en fín,... espero que no pase lo mismo con la del ayuntamiento que a este paso la tengo que aparcar también para ponerme con la de dipu
que hartazgo,....
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Viendo como funcionan casi todas las OPEs me extrañaría que tuvieran tan claras las fechas jejeje
Y de todas formas, si saben la fecha del primer examen, ¿por qué no lo oficializan?
vaya ganas de hacernos padecer,....
Estoy totalmente de acuerdo,estoy apuntada en varias opes y ya empiezo a angustiarme,que pesadilla
yo es que me veo ya como el año pasado que primero convocó UPV y después osakidetza sin poner fechas. empecé a estudiar UPV y al final tuve que cambiar el orden porque la de osaki fué en junio y la de UPV en noviembre, en fín,... espero que no pase lo mismo con la del ayuntamiento que a este paso la tengo que aparcar también para ponerme con la de dipu
que hartazgo,....
En mi caso, estoy como muchos: OPE hechas sin saber resultado final 5 (3 de Osaki de las de titulado superior, bolsa administrativo UPV y aux. administrativo GV), OPEs apuntada sin hacer aún examen 7 (3 de tecnico UPV - 2 laborales y 1 funcionario-, Ayunt Santurtzi, Dipu, Parlamento Vasco y Ay. Bilbo). Y bueno, hasta las cartolas del tema. Porque encima a ninguna aspiro a mas que a bolsa. Pero, ....... la buena noticia es que el temario es común en gran parte, y que sabemos que vale con aprobar para que en algún momento te llamen de esa bolsa, o de otro sitio (ayuntamiento, ..) que pide usarla. Así que ya que no es inminente el examen de Ay, Bilbo, kit-kat y a disfrutar del finde. Y luego, pues modo zen y si no es uno, será otro, pero vaya, que con todas las opes que han salido a la vez, alguna se consigue. No desepereis, que es una carrera de fondo, y no hay que sprintar desde el principio. Animo.
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Hola Grupo,
Os informo que de este chat lo leo toooooodo y estoy superagradecida por todo lo que aquí se comenta. De verdad que se agradece un montón todo lo que compartís. A pesar de eso, no me había animado a escribir nunca pero tengo un par de dudas que no veo por aqui y a ver si alguien me lo puede aclarar.
- Quiero verificar el tema de las listas de admitidos para ver si necesito aportar algo mas, de hecho, me acabo de sacar una de las it txartelas y la tendre que aportar pero no veo como se accede a estas listas. Alguien me podría indicar la ruta?
- Por otro lado, este es un tema un poco mas personal...me da la sensacion de que hay gente casi profesional en esto de las opes y bolsas de trabajo que os habéis apuntado a exámenes de todo (osakidetza, dipu, ayunta,...). Yo, que es la primera vez que me apunto y no se como va este mundillo pregunto: hay que estar continuamente presentándose a exámenes aunque ya te llamen de interino? En la actualidad trabajo en la empresa privada y estar en una bolsa me parecía una buena opción pero si continuamente hay que estar estudiando a la vez que trabajando...igual prefiero la empresa privada!. ¿Que me decís? ¿es así continuamente?
Muchas gracias y un saludo al chat!
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Hola Grupo,
Os informo que de este chat lo leo toooooodo y estoy superagradecida por todo lo que aquí se comenta. De verdad que se agradece un montón todo lo que compartís. A pesar de eso, no me había animado a escribir nunca pero tengo un par de dudas que no veo por aqui y a ver si alguien me lo puede aclarar.
- Quiero verificar el tema de las listas de admitidos para ver si necesito aportar algo mas, de hecho, me acabo de sacar una de las it txartelas y la tendre que aportar pero no veo como se accede a estas listas. Alguien me podría indicar la ruta?
- Por otro lado, este es un tema un poco mas personal...me da la sensacion de que hay gente casi profesional en esto de las opes y bolsas de trabajo que os habéis apuntado a exámenes de todo (osakidetza, dipu, ayunta,...). Yo, que es la primera vez que me apunto y no se como va este mundillo pregunto: hay que estar continuamente presentándose a exámenes aunque ya te llamen de interino? En la actualidad trabajo en la empresa privada y estar en una bolsa me parecía una buena opción pero si continuamente hay que estar estudiando a la vez que trabajando...igual prefiero la empresa privada!. ¿Que me decís? ¿es así continuamente?
Muchas gracias y un saludo al chat!
Hola trasteator,respecto a las it txartelas,no te preocupes porke no tienes que aportar nada,ellos lo mirarán en su momento :)
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Hola Grupo,
Os informo que de este chat lo leo toooooodo y estoy superagradecida por todo lo que aquí se comenta. De verdad que se agradece un montón todo lo que compartís. A pesar de eso, no me había animado a escribir nunca pero tengo un par de dudas que no veo por aqui y a ver si alguien me lo puede aclarar.
- Quiero verificar el tema de las listas de admitidos para ver si necesito aportar algo mas, de hecho, me acabo de sacar una de las it txartelas y la tendre que aportar pero no veo como se accede a estas listas. Alguien me podría indicar la ruta?
- Por otro lado, este es un tema un poco mas personal...me da la sensacion de que hay gente casi profesional en esto de las opes y bolsas de trabajo que os habéis apuntado a exámenes de todo (osakidetza, dipu, ayunta,...). Yo, que es la primera vez que me apunto y no se como va este mundillo pregunto: hay que estar continuamente presentándose a exámenes aunque ya te llamen de interino? En la actualidad trabajo en la empresa privada y estar en una bolsa me parecía una buena opción pero si continuamente hay que estar estudiando a la vez que trabajando...igual prefiero la empresa privada!. ¿Que me decís? ¿es así continuamente?
Muchas gracias y un saludo al chat!
Aupa Trasteator, te cuento mi experiencia personal.
Despues de muchos años en empresa privada, llego la crisis y el paro. Aprendí euskera, y me animaron a presentarme a una bolsa. Al de un tiempo me llamaron, y mientras, ya que había estudiado un montón para esa bolsa, seguí presentándome a otras, pues hay mucho temario (LOPD, Ley de igualdad, Ley 39/2015, , 40/2015, constitucion, Estatuto, ...) que entran en casi todas. Con esas leyes ya aprendidas, y leyendo (no me da para estudiar) de los temarios las específicas, pues me presento a lo que sale y voy teniendo en la mochila otras bolsas.
Porque, esto es importante, casi todas las bolsas mueren en 3-5 años.Y si quieres estar, debes presentarte. Lo bueno es que cada vez ganas más méritos por haber trabajado de ello, las IT ya las tienes , el euskera también, y sabiendo las leyes básicas, aprobar (sin nota, pero aprobar) no es dificil. Para bolsa los exámenes suelen ser más fáciles que para OPE con puesto. A veces, "extrañamente" fáciles (lease la ironía, ya que si lo que quiere un ayuntamiento es que entren los elegidos, pues exámen fácil y mucho valor a méritos que casualmente tienen esos elegidos, je, je, ....)
Lo normal es que te llamen para periodos cortos, vacaciones, bajas, ... pero a veces hay diamantes que no hay que dejar pasar (una vacante) o un contrato en principio para poco, se alargaaaaaaa (yo en un sitio empecé para lo que podía ser un mes, y estuve 4 años encadenando cosas). Pero ahí está la incertidumbre de no saber para cuanto tienes.
Es mi experiencia, para mi es una carrera de fondo, una vez que te llaman, encadenas unos con otro, sobre todo en GV y Osakidetza. Vas haciendo méritos (cursos, experiencia, ...) y cuando muere esa bolsa, en la siguiente probablemente estarás más arriba.
Pero por ejemplo, Osakidetza desde que haces el examen hasta que sacan listas, pues puede pasar 3 o 4 años. Pero tendrás trabajo, no bueno, pero trabajo.
Y lo que pasa ahora es que hay saturación de OPEs porque durante mucho tiempo no han sacado OPEs (por la crisis), y las bolsas que había están agotadas. Ahora se ha vuelto a abrir la veda, y todas a la vez. Lo que es estresante, porque te gustaría presentarte a todo... y no da el tiempo ni la paciencia...
Despues de este rollo, pues que animo, y que cada uno tendrá su propia estrategia y situación. Yo así no he vuelto al paro, y tampoco me mato a estudiar, ...
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Hola a todos y todas, estamos un poco filosóficos-as¡¡¡ La olla que se nos va,jijij.
Si bien es cierto que el trabajo no te va a faltar, por otro lado, no se puede estar estudiando per saecula saeculorum ( por los siglos de los siglos), llega un momento en que tienes que ir a una Ope a por todas, a cuchillo, a muerte, que no sientas las piernas¡¡¡¡ Dicen que hasta que no tienes acumulados 7 años trabajados en la categoría, no tienes nada que hacer, pero yo ya conozco alguna persona que ha roto esta regla y ha sacado plaza antes...LLega un momento en que hay que centrarse en algo, una administración concreta y por todas y no se puede andar tocando todos los palos, porque por unas décimas te puedes
quedar sin plaza en propiedad y eso es un pecado...Osakidetza tarda mucho en salir pero saca muchas plazas...eso sí hay que hacer cursos a saco y el examen hay que ir a tope...una pregunta fallada puede darte la plaza o quitártela.
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Hola Grupo,
Os informo que de este chat lo leo toooooodo y estoy superagradecida por todo lo que aquí se comenta. De verdad que se agradece un montón todo lo que compartís. A pesar de eso, no me había animado a escribir nunca pero tengo un par de dudas que no veo por aqui y a ver si alguien me lo puede aclarar.
- Quiero verificar el tema de las listas de admitidos para ver si necesito aportar algo mas, de hecho, me acabo de sacar una de las it txartelas y la tendre que aportar pero no veo como se accede a estas listas. Alguien me podría indicar la ruta?
- Por otro lado, este es un tema un poco mas personal...me da la sensacion de que hay gente casi profesional en esto de las opes y bolsas de trabajo que os habéis apuntado a exámenes de todo (osakidetza, dipu, ayunta,...). Yo, que es la primera vez que me apunto y no se como va este mundillo pregunto: hay que estar continuamente presentándose a exámenes aunque ya te llamen de interino? En la actualidad trabajo en la empresa privada y estar en una bolsa me parecía una buena opción pero si continuamente hay que estar estudiando a la vez que trabajando...igual prefiero la empresa privada!. ¿Que me decís? ¿es así continuamente?
Muchas gracias y un saludo al chat!
Aupa Trasteator, te cuento mi experiencia personal.
Despues de muchos años en empresa privada, llego la crisis y el paro. Aprendí euskera, y me animaron a presentarme a una bolsa. Al de un tiempo me llamaron, y mientras, ya que había estudiado un montón para esa bolsa, seguí presentándome a otras, pues hay mucho temario (LOPD, Ley de igualdad, Ley 39/2015, , 40/2015, constitucion, Estatuto, ...) que entran en casi todas. Con esas leyes ya aprendidas, y leyendo (no me da para estudiar) de los temarios las específicas, pues me presento a lo que sale y voy teniendo en la mochila otras bolsas.
Porque, esto es importante, casi todas las bolsas mueren en 3-5 años.Y si quieres estar, debes presentarte. Lo bueno es que cada vez ganas más méritos por haber trabajado de ello, las IT ya las tienes , el euskera también, y sabiendo las leyes básicas, aprobar (sin nota, pero aprobar) no es dificil. Para bolsa los exámenes suelen ser más fáciles que para OPE con puesto. A veces, "extrañamente" fáciles (lease la ironía, ya que si lo que quiere un ayuntamiento es que entren los elegidos, pues exámen fácil y mucho valor a méritos que casualmente tienen esos elegidos, je, je, ....)
Lo normal es que te llamen para periodos cortos, vacaciones, bajas, ... pero a veces hay diamantes que no hay que dejar pasar (una vacante) o un contrato en principio para poco, se alargaaaaaaa (yo en un sitio empecé para lo que podía ser un mes, y estuve 4 años encadenando cosas). Pero ahí está la incertidumbre de no saber para cuanto tienes.
Es mi experiencia, para mi es una carrera de fondo, una vez que te llaman, encadenas unos con otro, sobre todo en GV y Osakidetza. Vas haciendo méritos (cursos, experiencia, ...) y cuando muere esa bolsa, en la siguiente probablemente estarás más arriba.
Pero por ejemplo, Osakidetza desde que haces el examen hasta que sacan listas, pues puede pasar 3 o 4 años. Pero tendrás trabajo, no bueno, pero trabajo.
Y lo que pasa ahora es que hay saturación de OPEs porque durante mucho tiempo no han sacado OPEs (por la crisis), y las bolsas que había están agotadas. Ahora se ha vuelto a abrir la veda, y todas a la vez. Lo que es estresante, porque te gustaría presentarte a todo... y no da el tiempo ni la paciencia...
Despues de este rollo, pues que animo, y que cada uno tendrá su propia estrategia y situación. Yo así no he vuelto al paro, y tampoco me mato a estudiar, ...
Gracias por contar tu experiencia!!! ¿Sigues trabajando ahora mismo en la admi. publica?
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Hola Grupo,
Os informo que de este chat lo leo toooooodo y estoy superagradecida por todo lo que aquí se comenta. De verdad que se agradece un montón todo lo que compartís. A pesar de eso, no me había animado a escribir nunca pero tengo un par de dudas que no veo por aqui y a ver si alguien me lo puede aclarar.
- Quiero verificar el tema de las listas de admitidos para ver si necesito aportar algo mas, de hecho, me acabo de sacar una de las it txartelas y la tendre que aportar pero no veo como se accede a estas listas. Alguien me podría indicar la ruta?
- Por otro lado, este es un tema un poco mas personal...me da la sensacion de que hay gente casi profesional en esto de las opes y bolsas de trabajo que os habéis apuntado a exámenes de todo (osakidetza, dipu, ayunta,...). Yo, que es la primera vez que me apunto y no se como va este mundillo pregunto: hay que estar continuamente presentándose a exámenes aunque ya te llamen de interino? En la actualidad trabajo en la empresa privada y estar en una bolsa me parecía una buena opción pero si continuamente hay que estar estudiando a la vez que trabajando...igual prefiero la empresa privada!. ¿Que me decís? ¿es así continuamente?
Muchas gracias y un saludo al chat!
Aupa Trasteator, te cuento mi experiencia personal.
Despues de muchos años en empresa privada, llego la crisis y el paro. Aprendí euskera, y me animaron a presentarme a una bolsa. Al de un tiempo me llamaron, y mientras, ya que había estudiado un montón para esa bolsa, seguí presentándome a otras, pues hay mucho temario (LOPD, Ley de igualdad, Ley 39/2015, , 40/2015, constitucion, Estatuto, ...) que entran en casi todas. Con esas leyes ya aprendidas, y leyendo (no me da para estudiar) de los temarios las específicas, pues me presento a lo que sale y voy teniendo en la mochila otras bolsas.
Porque, esto es importante, casi todas las bolsas mueren en 3-5 años.Y si quieres estar, debes presentarte. Lo bueno es que cada vez ganas más méritos por haber trabajado de ello, las IT ya las tienes , el euskera también, y sabiendo las leyes básicas, aprobar (sin nota, pero aprobar) no es dificil. Para bolsa los exámenes suelen ser más fáciles que para OPE con puesto. A veces, "extrañamente" fáciles (lease la ironía, ya que si lo que quiere un ayuntamiento es que entren los elegidos, pues exámen fácil y mucho valor a méritos que casualmente tienen esos elegidos, je, je, ....)
Lo normal es que te llamen para periodos cortos, vacaciones, bajas, ... pero a veces hay diamantes que no hay que dejar pasar (una vacante) o un contrato en principio para poco, se alargaaaaaaa (yo en un sitio empecé para lo que podía ser un mes, y estuve 4 años encadenando cosas). Pero ahí está la incertidumbre de no saber para cuanto tienes.
Es mi experiencia, para mi es una carrera de fondo, una vez que te llaman, encadenas unos con otro, sobre todo en GV y Osakidetza. Vas haciendo méritos (cursos, experiencia, ...) y cuando muere esa bolsa, en la siguiente probablemente estarás más arriba.
Pero por ejemplo, Osakidetza desde que haces el examen hasta que sacan listas, pues puede pasar 3 o 4 años. Pero tendrás trabajo, no bueno, pero trabajo.
Y lo que pasa ahora es que hay saturación de OPEs porque durante mucho tiempo no han sacado OPEs (por la crisis), y las bolsas que había están agotadas. Ahora se ha vuelto a abrir la veda, y todas a la vez. Lo que es estresante, porque te gustaría presentarte a todo... y no da el tiempo ni la paciencia...
Despues de este rollo, pues que animo, y que cada uno tendrá su propia estrategia y situación. Yo así no he vuelto al paro, y tampoco me mato a estudiar, ...
Gracias por contar tu experiencia!!! ¿Sigues trabajando ahora mismo en la admi. publica?
Si, puede que por tiempo en la misma plaza. Pero lo dicho, como tengo ya estudiado mucho temario, pues me presento a lo que sale casi sin estudiar (o sin estudiar), que por intentarlo, ... . Es como "rentabilizar" las horas invertidas en su día. Pero 100% de acuerdo con Megaope. Cuando ya llevas un tiempo en una administración, hay que centrarse en ella (GV, OSAKI, Dipu...). En mi caso, salvo que no me salga un chollo en otra administración , me centro en trabajar como administrativa GV. Y de mientras, voy "gastando mañanitas" en exámenes de ayuntamientos, y demás, que nunca se sabe cuando puede salir el chollo, ....
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Quiero daros las gracias María bis y megaope por contarnos vuestra experiencia, es muy generoso por vuestra parte. Todo lo que decís es muy inspirador y positivo para los que estamos siquiera empezando en esto. Sabemos que es una carrera de fondo, y no solo eso, sino también la más solitaria de las carreras. Por eso contar con en este rincón donde además de ayudarnos los unos a los otros con los temarios, etc, poder compartir nuestras experiencias, opiniones y sensaciones, hace que uno se sienta un poco menos solo. Eskerrik asko, benetan.
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Quiero daros las gracias María bis y megaope por contarnos vuestra experiencia, es muy generoso por vuestra parte. Todo lo que decís es muy inspirador y positivo para los que estamos siquiera empezando en esto. Sabemos que es una carrera de fondo, y no solo eso, sino también la más solitaria de las carreras. Por eso contar con en este rincón donde además de ayudarnos los unos a los otros con los temarios, etc, poder compartir nuestras experiencias, opiniones y sensaciones, hace que uno se sienta un poco menos solo. Eskerrik asko, benetan.
De nada...sobre todo hay que estar mentalizados-as que somos interinos-as y en cualquier momento nos dan puerta, y nos cogen la plaza y nos da un jamacuco, por eso a las bolsas y a las opes hay que ir a tope...no vale con quedar la 3000.
Por eso a todo y toda la que pueda que dé el resto en esta ope de la dfb de administrativo son muchísimas plazas...y una administración que mueve mucho y con condiciones muy buenas...
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Hola!!! E aprobado las IT Txartelak de word y excel y me gustaría saber si tengo que presentarlas en algún sitio. Gracias.
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Hola!!! E aprobado las IT Txartelak de word y excel y me gustaría saber si tengo que presentarlas en algún sitio. Gracias.
No hay que presentarlas, ellos ya te lo mirarán
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hola, una duda que tengo con el tema 26 sobre los articulos que entran:
yo creo que entran los siguientes art:
art 1 al 5.
art 6 al 15.
art 19.
¿¿es correcto??, es que no me coincide el temario de ELA con el mio.
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hola, una duda que tengo con el tema 26 sobre los articulos que entran:
yo creo que entran los siguientes art:
art 1 al 5.
art 6 al 15.
art 19.
¿¿es correcto??, es que no me coincide el temario de ELA con el mio.
yo creo que entra eso mismo que has puesto
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PREVISIÓN FECHAS EXÁMENES
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PREVISIÓN FECHAS EXÁMENES
Igual estoy equivocada, pero no se supone que después del primer examen, se hace otro práctico antes de las It txartelak y el de euskera?
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Con esto se entiende que el examen teórico y el de supuestos prácticos se hace el mismo día? Los dos seguidos o hay que aprobar el primero para realizar el segundo...? Sabéis cómo funciona?
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Si,el mismo día
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Si,el mismo día
Alguien sabe como suele ser el examen de supuestos prácticos? Me parece que alguien comentó que serían tests, pero alguien tiene alguno anterior? O sabe alguien dónde se pueden conseguir para hacernos una idea o ir practicando? Eskerrik asko
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Si,el mismo día
Alguien sabe como suele ser el examen de supuestos prácticos? Me parece que alguien comentó que serían tests, pero alguien tiene alguno anterior? O sabe alguien dónde se pueden conseguir para hacernos una idea o ir practicando? Eskerrik asko
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Si,el mismo día
Alguien sabe como suele ser el examen de supuestos prácticos? Me parece que alguien comentó que serían tests, pero alguien tiene alguno anterior? O sabe alguien dónde se pueden conseguir para hacernos una idea o ir practicando? Eskerrik asko
Eskerrik askooo!!!
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De diputacion de gipuzkoa o alava sabeis si se puede rescatar algun caso practico??
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Kaixo, sería muy interesante también si alguien podría conseguir los ejercicios prácticos que están haciendo los sindicatos en los cursos que han sacado. Sé que esto tal vez sea mucho pedir... Pero sería estupendo si alguien tuviera acceso a ellos
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Hola, en el hilo de la ope de administrativo de la dipu de alava he subido un modelo de examen de la convocatoria anterior
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En el tema 35, saberse todas las competencias una a una lo veo excesivo. ¿ Vosotros?
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Hola, en el hilo de la ope de administrativo de la dipu de alava he subido un modelo de examen de la convocatoria anterior
Eskerrik asko, acabo de ver y me lo guardo!!! Aunque buscaba algo más relacionado con el 2º ejercicio...
No puedo acceder a la ultima OPE de Araba y en Gipuzkoa no parecen estar colgados, si alguien los tiene y puede subirlos o sabe como conseguirlos, se agradecería
https://www.araba.eus/PortalEmpleo/EP_Convocatoria/FPEP3301detalleConvOEP.asp
https://egoitza.gipuzkoa.eus/WAS/CORP/LLEHautaketaProzesuakWEB/convocatorias/3657/verhistorico
https://egoitza.gipuzkoa.eus/WAS/CORP/LLEHautaketaProzesuakWEB/convocatorias/2670/verhistorico
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Si,el mismo día
Alguien sabe como suele ser el examen de supuestos prácticos? Me parece que alguien comentó que serían tests, pero alguien tiene alguno anterior? O sabe alguien dónde se pueden conseguir para hacernos una idea o ir practicando? Eskerrik asko
Mila esker Rubén. Imagino que serán los exámenes de la convocatoria de 2008, ¿verdad?
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muchas gracias, animooooo.
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Si,el mismo día
Alguien sabe como suele ser el examen de supuestos prácticos? Me parece que alguien comentó que serían tests, pero alguien tiene alguno anterior? O sabe alguien dónde se pueden conseguir para hacernos una idea o ir practicando? Eskerrik asko
Mila esker Rubén. Imagino que serán los exámenes de la convocatoria de 2008, ¿verdad?
Supongo que son los de la última convocatoria.
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Buenos días grupo. Estoy con el tema 34 y según la bibliografía entrarían los artículos referentes a Naturaleza, Hecho imponible y Sujeto pasivo de los 3 tributos. El tema es, como ya pasa en otros temas, que en el temario de ELA han metido también las exenciones de los dos primeros. Vais a estudiar también esto? Gracias a todos.
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Buenos días grupo. Estoy con el tema 34 y según la bibliografía entrarían los artículos referentes a Naturaleza, Hecho imponible y Sujeto pasivo de los 3 tributos. El tema es, como ya pasa en otros temas, que en el temario de ELA han metido también las exenciones de los dos primeros. Vais a estudiar también esto? Gracias a todos.
pues yo entiendo que sólo entra lo que pone en el temario, así que lo otro, pasando :-)
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Tomando como base el temario de ELA, las partes que están en rojo que son modificaciones de las leyes que están puestas, alguien sabe si han entrado en vigor?
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Tomando como base el temario de ELA, las partes que están en rojo que son modificaciones de las leyes que están puestas, alguien sabe si han entrado en vigor?
Parece que si han entrado en vigor,pero no se sabe aún si las tendrá en cuenta el tribunal
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Tomando como base el temario de ELA, las partes que están en rojo que son modificaciones de las leyes que están puestas, alguien sabe si han entrado en vigor?
Parece que si han entrado en vigor,pero no se sabe aún si las tendrá en cuenta el tribunal
Anda, y eso cuando lo piensan decir? Desde luego... En algunas bases si he visto que pone que las actualizaciones de las leyes entran en las bases, aunque no se modifiquen explicitamente. pero en las de la dipu no he visto nada
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Tomando como base el temario de ELA, las partes que están en rojo que son modificaciones de las leyes que están puestas, alguien sabe si han entrado en vigor?
Parece que si han entrado en vigor,pero no se sabe aún si las tendrá en cuenta el tribunal
Anda, y eso cuando lo piensan decir? Desde luego... En algunas bases si he visto que pone que las actualizaciones de las leyes entran en las bases, aunque no se modifiquen explicitamente. pero en las de la dipu no he visto nada
En la academia a la que voy están pendientes,si me dicen algo,lo digo :)
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Kaixo, sabéis si se puede pedir a dipu aclaraciones sobre el temario? O si publican en algún lugar las que han recibido y las respuestas. Sería interesante ya que hay temas que no están del todo claro, o si en los temas de impuestos entran o no las actualizaciones
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Tomando como base el temario de ELA, las partes que están en rojo que son modificaciones de las leyes que están puestas, alguien sabe si han entrado en vigor?
Parece que si han entrado en vigor,pero no se sabe aún si las tendrá en cuenta el tribunal
Anda, y eso cuando lo piensan decir? Desde luego... En algunas bases si he visto que pone que las actualizaciones de las leyes entran en las bases, aunque no se modifiquen explicitamente. pero en las de la dipu no he visto nada
En la academia a la que voy están pendientes,si me dicen algo,lo digo :)
Fenomeno, nos cuentas!! Vamos, que estais sobre la actualizacion anterior no?
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hola, una duda que tengo con el tema 26 sobre los articulos que entran:
yo creo que entran los siguientes art:
art 1 al 5.
art 6 al 15.
art 19.
¿¿es correcto??, es que no me coincide el temario de ELA con el mio.
¿ Podría alguno que esta yendo a los cursos de Ela confirmar con ello si a partir del articulo 19 no entra en el temario,y que por tanto en el temario que han preparado han incluido más articulos?
Gracias de antemano
yo creo que entra eso mismo que has puesto
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¿Podría alguno que esta yendo a los cursos de Ela confirmar con ellos si a partir del articulo 19 no entra en el temario,y que por tanto en el temario que han preparado han incluido más articulos?
Gracias de antemano
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En las Bases Generales de la convocatoria, clausula sexta.- Procedimiento de selección, en el apartado 2,dice lo siguiente:
" ….. la normativa cuyo conocimiento se exigirá, será la vigente a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado."
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En las Bases Generales de la convocatoria, clausula sexta.- Procedimiento de selección, en el apartado 2,dice lo siguiente:
" ….. la normativa cuyo conocimiento se exigirá, será la vigente a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado."
¿Donde se puede loclizar las bases generales? ¿Entiendo que yo que esa norma dice que el apartdo en rojo de ELA si entra no, al ser nueva normativa?
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Las bases generales y específicas de la convocatoria, se publicaron en BOB de 5/11/2018, y la fecha de referencia de la normativa ( la de publicación en BOE), es el 15/11/2018
Esta todo en la pagina web de la DFB, donde está recogida la convocatoria de estas plazas
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Tema 20: Derechos históricos de los Territorios Forales.
Tema 35: El Estatuto de Autonomía del País Vasco. Antecedentes históricos.
De donde habéis sacado esos apartados? Se puede dar por válida la info que han incluido en el temario de ELA??
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Todavia no he empezado, pero si te sirve en la pàgina del Ivap tienes los antecedentes.
http://autoprestakuntza.euskadi.eus/mod/book/view.php?id=227&chapterid=430
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Todavia no he empezado, pero si te sirve en la pàgina del Ivap tienes los antecedentes.
http://autoprestakuntza.euskadi.eus/mod/book/view.php?id=227&chapterid=430
En los apuntes de ELA tienes completo. Si no recuerdo mal está en pagina 7
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buenas tardes, me a llegado este rumor, alguien sabe si es verdad:
PREVISION DEL PROCESO:
- 8 de junio: primer examen
- 9 julio: fin de la fase de recursos
- ultima semana de julio- primera de agosto: examen IT Txartela
- segunda quincena de septiembre: prueba de euskera
- segunda quincena de octubre: presentacion de meritos
- Febrero 2020: toma de posesion.
Kaixo!
según las bases entendí que si tienes las it txartelas convalidan el exámen, pero por si acaso lo pregunto. El exámen es sólo para los q no acrediten las it txartelas o para todos?
las it txartelas a acreditar son una de cada prograa, no?osea, una de excel(de todas las q nombran en las bases) y una de word, verdad?
yo así lo entiendo, pero por confirmar. gracias!
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buenas tardes, me a llegado este rumor, alguien sabe si es verdad:
PREVISION DEL PROCESO:
- 8 de junio: primer examen
- 9 julio: fin de la fase de recursos
- ultima semana de julio- primera de agosto: examen IT Txartela
- segunda quincena de septiembre: prueba de euskera
- segunda quincena de octubre: presentacion de meritos
- Febrero 2020: toma de posesion.
Kaixo!
según las bases entendí que si tienes las it txartelas convalidan el exámen, pero por si acaso lo pregunto. El exámen es sólo para los q no acrediten las it txartelas o para todos?
las it txartelas a acreditar son una de cada prograa, no?osea, una de excel(de todas las q nombran en las bases) y una de word, verdad?
yo así lo entiendo, pero por confirmar. gracias!
Asi es
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Sabeis si ha salido la lista de admitidos?
No se porque no me deja acceder a la pagina web.. :S
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Sí permite acceder y no hay novedades
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Sabeis si ha salido la lista de admitidos?
No se porque no me deja acceder a la pagina web.. :S
No hay lista de admitidos publicada aún.
Únicamente se publicó un listado de personas a las que se requeria alguna documentación no presentada.
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Kaixo a tod@s. Aqui estoy volviendome loca con el tema 26.
A ver si alguien puede ayudarme a entender lo que voy a escribir. Estoy estudiando los intereses de demora.
NO SE EXIGIRAN INTERESES DE DEMORA CUANDO LA ADMON TRIBUTARIA INCUMPLA POR CAUSA IMPUTABLE A LA MISMA LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN ESTA NORMA FORAL PARA RESOLVER, EXIGIENDOSE EL INTERES EXCLUSIVAMENTE HASTA LA FECHA FINAL DE DICHOS PLAZOS, SALVO EN LOS CASOS DE INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE RESOLUCION DE LAS SOLICITUDES DE APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO DE PAGO Y DE COMPENSACION DE DEUDAS.
Lo he escrito tal cual viene en el temario de ELA . Tema 26 página 12 último párrafo. Primero dice que no se exigen y luego comenta que si se exige hasta la fecha final de dichos plazos. O cuando se exigen es cuando se incumplen los plazos de resolución de aplazamiento o fraccionamiento de pago y de compensación de deudas???
O falta un punto....o yo estoy torpe...o no se. Si alguien me responde y me ayuda MILLA MILLOI ESKER
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Kaixo a tod@s. Aqui estoy volviendome loca con el tema 26.
A ver si alguien puede ayudarme a entender lo que voy a escribir. Estoy estudiando los intereses de demora.
NO SE EXIGIRAN INTERESES DE DEMORA CUANDO LA ADMON TRIBUTARIA INCUMPLA POR CAUSA IMPUTABLE A LA MISMA LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN ESTA NORMA FORAL PARA RESOLVER, EXIGIENDOSE EL INTERES EXCLUSIVAMENTE HASTA LA FECHA FINAL DE DICHOS PLAZOS, SALVO EN LOS CASOS DE INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE RESOLUCION DE LAS SOLICITUDES DE APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO DE PAGO Y DE COMPENSACION DE DEUDAS.
Lo he escrito tal cual viene en el temario de ELA . Tema 26 página 12 último párrafo. Primero dice que no se exigen y luego comenta que si se exige hasta la fecha final de dichos plazos. O cuando se exigen es cuando se incumplen los plazos de resolución de aplazamiento o fraccionamiento de pago y de compensación de deudas???
O falta un punto....o yo estoy torpe...o no se. Si alguien me responde y me ayuda MILLA MILLOI ESKER
Hay artículos que la verdad es que sin de traca. Yo entiendo de lo que has puesto que la administración no podrá exigir intereses de demora cuando el incumplimiento del plazo sea por culpa de ella y solo podrá exigir intereses hasta que se cumpla el plazo, menos en los casos de RESOLUCION DE LAS SOLICITUDES DE APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO DE PAGO Y DE COMPENSACION DE DEUDAS.
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Kaixo a tod@s. Aqui estoy volviendome loca con el tema 26.
A ver si alguien puede ayudarme a entender lo que voy a escribir. Estoy estudiando los intereses de demora.
NO SE EXIGIRAN INTERESES DE DEMORA CUANDO LA ADMON TRIBUTARIA INCUMPLA POR CAUSA IMPUTABLE A LA MISMA LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN ESTA NORMA FORAL PARA RESOLVER, EXIGIENDOSE EL INTERES EXCLUSIVAMENTE HASTA LA FECHA FINAL DE DICHOS PLAZOS, SALVO EN LOS CASOS DE INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE RESOLUCION DE LAS SOLICITUDES DE APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO DE PAGO Y DE COMPENSACION DE DEUDAS.
Lo he escrito tal cual viene en el temario de ELA . Tema 26 página 12 último párrafo. Primero dice que no se exigen y luego comenta que si se exige hasta la fecha final de dichos plazos. O cuando se exigen es cuando se incumplen los plazos de resolución de aplazamiento o fraccionamiento de pago y de compensación de deudas???
O falta un punto....o yo estoy torpe...o no se. Si alguien me responde y me ayuda MILLA MILLOI ESKER
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Kaixo a tod@s. Aqui estoy volviendome loca con el tema 26.
A ver si alguien puede ayudarme a entender lo que voy a escribir. Estoy estudiando los intereses de demora.
NO SE EXIGIRAN INTERESES DE DEMORA CUANDO LA ADMON TRIBUTARIA INCUMPLA POR CAUSA IMPUTABLE A LA MISMA LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN ESTA NORMA FORAL PARA RESOLVER, EXIGIENDOSE EL INTERES EXCLUSIVAMENTE HASTA LA FECHA FINAL DE DICHOS PLAZOS, SALVO EN LOS CASOS DE INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE RESOLUCION DE LAS SOLICITUDES DE APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO DE PAGO Y DE COMPENSACION DE DEUDAS.
Lo he escrito tal cual viene en el temario de ELA . Tema 26 página 12 último párrafo. Primero dice que no se exigen y luego comenta que si se exige hasta la fecha final de dichos plazos. O cuando se exigen es cuando se incumplen los plazos de resolución de aplazamiento o fraccionamiento de pago y de compensación de deudas???
O falta un punto....o yo estoy torpe...o no se. Si alguien me responde y me ayuda MILLA MILLOI ESKER
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Kaixo a tod@s. Aqui estoy volviendome loca con el tema 26.
A ver si alguien puede ayudarme a entender lo que voy a escribir. Estoy estudiando los intereses de demora.
NO SE EXIGIRAN INTERESES DE DEMORA CUANDO LA ADMON TRIBUTARIA INCUMPLA POR CAUSA IMPUTABLE A LA MISMA LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN ESTA NORMA FORAL PARA RESOLVER, EXIGIENDOSE EL INTERES EXCLUSIVAMENTE HASTA LA FECHA FINAL DE DICHOS PLAZOS, SALVO EN LOS CASOS DE INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE RESOLUCION DE LAS SOLICITUDES DE APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO DE PAGO Y DE COMPENSACION DE DEUDAS.
Lo he escrito tal cual viene en el temario de ELA . Tema 26 página 12 último párrafo. Primero dice que no se exigen y luego comenta que si se exige hasta la fecha final de dichos plazos. O cuando se exigen es cuando se incumplen los plazos de resolución de aplazamiento o fraccionamiento de pago y de compensación de deudas???
O falta un punto....o yo estoy torpe...o no se. Si alguien me responde y me ayuda MILLA MILLOI ESKER
ROTE, yo creo que según el temario ese punto no habría que estudiarlo, se ha comentado en alguna página anterior y yo también lo entiendo asi, el tema 26 terminaría con el artículo 19
Tema 26 Norma Foral Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia: Titulo I: Disposiciones genrales del ordenamiento tributario: Capitulo I: prinicipios generales Capitulo II; Normas tributarias. Titulo II: Las obligaciones tributarias materiales; artículo 19: La obligación tributaria principal
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Pido ayuda, no entiendo bien el Artículo 14 Cláusula antielusión del TEMA 26
1 Será aplicable la claúsula antielusión cuando se evite total o parcialmente la realización del hecho imponible o se minore la base o la deuda tributaria mediante actos en los que concurran las siguientes circunstancias
a) Que, individualmente considerados o en su conjunto, sean notoriamente artificioso o impropios para la consecución del resultado obtenido
b) Que de su utlización no resulten efectos jurídicos o económicos relevantes, distintos del ahorro fiscal y de los efectos jurídicos o económicos relevantes, distintos del ahorro fiscal y de los efectos que se hubieran obtenido con los actos o negocios usuales o propios
¿ Que entendeís con esto?
Gracias
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Kaixo a tod@s. Aqui estoy volviendome loca con el tema 26.
A ver si alguien puede ayudarme a entender lo que voy a escribir. Estoy estudiando los intereses de demora.
NO SE EXIGIRAN INTERESES DE DEMORA CUANDO LA ADMON TRIBUTARIA INCUMPLA POR CAUSA IMPUTABLE A LA MISMA LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN ESTA NORMA FORAL PARA RESOLVER, EXIGIENDOSE EL INTERES EXCLUSIVAMENTE HASTA LA FECHA FINAL DE DICHOS PLAZOS, SALVO EN LOS CASOS DE INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE RESOLUCION DE LAS SOLICITUDES DE APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO DE PAGO Y DE COMPENSACION DE DEUDAS.
Lo he escrito tal cual viene en el temario de ELA . Tema 26 página 12 último párrafo. Primero dice que no se exigen y luego comenta que si se exige hasta la fecha final de dichos plazos. O cuando se exigen es cuando se incumplen los plazos de resolución de aplazamiento o fraccionamiento de pago y de compensación de deudas???
O falta un punto....o yo estoy torpe...o no se. Si alguien me responde y me ayuda MILLA MILLOI ESKER
ROTE, yo creo que según el temario ese punto no habría que estudiarlo, se ha comentado en alguna página anterior y yo también lo entiendo asi, el tema 26 terminaría con el artículo 19
Tema 26 Norma Foral Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia: Titulo I: Disposiciones genrales del ordenamiento tributario: Capitulo I: prinicipios generales Capitulo II; Normas tributarias. Titulo II: Las obligaciones tributarias materiales; artículo 19: La obligación tributaria principal
Pues que bién J.C. Yo me estoy estudiando los temas del temario de ELA tal cual, y como todos los días no puedo seguir los hilos del chat, porque entre estudiar, niños, casa, trabajo.... Menuda alegría me has dado. Menos para estudiar, Juyuuuuu!!!!
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Buenas noches,
Alguien podria explicarme cual es la diferencia entre las siguientes situaciones administrativas: "Excedencia voluntaria por servicio activo en otro cuerpo o escala de cualquier administración pública" y "servicio en otras administraciones públicas"
Mil gracias
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Buenas noches,
Alguien podria explicarme cual es la diferencia entre las siguientes situaciones administrativas: "Excedencia voluntaria por servicio activo en otro cuerpo o escala de cualquier administración pública" y "servicio en otras administraciones públicas"
Mil gracias
Excedencia voluntaria por servicio activo en otra administración es cuando un funcionario de carrera de una administración determinada decide voluntariamente y tras haber hecho el proceso de selección correspondiente trabajar en otra administración . Servicio en otras administraciones públicas se produce cuando en una administración que se esté celebrando concurso o libre designacion, los cuales permiten participar a otros funcionarios de otras administraciones. Si consiguen plaza o consiguen trabajar como de libre designación pasarán a esta situación.
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Buenas noches,
Alguien podria explicarme cual es la diferencia entre las siguientes situaciones administrativas: "Excedencia voluntaria por servicio activo en otro cuerpo o escala de cualquier administración pública" y "servicio en otras administraciones públicas"
Mil gracias
Excedencia voluntaria por servicio activo en otra administración es cuando un funcionario de carrera de una administración determinada decide voluntariamente y tras haber hecho el proceso de selección correspondiente trabajar en otra administración . Servicio en otras administraciones públicas se produce cuando en una administración que se esté celebrando concurso o libre designacion, los cuales permiten participar a otros funcionarios de otras administraciones. Si consiguen plaza o consiguen trabajar como de libre designación pasarán a esta situación.
Entonces la diferencia entre ambas situaciones es la forma de provision de la administración de destino?
En la de servicios especiales indica que debe de ser mediante concurso o libre designacion, y en la de excedencia no dice nada (pero cual podria ser, si no es mediante concurso o libre designacion)?
La verdad es que sigo sin tenerlo claro
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Buenas noches,
Alguien podria explicarme cual es la diferencia entre las siguientes situaciones administrativas: "Excedencia voluntaria por servicio activo en otro cuerpo o escala de cualquier administración pública" y "servicio en otras administraciones públicas"
Mil gracias
Excedencia voluntaria por servicio activo en otra administración es cuando un funcionario de carrera de una administración determinada decide voluntariamente y tras haber hecho el proceso de selección correspondiente trabajar en otra administración . Servicio en otras administraciones públicas se produce cuando en una administración que se esté celebrando concurso o libre designacion, los cuales permiten participar a otros funcionarios de otras administraciones. Si consiguen plaza o consiguen trabajar como de libre designación pasarán a esta situación.
Entonces la diferencia entre ambas situaciones es la forma de provision de la administración de destino?
En la de servicios especiales indica que debe de ser mediante concurso o libre designacion, y en la de excedencia no dice nada (pero cual podria ser, si no es mediante concurso o libre designacion)?
La verdad es que sigo sin tenerlo claro
Imagínate que eres funcionario de carrera como policía local en un ayuntamiento. Como eres licenciado en Derecho te has presentado a una bolsa de trabajo para licenciados en Derecho del Gobierno Vasco. Te llaman del Gobierno Vasco y te ofrecen una interinidad. ¿Qué harías? Aceptar este nuevo trabajo y pedir excedencia voluntaria en tu ayuntamiento.
El segundo caso son las propias administraciones las que aceptan que formen parte funcionarios de otras administraciones por los procedimientos de concurso o libre designación. Por ejemplo, Osakidetza ha dejado participar en concurso a auxiliares sanitarios de otras administraciones y eso implica que quien haya sido adjudicatario/a de alguna de las plazas pasa a la situación de servicio en otra administración.
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Mila esker Marta25
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Publicado en Boletín de Bizkaia de hoy 4 de marzo, listado de admitidos y fecha de examen: 8 de junio a las 9.30
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Publicado en Boletín de Bizkaia de hoy 4 de marzo, listado de admitidos y fecha de examen: 8 de junio a las 9.30
Sí, en el BEC
Eskerrika asko!
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Publicado en Boletín de Bizkaia de hoy 4 de marzo, listado de admitidos y fecha de examen: 8 de junio a las 9.30
Sí, en el BEC
Eskerrika asko!
http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2019/03/04/I-200_cas.pdf?hash=c6314abcd4fcc031f2cb52d7398e451f (http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2019/03/04/I-200_cas.pdf?hash=c6314abcd4fcc031f2cb52d7398e451f)
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buenos dias, muchisimas gracias, ya lo e visto , varias dudas, pone que ai que llevar un corrector seco de 4.2 mm de anchura tipo "refill roller", alguien sabe para que puede ser?, yo es que nunca e visto eso de llevarlo, y el boli es normal o ai que esperar a ver que dice, como an puesto lo de el corrector, el segundo ejercicio es el ejercicio de caso practico no?, gracias a ver si alguien me puede decir algo. animoooo, que tenemos 3 meses, y ademas con las de ayuntamiento de bilbao ufff ya empieza los nerviosssss.
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buenos dias, muchisimas gracias, ya lo e visto , varias dudas, pone que ai que llevar un corrector seco de 4.2 mm de anchura tipo "refill roller", alguien sabe para que puede ser?, yo es que nunca e visto eso de llevarlo, y el boli es normal o ai que esperar a ver que dice, como an puesto lo de el corrector, el segundo ejercicio es el ejercicio de caso practico no?, gracias a ver si alguien me puede decir algo. animoooo, que tenemos 3 meses, y ademas con las de ayuntamiento de bilbao ufff ya empieza los nerviosssss.
Si pones en google imagenes "Pritt roller" tienes un ejemplo de lo que dicen.
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Pero el tipex no lo veo necesario siendo un examen tipo test, que normalmente hay una casilla para corregir si te has equivocado, y el práctico se supone que también se responde en preguntas tipo test, que lo pone en las bases, así que no entiendo a qué viene lo del tipex.....
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Gracias, ya se k modelo es, lo k no se muy bien es para k ai k llevar el typex, la primera vez k voy con eso jiji.una duda el segundo examen k ai k acer el mismo dia es el d el caso practico o el d ordenador?
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Gracias, ya se k modelo es, lo k no se muy bien es para k ai k llevar el typex, la primera vez k voy con eso jiji.una duda el segundo examen k ai k acer el mismo dia es el d el caso practico o el d ordenador?
Caso práctico
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buenos dias, muchisimas gracias, ya lo e visto , varias dudas, pone que ai que llevar un corrector seco de 4.2 mm de anchura tipo "refill roller", alguien sabe para que puede ser?, yo es que nunca e visto eso de llevarlo, y el boli es normal o ai que esperar a ver que dice, como an puesto lo de el corrector, el segundo ejercicio es el ejercicio de caso practico no?, gracias a ver si alguien me puede decir algo. animoooo, que tenemos 3 meses, y ademas con las de ayuntamiento de bilbao ufff ya empieza los nerviosssss.
Kaixo! Porfavor, ¿podría alguien poner dónde habeis visto el aviso del examen?
En este enlace simplemente se descarga el PDF de la nota pero es que no encuentro el sitio para revisarlo o dónde publican los avisos. Será cosa mía, pero entro en euskadi.eus , Oferta pública de empleo, y cuando le doy a Administrativo y me registro entro en bucle y no encuentro nada.
Gracias de antemano!
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entra aquí
http://www.bizkaia.eus/Herri_Administrazioa/ope/convocatoria.asp?Idioma=CA&id=1566&tipo=ini
metes tu dni y fecha de nacimiento y puedes acceder a ver los anuncios. es el último
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Eskerrik asko Susanac!
Era problema del navegador que usaba ;)
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Kaixo!
A no ser que lo haya hecho mal estos son los datos que me salen:
- 5 personas promoción interna
- 2 personas promoción interna personas con discapacidad
- 279 personas turno libre personas con discapacidad
- 7.711 turno libre
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Gabon! A ver si alguien sabe y puede responderme:
Si por lo que fuera no se aprobara el examen del PL 3 con ellos en la convocatoria y se aprobara con posterioridad o simultaneamente a ésta a través de HABE o de Escuela Oficial de Idiomas, lo tendrían en cuenta? Es decir, una vez completada la oposición y, en caso de aprobar y quedar para bolsas, nos podrían tener en cuenta el PL3 con posterioridad a la consecución de la OPE?
No sé si me he explicado bien... Gracias de antemano
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Si, cuando te lo saques lo entregas y a partir de ahí podrán llamarte para plazas con PL3
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Pero no es ni mucho menos lo mismo. Si lo tienes de antes o lo sacas en este proceso te lo cuentan en la fase de méritos con lo cual subes puestos en la bolsa que se forme o en el acceso a las plazas (si es que puntúan ese perfil). Si lo sacas despues no modificas ni subes puestos en la bolsa. Eso sí, a partir de entonces te ofrecerán puestos que estén perfilados con ese perfil.
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Muchas gracias por vuestras respuestas!
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No se si os habéis dado cuenta, pero viendo la publicación de ayer, hay 10 plazas más que sumar a las libres.
Por promoción interna sólo se han apuntado 5, por lo que las 10 restantes pasan a añadirse a las libres.
Algo es algo,.... ;D
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Holaaa!! Q significa personas con adaptacion de tiempo? No se a q se refiere?
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Holaaa!! Q significa personas con adaptacion de tiempo? No se a q se refiere?
A la gentr que tiene necesidades especiales y necesita mas tiempo para hacer el examen
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Entonces las personas sin necesidades especiales no tenemos el descanso de 1 hora entre el teórico y el práctico? Yo creo que hay un error en esa frase de la nota informativa, no puede ser que sean seguidos sin descanso ninguno.....
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Entonces las personas sin necesidades especiales no tenemos el descanso de 1 hora entre el teórico y el práctico? Yo creo que hay un error en esa frase de la nota informativa, no puede ser que sean seguidos sin descanso ninguno.....
Yo supongo que si que habra descanso, para ir al servicio y eso al menos...
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NO creo que nos tengan 150 min +90 min todo seguido... 15 min espero que nos dejen
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...supongo que sí habrá descanso, el tema será no coincidir fuera con los que se quedan con extra de tiempo para no pasar exámenes... pero la verdad que ni idea de cómo van a organizar horarios... Entiendo que el segundo examen lo hacemos todos no? No hay tiempo para corregir y que lo hagan solo los aprobados...?
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...me surge otra duda con los que no tienen que hacer parte 1 y parte 4... las preguntas que corresponden a esos temas se las dan por buenas directamente? O tienen 75 preguntas de la parte 2 y 3...
Soy nueva en esto y no tengo ni idea de cómo funciona... :-[
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Hola,
En las bases creo recordar que pone que para entrar en bolsas hay que aprobar el primero y presentarse obligatoriamente al segundo, con lo que entiendo que no corrigen hasta el final, no??
Así que izarbu el segundo examen lo hacemos todos si no no le veo sentido
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Yo entiendo que para estar exento de la parte general (parte 1 y 4) tienes que ser funcionario.
Así que entiendo que solo son los de promoción interna no?
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Estaba pensando en comprar un libro de test. Alguien sabe si es mejor el de cep o el de mad?
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Aupa:
Yo tengo el de tests de Mad y me parece bastante flojo... Igual es cosa mía, pero me parece muy simple
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Arratsalde on,
Con respecto a los temas de la ley 6/89, la normativa remite también a la LEBEP. Sabe alguien si esto es habitual?
Eskerrik asko
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buenas tardes, una duda, el tema 18 y 19 es la ley 9/2017, de 8 de noviembre , de contratos del sector publico, serian estos articulos no?:
- tema 18 articulo 1-3 y seccion 2 articulo 4
- tema 19 seccion 1. capitulo 1,titulo I (art. 116- 120), y art 121 al 130?. es asi ?
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buenas tardes, una duda, el tema 18 y 19 es la ley 9/2017, de 8 de noviembre , de contratos del sector publico, serian estos articulos no?:
- tema 18 articulo 1-3 y seccion 2 articulo 4
- tema 19 seccion 1. capitulo 1,titulo I (art. 116- 120), y art 121 al 130?. es asi ?
Si entrarían esos articulos
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Alquien me podría ayudar, no entiendo significado de los siguiente, algún ejemplo?
Tema 29 Impuesto sucesiones y donacioens
Artículo 5 Titulos sucesorios
b) Los contratos o pactos sucesorios, independientemente del momento
en que opere su eficacia.
A estos efectos, solamente tendrá carácter de título sucesorio el
pacto sucesorio con eficacia de presente que suponga la atribución de la
titularidad de un bien singular en el supuesto en que esa atribución sea
parte de una disposición más amplia en la que, al menos, debe concurrir
otro elemento vinculado con la designación hereditaria en un
instrumento paccionado respecto de otros elementos patrimoniales
diferentes. En otro caso, tendrá el carácter de negocio jurídico gratuito e
«inter vivos».
No obstante, no se exigirá el contenido adicional a que se refiere el
párrafo anterior para que un pacto sucesorio con eficacia de presente
tenga carácter de título sucesorio en el caso de que el bien singular
cuya titularidad se atribuya sea el único elemento integrante del
patrimonio del instituyente.
-
Explotación agrícola con caserío que unos padres le prometen a un hijo si él se hace cargo de la explotación y se queda a vivir con ellos hasta cuando ellos pacten.( titulo sucesorio)
Aparte de explotación agrícola con caserío, dentro del pacto le dejan un garaje que tienen en otro municipio para que lo pueda alquilar, eso no se consideraría titulo sucesorio, sino una donación.
-
Examen word y excel para los que para la fecha del 2º examen no los tengan acreditados.
Los que nos presentamos por turno libre tenemos todo el temario al completo.
Promoción interna, son las personas que trabajan en cualquier administración como funcionarios de carrera, es decir aquellas que pertenecen al grupo D o E.
El examen 75+10 versa sobre de los 4 grupos de temas y luego el práctico es donde son ciertos temas.
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Explotación agrícola con caserío que unos padres le prometen a un hijo si él se hace cargo de la explotación y se queda a vivir con ellos hasta cuando ellos pacten.( titulo sucesorio)
Aparte de explotación agrícola con caserío, dentro del pacto le dejan un garaje que tienen en otro municipio para que lo pueda alquilar, eso no se consideraría titulo sucesorio, sino una donación.
Gracias por ejemplo, me ha servido para entenderlo.
Muchas gracias
-
Finalmente, se ha aprobado la legislacion nueva en las leyes economica del temario? Digo para estudiarme lo nuevo o lo viejo! Gracias!
-
Egun on !
Soy nueva por el foro, y en el tema de las oposiciones :-\
Me gustaría saber dónde se pueden conseguir ejemplos de test. Se que en la página de la Diputación estan colgados los de convocatorias pasadas, pero ¿sabéis si se pueden encontrar más en otras páginas?
¿ Qué me decis de los libros de test de CEP y MAD? Alguién que los haya comprado y pueda darnos su opionión?
Eskerrik asko!!
-
Hola!!!
No entiendo la segunda parte del primer ejercicio, nunca he hecho uno práctico y estoy perdida...
De carácter práctico que consistirá en resolver uno o varios supuestos elegidos
al azar de entre los propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del ejercicio,
relacionados con las partes II y III del temario Anexo II y durante un plazo
de noventa minutos (90). Las respuestas se realizaran en un cuestionario de
preguntas alternativas. La respuesta correcta valdrá un (1) punto y la incorrecta
(-0,20) puntos.
Alguien me puede decir como funciona y de dónde estudiar??
-
Aupa jende,
Habeis llegado a tema IVA en apuntes ELA, hay articulos que no estan actualizados no?
eskerrik asko ta jotake
-
Hola!!!
No entiendo la segunda parte del primer ejercicio, nunca he hecho uno práctico y estoy perdida...
De carácter práctico que consistirá en resolver uno o varios supuestos elegidos
al azar de entre los propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del ejercicio,
relacionados con las partes II y III del temario Anexo II y durante un plazo
de noventa minutos (90). Las respuestas se realizaran en un cuestionario de
preguntas alternativas. La respuesta correcta valdrá un (1) punto y la incorrecta
(-0,20) puntos.
Alguien me puede decir como funciona y de dónde estudiar??
Se supone que son casos prácticos con respuestas tipo test. Puedes ver ejemplos en los examenes de convocatorias anteriores, en la Web de Diputación
-
Hola!!!
No entiendo la segunda parte del primer ejercicio, nunca he hecho uno práctico y estoy perdida...
De carácter práctico que consistirá en resolver uno o varios supuestos elegidos
al azar de entre los propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del ejercicio,
relacionados con las partes II y III del temario Anexo II y durante un plazo
de noventa minutos (90). Las respuestas se realizaran en un cuestionario de
preguntas alternativas. La respuesta correcta valdrá un (1) punto y la incorrecta
(-0,20) puntos.
Alguien me puede decir como funciona y de dónde estudiar??
Se supone que son casos prácticos con respuestas tipo test. Puedes ver ejemplos en los examenes de convocatorias anteriores, en la Web de Diputación
Muchisimas gracias!
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buenas tardes, como lo llevais?, el segundo ejercicio que es el practico, hay que estudiarlo como teoria no?, tipo test como el primer ejercicio, lo que pasa que es de las partes que señalan en la bases no?, animooooo.
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buenas tardes, como lo llevais?, el segundo ejercicio que es el practico, hay que estudiarlo como teoria no?, tipo test como el primer ejercicio, lo que pasa que es de las partes que señalan en la bases no?, animooooo.
es tipo test sobre los mismos temas,si ;),yo la segunda parte es lo que peor llevo, especialmente los de impuestos de sociedades, me lio mucho
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es decir en el primer examen te puede preguntar del tema 1 al 45, y en el segundo examen del tema 8 al 34 no?, muchas gracias, si yo tb llevo esa parte de el impuesto peor, es mas liosaaa.
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es decir en el primer examen te puede preguntar del tema 1 al 45, y en el segundo examen del tema 8 al 34 no?, muchas gracias, si yo tb llevo esa parte de el impuesto peor, es mas liosaaa.
Eso es, la segunda parte aunque es test se supone que son supuestos prácticos para que apliques lo de los temas 8 al 34
-
Para que es el type si el segundo ejercicio es test?
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Hola tengo una duda. En el impuesto de sociedades, página 13, aparece el siguiente parrafo:
A los efectos de la aplicación de lo dispuesto en la letra d) de los apartados 1 a
3 de este artículo, los requisitos que deben reunir las empresas que ostentan la
participación se limitarán a los de carácter cuantitativo contenidos en las letras
b) y c) de los referidos apartados.
No entiendo, alguno sabe lo que quiere decir?
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Hola tengo una duda. En el impuesto de sociedades, página 13, aparece el siguiente parrafo:
A los efectos de la aplicación de lo dispuesto en la letra d) de los apartados 1 a
3 de este artículo, los requisitos que deben reunir las empresas que ostentan la
participación se limitarán a los de carácter cuantitativo contenidos en las letras
b) y c) de los referidos apartados.
No entiendo, alguno sabe lo que quiere decir?
Entiendo que te refieres al art. 13 punto 5 ultimo parrafo
Lo que quiere decir es que si la entidad forma parte de un grupo de sociedades, los importes referidos en la letra b y la plantilla referida en la letra c se referira al conjunto de entidades con lo que, en caso de que excedan dicho importe, ninguna de las entidades se considerara como pequeña o mediana empresa.
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Hola tengo una duda. En el impuesto de sociedades, página 13, aparece el siguiente parrafo:
A los efectos de la aplicación de lo dispuesto en la letra d) de los apartados 1 a
3 de este artículo, los requisitos que deben reunir las empresas que ostentan la
participación se limitarán a los de carácter cuantitativo contenidos en las letras
b) y c) de los referidos apartados.
No entiendo, alguno sabe lo que quiere decir?
Entiendo que te refieres al art. 13 punto 5 ultimo parrafo
Creo que quiere decir que las empresas que tengan un 25% de participación o mas, tienen que cumplir los requisitos de los apartados b y c
No se entiende nada bien, la verdad
Lo que quiere decir es que si la entidad forma parte de un grupo de sociedades, los importes referidos en la letra b y la plantilla referida en la letra c se referira al conjunto de entidades con lo que, en caso de que excedan dicho importe, ninguna de las entidades se considerara como pequeña o mediana empresa.
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Hola tengo una duda. En el impuesto de sociedades, página 13, aparece el siguiente parrafo:
A los efectos de la aplicación de lo dispuesto en la letra d) de los apartados 1 a
3 de este artículo, los requisitos que deben reunir las empresas que ostentan la
participación se limitarán a los de carácter cuantitativo contenidos en las letras
b) y c) de los referidos apartados.
No entiendo, alguno sabe lo que quiere decir?
Entiendo que te refieres al art. 13 punto 5 ultimo parrafo
Creo que quiere decir que las empresas que tengan un 25% de participación o mas, tienen que cumplir los requisitos de los apartados b y c
No se entiende nada bien, la verdad
Lo que quiere decir es que si la entidad forma parte de un grupo de sociedades, los importes referidos en la letra b y la plantilla referida en la letra c se referira al conjunto de entidades con lo que, en caso de que excedan dicho importe, ninguna de las entidades se considerara como pequeña o mediana empresa.
Tienes razon, me he precipitado con mi respuesta.
Lo que yo he explicado es lo que indica en el punto 7.
Lo que preguntas del ultimo parrafo del punto 5 es que lo indicado en la letra d del punto 3 prevalece sobre la b y c del mismo punto
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Gracias por vuestras respuestas!! Algo así tendra que ser!!
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Hola!! Tengo una duda a la cual no encuentro respuesta. IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES. ARTICULO 3. RESIDENCIA HABITUAL
Se considerará que se produce tal circunstancia cuando
obteniendo una persona física en el País Vasco la mayor
parte de la base imponible del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas, obtenga en Bizkaia más parte
de la base imponible que la obtenida en cada uno de los
otros dos Territorios Históricos, excluyéndose, a ambos
efectos, las rentas y ganancias patrimoniales derivadas
del capital mobiliario y las bases imponibles imputadas.
Que significa BASES IMPONIBLES IMPUTADAS? UN EJEMPLO? MUCHAS GRACIAS!
-
Hola!! Tengo una duda a la cual no encuentro respuesta. IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES. ARTICULO 3. RESIDENCIA HABITUAL
Se considerará que se produce tal circunstancia cuando
obteniendo una persona física en el País Vasco la mayor
parte de la base imponible del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas, obtenga en Bizkaia más parte
de la base imponible que la obtenida en cada uno de los
otros dos Territorios Históricos, excluyéndose, a ambos
efectos, las rentas y ganancias patrimoniales derivadas
del capital mobiliario y las bases imponibles imputadas.
Que significa BASES IMPONIBLES IMPUTADAS? UN EJEMPLO? MUCHAS GRACIAS!
Hola! Aparecen más adelante en la norma del irpf. Al final está relacionado con la transparencia internacional y son rentas que se imputan sí o sí (existan o no, se presume que el contribuyente las ha obtenido). Por ejemplo, si tienes dinero en un paraíso fiscal, se presume que has obtenido un porcentaje x (creo que 15%) y se te atribuye esa renta (y pagas irpf por ella).
En el estado (aquí, en las diputaciones forales no) es habitual que se impute una renta a las personas que tienen una vivienda vacía, como si la hubieran tenido en alquiler, aunque realmente no hayan percibido nada. Eso es una renta imputada.
Espero que se entienda...
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Por fechas que indicaban, han finalizado los cursos que ha impartido ELA en colaboración con la UNED para la ope de diputación.
En el temario indicaban que iban a tratar casos prácticos. Nos harían gran favor quién lo pudiese colgar.
Eskerrik asko de antemano.
-
Por fechas que indicaban, han finalizado los cursos que ha impartido ELA en colaboración con la UNED para la ope de diputación.
En el temario indicaban que iban a tratar casos prácticos. Nos harían gran favor quién lo pudiese colgar.
Eskerrik asko de antemano.
Egun On:
Si, sería de agradecer que el que pudiera colgara los ejercicios prácticos que hayáis realizado en el curso impartido por ELA. Yo intenté apuntarme, pero las plazas se ocuparon en un abrir y cerrar de ojos, y por desgracia, no tuve la oportunidad de acceder al curso.
En caso de que fuera afiliado a ELA podría acceder a esos ejercicios practicos realizados en el curso?
Eskerrik asko aldez aurretik.
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a mi me pasa lo mismo, soy afiliada pero ya no había sitio...de momento en la pagina web no han colgado nada de ejercicios prácticos pero yo preguntare al sindicato
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a mi me pasa lo mismo, soy afiliada pero ya no había sitio...de momento en la pagina web no han colgado nada de ejercicios prácticos pero yo preguntare al sindicato
Oso ondo pixie. Yo tenía pensado hacer lo mismo, en cuanto sepa algo informo.
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Pues ,francamente, estaría muy bien y sería de agradecer que subierais tanto los test como los supuestos prácticos que obtuvierais porque los que ha colgado la diputación son del 2008 y casi todas las leyes que hay que estudiar son posteriores a esa fecha. Eskerrik askoooo! Yo he mirado en las librerías y ni CEP ni MAD ha sacado supuestos prácticos. Además, por lo que ha señalado alguien en el hilo, los test de CEP contienen errores ya en el primer tema.
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Buenas!! Se que habeis hablado del tema pero no me ha quedado claro, lo q esta en rojo en temario ela es lo q hay q estudiar o cual es lo correcto?
Gracias
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Buenas!! Se que habeis hablado del tema pero no me ha quedado claro, lo q esta en rojo en temario ela es lo q hay q estudiar o cual es lo correcto?
Gracias
En principio hay que estudiar lo que esta en roja, hasta por lo menos saquen nueva normativa
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a mi me pasa lo mismo, soy afiliada pero ya no había sitio...de momento en la pagina web no han colgado nada de ejercicios prácticos pero yo preguntare al sindicato
Oso ondo pixie. Yo tenía pensado hacer lo mismo, en cuanto sepa algo informo.
Kaixo. Yo también soy afiliada y me quedé fuera. Mañana llamaré a ELA a ver si ellos me pueden dar algo de lo que han impartido....no pierdo nada por preguntar
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Buenas!! Se que habeis hablado del tema pero no me ha quedado claro, lo q esta en rojo en temario ela es lo q hay q estudiar o cual es lo correcto?
Gracias
En principio hay que estudiar lo que esta en roja, hasta por lo menos saquen nueva normativa
Graciassss
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buenas tardes, alguien sabe donde puedo encontrar las respuestas de el primer y segundo ejercicio del año 2008?, es ke no encuentro las respuestas,gracias.
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Creo que son estas
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muchas gracias
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de el segundo ejercicio el practico , me falta la pregunta 20, que tengo duda, muchas gracias.
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buenos dias, alguien sabe donde se puede conseguir test de esta oposicion?, alguien sabe algo de los cursos que comentaron x aki de los sindicatos?, gracias.
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Buenas! Una pregunta a quiénes tenéis más experiencia... Estoy haciendo los test de CEP y en los temas más abiertos (8, 9, 10, 20...) el planteamiento que hacen es totalmente diferente del planteamiento de los apuntes de los sindicatos. ¿Quién suele andar más acertado? Es que no atino ni una, y no tengo los libros de CEP, así que no sé si lo estudiado es suficiente o no... :(
Gracias!
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Buenas! Una pregunta a quiénes tenéis más experiencia... Estoy haciendo los test de CEP y en los temas más abiertos (8, 9, 10, 20...) el planteamiento que hacen es totalmente diferente del planteamiento de los apuntes de los sindicatos. ¿Quién suele andar más acertado? Es que no atino ni una, y no tengo los libros de CEP, así que no sé si lo estudiado es suficiente o no... :(
Gracias!
Yo tuve los test de CEP para la ope de osakidetza y eran mucho copia pega de textos de las leyes.
Los apuntes de ELA son la norma tal cual, no veo problema tampoco
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Hola! El problema es que no coinciden. En el temario de Ela (en los temas que he dicho, salvo el 20), hay poca ley y mucha explicación. En los test preguntan otras cosas (otras leyes, que no sé indican en el temario). No sé qué es más fiable, pero sí sé seguro que con los apuntes de Ela no se responde el test de CEP.
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Hola! El problema es que no coinciden. En el temario de Ela (en los temas que he dicho, salvo el 20), hay poca ley y mucha explicación. En los test preguntan otras cosas (otras leyes, que no sé indican en el temario). No sé qué es más fiable, pero sí sé seguro que con los apuntes de Ela no se responde el test de CEP.
Mi recomendación es estudiar el texto legal, si te sirve, salvo en un par de temas que son más filosofía como por ejemplo el de la UE o el de la potestad reglamentaria. Resto, leyes o normas forales a machete. ;)
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legislación incluida
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legislación incluida
Mila esker Pixie.
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Hola,
Alguien tiene preguntas test de la parte 3 y 4 del Temario? quizá los que estén en los cursos de ELA?
Gracias!
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Aupa,
ojo que creo que tema IVA y IS ha habido una pequeña modificacion a ver si la encuentro y os digo
agur bat
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Aupa,
ojo que creo que tema IVA y IS ha habido una pequeña modificacion a ver si la encuentro y os digo
agur bat
Otra? Nos vuelven locos!
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Sólo entran las modificaciones anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria en el boe-bob
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Sólo entran las modificaciones anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria en el boe-bob
No. Entran las de la legislación vigente. Lo pone en las bases generales
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Sólo entran las modificaciones anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria en el boe-bob
No. Entran las de la legislación vigente. Lo pone en las bases generales
La vigente en el momento de la publicación en el BOE
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Sólo entran las modificaciones anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria en el boe-bob
No. Entran las de la legislación vigente. Lo pone en las bases generales
La vigente en el momento de la publicación en el BOE
Es decir, la del temario de Ela, no?
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Hola chic@s, solo entra la legislacion en vigor en el momento de la convocatoria, las modificaciones que ha habido despues no se tienen en cuenta
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Por la nota que han puesto entiendo que es la redacción antigua, la de los 7, pero vamos, la nota aclaratoria muy clara no es. Podrían ser un poco más precisod en la redacción en cuanto a solucionar las dudas.
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Hola
No entiendo la nota. Las normas a las que hace referencia el temario de las bases son las normas en vigor hasta el 31-12-17. En el momento que salieron las bases ya hacia meses que se aplicaba otra normativa con nombres distintos.
Entonces, cual aplica, la que viene en las bases (derogada), o la que no mencionan (pero en vigor a dia de publicación de las bases)?
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Buenas tardes, estoy con los temas de impuestos de renta, sucesiones, sociedades..................para mí totalmente infumables, no consigo ni entender.......... Sabéis si hay algún resumen para poco listos????? Aunque solo sea para entender lo básico y luego poder profundizar, pero estoy desesperada. Gracias
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Vale, queda claro que es la vigente a fecha de publicación de las bases. Pregunta : dónde se pueden encontrar las normas forales ordenadas por versiones, para sacar la vigente?
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Si tienes temario de ela las partes en rojo
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Mila esker pixie! Aclarado entonces.
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Hola
No entiendo la nota. Las normas a las que hace referencia el temario de las bases son las normas en vigor hasta el 31-12-17. En el momento que salieron las bases ya hacia meses que se aplicaba otra normativa con nombres distintos.
Entonces, cual aplica, la que viene en las bases (derogada), o la que no mencionan (pero en vigor a dia de publicación de las bases)?
Yo estoy igual que tu............. esto es infumable, y no sé como lo voy a hacer para que s eme quede todo...... :-\
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Hola
No entiendo la nota. Las normas a las que hace referencia el temario de las bases son las normas en vigor hasta el 31-12-17. En el momento que salieron las bases ya hacia meses que se aplicaba otra normativa con nombres distintos.
Entonces, cual aplica, la que viene en las bases (derogada), o la que no mencionan (pero en vigor a dia de publicación de las bases)?
Yo estoy igual que tu............. esto es infumable, y no sé como lo voy a hacer para que s eme quede todo...... :-\
Yo también estoy liadisima,creo que es la norma antigua,que viene en la bases
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Buenos días! Me operaron hace un mes y he estado desconectada... he visto la lista de admisiones y he visto que han mencionado que el examen es el día 8 de junio...
Hay que pagar alguna tasa y se sabe horarios o algo?? Es que no encuentro información acerca del examen concretamente...
Eskerrik asko
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Buenas tardes, estoy con los temas de impuestos de renta, sucesiones, sociedades..................para mí totalmente infumables, no consigo ni entender.......... Sabéis si hay algún resumen para poco listos????? Aunque solo sea para entender lo básico y luego poder profundizar, pero estoy desesperada. Gracias
Resumenes los que hagas tu....
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Buenos días! Me operaron hace un mes y he estado desconectada... he visto la lista de admisiones y he visto que han mencionado que el examen es el día 8 de junio...
Hay que pagar alguna tasa y se sabe horarios o algo?? Es que no encuentro información acerca del examen concretamente...
Eskerrik asko
pero estas admitida?
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Hola, buenas tardes. No sé si alguien habrá sacado el tema..., yo no lo he visto. Pero en el tema de la L 6/1989 6 julio de la LFPV, hay que estudiar los permisos y licencias de manera detallada??. En la ley como tal no aparecen, si no en el acuerdo regulador de las condiciones de trabajo.
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Alguien tiene algún libro o página etc. Para preparar el psicotécnico?
Eskerrikasko
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Alguien tiene algún libro o página etc. Para preparar el psicotécnico?
Eskerrikasko
Que psicotecnico? En esta convocatoria no hay psicotecnico
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Hola, buenas tardes. No sé si alguien habrá sacado el tema..., yo no lo he visto. Pero en el tema de la L 6/1989 6 julio de la LFPV, hay que estudiar los permisos y licencias de manera detallada??. En la ley como tal no aparecen, si no en el acuerdo regulador de las condiciones de trabajo.
Buenas, yo entiendo que son los artículos del 70 al 72 de la ley...vais a mirar más?
Saludos :)
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Si tienes temario de ela las partes en rojo
A ver si me entero que ya estoy más liada. ¿Los apuntes de ELA parte de III del Temario, Hacienda Impuestos, es la versión que hay que estudiar?¿ incluido lo que está en rojo?
Gracias!
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Buenas tardes,
En relación a los casos prácticos dicen esto las bases,
De carácter práctico que consistirá en resolver uno o varios supuestos elegidos al azar de entre los propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del ejer- cicio, relacionados con las partes II y III del temario Anexo II y durante un plazo de noventa minutos (90). Las respuestas se realizaran en un cuestionario de preguntas alternativas. La respuesta correcta valdrá un (1) punto y la incorrecta (-0,20) puntos.
Al poner preguntas alternativas no entiendo si es tipo test, ya que entonces debería poner respuestas alternativas no? por eso pedirán tipex?
Yo entiendo que van a ser unos enunciados y resolver a mano no?
También si alguien está en academia en Bilbo y me puede comentar impresiones se lo agradecería
Gracias si alguien me puede aclarar
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Buenas tardes,
En relación a los casos prácticos dicen esto las bases,
De carácter práctico que consistirá en resolver uno o varios supuestos elegidos al azar de entre los propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del ejer- cicio, relacionados con las partes II y III del temario Anexo II y durante un plazo de noventa minutos (90). Las respuestas se realizaran en un cuestionario de preguntas alternativas. La respuesta correcta valdrá un (1) punto y la incorrecta (-0,20) puntos.
Al poner preguntas alternativas no entiendo si es tipo test, ya que entonces debería poner respuestas alternativas no? por eso pedirán tipex?
Yo entiendo que van a ser unos enunciados y resolver a mano no?
También si alguien está en academia en Bilbo y me puede comentar impresiones se lo agradecería
Gracias si alguien me puede aclarar
La informacion que yo tengo es que van a ser tipo test
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Buenas tardes,
En relación a los casos prácticos dicen esto las bases,
De carácter práctico que consistirá en resolver uno o varios supuestos elegidos al azar de entre los propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del ejer- cicio, relacionados con las partes II y III del temario Anexo II y durante un plazo de noventa minutos (90). Las respuestas se realizaran en un cuestionario de preguntas alternativas. La respuesta correcta valdrá un (1) punto y la incorrecta (-0,20) puntos.
Al poner preguntas alternativas no entiendo si es tipo test, ya que entonces debería poner respuestas alternativas no? por eso pedirán tipex?
Yo entiendo que van a ser unos enunciados y resolver a mano no?
También si alguien está en academia en Bilbo y me puede comentar impresiones se lo agradecería
Gracias si alguien me puede aclarar
En la academia se estan preparando tipo test, que es como han sido en convocatorias anteriores
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Hola, buenas tardes. No sé si alguien habrá sacado el tema..., yo no lo he visto. Pero en el tema de la L 6/1989 6 julio de la LFPV, hay que estudiar los permisos y licencias de manera detallada??. En la ley como tal no aparecen, si no en el acuerdo regulador de las condiciones de trabajo.
Buenas, yo entiendo que son los artículos del 70 al 72 de la ley...vais a mirar más?
Saludos :)
No, yo sólo los que dice expresamente : los artículos 70-72
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Si tienes temario de ela las partes en rojo
Estamos seguros de esto? Cuando se publico en el BOE la nueva legislacion?
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Las nuevas de IVA y SOCIEDADES se publicaron después de la publicación de las bases. Lo que pasa que el tema de los 10 millones ya estaba modificado en el Concierto antes de la publicación de las bases, pero no se habían cambiado todavía la normas.
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Yo creo que entran los 7 millones, xq esas normas forales eran las que estaban publicadas, pero sólo es mi parecer , creo que no está claro al 100%
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Buenas tardes,
En relación a los casos prácticos dicen esto las bases,
De carácter práctico que consistirá en resolver uno o varios supuestos elegidos al azar de entre los propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del ejer- cicio, relacionados con las partes II y III del temario Anexo II y durante un plazo de noventa minutos (90). Las respuestas se realizaran en un cuestionario de preguntas alternativas. La respuesta correcta valdrá un (1) punto y la incorrecta (-0,20) puntos.
Al poner preguntas alternativas no entiendo si es tipo test, ya que entonces debería poner respuestas alternativas no? por eso pedirán tipex?
Yo entiendo que van a ser unos enunciados y resolver a mano no?
También si alguien está en academia en Bilbo y me puede comentar impresiones se lo agradecería
Gracias si alguien me puede aclarar
En la academia se estan preparando tipo test, que es como han sido en convocatorias anteriores
En qué academia de Bilbo se pueden preparar los casos prácticos?
Eskerrik asko!
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Yo creo que entran los 7 millones, xq esas normas forales eran las que estaban publicadas, pero sólo es mi parecer , creo que no está claro al 100%
Habrá que hacer una consulta a ver si a alguno le responden algo que no sea remitirse a lo ya publicado como supuesta aclaración...
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Creo que son estas
¿Dónde puedo encontrar los exámenes?
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Buenas tardes,
En relación a los casos prácticos dicen esto las bases,
De carácter práctico que consistirá en resolver uno o varios supuestos elegidos al azar de entre los propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del ejer- cicio, relacionados con las partes II y III del temario Anexo II y durante un plazo de noventa minutos (90). Las respuestas se realizaran en un cuestionario de preguntas alternativas. La respuesta correcta valdrá un (1) punto y la incorrecta (-0,20) puntos.
Al poner preguntas alternativas no entiendo si es tipo test, ya que entonces debería poner respuestas alternativas no? por eso pedirán tipex?
Yo entiendo que van a ser unos enunciados y resolver a mano no?
También si alguien está en academia en Bilbo y me puede comentar impresiones se lo agradecería
Gracias si alguien me puede aclarar
En la academia se estan preparando tipo test, que es como han sido en convocatorias anteriores
En qué academia de Bilbo se pueden preparar los casos prácticos?
Eskerrik asko!
En varias academias de Bilbao estan preparando para esta oposición. Yo creo que en todas. Lo que no se es si habrá nuevos grupos que salgan ahora.
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Creo que son estas
¿Dónde puedo encontrar los exámenes?
En la web de dipu
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Buenas tardes,
En relación a los casos prácticos dicen esto las bases,
De carácter práctico que consistirá en resolver uno o varios supuestos elegidos al azar de entre los propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del ejer- cicio, relacionados con las partes II y III del temario Anexo II y durante un plazo de noventa minutos (90). Las respuestas se realizaran en un cuestionario de preguntas alternativas. La respuesta correcta valdrá un (1) punto y la incorrecta (-0,20) puntos.
Al poner preguntas alternativas no entiendo si es tipo test, ya que entonces debería poner respuestas alternativas no? por eso pedirán tipex?
Yo entiendo que van a ser unos enunciados y resolver a mano no?
También si alguien está en academia en Bilbo y me puede comentar impresiones se lo agradecería
Gracias si alguien me puede aclarar
En la academia se estan preparando tipo test, que es como han sido en convocatorias anteriores
En qué academia de Bilbo se pueden preparar los casos prácticos?
Eskerrik asko!
En varias academias de Bilbao estan preparando para esta oposición. Yo creo que en todas. Lo que no se es si habrá nuevos grupos que salgan ahora.
Me podrías decir el nombre de algunas? Es que acabo de empezar a preparar opos y no conozco ninguna. Siento la molestia...
Eskerrik asko Aberria
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Buenas tardes,
En relación a los casos prácticos dicen esto las bases,
De carácter práctico que consistirá en resolver uno o varios supuestos elegidos al azar de entre los propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del ejer- cicio, relacionados con las partes II y III del temario Anexo II y durante un plazo de noventa minutos (90). Las respuestas se realizaran en un cuestionario de preguntas alternativas. La respuesta correcta valdrá un (1) punto y la incorrecta (-0,20) puntos.
Al poner preguntas alternativas no entiendo si es tipo test, ya que entonces debería poner respuestas alternativas no? por eso pedirán tipex?
Yo entiendo que van a ser unos enunciados y resolver a mano no?
También si alguien está en academia en Bilbo y me puede comentar impresiones se lo agradecería
Gracias si alguien me puede aclarar
En la academia se estan preparando tipo test, que es como han sido en convocatorias anteriores
En qué academia de Bilbo se pueden preparar los casos prácticos?
Eskerrik asko!
En varias academias de Bilbao estan preparando para esta oposición. Yo creo que en todas. Lo que no se es si habrá nuevos grupos que salgan ahora.
Me podrías decir el nombre de algunas? Es que acabo de empezar a preparar opos y no conozco ninguna. Siento la molestia...
Eskerrik asko Aberria
Hay varios hilos dedicados al tema, el caso es que no quiero hacer publicidad a nadie y yo tampoco las conozco todas.
Las mas oidas son Albia, Titulae, MasterD, Juritecnia...
Seguro que si haces busqueda en internet salen mas..
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Buenas tardes,
En relación a los casos prácticos dicen esto las bases,
De carácter práctico que consistirá en resolver uno o varios supuestos elegidos al azar de entre los propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del ejer- cicio, relacionados con las partes II y III del temario Anexo II y durante un plazo de noventa minutos (90). Las respuestas se realizaran en un cuestionario de preguntas alternativas. La respuesta correcta valdrá un (1) punto y la incorrecta (-0,20) puntos.
Al poner preguntas alternativas no entiendo si es tipo test, ya que entonces debería poner respuestas alternativas no? por eso pedirán tipex?
Yo entiendo que van a ser unos enunciados y resolver a mano no?
También si alguien está en academia en Bilbo y me puede comentar impresiones se lo agradecería
Gracias si alguien me puede aclarar
En la academia se estan preparando tipo test, que es como han sido en convocatorias anteriores
En qué academia de Bilbo se pueden preparar los casos prácticos?
Eskerrik asko!
En varias academias de Bilbao estan preparando para esta oposición. Yo creo que en todas. Lo que no se es si habrá nuevos grupos que salgan ahora.
Me podrías decir el nombre de algunas? Es que acabo de empezar a preparar opos y no conozco ninguna. Siento la molestia...
Eskerrik asko Aberria
Hay varios hilos dedicados al tema, el caso es que no quiero hacer publicidad a nadie y yo tampoco las conozco todas.
Las mas oidas son Albia, Titulae, MasterD, Juritecnia...
Seguro que si haces busqueda en internet salen mas..
Oso ondo! Eskerrik asko laguntzagatik!
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Buenas tardes,
En relación a los casos prácticos dicen esto las bases,
De carácter práctico que consistirá en resolver uno o varios supuestos elegidos al azar de entre los propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del ejer- cicio, relacionados con las partes II y III del temario Anexo II y durante un plazo de noventa minutos (90). Las respuestas se realizaran en un cuestionario de preguntas alternativas. La respuesta correcta valdrá un (1) punto y la incorrecta (-0,20) puntos.
Al poner preguntas alternativas no entiendo si es tipo test, ya que entonces debería poner respuestas alternativas no? por eso pedirán tipex?
Yo entiendo que van a ser unos enunciados y resolver a mano no?
También si alguien está en academia en Bilbo y me puede comentar impresiones se lo agradecería
Gracias si alguien me puede aclarar
Yo la verdad q cuando lo lei di por hecho q era test, ahora al ponerlo tu me lo he vuelto a leer. Pero tpc sabria a q se refiere con preguntas alternativas... no estara mal redactado? Se puede preguntar en algun sitio?
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Alguien sabe si es mejor el libro de test de Mad o de cep? estoy pensando en comprar uno
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Alguien sabe si es mejor el libro de test de Mad o de cep? estoy pensando en comprar uno
he comprado el simulacro de examenes del ced, no me ha llegado aún. Os comento cuando me llegue
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Yo creo que entran los 7 millones, xq esas normas forales eran las que estaban publicadas, pero sólo es mi parecer , creo que no está claro al 100%
Habrá que hacer una consulta a ver si a alguno le responden algo que no sea remitirse a lo ya publicado como supuesta aclaración...
Alguien ha hecho la consulta? Vaya lío...
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Os adjunto la nota publicada por la dipu en relacion a ello. La fecha de publicación en el BOE fue el 15/11/2018 y las modificaciones del concierto se publicaron el 12 de diciembre
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Os adjunto la nota publicada por la dipu en relacion a ello. La fecha de publicación en el BOE fue el 15/11/2018 y las modificaciones del concierto se publicaron el 12 de diciembre
Vale, aclarado entonces : es la de los siete millones.
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La modificación de los 10 millones ya se había hecho antes, de hecho es lo que se aplicaba en la práctica ya. Las modificaciones de las Normas Forales si son posteriores a la publicación de las bases.
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O sea, se había modificado el concierto previamente pero no se habían adaptado las Normas Forales
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exactamente
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Entonces hay que estudiar con 7 millones, ¿no? No quiero liarla jajaja
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Como se nota que se acerca la fecha!!,
Aquí , el que sabe no comparte......no me puedo creer que nadie que vaya a academia,etc....no sepa con certeza la norma a aplicar . Perfil tóxico, por desgracia bastante común : les gusta recibir, ahora, lo que es compartir....
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Como se nota que se acerca la fecha!!,
Aquí , el que sabe no comparte......no me puedo creer que nadie que vaya a academia,etc....no sepa con certeza la norma a aplicar . Perfil tóxico, por desgracia bastante común : les gusta recibir, ahora, lo que es compartir....
No es el caso Eneko. El tema es que por lo visto el tribunal no debe ser consciente de la importancia de resolver estas cuestiones. Con el tema de Sociedades no debería haber ningún problema si en los ejercicios ponen volumen de operaciones menor de 7 millones o volumen de operaciones mayor de 10. El problema viene con el tema sobre el impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que aunque aprendiesemos a utilizar las dos normativas no serviría de mucho si no se especifica en las preguntas de examen cual debemos aplicar. No sé si me explicado bien.
Y de nuevo se ha hecho la consulta al tribunal para que nos lo aclaren.
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Una amiga q va a una academis me ha dicho q la de 7 millones
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Donde puedo optener una copia de la inscripción y ver que archivos adjunte?
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aqui teneís algunos examenes
http://testsoposicionesgratis.com/3exa011.html
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muchas gracias!!!
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Muchas gracias, y animooooo,
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Yo estoy yendo a una academia y lo que nos han dicho hasta el momentl es que como salieron las bases antes del cambio, hay que hacer los prácticos con los 7 millones!
Muchas gracias por lo compartido!!
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Hola, por si a alguien le puede interesar, dejo aquí esta web que sirve para hacer test y repasar normativa básica estatal, como la Constitución, ley 39/2015, 40/2015...
Si alguien se registra y suscribe por el siguiente enlace, y adquiere un mes, le regalan otro totalmente gratis: https://www.opositatest.com/recomendar/capturar/ebc1ef706?utm_source=twitter&utm_medium=share&utm_campaign=recomend_opositatest (https://www.opositatest.com/recomendar/capturar/ebc1ef706?utm_source=twitter&utm_medium=share&utm_campaign=recomend_opositatest)
Condición indispensable para disfrutar del mes gratis:
Comprar una suscripción a través de ese enlace de recomendación
Tiene que ser la primera vez que compra una suscripción en OpositaTest
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Buenos días! Me operaron hace un mes y he estado desconectada... he visto la lista de admisiones y he visto que han mencionado que el examen es el día 8 de junio...
Hay que pagar alguna tasa y se sabe horarios o algo?? Es que no encuentro información acerca del examen concretamente...
Eskerrik asko
pero estas admitida?
Por lo que he podido ver y entender, si, por eso lo preguntaba.
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Buenos días! Me operaron hace un mes y he estado desconectada... he visto la lista de admisiones y he visto que han mencionado que el examen es el día 8 de junio...
Hay que pagar alguna tasa y se sabe horarios o algo?? Es que no encuentro información acerca del examen concretamente...
Eskerrik asko
pero estas admitida?
Por lo que he podido ver y entender, si, por eso lo preguntaba.
No hay tasas y hay que estar a las 9 d la mañana el dia 8 de junio en el BEC
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Yo estoy yendo a una academia y lo que nos han dicho hasta el momentl es que como salieron las bases antes del cambio, hay que hacer los prácticos con los 7 millones!
Muchas gracias por lo compartido!!
Estaís trabajando con casos prácticos?
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Todavia no...creo que lo van a dejar para mayo...
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Todavia no...creo que lo van a dejar para mayo...
gracias
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aqui teneís algunos examenes
http://testsoposicionesgratis.com/3exa011.html
Hola!!!!!he estado mirando el enlace q has publicado....y veo q todos los exámenes están en euskera....no hay de administrativo pero en castellano....???eskerrik asko de antemano
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La primera parte en euskera y despues viene en castellano, en el mismo pdf
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https://www.opositatest.com/
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Se modifican las listas de admisiones, exclusiones y desistimientos de la convocatoria y la composición de los Tribunales.
http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2019/04/09/I-322_cas.pdf?hash=4f414a9f37564da0db4ccc8b1381ffdf
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¿Hay algún otro temario publicado aparte del de ELA? Y de los de MAD y CEP, ¿recomendáis alguno? Eskerrik asko!
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Hola a todos, el examen sera el dia 8 pero tengo una duda sobre si por la mañana sera el teorico y si a la tarde el practico o son seguidos. Alguien lo sabe? Gracias
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Segidos y sin interrupción entre uno y otro
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No va a haber descanso entre uno y otro?
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En total, cuanto duran los ejercicios?
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.
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no entiendo lo k as puesto marga410+, a que se refiere?, gracias.
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Ardillita, después de publicar la lista de admisiones y exclusiones, se dieron cuenta de que habían escrito mal los nombres de varios opositores, así que los rectificaron.
También modificaron la composición del Tribunal.
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En total, cuanto duran los ejercicios?
150 minutos primer ejercicio y 90 minutos segundo ejercicio o parte
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Pero habrá descanso entre uno y otro, no??
Madre mia! 4 horas de examen!!!!
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Hola,
Alguien sabría decir si habrá descanso entre el examen teórico y el practico? En el BOB pone como que el segundo ejercicio se hará a continuación, salvo las personas con adaptación, entiendo que los demás haremos todo seguido no?
Gracias por vuestra ayuda! Saludos!
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Por lo que tengo entendido es todo seguido, de todas formas van a colgar unas intrucciones que detallaran todo.
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Hola chicos
Estoy repasando la ley 39/2015 y me surge una duda respecto de los plazos. Por ejemplo si a una persona la administracion por ejemplo la diputacion de Bizkaia,le notifica que debe presentar subsanacion de la solicitud y recibe la notificacion el 10 de marzo y esta persona presenta la documentacion requerida el dia 9 de marzo en el ayuntamiento de su pueblo pero la diputacion no la recibe hasta pasado el plazo, que ocurre en tal caso?
Gracias por adelantado y un saludo.
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Es correcta, el caso es hacerla en plazo.
Hola chicos
Estoy repasando la ley 39/2015 y me surge una duda respecto de los plazos. Por ejemplo si a una persona la administracion por ejemplo la diputacion de Bizkaia,le notifica que debe presentar subsanacion de la solicitud y recibe la notificacion el 10 de marzo y esta persona presenta la documentacion requerida el dia 9 de marzo en el ayuntamiento de su pueblo pero la diputacion no la recibe hasta pasado el plazo, que ocurre en tal caso?
Gracias por adelantado y un saludo.
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Gracias. Podeis desarrollar un poco la respuesta porfis?
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Es correcta, el caso es hacerla en plazo.
Hola chicos
Estoy repasando la ley 39/2015 y me surge una duda respecto de los plazos. Por ejemplo si a una persona la administracion por ejemplo la diputacion de Bizkaia,le notifica que debe presentar subsanacion de la solicitud y recibe la notificacion el 10 de marzo y esta persona presenta la documentacion requerida el dia 9 de marzo en el ayuntamiento de su pueblo pero la diputacion no la recibe hasta pasado el plazo, que ocurre en tal caso?
Gracias por adelantado y un saludo.
Lo presenta en plazo por lo que sería valido, suponiendo que pueda presentarlo en el ayuntamiento de su pueblo
eso entiendo yo
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Buenos dias,
Cuelgo un supuesto practico que entro en un examen de dipu aunque es de la anterior ley 30/1992 pero que me sirve para plantear la duda que tengo sobre presentacion de documentacion en un registro de otra administracion donde lo presenta en plazo pero que llega fuera de plazo a la administracion competente .
Os lo adjunto y respecto a la pregunta 16 podeis desarrollar la respuesta segun la actual ley 39/2015 porfis?
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Según el art.16.4 los documentos pueden presentarse en los diferentes registros/oficinas que ahí se especifican. Uno de ellos son los Ayuntamientos.
Es como si mandas la documentación por Correos, la fecha en la que presentas es la que te sellan en la oficina de Correos, aunque siempre llegará después a la Administración. (Esto entiendo yo)
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Bueno, ahora que lo dices dice exactamente esto:
4. Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Entiendo que si es de manera electrónica sí, si es de manera presencial tendrá que estar establecido en alguna disposición que en ese Ayto. se puede presentar, pero en cuanto a si está en plazo tengo claro que sí.
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Muchas gracias por la respuesta. Y animo
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Al presentar la doc te ponen un rehistro de entrada con la fecha de entrega que es la valida por lo tanto esta en plazo
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Respecto al tema de si eran 7 millones o 10 millones lo del impuesto de sociedades..
Desde la academia me han confirmado lo siguiente:
"Efectivamente os exigen la legislación a fecha de convocatoria publicada en el BOE, pero la convocatoria es de noviembre de 2018, y la modificación de la que hablas del artículo 2 es de 2017, por lo que son 10 millones y no 7"
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El problema es que la modificación de las norma forales en cambio son posteriores a esa fecha...
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La norma foral que modifica la normativa tributaria de dichos temas es la norma foral 7 2018, de 12 diciembre...
http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/634642-norma-foral-7-2018-de-12-dic-bizkaia-por-la-que-se-adapta-la-normativa-tributaria.html
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Respecto al tema de si eran 7 millones o 10 millones lo del impuesto de sociedades..
Desde la academia me han confirmado lo siguiente:
"Efectivamente os exigen la legislación a fecha de convocatoria publicada en el BOE, pero la convocatoria es de noviembre de 2018, y la modificación de la que hablas del artículo 2 es de 2017, por lo que son 10 millones y no 7"
En BOE se publicó el 15 de noviembre de 2018 y la norma foral que modifica la normativa tributaria entra en vigor en diciembre, así que entiendo que se deberían aplicar los 7 millones.
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En 2017 se publicó la Ley que modificaba el concierto y en la que se indicaba el paso de 7 millones a 10 para IVA e IS.
El tema está en que las Normas Forales de éstos, se modificaron después de que se publicaran las bases. Sin embargo, ya se aplicaban en la práctica los 10 millones.
Ya lo puse anteriormente.
Yo me quedo con los 7 porque las NF eran las que estaban vigentes, aunque no tenga mucho sentido. La nota aclaratoria no aclaró mucho
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En 2017 se publicó la Ley que modificaba el concierto y en la que se indicaba el paso de 7 millones a 10 para IVA e IS.
El tema está en que las Normas Forales de éstos, se modificaron después de que se publicaran las bases. Sin embargo, ya se aplicaban en la práctica los 10 millones.
Ya lo puse anteriormente.
Yo me quedo con los 7 porque las NF eran las que estaban vigentes, aunque no tenga mucho sentido. La nota aclaratoria no aclaró mucho
Despues de dar muchas vueltas, coincido con tu criterio
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Yo estoy en academia, he leído por ahí lo de "perfil tóxico" y alguna cosa más.
En la mia al menos, tampoco saben cual debe aplicarse...estaban esperando a alguna noticia de la Diputación.
Por el momento estudiamos en base a los 7 millones por si le sirve a alguien.
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En 2017 se publicó la Ley que modificaba el concierto y en la que se indicaba el paso de 7 millones a 10 para IVA e IS.
El tema está en que las Normas Forales de éstos, se modificaron después de que se publicaran las bases. Sin embargo, ya se aplicaban en la práctica los 10 millones.
Ya lo puse anteriormente.
Yo me quedo con los 7 porque las NF eran las que estaban vigentes, aunque no tenga mucho sentido. La nota aclaratoria no aclaró mucho
Gracias! De todos modos, espero que no busquen rizar el rizo y nos hagan elegir entre si es 7 o 10 millones. Pienso que daría pie a reclamaciones dada la "poca aclaración" que se ha mostrado por parte de ellos en este tema.
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Egunon! Me estreno en este foro...
He hecho una consulta a la Dipu respecto al ejercicio práctico, y ésta es su respuesta:
"Los dos primeros ejercicios serán tipo test y por ello se indica que tendrán respuestas alternativas; es decir de entre las posibles respuestas deberá escoger una y señalarla".
Por lo tanto, aclarada la duda de las "preguntas alternativas", yo creo que lo redactaron mal... También pregunté por lo del Tipex, a ver si iba a haber alguna pregunta de desarrollo, pero lo que he puesto es lo único que me han contestado, así que entiendo que no. Llevaremos Tipex por si acaso pero teniendo claro que las dos pruebas del primer ejercicio serán tipo test con respuestas alternativas.
Respecto a la Norma Foral que debemos estudiar, yo creo que debemos estudiar la de los 7 millones, que es la que estaba en vigor al realizarse la convocatoria en noviembre 2018; la modificación, a pesar de ser anterior, no se publicó hasta diciembre de 2018, posterior a la convocatoria, y cualquier norma, sea cual sea, entra en vigor a partir de su publicación (a nos ser que la propia norma establezca otra cosa).
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Lo del tippex será porque la plantilla de respuestas no tendrá la fila para anular si te equivocas. En alguna otra OPE ha sido así
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Egunon! Me estreno en este foro...
He hecho una consulta a la Dipu respecto al ejercicio práctico, y ésta es su respuesta:
"Los dos primeros ejercicios serán tipo test y por ello se indica que tendrán respuestas alternativas; es decir de entre las posibles respuestas deberá escoger una y señalarla".
Por lo tanto, aclarada la duda de las "preguntas alternativas", yo creo que lo redactaron mal... También pregunté por lo del Tipex, a ver si iba a haber alguna pregunta de desarrollo, pero lo que he puesto es lo único que me han contestado, así que entiendo que no. Llevaremos Tipex por si acaso pero teniendo claro que las dos pruebas del primer ejercicio serán tipo test con respuestas alternativas.
Respecto a la Norma Foral que debemos estudiar, yo creo que debemos estudiar la de los 7 millones, que es la que estaba en vigor al realizarse la convocatoria en noviembre 2018; la modificación, a pesar de ser anterior, no se publicó hasta diciembre de 2018, posterior a la convocatoria, y cualquier norma, sea cual sea, entra en vigor a partir de su publicación (a nos ser que la propia norma establezca otra cosa).
Gracias por preguntarlo y exponerlo en el foro.
Respecto a lo de 7 millones, me han dicho en la academia que volveran a hacer la consulta a la dipu. En cuanto me digan algo lo comento.
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Buenas!! Tengo una dudilla sobre los temas de la función pública, se supone que cuando pides la excedencia para el cuidado de hijos, tienes derecho a reserva del puesto de trabajo (art 62.4) pero luego se indica en el art 65.1 de excedencia forzosa que uno de los casos es llegar de excendecia por hijos y no tener plaza vacante. ¿ como puede ser? No se si hay algo que no estoy entendiendo bien, a ver si podéis ayudarme!! Graciaaaaaas!! ;)
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Tienes reserva de puesto durante el primer o segundo año (no me acuerdo bien) despues pierdes tu puesto aunque te tienen que dar plaza donde te corresponda
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Tienes reserva de puesto durante el primer o segundo año (no me acuerdo bien) despues pierdes tu puesto aunque te tienen que dar plaza donde te corresponda
Es que en la ley no aparece nada de por un tiempo... solo aparece reserva puesto de trabajo... por eso no me cuadraba... gracias!
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Hola, perdonarme pero me he metido hoy por primera vez para intentar aclarar la versión de temas tributarios que hay que estudiar. Todavía no me queda claro.
¿alguien puede confirmar 100% que lo que vale es los 7 Millones?
Gracias de antemano
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Cada uno/a hemos dado nuestras opiniones y argumentos
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Hola, tengo una duda respecto al impuesto de sociedades. En el artículo 2 cuando habla del 75% del volumen de operaciones en "territorio común" a qué se refiere a Euskadi o a España?
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Hola, tengo una duda respecto al impuesto de sociedades. En el artículo 2 cuando habla del 75% del volumen de operaciones en "territorio común" a qué se refiere a Euskadi o a España?
Todo lo que no sea País Vasco es Territorio Común incluido Nafarroa.
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Hola, tengo una duda respecto al impuesto de sociedades. En el artículo 2 cuando habla del 75% del volumen de operaciones en "territorio común" a qué se refiere a Euskadi o a España?
Todo lo que no sea País Vasco es Territorio Común incluido Nafarroa.
Muchísimas gracias!!!!
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Tengo la hoja de instrucciones, pero no sé cómo subirla. Alguien me ayuda?
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Tengo la hoja de instrucciones, pero no sé cómo subirla. Alguien me ayuda?
Después de dar a responder, tienes que pinchar en adjuntos y otras opciones que está justo debajo del mensaje en negrita.
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Buenas noches.
Han colgado las instrucciones, en la página web.
Os las adjunto de todas formas.
Un saludo.
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Gracias, a mí no me dejaba!
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Jo, hay varias cosas que no me quedan claras
¿cómo es la parte práctica? Pone que van a elegir al azar, pero no entiendo si en ambas opciones habría preguntas de varios temas, o si sólo entrará un tema...
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Es una broma los de los caramelos?
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He recibido este caso práctico de IRPF , con sus respectivas respuestas.
Haciéndolo me han surgido mil dudas, os planteo algunas lo que yo he entendido como motivo de las respuestas, haber que os parece
4) a no sé por qué es la válida, yo entendería la b como válida por qué es donde más días ha permanecido
6) a Entiendo que debe tributar por los dos conceptos. Incapacidad 2006 pero en el 2018 rtos de actividad + Incapacidad
7) c. Entiendo que esta no exenta por qué los danos se han producido al vehículo y no a la persona
8) a Idem 7 daño a personas no a vehículos
9) Entiendo que Jon tendíra que tributar la cantidad mayor a 150000€ por qué no especifica nada de lesiones y los 300000 no estan sujetos a este impuesto irpf para la viuda
10) a Por que las becas públicas exentas, Univ De Deusto no exenta porque no es pública y tampoco si fines lucrativos
11) c. Entiendo que si hubieran pasado más de dos meses si hubieran estado exentos por cantidad menor a 1500,00€
13) a Entiendo que el importe de los dividendos está exento porque es menor a 1500,00 para cada uno de ellos
14) puff
15) puff
9)
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preguntas
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Es una broma los de los caramelos?
Estoy alucinando con lo de los caramelos.....qué es en plan gracias por participar y como os habéis portado bien os lleváis unos caramelos de merchandising de premio de consolación?????
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Es una broma los de los caramelos?
A mí me parece peor que durante más de 4 horas (porque hay que entrar media hora antes), no puedas ir al servicio.
¿Por qué no dan los dos ejercicios a la vez y el que termine se va?.
Si terminas el primer ejercicio pronto, te tienes que quedar perdiendo el tiempo hasta que termine todo el mundo. No tiene ningún sentido
Estoy alucinando con lo de los caramelos.....qué es en plan gracias por participar y como os habéis portado bien os lleváis unos caramelos de merchandising de premio de consolación?????
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...los caramelos deben ser para que no muerdas el boli que hay que devolver al irse... que si no hundimos a la Dipu con tanto merchandising gratuito...
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J.z gracias x los casos prácticos!! Alucino un poco que para administrativo entren preguntas como la 14 y 15 la verdad....
Como estáis haciendo para tragaros las listas infinitas de competencias ?? Stoy desesperada...
Supongo que los caramelos son pra que no nos dé un chungo xk 4h a tope...
Animo!!
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Los caramelos es para no beber tanta agua y te den ganas de ir al baño.. ;D ;D
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Y lo del tipex. Si cambias una respuesta, como reflejas eso en la hoja de respuestas que te llevas a casa y te sirve para reclamar? Porque la otra hoja está pegada
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preguntas
Eskerrik asko!!!!
Nadie dice nada de la encuesta de satisfacción???? Jajajaja
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Y lo del tipex. Si cambias una respuesta, como reflejas eso en la hoja de respuestas que te llevas a casa y te sirve para reclamar? Porque la otra hoja está pegada
Tienes que poner una X en la respuesta que quieres anular y después borrarlo por encima con el tipex. Creo que suelen decir que se haga así...
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Y lo del tipex. Si cambias una respuesta, como reflejas eso en la hoja de respuestas que te llevas a casa y te sirve para reclamar? Porque la otra hoja está pegada
Tienes que poner una X en la respuesta que quieres anular y después borrarlo por encima con el tipex. Creo que suelen decir que se haga así...
Un poco lío no. Me parece más sencillo el sistema habitual de 2º fila con opción anulada
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Mila esker J.z. Por subir el test... a mí me parece muuuuuy difícil... no sé si no nos entra todo eso o mi nivel no llega ni al mínimo... (que será lo más probable...)
De la pregunta 4. entiendo que es la a si sumas los días de vacaciones que está tb fuera no? 52+ 122= 174... para llegar a los 183 suma los 31 de vacaciones
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Mila esker J.z. Por subir el test... a mí me parece muuuuuy difícil... no sé si no nos entra todo eso o mi nivel no llega ni al mínimo... (que será lo más probable...)
De la pregunta 4. entiendo que es la a si sumas los días de vacaciones que está tb fuera no? 52+ 122= 174... para llegar a los 183 suma los 31 de vacaciones
Izarbu, ¿a qué test te refieres?
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He recibido este caso práctico de IRPF , con sus respectivas respuestas.
Haciéndolo me han surgido mil dudas, os planteo algunas lo que yo he entendido como motivo de las respuestas, haber que os parece
4) a no sé por qué es la válida, yo entendería la b como válida por qué es donde más días ha permanecido
Eguerdi on y eskerrik asko por compartir, tanto recursos como dudas!
En relación con esta pregunta yo entiendo, pero no estoy 100% segura, que a efectos del cómputo de la permanencia, teniendo residencia en Bilbao las ausencias se suman a la permanencia en Bilbao. De este modo todos los días que van desde enero hasta el 31 de agosto se consideran de permanencia en Bizkaia (Bilbao). Con lo que la permanencia en Bizkaia (Bilbao) es mayor en número de días impositivos.
En la redacción de la norma (art 3.1.1) no queda nada claro a qué territorio se le suman las ausencias, pero yo tengo la idea de que, en algún momento, me han explicado lo que comento, que se computan para el territorio en el que está la residencia.
A ver si entre tod@s lo aclaramos/confirmamos...
Ánimo!
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Eso es, me refería a este de casos prácticos de IRPF...
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Eso es, me refería a este de casos prácticos de IRPF...
Gracias, no los había visto.
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He recibido este caso práctico de IRPF , con sus respectivas respuestas.
Haciéndolo me han surgido mil dudas, os planteo algunas lo que yo he entendido como motivo de las respuestas, haber que os parece
4) a no sé por qué es la válida, yo entendería la b como válida por qué es donde más días ha permanecido
Eguerdi on y eskerrik asko por compartir, tanto recursos como dudas!
En relación con esta pregunta yo entiendo, pero no estoy 100% segura, que a efectos del cómputo de la permanencia, teniendo residencia en Bilbao las ausencias se suman a la permanencia en Bilbao. De este modo todos los días que van desde enero hasta el 31 de agosto se consideran de permanencia en Bizkaia (Bilbao). Con lo que la permanencia en Bizkaia (Bilbao) es mayor en número de días impositivos.
En la redacción de la norma (art 3.1.1) no queda nada claro a qué territorio se le suman las ausencias, pero yo tengo la idea de que, en algún momento, me han explicado lo que comento, que se computan para el territorio en el que está la residencia.
A ver si entre tod@s lo aclaramos/confirmamos...
Ánimo!
Eskerrik asko a todos por compartir y por vuestras aportaciones. Voy a poner mi granito de arena respecto a los casos prácticos:
4- Yo también entiendo que las ausencias temporales se computan como permanencia en la residencia habitual, por lo que la respuesta sería Bizkaia.
8- No me cuadra la respuesta, según el art.9.3 del IRPF en Bizkaia, las pensiones de incapacidad TOTAL en mayores de 55 años están exentas.
¿Qué opinais?
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No sé si se ha comentado ya pero para los últimos 4 temas (NF 3/1987) en los apuntes de ELA han usado una versión desactualizada. Para que tengáis en cuenta.
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He recibido este caso práctico de IRPF , con sus respectivas respuestas.
Haciéndolo me han surgido mil dudas, os planteo algunas lo que yo he entendido como motivo de las respuestas, haber que os parece
4) a no sé por qué es la válida, yo entendería la b como válida por qué es donde más días ha permanecido
Eguerdi on y eskerrik asko por compartir, tanto recursos como dudas!
En relación con esta pregunta yo entiendo, pero no estoy 100% segura, que a efectos del cómputo de la permanencia, teniendo residencia en Bilbao las ausencias se suman a la permanencia en Bilbao. De este modo todos los días que van desde enero hasta el 31 de agosto se consideran de permanencia en Bizkaia (Bilbao). Con lo que la permanencia en Bizkaia (Bilbao) es mayor en número de días impositivos.
En la redacción de la norma (art 3.1.1) no queda nada claro a qué territorio se le suman las ausencias, pero yo tengo la idea de que, en algún momento, me han explicado lo que comento, que se computan para el territorio en el que está la residencia.
A ver si entre tod@s lo aclaramos/confirmamos...
Ánimo!
Eskerrik asko a todos por compartir y por vuestras aportaciones. Voy a poner mi granito de arena respecto a los casos prácticos:
4- Yo también entiendo que las ausencias temporales se computan como permanencia en la residencia habitual, por lo que la respuesta sería Bizkaia.
8- No me cuadra la respuesta, según el art.9.3 del IRPF en Bizkaia, las pensiones de incapacidad TOTAL en mayores de 55 años están exentas.
¿Qué opinais?
Las pensiones de incapacidad total para mayores de 55 años están exentas. Las pensiones de incapacidad absoluta y gran invalidez también están exentas sin tener en cuenta la edad.
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He recibido este caso práctico de IRPF , con sus respectivas respuestas.
Haciéndolo me han surgido mil dudas, os planteo algunas lo que yo he entendido como motivo de las respuestas, haber que os parece
4) a no sé por qué es la válida, yo entendería la b como válida por qué es donde más días ha permanecido
Eguerdi on y eskerrik asko por compartir, tanto recursos como dudas!
En relación con esta pregunta yo entiendo, pero no estoy 100% segura, que a efectos del cómputo de la permanencia, teniendo residencia en Bilbao las ausencias se suman a la permanencia en Bilbao. De este modo todos los días que van desde enero hasta el 31 de agosto se consideran de permanencia en Bizkaia (Bilbao). Con lo que la permanencia en Bizkaia (Bilbao) es mayor en número de días impositivos.
En la redacción de la norma (art 3.1.1) no queda nada claro a qué territorio se le suman las ausencias, pero yo tengo la idea de que, en algún momento, me han explicado lo que comento, que se computan para el territorio en el que está la residencia.
A ver si entre tod@s lo aclaramos/confirmamos...
Ánimo!
Eskerrik asko a todos por compartir y por vuestras aportaciones. Voy a poner mi granito de arena respecto a los casos prácticos:
4- Yo también entiendo que las ausencias temporales se computan como permanencia en la residencia habitual, por lo que la respuesta sería Bizkaia.
8- No me cuadra la respuesta, según el art.9.3 del IRPF en Bizkaia, las pensiones de incapacidad TOTAL en mayores de 55 años están exentas.
¿Qué opinais?
Las pensiones de incapacidad total para mayores de 55 años están exentas. Las pensiones de incapacidad absoluta y gran invalidez también están exentas sin tener en cuenta la edad.
Eskerrik asko. Entonces la respuesta está mal. Por cierto, he puesto que era el caso nº8, pero me refiero al nº6. La respuesta correcta no la sé fijo: creo no llega al minimo para tener que declarar, ya que las exenciones no cuentan, si este razonamiento es bueno, sería la c).
De todas formas creo que han incluido más materia de a que nos entra.
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He recibido este caso práctico de IRPF , con sus respectivas respuestas.
Haciéndolo me han surgido mil dudas, os planteo algunas lo que yo he entendido como motivo de las respuestas, haber que os parece
4) a no sé por qué es la válida, yo entendería la b como válida por qué es donde más días ha permanecido
Eguerdi on y eskerrik asko por compartir, tanto recursos como dudas!
En relación con esta pregunta yo entiendo, pero no estoy 100% segura, que a efectos del cómputo de la permanencia, teniendo residencia en Bilbao las ausencias se suman a la permanencia en Bilbao. De este modo todos los días que van desde enero hasta el 31 de agosto se consideran de permanencia en Bizkaia (Bilbao). Con lo que la permanencia en Bizkaia (Bilbao) es mayor en número de días impositivos.
En la redacción de la norma (art 3.1.1) no queda nada claro a qué territorio se le suman las ausencias, pero yo tengo la idea de que, en algún momento, me han explicado lo que comento, que se computan para el territorio en el que está la residencia.
A ver si entre tod@s lo aclaramos/confirmamos...
Ánimo!
Eskerrik asko a todos por compartir y por vuestras aportaciones. Voy a poner mi granito de arena respecto a los casos prácticos:
4- Yo también entiendo que las ausencias temporales se computan como permanencia en la residencia habitual, por lo que la respuesta sería Bizkaia.
8- No me cuadra la respuesta, según el art.9.3 del IRPF en Bizkaia, las pensiones de incapacidad TOTAL en mayores de 55 años están exentas.
¿Qué opinais?
Las pensiones de incapacidad total para mayores de 55 años están exentas. Las pensiones de incapacidad absoluta y gran invalidez también están exentas sin tener en cuenta la edad.
Eskerrik asko. Entonces la respuesta está mal. Por cierto, he puesto que era el caso nº8, pero me refiero al nº6. La respuesta correcta no la sé fijo: creo no llega al minimo para tener que declarar, ya que las exenciones no cuentan, si este razonamiento es bueno, sería la c).
De todas formas creo que han incluido más materia de a que nos entra.
Hola, sobre la pregunta 6, yo creo que la opción correcta sí es la a). La pensiones de mayores de 57 años por incapacidad permanente total sí están exentas. Pero la cuestión es que lleva años cobrando esta prestación (desde 2006) y en 2018 ha obtenido rendimientos de trabajo por actividad agrícola, luego ya no se aplica la exención, y debe tributar por las dos cosas.
Puntualizo que lleva desde 2006 cobrando la prestación porque si la hubiera cobrado por primera vez en 2018 y tiene rendimientos de trabajo ese mismo año 2018, ese primer año y sólo ese, no se aplica lo de la incompatibilidad y sí que estaría exenta la pensión, aunque sí tributaría por rendimientos de trabajo.
Espero haberme explicado bien.
Animo a todos!!
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Perfectamente! Gracias Cristufi :D
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He recibido este caso práctico de IRPF , con sus respectivas respuestas.
Haciéndolo me han surgido mil dudas, os planteo algunas lo que yo he entendido como motivo de las respuestas, haber que os parece
4) a no sé por qué es la válida, yo entendería la b como válida por qué es donde más días ha permanecido
6) a Entiendo que debe tributar por los dos conceptos. Incapacidad 2006 pero en el 2018 rtos de actividad + Incapacidad
7) c. Entiendo que esta no exenta por qué los danos se han producido al vehículo y no a la persona
8) a Idem 7 daño a personas no a vehículos
9) Entiendo que Jon tendíra que tributar la cantidad mayor a 150000€ por qué no especifica nada de lesiones y los 300000 no estan sujetos a este impuesto irpf para la viuda
10) a Por que las becas públicas exentas, Univ De Deusto no exenta porque no es pública y tampoco si fines lucrativos
11) c. Entiendo que si hubieran pasado más de dos meses si hubieran estado exentos por cantidad menor a 1500,00€
13) a Entiendo que el importe de los dividendos está exento porque es menor a 1500,00 para cada uno de ellos
14) puff
15) puff
9)
4: Vacaciones se imputan a res habitual previa.
6; la exencion por inc total es incompatible con la recepcion de rentas del trabajo( ten en cuenta q si esta incapacitado no puede trabajar, asi q ni siquiera tendria derecho a la prestacion xd.
10) estan exentos a partir de la educacion univ ordinaria (vamos grados basicos) solo si provienen de organismos publicos. Las de organismos privados se entienden como si fuera un contrato de trabajo normal por la investigacion.
10) este lo e tenido que mirar y no estoy seguro de que entre en el temario, la exencion no es valida si dentro de los dos meses desde la obtencion de dividendos se trasmiten las acciones.
14) ni idea, estoy preparando las de Alava.
15) de las mas faciles solo q se tarda media hora en entender..
De todas formas apreciaria muchisimo si siguieras publicando estos casos, porque me resulta imposible encontrar por mi cuenta para impuestos y contratos.
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He recibido este caso práctico de IRPF , con sus respectivas respuestas.
Haciéndolo me han surgido mil dudas, os planteo algunas lo que yo he entendido como motivo de las respuestas, haber que os parece
4) a no sé por qué es la válida, yo entendería la b como válida por qué es donde más días ha permanecido
Eguerdi on y eskerrik asko por compartir, tanto recursos como dudas!
En relación con esta pregunta yo entiendo, pero no estoy 100% segura, que a efectos del cómputo de la permanencia, teniendo residencia en Bilbao las ausencias se suman a la permanencia en Bilbao. De este modo todos los días que van desde enero hasta el 31 de agosto se consideran de permanencia en Bizkaia (Bilbao). Con lo que la permanencia en Bizkaia (Bilbao) es mayor en número de días impositivos.
En la redacción de la norma (art 3.1.1) no queda nada claro a qué territorio se le suman las ausencias, pero yo tengo la idea de que, en algún momento, me han explicado lo que comento, que se computan para el territorio en el que está la residencia.
A ver si entre tod@s lo aclaramos/confirmamos...
Ánimo!
Eskerrik asko a todos por compartir y por vuestras aportaciones. Voy a poner mi granito de arena respecto a los casos prácticos:
4- Yo también entiendo que las ausencias temporales se computan como permanencia en la residencia habitual, por lo que la respuesta sería Bizkaia.
8- No me cuadra la respuesta, según el art.9.3 del IRPF en Bizkaia, las pensiones de incapacidad TOTAL en mayores de 55 años están exentas.
¿Qué opinais?
Las pensiones de incapacidad total para mayores de 55 años están exentas. Las pensiones de incapacidad absoluta y gran invalidez también están exentas sin tener en cuenta la edad.
Eskerrik asko. Entonces la respuesta está mal. Por cierto, he puesto que era el caso nº8, pero me refiero al nº6. La respuesta correcta no la sé fijo: creo no llega al minimo para tener que declarar, ya que las exenciones no cuentan, si este razonamiento es bueno, sería la c).
De todas formas creo que han incluido más materia de a que nos entra.
Pero la norma dice "En caso de incapacidad permanente total, la exención no será de aplicación a aquellos contribuyentes que perciban rendimientos de trabajo diferentes a los previstos en la letra a) del artículo 18 de esta norma foral, o de actividades económicas"
Para mí la respuesta es correcta. Tiene que tributar ¿Que opinais?
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Gracias, a mí no me dejaba!
Sois unas máquinas de encontrar cosas!!!! Yo estoy intentando encontrar dicha hoja via página web y no soy capaz. Donde habeis localizado la info? Porque yo me meto en la OPE y luego en administrativo y no he encontrado nada.....
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Gracias, a mí no me dejaba!
Sois unas máquinas de encontrar cosas!!!! Yo estoy intentando encontrar dicha hoja via página web y no soy capaz. Donde habeis localizado la info? Porque yo me meto en la OPE y luego en administrativo y no he encontrado nada.....
Una vez que entras en administrativo tienes que meter tu DNI sin letra y tu fecha de nacimiento y te aparecen todas las notificaciones
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He recibido este caso práctico de IRPF , con sus respectivas respuestas.
Son casos practicos del curso de ela? O de donde han llegado?
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Son de Ela, pero no se si del curso
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No sé si se ha comentado ya pero para los últimos 4 temas (NF 3/1987) en los apuntes de ELA han usado una versión desactualizada. Para que tengáis en cuenta.
Y cuales son las actualizadas?
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preguntas
Se me pasó ponértelo antes.
Muchas gracias por compartir los supuestos.
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No sé si se ha comentado ya pero para los últimos 4 temas (NF 3/1987) en los apuntes de ELA han usado una versión desactualizada. Para que tengáis en cuenta.
Y cuales son las actualizadas?
La: A2-I NORMA FORAL 3/1987, DE 13 DE FEBRERO, SOBRE ELECCION, ORGANIZACION, REGIMEN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES FORALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA
Que se puede descargar aquí http://www.jjggbizkaia.eus/home2/sobreJJGG/normativa.asp
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Los de las academias seguis estudiando la normativa anterior o la nueva?
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No sé si se ha comentado ya pero para los últimos 4 temas (NF 3/1987) en los apuntes de ELA han usado una versión desactualizada. Para que tengáis en cuenta.
Y la versión actualizada donde está? Hay muchas diferencias?Gracias!
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No sé si se ha comentado ya pero para los últimos 4 temas (NF 3/1987) en los apuntes de ELA han usado una versión desactualizada. Para que tengáis en cuenta.
Y la versión actualizada donde está? Hay muchas diferencias?Gracias!
Ayer Extary puso el enlace. Dentro de este hay que ir al apartado de estructura institucional.
En cuanto a las diferencias, las disposiciones finales. El resto del texto no sé si tiene cambios.
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Esa actualización es de enero de 2019 y no entra porque es posterior a la publicación de las bases. Hay que estudiar la versión desactualizada.
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muxas gracias por poner las instrucciones, pues yo que no puedo comer caramelos por la alergia jajajaja, madre mia, tengo una duda, el examen es a las nueves y media, y si acabas antes de el tiempo total puedes salir afuera para esperar al segundo examen? es que no entiendo muy bien lo de el tiempo de el primer y segundo examen, gracias por los supuestos practicos.
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...una pregunta muy tonta, donde se dejan los móviles, reloj...? Alguien sabe si hay que ir antes para dejarlos en taquillas?
Y otra duda, el segundo examen te lo dan según acabas el primero o lo empieza todo el mundo a la vez?
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...una pregunta muy tonta, donde se dejan los móviles, reloj...? Alguien sabe si hay que ir antes para dejarlos en taquillas?
Y otra duda, el segundo examen te lo dan según acabas el primero o lo empieza todo el mundo a la vez?
Los moviles, relojes ... se guardan en los bolsos, mochilas.. y lo cuelgas de las sillas o en el suelo. Que yo sepa no hay taquillas.
Con respecto al segundo ejercicio, yo interpreto que nos lo dan a todos a la vez.
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Esa actualización es de enero de 2019 y no entra porque es posterior a la publicación de las bases. Hay que estudiar la versión desactualizada.
No sé a qué actualización te refieres, porque hay conversaciones cruzadas, pero si estás hablando de la NF 3/1987, el enlace que he puesto es el mismo que el que ha puesto la Diputación en el documento llamado "Normativa" (de la que hay que sacar los temas) que está en la sección de esta ope en la web de la Dipu.
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Hola a todos, podriais colgar algun supuesto mas de impuestos del sindicato ELA?
Gracias de antemano y un saludo.
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Esa actualización es de enero de 2019 y no entra porque es posterior a la publicación de las bases. Hay que estudiar la versión desactualizada.
No sé a qué actualización te refieres, porque hay conversaciones cruzadas, pero si estás hablando de la NF 3/1987, el enlace que he puesto es el mismo que el que ha puesto la Diputación en el documento llamado "Normativa" (de la que hay que sacar los temas) que está en la sección de esta ope en la web de la Dipu.
Sí, me refiero a esa justo! El link es el que puso Diputación, pero lo han actualizado. Cuando yo me descargue la normativa de ese mismo link en el momento que publicaron las bases, esa actualización aún no estaba. El link está perfecto, pero creo que hay que estudiar la versión antigua, que era la que estaba en el momento de publicar las bases, es mi opinión.
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buenos dias, yo creo tb que ai que estudiar la antigua, ese enlance esta muy bien, pero yo creo que es la antigua, la que viene en las bases, una pregunta es de el articulo 4 al 56 no?, o es todos los articulos?, gracias, alguien tiene algun esquema de la ley 39/2015 de 1 de octubre, me cuesta mucho esa ley estudiarla y hacer los esquemas, o si alguien sabe de algun enlace donde haya esquemas de esa ley, gracias, animoooo a todoo.
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Hola,
Han corregido las instrucciones del ejercicio, las adjunto en el mensaje.
Este es el link
http://www.bizkaia.eus/dokumentuak/07/ope/pdf/HOJA%20DE%20INSTRUCCIONES_BUENA.pdf?hash=79050b8ac4b6125ace6f452223e44f68
Un saludo a todos!
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Que es lo que han cambiado? No veo diferencia...
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Me surge una duda. El otro día alguien preguntaba que qué se hacía con los móviles y relojes y si había taquillas. Yo le respondí que se dejaban en los bolsos, mochilas.. que es lo que he hecho yo en otras opes, pero ahora releyendo las instrucciones pone que está prohibida la tenencia y utilización de móviles, relojes...¿Alguien sabe que se hace entonces? O ¿Directamente no se pueden llevar?
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He recibido este caso práctico de IRPF , con sus respectivas respuestas.
Haciéndolo me han surgido mil dudas, os planteo algunas lo que yo he entendido como motivo de las respuestas, haber que os parece
4) a no sé por qué es la válida, yo entendería la b como válida por qué es donde más días ha permanecido
6) a Entiendo que debe tributar por los dos conceptos. Incapacidad 2006 pero en el 2018 rtos de actividad + Incapacidad
7) c. Entiendo que esta no exenta por qué los danos se han producido al vehículo y no a la persona
8) a Idem 7 daño a personas no a vehículos
9) Entiendo que Jon tendíra que tributar la cantidad mayor a 150000€ por qué no especifica nada de lesiones y los 300000 no estan sujetos a este impuesto irpf para la viuda
10) a Por que las becas públicas exentas, Univ De Deusto no exenta porque no es pública y tampoco si fines lucrativos
11) c. Entiendo que si hubieran pasado más de dos meses si hubieran estado exentos por cantidad menor a 1500,00€
13) a Entiendo que el importe de los dividendos está exento porque es menor a 1500,00 para cada uno de ellos
14) puff
15) puff
9)
4) las vacaciones y ausencias temporales no computan como haber salido fuera de bizkaia (incluido el que te envíen unos días a trabajar fuera)
6) para que la incapacidad permanente total esté exenta el que la percibe tiene que tener mas de 55 años y no haber tenido rendimientos "activos" ( rendimientos de trabajo o de actividades economicas). Si estaría exento si el rendimiento fuese por el alquiler de una casa, por ejemplo. La única excepción es el primer año que tienes la incapacidad permanente total, ya que has podido estar trabajando 6 meses, tener el accidente el 7 mes, que te den la incapacidad y empezar a cobrarla. Por lo que no se ha dado de manera simultanea el trabajo activo y la pensión. De ahí que el primer año esté exento siempre que se tengan mas de 55 años.
7)Como bien dices lo que está exento son daños físicos, psíquicos o morales a las PERSONAS.
8 ) lo mismo que la 7
9) Esta creo que está mal planteada, porque no dice que tipo de daños ha sufrido y la norma dice:
"Las percepciones derivadas de contratos de seguro por idéntico tipo de daños a los
señalados en el número anterior hasta 150.000 euros. Esta cuantía se elevará a 200.000
euros si la lesión inhabilitara al perceptor para la realización de cualquier ocupación o
actividad y a 300.000 euros si, adicionalmente, el perceptor necesitara de la asistencia de
otra persona para los actos más esenciales de la vida diaria."
Por lo que la cantidad depende de si es incapacidad permanente total, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
10) están exentas las becas públicas y de organizaciones sin ánimo de lucro (fundaciones de bancos y cosas así). Las de entidades privadas en general no están exentas.
11)para valores que cotizan en bolsa no puede pasar menos de 2 meses entre la compra y el reparto de los intereses si después los vendes también dentro de los 2 siguientes meses al reparto. Para los que no cotizan en bolsa es lo mismo pero con un año en vez de 2 meses.
13) Tributan ellos, no la herencia yacente, y entiendes bien, al ser menos de 1500 los dividendos para cada uno, están exentos.
14) Aquí también, en IRPF tributan ellos, no la herencia yacente
Espero haberme explicado bien.
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Me surge una duda. El otro día alguien pregunta es que qué se hacía con los móviles y relojes y si había taquillas. Yo le respondí que se dejaban en los bolsos, mochilas.. que es lo que he hecho yo en otras opes, pero ahora releyendo las instrucciones pone que está prohibida la tenencia y utilización de móviles, relojes...¿Alguien sabe que se hace entonces? O ¿Directamente no se pueden llevar?
si se puede llevar pero lo tienes que dejar apagado dentro del bolso, chaqueta,... Eso es igual en todas las OPES. Normalmente no dejan tener ni botella de agua, cleenex,... Pero es encima de la mesa. Si necesitas agua o un pañuelo pues lo coges del suelo o del bolso y lo vuelves a dejar
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Es una broma los de los caramelos?
Estoy alucinando con lo de los caramelos.....qué es en plan gracias por participar y como os habéis portado bien os lleváis unos caramelos de merchandising de premio de consolación?????
Lo de estar 4 horas para hacer los dos ejercicios, sin descanso entre medias y sin opciones de ir al servicio salvo "de manera excepcional y solicitando permiso" también me parece de traca...
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Me surge una duda. El otro día alguien pregunta es que qué se hacía con los móviles y relojes y si había taquillas. Yo le respondí que se dejaban en los bolsos, mochilas.. que es lo que he hecho yo en otras opes, pero ahora releyendo las instrucciones pone que está prohibida la tenencia y utilización de móviles, relojes...¿Alguien sabe que se hace entonces? O ¿Directamente no se pueden llevar?
si se puede llevar pero lo tienes que dejar apagado dentro del bolso, chaqueta,... Eso es igual en todas las OPES. Normalmente no dejan tener ni botella de agua, cleenex,... Pero es encima de la mesa. Si necesitas agua o un pañuelo pues lo coges del suelo o del bolso y lo vuelves a dejar
Eso es lo que pensé yo inicialmente, pero al releerlo me entraron dudas.
Gracias por la aclaración
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Es una broma los de los caramelos?
Estoy alucinando con lo de los caramelos.....qué es en plan gracias por participar y como os habéis portado bien os lleváis unos caramelos de merchandising de premio de consolación?????
Lo de estar 4 horas para hacer los dos ejercicios, sin descanso entre medias y sin opciones de ir al servicio salvo "de manera excepcional y solicitando permiso" también me parece de traca...
Lo suyo sería que nos diesen los dos ejercicios a la vez y cuando termines te vas. No tiene sentido que te tengan esperando
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Que es lo que han cambiado? No veo diferencia...
Yo tampoco veo qué es lo que han cambiado ...
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Yo lo único que veo cambiado es las preguntas que tienen que contestar los de promoción interna, el resto no veo cambios no? Y (la verdad se podían currar una modificación más clara referenciando lo que cambian, que esto parece un pasatiempo de busque las 7 diferencias...)
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Es una broma los de los caramelos?
Estoy alucinando con lo de los caramelos.....qué es en plan gracias por participar y como os habéis portado bien os lleváis unos caramelos de merchandising de premio de consolación?????
Lo de estar 4 horas para hacer los dos ejercicios, sin descanso entre medias y sin opciones de ir al servicio salvo "de manera excepcional y solicitando permiso" también me parece de traca...
Lo suyo sería que nos diesen los dos ejercicios a la vez y cuando termines te vas. No tiene sentido que te tengan esperando
Pues sí, porque como termines rápido te puedes tirar media hora mirando el techo... esperando a la siguiente parte
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Es una broma los de los caramelos?
Estoy alucinando con lo de los caramelos.....qué es en plan gracias por participar y como os habéis portado bien os lleváis unos caramelos de merchandising de premio de consolación?????
Lo de estar 4 horas para hacer los dos ejercicios, sin descanso entre medias y sin opciones de ir al servicio salvo "de manera excepcional y solicitando permiso" también me parece de traca...
Lo suyo sería que nos diesen los dos ejercicios a la vez y cuando termines te vas. No tiene sentido que te tengan esperando
Pues sí, porque como termines rápido te puedes tirar media hora mirando el techo... esperando a la siguiente parte
No creo que lo de los caramelos sea una broma. Son 4 horas de examen, sin salir sin tomar nada, ni agua ni comer. Hay personas diabéticas qué pueden tener bajones por la tensión, por los nervios y por el estar 4 horas sin meter nada. Un caramelo puede ser lo que evite, para que en caso de bajón de azúcar, que una persona se ponga mal.
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Yo me presenté a otra oposición de diputación de Bizkaia el año pasado. No tenía nada que ver con administrativo. El número de aspirantes tampoco se parecía en nada porque éramos unos 100. Antes de empezar el examen tuvimos que meter los móviles en un sobre y los recogieron todos. Al terminar el examen lógicamente, nos los devolvieron.
Vuelvo a aclarar que el número de aspirantes para uno y otro dista mucho...No es lo mismo recoger el móvil a 100 personas que 10.000...
Pero bueno...quién sabe...
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buenos dias, y las personas que no puedan comer caramelo?, por que yo no puedo por la alergia , yo tb pienso que tenian que dar los dos examenes a la vez, o si terminas uno, haz el otro, o que nos dejen salir cuando terminamos el primero para ir al baño o tomar un cafe. no veo bien que si una persona termina antes, este ahi sentada mirando el techo asta que no sea el tiempo de hacer el otro examen, si tiene una necesidad que pasa, que tiene que estar pasandolo mal, me parece fatal eso que sea asi, teneis algun esquema o sabeis de algun enlance donde venga esquemas de la ley 39/2015, animooooo gracias.
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He recibido este caso práctico de IRPF , con sus respectivas respuestas.
Haciéndolo me han surgido mil dudas, os planteo algunas lo que yo he entendido como motivo de las respuestas, haber que os parece
4) a no sé por qué es la válida, yo entendería la b como válida por qué es donde más días ha permanecido
6) a Entiendo que debe tributar por los dos conceptos. Incapacidad 2006 pero en el 2018 rtos de actividad + Incapacidad
7) c. Entiendo que esta no exenta por qué los danos se han producido al vehículo y no a la persona
8) a Idem 7 daño a personas no a vehículos
9) Entiendo que Jon tendíra que tributar la cantidad mayor a 150000€ por qué no especifica nada de lesiones y los 300000 no estan sujetos a este impuesto irpf para la viuda
10) a Por que las becas públicas exentas, Univ De Deusto no exenta porque no es pública y tampoco si fines lucrativos
11) c. Entiendo que si hubieran pasado más de dos meses si hubieran estado exentos por cantidad menor a 1500,00€
13) a Entiendo que el importe de los dividendos está exento porque es menor a 1500,00 para cada uno de ellos
14) puff
15) puff
9)
4) las vacaciones y ausencias temporales no computan como haber salido fuera de bizkaia (incluido el que te envíen unos días a trabajar fuera)
6) para que la incapacidad permanente total esté exenta el que la percibe tiene que tener mas de 55 años y no haber tenido rendimientos "activos" ( rendimientos de trabajo o de actividades economicas). Si estaría exento si el rendimiento fuese por el alquiler de una casa, por ejemplo. La única excepción es el primer año que tienes la incapacidad permanente total, ya que has podido estar trabajando 6 meses, tener el accidente el 7 mes, que te den la incapacidad y empezar a cobrarla. Por lo que no se ha dado de manera simultanea el trabajo activo y la pensión. De ahí que el primer año esté exento siempre que se tengan mas de 55 años.
...
Mil gracias por los supuestos prácticos y por las aclaraciones. Ando un poco perdida con estos temas y la verdad que ayuda mucho. Si tenéis más y podéis compartirlo lo agradecería muchísimo.
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Hola! De la norma 3/1987, hay que estudiar los artículos del63 al 70?? Gracias
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Hola! De la norma 3/1987, hay que estudiar los artículos del63 al 70?? Gracias
Son 4 temas sobre esa norma, entran del 4 al 56, del 63 al 70 y la disposición adicional, transitoria, derogatoria y final. Si no me equivoco... ???
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buenos dias, y las personas que no puedan comer caramelo?, por que yo no puedo por la alergia , yo tb pienso que tenian que dar los dos examenes a la vez, o si terminas uno, haz el otro, o que nos dejen salir cuando terminamos el primero para ir al baño o tomar un cafe. no veo bien que si una persona termina antes, este ahi sentada mirando el techo asta que no sea el tiempo de hacer el otro examen, si tiene una necesidad que pasa, que tiene que estar pasandolo mal, me parece fatal eso que sea asi, teneis algun esquema o sabeis de algun enlance donde venga esquemas de la ley 39/2015, animooooo gracias.
Ardillita si buscas en Google "esquemas de la Ley 39/15 seguro que encuentras alguno ;)
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No se vosotr@s pero yo no aguanto 4 horas sin ir al baño, y menos aún en el estado de nervios ante un examen
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Yo tampoco. :-[ :-[
Esto es delirante. Pensaba que lo había visto todo en la Administración. Con el número opositores que hay, se debería presionar para hacer los exámenes separados, ya sea el mismo día u otro posterior.
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Yo tampoco! K se puede hacer? Me imagino que los sindicatos ya habrán metido presión para que no fuera así....
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Hola! De la norma 3/1987, hay que estudiar los artículos del63 al 70?? Gracias
Son 4 temas sobre esa norma, entran del 4 al 56, del 63 al 70 y la disposición adicional, transitoria, derogatoria y final. Si no me equivoco... ???
Vale, gracias!!
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muchas gracias, e mirado en el google y no e encontrado mucho, mirare otra vez, esperemos que los sindicatos metan presion para que nos dejen salir al baño, no podemos estar tantas horas asi, yo es que e llamado a diputacion y no me cogen, alguien a llamado?
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Aupa!
En las instrucciones pone que de manera excepcional y solicitandolo a las personas cuidadoras si se podrá ir al servicio. Lo unico que no se puede es en los momentos puntuales del examen que mencionan, lo demas si.
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Esa actualización es de enero de 2019
y no entra porque es posterior a la publicación de las bases. Hay que estudiar la versión desactualizada.
No sé a qué actualización te refieres, porque hay conversaciones cruzadas, pero si estás hablando de la NF 3/1987, el enlace que he puesto es el mismo que el que ha puesto la Diputación en el documento llamado "Normativa" (de la que hay que sacar los temas) que está en la sección de esta ope en la web de la Dipu.
Sí, me refiero a esa justo! El link es el que puso Diputación, pero lo han actualizado. Cuando yo me descargue la normativa de ese mismo link en el momento que publicaron las bases, esa actualización aún no estaba. El link está perfecto, pero creo que hay que estudiar la versión antigua, que era la que estaba en el momento de publicar las bases, es mi opinión.
Joeeee q lio con las actualizaciones por dios, entonces se supone q lo de ela esta bien, ya no se q estudiar de verdad.... madre mia q forma de complicarlo todo no?
-
Una pregunta abeis recibido una carta de diputacion?, Yo ayer recibi una donde me pone la hora d el examen y a k hora ai k estar y el pabellon k es, la primera vez k veo una cosa asi
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Una pregunta abeis recibido una carta de diputacion?, Yo ayer recibi una donde me pone la hora d el examen y a k hora ai k estar y el pabellon k es, la primera vez k veo una cosa asi
Yo también!
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Yo hice otra de dipu y tb me llego carta. Me parecio todo un detallazo pero claro eramos muchos menos
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Aupa!
En las instrucciones pone que de manera excepcional y solicitandolo a las personas cuidadoras si se podrá ir al servicio. Lo unico que nEsa actualización es de enero de 2019
y no entra porque es posterior a la publicación de las bases. Hay que estudiar la versión desactualizada.
No sé a qué actualización te refieres, porque hay conversaciones cruzadas, pero si estás hablando de la NF 3/1987, el enlace que he puesto es el mismo que el que ha puesto la Diputación en el documento llamado "Normativa" (de la que hay que sacar los temas) que está en la sección de esta ope en la web de la Dipu.
Sí, me refiero a esa justo! El link es el que puso Diputación, pero lo han actualizado. Cuando yo me descargue la normativa de ese mismo link en el momento que publicaron las bases, esa actualización aún no estaba. El link está perfecto, pero creo que hay que estudiar la versión antigua, que era la que estaba en el momento de publicar las bases, es mi opinión.
Joeeee q lio con las actualizaciones por dios, entonces se supone q lo de ela esta bien, ya no se q estudiar de verdad.... madre mia q forma de complicarlo todo no?
lo que la dipu puso en el link sera lo q yo creo que entre
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Aupa!
En las instrucciones pone que de manera excepcional y solicitandolo a las personas cuidadoras si se podrá ir al servicio. Lo unico que nEsa actualización es de enero de 2019
y no entra porque es posterior a la publicación de las bases. Hay que estudiar la versión desactualizada.
No sé a qué actualización te refieres, porque hay conversaciones cruzadas, pero si estás hablando de la NF 3/1987, el enlace que he puesto es el mismo que el que ha puesto la Diputación en el documento llamado "Normativa" (de la que hay que sacar los temas) que está en la sección de esta ope en la web de la Dipu.
Sí, me refiero a esa justo! El link es el que puso Diputación, pero lo han actualizado. Cuando yo me descargue la normativa de ese mismo link en el momento que publicaron las bases, esa actualización aún no estaba. El link está perfecto, pero creo que hay que estudiar la versión antigua, que era la que estaba en el momento de publicar las bases, es mi opinión.
Joeeee q lio con las actualizaciones por dios, entonces se supone q lo de ela esta bien, ya no se q estudiar de verdad.... madre mia q forma de complicarlo todo no?
lo que la dipu puso en el link sera lo q yo creo que entre
Y alguien tiene lo q puso en su dia? Es q ahora sale la actualizada. Si alguien me hace el favor. :(
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Aupa!
En las instrucciones pone que de manera excepcional y solicitandolo a las personas cuidadoras si se podrá ir al servicio. Lo unico que nEsa actualización es de enero de 2019
y no entra porque es posterior a la publicación de las bases. Hay que estudiar la versión desactualizada.
No sé a qué actualización te refieres, porque hay conversaciones cruzadas, pero si estás hablando de la NF 3/1987, el enlace que he puesto es el mismo que el que ha puesto la Diputación en el documento llamado "Normativa" (de la que hay que sacar los temas) que está en la sección de esta ope en la web de la Dipu.
Sí, me refiero a esa justo! El link es el que puso Diputación, pero lo han actualizado. Cuando yo me descargue la normativa de ese mismo link en el momento que publicaron las bases, esa actualización aún no estaba. El link está perfecto, pero creo que hay que estudiar la versión antigua, que era la que estaba en el momento de publicar las bases, es mi opinión.
Joeeee q lio con las actualizaciones por dios, entonces se supone q lo de ela esta bien, ya no se q estudiar de verdad.... madre mia q forma de complicarlo todo no?
lo que la dipu puso en el link sera lo q yo creo que entre
Y alguien tiene lo q puso en su dia? Es q ahora sale la actualizada. Si alguien me hace el favor. :(
https://www.ela.eus/es/opes/ope-dfb-2019/temario-administrativos.pdf/view En ese enlace te puedes bajar el PDF del temario de ELA, que se supone que es la que estaba en su día (creo).
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Graciassss entonces lo tengo
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De todos modos tranquil@s que solo modifican las disposiciones adicionales
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Yo voy a academia y me han dado la versión nueva
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He recibido este caso práctico de IRPF , con sus respectivas respuestas.
Haciéndolo me han surgido mil dudas, os planteo algunas lo que yo he entendido como motivo de las respuestas, haber que os parece
4) a no sé por qué es la válida, yo entendería la b como válida por qué es donde más días ha permanecido
Eguerdi on y eskerrik asko por compartir, tanto recursos como dudas!
En relación con esta pregunta yo entiendo, pero no estoy 100% segura, que a efectos del cómputo de la permanencia, teniendo residencia en Bilbao las ausencias se suman a la permanencia en Bilbao. De este modo todos los días que van desde enero hasta el 31 de agosto se consideran de permanencia en Bizkaia (Bilbao). Con lo que la permanencia en Bizkaia (Bilbao) es mayor en número de días impositivos.
En la redacción de la norma (art 3.1.1) no queda nada claro a qué territorio se le suman las ausencias, pero yo tengo la idea de que, en algún momento, me han explicado lo que comento, que se computan para el territorio en el que está la residencia.
A ver si entre tod@s lo aclaramos/confirmamos...
Ánimo!
Eskerrik asko a todos por compartir y por vuestras aportaciones. Voy a poner mi granito de arena respecto a los casos prácticos:
4- Yo también entiendo que las ausencias temporales se computan como permanencia en la residencia habitual, por lo que la respuesta sería Bizkaia.
8- No me cuadra la respuesta, según el art.9.3 del IRPF en Bizkaia, las pensiones de incapacidad TOTAL en mayores de 55 años están exentas.
¿Qué opinais?
Las pensiones de incapacidad total para mayores de 55 años están exentas. Las pensiones de incapacidad absoluta y gran invalidez también están exentas sin tener en cuenta la edad.
Eskerrik asko. Entonces la respuesta está mal. Por cierto, he puesto que era el caso nº8, pero me refiero al nº6. La respuesta correcta no la sé fijo: creo no llega al minimo para tener que declarar, ya que las exenciones no cuentan, si este razonamiento es bueno, sería la c).
De todas formas creo que han incluido más materia de a que nos entra.
Pero la norma dice "En caso de incapacidad permanente total, la exención no será de aplicación a aquellos contribuyentes que perciban rendimientos de trabajo diferentes a los previstos en la letra a) del artículo 18 de esta norma foral, o de actividades económicas"
Para mí la respuesta es correcta. Tiene que tributar ¿Que opinais?
Yo en la 4 entiendo que es la B pero por lo que dice el Art 3.4. ya que dice que los cambios de residencia habitual actúan desde el momento del cambio. Pero también es cierto que permanece más días en Bizkaia porque el tiempo que está de vacaciones es como si estuviese en Bizkaia. Alguno que lo tenga claro y lo pueda explicar?
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Respecto a las IT txartelas: ¿Alguien las ha presentado en un registro de Diputación últimamente? ¿Se pueden entregar en cualquier momento antes del examen de las ITs? ¿habéis conseguido hacerlo electrónicamente?
Gracias por vuestra respuesta
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Yo las adjunté todas en la solicitud.
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¿ como se puede acceder para ver la documentación que presentamos con la solicitud?
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Respecto a las IT txartelas: ¿Alguien las ha presentado en un registro de Diputación últimamente? ¿Se pueden entregar en cualquier momento antes del examen de las ITs? ¿habéis conseguido hacerlo electrónicamente?
Gracias por vuestra respuesta
Las IT se bareman de oficio
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Egunon
Supongo que lo que voy a preguntar ya se habrá respondido más atrás pero no lo encuentro.
En el temario de ELA lo que viene marcado en rojo ¿hay que estudiarlo? ¿o son actualizaciones que no van a entrar?
Gracias
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Egunon
Supongo que lo que voy a preguntar ya se habrá respondido más atrás pero no lo encuentro.
En el temario de ELA lo que viene marcado en rojo ¿hay que estudiarlo? ¿o son actualizaciones que no van a entrar?
Gracias
La normativa vigente a fecha de publicación de la convocatoria , que es la que mediante anuncio se comunicó que sera la que se pida, es la que precede a lo marcado en rojo.
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Egunon
Supongo que lo que voy a preguntar ya se habrá respondido más atrás pero no lo encuentro.
En el temario de ELA lo que viene marcado en rojo ¿hay que estudiarlo? ¿o son actualizaciones que no van a entrar?
Gracias
La normativa vigente a fecha de publicación de la convocatoria , que es la que mediante anuncio se comunicó que sera la que se pida, es la que precede a lo marcado en rojo.
¿No es lo que está en rojo? Luego al final viene en negrita la actualización
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Egunon
Supongo que lo que voy a preguntar ya se habrá respondido más atrás pero no lo encuentro.
En el temario de ELA lo que viene marcado en rojo ¿hay que estudiarlo? ¿o son actualizaciones que no van a entrar?
Gracias
La normativa vigente a fecha de publicación de la convocatoria , que es la que mediante anuncio se comunicó que sera la que se pida, es la que precede a lo marcado en rojo.
¿No es lo que está en rojo? Luego al final viene en negrita la actualización
Perdon!!! Me he equivocado al explicarme. Así es. Lo que entra es lo marcado en rojo, ya que es lo que estaba en vigor en fecha de salir la convocatoria en BOE
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Hola a tods, me ha surgido una duda, a ver si alguien me sabe ayudar.
. Como para considerar a una entidad Administración o no depende de cada norma, ¿Qué normativa se tendría en cuenta para considerar Administración Pública o no a la hora de valorar la experiencia para los méritos en la OPE?
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Egunon
Supongo que lo que voy a preguntar ya se habrá respondido más atrás pero no lo encuentro.
En el temario de ELA lo que viene marcado en rojo ¿hay que estudiarlo? ¿o son actualizaciones que no van a entrar?
Gracias
La normativa vigente a fecha de publicación de la convocatoria , que es la que mediante anuncio se comunicó que sera la que se pida, es la que precede a lo marcado en rojo.
¿No es lo que está en rojo? Luego al final viene en negrita la actualización
Perdon!!! Me he equivocado al explicarme. Así es. Lo que entra es lo marcado en rojo, ya que es lo que estaba en vigor en fecha de salir la convocatoria en BOE
No me extraña. Con el lío que ha habido con este tema.
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Egunon
Supongo que lo que voy a preguntar ya se habrá respondido más atrás pero no lo encuentro.
En el temario de ELA lo que viene marcado en rojo ¿hay que estudiarlo? ¿o son actualizaciones que no van a entrar?
Gracias
La normativa vigente a fecha de publicación de la convocatoria , que es la que mediante anuncio se comunicó que sera la que se pida, es la que precede a lo marcado en rojo.
¿No es lo que está en rojo? Luego al final viene en negrita la actualización
Perdon!!! Me he equivocado al explicarme. Así es. Lo que entra es lo marcado en rojo, ya que es lo que estaba en vigor en fecha de salir la convocatoria en BOE
No me extraña. Con el lío que ha habido con este tema.
Gracias a todos!!!!!
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Hola, Alguien sabe cual es la fecha del examen? He visto que se rumorea el 8 de Junio y que algunos les ha llegado una carta, pero nada oficial.
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Hola, Alguien sabe cual es la fecha del examen? He visto que se rumorea el 8 de Junio y que algunos les ha llegado una carta, pero nada oficial.
No se rumorea, es la fecha oficial. Tienes las instrucciones en la página de Diputación
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Hola! Supongo que se habrá comentado ya también, pero.. el tema 20(ley de bases de régimen local) del temario de ELA, está desactualizado, no? En otro temario y la propia ley que he mirado , hay artículos diferentes, gracias!!
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Cuidado con los apuntes de ela,mejor ir a la ley
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Hola! Supongo que se habrá comentado ya también, pero.. el tema 20(ley de bases de régimen local) del temario de ELA, está desactualizado, no? En otro temario y la propia ley que he mirado , hay artículos diferentes, gracias!!
Ya estamos otra vez con las putas modificaciones. Es anterior a la convocatoria o posterior?
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No sé qué hay en el temario de ELA pero no hay modificaciones posteriores a la publicación de las bases, así que la ley publicada en el BOE es la correcta. Siempre es mejor acudir ahí y comprobarlo.
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Pues eskerrik asko a Gurtxi y a Maríago por la aclaración. Maríago ya no se ni cuántas veces me habrás ayudado en estos años jajaja
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No sé qué hay en el temario de ELA pero no hay modificaciones posteriores a la publicación de las bases, así que la ley publicada en el BOE es la correcta. Siempre es mejor acudir ahí y comprobarlo.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-5392&b=5&tn=1&p=20131230#a2 aquí se pueden ver las dos versiones, la original del 85 y las modificaciones que entraron en vigor en 2013, habrá que estudiarlo con las modificaciones, claro.
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Jajajajaaj y tú a mi Rubén.
En la página del BOE , si entras en la cualquier Ley y pinchas en análisis se pueden ver todas las modificaciones que ha sufrido la Ley, qué deroga, etc.
Por si tenéis dudas en alguna otra, viene bien
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No sé qué hay en el temario de ELA pero no hay modificaciones posteriores a la publicación de las bases, así que la ley publicada en el BOE es la correcta. Siempre es mejor acudir ahí y comprobarlo.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-5392&b=5&tn=1&p=20131230#a2 aquí se pueden ver las dos versiones, la original del 85 y las modificaciones que entraron en vigor en 2013, habrá que estudiarlo con las modificaciones, claro.
Ese link está genial! En esa página se ven claramente las modificaciones que ha habido y en qué fecha, muchas gracias!!
Una cosilla, he visto que la última modificación es de agosto de 2018, así que creo que lo que hay que estudiar eso, no la de 2013....
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Gracias!!
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De todas formas creo que lo que está modificado a fecha de 2018 está fuera de temario. Lo de 2013 si afecta.
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Hay que estudiar la que está actualmente publicada, ya que no ha habido modificaciones posteriores a las bases.
Con los demás datos igual liamos un poco a la gente.
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Toda la razón
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Buenos días,
Me surge una duda respecto al art. 69 de la norma foral 3/1987.
Artículo 69.
1. Ponen fin a la vía administrativa, al carecer esos órganos administrativos de superior jerárquico, las disposiciones, actos y resoluciones:
a) Del Consejo de Gobierno de la Diputación Foral.
b) Del Diputado General.
c) De las Comisiones Delegadas.
d) De los Diputados Forales
Contra las disposiciones, actos y resoluciones de los
órganos mencionados podrá interponerse por los interesados recurso potestativo de reposición.
La duda surge al indicarse en la ley 39/2015 que contra las disposiciones administrativas de carácter general no cabe recurso en via administrativa.
¿Debemos entender que estas disposiciones de los órganos mencionados no son disposiciones administrativas de carácter general al poder interponerse contra ellas el recurso potestativo de reposición?
Muchas gracias.
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Borro mi mensaje sin sentido para no liar. Gracias por explicarlo
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Yo lo que creo es que los mismos órganos pueden emitir disposiciones administrativas de carácter general (reglamentos) que afectan de manera general y disposiciones administrativas particulares(actos administrativos) que afectan a una o varias personas y que se limitan a aplicar el ordenamiento juridico.
Frente a los primeros no cabe recurso postestativo de reposición y frente a los segundos si.
Qué opináis?
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Yo lo que creo es que los mismos órganos pueden emitir disposiciones administrativas de carácter general (reglamentos) que afectan de manera general y disposiciones administrativas particulares(actos administrativos) que afectan a una o varias personas y que se limitan a aplicar el ordenamiento juridico.
Frente a los primeros no cabe recurso postestativo de reposición y frente a los segundos si.
Qué opináis?
Yo creo que es exactamente eso...contra ciertos actos de tramite y resoluciones si, contra reglamentos hay que ir al contencioso...
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tema 32 IVA Articulo 2bis punto cuatro
b) Si se trata de entregas con instalación de elementos industriales fuera de Bizkaia, si los trabajos de preparación y fabricación se hubieran realizado en este territorio y el coste de la instalación o montaje no excede del 15% del total de la prestación
quiero entender que los trabajos de preparación y fabricación se realizan en OTRO territorio, entrega con instalación desde Bizkaia a fuera de Bizkaia y la entrega e instalación no excede del 15% total de la prestación.
Lo entendeis asi?
-
Yo lo que creo es que los mismos órganos pueden emitir disposiciones administrativas de carácter general (reglamentos) que afectan de manera general y disposiciones administrativas particulares(actos administrativos) que afectan a una o varias personas y que se limitan a aplicar el ordenamiento juridico.
Frente a los primeros no cabe recurso postestativo de reposición y frente a los segundos si.
Qué opináis?
Estoy de acuerdo
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tema 32 IVA Articulo 2bis punto cuatro
b) Si se trata de entregas con instalación de elementos industriales fuera de Bizkaia, si los trabajos de preparación y fabricación se hubieran realizado en este territorio y el coste de la instalación o montaje no excede del 15% del total de la prestación
quiero entender que los trabajos de preparación y fabricación se realizan en OTRO territorio, entrega con instalación desde Bizkaia a fuera de Bizkaia y la entrega e instalación no excede del 15% total de la prestación.
Lo entendeis asi?
Hola!
Yo no lo entiendo así. Entiendo que los trabajos de preparación y fabriación se realizan en Bizkaia y la entrega e instalación (de lo fabricado en Bizkaia) fuera de Bizkaia. Cuando el coste de la instalación no supera el 15% de la contraprestación total.
Algo así como que la operación principal para ese sujeto pasivo es la fabricación (que es en Bizkaia), no la instalación (que es lo que es fuera de Bizkaia).
Estoy bastante segura, pero nunca se sabe...
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tema 32 IVA Articulo 2bis punto cuatro
b) Si se trata de entregas con instalación de elementos industriales fuera de Bizkaia, si los trabajos de preparación y fabricación se hubieran realizado en este territorio y el coste de la instalación o montaje no excede del 15% del total de la prestación
quiero entender que los trabajos de preparación y fabricación se realizan en OTRO territorio, entrega con instalación desde Bizkaia a fuera de Bizkaia y la entrega e instalación no excede del 15% total de la prestación.
Lo entendeis asi?
Hola!
Yo no lo entiendo así. Entiendo que los trabajos de preparación y fabriación se realizan en Bizkaia y la entrega e instalación (de lo fabricado en Bizkaia) fuera de Bizkaia. Cuando el coste de la instalación no supera el 15% de la contraprestación total.
Algo así como que la operación principal para ese sujeto pasivo es la fabricación (que es en Bizkaia), no la instalación (que es lo que es fuera de Bizkaia).
Estoy bastante segura, pero nunca se sabe...
Si, yo entiendo lo mismo. Si el peso del cte de la instalación es mayor al 15% del total, entonces ya se localizan fuera...
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tema 32 IVA Articulo 2bis punto cuatro
b) Si se trata de entregas con instalación de elementos industriales fuera de Bizkaia, si los trabajos de preparación y fabricación se hubieran realizado en este territorio y el coste de la instalación o montaje no excede del 15% del total de la prestación
quiero entender que los trabajos de preparación y fabricación se realizan en OTRO territorio, entrega con instalación desde Bizkaia a fuera de Bizkaia y la entrega e instalación no excede del 15% total de la prestación.
Entendido, gracias
Lo entendeis asi?
Hola!
Yo no lo entiendo así. Entiendo que los trabajos de preparación y fabriación se realizan en Bizkaia y la entrega e instalación (de lo fabricado en Bizkaia) fuera de Bizkaia. Cuando el coste de la instalación no supera el 15% de la contraprestación total.
Algo así como que la operación principal para ese sujeto pasivo es la fabricación (que es en Bizkaia), no la instalación (que es lo que es fuera de Bizkaia).
Estoy bastante segura, pero nunca se sabe...
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Gracias Alelu!
Tiene logica lo que explicas
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tema 32 IVA Articulo 2bis punto cuatro
b) Si se trata de entregas con instalación de elementos industriales fuera de Bizkaia, si los trabajos de preparación y fabricación se hubieran realizado en este territorio y el coste de la instalación o montaje no excede del 15% del total de la prestación
quiero entender que los trabajos de preparación y fabricación se realizan en OTRO territorio, entrega con instalación desde Bizkaia a fuera de Bizkaia y la entrega e instalación no excede del 15% total de la prestación.
Entendido, gracias
Lo entendeis asi?
Hola!
Yo no lo entiendo así. Entiendo que los trabajos de preparación y fabriación se realizan en Bizkaia y la entrega e instalación (de lo fabricado en Bizkaia) fuera de Bizkaia. Cuando el coste de la instalación no supera el 15% de la contraprestación total.
Algo así como que la operación principal para ese sujeto pasivo es la fabricación (que es en Bizkaia), no la instalación (que es lo que es fuera de Bizkaia).
Estoy bastante segura, pero nunca se sabe...
Hola!Yo también lo entiendo así
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Yo también lo entiendo así.
Se entregan los bienes fuera de bizkaia, pero la fabricacion, se realiza en Bizkaia.
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Yo lo que creo es que los mismos órganos pueden emitir disposiciones administrativas de carácter general (reglamentos) que afectan de manera general y disposiciones administrativas particulares(actos administrativos) que afectan a una o varias personas y que se limitan a aplicar el ordenamiento juridico.
Frente a los primeros no cabe recurso postestativo de reposición y frente a los segundos si.
Qué opináis?
Yo creo que es exactamente eso...contra ciertos actos de tramite y resoluciones si, contra reglamentos hay que ir al contencioso...
Muchas gracias por ambas respuestas.
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A mí no me ha llegado aún la carta de la dipu donde te dicen en que pabellón te toca.... a vosotros os ha llegado?
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A mí no me ha llegado aún la carta de la dipu donde te dicen en que pabellón te toca.... a vosotros os ha llegado?
A mí tampoco. Pensaba esperar unos días más y si no llamar... es que tampoco se cuando debería preocuparme por no haberla recibido
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A mí no me ha llegado aún la carta de la dipu donde te dicen en que pabellón te toca.... a vosotros os ha llegado?
A mí sí, y a varias personas que conozco también
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A mí no me ha llegado aún la carta de la dipu donde te dicen en que pabellón te toca.... a vosotros os ha llegado?
A mí me llegó ayer
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A mí no me ha llegado aún la carta de la dipu donde te dicen en que pabellón te toca.... a vosotros os ha llegado?
A mí tampoco. Pensaba esperar unos días más y si no llamar... es que tampoco se cuando debería preocuparme por no haberla recibido
creo que las están enviando por orden alfabético. Seguramente tu primer apellido es de la T a la Z. Es así?
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A mí no me ha llegado aún la carta de la dipu donde te dicen en que pabellón te toca.... a vosotros os ha llegado?
A mí tampoco. Pensaba esperar unos días más y si no llamar... es que tampoco se cuando debería preocuparme por no haberla recibido
creo que las están enviando por orden alfabético. Seguramente tu primer apellido es de la T a la Z. Es así?
R, pero conozco a uno con Z que ya le ha llegado y del mismo pueblo que yo.
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Yo S, y una amiga de mi pueblo también de la S la recibió ayer...
Yo creo que debería estar al caer
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Yo también la tengo y soy V
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Alguien que esté en academia puede colgar casos prácticos del IVA? Me estoy haciendo un lío que lo me aclaro. Igual con los casos prácticos lo veo más claro.
Gracias
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Yo tengo en papel
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Yo tengo en papel
Si puedes subir algunas fotos!! Estaria muy bien !! Muchas gracias!!
Por cierto, estas estuddiando de los 7 millones o de los 10? Gracias
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Yo tengo en papel
¿Y podrías escanearlos y subirlos? A mí personalmente me ayudarías un montón
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Yo tengo en papel
Si puedes subir algunas fotos!! Estaria muy bien !! Muchas gracias!!
Por cierto, estas estuddiando de los 7 millones o de los 10? Gracias
Yo tengo el temario de ELA y pone que a fecha de temario no se había actualizado, pero hace unos días me dió por mirar y la actualizaron en Enero 2019 y ya viene con los 10 millones, me imagino que el examen si es en Junio ya entrará con la ley actualizada
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http://www.bizkaia.eus/Ogasuna/Zerga_Arautegia/Indarreko_arautegia/pdf/ca_11_2013.pdf?hash=d08d600562de47ad7412568b8c751357&idioma=CA (http://www.bizkaia.eus/Ogasuna/Zerga_Arautegia/Indarreko_arautegia/pdf/ca_11_2013.pdf?hash=d08d600562de47ad7412568b8c751357&idioma=CA)
El tema 30 imp. Sociedades con la ley actualizada 1/1/2019
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La convocatoria salió antes de esa fecha...
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Yo tengo en papel
Si puedes subir algunas fotos!! Estaria muy bien !! Muchas gracias!!
Por cierto, estas estuddiando de los 7 millones o de los 10? Gracias
Yo tengo el temario de ELA y pone que a fecha de temario no se había actualizado, pero hace unos días me dió por mirar y la actualizaron en Enero 2019 y ya viene con los 10 millones, me imagino que el examen si es en Junio ya entrará con la ley actualizada
Vale,subo foto
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buenas tardes, en el enlace de el tema 30 que habeis puesto, que ai que estudiar asta el articulo 134?, es que en las bases tengo yo asta el articulo 14. gracias.
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Yo tengo en papel
Si puedes subir algunas fotos!! Estaria muy bien !! Muchas gracias!!
Por cierto, estas estuddiando de los 7 millones o de los 10? Gracias
Yo tengo el temario de ELA y pone que a fecha de temario no se había actualizado, pero hace unos días me dió por mirar y la actualizaron en Enero 2019 y ya viene con los 10 millones, me imagino que el examen si es en Junio ya entrará con la ley actualizada
Vale,subo foto
No has subido la foto ¿No? No la encuentro
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Yo tampoco
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Buenas noches!! Una pregunta la comision europea se compone de presidente,6 vicepresidentes y 21 comisarios o 1 presidente 7 vicepresidentes y 20 comisarios. Es q he visto las dos cosas y no se la correcta. si alguien sabe ayudarme
Gracias
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1 presidente y 7 vicepresidentes y 20 comisarios.
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Perdonad,he tenido dos días terribles,aquí teneis un caso
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Perdonad,he tenido dos días terribles,aquí teneis un caso
No pasa nada. Era porque no encontraba el archivo. Creo que en esta ocasión se te ha olvidado adjuntarlo. ;D
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Ahora está adjunto
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1 presidente y 7 vicepresidentes y 20 comisarios.
Actualmente se compone de esta manera :
Composición del Colegio de Comisarios
Un presidente
Un vicepresidente primero
Un vicepresidente y alto representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad
4 vicepresidentes
21 comisarios
fuente: https://ec.europa.eu/info/about-european-commission/organisational-structure/political-leadership_es
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1 presidente y 7 vicepresidentes y 20 comisarios.
Actualmente se compone de esta manera :
Composición del Colegio de Comisarios
Un presidente
Un vicepresidente primero
Un vicepresidente y alto representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad
4 vicepresidentes
21 comisarios
fuente: https://ec.europa.eu/info/about-european-commission/organisational-structure/political-leadership_es
MADRE MÍA....Hay algo en los apuntes de ELA que este bien?? Quien los ha elaborado?? Chiquito de la Calzada (q.e.p.d) ???
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Muchas graciaaaas q lio
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En Juritecnia si han dado casos prácticos. Alguien que pueda colgarlos? Gracias
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En Juritecnia si han dado casos prácticos. Alguien que pueda colgarlos? Gracias
yo tengo porque voy a juritecnia y el que he subido es uno de ellos, lo único no podré subir muchos por motivos de ser de academia, no se pueden divulgar
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¿Podrías pasarnos aunque sea los de impuestos?, aunque sea sin que aparezca el nombre de la academia... Es que estudiarlos sin ejemplos es un lío...
sino, te doy mi email
Muchas gracias!!
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¿Podrías pasarnos aunque sea los de impuestos?, aunque sea sin que aparezca el nombre de la academia... Es que estudiarlos sin ejemplos es un lío...
sino, te doy mi email
Muchas gracias!!
Yo también te doy mi email por si me los puedes pasar a mí también
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Los que van a academia han pagado por tener esos casos prácticos. El que quiera peces...
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Los que van a academia han pagado por tener esos casos prácticos. El que quiera peces...
Opino exactamente lo mismo, y ya que estamos, te acabo la frase, el que quiera peces que se moje!!
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no se puede subir casos prácticos, porque son de academia
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gracias, buenas tardes, en el enlace de el tema 30 que habeis puesto, que ai que estudiar asta el articulo 134?, es que en las bases tengo yo asta el articulo 14..
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Hola ardillita,
Te refieres al impuesto de Sociedades, ¿no? Si, hasta el art.14 "solo".
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Hola! No sé si alguien pudiera facilitar algún tipo de cuadro o esquema que haya encontrado con respecto a todos los impuestos! Es infumable! :'(
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mariaGo, si a ese impuesto, muchas gracias, ufff yo los temas de los impuestos madre mia, a ver si alguien tiene algun esquemas, yo ahi estoy pero nda, gracias, animooo.
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Yo por ejemplo no puedo ir a la academia por temas de horario y los casos prácticos se agradecen muchísimo!! Alguien sabe donde se pueden conseguir o si se pueden comprar? Gracias!!
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mariaGo, si a ese impuesto, muchas gracias, ufff yo los temas de los impuestos madre mia, a ver si alguien tiene algun esquemas, yo ahi estoy pero nda, gracias, animooo.
La ley de contratos también se las trae.. :S
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Hola! Alguien podría arrojar un poquito de luz? No entiendo por más que lo leo y lo leo y lo vuelvo a leer
Impuesto de Sucesiones y Donaciones
Art 5 Títulos sucesorios
b) Los contratos o pactos sucesorios, independientemente del momento en que opere su eficacia.
A estos efectos solamente tendrá carácter de titulo sucesorio el pacto sucesorio con eficacia de presente que suponga la atribución de la titularidad de un bien singular en el supuesto en que es atribucion sea parte de una disposición más amplia en la que, al menos, debe concurrir otro elemento vinculado con la designación hereditaria en un instrumento paccionado respecto de otros elementos patrimoniales diferentes. En otro caso tendrá el carácter de negocio jurídico gratuito e inter vivos
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1 presidente y 7 vicepresidentes y 20 comisarios.
Actualmente se compone de esta manera :
Composición del Colegio de Comisarios
Un presidente
Un vicepresidente primero
Un vicepresidente y alto representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad
4 vicepresidentes
21 comisarios
fuente: https://ec.europa.eu/info/about-european-commission/organisational-structure/political-leadership_es
MADRE MÍA....Hay algo en los apuntes de ELA que este bien?? Quien los ha elaborado?? Chiquito de la Calzada (q.e.p.d) ???
pues esque los apuntes de ELA en el tema de la UE están sacados de la web Oficial de la UE: https://europa.eu/european-union/about-eu/institutions-bodies/european-commission_es mientras que la respuesta de rinovortio es de la web oficial de la Comisión Europea. De todos modos las dos respuestas son iguales solo que en una de ellas está más especificado quienes son algunos de los vicepresidentes, pero no cambia la composición en sí, 1 presi, 6 vice y 21 comisarios.
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A ver si te ayuda un ejemplo... Imagínate un señor que tiene dos hijos y dos casas en Galicia. Uno de sus hijos va a mudarse allí y, por lo que sea, le interesa tener en propiedad una de esas casas. El padre puede donársela, pero tendría que pagar impuesto. Puede hacer un pacto sucesorio con eficacia de presente (darle en vida la herencia), pero esa transmisión sólo será a título sucesorio si forma parte de una disposición más amplia: por ejemplo, puede darles en herencia, estando todavía vivo y con eficacia de presente, un piso a cada hijo. Eso sí sería un título sucesorio. Si sólo es la casa a uno de sus hijos y tiene más bienes, entregar sólo uno es una donación. No es un lenguaje muy jurídico pero igual te ayuda.
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Mila esker Aniuska!!!! Así si se entiende! Ya podían tener todas las leyes ejemplos como los tuyos!
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Hola, tengo una duda sobre una pregunta sobre impuestos que he encontrado en un examen de otra convocatoria de diputación. Os lo copio a ver qué os parece. A mí me parece que la constitución del préstamo tb tendría que estar sujeta a IVA no creéis? Pero esa respuesta no está en ninguna opción.
5 EL SR POPESCU, DE NACIONALIDAD RUMANA, RESIDENTE EN BILBAO, COMPRA EN 2008
UNA VIVIENDA EN BILBAO DE NUEVA CONSTRUCCIÓN A LA CONSTRUCTORA HIRILUR
SA. PARA FINANCIAR LA COMPRA UTILIZA UN PRÉSTAMO HIPOTECARIO CONCEDIDO
POR LA BBK. TANTO LA COMPRA COMO EL PRÉSTAMO HAN SIDO RECOGIDOS EN LAS
ESCRITURAS CORRESPONDIENTES. INDICAR CUAL DE LAS SIGUIENTES RESPUESTAS ES
CORRECTA:
5a) Tanto la compra como la constitución del préstamo son operaciones sujetas al
Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y las escrituras de compra y de préstamo
están sujetas a Actos jurídicos documentados.
5b) La compra está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), la constitución del
préstamo a Transmisiones patrimoniales y las escrituras de compra y de préstamo a
Actos jurídicos documentados.
5c) La compra está sujeta al IVA, la constitución del préstamo a Operaciones societarias
y las escrituras a Actos jurídicos documentados
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Hola, tengo una duda sobre una pregunta sobre impuestos que he encontrado en un examen de otra convocatoria de diputación. Os lo copio a ver qué os parece. A mí me parece que la constitución del préstamo tb tendría que estar sujeta a IVA no creéis? Pero esa respuesta no está en ninguna opción.
5 EL SR POPESCU, DE NACIONALIDAD RUMANA, RESIDENTE EN BILBAO, COMPRA EN 2008
UNA VIVIENDA EN BILBAO DE NUEVA CONSTRUCCIÓN A LA CONSTRUCTORA HIRILUR
SA. PARA FINANCIAR LA COMPRA UTILIZA UN PRÉSTAMO HIPOTECARIO CONCEDIDO
POR LA BBK. TANTO LA COMPRA COMO EL PRÉSTAMO HAN SIDO RECOGIDOS EN LAS
ESCRITURAS CORRESPONDIENTES. INDICAR CUAL DE LAS SIGUIENTES RESPUESTAS ES
CORRECTA:
5a) Tanto la compra como la constitución del préstamo son operaciones sujetas al
Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y las escrituras de compra y de préstamo
están sujetas a Actos jurídicos documentados.
5b) La compra está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), la constitución del
préstamo a Transmisiones patrimoniales y las escrituras de compra y de préstamo a
Actos jurídicos documentados.
5c) La compra está sujeta al IVA, la constitución del préstamo a Operaciones societarias
y las escrituras a Actos jurídicos documentados
Los prestamos estan exentos del iva.
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Hola, tengo una duda sobre una pregunta sobre impuestos que he encontrado en un examen de otra convocatoria de diputación. Os lo copio a ver qué os parece. A mí me parece que la constitución del préstamo tb tendría que estar sujeta a IVA no creéis? Pero esa respuesta no está en ninguna opción.
5 EL SR POPESCU, DE NACIONALIDAD RUMANA, RESIDENTE EN BILBAO, COMPRA EN 2008
UNA VIVIENDA EN BILBAO DE NUEVA CONSTRUCCIÓN A LA CONSTRUCTORA HIRILUR
SA. PARA FINANCIAR LA COMPRA UTILIZA UN PRÉSTAMO HIPOTECARIO CONCEDIDO
POR LA BBK. TANTO LA COMPRA COMO EL PRÉSTAMO HAN SIDO RECOGIDOS EN LAS
ESCRITURAS CORRESPONDIENTES. INDICAR CUAL DE LAS SIGUIENTES RESPUESTAS ES
CORRECTA:
5a) Tanto la compra como la constitución del préstamo son operaciones sujetas al
Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y las escrituras de compra y de préstamo
están sujetas a Actos jurídicos documentados.
5b) La compra está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), la constitución del
préstamo a Transmisiones patrimoniales y las escrituras de compra y de préstamo a
Actos jurídicos documentados.
5c) La compra está sujeta al IVA, la constitución del préstamo a Operaciones societarias
y las escrituras a Actos jurídicos documentados
Los prestamos estan exentos del iva.
n este sentido, si el que presta el dinero es un particular, la constitución del préstamo es una operación sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en aplicación del artículo 7.1.B de la Ley de ITP.
“Artículo 7.1: Son transmisiones patrimoniales sujetas:
(…) B) La constitución de derechos reales, préstamos, fianzas, arrendamientos, pensiones y concesiones administrativas…”
Tributación préstamo empresas
Si por el contrario el préstamo es concedido por una empresa en el ejercicio de su actividad, la operación estará sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) según el artículo 11.Dos.12º de la LIVA al afirmar que “los préstamos y créditos en dinero” se consideran prestaciones de servicios a efectos de IVA.
“Artículo 11: Concepto de prestación de servicios
(…) Dos. En particular, se considerarán prestaciones de servicios:
(…) 12º Los préstamos y créditos en dinero”
No obstante, la ley del Impuesto sobre transmisiones patrimoniales, contempla en su artículo 45.I.B.15), que los préstamos realizados por particulares estarán exentos:
“B) Estarán exentas
Los depósitos en efectivo y los préstamos, cualquiera que sea la forma en que se instrumenten, incluso los representados por pagarés, bonos, obligaciones y títulos análogos…”
De forma análoga, la ley de IVA recoge en el artículo 20. Uno. 18º c) que estará exenta la concesión de créditos y préstamos en dinero de manera que, reconociendo esta operación como una prestación de servicios sujeta a IVA, la deja exenta del impuesto.
Deducimos entonces que las concesiones de créditos o préstamos, ya sea por un particular o por un empresario o profesional, estarán exentas de imposición indirecta (ITP o IVA)
Las concesiones de créditos o préstamos, ya sea por un particular o por un empresario o profesional, estarán exentas de imposición indirecta (ITP o IVA)
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A ver si te ayuda un ejemplo... Imagínate un señor que tiene dos hijos y dos casas en Galicia. Uno de sus hijos va a mudarse allí y, por lo que sea, le interesa tener en propiedad una de esas casas. El padre puede donársela, pero tendría que pagar impuesto. Puede hacer un pacto sucesorio con eficacia de presente (darle en vida la herencia), pero esa transmisión sólo será a título sucesorio si forma parte de una disposición más amplia: por ejemplo, puede darles en herencia, estando todavía vivo y con eficacia de presente, un piso a cada hijo. Eso sí sería un título sucesorio. Si sólo es la casa a uno de sus hijos y tiene más bienes, entregar sólo uno es una donación. No es un lenguaje muy jurídico pero igual te ayuda.
Mil gracias Aniuska por la ayuda! Ahora sí lo entiendo! :)
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1 presidente y 7 vicepresidentes y 20 comisarios.
Actualmente se compone de esta manera :
Composición del Colegio de Comisarios
Un presidente
Un vicepresidente primero
Un vicepresidente y alto representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad
4 vicepresidentes
21 comisarios
fuente: https://ec.europa.eu/info/about-european-commission/organisational-structure/political-leadership_es
MADRE MÍA....Hay algo en los apuntes de ELA que este bien?? Quien los ha elaborado?? Chiquito de la Calzada (q.e.p.d) ???
pues esque los apuntes de ELA en el tema de la UE están sacados de la web Oficial de la UE: https://europa.eu/european-union/about-eu/institutions-bodies/european-commission_es mientras que la respuesta de rinovortio es de la web oficial de la Comisión Europea. De todos modos las dos respuestas son iguales solo que en una de ellas está más especificado quienes son algunos de los vicepresidentes, pero no cambia la composición en sí, 1 presi, 6 vice y 21 comisarios.
A ver si lo he entendido el alto representante se puede contar como comisario o como vicepresidente?
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Estoy más perdido con los tributos que Wally en el Ikea!!!.
Me estudio los diferentes tributos, sobre todo las no sujeciones - exenciones y creo que más o menos lo tengo controlado y cuando alguno/a ponéis dudas no se ni de dónde ha salido eso, no te quiero ni contar con las respuestas que me suenan directamente a esperanto.
He llegado a la conclusión que la única forma de interiorizarlo y poder sacar el caso práctico es llendo a una académia y que te lo expliquen a través de ejemplos (un poco tarde) o que se te den bien los temas fiscales, algo que no es mi caso.
Con otras OPEs no me he sentido tan impotente, y ya van unas cuantas, pero con esta...
Cómo lo lleváis vosotros/as??? Que técnica estáis llevando???
Perdón por la chapa pero tenía que soltarlo.
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No puedo sentirme mas identificada Rubén
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Estoy igual, vamos, más perdida que un pulpo en un garaje
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Hola, tengo una duda sobre una pregunta sobre impuestos que he encontrado en un examen de otra convocatoria de diputación. Os lo copio a ver qué os parece. A mí me parece que la constitución del préstamo tb tendría que estar sujeta a IVA no creéis? Pero esa respuesta no está en ninguna opción.
5 EL SR POPESCU, DE NACIONALIDAD RUMANA, RESIDENTE EN BILBAO, COMPRA EN 2008
UNA VIVIENDA EN BILBAO DE NUEVA CONSTRUCCIÓN A LA CONSTRUCTORA HIRILUR
SA. PARA FINANCIAR LA COMPRA UTILIZA UN PRÉSTAMO HIPOTECARIO CONCEDIDO
POR LA BBK. TANTO LA COMPRA COMO EL PRÉSTAMO HAN SIDO RECOGIDOS EN LAS
ESCRITURAS CORRESPONDIENTES. INDICAR CUAL DE LAS SIGUIENTES RESPUESTAS ES
CORRECTA:
5a) Tanto la compra como la constitución del préstamo son operaciones sujetas al
Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y las escrituras de compra y de préstamo
están sujetas a Actos jurídicos documentados.
5b) La compra está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), la constitución del
préstamo a Transmisiones patrimoniales y las escrituras de compra y de préstamo a
Actos jurídicos documentados.
5c) La compra está sujeta al IVA, la constitución del préstamo a Operaciones societarias
y las escrituras a Actos jurídicos documentados
Los prestamos estan exentos del iva.
Esa pregunta se anuló
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Hola, tengo una duda sobre una pregunta sobre impuestos que he encontrado en un examen de otra convocatoria de diputación. Os lo copio a ver qué os parece. A mí me parece que la constitución del préstamo tb tendría que estar sujeta a IVA no creéis? Pero esa respuesta no está en ninguna opción.
5 EL SR POPESCU, DE NACIONALIDAD RUMANA, RESIDENTE EN BILBAO, COMPRA EN 2008
UNA VIVIENDA EN BILBAO DE NUEVA CONSTRUCCIÓN A LA CONSTRUCTORA HIRILUR
SA. PARA FINANCIAR LA COMPRA UTILIZA UN PRÉSTAMO HIPOTECARIO CONCEDIDO
POR LA BBK. TANTO LA COMPRA COMO EL PRÉSTAMO HAN SIDO RECOGIDOS EN LAS
ESCRITURAS CORRESPONDIENTES. INDICAR CUAL DE LAS SIGUIENTES RESPUESTAS ES
CORRECTA:
5a) Tanto la compra como la constitución del préstamo son operaciones sujetas al
Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y las escrituras de compra y de préstamo
están sujetas a Actos jurídicos documentados.
5b) La compra está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), la constitución del
préstamo a Transmisiones patrimoniales y las escrituras de compra y de préstamo a
Actos jurídicos documentados.
5c) La compra está sujeta al IVA, la constitución del préstamo a Operaciones societarias
y las escrituras a Actos jurídicos documentados
Los prestamos estan exentos del iva.
Esa pregunta se anuló
Ah ok, me quedo más tranquila, gracias ;-)
Y gracias interested por la explicación!
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No puedo sentirme mas identificada Rubén
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No puedo sentirme mas identificada Rubén
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No puedo sentirme mas identificada Rubén
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No puedo sentirme mas identificada Rubén
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DUDA
TEMA 30 IMPUESTO DE SOCIEDADES
Artículo 2 Ámbito de aplicación subjetivo
En función del Volumen de operaciones y Territorio efectuados se aplica o no la NF
Mi duda es el año que se tiene en cuenta, por ejemplo: para liquidar el impuesto de las operaciones realizadas en el 2018 a efectuar en el 2019, se tienen en cuenta los datos del 2018? o del año anterior 2017
Igual para considerar en el articulo 13 concepto de miecroempresa, pequeña y mediana empresa.
En el aritculo 13 como dice qeu requisitos a cumplir ejercicio anterior al devengo, entiendo que el 2017. no?
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DUDA
TEMA 30 IMPUESTO DE SOCIEDADES
Artículo 2 Ámbito de aplicación subjetivo
En función del Volumen de operaciones y Territorio efectuados se aplica o no la NF
Mi duda es el año que se tiene en cuenta, por ejemplo: para liquidar el impuesto de las operaciones realizadas en el 2018 a efectuar en el 2019, se tienen en cuenta los datos del 2018? o del año anterior 2017
Igual para considerar en el articulo 13 concepto de miecroempresa, pequeña y mediana empresa.
En el aritculo 13 como dice qeu requisitos a cumplir ejercicio anterior al devengo, entiendo que el 2017. no?
Sí, eso es. Para liquidar el ejercicio 2018, en junio de 2019, se consideran los datos de 2017 para determinar los porcentajes aplicables a cada territorio.
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Tributos locales. Dice que entra naturaleza, hecho imponible, y sujeto pasivo. Exenciones no. ¿Es correcto? Es que como el artículo de exenciones está entre el hecho imponible y el sujeto pasivo... Me genera dudas.
Eskerrik asko!
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Tributos locales. Dice que entra naturaleza, hecho imponible, y sujeto pasivo. Exenciones no. ¿Es correcto? Es que como el artículo de exenciones está entre el hecho imponible y el sujeto pasivo... Me genera dudas.
Eskerrik asko!
No entran la exenciones
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En la aclaración que publicaron ponía que no entraban
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En la aclaración que publicaron ponía que no entraban
Gracias a las dos!
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DUDA
TEMA 30 IMPUESTO DE SOCIEDADES
Artículo 2 Ámbito de aplicación subjetivo
En función del Volumen de operaciones y Territorio efectuados se aplica o no la NF
Mi duda es el año que se tiene en cuenta, por ejemplo: para liquidar el impuesto de las operaciones realizadas en el 2018 a efectuar en el 2019, se tienen en cuenta los datos del 2018? o del año anterior 2017
Igual para considerar en el articulo 13 concepto de miecroempresa, pequeña y mediana empresa.
En el aritculo 13 como dice qeu requisitos a cumplir ejercicio anterior al devengo, entiendo que el 2017. no?
Sí, eso es. Para liquidar el ejercicio 2018, en junio de 2019, se consideran los datos de 2017 para determinar los porcentajes aplicables a cada territorio.
Eskerrik asko
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DUDA
TEMA 30 IMPUESTO DE SOCIEDADES
Artículo 2 Ámbito de aplicación subjetivo
En función del Volumen de operaciones y Territorio efectuados se aplica o no la NF
Mi duda es el año que se tiene en cuenta, por ejemplo: para liquidar el impuesto de las operaciones realizadas en el 2018 a efectuar en el 2019, se tienen en cuenta los datos del 2018? o del año anterior 2017
Igual para considerar en el articulo 13 concepto de miecroempresa, pequeña y mediana empresa.
En el aritculo 13 como dice qeu requisitos a cumplir ejercicio anterior al devengo, entiendo que el 2017. no?
Sí, eso es. Para liquidar el ejercicio 2018, en junio de 2019, se consideran los datos de 2017 para determinar los porcentajes aplicables a cada territorio.
Eskerrik asko
Hola!
Repasando IS: si se está liquidando el 2018 en junio del 2019, para determinar la normativa se toma el volumen de operaciones del ejercicio 2017 y el domicilio fiscal a 31/12/2018; para la exacción, el volumen de operaciones es el del ejercicio que se está liquidando, el 2018.
Saludos!
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Tributos locales. Dice que entra naturaleza, hecho imponible, y sujeto pasivo. Exenciones no. ¿Es correcto? Es que como el artículo de exenciones está entre el hecho imponible y el sujeto pasivo... Me genera dudas.
Eskerrik asko!
No entran la exenciones
Pero en la aclaración solo hacía referencia a las exenciones de los temas 33 y 34, no? Por lo que yo consideraba que en el resto sí entraban...
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Tributos locales. Dice que entra naturaleza, hecho imponible, y sujeto pasivo. Exenciones no. ¿Es correcto? Es que como el artículo de exenciones está entre el hecho imponible y el sujeto pasivo... Me genera dudas.
Eskerrik asko!
No entran la exenciones
Pero en la aclaración solo hacía referencia a las exenciones de los temas 33 y 34, no? Por lo que yo consideraba que en el resto sí entraban...
Sí, esos son los locales.
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Aupa egunon!
El tribunal superior de justicia que tiene 8 abogados generales o 11?
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Qué yo sepa 11. 1 juez de cada país y 11 abogados generales.
Aupa egunon!
El tribunal superior de justicia que tiene 8 abogados generales o 11?
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¿Os referís al Tribunal de Justicia de la Unión Europea ?
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Eskerrik asko, si al tribunal de justicia de la union europea.
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Tema 2. Derechos y deberes fundamentales . Artículos 10-30. No será un error ,no? Es raro que se corte en el articulo 30
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Tema 2. Derechos y deberes fundamentales . Artículos 10-30. No será un error ,no? Es raro que se corte en el articulo 30
Eso pone en las bases y no ha habido rectificación de la Dipu al respecto que yo sepa así que sí, del 10 al 30.
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Estiman los recursos de reposición de 5 opositores, admitiéndolos en el proceso selectivo.
http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2019/05/21/I-414_cas.pdf?hash=0b5d326875b311a43a26921ee17d2754
http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2019/05/21/I-415_cas.pdf?hash=75efaedd6dec6e0ba09357dd44d3022f
http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2019/05/21/I-416_cas.pdf?hash=9c970f59f92c00581bc833127d5fe494
http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2019/05/21/I-417_cas.pdf?hash=0a279b500a9da654cd24a31944667137
http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2019/05/21/I-418_cas.pdf?hash=099fbbc9a22952d483d49c7244e8e59c
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En el tema de la UE, os estáis estudiando tratados y demás? Comparando el temario de ela con los test de cep, no tienen nada que ver...???? Por favor, alguien me puede decir que es lo que realmente entra?? Porque el enunciado del tema puede ser muy amplio..Gracias!!
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buenasss , marga410+ eso que as puesto que es?. yo liada con los temas de el bloque de hacienda publica y derecho tributario, que infiernoooo ufffff, no puedo con ello, jajaj, vamoss animo que ya va quedando menos dias.
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una duda, en el tema 27 ai que estudiar por una parte el articulo 16 : concepto, fines y clases de los tributos de la norma foral 2/2005 de 10 de marzo y por otro lado el articulo 26: concepto de precios publicos de la normal foral 4/1990 de 26 de junio , o ai que estudiar mas articulos?
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una duda, en el tema 27 ai que estudiar por una parte el articulo 16 : concepto, fines y clases de los tributos de la norma foral 2/2005 de 10 de marzo y por otro lado el articulo 26: concepto de precios publicos de la normal foral 4/1990 de 26 de junio , o ai que estudiar mas articulos?
Sí, yo creo que "sólo" eso. Lo que no me queda claro es la diferencia entre precios públicos y tasas. Entiendo que precios públicos NO es un concepto tributario y las tasas sí, pero aparte de eso, la diferencia es que los precios públicos se pagan por el uso voluntario de una instalación pública (por ejemplo, una piscina municipal) y la tasa se paga por un trámite obligatorio (por ejemplo, renovar el DNI)? O lo estoy entendiendo mal?
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una duda, en el tema 27 ai que estudiar por una parte el articulo 16 : concepto, fines y clases de los tributos de la norma foral 2/2005 de 10 de marzo y por otro lado el articulo 26: concepto de precios publicos de la normal foral 4/1990 de 26 de junio , o ai que estudiar mas articulos?
Sí, yo creo que "sólo" eso. Lo que no me queda claro es la diferencia entre precios públicos y tasas. Entiendo que precios públicos NO es un concepto tributario y las tasas sí, pero aparte de eso, la diferencia es que los precios públicos se pagan por el uso voluntario de una instalación pública (por ejemplo, una piscina municipal) y la tasa se paga por un trámite obligatorio (por ejemplo, renovar el DNI)? O lo estoy entendiendo mal?
Correcto, precios públicos no tienen naturaleza tributaria, pero además para poder exigirlos tienen que ser actividades o servicios de realización/prestación voluntaria Y se tienen que prestar por el sector privado. Se tienen que dar ambas condiciones. Espero que te aclare algo más.
Saludos!
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ardillita, sólo es que varias personas reclamaron, porque las habían excluido de la lista de admitidos, y ahora las han incluido. :D
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Hola, yo estoy preparando la ope de alava. Ha probado alguien el libro de simulacros de examen del CEP?. Tiene casos practicos utiles o es simplemente test.
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una duda, en el tema 27 ai que estudiar por una parte el articulo 16 : concepto, fines y clases de los tributos de la norma foral 2/2005 de 10 de marzo y por otro lado el articulo 26: concepto de precios publicos de la normal foral 4/1990 de 26 de junio , o ai que estudiar mas articulos?
Sí, yo creo que "sólo" eso. Lo que no me queda claro es la diferencia entre precios públicos y tasas. Entiendo que precios públicos NO es un concepto tributario y las tasas sí, pero aparte de eso, la diferencia es que los precios públicos se pagan por el uso voluntario de una instalación pública (por ejemplo, una piscina municipal) y la tasa se paga por un trámite obligatorio (por ejemplo, renovar el DNI)? O lo estoy entendiendo mal?
Correcto, precios públicos no tienen naturaleza tributaria, pero además para poder exigirlos tienen que ser actividades o servicios de realización/prestación voluntaria Y se tienen que prestar por el sector privado. Se tienen que dar ambas condiciones. Espero que te aclare algo más.
Saludos!
Eso es. Otro ejemplo son agua o basuras, que son tasas. Son obligatorios y/o no se ofrecen por el sector privado. Las tasas no llevan IVA.
Los precios públicos son, por ejemplo, los créditos universitarios, o el de la piscina. Llevan IVA.
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Hola!! Del tema 20 del regimen local, las disposiciones adicionales q hay q estudiar son "solo", la segunda y la tercera??
Gracias
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Creo que alguien ya pregunto esto pero no consigo encontrarlo.
Cuando alguien se coja excedencia por cuidado de los hijos, ¿le guardan su puesto durante 1 año o 3?
Gracias!!
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Creo que alguien ya pregunto esto pero no consigo encontrarlo.
Cuando alguien se coja excedencia por cuidado de los hijos, ¿le guardan su puesto durante 1 año o 3?
Gracias!!
En la ley que tenemos que estudiar (que no es trebep) no hace referencia a cuantos años...es mas se contradice porque en algún artículo pone que se guarda el puesto de trabajo y en otros que se pierde y puedes encontrarte en situación de que no tengas puesto equivalente... nos e
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Creo que alguien ya pregunto esto pero no consigo encontrarlo.
Cuando alguien se coja excedencia por cuidado de los hijos, ¿le guardan su puesto durante 1 año o 3?
Gracias!!
Diría que 3 (máximo hasta que el hijo cumpla 3 años, para ser exactos) en caso de cuidado de hijos y 2 en cuidado de familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad..
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Hola, mirando las bases me he dado cuenta que no especifica las it txartelas válidas. En el examen, si no las tienes, pone que te examinan de la version word/excel 2010, pero se podría aportar por ejemplo xp o 2003? Me lo he leído varias veces y no queda claro, me parece a mí...
Saludos
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Creo que alguien ya pregunto esto pero no consigo encontrarlo.
Cuando alguien se coja excedencia por cuidado de los hijos, ¿le guardan su puesto durante 1 año o 3?
Gracias!!
En la ley que tenemos que estudiar (que no es trebep) no hace referencia a cuantos años...es mas se contradice porque en algún artículo pone que se guarda el puesto de trabajo y en otros que se pierde y puedes encontrarte en situación de que no tengas puesto equivalente... nos e
Tengo la misma duda:
Art.62. Excedencia por cuidado de hijos: Máximo 3 años.
62. 4. El periodo de permanencia en dicha situación será computable a efectos de trienios,
consolidación del grado personal y derechos pasivos. Durante este tiempo tendrá derecho a
la reserva del puesto de trabajo que desempeñaba.
Sin embargo,
Art.65. Excedencia forzosa-
65.1. b) cuando, cumplido el periodo de suspensión de funciones o concluido el de excedencia
para atender al cuidado de los hijos, el funcionario solicite el reingreso y no lo pueda obtener
por falta de vacante.
¿Cómo puede ser que tengas reserva de puesto de trabajo y cuando vuelvas no haya vacante?
¿Alguien podría explicarme esto?
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De ahí venía mi duda, no consigo entenderlo...
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De ahí venía mi duda, no consigo entenderlo...
Yo creo que cuando lo cambiaron simplemente quitaron lo de 1 año pusieron plazo máx 3 y se quedaron mas anchos que un 8 sin corregir el resto.
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Creo que alguien ya pregunto esto pero no consigo encontrarlo.
Cuando alguien se coja excedencia por cuidado de los hijos, ¿le guardan su puesto durante 1 año o 3?
Gracias!!
En la ley que tenemos que estudiar (que no es trebep) no hace referencia a cuantos años...es mas se contradice porque en algún artículo pone que se guarda el puesto de trabajo y en otros que se pierde y puedes encontrarte en situación de que no tengas puesto equivalente... nos e
Tengo la misma duda:
Art.62. Excedencia por cuidado de hijos: Máximo 3 años.
62. 4. El periodo de permanencia en dicha situación será computable a efectos de trienios,
consolidación del grado personal y derechos pasivos. Durante este tiempo tendrá derecho a
la reserva del puesto de trabajo que desempeñaba.
Sin embargo,
Art.65. Excedencia forzosa-
65.1. b) cuando, cumplido el periodo de suspensión de funciones o concluido el de excedencia
para atender al cuidado de los hijos, el funcionario solicite el reingreso y no lo pueda obtener
por falta de vacante.
¿Cómo puede ser que tengas reserva de puesto de trabajo y cuando vuelvas no haya vacante?
¿Alguien podría explicarme esto?
La misma duda tengo yo. Supongo que no lo meterán porque habría muchísimas impugnaciones.
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Creo que alguien ya pregunto esto pero no consigo encontrarlo.
Cuando alguien se coja excedencia por cuidado de los hijos, ¿le guardan su puesto durante 1 año o 3?
Gracias!!
En la ley que tenemos que estudiar (que no es trebep) no hace referencia a cuantos años...es mas se contradice porque en algún artículo pone que se guarda el puesto de trabajo y en otros que se pierde y puedes encontrarte en situación de que no tengas puesto equivalente... nos e
Tengo la misma duda:
Art.62. Excedencia por cuidado de hijos: Máximo 3 años.
62. 4. El periodo de permanencia en dicha situación será computable a efectos de trienios,
consolidación del grado personal y derechos pasivos. Durante este tiempo tendrá derecho a
la reserva del puesto de trabajo que desempeñaba.
Sin embargo,
Art.65. Excedencia forzosa-
65.1. b) cuando, cumplido el periodo de suspensión de funciones o concluido el de excedencia
para atender al cuidado de los hijos, el funcionario solicite el reingreso y no lo pueda obtener
por falta de vacante.
¿Cómo puede ser que tengas reserva de puesto de trabajo y cuando vuelvas no haya vacante?
¿Alguien podría explicarme esto?
La misma duda tengo yo. Supongo que no lo meterán porque habría muchísimas impugnaciones.
Si tu estas de excelencia, puede darse el caso que hayan suprimido tu puesto. Al solicitar el reingreso no tendrías sitio al que volver por ejemplo.
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Creo que alguien ya pregunto esto pero no consigo encontrarlo.
Cuando alguien se coja excedencia por cuidado de los hijos, ¿le guardan su puesto durante 1 año o 3?
Gracias!!
para cuidado de hijos hay reserva del puesto durante el primer año sólo, para el resto no hay reserva asi que te darían vacante
En la ley que tenemos que estudiar (que no es trebep) no hace referencia a cuantos años...es mas se contradice porque en algún artículo pone que se guarda el puesto de trabajo y en otros que se pierde y puedes encontrarte en situación de que no tengas puesto equivalente... nos e
Tengo la misma duda:
Art.62. Excedencia por cuidado de hijos: Máximo 3 años.
62. 4. El periodo de permanencia en dicha situación será computable a efectos de trienios,
consolidación del grado personal y derechos pasivos. Durante este tiempo tendrá derecho a
la reserva del puesto de trabajo que desempeñaba.
Sin embargo,
Art.65. Excedencia forzosa-
65.1. b) cuando, cumplido el periodo de suspensión de funciones o concluido el de excedencia
para atender al cuidado de los hijos, el funcionario solicite el reingreso y no lo pueda obtener
por falta de vacante.
¿Cómo puede ser que tengas reserva de puesto de trabajo y cuando vuelvas no haya vacante?
¿Alguien podría explicarme esto?
La misma duda tengo yo. Supongo que no lo meterán porque habría muchísimas impugnaciones.
Si tu estas de excelencia, puede darse el caso que hayan suprimido tu puesto. Al solicitar el reingreso no tendrías sitio al que volver por ejemplo.
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Kaixo a tod@s!
Estaba con la ley de FUNCIÓN pública VASCA y me ha entrado una duda.. cuando alguien coge excedencia x cuidado de hijo.. hasta cuado le guardan su puesto... 3 años creía yo.. pero tengo dudas porque en la ley hay otro punto en el q dice q sólo el primer año de los tres k puede estar de excencia le guardarian puesto. Sabéis algo? Por aquí somos 3 y en tres las 3 no nos aclaramos. Eskerrik asko. ;)
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Tienes reserva de puesto durante el primer año despues vacante
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Apa a todos!!
Me sigue sin llegar la carta famosa de dipu... he mirado un montón de veces y estoy aceptada... os pasa a alguien mas q no os llega?
Mi duda con la excedencia por el cuidado de hijo, viene porque en el bloque sobre excedencia por cuidado de hijo, viene que tiene derecho a que le guarden el puesto de trabajo mientras está de excedencia por cuidado de hijo
En cambio en la sección de "perdida de adscripción" si que viene que pierde la adscripción del puesto si permanece mas de un año en esa excedencia... porque es esta y no es la primera?? os ha dicho en alguna academia o así que es la de 1 año? insisto tanto porque mis amigas van a juritecnia y hoy dudaban mucho y ante la duda le han dicho que los tres años... que jaleo (Además me da yuyu porque en un examen ya me salió :P)
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Apa a todos!!
Me sigue sin llegar la carta famosa de dipu... he mirado un montón de veces y estoy aceptada... os pasa a alguien mas q no os llega?
Mi duda con la excedencia por el cuidado de hijo, viene porque en el bloque sobre excedencia por cuidado de hijo, viene que tiene derecho a que le guarden el puesto de trabajo mientras está de excedencia por cuidado de hijo
En cambio en la sección de "perdida de adscripción" si que viene que pierde la adscripción del puesto si permanece mas de un año en esa excedencia... porque es esta y no es la primera?? os ha dicho en alguna academia o así que es la de 1 año? insisto tanto porque mis amigas van a juritecnia y hoy dudaban mucho y ante la duda le han dicho que los tres años... que jaleo (Además me da yuyu porque en un examen ya me salió :P)
En academia nos han dicho 3 años de reserva de trabajo. Que la reserva de un año podría tener que ver con algún caso en el que estas ocupando puesto que has adquirido por concurso porque estas justo en ese punto de como pueden removerte del puesto. Pero que tampoco esta en ningún sitio especificado. Pero nos han dicho que 3 años. A ver si os sirve
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Hola a todos.
Impuesto de sociedades. Alguien puede explicarme cuando es normativa de territorio común y cuando es normativa foral?
Entiendo el ámbito de aplicación, pero antes he leído un trozo del resumen que viene en éste enlace y ahí lo comenta.
Os agradecería un montón que me ayudaseis a entenderlo.
La normativa vasca de este Impuesto se aplica a las entidades cuyo domicilio fiscal se encuentre en el País Vasco. Y también en el supuesto de que, teniendo domicilio fiscal en Territorio Común, el volumen total de operaciones en el ejercicio anterior hubiera excedido de 10 millones de euros, y el 75% o más de ese volumen de operaciones se hubiera realizado en el País Vasco. Este punto de conexión normativo del Impuesto implica, obviamente, que una entidad estará sujeta únicamente a una normativa, la foral o la común.
http://www.euskadi.eus/web01-s2oga/es/contenidos/informacion/6901/es_2316/index.shtml
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Hola a todos.
Impuesto de sociedades. Alguien puede explicarme cuando es normativa de territorio común y cuando es normativa foral?
Entiendo el ámbito de aplicación, pero antes he leído un trozo del resumen que viene en éste enlace y ahí lo comenta.
Os agradecería un montón que me ayudaseis a entenderlo.
La normativa vasca de este Impuesto se aplica a las entidades cuyo domicilio fiscal se encuentre en el País Vasco. Y también en el supuesto de que, teniendo domicilio fiscal en Territorio Común, el volumen total de operaciones en el ejercicio anterior hubiera excedido de 10 millones de euros, y el 75% o más de ese volumen de operaciones se hubiera realizado en el País Vasco. Este punto de conexión normativo del Impuesto implica, obviamente, que una entidad estará sujeta únicamente a una normativa, la foral o la común.
http://www.euskadi.eus/web01-s2oga/es/contenidos/informacion/6901/es_2316/index.shtml
Territorio común
Domicilio Fiscal en TC y menos de 7M (10M cn la nueva norma)
Norma foral
Domicilio fiscal Bizkaia y menos de 7M
Domicilio fiscal en PV y más del 75% de Volumen de operaciones en el PV. Y de ahí el TH donde tenga más % será la normativa que aplicas.
Domicilio fiscal en TC pero 100% del volumen de operaciones en el país vaso. Y de ahí en el TH donde tenga más %
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Eskerrik asko!!! Me lo has dejado claro.
Ya queda poco!!!!!
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Eskerrik asko!!! Me lo has dejado claro.
Ya queda poco!!!!!
Perdón ROTE que lo estaba haciendo de cabeza pensando en Bizkaia, pero por si acaso te especifico, cuando pongo
Domicilio fiscal PV , ten en cuenta que si es otro TH que no sea Bizkaia y ahí se realizan operaciones se queda en ese TH. En el caso de no tener volumen de operaciones, entonces sí el que mayor % de los otros dos TH.
Por si acaso
Aunque imagino que lo habrías deducido jeje
ánimo
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Egunon! A mí tampoco me ha llegado la carta de Diputación y estoy admitida. Así que tranquilidad, lo importante es estar en el listado de admitidos. Ánimo a tod@s, ya queda menos!!
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Hola a todos.
Impuesto de sociedades. Alguien puede explicarme cuando es normativa de territorio común y cuando es normativa foral?
Entiendo el ámbito de aplicación, pero antes he leído un trozo del resumen que viene en éste enlace y ahí lo comenta.
Os agradecería un montón que me ayudaseis a entenderlo.
La normativa vasca de este Impuesto se aplica a las entidades cuyo domicilio fiscal se encuentre en el País Vasco. Y también en el supuesto de que, teniendo domicilio fiscal en Territorio Común, el volumen total de operaciones en el ejercicio anterior hubiera excedido de 10 millones de euros, y el 75% o más de ese volumen de operaciones se hubiera realizado en el País Vasco. Este punto de conexión normativo del Impuesto implica, obviamente, que una entidad estará sujeta únicamente a una normativa, la foral o la común.
http://www.euskadi.eus/web01-s2oga/es/contenidos/informacion/6901/es_2316/index.shtml
Territorio común
Domicilio Fiscal en TC y menos de 7M (10M cn la nueva norma)
Norma foral
Domicilio fiscal Bizkaia y menos de 7M
Domicilio fiscal en PV y más del 75% de Volumen de operaciones en el PV. Y de ahí el TH donde tenga más % será la normativa que aplicas.
Domicilio fiscal en TC pero 100% del volumen de operaciones en el país vaso. Y de ahí en el TH donde tenga más %
Y si es domicilio en Bizkaia y más de 7 millones?
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Alguien me puede decir que versión de it txartela es válida? Saludos
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Alguien me puede decir que versión de it txartela es válida? Saludos
Egun on
Word 2010 avanzado y Excel 2010 básico
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Gracias
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Alguien me puede decir que versión de it txartela es válida? Saludos
Egun on
Word 2010 avanzado y Excel 2010 básico
Seguro??? Os lo han confirmado desde la dipu?? Yo entiendo q ellos t hace la prueba con 2010, pero q las otras versiones q aparecen en las bases tambien son validas.
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Hola, del tema 6, que artículos creéis que entran? En las bases viene del 147 al 151, pero en el temario de ela empiezan por el 137.
Eskerrik asko
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Hola, del tema 6, que artículos creéis que entran? En las bases viene del 147 al 151, pero en el temario de ela empiezan por el 137.
Eskerrik asko
Yo creo que hay que hacer caso a las bases, los apuntes de ELA no me fiaría mucho... en el tema de la UE por ejemplo, que no viene acotado ni artículos ni nada, que habéis estudiado?
Gracias!!
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Alguien me puede decir que versión de it txartela es válida? Saludos
Egun on
Word 2010 avanzado y Excel 2010 básico
Seguro??? Os lo han confirmado desde la dipu?? Yo entiendo q ellos t hace la prueba con 2010, pero q las otras versiones q aparecen en las bases tambien son validas.
SI, eso es; yo lo pregunté antes de apuntarme y me dijeron que son validas cualquiera de las que están en las bases.
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Kaixo a tod@s!
Estaba con la ley de FUNCIÓN pública VASCA y me ha entrado una duda.. cuando alguien coge excedencia x cuidado de hijo.. hasta cuado le guardan su puesto... 3 años creía yo.. pero tengo dudas porque en la ley hay otro punto en el q dice q sólo el primer año de los tres k puede estar de excencia le guardarian puesto. Sabéis algo? Por aquí somos 3 y en tres las 3 no nos aclaramos. Eskerrik asko. ;)
Egun On,
Estoy echando un vistazo y la ley en el articulo 62 punto 4 dice lo siguiente: . "El período de permanencia en dicha situación será computable a efectos de trienios, consolidación del grado personal y derechos pasivos. Durante este
tiempo tendrá derecho a la reserva del puesto de trabajo que desempeñaba. "
Creo que eso se puede interpretar de la única manera que, el periodo de tiempo máximo de reserva de puesto, sera el mismo que el periodo de tiempo maximo de derecho de excedencia por cuidado de hijos, es decir,3 años. Tal y como lo dice en el punto 1. de ese mismo articulo: "Los funcionarios tendrán derecho a un período de excedencia, no superior a
tres años, para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando sea por naturaleza como por adopción, a contar desde la fecha del nacimiento o de la resolución judicial."
Como lo veis?
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Alguien me puede decir que versión de it txartela es válida? Saludos
Egun on
Word 2010 avanzado y Excel 2010 básico
Seguro??? Os lo han confirmado desde la dipu?? Yo entiendo q ellos t hace la prueba con 2010, pero q las otras versiones q aparecen en las bases tambien son validas.
SI, eso es; yo lo pregunté antes de apuntarme y me dijeron que son validas cualquiera de las que están en las bases.
Gracias por confirmarlo! Ya me estaba agobiando, jeje.
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Egunon! A mí tampoco me ha llegado la carta de Diputación y estoy admitida. Así que tranquilidad, lo importante es estar en el listado de admitidos. Ánimo a tod@s, ya queda menos!!
OPEIZ, milla esker....aunque ya lo había pillado antes. Asi y todo se agradece la preocupación!!!
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Hola, del tema 6, que artículos creéis que entran? En las bases viene del 147 al 151, pero en el temario de ela empiezan por el 137.
Eskerrik asko
Yo creo que hay que hacer caso a las bases, los apuntes de ELA no me fiaría mucho... en el tema de la UE por ejemplo, que no viene acotado ni artículos ni nada, que habéis estudiado?
Gracias!!
Eskerrik asko, yo de la UE me he mirado según las bases, mirando páginas en internet
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Hola! Duda del último tema, disposiciones de la norma 3/1983 13 de febrero. No me queda claro culés son, ya que ha habido alguna actualización. La disposición adicional, es la que habla de las pensiones vitalicias?? Solo esa? Muchas gracias de antemano
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esas salen en una actualización posterior que hubo, no entran
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Hola a todos.
Impuesto de sociedades. Alguien puede explicarme cuando es normativa de territorio común y cuando es normativa foral?
Entiendo el ámbito de aplicación, pero antes he leído un trozo del resumen que viene en éste enlace y ahí lo comenta.
Os agradecería un montón que me ayudaseis a entenderlo.
La normativa vasca de este Impuesto se aplica a las entidades cuyo domicilio fiscal se encuentre en el País Vasco. Y también en el supuesto de que, teniendo domicilio fiscal en Territorio Común, el volumen total de operaciones en el ejercicio anterior hubiera excedido de 10 millones de euros, y el 75% o más de ese volumen de operaciones se hubiera realizado en el País Vasco. Este punto de conexión normativo del Impuesto implica, obviamente, que una entidad estará sujeta únicamente a una normativa, la foral o la común.
http://www.euskadi.eus/web01-s2oga/es/contenidos/informacion/6901/es_2316/index.shtml
Territorio común
Domicilio Fiscal en TC y menos de 7M (10M cn la nueva norma)
Norma foral
Domicilio fiscal Bizkaia y menos de 7M
Domicilio fiscal en PV y más del 75% de Volumen de operaciones en el PV. Y de ahí el TH donde tenga más % será la normativa que aplicas.
Domicilio fiscal en TC pero 100% del volumen de operaciones en el país vaso. Y de ahí en el TH donde tenga más %
Y si es domicilio en Bizkaia y más de 7 millones?
Si tiene en Bizkaia significa que la tiene en PV por tanto mas del 75% del Volumen de operaciones que TC y mas que en el resto de los territorios
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Ah!vale.. pues.. entonces.. las que empiezan por La utilización de tecnologías??jope qué lío
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Pregunta:
IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS
EXACCIÓN
Préstamos con hipoteca sobre bienes inmuebles sito en varios territorios, tributación en %
Entiendo que si pido un préstamo e hipoteca conjunta sobre una casa de Bilbo y otra de Castro, parte del impuestro tendría que pagar en Bilbao y parte en Castro?
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digo Bizkaia y Cantabria
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¿Entran artículos de la ley 40/2015 dentro del temario o sería impugnable si preguntan por dicha ley que no aparece explícitamente en el temario?
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Me podeis explicar como contabilizan los meritos con los perfiles preceptivos. Si tengo el pl2 para los puestos de perfil 2 preceptivo a mi no me dan ountos y a los que tengan el perfil 3 les dan todos los puntos, o los del pl3 menos el pl2.
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Cuando el perfil es preceptivo es obligatorio para ocupar un puesto, quien acceda a esa plaza tiene que tenerlo o conseguirlo durante esa convocatoria.
Si es no preceptivo, el nivel de euskera sirve para subir la nota final.
Me podeis explicar como contabilizan los meritos con los perfiles preceptivos. Si tengo el pl2 para los puestos de perfil 2 preceptivo a mi no me dan ountos y a los que tengan el perfil 3 les dan todos los puntos, o los del pl3 menos el pl2.
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AA gracias, pero una cosa con la que todavia tengo dudas, perdona mi lentitud. Para los puestos con perfil 2 preceptivo, el pl3 y el pl 2 valen 0 puntos, solo cuentan como requisito y no da puntos en el concurso.
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tema 32 IVA Articulo 2bis punto cuatro
b) Si se trata de entregas con instalación de elementos industriales fuera de Bizkaia, si los trabajos de preparación y fabricación se hubieran realizado en este territorio y el coste de la instalación o montaje no excede del 15% del total de la prestación
quiero entender que los trabajos de preparación y fabricación se realizan en OTRO territorio, entrega con instalación desde Bizkaia a fuera de Bizkaia y la entrega e instalación no excede del 15% total de la prestación.
Lo entendeis asi?
Hola!
Yo no lo entiendo así. Entiendo que los trabajos de preparación y fabriación se realizan en Bizkaia y la entrega e instalación (de lo fabricado en Bizkaia) fuera de Bizkaia. Cuando el coste de la instalación no supera el 15% de la contraprestación total.
Algo así como que la operación principal para ese sujeto pasivo es la fabricación (que es en Bizkaia), no la instalación (que es lo que es fuera de Bizkaia).
Estoy bastante segura, pero nunca se sabe...
Si, yo entiendo lo mismo. Si el peso del cte de la instalación es mayor al 15% del total, entonces ya se localizan fuera...
Igual es la pregunta de tia no te enteras de nada pero estoy perdida. Estas exenciones q pone quiere decir q cuando pasa eso es q estan sujetas a bizkaia o q no estan sujetas a bizkaia?
Gracias
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alguien que sepa diferenciar bien los pliegos de clausulas administrativas particulares y pliego de prescripciones tecnicas? Este tema se me hace muy cuesta arriba... :S
Gracias de antemano
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alguien que sepa diferenciar bien los pliegos de clausulas administrativas particulares y pliego de prescripciones tecnicas? Este tema se me hace muy cuesta arriba... :S
Gracias de antemano
normal, es terrible, que necesitas
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Egun on!! Eskerrik asko a todos por los comentarios, después de consultas nos quedamos con que te guardan los 3 años el puesto si estás X excedencia X cuidado de hijo, o sea, todo el periodo al que tienes derecho. Una menos! Ánimo chaval@s!!
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Hola, me han pasado este supuesto práctico, os lo adjunto por si os sirve, no tengo respuestas, si alguien que domine las quiere poner se lo agradecería. Suerte a todos
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Hola, me han pasado este supuesto práctico, os lo adjunto por si os sirve, no tengo respuestas, si alguien que domine las quiere poner se lo agradecería. Suerte a todos
Gracias!! Yo lo he hecho por mi cuenta, pongo las respuestas a ver que opináis los demás, pero no os fiéis mucho de mí, que ando torpe con estos temas.
a) Bizkaia
b) 8 millones
c) THB
d) Territorio Común
e) DFB
f) Territorio común (Cantabria)
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No me acaba de quedar clara la sujeción o no a Iva de la transmisión del patrimonio empresarial, si alguien fuera tan amable de aclararlo. Gracias por adelantado.
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Adjunto unos casos de IVA que he encontrado por internet y a mi me han ayudado a entender un poco más.
Solo nos entran algunos del principio.
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Hola, me han pasado este supuesto práctico, os lo adjunto por si os sirve, no tengo respuestas, si alguien que domine las quiere poner se lo agradecería. Suerte a todos
Gracias!! Yo lo he hecho por mi cuenta, pongo las respuestas a ver que opináis los demás, pero no os fiéis mucho de mí, que ando torpe con estos temas.
a) Bizkaia
b) 8 millones
c) THB
d) Territorio Común
e) DFB
f) Territorio común (Cantabria)
Gracias, yo también estaba intentando hacerlo, con los apuntes delante, coincido contigo menos en la f......la exacción no sería en proporción??? No cobraría una parte DFB y otra Cantabria según volumen de operaciones????
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No me queda claro lo de que al cambiar el domicilio cambie la administración competente. Aunque tenga su domicilio en España su facturación al superar los 7 millones y tener facturación en Bizkaia y en otro territorio, se acogería a los dos en proporción, no???. Sería solo en Bizkaia si tuviera la residencia en España pero solo facturara en Bizkaia.
"Cuando el sujeto pasivo opere en territorio vizcaíno y además en otro u otros territorios y su volumen de operaciones en el año anterior hubiese excedido de 7
millones de euros, tributará a esta Diputación Foral en proporción al volumen de operaciones efectuado en Bizkaia."
Hola, me han pasado este supuesto práctico, os lo adjunto por si os sirve, no tengo respuestas, si alguien que domine las quiere poner se lo agradecería. Suerte a todos
Gracias!! Yo lo he hecho por mi cuenta, pongo las respuestas a ver que opináis los demás, pero no os fiéis mucho de mí, que ando torpe con estos temas.
a) Bizkaia
b) 8 millones
c) THB
d) Territorio Común
e) DFB
f) Territorio común (Cantabria)
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No me queda claro lo de que al cambiar el domicilio cambie la administración competente. Aunque tenga su domicilio en España su facturación al superar los 7 millones y tener facturación en Bizkaia y en otro territorio, se acogería a los dos en proporción, no???. Sería solo en Bizkaia si tuviera la residencia en España pero solo facturara en Bizkaia.
"Cuando el sujeto pasivo opere en territorio vizcaíno y además en otro u otros territorios y su volumen de operaciones en el año anterior hubiese excedido de 7
millones de euros, tributará a esta Diputación Foral en proporción al volumen de operaciones efectuado en Bizkaia."
Hola, me han pasado este supuesto práctico, os lo adjunto por si os sirve, no tengo respuestas, si alguien que domine las quiere poner se lo agradecería. Suerte a todos
Gracias!! Yo lo he hecho por mi cuenta, pongo las respuestas a ver que opináis los demás, pero no os fiéis mucho de mí, que ando torpe con estos temas.
a) Bizkaia
b) 8 millones
c) THB
d) Territorio Común
e) DFB
f) Territorio común (Cantabria)
Yo sólo discrepo en la e) que creo que es en proporción al volumen de operaciones. En las demás estoy de acuerdo
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Hola, me han pasado este supuesto práctico, os lo adjunto por si os sirve, no tengo respuestas, si alguien que domine las quiere poner se lo agradecería. Suerte a todos
Gracias!! Yo lo he hecho por mi cuenta, pongo las respuestas a ver que opináis los demás, pero no os fiéis mucho de mí, que ando torpe con estos temas.
a) Bizkaia
b) 8 millones
c) THB
d) Territorio Común
e) DFB
f) Territorio común (Cantabria)
Gracias, yo también estaba intentando hacerlo, con los apuntes delante, coincido contigo menos en la f......la exacción no sería en proporción??? No cobraría una parte DFB y otra Cantabria según volumen de operaciones????
Seria en proporcion si excediera de 7 millones, que no es el caso. No?
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En la f yo también creo que es a proporción
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Hola, me han pasado este supuesto práctico, os lo adjunto por si os sirve, no tengo respuestas, si alguien que domine las quiere poner se lo agradecería. Suerte a todos
Gracias!! Yo lo he hecho por mi cuenta, pongo las respuestas a ver que opináis los demás, pero no os fiéis mucho de mí, que ando torpe con estos temas.
a) Bizkaia
b) 8 millones
c) THB
d) Territorio Común
e) DFB
f) Territorio común (Cantabria)
Gracias, yo también estaba intentando hacerlo, con los apuntes delante, coincido contigo menos en la f......la exacción no sería en proporción??? No cobraría una parte DFB y otra Cantabria según volumen de operaciones????
Seria en proporcion si excediera de 7 millones, que no es el caso. No?
Si excede, son 8M€ en 2017
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ah no!!!
Es una empresa de transporte de mercancía!
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Pero se tiene en cuenta la parte total de facturacion o solo la parte proporcional a bizkaia. Me refiero a, en el apartado que dice:
La exaccion del impuesto correspondera a la dipu de bizkaia:
a) en exclusiva, contribuyente con domicilio fiscal en bizkaia y su volumen de operaciones no exceda de 7 millones
b) en proporcion al volumen realizado en bizkaia si el volumen de operaciones (es total o lo correspondiente a bizkaia?) excede de 7 millones.
No me queda claro lo de que al cambiar el domicilio cambie la administración competente. Aunque tenga su domicilio en España su facturación al superar los 7 millones y tener facturación en Bizkaia y en otro territorio, se acogería a los dos en proporción, no???. Sería solo en Bizkaia si tuviera la residencia en España pero solo facturara en Bizkaia.
"Cuando el sujeto pasivo opere en territorio vizcaíno y además en otro u otros territorios y su volumen de operaciones en el año anterior hubiese excedido de 7
millones de euros, tributará a esta Diputación Foral en proporción al volumen de operaciones efectuado en Bizkaia."
Hola, me han pasado este supuesto práctico, os lo adjunto por si os sirve, no tengo respuestas, si alguien que domine las quiere poner se lo agradecería. Suerte a todos
Gracias!! Yo lo he hecho por mi cuenta, pongo las respuestas a ver que opináis los demás, pero no os fiéis mucho de mí, que ando torpe con estos temas.
a) Bizkaia
b) 8 millones
c) THB
d) Territorio Común
e) DFB
f) Territorio común (Cantabria)
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Yo entiendo que sería facturación total
8)
Pero se tiene en cuenta la parte total de facturacion o solo la parte proporcional a bizkaia. Me refiero a, en el apartado que dice:
La exaccion del impuesto correspondera a la dipu de bizkaia:
a) en exclusiva, contribuyente con domicilio fiscal en bizkaia y su volumen de operaciones no exceda de 7 millones
b) en proporcion al volumen realizado en bizkaia si el volumen de operaciones (es total o lo correspondiente a bizkaia?) excede de 7 millones.
No me queda claro lo de que al cambiar el domicilio cambie la administración competente. Aunque tenga su domicilio en España su facturación al superar los 7 millones y tener facturación en Bizkaia y en otro territorio, se acogería a los dos en proporción, no???. Sería solo en Bizkaia si tuviera la residencia en España pero solo facturara en Bizkaia.
"Cuando el sujeto pasivo opere en territorio vizcaíno y además en otro u otros territorios y su volumen de operaciones en el año anterior hubiese excedido de 7
millones de euros, tributará a esta Diputación Foral en proporción al volumen de operaciones efectuado en Bizkaia."
Hola, me han pasado este supuesto práctico, os lo adjunto por si os sirve, no tengo respuestas, si alguien que domine las quiere poner se lo agradecería. Suerte a todos
Gracias!! Yo lo he hecho por mi cuenta, pongo las respuestas a ver que opináis los demás, pero no os fiéis mucho de mí, que ando torpe con estos temas.
a) Bizkaia
b) 8 millones
c) THB
d) Territorio Común
e) DFB
f) Territorio común (Cantabria)
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ah no!!!
Es una empresa de transporte de mercancía!
¿Y qué tiene que ver que sea transporte de mercancías?
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Se habrá liado con lo de la entrega de bienes
ah no!!!
Es una empresa de transporte de mercancía!
¿Y qué tiene que ver que sea transporte de mercancías?
-
Se habrá liado con lo de la entrega de bienes
ah no!!!
Es una empresa de transporte de mercancía!
¿Y qué tiene que ver que sea transporte de mercancías?
Es que el transporte de mercancias se localiza en el domicilio fiscal..
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^Pues que si no me equivoco las prestaciones realizadas por empresas de transporte se entienden realizadas donde tiene su domicilio fiscal
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Y el volumen de operaciones que se tiene en cuenta es el total
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^Pues que si no me equivoco las prestaciones realizadas por empresas de transporte se entienden realizadas donde tiene su domicilio fiscal
Se habrá liado con lo de la entrega de bienes
ah no!!!
Es una empresa de transporte de mercancía!
¿Y qué tiene que ver que sea transporte de mercancías?
Es que el transporte de mercancias se localiza en el domicilio fiscal..
Pero eso de que se entiende localizado donde esté el domicilio fisca, ¿no es sólo a efectos de IVA?
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Me he liado por el otro supuesto que han puesto de IVA estaba pensando en IVA
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Pero en IS también pone lo mismo
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Hola a tod@s!!
Alguien puede decir si intuye cuales son los temas más importantes a parte de la ley 39/2015?
Gracias!!!
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Pero en IS también pone lo mismo
Vale, te refieres al artículo 6.1 III b) , ¿NO?
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Pero en IS también pone lo mismo
Vale, te refieres al artículo 6.1 III b) , ¿NO?
Creo que las ultimas dos son en bizkaia, porque todas las operaciones se han realizado desde bizkaia, y aqui al ser de mas de 7 millones el domicilio fiscal no importa.
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Pero los servicios prestados por empresas de transporte se entienden realizadas donde tienen el domicilio fiscal.
No es que se use el domicilio fiscal, si no que se entienden realizadas en ese territorio.
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Error mio.
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He leído tu mensaje, ahora me has hecho dudar jajaja. Lo voy a reflexionar
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buenas tardes, muchas gracias por los practicos, yo me e puesto a hacerlo, y en las dos ultimas preguntas, creo que es bizkaia, k liooo ufff, seguiremos haciendo mas casos practicos ufff ya se va notando los nervios, muchas suerte.
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Hola no sé quien os ha mandado ese practico pero tenéis que saber que esta suponiendo que en 2018 se tiene el mismo VO que en 2017 y que cambia toda la empresa también. Las respuestas son por si queréis saberlas:
a) Bizkaia
b) 8M
c) Bizkaia
d) Bizkaia
e) Bizkaia
f) TC
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Hola no sé quien os ha mandado ese practico pero tenéis que saber que esta suponiendo que en 2018 se tiene el mismo VO que en 2017 y que cambia toda la empresa también. Las respuestas son por si queréis saberlas:
a) Bizkaia
b) 8M
c) Bizkaia
d) Bizkaia
e) Bizkaia
f) TC
La ultima incluso si ha realizado las operaciones en Bizkaia y cambia de domicilio tras ellas. O presupone que las operaciones del 2018 se hicieron tras el cambio. No se, parece raro que la exacion varie completamente con el cambio de domicilio fiscal.
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Hola no sé quien os ha mandado ese practico pero tenéis que saber que esta suponiendo que en 2018 se tiene el mismo VO que en 2017 y que cambia toda la empresa también. Las respuestas son por si queréis saberlas:
a) Bizkaia
b) 8M
c) Bizkaia
d) Bizkaia
e) Bizkaia
f) TC
La ultima incluso si ha realizado las operaciones en Bizkaia y cambia de domicilio tras ellas. O presupone que las operaciones del 2018 se hicieron tras el cambio. No se, parece raro que la exacion varie completamente con el cambio de domicilio fiscal.
No entiendo lo que me quieres decir. Pero la última es TC porque al cambiar el domicilio Fiscal se entiende que ha cambiado el pabellón desde donde realiza su actividad. Por tanto la exacción es de TC en 2018. De todas maneras las respuestas son esas, son las de la academia vamos
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Hola no sé quien os ha mandado ese practico pero tenéis que saber que esta suponiendo que en 2018 se tiene el mismo VO que en 2017 y que cambia toda la empresa también. Las respuestas son por si queréis saberlas:
a) Bizkaia
b) 8M
c) Bizkaia
d) Bizkaia
e) Bizkaia
f) TC
La ultima incluso si ha realizado las operaciones en Bizkaia y cambia de domicilio tras ellas. O presupone que las operaciones del 2018 se hicieron tras el cambio. No se, parece raro que la exacion varie completamente con el cambio de domicilio fiscal.
No entiendo lo que me quieres decir. Pero la última es TC porque al cambiar el domicilio Fiscal se entiende que ha cambiado el pabellón desde donde realiza su actividad. Por tanto la exacción es de TC en 2018. De todas maneras las respuestas son esas, son las de la academia vamos
¿Y por qué la d) es Bizkaia?
Qué lío...
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Hola no sé quien os ha mandado ese practico pero tenéis que saber que esta suponiendo que en 2018 se tiene el mismo VO que en 2017 y que cambia toda la empresa también. Las respuestas son por si queréis saberlas:
a) Bizkaia
b) 8M
c) Bizkaia
d) Bizkaia
e) Bizkaia
f) TC
La ultima incluso si ha realizado las operaciones en Bizkaia y cambia de domicilio tras ellas. O presupone que las operaciones del 2018 se hicieron tras el cambio. No se, parece raro que la exacion varie completamente con el cambio de domicilio fiscal.
No entiendo lo que me quieres decir. Pero la última es TC porque al cambiar el domicilio Fiscal se entiende que ha cambiado el pabellón desde donde realiza su actividad. Por tanto la exacción es de TC en 2018. De todas maneras las respuestas son esas, son las de la academia vamos
¿Y por qué la d) es Bizkaia?
Qué lío...
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"Cuando el sujeto pasivo opere en territorio vizcaíno y además en otro u otros territorios y su volumen de operaciones en el año anterior hubiese excedido de 7
millones de euros, tributará a esta Diputación Foral en proporción al volumen de operaciones efectuado en Bizkaia."
Si según esto tributa en proporción, las administraciones competentes para la exacción no serían las dos???
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Hola no sé quien os ha mandado ese practico pero tenéis que saber que esta suponiendo que en 2018 se tiene el mismo VO que en 2017 y que cambia toda la empresa también. Las respuestas son por si queréis saberlas:
a) Bizkaia
b) 8M
c) Bizkaia
d) Bizkaia
e) Bizkaia
f) TC
La ultima incluso si ha realizado las operaciones en Bizkaia y cambia de domicilio tras ellas. O presupone que las operaciones del 2018 se hicieron tras el cambio. No se, parece raro que la exacion varie completamente con el cambio de domicilio fiscal.
No entiendo lo que me quieres decir. Pero la última es TC porque al cambiar el domicilio Fiscal se entiende que ha cambiado el pabellón desde donde realiza su actividad. Por tanto la exacción es de TC en 2018. De todas maneras las respuestas son esas, son las de la academia vamos
¿Y por qué la d) es Bizkaia?
Qué lío...
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"Cuando el sujeto pasivo opere en territorio vizcaíno y además en otro u otros territorios y su volumen de operaciones en el año anterior hubiese excedido de 7
millones de euros, tributará a esta Diputación Foral en proporción al volumen de operaciones efectuado en Bizkaia."
Si según esto tributa en proporción, las administraciones competentes para la exacción no serían las dos???
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buenos dias, yo creo que los temas asi mas importantes, son:
- la CE
- la ley 39/2015
- ley 6/89
- ley 4/2005
- norma foral general tributaria del territorio historico de bizkaia
- norma foral 13/2013
- norma foral 4/2015
- norma foral 11/13
- norma foral 1/11
- norma foral 7/94
- estatuto de autonomia del pais vasco
- ley 12/2002 de concierto economico
- ley 10/82
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Kaixo,
Tengo una duda sobre la ley 39/2015 respecto al articulo 16.8 en el que se dice que no se tedran por presentados en el registro aquellos documentos cuyo regimen especial establezca otra forma de presentacion. Se refiere a la presentacion electronica de los obligados a presentar la documentacion electronicamente o tambien a aquellos casos en que se exigen modelos especificos de presentacion ??
Eskerrik asko.
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"Cuando el sujeto pasivo opere en territorio vizcaíno y además en otro u otros territorios y su volumen de operaciones en el año anterior hubiese excedido de 7
millones de euros, tributará a esta Diputación Foral en proporción al volumen de operaciones efectuado en Bizkaia."
Si según esto tributa en proporción, las administraciones competentes para la exacción no serían las dos???
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Kaixo,
Tengo una duda sobre la ley 39/2015 respecto al articulo 16.8 en el que se dice que no se tedran por presentados en el registro aquellos documentos cuyo regimen especial establezca otra forma de presentacion. Se refiere a la presentacion electronica de los obligados a presentar la documentacion electronicamente o tambien a aquellos casos en que se exigen modelos especificos de presentacion ??
Eskerrik asko.
Ambos
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"Cuando el sujeto pasivo opere en territorio vizcaíno y además en otro u otros territorios y su volumen de operaciones en el año anterior hubiese excedido de 7
millones de euros, tributará a esta Diputación Foral en proporción al volumen de operaciones efectuado en Bizkaia."
Si según esto tributa en proporción, las administraciones competentes para la exacción no serían las dos???
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Yo no voy a subir fotos ni ejercicios de la academia, porque es algo de elaboración suya pero os pongo los datos del siguiente ejercicio por si queréis volver a probar a hacerlo y os aclaráis mejor.
El encabezado es el mismo y seguimos hablando de la misma empresa de Zamudio, pero ahora los datos son los siguientes:
En 2017 factura 12M por los transportes de mercancías, de los cuales 4,5 millones se han destinado a los municipios de Bizkaia y 7,5 millones a municipios de Territorio Común.
De acuerdo con los datos anteriores determina
(Las preguntas son las mismas que las del caso anterior)
SOLUCIÓN
a)Bizkaia
B)12M
c)Bizkaia
d)Bizkaia
e)Bizkaia
f)TC
A ver si volviendo a hacer otro parecido os aclaráis más.
Saludos
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Hola no sé quien os ha mandado ese practico pero tenéis que saber que esta suponiendo que en 2018 se tiene el mismo VO que en 2017 y que cambia toda la empresa también. Las respuestas son por si queréis saberlas:
a) Bizkaia
b) 8M
c) Bizkaia
d) Bizkaia
e) Bizkaia
f) TC
La ultima incluso si ha realizado las operaciones en Bizkaia y cambia de domicilio tras ellas. O presupone que las operaciones del 2018 se hicieron tras el cambio. No se, parece raro que la exacion varie completamente con el cambio de domicilio fiscal.
No entiendo lo que me quieres decir. Pero la última es TC porque al cambiar el domicilio Fiscal se entiende que ha cambiado el pabellón desde donde realiza su actividad. Por tanto la exacción es de TC en 2018. De todas maneras las respuestas son esas, son las de la academia vamos
¿Y por qué la d) es Bizkaia?
Qué lío...
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Hola no sé quien os ha mandado ese practico pero tenéis que saber que esta suponiendo que en 2018 se tiene el mismo VO que en 2017 y que cambia toda la empresa también. Las respuestas son por si queréis saberlas:
a) Bizkaia
b) 8M
c) Bizkaia
d) Bizkaia
e) Bizkaia
f) TC
La ultima incluso si ha realizado las operaciones en Bizkaia y cambia de domicilio tras ellas. O presupone que las operaciones del 2018 se hicieron tras el cambio. No se, parece raro que la exacion varie completamente con el cambio de domicilio fiscal.
No entiendo lo que me quieres decir. Pero la última es TC porque al cambiar el domicilio Fiscal se entiende que ha cambiado el pabellón desde donde realiza su actividad. Por tanto la exacción es de TC en 2018. De todas maneras las respuestas son esas, son las de la academia vamos
¿Y por qué la d) es Bizkaia?
Qué lío...
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Yo si entiendo q es una empresa transportista y por tanto se mia el domicilio fiscal y sus operaciones se entienden realizadas ahi
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Yo si entiendo q es una empresa transportista y por tanto se mia el domicilio fiscal y sus operaciones se entienden realizadas ahi
Bueno yo os estoy dando las respuestas de la propia academia de ese caso práctico y como las hemos trabajado en clase.
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Opeiz, no entiendo lo q dicesde q para mirar donde se hace la exaccion y donde la normativa se mira un año u otro. Se q son cosas q van independientes y creo q para ambas se tiene en cuents el ejercicio snterior. Es por eso q no entiendo q la respuesta a la pregunta f) sea territorio comun .puedes explicarme un poco a ver si lo pillo de una vez. Gracias!!!
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Opeiz, no entiendo lo q dicesde q para mirar donde se hace la exaccion y donde la normativa se mira un año u otro. Se q son cosas q van independientes y creo q para ambas se tiene en cuents el ejercicio snterior. Es por eso q no entiendo q la respuesta a la pregunta f) sea territorio comun .puedes explicarme un poco a ver si lo pillo de una vez. Gracias!!!
Sugiero que todas las dudas y casos prácticos se pongan en el hilo de casos prácticos que hay abierto.
A parte creo que algunas personas se pueden liar mas con estos casos, creo que es un rollo para los que estamos recibiendo continuamente notificaciones en el email de este hilo
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Opeiz, no entiendo lo q dicesde q para mirar donde se hace la exaccion y donde la normativa se mira un año u otro. Se q son cosas q van independientes y creo q para ambas se tiene en cuents el ejercicio snterior. Es por eso q no entiendo q la respuesta a la pregunta f) sea territorio comun .puedes explicarme un poco a ver si lo pillo de una vez. Gracias!!!
A ver si puedo explicártelo por aquí
La normativa se hace en base al Volumen de operaciones del año anterior (en este caso 2017)
La exacción se hace con el volumen de operaciones del año actual (del ejercicio que te pregunten, en este caso 2018)
En el 2018 ha habido un cambio de DF a Territorio común
La exacción del impuesto se hace en proporción al Volumen de operaciones del ejercicio 2018 desde donde ahora tiene todos sus camiones, mercancías y domicilio fiscal, por tanto el 100% de las operaciones en 2018 las ha realizado en Territorio común
No sé explicarme mejor jeje
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Opeiz, no entiendo lo q dicesde q para mirar donde se hace la exaccion y donde la normativa se mira un año u otro. Se q son cosas q van independientes y creo q para ambas se tiene en cuents el ejercicio snterior. Es por eso q no entiendo q la respuesta a la pregunta f) sea territorio comun .puedes explicarme un poco a ver si lo pillo de una vez. Gracias!!!
A ver si puedo explicártelo por aquí
La normativa se hace en base al Volumen de operaciones del año anterior (en este caso 2017)
La exacción se hace con el volumen de operaciones del año actual (del ejercicio que te pregunten, en este caso 2018)
En el 2018 ha habido un cambio de DF a Territorio común
La exacción del impuesto se hace en proporción al Volumen de operaciones del ejercicio 2018 desde donde ahora tiene todos sus camiones, mercancías y domicilio fiscal, por tanto el 100% de las operaciones en 2018 las ha realizado en Territorio común
No sé explicarme mejor jeje
Al menos yo me e enterado, el problema que tenia es q pensaba q lo habian hecho en 2018 en bizkaia, y luego al final del 2018 se habian ido al TC sin hacer alli las operaciones.
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Opeiz, no entiendo lo q dicesde q para mirar donde se hace la exaccion y donde la normativa se mira un año u otro. Se q son cosas q van independientes y creo q para ambas se tiene en cuents el ejercicio snterior. Es por eso q no entiendo q la respuesta a la pregunta f) sea territorio comun .puedes explicarme un poco a ver si lo pillo de una vez. Gracias!!!
A ver si puedo explicártelo por aquí
La normativa se hace en base al Volumen de operaciones del año anterior (en este caso 2017)
La exacción se hace con el volumen de operaciones del año actual (del ejercicio que te pregunten, en este caso 2018)
En el 2018 ha habido un cambio de DF a Territorio común
La exacción del impuesto se hace en proporción al Volumen de operaciones del ejercicio 2018 desde donde ahora tiene todos sus camiones, mercancías y domicilio fiscal, por tanto el 100% de las operaciones en 2018 las ha realizado en Territorio común
No sé explicarme mejor jeje
Al menos yo me e enterado, el problema que tenia es q pensaba q lo habian hecho en 2018 en bizkaia, y luego al final del 2018 se habian ido al TC sin hacer alli las operaciones.
Cuidado, si que se marchan a finales de 2018 pero eso da igual, porque se mira el último día de ejercicio donde estas. En este caso 2018 = Territorio común.
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Muchas gracias opeiz, creo q lo he entendido aunq le rengo q dar otra vuelta para afianzarlo del todo. De todas formas yo he entendido como pichurrina pq como pine q antes de finaluzar el año 2018 cambia de domicilo fiscal a santarder he entendido como q todo el año hace en zamudio las operaciones y a finales de diciembre, por decir una fecha aunq no lo ponga, se marcha a santander y por tanto lo q opera en TC en poco por no decir nada. Al hilo de esto, daria igual cuando se priduce el cambio de domicilo fiscal o deberian ser mas concretos con la fecha. Digo pq no sera li mismo q el cbio se produzca el ultimo dia del año a q sea a principios. Geacias otra vez por tu expkucacion
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Muchas gracias opeiz, creo q lo he entendido aunq le rengo q dar otra vuelta para afianzarlo del todo. De todas formas yo he entendido como pichurrina pq como pine q antes de finaluzar el año 2018 cambia de domicilo fiscal a santarder he entendido como q todo el año hace en zamudio las operaciones y a finales de diciembre, por decir una fecha aunq no lo ponga, se marcha a santander y por tanto lo q opera en TC en poco por no decir nada. Al hilo de esto, daria igual cuando se priduce el cambio de domicilo fiscal o deberian ser mas concretos con la fecha. Digo pq no sera li mismo q el cbio se produzca el ultimo dia del año a q sea a principios. Geacias otra vez por tu expkucacion
Como le he dicho a Pichurrina olvidaros de en que mes se marchan. esta puesto ahí así precisamente para tampas. Es donde estés el último día de tu ejercicio!
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Vale, todo entendido entonces. Muchiiiiiisimas gracias
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Otra dudita, ahora sobre el IVA. En el apartado de concepto de empresario no me queda muy claro lo de q no se consideran empresarios lis q realicen exclusivamente entrega de bienes o prestacion de servicios a titulo gratuito. Mi duda es si es lo mismo q la persona q hace la entrega de bienes o prestacion sea una persona q no hace nada mas, tipi jubilado, osi es una persona, imaginemos profesor, q fuera de sus horas laborales hace alguna ayuda gratuita y da clases sin cobrar a gente sin recursos, pir ejemplo. En ambos casos no estara sujeta al iva pq no tendran la consideracion de empresarios o solo en el caso del jubilado?
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Y con respecto a lo anterior cual de esas operaciones constituye hecho imponible del iva?Tengo un lio.... gracias si alguien me explica
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Mi duda viene de este ejercicio q se supone q la respuesta correcta es la c) y no entiendo
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Yo hubiera dicho la A
Mi duda viene de este ejercicio q se supone q la respuesta correcta es la c) y no entiendo
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Mi duda viene de este ejercicio q se supone q la respuesta correcta es la c) y no entiendo
Ese hombre (abogado) es empresario porque realiza actividades sujetas(prestacion de servicios) de forma lucrativa. Solo no se es empresario si unicamente realiza actividades gratuitas. Cuando realiza la prestacion gratuita lo hace como empresario, realizando una actividad proffesional por 0 euros. Actividad profesional de prestacion de servicios por profesional = sujeta al IVA.
En el caso del profesor su trabajo no estaria sujeto al IVA, porq las relaciones laborales no estan sujetas. Al no estar sujeta no es empresario, y la actividad profesional de las clases particulares es a titulo gratuito. Por tanto todas las actividades sujetas profesionales q realiza son a titulo gratuito y por tanto no seria empresario. Al no ser empresario no estaria sujeto al IVA. Prestacion de servicios por o empresario a titulo gratuito = no sujeta
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Kaixo,
Tengo una duda sobre la ley 39/2015 respecto al articulo 16.8 en el que se dice que no se tedran por presentados en el registro aquellos documentos cuyo regimen especial establezca otra forma de presentacion. Se refiere a la presentacion electronica de los obligados a presentar la documentacion electronicamente o tambien a aquellos casos en que se exigen modelos especificos de presentacion ??
Eskerrik asko.
Ambos
Muchas gracias.
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Tengo una duda con la EXACCIÓN DEL IVA:
Volumen de operaciones del año anterior
Si en Enero 2019 vamos a liquidar el IVA del 2018, hay que considerar el volumen de operaciones del 2018 o 2017?
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Pichurrina, sigo sin entenderlo muy buen pero gracias. Si alguien mas aporta algo al respecto q me ayude a entenderlo lo agradeceria. Animo y gracias
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Kaixo,
Tengo una duda sobre la ley 39/2015 respecto al articulo 16.8 en el que se dice que no se tedran por presentados en el registro aquellos documentos cuyo regimen especial establezca otra forma de presentacion. Se refiere a la presentacion electronica de los obligados a presentar la documentacion electronicamente o tambien a aquellos casos en que se exigen modelos especificos de presentacion ??
Eskerrik asko.
Ambos
Muchas gracias.
Hola chicos,
Relacionado con lo anterior, si la administraccion requiere para un peocedimiento adm. que la solicitud se presente en un modelo especifico y se requiere al interesado subsanacion de la solicitud. que fecha se considera de presentacion? La de la subsanacion o la de la solicitud, teniendo en cuenta el articulo que os he mencionado anteriormente?
Eskerrik asko.
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Otro opositor al que estiman el recurso e incluyen en la lista de admitidos.
http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2019/05/27/I-440_cas.pdf?hash=5ad36292a9e0a7840e67db7ccbf34512
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buenos dias, una dudilla, tengo lio en el tema 16 y 17, que articulos son en cada tema?, gracias
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¿Alguien se acuerda de cuándo se publicó la lista de admitidos al examen? Gracias.
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tengo un lio tremendo, porque en el tema 16 lo de la revision de oficio es de el articulo 106 asta el 111, pero lo de convalidacion de los actos en vias administrativos, no se que articulos, y en el tema 17, tengo puesto del articulo 112 al 126, es asi?
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perdonar por la molestia, pero es que estoy tela de liada con la ley 39/2015, se que esta ley es del tema 11 al 17, me podeis decir todos los articulos que ai que estudiar de esta ley para ver si lo tengo bien?, gracias. perdonar por la molestia.
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Hola a todos:
Para el impuesto de Sociedades, tanto normativa como exacción hay que fijarse en el volumen de operaciones del ejercicio anterior, es decir, si estamos haciendo el impuesto del 2018 nos tenemos que fijar si el volumen de operaciones del año 2017 ha superado los 10 millones.
Después en la exacción si el volumen de operaciones es mayor que 10 millones, la exacción se hará proporcionalmente a los porcentajes del volumen de operaciones del año que estamos, es decir, los porcentajes del 2018.
No sé si os he ayudado o liado pero es así. Si teneis dudas, leer los artículos 2 y 3 de la norma, que lo pone ahí.
Saludos
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Buenas,
De la ley 39/2015 entra casi todo. Yo me la estudiaría entera porque es muy importante. En el temario pone desde el articulo 3 al 131.
Saludos
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Una duda, se que sacar plaza es imposible............. sobre todo sin experiencia, pero si apruebas y entras en bolsa? Se trabaja??
Y otra, si no tienes IT txartelas pero apruebas los exámenes de la diputación, te las dan? O luego tendré que volver a presentarme para sacármelas?
Eskerrik asko!
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Hola a todos:
Para el impuesto de Sociedades, tanto normativa como exacción hay que fijarse en el volumen de operaciones del ejercicio anterior, es decir, si estamos haciendo el impuesto del 2018 nos tenemos que fijar si el volumen de operaciones del año 2017 ha superado los 10 millones.
Después en la exacción si el volumen de operaciones es mayor que 10 millones, la exacción se hará proporcionalmente a los porcentajes del volumen de operaciones del año que estamos, es decir, los porcentajes del 2018.
No sé si os he ayudado o liado pero es así. Si teneis dudas, leer los artículos 2 y 3 de la norma, que lo pone ahí.
Saludos
10 millones no, 7 millones!!
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Buenas;
En la academia nos dijeron que había cambiado. Antes eran 7 millones, ahora son 10 millones de
euros (conforme la modificación del Concierto realizada por Ley 10/2017 de 28 de diciembre, para periodos
iniciados a partir del 1/1/2018).
Saludos
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10? Hace tiempo q se hablo sobre eso en este foro y la gente de academia dijo q 7. Yo misma aporte esa informacion pq unas amigas q van a una academia me dijeron eso
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Pues ahora me has hecho dudar, lo vuelvo a preguntar a mi tutora de la academia y os cuento lo que me dice.
Saludos,
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muxas gracias Txutxi, la segunda parte de el tema 16, puede ser el articulo 52?, gracias.
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Espero que pongan valores fuera del margen de 7 y 10, porque sino la lista de impugnaciones va a ser larga...
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Pues ahora me has hecho dudar, lo vuelvo a preguntar a mi tutora de la academia y os cuento lo que me dice.
Saludos,
Por favor, cuentanos sí si es 7 o 10 millones lo que va a valer en el examen