Noticias:

La parte ExtraOFICIAL
Para estudiar tenéis tres recursos:

  • FORO: Aquí tenéis todo lo que cuelga la gente que se va presentando.
  • DESCARGAS: Encontraréis los PDFs recopilatorios que salen del foro.
  • DEMOS ONline: Para practicar.

Menú Principal

PSICOTÉCNICOS EJ-Transparencia!

Iniciado por lurgasteiz, 24 de Abril de 2017, 12:56:33 PM

Tema anterior - Siguiente tema

lurgasteiz

Ante el descontento de la peña por la forma en que se van a hacer los psicotécnicos sin plantilla de respuestas, misma puntuación que el teórico etc, se ha gestionado una solicitud para exigir una aclaración por parte del Gobierno Vasco en Irekia, el portal de transparencia de EJ. Se puede dar a like o hacer comentarios, cuantxs más seamos mejor. Os paso el enlace: http://www.irekia.euskadi.eus/es/proposals/2317-transparencia-gestion-bolsas-trabajo-2017 . Hay que registrarse tanto para votar como para comentar, pero sólo piden un mail y confirmar el enlace que llega a tu correo, es fácil. A darle caña!!!

iratxe1980

Había otro hilo creado con quejas y opiniones de la gente... quería dejar el comentario ahí, pero no soy capaz de encontrarlo! :(

Hemos hecho también un ejemplo de reclamación para presentar al IVAP y a Función Pública. Lo copio también en este hilo para que cada cual lo use o modifique como quiera:

Juan María Barasorda Goikoetxea
Director de Función Pública
Gobierno Vasco
Donostia San Sebastian Kalea, 1, 01010 Vitoria-Gasteiz

Yo, XXX, con DNI. XXX, con domicilio en XXX, como participante en el proceso de selección para la constitución de varias bolsas de trabajo para el Gobierno Vasco, en relación al examen psicotécnico,

EXPONGO

1.- Con fecha 10/04/2017, se ha publicado una nota informativa en la que se indica la fecha para las pruebas psicotécnicas, junto con la siguiente información:
"Dadas las características de las pruebas de aptitudes, no se facilitará ni el cuadernillo ni la plantilla de respuestas correctas. Esto es así por dos razones:
- Por un lado, en cumplimiento de las normas mínimas para el uso de los Tests de la International Test Commission y del Colegio Oficial de Psicólogos, que establecen que quien use tests psicométricos debe "mantener la seguridad de las plantillas y resto de materiales" y no debe "hacer fotocopias del material psicotécnico".
- Por otro lado, la prueba está sometida a la Ley de Propiedad Intelectual –los derechos de Copyright pertenecen a la organización que las comercializa-.
(...)Las hojas de respuesta empleadas no dispondrán de un ejemplar autocopiativo como en el caso del ejercicio teórico".

2.- En el presente proceso de selección entendemos que resultan de aplicación las siguientes disposiciones legales:

•   Constitución Española:
o   Artículo 9.3: "La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos."
o   Artículo 103.3: "La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad"

•   Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público:
o   artículo 3.1: "Las Administraciones Públicas sirven con objetividad los intereses generales y actúan de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y al Derecho.
Deberán respetar en su actuación y relaciones los siguientes principios: (...)
b) Simplicidad, claridad y proximidad a los ciudadanos.
c) Participación, objetividad y transparencia de la actuación administrativa.
d) Racionalización y agilidad de los procedimientos administrativos y de las actividades materiales de gestión.
i) Economía, suficiencia y adecuación estricta de los medios a los fines institucionales.
j) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos".

•   Ley de Función Pública Vasca:
o   Artículo 25.1: "Las Administraciones Públicas vascas seleccionarán su personal, funcionario o laboral, mediante convocatoria pública y a través de los sistemas de oposición, concurso o concurso-oposición libres, en los que se garanticen los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad.
o   Artículo 25.2: "Los procedimientos de selección cuidarán la adecuación entre el tipo de pruebas a realizar y el contenido de las funciones a desempeñar, pudiendo incluir, a tal efecto, pruebas de conocimientos generales o específicos, teóricas o prácticas, test psicotécnicos, entrevistas, cursos selectivos de formación, períodos de prácticas y cualesquiera otros sistemas que resulten adecuados para garantizar la objetividad, racionalidad y funcionalidad del procedimiento selectivo".

•   Estatuto Básico del empleado público:
o   Artículo 10.2: "La selección de funcionarios interinos habrá de realizarse mediante procedimientos ágiles que respetarán en todo caso los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad".
o   Artículo 55.1: "Todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de acuerdo con lo previsto en el presente Estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico".
o   Artículo 55.2: "Las Administraciones Públicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 2 del presente Estatuto seleccionarán a su personal funcionario y laboral mediante procedimientos en los que se garanticen los principios constitucionales antes expresados, así como los establecidos a continuación:
a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases.
b) Transparencia.
c) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección.
d) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.
e) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar.
f) Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección".

o   Artículo 61.2: "Los procedimientos de selección cuidarán especialmente la conexión entre el tipo de pruebas a superar y la adecuación al desempeño de las tareas de los puestos de trabajo convocados, incluyendo, en su caso, las pruebas prácticas que sean precisas".

Como hemos visto, los procesos de selección deben estar inspirados en los principios de mérito, capacidad, objetividad y publicidad. En relación con ellos, presento las siguientes

ALEGACIONES:

1.- Publicidad: debe hacerse especial hincapié en este aspecto, pues resulta el más grave. El hecho de no tener copia del examen, pero más aún, el no poder disponer de la plantilla de respuestas y las respuestas correctas, hace que los participantes no podamos comprobar que las respuestas sean las adecuadas y que no haya habido algún error en la transcripción de las mismas. Tampoco permite confirmar los resultados con el colegio de psicólogos u otro profesional que pudiera validarlos, tal y como se puede hacer con el examen teórico y la normativa que lo sustenta, ni se podría comparar entre los aspirantes los distintos resultados. Todo esto daría lugar a una absoluta indefensión ante la posible asignación discrecional de las notas o los fallos que se puedan dar, lo cual es totalmente contrario al principio de publicidad que debe regir este tipo de procedimientos.

2.- Mérito y capacidad: un psicotécnico evalúa el carácter, y ciertas destrezas o habilidades. Pero no evalúa el conocimiento de la materia en la que va a tener que trabajar la persona, ni un mínimo de conocimiento sobre la normativa de procedimiento administrativo y demás leyes que regulan las actuaciones de las administraciones públicas, que es lo que  diariamente se va a tener que utilizar.
Además es una prueba que con la práctica se mejora. En cambio las leyes o se estudian y se conocen, o no se conocen. La agudeza en esas pruebas no demuestra que la persona vaya a desarrollar su trabajo mejor, y no tiene sentido alguno que quede en mejor posición que alguien que en un examen teórico haya obtenido un mejor resultado, al conocer la legislación que regula las funciones que tendrá que desempeñar. Especialmente destacable en este caso, puesto que su valor es el mismo que el examen teórico.
Una prueba como ésta, que evalúa aspectos que nada tienen que ver con las características propias de la actividad que se va a desempeñar en la Administración, no debería tener el peso que se le ha dado (50% sobre todo el total de las pruebas) y resultar determinante a la hora de fijar el orden en la bolsa de trabajo.

3.- Objetividad: estas pruebas no resultan objetivas porque no se puede dar por correcta una respuesta del mismo modo que un test que se apoya en una normativa. En las series y otras pruebas psicotécnicas pueden darse por válidas distintas lógicas que aplique un individuo, mientras que la normativa solo permite una respuesta correcta sí la pregunta está bien planteada.
Y ni qué decir respecto a las pruebas de personalidad, que tienen sentido en determinados grupos, como puede ser la policía, donde debe observarse con cuidado qué tipo de persona va a llevar un arma y a enfrentarse a determinadas situaciones.
Pero para un técnico o un administrativo de la Administración General, como es el caso, no se debería utilizar un tipo de baremo tan subjetivo como en la empresa privada, para decidir si queda en una mejor posición en la bolsa una persona u otra, en función de su carácter más o menos abierto, asertividad o características similares, u otro tipo de habilidades que reflejan ese tipo de tests.
Además, hay que tener en cuenta que no están siendo plazas específicas para atención al público, en las que se podría entender que busquen personas con un mínimo grado de empatía y resistencia a la presión o a personas con caracteres inquisitivos y otros.
Para que en este caso se pudiesen hacer efectivos los principios de transparencia y publicidad, habría que especificar qué tipo de perfil concreto de personalidad se busca, lo cual sería paradójico ya que entonces la utilización de estos tests supondría el incumplimiento de otros principios  (igualdad y objetividad).
A esto cabe añadir el total desconocimiento que tenemos acerca de qué tipo de prueba psicotécnica se va a realizar: pruebas de personalidad, de lógica, matemática, pruebas de visión espacial, etc. Que, como ya se ha señalado, son subjetivas (o como mínimo mucho  más subjetivas que el examen teórico) y no evalúan aspectos que determinen que un aspirante pueda desempeñar mejor su actividad en la Administración.

4.- Considera esta parte que con la decisión de convocar esta prueba, tal como está descrita, se vulnera toda la legislación anteriormente mencionada.
Aunque se permita la utilización de tests psicotécnicos por la normativa, no se está cumpliendo con los principios del art. 25.1 de la Ley de Función Pública Vasca, especialmente el principio de publicidad, ni puede entenderse garantizada la objetividad con los psicotécnicos del modo en el que están planteados.
 
5.- Si los requisitos para la utilización de este tipo de pruebas son los indicados porque deben respetarse las normas mínimas para el uso de los tests y los derechos de Copyright, entonces se debería considerar que estas pruebas no son válidas para este tipo de procesos selectivos.

6.- En la nota informativa se ha hecho mención a unas directrices internacionales para el uso de los tests elaborado por la Comisión Internacional de Tests (ITC). Pues bien, entre dichas directrices, encontramos también las siguientes:
"1.5. Asegurarse de que los resultados de los tests se tratan confidencialmente
1.5.3. Limitar el acceso a los resultados únicamente a quienes tengan la necesidad y derecho a conocerlos
1.5.5. Proteger los datos archivados de tal forma que sólo puedan acceder a ellos quienes tengan derecho a hacerlo
1.5.7. Suprimir el nombre y otros datos identificatorios de los resultados si así lo
solicita la persona evaluada"
Resulta contradictorio que se aplique la parte relativa al copyright y el mantenimiento de la seguridad de las plantillas y resto de materiales, pero no se tengan en cuenta estas otras menciones. Así, entendemos que tratar los resultados confidencialmente, permitir que se suprima el nombre y otros datos identificatorios y que sólo puedan acceder quienes tengan derecho, implicaría que los resultados no fuesen públicos, y por tanto, contrarios a un proceso de este tipo, donde para asegurar los principios anteriormente mencionados, debe conocerse el resultado del resto de aspirantes.
En caso contrario, si los resultados son públicos, se estarían violando las directrices emanadas por este órgano, directrices, que, por otro lado, el IVAP alega cumplir y sirven de base para no proporcionar las plantillas de las respuestas ni las respuestas correctas.



Por todo ello, SOLICITO QUE SE ANULE LA PRUEBA DEL EXAMEN PSICOTECNICO, O, EN SU DEFECTO, SE REPARTAN LAS PLANTILLAS DE RESPUESTAS DADAS POR CADA CANDIDATO Y SE PUBLIQUEN LAS RESPUESTAS CORRECTAS DE LA PRUEBA, tal y como se ha hecho con el examen teórico.







Atentamente,





XXX
Vitoria-Gasteiz, 12 de abril de 2017

iratxe1980


lurgasteiz

Algo me habían dicho y tampoco lo he encontrado! si alguien sabe que pegue el mensaje, por favor! Lo de la reclamación me parece una idea genial.Gracias por el curro! ;)


iratxe1980

Gracias, Melbar! Por fin lo encontré... Aún me vuelvo loca en estos foros! Nos vamos cruzando, eh? ;) A ver si el siguiente es para celebrar un cambio de opinión sobre el exámen! :)

Merbar

Cita de: iratxe1980 en 24 de Abril de 2017, 14:33:43 PM
Gracias, Melbar! Por fin lo encontré... Aún me vuelvo loca en estos foros! Nos vamos cruzando, eh? ;) A ver si el siguiente es para celebrar un cambio de opinión sobre el exámen! :)

La verdad es que es un lío cuando se habla de lo mismo en distintos sitios ;D

Al menos si se busca una solución para que nos podamos llevar las respuestas, ya sería un logro. He hecho una propuesta en Irekia. Veo muy complicado que se cambie nada sobre lo que puntúa el psicotécnico, porque está en las bases desde el principio. Lo del euskera (hago mención por lo propuesto en Irekia) también veo complicado que lo admitan, porque hay gente que ha estudiado y aprobado el primer examen sin tener euskera, porque así lo ponía en las bases, y no es justo que a estas alturas se queden fuera (que conste que no es mi caso, tengo PL4). Pero sí que vería factible solucionar el tema de la hoja de respuestas. Los psicotécnicos tienen su propia hoja de respuestas y no se pueden cambiar. Pero si eligen un test de inteligencia general (que es lo que va a ser, lo pone en su comunicado, no va a ser de personalidad ni nada por el estilo, está bien especificado) con items de 4 posibles respuestas, el tema se soluciona con lo que he propuesto en Irekia: tras finalizar el tiempo de la prueba se recogen los cuadernillos. Transcribimos las respuestas a una hoja de respuestas autocopiativa del IVAP, entregamos la parte blanca con la hoja de respuestas de la propia prueba, nos llevamos la amarilla y con eso conseguimos:

- Respetar el copyright.
- Respetar la mecánica de la prueba.
- Facilitar la transparencia y tener una manera de cotejar nuestras respuestas con las soluciones correctas (que se podrían publicar en "Consultas personalizadas").

Ikusiko gara oraindik beste posten baten ;)

Merbar


Simone

Está claro que no van a modificar nada en lo referente al euskera y que los psicotécnicos van a celebrarse, pero si al menos conseguimos poder tener constancia del examen que hemos hecho...porque la verdad, de esta manera suena a "coladera" total, pueden dar los puntos que les de la gana a la gente que le de la gana. Me imagino Merbar que te refieres a uno de los comentarios que aparecen en la propuesta de Irekia, no? Lo he visto y no es mala idea; a ver si contestan algo sin echar balones fuera.

Merbar

Cita de: Simone en 25 de Abril de 2017, 09:13:53 AM
Está claro que no van a modificar nada en lo referente al euskera y que los psicotécnicos van a celebrarse, pero si al menos conseguimos poder tener constancia del examen que hemos hecho...porque la verdad, de esta manera suena a "coladera" total, pueden dar los puntos que les de la gana a la gente que le de la gana. Me imagino Merbar que te refieres a uno de los comentarios que aparecen en la propuesta de Irekia, no? Lo he visto y no es mala idea; a ver si contestan algo sin echar balones fuera.

Eso es, Simone

Aras

No entiendo porque decis que no se valora el euskera, en las bases del proceso selectivo pone esto:
------------------------------------------------------------------------------------
EUSKERA
NO SE REALIZARÁN EXÁMENES
DE ACREDITACIÓN DE PERFILES LINGÜÍSTICOS
Los conocimientos de euskera, deberán alegarse en la solicitud.
Se valorará de la siguiente forma.

1 punto correspondiente al perfil lingüístico 1.
2 puntos correspondientes al perfil lingüístico 2.
3 puntos correspondientes al perfil lingüístico 3.
4 puntos correspondientes al perfil lingüístico 4.

-----------------------------------------------------------------------------

Una cosa es que no sea requisito obligatorio para poder presentarse y otra que no se valore, ademas que muchas plazas exigen un nivel de euskera y supongo que a la gente que no tenga euskera no llamaran para esas plazas.

Simone

El euskera se valora siempre en todo proceso de selección porque así lo marca la ley. Lo que se comenta es que no haya sido requisito, como en otras bolsas. Para Administrativo es obligatorio un PL2 y para Técnico de Administración nada, eso es lo que chirría. Como bien dices, en la práctica la mayoría de plazas de grupo A exige obligatoriamente un PL3 mínimo, pero el consejero de Cultura y Política Lingüística anunció la "revisión" de perfiles en todas las plazas porque igual se está exigiendo demasiado, y eso sí que es inédito.

Simone


mariaantia

#10
Sólo se exige en administrativo como requisito porque están a falta de gente con perfil. En el resto dependerá del perfil que lleve la plaza ofertada.
Teniendo en cuenta que las plazas de orientador son de nueva creación, es indignante que hayan creado plazas sin perfil ya que trabajan cara cara con el usuario.

Cita de: Simone en 26 de Abril de 2017, 12:16:52 PM
El euskera se valora siempre en todo proceso de selección porque así lo marca la ley. Lo que se comenta es que no haya sido requisito, como en otras bolsas. Para Administrativo es obligatorio un PL2 y para Técnico de Administración nada, eso es lo que chirría. Como bien dices, en la práctica la mayoría de plazas de grupo A exige obligatoriamente un PL3 mínimo, pero el consejero de Cultura y Política Lingüística anunció la "revisión" de perfiles en todas las plazas porque igual se está exigiendo demasiado, y eso sí que es inédito.
[/quote


potx

Fijo que no reculan en nada de lo que han establecido en cuánto a los psicotécnicos

begotxu11

Cita de: potx en 27 de Abril de 2017, 09:27:07 AM
Fijo que no reculan en nada de lo que han establecido en cuánto a los psicotécnicos

No han reculado. La explicación la puedes encontrar en consultas personalizadas.

Rockyrock13

Es vergonzoso que no podamos llevarnos a casa la planilla para poder comprobar si la han vuelto a cagar. El planteamiento del primer examen fue una verguenza y dudo mucho que en este lo hagan todo bien.

No tengo ninguna duda de que habra preguntas/respuestas que haya necesidad de impugnar, pero sin tener la planilla de preguntas/respuestas nos quitan el derecho de hacerlo.

Ivap la estas bordando...una pena no haber formado parte del proceso en el que eligieron a la gente que actualmente trabaja en el IVAP. Viendo lo imcopetentes que son, el proceso selectivo, anoser que estuviese amañado, habria sido de lo mas sencillo.jeje


karratxas

Egun on,
No es por defender al IVAP ni mucho menos, pero en mi caso he estado trabajando en Banca en diferentes Entidades y en los procesos de selección que he realizado siempre han puestos exámenes psicotécnicos y nunca nunca se ha podido comprobar las respuestas correctas y nunca han dicho si penalizan o no (sé que no es lo mismo)
Sé que los procesos en la Administración es completamente diferente y tienen que respetar los principios de publicidad, transparencia...,hace poco realicé pruebas para VISESA y no te dan la opción de conocer las respuestas correctas y si penalizan o no.
Reconozco que una injusticia no poder comprobar las respuestas correctas o saber si penalizan o no, pero yo en todos los psicotécnicos que he realizado nunca he podido saberlo.
Casualidad o no todos los que he realizado son de TEA Ediciones.
Es solo mi opinión

Laga

Es decir, que puede que ni el día de la prueba sepamos si penalizan las incorrectas? Se supone que si no dicen nada será que no, no? O es mucho suponer???

estize

Cita de: Laga en 05 de Mayo de 2017, 12:33:46 PM
Es decir, que puede que ni el día de la prueba sepamos si penalizan las incorrectas? Se supone que si no dicen nada será que no, no? O es mucho suponer???

Pues yo no supondria tanto, pero creo que es una información que como minimo nos deberían dar, que menos que saber si penalizan los errores  >:(

indignada01

Egunon,os copiio por si os interesa el modelo que he elaborado, gracias a varios foreros que de ellos he copiado varios datos. hay cosas en rojo, porque son personales y cada uno deberá adaptarlo.

No es necesario utilizar el formato del ivap, se puede presentar en las sedes del ivap, en zuzenean, en los registros de ayuntamientos y en oficinas de correos, con el sobre abierto y otra copia para que os sellen.

Vale, es demasiado largo asike os lo mando adjunto

indignada01

Hola, quería comentaros a los que queréis reclamar, que tenemos una vía más: el Ararteko! Un amigo ha presentado la misma reclamación que ha puesto en el IVAP, y se la han aceptado! Asique han entendido que se pueden estar vulnerando nuestros derechos y la queja prosperará. Por eso os animo a todos a interponer la misma reclamación al ararteko. Cuantas más reciba, más preocupación verá en la ciudadanía, y más argumentos le daremos entre todos. Creo que puede ser un apoyo de gran ayuda. Además de los sindicatos y los medios de comunicación...y en última instancia, el contencioso.

aohnia89

Cita de: indignada01 en 09 de Mayo de 2017, 16:06:44 PM
Hola, quería comentaros a los que queréis reclamar, que tenemos una vía más: el Ararteko! Un amigo ha presentado la misma reclamación que ha puesto en el IVAP, y se la han aceptado! Asique han entendido que se pueden estar vulnerando nuestros derechos y la queja prosperará. Por eso os animo a todos a interponer la misma reclamación al ararteko. Cuantas más reciba, más preocupación verá en la ciudadanía, y más argumentos le daremos entre todos. Creo que puede ser un apoyo de gran ayuda. Además de los sindicatos y los medios de comunicación...y en última instancia, el contencioso.

Y cómo hace a través del Ararteko??

mariaantia

#20
Como es un follón con tantos hilos, mejor que sobre que no que falte. A ver qué os parece presuntamente el mismo examen.

http://pruebaslaboralesupch.wikispaces.com/TIG

Pitxu


mendi lizarralde

Gabon, yo estoy interesado en ir a contencioso.
Un saludo, y estamos en contacto.

Opositantaaaaa!!

Yo creo que hay que demostrar que no fue solo una pataleta momentánea y para eso hay que mojarse. Han alargado todo el proceso para que nos hartemos, nos olvidemos y como si no hubiese pasado nada. Lo peor no ha sido el resultado bueno o malo que hayamos tenido en esta prueba. Lo peor puede estar por venir si les dejamos hacer y deshacer sin rechistar.
Con los tiempos que corren y yo con estos pelos !!!!!

Burbujista

Yo he presentado el recurso de alzada y quiero ir también al contencioso-administrativo. Pitxu, te he enviado mensaje privado. Ondo izan.

Opositantaaaaa!!

Aupaaa!!! Llevaba tiempo sin intervenir, porque ando muy liadilla en mi vida personal, además de que veía el foro en si algo apagado últimamente en lo que al tema del contencioso ser refiere, pero veo que si pongo un circo me crecen los enanos... ;D. Hay quien se emperra en hundirme a negativos, ha sido dicho y hecho, sigue aumentando mi marcador así que me he animado y vuelvo a escribir este post para que siga dándome mas puntos de esos, que ya me hacen hasta ilusión y todo. Merci. ;)
Pienso... luego existo.... Igual queda mejor :   Escribo, luego existo ???
Con los tiempos que corren y yo con estos pelos !!!!!

Otxagi


Hola,

He iniciado un hilo haciendo una consulta. Pero he visto que está relacionada con otros que he ido viendo por el foro. Así que aquí os dejo la cuestión:

https://www.sosit-txartela.net/foro/index.php/topic,11206.0.html

Eskerrik asko.